AGENTES RETENEDORES Los agentes retenedores del impuesto de industria y Comercio en el Municipio de Villavicencio son los siguientes: GRUPO 1: ENTIDADES DEL ESTADO GRUPO 2: GRANDES CONTRIBUYENTES GRUPO 3: DESIGNACIÓN RESOLUCIÓN. SUJETOS PASIVOS El sistema de Retención para el impuesto de industria y comercio se aplicara por los Agentes Retenedores a los contribuyentes que sean proveedores de bienes y servicios, siempre y cuando no se trate de una operación no sujeta a Retención. OPERACIONES NO SUJETAS A RETENCION La Retención no se aplicará en los siguientes casos: 1 / 22
1. Cuando la operación no esté gravada 2. Cuando los sujetos pasivos de la retención sean exentos. 3. Cuando la operación no se realice en la jurisdicción del Municipio de Villavicencio. 4. Cuando se realiza la operación entre Agentes retenedores del Impuesto de Industria y Comercio clasificados en el mismo grupo. 5. Cuando el Comprador del bien o del servicio no sea agente retenedor. CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN La Retención del impuesto de Industria y Comercio se efectuará al momento en que se realice el pago o abono en cuenta lo que ocurra primero BASE DE LA RETENCIÓN La retención se efectuara sobre el valor total de la operación excluido el impuesto a las ventas facturado. BASE MÍNIMA PARA RETENCIÓN AÑO 2014 SERVICIOS: $ 110.000 2 / 22
COMPRAS: $ 742.000 BASE MÍNIMA PARA RETENCIÓN AÑO 2015 SERVICIOS: $ 113.000 COMPRAS: $ 764.000 TARIFAS DE RETENCIÓN Son las siguientes: 4 x 1000 2 x 1000 3 x 1000 10 x 1000 El proveedor del bien o del servicio deberá suministrarle al Agente retenedor, en la factura información sobre el código y la tarifa de la actividad económica sujeta a retención. SOLIDARIDAD DEL AGENTE RETENEDOR CON EL SUJETO PASIVO 3 / 22
Efectuada la Retención el Agente Retenedor es el único responsable ante el fisco Municipal por los valores retenidos, salvo cuando el contribuyente sea vinculado económico del Retenedor, en cuyo caso existirá responsabilidad solidaria del Contribuyente con el Agente Retenedor. Para efectos del control al cumplimiento de las obligaciones tributarias, los Agentes Retenedores deberán llevar además los soportes generales que exigen las normas tributarias y contables, un cuenta contable auxiliar denominada RETENCION ICA, por Pagar. PROCEDIMIENTO CUANDO SE EFECTUAN RETENCIONES POR MAYOR VALOR Cuando se efectúen retenciones del impuesto de industria y comercio por un valor superior, por causas atribuibles al Agente Retenedor, este deberá reintegrar los valores retenidos en exceso, previa solicitud del afectado. OBLIGACIONES Los agentes retenedores del impuesto de industria y comercio no están obligados a presentar la declaración bimestral de retención en los periodos en los cuales no hayan efectuado operaciones que den lugar a la retención de este impuesto.(acuerdo 117 de 2011 Art.7) VENCIMIENTOS ENVIO 4 / 22
DE INFORMACIÓN EXÓGENA 2015 ÚLTIMO DIGITO NIT PLAZO HASTA 5 / 22
0 3-Jun-2015 1 6 / 22
5-Jun-2015 2 9-Jun-2015 3 7 / 22
11-Jun-2015 4 16-Jun-2015 5 18-Jun-2015 8 / 22
6 22-Jun-2015 7 24-Jun-2015 9 / 22
8 26-Jun-2015 9 10 / 22
30-Jun-2015 11 / 22
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VENCIMIENTOS ENVIO 15 / 22
DE INFORMACIÓN EXÓGENA 2014 ÚLTIMO DIGITO NIT 16 / 22
PLAZO HASTA 0 17 / 22
4-Jun-2014 1 6-Jun-2014 2 18 / 22
9-Jun-2014 3 11-Jun-2014 4 13-Jun-2014 19 / 22
5 16-Jun-2014 6 18-Jun-2014 7 20 / 22
20-Jun-2014 8 24-Jun-2014 9 26-Jun-2014 21 / 22
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