DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

Documentos relacionados
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 7-XII-2007

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de

Artículo 1. Modelos de informes de ejecución

Diario Oficial de la Unión Europea

(Actos legislativos) REGLAMENTOS

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1941 DE LA COMISIÓN

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 20/XII/2007

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1971 DE LA COMISIÓN

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1242 DE LA COMISIÓN

REGLAMENTOS. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

11813/17 bmp/mmp/bgr 1 DG G 2A

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

CORRECCIÓN DE ERRORES

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural

[Programación FSE : Programa Operativo Empleo Juvenil ] 11 de julio 2014

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

REGLAMENTOS. Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Bruselas, 29 de noviembre de 2013 (OR. en) 16616/13 Expediente interinstitucional: 2011/0446 (APP)

L 347/320 Diario Oficial de la Unión Europea

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

Diario Oficial de la Unión Europea L 145/17

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

Diario Oficial de la Unión Europea L 144/3

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1272 DE LA COMISIÓN

Diario Oficial de la Unión Europea

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 07-XII-2007

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1930 DE LA COMISIÓN

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) de 15 de septiembre de 2004

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 18 de junio de 2015 (OR. en)

AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

(Actos legislativos) DECISIONES

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

EL FSE EN ANDALUCÍA SEPTIEMBRE DE 2015

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2014/798/UE)

PROGRAMA OPERATIVO EN EL MARCO DEL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO POR EL QUE SE SELECCIONA LA OPERACIÓN DENOMINADA CICLO FORMA- TIVO GRADO SUPERIOR

PROYECTOS POCTEP - PERSONAL DE GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS-

(1) Es necesario especificar los detalles del sistema de número de registro de los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas.

Adopción definitiva (UE, Euratom) 2017/303 del presupuesto rectificativo n. o 4 de la Unión Europea para el ejercicio

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

PROGRAMAS OPERATIVOS DE LOS FONDOS EUROPEOS FEDER, FSE Y FEMP CORRESPONDIENTES AL PERIODO DE PROGRAMACIÓN (EXPTE. C.C.C.

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO

10257/15 chc/jlg/og DG C 1

PROGRAMA OPERATIVO EN EL MARCO DEL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO

PARLAMENTO EUROPEO Comisión de Presupuestos PROYECTO DE INFORME

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

NOTA RECTIFICATIVA Nº 1 AL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE 2016 FINANCIACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA DEL FEIE

Anexo 5 del PO FEDER Galicia Dictamen de igualdad

Diario Oficial de la Unión Europea REGLAMENTOS

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de

Ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) *

8468/17 JMS/DSI/laa DGG 3C

Adjunto se remite a las Delegaciones el documento COM(2017) 288 final. Adj.: COM(2017) 288 final. 9795/17 emv DG G 2A

REGLAMENTO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de XXX

ES Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

PROYECTO DE INFORME. ES Unida en la diversidad ES. Parlamento Europeo 2017/2078(BUD)

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de

1) Reglamento (UE) n o 1301/2013 («Reglamento del FEDER»); 2) Reglamento (UE) n o 1304/2013(«Reglamento del FSE»);

Marco Financiero Plurianual

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Transcripción:

COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.12.2014 C(2014) 9886 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Iniciativa PYME, para el que se solicitan ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España. CCI 201416RFSM001 (EL TEXTO EN LENGUA PAÑOLA EL ÚNICO AUTÉNTICO)

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Iniciativa PYME, para el que se solicitan ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España. CCI 201416RFSM001 (EL TEXTO EN LENGUA PAÑOLA EL ÚNICO AUTÉNTICO) LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo 1, y, en particular, su artículo 4, apartado 10, Previa consulta al Banco Europeo de Inversiones, Considerando lo siguiente: (1) El 22 de julio, España presentó, a través del sistema de intercambio electrónico de datos de la Comisión («SFC 2014»), el programa operativo «Iniciativa PYME» para recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional ( FEDER ) en el marco del objetivo de inversión para el crecimiento y el empleo destinadas a España. (2) El programa operativo cumple las condiciones establecidas en la letra a), b) y c) del primer párrafo del artículo 90, apartado 2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. (3) España ha elaborado el programa operativo en cooperación con los socios a los que se hace referencia en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 1303/2013 y con la Comisión. (4) De conformidad con el artículo 29 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, la Comisión evaluó el programa operativo y ha hecho observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 3 de ese mismo artículo. España proporcionó información adicional el 4 de noviembre 2014 y presentó su programa operativo revisado el 4 de diciembre del 2014. (5) La Comisión ha llegado a la conclusión de que el programa operativo contribuye a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y a la cohesión económica, social y territorial, y es coherente con el Reglamento (UE) nº 1303/2013, el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento 1 DO L 347 de 20.12.2013, p. 320. 2

Europeo y del Consejo 2, y el contenido del acuerdo de asociación con España aprobado mediante la Decisión de la Comisión C (2014) 8076 del 30 de octubre de 2014. (6) El programa operativo contiene todos los elementos contemplados en los artículos 28 y 97 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 y ha sido elaborado de conformidad con el modelo que figura en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) nº 288/2014 de la Comisión 3. (7) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, la presente Decisión constituye una decisión de financiación a tenor del artículo 84 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo 4. No obstante, es necesario especificar los elementos necesarios para contraer los compromisos presupuestarios con respecto al programa operativo. (8) El Reglamento (UE) nº 1303/2013 establece en su artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), que, para cada año, debe indicarse el importe del crédito financiero total previsto para la ayuda del FEDER. También habrá de determinarse el importe del crédito financiero total de la ayuda del FEDER. (9) De conformidad con el artículo 120, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) nº 1303/2013, hay que fijar el porcentaje de cofinanciación, especificar el importe máximo de la ayuda de los Fondos para el eje prioritario e indicar si tal porcentaje ha de aplicarse al gasto total subvencionable, tanto público como privado, o al gasto público subvencionable. (10) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la posición de la Comisión en cuanto a la conformidad de las operaciones financiadas en el marco del programa operativo con las normas sobre ayudas estatales aplicables en el momento en que se concede la ayuda. (11) De conformidad con el artículo 96, apartado 10, y del artículo 97 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, con la excepción de los elementos referidos en el párrafo 5 del artículo 96 de este reglamento, el programa operativo debería ser aprobado, 2 3 4 Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1080/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 289). Reglamento de Ejecución (UE) nº 288/2014 de la Comisión, de 25 de febrero de 2014, que establece normas con arreglo al Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en relación con el modelo para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, y con arreglo al Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, en relación con el modelo para los programas de cooperación en el marco del objetivo de cooperación territorial europea (DO L 87 de 22.3.2014, p. 1). Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1). 3

HA ADOPTADO LA PRENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se aprueban los siguientes elementos del programa operativo «Iniciativa PYME», para el que se solicitan ayudas del FEDER en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España para el período del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020, cuya versión final se presentó el 4 de Diciembre del 2014: (a) los elementos exigidos para el eje prioritario por el artículo 96, apartado 2, letra b del Reglamento (UE) nº 1303/2013, según lo dispuesto en la sección 2 del programa operativo; (b) los elementos del plan de financiación exigidos por el artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) nº 1303/2013, según lo dispuesto en las tablas 17 y 18a de la sección 3 del programa operativo; (c) para cada condición ex ante que resulte aplicable, una evaluación de si se cumplió en la fecha de presentación del acuerdo de asociación y del programa operativo, tal como se establece en la sección 9 del programa operativo. Artículo 2 El programa operativo apoyará el único eje prioritario por el FEDER. Artículo 3 Los gastos se financiarán a partir del 1 de enero de 2014. Artículo 4 1. El importe máximo del crédito financiero total previsto para la ayuda del FEDER se establecen en el anexo I. 2. El importe total del crédito financiero del programa operativo se establece en 800 036 600 EUR, y se financiará a partir de las siguientes líneas presupuestarias específicas del presupuesto general de la Unión Europea correspondiente a 2014: (a) (b) (c) 13 03 60: 75 761 532 EUR (FEDER regiones menos desarrolladas); 13 03 61: 161 795 836 EUR (FEDER regiones en transición); 13 03 62: 562 479 232 EUR (FEDER regiones más desarrolladas); 3. El porcentaje máximo de cofinanciación para el eje prioritario se establece en el Anexo II y se aplicará al gasto público subvencionable. 4

Artículo 5 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España. Hecho en Bruselas, el 12.12.2014 Por la Comisión Corina CREŢU Miembro de la Comisión 5

ANEXO I Crédito financiero total para la ayuda del FEDER por año (en EUR) Cuadro 17 Fondo Categoría de región 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Total FEDER Menos desarrolladas 18.940.383,00 28.410.574,00 28.410.575,00 0,00 0,00 0,00 0,00 75.761.532,00 FEDER Transición 40.448.959,00 60.673.439,00 60.673.438,00 0,00 0,00 0,00 0,00 161.795.836,00 FEDER Más desarrolladas 140.619.808,00 210.929.712,00 210.929.712,00 0,00 0,00 0,00 0,00 562.479.232,00 Total 200.009.150,00 300.013.725,00 300.013.725,00 0,00 0,00 0,00 0,00 800.036.600,00 1

ANEXO II Asignación financiera total para la ayuda del FEDER, cofinanciación nacional del programa operativo y eje prioritario Cuadro 18a: Plan de financiación Eje priorita rio Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvencionable o coste público subvencionable ) Ayuda de la Unión (a) Contrapartida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional Financiación total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciación (f) = (a) / (e) (2) Eje 3 FEDER Menos desarrolladas Público 75.761.532,00 0,00 0,00 0,00 75.761.532,00 100 % (d) (1) Contribuciones del BEI (g) Eje 3 FEDER Transición Público 161.795.836,00 0,00 0,00 0,00 161.795.836,00 100 % Eje 3 FEDER Más desarrolladas Público 562.479.232,00 0,00 0,00 0,00 562.479.232,00 100 % Total FEDER Menos desarrolladas 75.761.532,00 0,00 0,00 0,00 75.761.532,00 100 % Total FEDER Transición 161.795.836,00 0,00 0,00 0,00 161.795.836,00 100 % Total FEDER Más desarrolladas 562.479.232,00 0,00 0,00 0,00 562.479.232,00 100 % Total general 800.036.600,00 0,00 0,00 0,00 800.036.600,00 100 % 1