La Universidad que Siembra Consejo Directivo Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 1/7 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA UNELLEZ ACTA Nº 757 RESOLUCIÓN Nº CD 2008/985 DE FECHA 08-12-2008 PUNTO Nº 18 El Consejo Directivo, reunido en Sesión Ordinaria en la Sala de Sesiones del Consejo Directivo; en uso de las atribuciones legales que le confiere el Artículo 16, Numeral 27 del Reglamento General de la Institución, vista la solicitud presentada por el Rectorado. CONSIDERANDO Que en fecha 03-12-2008, el ciudadano Rector (e), profesor Miguel Ángel Henríquez Marcano, remite para su estudio y consideración; solicitud de aprobación del Manual de Normas y Procedimientos de Gestión de Proyectos LOCTI; elaborado conjuntamente con la Secretaria Ejecutiva de Investigación. EL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE: Único: Aprobar el Manual de Normas y Procedimientos de Gestión de Proyectos LOCTI de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora UNELLEZ, como se indica a continuación: MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI Artículo 1. Las normas y procedimientos necesarios para gestionar Proyectos de Aportes e Inversión en el marco de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), se regirán por lo pautado en el presente manual, en concordancia con las demás disposiciones legales del país. Artículo 2. Se entiende por Proyectos de Aportes e Inversión todos aquellos proyectos financiados con recursos provenientes de la Gran Empresa en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI). Artículo 3. Podrán ser responsables de un proyecto los miembros ordinarios activos y/o jubilados de la comunidad universitaria con reconocida formación y experiencia en el área de conocimiento del proyecto. Artículo 4. La propuesta del proyecto debe estar avalada por el jefe de la dependencia del beneficiario ejecutor responsable del proyecto.
Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 2/7 Parágrafo Único: Si se solicitan recursos para hacer cualquier actividad que implique construcción, remodelación o cambios en el espacio físico, debe contar con el aval del Consejo Académico del Vicerrectorado respectivo. Artículo 5. Los interesados en presentar proyectos enmarcados en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), deberán hacerlo presentando a la Coordinación de Investigación del Vicerrectorado correspondiente los siguientes recaudos: a. Carta de solicitud de inscripción con el visto bueno del jefe de la dependencia que avala el proyecto. b. Curriculum vitae del responsable y de los corresponsables del proyecto. c. Proyecto impreso y digital, a ser evaluado y aprobado por la Comisión Evaluadora de Proyectos del Vicerrectorado respectivo, desarrollado en formato suministrado por la Secretaría Ejecutiva de Investigación. (Ver anexo). Parágrafo Único: El tiempo para la consignación de los proyectos es permanente. Artículo 6. La Comisión Evaluadora de Proyectos de cada Vicerrectorado estará conformada por el coordinador de investigación quien la coordina y los coordinadores de extensión y postgrado del Vicerrectorado respectivo. Artículo 7. La Comisión Evaluadora de Proyectos de cada Vicerrectorado evaluará que el proyecto se enmarque dentro de lo contemplado en los supuestos de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI). Parágrafo Único: Si la Comisión Evaluadora de proyectos realiza observaciones al mismo, este será devuelto al responsable a fin de que realice las correcciones pertinentes. Artículo 8. Una vez aprobado y autorizado el proyecto por la Comisión Evaluadora de proyectos, está lo remitirá junto con el acta de aprobación y el resto de los recaudos señalados en el artículo 5, a la Secretaría Ejecutiva de Investigación. Artículo 9. La Secretaría Ejecutiva de Investigación abrirá un expediente de cada proyecto con los recaudos consignados, registrará dicho proyecto en el portal del Sistema de Declaración y Control del Aporte - Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI) y lo enviará a dicho organismo para solicitar su certificación. Artículo 10. Certificado el proyecto por el SIDCAI, la Secretaría Ejecutiva de Investigación enviará al profesor responsable copia de la certificación, para que promocione ante organismos, instituciones y empresas el proyecto aprobado y consiga el financiamiento a través de los aportes que deben hacer las grandes empresas al desarrollo Científico y Tecnológico del país.
Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 3/7 Artículo 11. Una vez conseguida la empresa que financiará el proyecto, el profesor responsable informará y entregará a la Secretaría Ejecutiva de Investigación los documentos requeridos para la elaboración del convenio a firmar entre la UNELLEZ y la empresa que le dará su aporte. Artículo 12. La Secretaría Ejecutiva de Investigación gestionará ante la instancia correspondiente la elaboración del convenio, que indique a que proyectos que ejecuta la institución está dirigido el aporte y una vez elaborado se envía al Consejo Directivo para su aprobación. Artículo 13. Aprobado el convenio se convoca al Rector y al representante de la empresa para la firma del convenio en dos (2) originales y dos (2) copias, y al responsable del proyecto para la firma de una carta de compromiso en original y una (1) copia. Artículo 14. Una vez firmado el convenio y la carta compromiso se procede a la distribución de los documentos de la siguiente forma: a. Un original del convenio para la empresa y otro para la UNELLEZ. b. Una copia del convenio para el expediente del proyecto que se encuentra en la Secretaría Ejecutiva de Investigación y otra para el responsable del proyecto. c. Original de la carta compromiso para el expediente del proyecto que se encuentra en la Secretaría Ejecutiva de Investigación y copia para el responsable del proyecto. Artículo 15. Suscrito el convenio, la empresa depositará el aporte en la cuenta de la UNELLEZ y entregará copia del depósito bancario a la Secretaría Ejecutiva de Investigación, quien envía copia del mismo a administración central para el registro de los ingresos y archivará otra copia en el expediente del proyecto. Artículo 16. El Secretario Ejecutivo de Investigación gestionará el traslado del aporte realizado por la empresa a la administración del vicerrectorado que corresponda e informará al responsable del proyecto la disponibilidad de los recursos financieros asignados para la ejecución del mismo. Artículo 17. El responsable de cada proyecto rendirá cuenta trimestralmente a la Secretaría Ejecutiva de Investigación, a través de un informe de la ejecución del mismo que contenga como mínimo la siguiente información, según lo establecido en la Resolución de Rendición de Beneficiarios Nº 046, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Número 38.995, de fecha 15 de agosto de 2008:
Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 4/7 a. Nombre de la institución receptora de los aportes. b. Identificación del proyecto, responsable y monto total del mismo. c. Monto y porcentaje de los gastos administrativos y justificación de los mismos. d. Monto y porcentaje de la ejecución física y financiera de las actividades del proyecto. e. Nombre de las empresas aportantes y monto discriminado por cada una de las mismas. f. Fecha de recepción de los fondos. g. Fecha de entrega de los fondos a los investigadores responsables de los proyectos. h. Reporte auditable de los ingresos y egresos del proyecto con sus respectivos soportes. i. Autoevaluación del nivel de ejecución financiera y física del proyecto. Artículo 18. La Secretaría Ejecutiva de Investigación enviará copia de este informe al Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación O.N.C.T.I., al Consejo Directivo y a las empresas aportantes, garantizando así la eficiencia en la ejecución de los proyectos y la correcta utilización de los fondos. Parágrafo Único: La responsabilidad de la adecuada ejecución del proyecto y del manejo administrativo transparente es del responsable del proyecto, por lo que se solicitará la presencia del mismo, en caso de solventar cualquier duda que pueda presentarse ante la auditoria de cualquier proyecto. Artículo 19. Cuando un proyecto esté vinculado a las funciones inherentes a una unidad organizacional, el responsable del proyecto será el jefe de la misma, y en caso de producirse un cambio en la jefatura de esta dependencia, el nuevo jefe designado deberá seguir desarrollando el cronograma fijado para la ejecución del mismo. Disposiciones Finales: Artículo 20. Lo no previsto en la presente normativa y los casos dudosos serán resueltos por el Consejo Directivo de la UNELLEZ. Artículo 21. La presente normativa entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Consejo Directivo de la UNELLEZ.
Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 5/7 FORMATO PARA PROYECTOS A SER FINANCIADOS CON APORTES DE LA LEY ORGÁNICA DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (LOCTI) DATOS DEL RESPONSABLE PRINCIPAL DEL PROYECTO Dirección de Domicilio: Cargo: Dependencia Responsable del Proyecto: DATOS DE LOS CO-RESPONSABLES DEL PROYECTO Co-Responsable 1 Co-Responsable 2 Co-Responsable 3 (*) Anexar Resumen curricular, fotocopia de la cédula y del RIF del responsable principal, Co-responsables, Asesores y Técnicos que participen en el proyecto. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Titulo del proyecto: Actividades del artículo 42 de la LOCTI: Duración en meses: Fecha de Inicio: Fecha de Culminación Área: Especialidad: Cantidad total a solicitar por aportes LOCTI (Bs. F): Cantidad solicitada para los primeros doce (12) meses del proyecto (Bs. F): Indique si ha solicitado ayuda a otra (s) institución (es) para esta investigación: Si: No:
Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 6/7 En caso de ser afirmativa su respuesta indique: a) Institución: Monto solicitado: b) Institución: Monto solicitado: c) Institución: Monto solicitado: Monto total del proyecto (aportes LOCTI + otros financiamientos): El proyecto incorpora: Tesis de Grado: Tesis de Maestría: Doctorado: Lugar de desarrollo del proyecto: Tesis de ESQUEMA DE LO QUE DEBE CONTENER EL PROYECTO PORTADA I. RESUMEN II. EL PROBLEMA Antecedentes Justificación Formulación III. OBJETIVO GENERAL DEL PROYECTO Objetivos específicos IV. ACTIVIDADES (Anexe Cronograma) V. METODOLOGÍA VI. SITIO DÓNDE SE EJECUTARÁ EL PROYECTO VII. NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURAS, EQUIPOS, SERVICIOS, PERSONAL, ETC. VIII. PRODUCTOS DEL PROYECTO IX. COSTO TOTAL
Cofinanciamiento Consejo Directivo Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 7/7 ACTIVIDADES LOCTI OTROS APORTANTES OTROS APORTANTES OTROS APORTANTES SUB- TOTAL BS. F SUB-TOTAL BS. F TOTAL BS. F X. BENEFICIARIOS DE LOS RESULTADOS XI. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS XII. GASTOS DEL PROYECTO DESCRIPCION TOTAL Total Presupuesto sin imprevistos Imprevistos 10% del presupuesto TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS RESPONSABLES DEL PROYECTO C.I. FIRMA JEFE DE LA DEPENDENCIA QUE AVALA EL PROYECTO C,I. FIRMA Y SELLO Original del Oficio recibido se archiva. MIGUEL ANGEL HENRIQUEZ RECTOR (E) PRESIDENTE BETSY ARCILA SECRETARIA (E)