Anexo. Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

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Transcripción:

Anexo Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 A continuación comentamos las principales modificaciones que se publicaron en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, que consideramos de intereses para el sector. 1. Nuevas reglas para la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales Las reglas 2.7.1.38. y 2.7.1.39., referentes a los procedimientos para la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) serán aplicables a partir del 1º de septiembre de 2018. La ampliación del plazo está relacionada la fecha de vigencia obligatoria del CFDI con su complemento de pagos, el cual entra en vigor en esa misma fecha. 2. Procedimiento para recabar la Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI a través del Portal del SAT. Se modifica la regla 2.7.1.38, la cual entrará en vigor el 1º de septiembre de 2018. Los cambios son: El emisor podrá solicitar la cancelación del CFDI a través del portal del SAT en Internet, El receptor del Comprobante recibirá para ello, un mensaje a través del buzón tributario indicándole que tiene una solicitud de cancelación de un CFDI, Se conserva el plazo para que éste, a más tardar dentro de los tres días siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, manifieste la aceptación o negación de la cancelación del CFDI. Se establece la posibilidad de realizar la cancelación del CFDI de forma masiva, observando estas reglas. Otros aspectos que se mencionan en el numeral y que no sufrieron cambio son: El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna. El SAT publicará en su portal las características y especificaciones técnicas a través de las cuales los contribuyentes podrán dar trámite a las solicitudes de cancelación solicitadas a través del citado órgano desconcentrado. Cuando se cancele un CFDI que tiene relacionados otros CFDI, éstos deben cancelarse previamente. En el supuesto de que se cancele un CFDI aplicando la facilidad prevista en esta regla, pero la operación subsista emitirá un nuevo CFDI que estará relacionado con el cancelado de acuerdo con la guía de llenado de los CFDI que señala el Anexo 20. 3. Plazos para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con actividades de subcontratación laboral. 1

La fecha a partir de la cual el contratante realizará la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero a agosto de 2018 y sucesivos a que se refiere la regla 3.3.1.50., será el último día del mes de septiembre de 2018. En el caso del ejercicio 2017, el aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, dado a conocer en el Portal del SAT el 7 de febrero de 2018, podrá presentarse a más tardar el 30 de septiembre de 2018. 4. Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral. Se cambia el plazo que indica la regla 3.3.1.50 para realizar esta consulta en el portal del SAT. Anteriormente decía a partir del día 27 del siguiente mes que se requiere consultar Ahora la regla menciona a partir del último día del mes inmediato posterior que se requiera consultar... 5. Integración de la clave vehicular (regla 2.7.1.30) Se modifican las claves vehiculares para permitir la identificación de los vehículos híbridos y eléctricos desde el primer carácter de la clave como sigue: Primer Digito Clave Vehicular 6 Vehículos híbridos. Tratándose de automóviles, camionetas y camiones. 9 Vehículos eléctricos. Tratándose de automóviles, camionetas y camiones. 6. Otras reglas. Además se publican en el documento diversas disposiciones que listamos a continuación. A. Del Código Fiscal de la Federación. 1.9. Anexos de la RMF Se publican modificaciones a los anexos 9, 24 y 29 Se publican los anexos 16 y 16 A relativos al Dictamen Fiscal por el ejercicio fiscal 2017 2.1.54 Transmisión de activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero. 2.2.15 Requisitos para la solicitud del certificado de e.firma y solicitud de renovación del Certificado de e.firma. 2.3.2 Trámite saldos a favor del ISR de personas físicas. 2.3.13 Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación. 2.4.8 Requisitos para la solicitud de inscripción en el RFC.- Se deroga. 2.5.21 Contribuyentes relevados de presentar el aviso de inicio de liquidación y el de cancelación en el RFC por liquidación total del activo. 2.7.1.24 Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general. 2.7.1.34 Facilidad para emitir CFDI sin mencionar los datos del pedimento de importación. 2.7.5.5 Expedición del CFDI por concepto de nómina por contribuyentes que utilicen Mis cuentas. 2

2.14.5 Dispensa de garantizar el interés fiscal. 2.21.7 De la certificación del órgano certificador. B. de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. 3.1.20 Transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal. 3.1.21 Personas Morales del Régimen de Propiedad en Condominio. 3.2.12 de títulos valor que se colocan entre el gran público inversionista. 3.3.1.8 Requisitos para solicitar autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. 3.3.1.9 Vigencia de la autorización del emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. 3.3.1.10 Obligaciones del emisor autorizado de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. 3.3.1.12 Causas de revocación. 3.3.1.17 Requisitos para solicitar autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa. 3.3.1.18 Vigencia de la autorización. 3.3.1.19 Obligaciones del emisor de monederos electrónicos de vales de despensa. 3.3.1.21 Causas de revocación de la autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa. 3.3.1.47 Procedimiento para dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa. 3.3.1.48 Procedimiento para dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos. 3.5.25 Se indica que la Bolsa Institucional de Valores es una bolsa de valores concesionada para los efectos de las leyes del ISR y CFF. 3.67 Actualización de la UFIN que se adiciona al saldo de la CUFIN al pagarse el ISR diferido. 3.9.3 Plazo para presentar información de partes relacionadas residentes en el extranjero por contribuyentes que opten o que tengan la obligación de dictaminar sus estados financieros. 3.9.4 Facilidad para no presentar información de operaciones con partes relacionadas para las transacciones que se indican. 3.9.18 Facilidad para no presentar información de operaciones con partes relacionadas para las transacciones que se indican. 3.9.1.1 Ajustes de precios de transferencia. 3.9.1.2 Aumento o disminución de ingresos o deducciones derivados de ajustes de precios de transferencia. 3

3.9.1.3 Deducción de ajustes de precios de transferencia en el ejercicio fiscal en que fueron reconocidos los ingresos o deducciones derivados de las operaciones con partes relacionadas que los originaron. 3.9.1.4 Deducción de ajustes de precios de transferencia previo aviso ante el SAT. 3.9.1.5 Deducción de ajustes de precios de transferencia que resulten de una resolución emitida en términos del artículo 34-A del CFF. 3.10.11 Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación. 3.10.13 Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles, en caso de revocación. 3.10.28 Donatarias que entregan apoyos económicos a personas físicas que tienen su casa habitación en las zonas afectadas por los sismos ocurridos en México los días 7 y 19 de septiembre de 2017 3.10.29 Procedimiento para que los fondos de inversión retengan a sus inversionistas el ISR por la distribución del resultado fiscal de fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles. 3.10.30 Procedimiento para que los fondos de inversión calculen el ISR por la inversión en operaciones financieras derivadas. 3.11.3 Procedimiento para determinar los años de cotización de los trabajadores afiliados al IMSS en el retiro de los recursos de la cuenta individual. 3.11.7 Procedimiento para determinar los años de cotización de los trabajadores afiliados al ISSSTE en el retiro de los recursos de la cuenta individual. 3.15.4 Trámites que se presentan para liberar de la obligación de pagar erogaciones con transferencias electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico. 3.17.13 Declaración anual vía telefónica. Se Deroga. 3.20.6 Opción para que los residentes en el extranjero que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue cumplan sus obligaciones fiscales a través de dicha empresa. 3.20.8 Pagos provisionales que realizan por primera vez los residentes en el extranjero por conducto de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. 3.21.3.10 No retención de ISR por la distribución a fondos de inversión del resultado fiscal de fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles. C. De la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 4.2.7 Valor de la contraprestación en la transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal. 4

D. De Otras disposiciones. Además se modifican reglas relativas a: Titulo 5 Titulo 10 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. 11.1.1 Requisitos a cumplir tratándose de donación y entrega para su exhibición y conservación de obras a museos. 11.1.9 Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (FONART) como museo para las obras señaladas en la regla 11.1.8. 11.8.1 Devolución del excedente del estímulo acreditable. 5