Gasto Federalizado V.4.2.15. Municipio de Chamula, Chiapas (EFSL del Estado) Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal. Municipio de Chamula, Chiapas Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 09-D-07023-02-0909 Alcance Universo Seleccionado: 111,483.7 miles de pesos Muestra Auditada: 77,565.2 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 69.6 % Resultados Control interno 1. Los resultados de la evaluación del control interno permitieron determinar debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes: El municipio no dispone de mecanismos que le permitan entregar oportunamente su Cuenta Pública Municipal Anual, ni los avances mensuales; tampoco dispone de manuales de organización y de procedimientos, que definan las funciones, actividades y responsabilidades de las personas que trabajan en la gestión del fondo. No se dispone de mecanismos ni de procedimientos para determinar la planeación, programación definida para la ejecución de las obras, ya que la programación de 2009 se realizó mediante una rifa, en la que intervienen los representantes de las comunidades. Se carece de mecanismos que permitan entregar los informes trimestrales sobre el ejercicio y utilización del fondo a la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL); así como de mecanismos de control para que no se emitan cheques a nombre de servidores públicos, por concepto de pago de impuestos de diversas obras; no se realizaron las retenciones correspondientes al Impuesto Sobre Sueldos y Salarios, y, en consecuencia, tampoco se determinó el Subsidio para el Empleo. El Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado recomendó al ayuntamiento que en lo sucesivo instruya a los servidores Públicos Municipales, para que vigilen, supervisen y atiendan las debilidades e insuficiencias determinadas en el control interno del fondo. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-001 Transferencia de recursos 2. El Gobierno del estado publicó la fórmula, metodología, distribución, calendarización y disposiciones normativas del fondo para el ejercicio fiscal 2009 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas; asimismo, el monto del FISM asignado al municipio 1
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 por 111,483.7 miles de pesos, se entregó mensualmente en los primeros diez meses del año. 3. El municipio abrió la cuenta bancaria núm. 006049544483150 en Banorte, para la recepción, manejo y ejercicio de los recursos del fondo; asimismo, se comprobó que no se realizaron transferencias de recursos a otros fondos o programas. Registro e información contable y presupuestaria 4. Se verificó que los expedientes unitarios de dos obras y 21 acciones de suministro de material para vivienda disponen de la documentación comprobatoria y justificativa, se encuentran debidamente integrados; se realizó correctamente el procedimiento de adjudicación; las obras están terminadas y operan adecuadamente, y se cumplió con las metas proyectadas. 5. Se determinó una diferencia de 42.5 miles de pesos, entre los registros contables y las ministraciones otorgadas. El Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Chiapas emitió la recomendación correspondiente al municipio, con independencia de las sanciones que pudieran generarse en los términos de las disposiciones legales aplicables. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-002 6. Se omitió el registro del depósito de 103.2 miles de pesos, correspondientes a los intereses bancarios generados al 31 de diciembre de 2009 y a rendimientos financieros depositados por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del estado. municipio presentar los documentos correspondientes, con independencia de las sanciones que pudieran generarse, en los términos de las disposiciones legales aplicables. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-003 7. Con la revisión de los registros contables y presupuestales del gasto, se detectó un saldo pendiente de recuperar en las cuentas de anticipo a contratistas y deudores diversos por 3,471.8 miles de pesos. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-004 Destino de los Recursos 8. Con la revisión de los recursos del FISM, se determinó que al 31 de diciembre el municipio ejerció 105,741.5 miles de pesos, en los rubros siguientes: 2
Gasto Federalizado FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL RECURSOS EJERCIDOS AL 31 DE DICIEMBRE MUNICIPIO DE CHAMULA, CHIAPAS Cuenta Pública 2009 (Miles de pesos) Rubros Núm. de Obras y acciones Recursos Ejercidos Agua potable. 6 2,708.7 2.6 Alcantarillado. 4 1,611.6 1.5 Urbanización municipal. 25 13,224.4 12.5 Electrificación rural y de colonias pobres. 9 11,880.0 11.2 Infraestructura básica de salud. 1 146.4 0.2 Infraestructura básica de educación. 29 13,099.1 12.4 Mejoramiento de vivienda. 94 42,077.2 39.8 Caminos rurales. 114 19,778.5 18.7 Desarrollo institucional. 1 557.4 0.5 Otros (obligaciones financieras). 1 658.2 0.6 Total: 284 105,741.5 100.0 FUENTE: Estado Presupuestal proporcionado por el municipio durante el proceso de ejecución de auditoría. % 9. Se determinó que el municipio contrató deuda en el concepto de Obligaciones Financieras a pagar con recursos del fondo previa autorización de la Legislatura Local para implementar proyectos y obras públicas. Transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo 10. Se comprobó que el municipio no proporcionó a la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) los informes trimestrales sobre la utilización del fondo. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-005 11. Se confirmó que el municipio no informó a sus habitantes, al inicio del ejercicio, sobre el monto recibido, no dio a conocer las obras y acciones por realizar, su costo, ubicación, metas y beneficiarios, y, al término de éste, los resultados alcanzados sobre el ejercicio y destino de los recursos del fondo. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-006 Participación social 12. La participación social en la operación del FISM fue adecuada; las comunidades y colonias definieron de manera organizada la mayoría de sus obras y acciones 3
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 prioritarias, y presentaron las solicitudes al municipio; participaron por medio de representantes nombrados por la propia población, en el Consejo de Desarrollo Municipal (CODEMUN); en cada proyecto se integró un comité de obra encargado de coordinar la participación comunitaria y efectuar el seguimiento de su ejecución. Obras y acciones sociales 13. Con la verificación física de la obra denominada Ampliación de la red de alcantarillado sanitario, en el Barrio Yaalvacash, en la cabecera municipal, se constató que se encuentra terminada, pero no opera porque el municipio no contempló en el proyecto original la conexión de la tubería de las viviendas hacia el registro de la red de atarjeas, por 468.1 miles de pesos. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-007 14. Se determinaron conceptos de obra ejecutados no especificados por 77.0 miles de pesos, correspondientes a la obra denominada Ampliación de la red de alcantarillado sanitario, en el Barrio Yaalvacash. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-008 15. Se determinaron volúmenes, materiales y mano de obra pagados y no ejecutados o no utilizados, en 16 obras de la muestra de auditoría por 263.1 miles de pesos. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-009 16. Se determinó que tres obras de la muestra de auditoría presentan deficiencias técnicas en su construcción por 10.0 miles de pesos. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-010 17. Se determinó que el municipio no entregó 145 expedientes unitarios de comprobación de diversas obras y proyectos al H. Congreso del Estado, por 35,215.0 miles de pesos, mismos que no fueron entregados en el proceso de ejecución de la auditoría. 4
Gasto Federalizado Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-011 Impacto ecológico de las obras 18. Se constató que dos expedientes de obras de la muestra de auditoría ejecutadas con recursos del fondo no disponen del Dictamen de impacto ambiental emitido por la Secretaría de Desarrollo Rural y Ecología del estado. municipio apegarse al marco normativo vigente aplicable para la integración correcta de los expedientes unitarios de comprobación del gasto. Véase acción(es): 09-C-07000-02-0909-01-012 Desarrollo institucional 19. Con la revisión de los recursos ejercidos del fondo 2009, en el Programa de Desarrollo Institucional (PRODIM), se determinó que el municipio gastó 557.4 miles de pesos por lo que no rebasó el 2.0% de los recursos ministrados en cumplimiento del artículo 33, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal. Cumplimiento de metas y objetivos 20. El municipio de Chamula, Chiapas, cumplió con las metas y objetivos del FISM conforme a lo siguiente: Al 31 de diciembre del ejercicio en revisión, el municipio ejerció 105,741.5 miles de pesos, equivalentes al 94.8% de los recursos asignados al fondo. El nivel de gasto a la fecha de la auditoría (10 de septiembre de 2010) fue de 110,605.6 miles de pesos, lo que representó el 99.2% del monto asignado; las obras, objeto de la muestra de auditoría, cumplieron al 100.0% con su avance físico. El fondo es importante en las finanzas municipales, ya que representa un 54.9% del presupuesto de egresos del municipio del ejercicio 2009; significa1.7 veces los ingresos propios municipales; 2.7 veces las participaciones fiscales, y su inversión en obra pública municipal representa el 98.8% respecto de la inversión del municipio en esta materia, y se financió con recursos propios del municipio más participaciones fiscales. En el renglón de pavimentación y obras similares, se aplicó el 7.8%, que se considera adecuado a las características del municipio; la inversión en la cabecera municipal representó un 10.7% de los recursos del fondo, pero en ésta se encuentra asentada el 4.4% de la población del municipio. 5
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 La participación social en la operación del FISM fue adecuada; las comunidades y colonias de manera organizada definieron la mayoría de sus obras y acciones prioritarias, y presentaron las solicitudes al municipio; participaron por medio de representantes nombrados, por la propia población, en el Consejo de Desarrollo Municipal (CODEMUN); en cada proyecto se integró un comité de obra encargado de coordinar la participación comunitaria y efectuar el seguimiento de su ejecución. La información de las obras fue puesta a disposición de la población, tal como lo prevé la Ley de Coordinación Fiscal. FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS MUNICIPIO DE CHAMULA, CHIAPAS Cuenta Pública 2009 Concepto Valor o respuesta del Indicador I.- OPORTUNIDAD EN EL EJERCICIO DEL FONDO. I.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre. (% ejercido del monto asignado). 94.8 I.2.- Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (10 sep. 2010 ) (% ejercido del monto asignado). 99.2 II.- APLICACIÓN DE RECURSOS. II.1.- Recursos ejercidos en obras y acciones que no beneficiaron directamente a población en rezago social y pobreza 0.0 extrema (% respecto del monto total ejercido del FISM). II.2.- Recursos ejercidos en rubros no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal (% respecto del monto total ejercido 0.0 del FISM). II.3.- Destino de la inversión en obras y acciones por rubro de gasto (%). 1.- Agua potable. 2.6 2.- Alcantarillado. 1.5 3.- Drenaje y letrinas. 0.0 4.- Urbanización municipal. 12.5 5.- Electrificación rural y de colonias pobres. 11.2 6.- Infraestructura básica de salud. 0.2 7.- Infraestructura básica de educación. 12.4 8.- Mejoramiento de vivienda. 39.8 9.- Caminos rurales. 18.7 10.- Infraestructura productiva rural. 0.0 11.- Desarrollo institucional. 0.5 12.- Gastos indirectos. 0.0 13.- Otros. 0.6 Total: 100.0 II.4.- Proporción de viviendas particulares habitadas, respecto del total, que no disponen de: Agua entubada de red pública (%). 91.8 Drenaje. (%). 88.3 Energía eléctrica. (%). 10.2 III.- RESULTADOS DE LAS VISITAS A LAS OBRAS. III.1.- Situación constructiva de las obras visitadas. A) Número de obras visitadas y situación constructiva. (Incluir núm. absoluto). (46). 100.0 1. Obras terminadas, (%). 45 97.8 2. Obras en proceso, (%). 1 2.2 3. Obras suspendidas, (%). 0 0.0 4. Obras canceladas, (%). 0 0.0 III.2.- Situación operativa de las obras visitadas. B) Situación operativa de las obras terminadas 100.0 a) Operan adecuadamente, (%). 91.1 b) No operan adecuadamente, (%). 6.7 c) No operan, (%). 2.2 III.3.- Satisfacción de los beneficiarios de las obras visitadas (% de las obras en las que los beneficiarios están satisfechos, 97.8 respecto de las obras visitadas). IV.- PARTICIPACIÓN SOCIAL. IV.1.- Inversión en obras y acciones realizadas a propuesta del COPLADEM o CDM. (% respecto del realizadas). IV.2.- Operación del COPLADEM o CDM y Participación Social. IV.2.1. El COPLADEM o CDM sesionó para integrar la propuesta del programa de inversión?, Sí o No. total de las 31.3 Si 6
Gasto Federalizado Concepto Valor o respuesta del Indicador IV.2.2I El COPLADEM o CDM sesionó para evaluar los resultados de inversión del fondo?, Sí o No. Si V.- TRANSPARENCIA EN LA APLICACIÓN DE RECURSOS. V.1 Entrega de informes trimestrales a la SEDESOL sobre el ejercicio del fondo (% de informes entregados respecto de 0.0 los previstos enviar). V.2 Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP. Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP. (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Si Desempeño). V.3 Calidad de la información remitida a la SHCP (Formato Único). La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP coincide con los registros No contables del municipio?, Sí o No. V.4 Difusión de la información remitida a la SHCP. Índice de cumplimiento de la difusión de los informes remitidos a la SHCP (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores Si de Desempeño). VI.- FINANZAS MUNICIPALES. VI.1 Importancia del fondo respecto de los Recursos Propios [Impuestos, derechos, productos y aprovechamientos] (%). 12,298.3 VI.2 Importancia del fondo respecto de las Participaciones Fiscales (%). 273.7 VI.3 Proporción de la inversión del fondo en obra pública, respecto de la inversión total del municipio en obra pública (%). 98.8 FUENTE: Información proporcionada por el municipio de Chamula, Chiapas, y la obtenida en la auditoría practicada. Acciones Con la revisión practicada, el(la) Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Chiapas determinó 12 resultado(s) con observación; al respecto, esa entidad fiscalizadora, en el ámbito de sus atribuciones, realizará el seguimiento de lo observado para atender las recomendaciones que en ese sentido emitió la Auditoría Superior de la Federación, cuyas claves se enlistan a continuación: 09-C-07000-02-0909-01-001 09-C-07000-02-0909-01-002 09-C-07000-02-0909-01-003 09-C-07000-02-0909-01-004 09-C-07000-02-0909-01-005 09-C-07000-02-0909-01-006 09-C-07000-02-0909-01-007 09-C-07000-02-0909-01-008 09-C-07000-02-0909-01-009 09-C-07000-02-0909-01-010 09-C-07000-02-0909-01-011 09-C-07000-02-0909-01-012 7
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Recuperación de Recursos Se determinaron recuperaciones por 39,505.0 miles de pesos, que se consideran como recuperaciones probables. Consecuencias Sociales Como resultado de la revisión y fiscalización de los recursos del fondo, se constató que, del 100.0% de las obras visitadas, la situación operativa de 6.7% de dichas obras no opera adecuadamente, y el 2.2.% no opera, lo cual limitó los beneficios sociales previstos del fondo. Resumen de Observaciones y Acciones Se determinó(aron) 12 observación(es) que generó(aron): 12 Recomendación(es). Dictamen: negativo La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas. El Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Chiapas considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el municipio de Chamula, Chiapas, no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: 35,215.0 miles de pesos, por la falta de entrega de 145 expedientes de comprobación; 3,471.8 por saldos pendientes de recuperar; 468.1miles de pesos de una obra terminada pero que no opera por mala planeación del municipio; 263.1 miles de pesos, por volúmenes, materiales y mano de obra pagados y no ejecutados; 77.0 miles de pesos de conceptos de obra pagados fuera de las especificaciones de construcción; 10.0 miles de pesos de tres obras con deficiencias técnicas en su construcción, y por concepto de errores y omisiones de la información financiera 145.7 miles de pesos, debido a diferencias entre registros administrativos, contables y presupuestales, y por operaciones no registradas. Apéndices Áreas Revisadas La Presidencia, Tesorería y Sindicatura Municipal y la Dirección de Obras Públicas y Contraloría Interna, del municipio de Chamula. 8
Gasto Federalizado Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan: 1. Presupuesto de Egresos de la Federación: artículo 9, fracciones I, párrafo tercero, y VI, párrafo primero. 2. Ley de Coordinación Fiscal: artículo 33, párrafo tercero, fracciones I, III y IV. 3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal: artículos 22 y 23. Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas: artículos 7, 82, párrafo primero, 84, 88, párrafo segundo y 99. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Chiapas: artículos 2 y 45, fracciones I, II, XX, XXI y XXII. Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chiapas: artículos 7 y 9. Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas: artículos 36, fracción IV, 38, fracción IV, 40, fracción II, 44, fracciones II y IV, 46, fracciones II y IV, 63, fracción III, 65, párrafo segundo, 66, fracción III, 71, fracciones I y III, 78, fracción III, y 84, fracciones II y III, 163 y 164. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal: artículos 1,4, 7, 22, 23,26, 31 y 32. Normatividad Hacendaria para la presentación de la Cuenta Públicas Municipal 2009, Subapartado 9. Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas: artículos 308, 323, 325 y 361. Reglamento de la Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas: artículos 22, 24, 143, 144 y 153. Reglamento del Código de la Hacienda Pública del Estado de Chiapas: artículo 130. Manual de Operación del Ramo General 33 de los Fondos III FISM y IV FAFM, para el ejercicio fiscal 2009, publicado en el Periódico Oficial del Estado núm. 151, 3ª Sección de fecha 18 de marzo del 2009, capítulo VI. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental: Periodo Contable. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: 9
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Legislatura Local y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado. 10