Tratamiento Tributario de los Consorcios y las Uniones Temporales
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- María del Carmen Bustamante Castellanos
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1 Cámara Colombiana de la Infraestructura Tratamiento Tributario de los Consorcios y las Uniones Temporales Sergio Iván Pérez Peñuela
2 Consorcios y Uniones Temporales en Materia Tributaria CONTENIDO Temas asociados al RUT Temas asociados al Impuesto Sobre la Renta Temas asociados al Impuesto Sobre las ventas - Facturación Temas asociados al Impuesto de Industria y Comercio Temas asociados a otros impuestos (predial, vehículos, patrimonio) Respecto de la información exógena Temas asociados a la Contribución Especial en Contratos de Obra
3 Temas asociados al RUT No obstante que los Consorcios y Uniones Temporales carecen de personería jurídica ESTAN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL Registro Único Tributario Razones? Efectos?
4 Temas asociados al RUT DOCTRINA DIAN: No puede omitirse la solicitud del NIT por el hecho de que sean sus miembros quienes facturen la prestación de servicios por parte de los consorcios o uniones temporales Concepto de 2006
5 Temas asociados al Impuesto Sobre la Antecedentes Renta Régimen actual: No son contribuyentes del impuesto sobre la renta Contabilidad y declaraciones independientes entre sus miembros Ingresos, costos y deducciones que les correspondan, se llevarán de acuerdo con su participación (%)
6 Temas asociados al Impuesto Sobre la Renta Respecto de la Retención en la Fuente Son agentes de retención en la fuente (Art. 368 ET). Deben presentar mensualmente declaraciones de lo retenido (incluso cuando no se practican retenciones dentro del respectivo mes). Están obligados a expedir certificados. Los pagos que se les efectúen serán objeto de la retención en la fuente (cuando ésta sea procedente).
7 Temas asociados al Impuesto Sobre las Ventas (IVA) Responsables del IVA cuando en forma directa realicen actividades gravadas Deben expedir factura Declarar bimestralmente Efectuar los registros contables La factura sirve para soportar costos, gastos, impuestos descontables tanto para renta como IVA.
8 Temas asociados al Impuesto Sobre las Ventas (IVA) Los contratos de obra pública que celebren las entidades territoriales y/o descentralizadas del orden municipal, distrital o departamental con consorcios o uniones temporales, no causan el impuesto sobre las ventas. Concepto de 2005, DIAN
9 Temas asociados al Impuesto Sobre las Ventas (IVA) Facturación Opciones (Art. 11 Dto 3050 de 1997) 1. Que lo haga el consorcio o unión temporal a nombre propio y en representación de sus miembros. 2. Que lo haga cada miembro del consorcio o unión temporal en forma separada, y 3. Que lo hagan en forma conjunta los miembros del consorcio o unión temporal.
10 Temas asociados al Impuesto Sobre las Ventas (IVA) Requisitos de la factura del consorcio o unión temporal Facturación con su propio NIT Cumplir con los requisitos formales de facturación Señalar el porcentaje o valor del ingreso que corresponda a cada uno de los miembros o consorciados Indicación del nombre o razón social y el NIT de cada consorciado o miembro de UT. Cada uno de los miembros o consorciados asume la retención en la fuente a prorrata de su participación en el ingreso facturado.
11 Temas asociados al Impuesto de Industria y Comercio Avisos y Tableros (ICA) Los consorcios o uniones temporales no son contribuyente del impuesto de industria y comercio. Los consorciados o miembros lo serán respecto de sus ingresos percibidos en la respectiva jurisdicción municipal. En Bogotáson agentes de retención del impuesto y, por lo mismo, tienen el deber formal de presentar la declaración de retención en la fuente a título de ICA.
12 Temas asociados a otros impuestos (predial, vehículos, patrimonio) Los consorcios y las uniones temporales no son sujetos pasivos de los impuestos predial unificado, vehículos y patrimonio. Sus consorciados o miembros lo serán si en cada caso observan las condiciones previstas para el efecto.
13 Respecto de la información exógena Los consorcios y uniones temporales que durante el año gravable 2009 hubieren efectuado transacciones económicas, independientemente del monto de los ingresos obtenidos, sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados de las operaciones inherentes a su actividad económica ejecutadas directamente por ellos Resolución DIAN 7935 de 2009, artículo 1, literal d
14 Contribución Especial de los Contratos de Obra Pública (Artículo 120 Ley 418 de 1997) Obligación de todos los contratistas (personas naturales y jurídicas) En contratos de obra pública con entidades de derecho público. También en adiciones al valor de contratos existentes Se paga a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante Cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición
15 Contribución Especial para las Concesiones Concesiones de construcción, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales. 2.5 X 1000 del recaudo bruto. Sólo para concesiones otorgadas después de la Ley 1106 de 2006.
16 Contribución Especial para las Concesiones Concesiones para el recaudo de impuestos y contribuciones. Tres por ciento (3%) Sólo entidades territoriales
17 Contribución Especial de los Contratos de Obra o de Concesión de Obra Pública La contribución especial de los contratos de obra pública o concesión de obra pública y otras concesiones se causa sobre todo contrato de obra pública suscrito con entidades de derecho público. Concepto de 2007, DIAN
18 Gracias por su atención
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