MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA MUNICIPAL

Documentos relacionados
MANUAL DE ORGANIZACIÓN SECRETARIA MUNICIPAL

MUNICIPIO DE SALTO DE AGUA, CHIAPAS. Secretario Municipal

ATRIBUCIONES 3er. Trimestre 2015 (Julio, Agosto y Septiembre)

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE SECRETARIA MUNICIPAL

.- Ley que regula la apertura, instalación y funcionamiento de las casas de empeño en el Estado de Oaxaca PPOE Reglamento de la Ley

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

DIAGNOSTICO DE COMPETENCIAS

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD

( ) Página 1

Dirección General de Emergencias Mayores. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Capitulo VII Direcciones Generales

H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez

H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez

ARTICULO 81 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

ARTÍCULO 14, FRACCIÓN II ESTRUCTURA ORGANICA. Fundamento Legal (artículo y/o

OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO

Secretario del Ayuntamiento. Jefe de Seguimiento

ART. 9, FRACC. III FACULTADES

SECRETARÍA DE CONTRALORÍA DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD. SPSCAR 1 Coordinador de Asuntos Religiosos 5. SPSCAR 1.1 Secretaria 8

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

ATRIBUCIONES 3er. Trimestre 2016 (Julio, Agosto y Septiembre)

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUIROGA MICHOACAN

C O N S I D E R A N D O

Manual de Organización

ATRIBUCIONES POR UNIDAD O AREA ADMINISTRATIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE TABASCO

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION GENERAL DE EDUCACION DEL ESTADO

FUNCIONES DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD PÚBLICA

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN DE ASUNTOS RELIGIOSOS TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TETECALA, MORELOS.

REGLAMENTO INTERIOR DE LA DIRECCIÓN DE REGULACIÓN MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA.

DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE GOBIERNO CLAVE: 087 Í N D I C E

Fracción III.- ATRIBUCIONES DE CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y ECOLOGIA Y SUS DIRECCIONES

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

H. Ayuntamiento de Yecapixtla

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA DE CAMINOS DE NUEVO LEÓN. Publicado en Periódico Oficial de fecha 25 de Agosto de 2008

ARTICULO 76 FRACCIÓN III FACULTADES DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL

15. Contraloría Interna Municipal.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Estructura Orgánica Secretaría del Ayuntamiento

CAPITULO II DEL PRESIDENTE MUNICIPAL ARTÍCULO 17.- El Presidente Municipal tiene la representación del Ayuntamiento, que le otorga la Ley Orgánica de

Función Unidades Administrativas del Organismo Descentralizado de la Administración Pública.

TESORERÍA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Manual General de Organización de la Secretaria de la Función Pública

Reglamento de Estructura y Funcionamiento de la Administración Pública Municipal, de Mocorito, Sinaloa, México.

Jefatura de Unidad Departamental de Orientación para Situaciones de Emergencia

Reglas de Operación de los Órganos Operativos de Becas, Estímulos y Otros Medios de Apoyo CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES MARCO JURÍDICO

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

MANUAL DE ATENCION CIUDADANA DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE LAS MINAS, VERACRUZ

H. Ayuntamiento Constitucional Jalapa, Tabasco

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE

TITULO NOMBRE CORTO DESCRIPCION

SUMARIO ACUERDO ADMINISTRATIVO QUE CREA LA PROCURADURIA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

H. Ayuntamiento de Yecapixtla

ENERO 2016 ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES SECRETARÍA DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO

Estructura Orgánica Contraloría General

DIRECCIÓN DE PREDIAL Y CATASTRO

Manual de. Organización de la Oficialía Mayor

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ DE CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

REGLAMENTO INTERIOR DE LA FISCALIA ANTICORRUPCION DEL GOBIERNO DEL ESTADO

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

REGLAMENTO INTERIOR DEL CENTRO ESTATAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DEL R. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO.

Manual de Organización

SÍNDICO PROCURADOR ATRIBUCIONES

GOBIERNO MUNICIPAL SAN IGNACIO CERRO GORDO ADMINISTRACIÓN FUNCIONES PÚBLICAS

CONSIDERANDO PRIMERO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Consejería Jurídica Dirección de Reglamentación Municipal y Legislación

FUNCIONES DIRECCION GENERAL

Gobierno del Estado de Puebla

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

Manual del Secretario del Ayuntamiento GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT.

MANUAL OPERATIVO Y DE ORGANIZACIÓN

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CUNDUACAN, PERIODO F U N C I O N E S

ACUERDO. Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno. Gobierno del Estado de Jalisco. Estados Unidos Mexicanos.

Lineamientos de Operación del Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Dirección de Finanzas y Administración. Carretera a San Luis Potosí No. 601, C.P , Aguascalientes, Ags. Dirección de Planeación y Evaluación

ÁREA: REGIDURÍA DE BIENESTAR SOCIAL

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN CAPÍTULO XV DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

ARTICULO 76 FRACCIÓN III FACULTADES DE LA

REGLAMENTO INTERIOR DE LA DIRECCION DE EDUCACION MUNICIPAL DE JUANACATLAN, JALISCO. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERNO DE REGISTRO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE JALISCO

FUNCIONES PRINCIPALES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS COMISIONADO ESTATAL

Dirección de Egresos. Dirección de Contabilidad y Cuenta Pública. Dirección de Recaudación Inmobiliaria. Dirección de Planeación Presupuestal

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN JURÍDICA

ART. 9, FRACC. III. DEPENDENCIA O ENTIDAD: SECRETARÍA DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES No. UNIDAD ADMINISTRATIVA

REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DEL DELITO DEL MUNICIPIO DE MAZATEPEC, MORELOS

FACULTADES DE CADA ÁREA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA 2016

Estructura Orgánica, Facultades y Responsabilidades. Secretaría del Ayuntamiento SECRETARÍA DE CONTRALORÍA DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN GENERAL PARA LA ATENCIÓN AL MIGRANTE MICHOACANO

Transcripción:

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA MUNICIPAL - 90

Í N D I C E 1. Introducción. 2. Marco Jurídico.. 3. Objetivo general de la secretaria... 3.1 Misión 3.2 Visión 4. Organigrama estructural de la secretaria. 5. Objetivo y funciones de la secretaria 5.1 Secretario del H. Ayuntamiento municipal. 5.2 Coordinación de Delegados Municipales 5.3 Coordinación de Asuntos Religiosos. 5.4 Coordinación de Oportunidades 5.5 Coordinación de Protección Civil. 5.6 Coordinación de Registro Civil 5.7 Coordinación de Normatividad y Fiscalización.. 5.8 Coordinación de la Junta Municipal de Reclutamiento y de la Unidad de Registro de Fierro 5.9 Juez Calificador. 6. Organigrama y Estructura Orgánica de la Secretaria.. 6.1 Descripción de puesto y funciones.. 7. Organigrama y Estructura Orgánica de la Junta Municipal De Reclutamiento. 7.1 Descripción de puesto y funciones.. - 90

INTRODUCCIÓN El presente Manual de Organización y de Procedimientos de la Secretaria del H. Ayuntamiento del Municipio de Jalapa, Tabasco, contiene de forma objetiva y descriptiva las normas y procedimientos de operación conforme a la estructura del organigrama de esta dependencia Municipal. De esta manera se garantiza que tanto los funcionarios y empleados municipales así como la ciudadanía conozcan la forma como está estructurada esta dependencia y la forma en que se divide el trabajo, de tal forma que el flujo de actividades se dé conforme a lo establecido por las leyes y reglamentos que regulan las normas y procedimientos para la administración. - 90

MARCO JURÍDICO CONSTITUCIONES o Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. o Constitución Política del Estado Libre y Soberano de o Tabasco. LEYES o Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tabasco. o Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. o Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco. o Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipio. o Ley de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Tabasco. o Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles. o Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Tabasco. o o Ley del Servicio Militar. Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. o Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. o Ley del Escudo, la Bandera e Himno Nacionales. o Ley de Información Estadística y Geografía. CODIGOS o o Código Fiscal del Estado de Tabasco. Código Civil del Estado de Tabasco. - 90

3. OBJETIVO GENERAL DE LA SECRETARIA Lograr la armonización social del pueblo mediante la participación ciudadana que de tal modo se tenga el asentamiento poblacional, la convivencia cultural y religiosa, así como de la protección civil que se requiera; fortaleciendo los valores cívicos, innovando reglamentos y bando de policía y gobierno. 3.1 MISION Ser un órgano auxiliar del Presidente Municipal y del Ayuntamiento, brindando los servicios a la ciudadanía de Registro Civil, Asuntos Religiosos, Coordinación de Delegados, Reglamento Municipal, Coordinación de oportunidades y Protección Civil, que de tal manera alcance la armonización de la convivencia social. 3.2 VISION Seguir armonizando la convivencia social en el municipio a través de sus coordinaciones. - 90

4. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA SECRETARIA MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL COORD. DE DELEGADOS COORD. DE NORMATIVIDAD Y FISCALIZACION COORD. DE OPORTUNIDADES COORD. DE ASUNTOS RELIGIOSOS COORD. DE PROTECCION CIVIL COORD. DEL REGISTRO CIVIL JUNTA DE RECLUTAMIENTO JUEZ CALIFICADOR - 90

5. OBJETIVO Y FUNCIONES DE LA SECRETARIA MUNICIPAL La Secretaria del Ayuntamiento es creada como instancia encargada de promover el respeto y Dialogo propositivo que permitan una sana armonía y convivencia entre los integrantes del Honorable Cabildo así como también el respeto absoluto a la priorización de obras y acciones en las diferentes unidades administrativas que conforman a la presente administración municipal. Además de vigilar y fomentar el respeto y la coordinación con las autoridades auxiliares municipales para atender de manera oportuna la problemática que pueda suscitarse en las comunidades que conforman la geografía municipal. La Secretaría Municipal tiene contempladas dentro del marco normativo que regula la administración pública, las atribuciones que le corresponde dentro del ámbito de su competencia, a como se cita textualmente en el artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco: - 90

I. Fungir como secretario de actas en las reuniones de Cabildo que se celebren, Llevando el libro correspondiente, el cual deberá autorizar en todas sus hojas; II. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que el Ayuntamiento apruebe y los cuales no estén encomendados a otra dependencia; III. Intervenir y ejercer la vigilancia que en materia electoral señalen las leyes, o los convenios que para este efecto celebren, el Presidente Municipal o el Ayuntamiento; IV. Intervenir en colaboración con las autoridades federales y estatales en la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de cultos religiosos; V. Vigilar y sancionar el cumplimiento de los reglamentos que apruebe el H. Ayuntamiento sobre las materias señaladas en el artículo 53 de esta Ley, con excepción de aquellos que sean expresamente encomendados a otros órganos; VI. Organizar los actos cívicos de acuerdo al calendario oficial; VII. Vigilar y preservar la demarcación territorial del Municipio y realizar las investigaciones necesarias para determinar la procedencia de asignación de categoría a los asentamientos humanos; - 90

VIII. Ser el conducto para presentar al H. Ayuntamiento los proyectos de reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general en el Municipio; IX. Tramitar la publicación de los reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general, a fin de que los habitantes y vecinos del Municipio las conozcan y actúen conforme a ellas; X. Compilar la legislación federal, estatal y municipal que tenga vigencia en el Municipio; XI. Cumplir con las disposiciones en materia de registro civil que competen al Ayuntamiento; XII. Presidir, organizar y vigilar el cumplimiento de las funciones de la Junta Local de Reclutamiento; XIII. Realizar reuniones periódicas con los delegados y subdelegados municipales, asesorándolos para el mejor cumplimiento de sus labores; XIV. Publicar en el tablero de avisos del Ayuntamiento los acuerdos y resoluciones del mismo; y XV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes, reglamentos, y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el presidente municipal. Para estos fines tendrá el apoyo de las direcciones y la Contraloría Municipal. - 90

XVI. Como órgano auxiliar del ayuntamiento y de la presidencia, la Secretaria Municipal juega un importante papel y desempeña una extraordinaria labor al servicio de los ciudadanos y de las demás áreas administrativas que requieran el servicio y apoyo de la Secretaria. XVII. Esta área para su mejor operatividad es auxiliada de las Coordinaciones: de Protección Civil, de Oportunidades, de Asuntos Religiosos, de Delegados, de Normatividad y Fiscalización, la Junta Municipal de Reclutamiento Militar, Registro e Inscripción de Fierros y la Oficialía del Registro Civil, con lo que se logra una mayor cobertura de las necesidades de la Población y por ende más y mejor atención a la Ciudadanía. - 90

5.1 SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL. OBJETIVO: Conducir lo relativo a la política y gobierno interior del municipio, sobre la base de las políticas dictadas por el C. Presidente Municipal y el Ayuntamiento, así como aquellos Asuntos que no estén expresamente asignados a otra dependencia. FUNCIONES: o Auxiliar al presidente municipal en los asuntos de su competencia. o Despachar y autorizar los asuntos que sean de la competencia del ayuntamiento y de la presidencia municipal. o Asistir a las sesiones del Ayuntamiento con voz informativa y levantar las actas correspondientes. o Informar diariamente al presidente municipal de todos los asuntos que reciba para acordar el trámite que proceda. o Expedir los documentos y certificaciones que acuerden el Ayuntamiento y el presidente municipal. o Firmar todos los documentos oficiales emanados del

Ayuntamiento o de la presidencia municipal. o Llevar un libro de actas donde se asienten los asuntos tratados y los acuerdos tomados, con las firmas de los miembros del tener a su cargo municipal. o Vigilar que los miembros del ayuntamiento sean citados con la debida anticipación, a las sesiones ordinarias, extraordinarias o solemnes a que convoque el Presidente Municipal o los regidores en su caso. o Remitir al periódico oficial "el Estado de Tabasco", los decretos y demás resoluciones del ayuntamiento que deban publicarse. o Dar a conocer a todas las dependencias del Ayuntamiento, los acuerdos tomados Por el cabildo, así como las determinaciones adoptadas por el Presidente Municipal, en los asuntos de su competencia. o Organizar y vigilar el ejercicio de las funciones de la junta municipal de reclutamiento, en coordinación con las autoridades militares correspondientes. o Recibir y sustanciar el recurso de revisión contemplado en el bando de policía y Buen gobierno del municipio de Jalapa. o Coordinar y vigilar el cumplimiento de las acciones políticas y administrativas que dicte el presidente municipal a los síndicos y comisarios municipales.

o Vigilar y exigir el cumplimiento de los reglamentos municipales y leyes aplicables a efecto de que las autorizaciones o permisos se utilicen en los términos concedidos. o Hacer cumplir el Reglamento Interior del Ayuntamiento. 5.2 COORDINACION DE DELEGADOS MUNICIPALES. OBJETIVO: Atender y controlar por medio de las autoridades auxiliares municipales las demandas y peticiones ciudadanas de la competencia de la Administración Municipal además de establecer el sistema de información y análisis de la problemática de cada localidad del municipio. FUNCIONES: o Es el responsable de las Selecciones de los Documentos de los Candidatos a Delegados Municipales. o Encargado de las Elecciones de los Delegados, Subdelegados, Jefes o Seccionales, y Jefe de Sector. o Realizar reuniones periódicas con los delegados y subdelegados municipales, asesorándolos para el mejor cumplimientos de sus labores.

5.3 COORDINACIÓN DE ASUNTOS RELIGIOSOS. OBJETIVO: Ser el enlace entre el H. Ayuntamiento y las Iglesias, templos, cultos que están dentro del municipio. FUNCIONES: o Desarrollar programas y acciones correspondientes a la política del Ejecutivo del Estado en materia religiosa. o Representar y actuar a nombre del Ejecutivo del Estado en sus relaciones con las Asociaciones Religiosas. o Establecer en coordinación con las Asociaciones religiosas, una agenda estatal de actividades para apoyarlos de manera integral facilitándoles las estructuras gubernamentales. o Brindar asistencia jurídica a las Asociaciones Religiosas. o Realizar convenios de colaboración con las asociaciones para que participen en programas institucionales de asistencia social.

o Solicitar información a las Asociaciones Religiosas establecidas en el estado, de sus estructuras para integrar un padrón. o Establecer convenios de coordinación con autoridades federales y municipales para facilitar los trámites a las asociaciones religiosas, tales como: solicitudes de registro, avisos de apertura de culto, permisos, etc. o Atender, canalizar y dar seguimiento a las inconformidades y quejas de las Asociaciones. o Difundir la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento a través de talleres y cursos. o Coadyuvar con la Federal la regularización del uso de los bienes inmuebles propiedad del Estado. o Dar seguimiento a las actividades de las Asociaciones Religiosas. 5.5 COORDINACION DE PROTECCION CIVIL. OBJETIVO: Instaurar el Sistema Municipal de Protección Civil como un acto del gobierno municipal orientado a la seguridad de la comunidad del municipio, considerando tareas de prevención, auxilio, recuperación y apoyo.

FUNCIONES: o Elaborar los planes de emergencia de las localidades municipales, considerando los aspectos de control ambiental y protección ecológica; o Evaluar y proponer el presupuesto de egresos con los montos de los recursos del programa de protección civil; o Promover la participación del sector social privado, así como de la comunidad en las acciones de protección civil; o Promover la capacitación de la población y de los participantes en el Sistema de Protección Civil; o Desarrollar ejercicios, pruebas y simulacros en lugares públicos; o Administrar el equipo de transporte y salvamento asignado a la Unidad; o Promover en la población la incorporación de información y motivación para la Autoprotección; o Promover la difusión del conocimiento científico de los riesgos posibles en cada región, Invitando a su difusión a los medios de comunicación, tanto masivos como alternativos; o Pugnar porque la comunicación social sea el medio para que expertos, gobierno y Sociedad, hagan accesibles a la población el conocimiento de los riesgos;

o Invitar a los comunicadores y empresarios de los medios a incorporarse a las acciones en la materia, mediante la ejecución de programas de educación y capacitación; o Inducir y concertar con el sector privado su apoyo y participación en la comunicación Social; o Mantener a la población veraz, oportuna y adecuadamente informada sobre la evolución del fenómeno perturbador y de las acciones desarrolladas para su auxilio y atención; 5.6 COORDINACION DE REGISTRO CIVIL. OBJETIVO: Organizar y coordinar a los oficiales del Registro Civil en el Municipio, conforme a las disposiciones vigentes en la materia y de acuerdo a los señalamientos que emiten la Dirección Estatal del Registro Civil del Gobierno del Estado, con el fin de proporcionar a la ciudadanía los servicios de autentificación y certificación de los actos relacionados con el estado civil de las personas.

FUNCIONES: o Planear, programar, organizar y dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las Labores de las oficinas del Registro Civil del Municipio o Acordar con el Secretario del Ayuntamiento las resoluciones de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la coordinación; o Formular dictámenes, opiniones e informes, que sean solicitados por el o Secretario del Ayuntamiento y para la Dirección Estatal del Registro Civil; o Organizar y coordinar las actividades en materia del registro civil que se realizan en su Jurisdicción; o Expedir certificaciones del estado civil de los ciudadanos que radican en áreas de su Jurisdicción de acuerdo a los Ordenamientos vigentes en materia del Registro Civil; o Asentar las actas en los libros que se lleven a efectos de conformidad con las disposiciones en la materia que señale la coordinación; o Organizar el archivo del Registro Civil correspondiente a su ámbito territorial;

o Asesorar técnicamente en los asuntos de su competencia a los delegados Municipales; o Resolver cuando legalmente procedan los recursos administrativos que se interpongan; o Proporcionar la debida atención al público conforme a los asuntos de su competencia; 5.7 COORDINACION DE NORMATIVIDAD Y FISCALIZACIÓN. OBJETIVO: Vigilar el cumplimiento del Bando de Policía y Gobierno, reglamentos y normatividad vigentes en el Municipio, aplicarlos, y en su caso, levantar actas, calificarlas e imponer las sanciones correspondientes a los ciudadanos. FUNCIONES: o Coordina los Programas de Operativos. o Realiza los depósitos de los cobros del mercado sobre ruedas, puestos ambulantes fijos y semifijos. o Verificar los depósitos, bares y cantinas en las diversas Comunidades del Municipio.

o Supervisar el cumplimiento de los reglamentos y disposiciones aplicables al ámbito Municipal, e informar a la superioridad de las anomalías o violaciones que se efectúen al respecto; o Extender y notificar citatorios con motivo de violaciones a los reglamentos municipales; o Canalizar a las autoridades competentes los asuntos que salgan de su jurisdicción, conforme a las leyes respectivas: o Acordar con el Secretario del Ayuntamiento, en la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones en materia de cultos; o Supervisar el cumplimiento de las disposiciones en materia de diversiones, espectáculos públicos y juegos permitidos por la Ley; o Verificar la observancia de los horarios de comercios y establecimientos públicos; o Vigilar que los lugares que expendan alimentos, bebidas alcohólicas y proporcionen servicios turísticos, se ajusten a las disposiciones legales vigentes aplicables; o Cooperar con las autoridades correspondientes, en la detección de violaciones a las medidas de protección y conservación de la flora y fauna del Municipio y la preservación del medio ambiente;

o Participar en la supervisión del cumplimiento de las disposiciones en materia de Mercados, rastros, panteones; o Auxiliar a las autoridades educativas en la detección de faltas a las disposiciones Constitucionales de educación obligatoria a niños en edad escolar; o Solicitar el auxilio de la fuerza pública o de las autoridades de transite, cuando en el cumplimiento de sus obligaciones se amerite; o Coordinar, supervisar y evaluar el desempeño de inspectores en la aplicación de los Reglamentos, conforme a las disposiciones legales aplicables, informando de inmediato al Director de las irregularidades que se susciten; o Verificar que las sanciones por violaciones al Bando de policía y Gobierno o a los Reglamentos municipales, impuestas por los jueces calificadores o funcionario a quien Corresponda, según el caso, sean determinadas en estricto apego a la ley. 5.8 COORDINACION DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO MUNICIPAL Y DE LA UNIDAD DE REGISTRO DE FIERRO. OBJETIVO: Organizar la junta Municipal de Reclutamiento, en condiciones con el jefe de la oficina del reclutamiento del sector militar, para inscribir, dentro del

municipio todos los individuos en edad militar, conforme a las leyes aplicables y los lineamientos que señale el Secretario General del Ayuntamiento. FUNCIONES: o Expedición de la cartilla de identificación. o Formación de lista, enviándola a la oficina de reclutamiento de la zona militar, para su aprobación, con copias para la de sector. o Publicación de las lista para el sorteo, aprobadas por la oficina de reclutamiento de la zona militar. o Publicar las convocatorias para el sorteo y ordenar la presentación de los candidatos al sorteo. o Proporcionar a las autoridades militares todos los datos que se le pidan. o Se lleva a cabo la revalidación de registro de fierro, ya que esto se realiza una vez por año. o Esta unidad también, expide un recibo para su efecto de pago, la cual le sirve al productor como comprobante de la revalidación. o La unidad de fierro es la encargada de extender constancia de manifestación de fierro para diferentes trámites. o Esta unidad realiza un padrón de registro de fierro, marca y tatuaje.

o Lleva un control en todo el municipio de las marcas de fierro y tatuaje para trámites gubernamentales. o Lleva un registró del municipio, en libros que se encuentra en esta unidad de fierro. 5.9 JUEZ CALIFICADOR. Objetivo: Brindar atención al público en general sobre todo lo relacionado al ámbito jurídico teniendo como objetivo llegar al acto conciliatorio entre las partes ofendido e inculpado, así como, vigilar que se cumpla el Reglamento del Bando de Policía y Buen Gobierno para mantener el orden público. Funciones: o Determinar la situación jurídica de las personas que le son presentadas; o Aplicar el Reglamento del Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio para mantener el orden público. o Organizar y dirigir el funcionamiento del Juzgado Calificador Municipal;

o Gestionar ante las autoridades competentes la tramitación de los asuntos que le sean encomendados; o Apoyar en la atención de solicitudes de asistencia y orientación jurídicas que presenten las áreas a su departamento de adscripción. o Dirigir las acciones que permitan mantener la paz y el orden público; o Auxiliar a las autoridades Municipales en la aplicación de sanciones administrativas; o Enviar a la Dirección Finanzas los ingresos que se generen y lleva un registro, para tener un control preciso de lo que se recauda en el área; o Elaborar el programa de trabajo que realizara en el año; o Elaborar y presentar el informe diario al Secretario Municipal de las actividades realizadas durante el año; o Las demás que le sean conferidas por las disposiciones legales y las que le sean delegadas por el Secretario Municipal.

5. ORGANIGRAMA Y ESTRUCTURA ORGANICA DE LA SECRETARIA MUNICIPAL

ESTRUCTURA ORGANICA C. Eduardo Cárdenas Hernández. Secretario del H. Ayuntamiento C. María de la luz Cárdenas Hernández. Secretaria Particular C. Fausto Ricardo Ocaña Andrade. Enlace de Transparencia C. Carlos Arcia Torres. Auxiliar. C. Lorenzo Asencio Silvan. Chofer. C. Kenia Sánchez González. Recepción a documentos. C. José Sebastián Rosado Ramos. Enlace. C. Candelaria Jiménez Domínguez. Limpieza.

NOMBRE DEL PUESTO: Secretario Municipal. JEFE INMEDIATO: Presidenta Municipal. SUBORDINADOS INMEDIATOS: Todos los de su organigrama estructural. LUGAR DE RESIDENCIA: Jalapa, Tabasco. DESCRIPCIÓN GENERAL: Conducir lo relativo a la política y gobierno interior del municipio, sobre la base de las políticas dictadas por el C. Presidente Municipal y el Ayuntamiento, así como aquellos asuntos que no estén expresamente asignados a otra dependencia. FUNCIONES: o Auxiliar al presidente municipal en los asuntos de su competencia. o Despachar y autorizar los asuntos que sean de la competencia del ayuntamiento y de la presidencia municipal.

o Asistir a las sesiones del H. Ayuntamiento con voz informativa y levantar las actas correspondientes. o Informar diariamente al Presidente Municipal de todos los asuntos que reciba para acordar el trámite que proceda. o Expedir los documentos y certificaciones que acuerden el ayuntamiento y el presidente municipal. o Firmar todos los documentos oficiales emanados del ayuntamiento o de la Presidencia Municipal. o Llevar un libro de actas donde se asienten los asuntos tratados y los acuerdos tomados, con las firmas de los miembros del tener a su cargo municipal. o Vigilar que los miembros del ayuntamiento sean citados con la debida anticipación, a las sesiones ordinarias, extraordinarias o solemnes a que convoque el Presidente Municipal o los regidores en su caso. o Remitir al periódico oficial "el Estado de Tabasco", los decretos y demás resoluciones del ayuntamiento que deban publicarse. o Dar a conocer a todas las dependencias del ayuntamiento, los acuerdos tomados por el cabildo, así como las determinaciones adoptadas por el Presidente Municipal, en los asuntos de su competencia.

o Organizar y vigilar el ejercicio de las funciones de la junta municipal de reclutamiento, en coordinación con las autoridades militares correspondientes. o Dar a conocer a todas las dependencias del ayuntamiento, los acuerdos tomados por el cabildo, así como las determinaciones adoptadas por el presidente municipal, en los asuntos de su competencia. o Organizar y vigilar el ejercicio de las funciones de la junta municipal de reclutamiento, en coordinación con las autoridades militares correspondientes. o Recibir y sustanciar el recurso de revisión contemplado en el Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Jalapa. o Coordinar y vigilar el cumplimiento de las acciones políticas y administrativas que dicte el Presidente Municipal a los síndicos y comisarios municipales. o Vigilar y exigir el cumplimiento de los reglamentos municipales y leyes aplicables a efecto de que las autorizaciones o permisos se utilicen en los términos concedidos. o Hacer cumplir el Reglamento Interior del H. Ayuntamiento.

7. ORGANIGRAMA Y ESTRUCTURA ORGANICA DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO C. ULISES GONZALEZ ALIPI. JEFE DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO Y DE LA UNIDAD DE REGISTRO DE FIERRO LIC. PABLO ASCENCIO HERNANDEZ AUXILIAR UNIVERSAL DE OFICINA C. CLAUDIA MARITZA LOPEZ CAMPOS ADMINISTRATIVO A ESTRUCTURA ORGANICA C. ULISES GONZÁLEZ ALIPI JEFE DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO Y DE LA UNIDAD DE REGISTRO DE FIERRO LIC. PABLO ASCENCIO HERNANDEZ AUXILIAR UNIVERSAL DE OFICINA C. CLAUDIA MARITZA LOPEZ CAMPOS ADMINISTRATIVO A.

7.1 DESCRIPCION DE PUESTO Y FUNCION DEL COORDINADOR DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO NOMBRE DEL PUESTO: Coordinador de la Junta Municipal de Reclutamiento JEFE INMEDIATO: Secretario Municipal SUBORDINADOS INMEDIATOS: Los de su área a su mando LUGAR DE RESIDENCIA: Jalapa, Tabasco. DESCRIPCIÓN GENERAL: Organizar la junta municipal de reclutamiento, en condiciones con el jefe de la oficina del reclutamiento del sector militar, para inscribir, dentro del municipio, todas lo individuos en edad militar, conforme a las leyes aplicables y los lineamientos que señale el secretario general del ayuntamiento.

FUNCIONES: o Expedición de la cartilla de identificación. o Formación de lista, enviándola a la oficina de reclutamiento de la zona militar, para su aprobación, con copias para la de sector. o Publicación de las lista para el sorteo, aprobadas por la oficina de reclutamiento de la zona militar. o Publicar las convocatorias para el sorteo y ordenar la presentación de los candidatos al sorteo. o Proporcionar a las autoridades militares todos los datos que se le pidan. o Se lleva a cabo la revalidación de registro de fierro, ya que esto se realiza una vez por año. o Esta unidad también, expide un recibo para su efecto de pago, la cual le sirve al Productor como comprobante de la revalidación. o La unidad de fierro es la encargada de extender constancia de manifestación de fierro para diferentes trámites. o Esta unidad realiza un padrón de registro de fierro, marca y tatuaje.

o Lleva un control en todo el municipio de las marcas de fierro y tatuaje para trámites gubernamentales. o Lleva un registró del municipio, en libros que se encuentra en esta unidad de fierro.