IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS PARTE I



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Transcripción:

IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS PARTE I Pagarán este impuesto aquellos quiénes realicen operaciones financieras por medio de cheque, débito o transferencia electrónica, por un valor mayor a $1,000 a una tasa de 0.25% PERSONAS NATURALES QUE NO PAGARÁN ESTE IMPUESTO $ El pago con cheque o transferencias menores a $1,000 Pago de servicios, agua y luz $ Retiro de cajeros electrónicos Pago y uso de tarjetas de crédito Cualquier monto de: - Salario - Remesas - Pago de préstamos de cualquier tipo TAMPOCO PAGARÁN EL IMPUESTO Las Instituciones financieras por los créditos para viviendas, para microempresarios y avío a la agricultura y ganadería hasta $50,000 Los pagos del Estado, las municipalidades y las instituciones autónomas Los pagos realizados por misiones diplomáticas, consulares y personal diplomático Préstamos personales o de consumo hasta un monto de $10,000 Ingresos por exportaciones Las importaciones de bienes y servicios para la producción El mercado primario de la bolsa de valores Los pagos que realicen las estaciones de servicios de combustible por la compra de dicho producto La repatriación de capitales y dividendos, relacionados con una inversión extranjera productiva

IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS PARTE II EJEMPLO Monto: $2,000 x Total: 5 Impuesto a pagar: $5 Monto: $1,500 x Total: 3.75 Impuesto a pagar: $3.75 Monto: $10,000 x Total: 25 Impuesto a pagar: $25 Pago por un cheque o transferencia. Por la compra de bienes o servicios, como por ejemplo un televisor plasma, por medio de cheque o tarjeta de débito, en un único pago. * Si la compra se hace con tarjeta de crédito: NO PAGA Por la compra de un vehículo usado, por medio de cheque o tarjeta de débito, en un único pago. Monto: $100,000 x Total: 250 Impuesto a pagar: $250 Por la compra de un vehículo nuevo de lujo por medio de cheque, en un único pago. Con los NUEVOS IMPUESTOS se busca tener mayor recaudación para financiar programas sociales y satisfacer las necesidades de las grandes mayorías.

PREGUNTAS y respuestas SOBRE LA LEY DE IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS PARTE III TRANSACCIONES EXENTAS DEL IMPUESTO SIN IMPORTAR EL MONTO Si adquiero un préstamo de cualquier tipo pagaré este impuesto en mi calidad de cliente? NO, ningún desembolso o pago a préstamo deberá pagarlo el cliente, sin importar el monto Si pago el recibo de agua o energía eléctrica por medio de cheque o transferencia electrónica, pagaré el impuesto? NO el pago a los servicios de agua y energía eléctrica están exentos Pagaré impuesto cuando abone dinero a un préstamo? NO, indistintamente del monto del abono de capital e intereses. Pagaré el impuesto por el salario que reciba por medio de cheque o por abono a mi cuenta? NO, sin importar el monto. El pagador y el empleado están exentos del pago Si compro con mi tarjeta de crédito varios electrodomésticos por un monto arriba de $1,000 pagaré este impuesto? NO, el uso y pago de las tarjetas de crédito está exento Pagarán el impuesto las REMESAS FAMILIARES que reciba? NO, indistintamente del monto, debido a que las transacciones de remesas están exentas Si retiro del cajero un monto mayor a $1,000 pagaré este impuesto? No, el retiro de cajeros electrónicos, ya sea salario o remesa, no paga impuesto Pagaré impuesto si retiro o deposito dinero en efectivo a una cuenta bancaria? NO, las operaciones en efectivo están exentas del impuesto * Si la suma de retiros o abono en efectivo superá los $5,000 se le aplicará una retención para futuros pagos de impuesto CUÁNDO SE APLICA EL IMPUESTO Si compro unos muebles de sala con tarjeta de débito en un solo pago por un monto de $800 pagaré el impuesto? NO, ya que el impuesto se aplica para montos superiores a $1,000 Si voy a un almacen y compro joyas y pago en un solo pago con tarjeta de débito un valor de $2,000 pago el impuesto? Sí, porque la transacción supera los $1,000 y el impuesto a pagar es el 0.25% del total, es decir $5 Si tengo una factura de $200 por teléfono celular y pago con la tarjeta de débito pagaré el impuesto? NO, porque es una transacción menor a los $1,000 Si voy a una tienda y compro todos los muebles de mi casa por un monto de $1,500 y hago un solo pago con tarjeta de débito pagaré el impuesto? Sí, porque la transacción supera los $1,000 y el impuesto a pagar es el 0.25% del total, es decir $3.75 Si transfiero dinero de una cuenta a mi nombre a otra también de mi propiedad, pagaré este impuesto? NO, indistintamente del monto Si transfiero una suma mayor a $1,000 de mi cuenta a la cuenta de otra persona pagaré el impuesto? Sí, se pagará 0.25% del monto total. Si cobro un cheque a mi nombre de mi propia cuenta pagaré el impuesto? NO, las transferencias entre cuentas de un mismo propietario están exentas $ Quién pagará el impuesto por un cheque de $2,000 y cuánto pagará? Lo pagará el propietario de la cuenta corriente cuando se pague el cheque, a menos que sea cobrado por el mismo titular. Pagará $2,000x0.25%= $5

REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: PAGO MÍNIMO NO ES IMPUESTO, ES UNA RETENCIÓN* Va dirigida a EVASORES y ELUSORES que habitualmente reportan pérdidas o bajas ganancias para no pagar el Impuesto Sobre la Renta que les corresponde EJEMPLO Cálculo del Impuesto Sobre la Renta, tal como lo manda la Ley Monto $60 PASO 1 La empresa calcula el Impuesto Sobre la Renta, tal como lo hace tradicionalmente. Cálculo del Pago Mínimo Local $ 4,000 + Maquinaria $ 5,000 + Mercadería $ 3,000 = Total $12,000 - Deuda maquinaria $ 2,000 Total activo neto $10,000 Se aplica el 1% al total, es decir: 10,000 x 0.01 = $100 PASO 2 Se suman todos los valores de los bienes utilizados para producir, que son propiedad del empresario: maquinaria, mercadería, local, entre otros. Se resta las deudas que se tengan sobre esos bienes, en caso que existan y al total se le aplica el 1%. Cómo se calcula la retención Pago Mínimo $100 Impuesto sobre la renta $ 60 Retención para futura renta $ 40 Quiénes no pagarán: Personas naturales asalariadas. Contribuyentes con rentas gravadas menores a $150,000.00. PASO 3 Se pagará el valor mayor entre el Impuesto Sobre la Renta y el Pago Mínimo, en este caso $100, y la diferencia, es decir $40, se acreditará de forma automática para pagos futuros del Impuesto Sobre la Renta. Usuarios de Zonas Francas, DPA, entre otros. Fideicomisos financiados por el Estado. Aquellas empresas que pagan el Impuesto Sobre la Renta correctamente no se les aplicará esta retención * Retención: es un anticipo para futuros pagos de impuestos.

RETENCIÓN* PARA EL CONTROL DE LA LIQUIDEZ DIRIGIDA A LOS GRANDES COMERCIANTES DEL SECTOR INFORMAL Retención que se realiza a personas que hagan depósitos y/o retiros en efectivo superiores a $5,000 en cuentas de bancos o instituciones financieras EJEMPLO CÓMO SE APLICARÁ LA RETENCIÓN: Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por una suma menor a $5,000 al mes. Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por una suma por $7,000 al mes: LA RETENCIÓN RECAE SOBRE EL EXCESO DE LOS $5,000 así: $ 7,000 - $ 5,000 $ 2,000 TASA DE RETENCIÓN: La tasa es del 2.5 por mil, es decir 0.25% $2,000 X 0.25%= $5.00 DE RETENCIÓN NO TENDRÁ LA RETENCIÓN LA RETENCIÓN RECAE SOBRE EL EXCESO A quiénes NO se les aplicará la retención: Las asociaciones cooperativas, sus federaciones y confederaciones, usuarios de Zonas Francas, Municipalidades, Fondos de Pensiones, Estado y Organismos Internacionales. El Gobierno de El Salvador exhorta a los grandes comerciantes del sector informal a que se registren como contribuyentes formales. Quienes permanezcan en el sector informal, no podrán acreditar la nueva retención y quedará como impuesto definitivo. * Retención: es un anticipo para futuros pagos de impuestos.

REFORMA AL CÓDIGO TRIBUTARIO 1 Regulación de precios de transferencia La compra y venta de bienes o servicios entre empresas que tenga un mismo propietario deben de realizarse utilizando los precios del mercado. De esta forma, se evitará que trasladen gastos de una a otra, con el fin de tributar menos. 2 Registro de dispositivos electrónicos (POS) en el Ministerio de Hacienda Se deberán registrar ante el Ministerio de Hacienda los dispositivos electrónicos (POS), para evitar que las empresas deriven los ingresos hacia otros países cuando reciban pagos con tarjeta de crédito o débito 3 Publicación de resoluciones, fallos y sentencias tributarias Se publicará en los periódicos del país y en el portal del Ministerio de Hacienda, las resoluciones tributarias que emita la Dirección General de Impuestos Internos, las sentencias del Tribunal de Apelaciones y los fallos de la Corte Suprema de Justicia. La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda publicará en los periódicos el listado de los contribuyentes que tengan deuda tributaria. 4 La solvencia que emita el Ministerio de Hacienda será por obligaciones de Impuestos (DGII) y aduana (DGA)

REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DIRIGIDA A LOS PROPIETARIOS DE IMPRENTAS Y PERIÓDICOS CUÁL ES EL CAMBIO QUE SE HA HECHO A LA LEY? Ahora los propietarios de imprentas y periódicos pagarán el Impuesto Sobre la Renta, tal como lo hacen todos los empresarios y trabajadores. El resto de medios de comunicación, tradicionalmente han pagado y seguirán pagando el Impuesto Sobre la Renta. Radio Televisión Periódicos digitales SEGUIRÁN SIN PAGAR LOS DERECHOS ARANCELARIOS DE IMPORTACIÓN (DAI) Y EL IMPUESTO DE IVA IMPORTACIÓN: Libros Editoriales Periódicos Equipos Papel Tinta Y todos los materiales para la producción de libros, revistas y periódicos, es decir, mantendrán las exenciones tal como ha sido tradicionalmente. La LIBERTAD DE EXPRESIÓN tendrá como siempre las garantías que le concede nuestra CONSTITUCIÓN.