EST ADO LIBRE ASOCIADO DE PVER TO RICO Comision Industrial de Puerto Rico

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Transcripción:

EST ADO LIBRE ASOCIADO DE PVER TO RICO Comision Industrial de Puerto Rico NORMAS DE PROCEDIMIENTOS PARA EL PROGRAMA CAMPAMENTO DE VERANO PARA HUOS E HIJAS DE LOS EMPLEADOS DE LA COMISION INDUSTRIAL DE PUERTO RICO TABLA DE CONTENIDO ARTICULO I ARTICULO 2 ARTICULO 3 ARTICULO 4 ARTICULO 5 ARTICULO 6 Base Legal. Proposi to. Aplicabilidad. Definiciones. Procedimiento... 2 Vigencia... 4

NORMAS DEL PROGRAMA DE CAMPAMENTO DE VERANO DE LA COMISION INDUSTRIAL DE PUERTO RICO 1 - BASE LEGAL Estas Nonnas se adoptan y se promulgan al amparo de la Ley Num. 45 de 18 de abril de 1935, seglln enmendada, conocida como "Ley del Sistema de Compensaciones por Accidente del Trabajo", el Reglamento de Recursos Humanos de la Comision Industrial del 30 de octubre de 2008, el Convenio Colectivo enre la CIPR y la FCT de 27 de junio de 2014, el Reglamento Num. 4758 del Departamento de Servicios Sociales, conocido como el Reglamento para el Licenciamiento y Supervision de Establecimientos para Niiios y el Reglamento Num. 7167 del Departamento de Hacienda, conocido como Reglamento Num. 26 de Reembolso a Funcionarios y Empleados Publicos por Gastos Incurridos y Pagados con Fondos Particulares para Fines Publicos. 2 - PROPOS ITO Estas Normas tienen el proposito de pro veer unas guias para el empleado pueda utilizar los beneficios del programa de Campamento de Verano y recibir el reembolso una vez incurre en el gasto del mismo. De esta forma la CIPR ayuda al empleado con la carga economica que representa la llegada de la epoca de verano, en la cual muchos se ven precisados de matricular a sus hijos en campamentos de verano para garantizarles un lugar seguro donde puedan velar por ellos mientras disfrutan de actividades propias de la temporada. Asi como disminuir el ausentismo que les ocasiona a los empleados la situacion de no tener con quien dejar a sus hijos durante el verano, estando estos mas tranquilos en su entomo laboral. Esto redundara en beneficio para la CIPR al no verse afectados los trabajos que realizan en la agencla. 3 - APLICABILIDAD Las disposiciones de estas Normas aplicaran a todos los empleados que ocupen un puesto en las clases comprendidas en el plan de clasificacion de puestos y estructura retributiva para los servicios de carrera unionados, no unionados, transitorios, de confianza e irregulares de la Comision Industrial de Puerto Rico. ARTiCULO 4 - DEFINICIONES Los siguientes terminos 0 frases, seglin se utilizan en las presentes Normas, tend ran los significados que se indican a continuacion: a) Comision - Comision Industrial de Puerto Rico. b) Empleado - Empleado unionado, no unionado, transitorio, de confianza e irregular de la Comision Industrial de Puerto Rico.

c) Normas- Normas del Programa de Campamento de Verano. d) Ofieina de Recursos Humanos - Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisi6n Industrial de Puerto Rico. e) Campamento de Verano- Actividad de convivencia al aire libre orientada con fines educativos y de formaci6n. Va mas alla que las actividades de aventura 0 visitas a lugares naturales. Responde, entre otras cosas, al concepto de educaci6n permanente como una necesidad en todas las edades y etapas de la vida. Mediante juegos, dinamicas de gropo y de interpretaci6n ambiental, se busca el crecimiento de todos los que participan en la actividad. f) Solieitud de Reembolso de Gastos Pagados- Modelo - SC 877 - Formulario del Departamento de Hacienda que cumplimenta el empleado para rec1amar el reembolso de un pago real izado por este. g) Certificado de Naeimiento-documento expedido por el Registro Demografico de Puerto Rico 0 autoridad civil competente, que da fe del hecho del nacimiento y la fecha en que tuvo lugar asi como de la filiaci6n del inscrito. h) Recibo de Pago- documento que evidencia el pago por la participaci6n del menor en un campamento de verano. i) Liceneia- licencia, permiso 0 autorizaci6n especial expedida por el Departamento de la Familia a una entidad para operar un campamento de verano. Certificaeion de Participaeion- documento expedido por la entidad que ofrece el campamento de verano acreditando la participaci6n del menor y la fecha en que los servicios fueron prestados. ARTiCULO 5 - PROCEDIMIENTO Para recibir el reembolso de gastos de este programa, el empleado debera cumplir con 10 siguiente: 1. El empleado seleccionara el campamento de verano en el cual matriculara a su hijo. Este debe cumplir con todas las regulaciones y permisos aplicables. Ademas, debera tener la licencia 0 Autorizaci6n Especial que emite la Oficina de Licenciamiento del Departamento de la Familia. La edad requerida para participar del programa es de cinco (5) a trece (13) anos de edad. 2

2. Debenl entregar el original de la Solicitud de Reembolso de Gastos Pagados con Fondos Particulares - Modelo SC 877, debidamente completada con el recibo de pago original. El recibo de pago del suplidor debe cumplir con 10 siguiente, seg(ln el Reglamento 26 del Departamento de Hacienda: Estar certificado por el empleado: a) Certifico correcto b) Nombre en letra de molde c) Firma del empleado Nombre 0 logo comercial del suplidor Direccion del suplidor Fecha de la transaccion Descripcion de los servicios firma del suplidor. 3. Estos documentos debenln recibirse en la Oficina de Recursos Humanos en 0 antes de diez (10) dias laborables de la fecha en que el empleado realizo el pago. Los empleados de las Salas Regionales podnln adelantar el envio de los documentos requeridos por fax 0 correo electronico. Los documentos originales debeni enviarlos por correo interno a la Oficina de Recursos Humanos. El formulario SC - 877 se encuentra disponible en las formas CIPR. Tambien, pueden solicitar el mismo en la Division de Finanzas y Pagaduria. 4. Presentar original del certificado de nacimiento y licencia 0 autorizacion especial del campamento en 0 antes de cuarenta y cinco (45) dias calendarios a partir de la fecha de entrega de la solicitud de reembolso. El Certificado de Nacimiento original se devolveni al empleado. 5. Entregar en la Oficina de Recursos Humanos la certificacion original de participacion en el campamento que incluya el nombre del participante y fecha en que los servicios fueron prestados. 6. En los casos de hijastros, debenin presentar evidencia de la reclamacion como dependiente mediante copia de la planilla certificada. 7. Si el empleado no cumple con la entrega de documentos en las fechas estipuladas, la Oficina de Recursos Humanos Ie devolvera los documentos y no seran procesados para pago. 8. En el caso de que el lugar en donde se ofrece el campamento de verano no tenga disponible la licencia, pero la misma se encuentre en proceso ante el Departamento de la Familia, el empleado sera responsable de solicitar al establecimiento, la certificacion que emite la Oficina de Licenciamiento del Departamento de la Familia y entregarlo junto a la Solicitud de Reembolso. 3

6 - VIGENCIA Estas Normas tendnin vigencia inmediata. Las mismas dejan sin efecto y derogan cualquier otro procedimiento, norma 0 reglamento anterior en cuanto sea incompatible con 10 aqui establecido. En San Juan, Puerto Rico, hoy diat...f de ~ de 2015. 4