REPÚBLICA DE CHILE Dirección Jurídica MVB.. v'i '' ' " ~ - DECRETO EXENTO,3 2 17 DIC. 2012 SAN MIGUEL,, 7.2012 VISTOS: QF1CINA DE partes LOF Io El Decreto Alcaldicio N 80 de 25 de junio de 2012, que instruyó sumario administrativo y el expediente administrativo con el que se tramitó dicho sumario; 2o La vista fiscal, de fecha 27 de septiembre de 2012; 3o La carta renuncia presentada por don Juan Carlos Castillo Vera agregada al expediente sumarial indicado en forma posterior a la vista fiscal y la solicitud contenida en el memorando N 516-2012, de la Dirección Jurídica; 4o Las facultades que me confiere la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la Ley N 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; Y CONSIDERANDO: Io Que la resolución del presente sumario no se llevo a efecto con anterioridad por la prohibición de aplicar la medida de destitución 30 días antes de un proceso eleccionario; 2 Que habiéndose presentado renuncia voluntaria por el encartado señor Juan Carlos Castillo Vera, antes del pronunciamiento de esta autoridad sobre sus inasistencias reiteradas e inhabilidad sobreviniente por detención y condena judicial por delito, debidamente acreditados, corresponde dar curso a esa renuncia voluntaria sin más trámite y no aplicarle la medida de destitución, teniendo especialmente presente que igualmente le afecta inhabilidad para reingresar al servicio público. Por lo expresado, ante el hecho nuevo acreditado, no se aprobará la vista fiscal y en su lugar se ordenará el sobreseimiento del presente sumario, DECRETO:
Se decreta el sobreseimiento del sumario administrativo señalado en los vistos. Anótese, notifíquese, comuniqúese, regístrese y archívese. ALCALDE VELASQUEZ 3VAL GÓMEZ CRETARÍO MUNICIPAL
ORIGEN: JURÍDICO PASEA ALCALDÍA JURÍDICO ENV.10/12/2012 PLAZO:3 DÍAS Q PROVN" 2878/2012 FECHA 10/12/2012 ANT.: MEMO N : 516 SR. DIRECTOR JURÍDICO MAL: PROPONE PROCEDIMIENTO POR CORRESPONDERLE 01 TOMAR CONTACTO CON 02 ESTUDIO Y PROPOSICIÓN 03 RESOLVER SEGÚN CORRESPONDA 04 PREPARAR RESP. CON FIRMA ALCALDE TIENE DIAS CORRESPONDIENDO EL 05 DISCUTIR MATERIA CON ALCALDE 06 PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES 07 PARA SU INFORMACIÓN 08 PARA DAR SOLUCIÓN 09 INF 'ME VERBAL 10 INFORME ESCRITO 11 PARA SU VISACIÓN 12 PARA ARCHIVAR 13 CONCEDER AUDIENCIA PARA EL DÍA Y HORA 14 PRESENTAR EN COMITÉ TÉCNICO < 15 PREPARAR DECRETO 16 RESPONDER POR ORDEN DEL ALCALDE 17 COORDINA OBSERVACIONES: COMIÓ SE PIDE. CARTA RENUNCIA DEL SR. CASTILLO SE ENCUENTRA EN DAF
h JURÍDICA MEMORÁNDUM N ANT.: Sumario administrativo 80/2012. Carta de don Juan Carlos Castillo Vera. MAT-: Propone sobreseimiento y aceptación de renuncia. SAN MIGUEL, 1 0 D I C 2012 A: JULIO PALESTRO VELÁSQUEZ, ALCALDE DE LA ILUSTRE DE: MARIO VALLEJOS BALBOA, DIRECTOR JURÍDICO. Esta Unidad ha tomado conocimiento de la renuncia voluntaria presentada por don Carlos Castillo Vera a contar del día 9 de septiembre de 2012, en circunstancias que se encuentra pendiente la resolución del sumario administrativo incoado por sus inasistencias al trabajo. En razón de lo anterior, esta unidad estima procedente que, por el nuevo antecedente, se sobresea el sumario administrativo ordenado instruir por decreto N" 80/2012 de 25 de junio de 2012, y se proceda, a su vez, a aceptar la renuncia voluntaria del funcionario indicado. MARIO VALLEJOS BALBOA DIRECTOR JURÍDICO Dirección Jurídica Control
San Miguel, ó de diciembre de 2012 Señor Alcalde Municipalidad de San Miguel Don Julio Presente Palestra Velásquez Con esta fecha vengo en presentar mi renuncia al cargo Administrativo Grado 13 de esta Municipalidad, a contar del día 9 de septiembre de 2011, lo anterior debido a que fui condenado por sentencia judicial, lo que me inhabilita para proseguir ejerciendo como funcionario público. No había presentado antes mi renuncia por encontrarme detenido. Saluda atentamente a usted, JUAN CARíS STILLO VERA O SECRETARIO = z. MUNICIPAL c \j
ORIGEN: ALCALDÍA FISCALÍA ADMINISTRATIVA PROVN" 2813/2012 FECHA 03/12/2012 ANT.: RESERVADO N : 06 FISCALÍA EN COMISIÓN PASEA JURÍDICO =NV.03/12/2012 PLAZO:2 DÍAS 0 MAT.: REMITE EXPEDIENTE Y VISTA FISCAL POR CORRESPONDERLE 31 TOMAR CONTACTO CON 32 ESTUDIO Y PROPOSICIÓN 33 RESOLVER SEGÚN CORRESPONDA 34 PREPARAR RESP. CON FIRMA ALCALDE TIENE DÍAS CORRESPONDIENDO EL 35 DISCUTIR MATERIA CON ALCALDE Í6 PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES )7 PARA SU INFORMACIÓN )8 PARA DAR SOLUCIÓN J91 ' " ME VERBAL 10 INFORME ESCRITO 11 PARA SU VISACIÓN 2 PARA ARCHIVAR 3 CONCEDER AUDIENCIA PARA EL DÍA Y HORA 4 PRESENTAR EN COMITÉ TÉCNICO C 15 PREPARAR DECRETO 6 RESPONDER POR ORDEN DEL ALCALDE 7 COORDINA OBSERVACIONES: ACOGE PROPOSICIÓN DE FISCALÍA. COMO SE PIDE &
IVJW1CIPALIDAD DE SAN MIGUEL"1 DIRECCIÓN JURÍDICA FISCALÍA ADMINISTRATIVA k RES : 06 ANT : Decreto Alcaldicio N 80 de 25/06/2012 que ordena instruir sumario administrativo. MAT: Remite Expediente y Vista Fiscal. SAN MIGUEL, Septiembre 28 de 2012. A: SEÑOR ALCALDE (S) DON DAVID SIERRA CISTERNAS En relación a Decreto Alcaldicio N 80, de 25 de junio de 2012, que ordena instruir Sumario Administrativo, adjunto remito a usted expediente sumarial y Vista Fiscal. Saluda atentamente a usted, MARJkYN ZAMORANClESEINOZA /-ACTUARIO LUIS MCpRALES^GALDAMES FISCAL
DIRECCIÓN JURÍDICA FISCALÍA ADMINISTRATIVA VISTA FISCAL En San Miguel, a 27 de septiembre de 2012 VISTOS: 1. EL Decreto Alcaldicio N 80, de 25 de Junio de 2012, a fojas 1 que ordena instruir sumario administrativo en relación a funcionario Juan Carlos Casblio Vera quien fue condenado por el delito de lavado de activos sin que se remitiera la condena de cinco años y un día de privación de libertad, por lo que procede la investigación correspondiente para determinar si debe ser excluido del servicio. 2. La notificación al Fiscal y el nombramiento de actuario a fojas 21. 3. Los antecedentes acumulados en la etapa indagatoria, fojas 23 a fojas 47. 4. La formulación de cargos a don Juan Carlos Castillo Vera, a fojas 48. 5. La resolución, de 13 septiembre de 2012, que declara cerrado este sumario administrativo, a fojas 47. CONSIDERANDO: Que en el período indagatorio se han establecido los siguientes hechos: 1. Que, según veredicto del Sexto Tribuna! de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, de fecha veintisiete de abril del año dos mil once, se establece que el funcionario don Juan Carlos Castillo Vera, en causa RUC 0700935945-6, RIT 5685-2007, ha incurrido en hechos que configuran el delito establecido en el artículo 27 de la Ley 19.913 sobre lavado y blanqueo de activos. 2. Que, en fallo de la Tercera Sala de la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, de siete de septiembre de dos mil once, a fojas 10, relacionado con recurso de nulidad presentados entre otros por el encartado, consta que en causa RUC 0700935945-6 e interno del Tribunal 802-2010, se condenó a Juan Carlos Castillo Vera a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales y multa de 200 UTM y costas como autor del delito de lavado de activos. 3. Que, según certificado de la Jefe de Causa y Sala del 10 Juzgado de Garantía de Santiago, de seis de septiembre de dos mil doce, a fojas 40, en causa RUC 0700935945-6, RIT 5685-2007, de este Juzgado, la sentencia dictada en la presente causa en contra de JUAN CARLOS CASTILLO VERA, quedó debidamente ejecutoriada para todos los efectos legales con fecha 8 de septiembre de 2011. 4. Que, el Dictamen N 24.201, de 24/05/2006, de la Contraloría General de la República, a fojas 30, dispone : "... en cuanto a la fecha en que el funcionario que se ve afectado por una inhabilidad sobreviniente debe informar ai
DIRECCIÓN JURÍDICA FISCALÍA ADMINISTRATIVA Municipio, cabe indicar, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64 de Ley N 18.575, de Bases Genera/es de la Administración del Estado, las inhabilidades sobrevinientes deben ser declaradas por el funcionario afectado a su superior jerárquico, dentro de los diez días siguientes en que ella se configure, en este caso, desde que se le notificó la sentencia ejecutoriada". 5. Que, el Dictamen N 16.914, de 22/07/1985, de la Contraloría General de la República dispone, en la parte que nos interesa: "... se encuentra declarado reo en un proceso criminal, por cuanto, las inasistencias serán justificadas o injustificadas según el curso que siga el proceso criminal, ya que si el funcionario no se ve afectado por ei, las ausencias serán justificadas porque se ha operado un caso de fuerza mayor para el empleado; pero, si es condenado en ese juicio, las ausencias serán injustificadas y autorizaran la aplicación de una medida disciplinaria, previo el correspondiente sumario". 6. Que, considerando lo precedentemente expuesto, con fecha 14 de septiembre de 2012, se le formulan al funcionario Juan Carlos Castillo Vera, los siguientes cargos: Cargo Uno Haber perdido el requisito de ingreso a la Municipalidad establecido en la letra f) del Artículo 10 del Estatuto Administrativo, al ser condenado, por el Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, con fecha ocho de septiembre de dos mil once, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, condena que al no ser declarada por usted, a su superior jerárquico, dentro de los diez días siguientes desde que se notificó la sentencia ejecutoriada, configuró una inhabilidad sobreviniente que lo obligaba a presentar su renuncia al cargo dentro del mismo plazo, según lo dispone el Artículo 64 de la Ley N 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado. Cargo dos Haber infringido lo dispuesto en la letra d) del Artículo N 58 de la Ley N 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y Artículo N 62 del mismo texto legal, al haber faltado a su labores, con justificación entre el período que corre entre el día 28 de julio de 2009, fecha en que venció el permiso administrativo autorizado mediante Decreto Exento N 1.201, de 16 de junio de 2009, hasta el 8 de septiembre de 2011, fecha en que quedó ejecutoriado un fallo en su contra, del Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, por el delito de lavado de activos, siendo condenado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo; por lo tanto, no están justificadas sus ausencias desde el día 8 de septiembre de dos mil once, a la fecha. 7. Que, según lo dispone el Artículo 129 del Estatuto Administrativo, el 14 de septiembre de 2012, a fojas 49, se notificaron los cargos al encartado, al domicilio que registra en esta Municipalidad, ocasión que la Señora Actuario fue atendida en dicho lugar por doña Eiizabeth Sepúlveda, sobrina del funcionario Castillo Vera; reiterándose la notificación por este mismo medio, con fecha 20 de septiembre de 2012, ocasión en que la Señora Actuaría no encontró habitantes en la vivienda, motivo por el cual con fecha 25 de
DIRECCIÓN JURÍDICA FISCALÍA ADMINISTRATIVA septiembre de 2012, a fojas 51, se notificaron los cargos mediante carta certificada enviada al domicilio del encartado. 8. Que, según consta a fojas 53, vencido el plazo para que el encartado presentara respuesta a los cargos formulados, se dejó constancia que esta Fiscalía no recibió documento alguno de parte de este funcionario. 9. Que, considerando lo precedentemente expuesto y Dictamen N 24.201, de 24 de mayo de 2006, a fojas 30, en la parte que nos interesa * sobre que procedimiento seguir en caso que un funcionario no comunique la inhabilidad sobreviniente dentro de! plazo legal, cabe indicar, que conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del articulo 64 de Ley N 18.575, la omisión de la comunicación por parte del funcionario a su empleador, debe ser sancionada con la medida disciplinaria de destitución.", agregando " por lo tanto, debe ser separado de su cargo desde la fecha en que se le notificó la sentencia ejecutoriada", esta Fiscalía es de opinión que el funcionario Juan Carlos Castillo Vera debe ser excluido del servicio. POR TANTO: En mérito de lo expuesto, el suscrito viene en proponer al Señor Alcalde, salvo su superior resolución, lo siguiente: 1. Según lo dispone el inciso 2o del artículo N 64 de la Ley N 18.575 y la letra a) del Artículo N 123 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, aplicar a don Juan Carlos Castillo Vera, RUT 7.573.670-3, la medida disciplinaria de destitución. 2. Emitir Decreto Alcaldicio declarando vacante, desde el nueve de septiembre de dos mil once, el cargo Escalafón Administrativo Grado 12, correspondiente al funcionario Juan Carlos Castillo Vera, RUT 7.573.670-3. A^ORANO/ESPINOZA LUIS M RALES GALDAM ES FISCAL