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PONENTES: 1. Rodolfo Chacón 2. Iván Márquez Lugo 3. Freddy Contreras 4. Miguel Jaime 5. Ítalo Cortes 6. Samuel López 7. Marco Medina 8. Douglas Guerrero (UNESR) (UNET) (UBV) (UNEFA) (UNET) (ULA) (UCAT) (IUT)

MODELO EDUCATIVO SOCIALISTA h i t El ser humano consciente de su relación con el otro, consciente de que los otros dependen de él y el de los demás; se inspira en la solidaridad y cooperación. Es tratado como sujeto en colectivo. MODELO EDUCATIVO CAPITALISTA Sálvese quién pueda, en la lucha por la superación personal no le importa el otro, solo el yo domina. Es individual, egoísta, di discrimina i i ell ser, es tratado como objeto.

Superior Ley Orgánica de como herramienta para desarrollar la Constitución de 1999. Suprema expresión del poder originario i i del pueblo venezolano fundada en los principios de equidad, d el convivir i y la libertad.

Superior Artículo 02 Un estado democrático, social de derecho y de justicia. Propugna valores aoes superiores es de libertad, justicia, igualdad, solidaridad, responsabilidad social; en general la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Superior Artículo 03 El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad p y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Superior Antecedentes: Constitución de 1947. Ley L de de 1948. Ley Orgánica de 1980. Constituyente C t Educativa de 1999. Proyecto Educativo Nacional. 1999-2000 Políticas P y Estrategias t para el desarrollo de la Superior. 2000-2006. Comisión C i ió de, Asamblea Nacional, primera discusión de la Ley del año 2001.

Superior Artículo 102 Concepción del Estado Docente: La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado lo asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento de conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento.

Superior Artículo 102 Concepción del Estado Docente: La finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de la personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente ysolidaria i en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal.

Superior Artículo 102 Concepción del Estado Docente: El estado con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la Ley.

Superior El Estado Docente: 1. Responsabilidad indeclinable del Estado en la orientación, conducción, financiamiento y vigilancia de la educación. 2. Crear las condiciones para la participación del pueblo en la formulación, ejecución, control de la gestión pública.

Superior El Estado Docente: 3. La escuela se constituye en un espacio para la construcción del poder popular, democratizando el saber, desarrollando la soberanía cognitiva de los ciudadanos y ciudadanas. 4. Responsabilidad indeclinable del Estado en la orientación, conducción, financiamiento y vigilancia de la educación.

Superior El Estado Docente: 5. Crear las condiciones para la participación del pueblo en la formulación, ejecución, control de la gestión pública. 6. La escuela se constituye en un espacio para la construcción del poder popular, democratizando el saber, desarrollando la soberanía cognitiva de los ciudadanos y ciudadanas.

Superior El Estado Docente: 7. Ejercer la suprema dirección de los procesos de ingreso, permanencia, ascenso, promoción y desempeño de los profesionales del sector educativo. 8. Orientar, dirigir, planificar, ejecutar, coordinar, supervisar, evaluar, asesorar, hacer control de gestión y seguimiento del proceso educativo en instituciones oficiales y privadas.

Superior El Estado Docente: 9. Certificar la idoneidad académica de los profesionales de la docencia. 10.Definir las políticas, administrar los mecanismos de ingreso a las universidades. 11.Promover y coordinar la administración educativa orientada a la integración escuela- familia-comunidad.

Superior

Superior El Estado, la Libertad y la Participación i ió El Estado Docente ejerce su atribución de rectoría, intervención y de suprema orientación en la educación que se desarrolla en el territorio de la república, con el objeto de garantizar el derecho de todos a una educación integral, de calidad permanente, en igualdad de condiciones.

Superior como Derecho Humano: 1. Reivindicación i ió de la educación como derecho humano universal. 2. La gratuidad, d calidad d y pertinencia i para que pueda responder a nuestra diversidad regional, cultural l y humana. 3. Diversidad étnica y lingüística, la interculturalidad lid d presentes en la Ley Orgánica de.

Superior como Derecho Humano: 4. La laicidad en la educación, libertad de culto como encuentro de la espiritualidad en la fé y la religiosidad popular. 5. Asumir la perspectiva de equidad de género garantizando la igualdad de condiciones para que las niñas y niños, hombres y mujeres ejerzan el derecho de una educación integral y de calidad.

Superior GARANTIZAR LA IGUALDAD No significa en ningún sentido la potestad de violentar la personalidad de los individuos en una sociedad democrática, participativa y solidaria, ni trastocar los valores inherentes a la dignidad humana. Se trata de garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones para el disfrute eficiente de los derechos de las personas.

Superior Formación Docente Establece la exclusividad del estado en lo tocante de las políticas de formación para la carrera docente que respondan a una visión ya una estrategia integral yde claro perfil humanista. Para ello se consagra una Ley Especial de Ejercicio de la Carrera Docente

Superior Cambio pedagógico y sujeto de aprendizaje: aje 1. El derecho a la educación obliga al estado y a las instituciones educativas a garantizar el ingreso y permanencia de todas las personas al sistema educativo con modalidades adecuadas para su continuidad por toda la vida. 2. Aprender a participar i es imprescindible i y requiere valores y destrezas para la comunicación, el respeto, la cooperación y necesidad del otro en la diversidad de género, de etnia, de vocaciones, la solidaridad, la organización, la vida en comunidad.

Superior Cambio pedagógico y sujeto de aprendizaje: 4. Los métodos y técnicas de la enseñanza son inseparables de lo que se aprende. 5. El aprendizaje o la enseñanza por proyectos permite adquirir valores y reunir conocimientos de otra manera revelando la necesaria pertinencia como utilidad social para la organización y producción económica o cultural. l

Superior Cambio pedagógico y sujeto de aprendizaje: 6. Integración de las instituciones i educativas con sus comunidades vecinas mediante proyectos compartidos escuela-comunidad. comunidad. 7. El arte y el deporte son quehaceres y facultades fundamentales del ser humano, deben vivirse y practicarse integrados en todas las actividades y espacios.

Superior Cambio pedagógico y sujeto de aprendizaje: 7. La calidad del sistema esta vinculada a su propia calidad profesional que depende tanto de formación y compromiso como de su estabilidad social y económica. 8. Es función del estado, a través del servicio educativo, la evaluación, seguimiento y acompañamiento de la acción educativa para garantizar su mejor calidad y funcionamiento.

Superior Pertinencia de la : 1. Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la formación de valores, principios, creencias, actitudes, normas y hábitos garantizando espacios de respeto, amor, autonomía, reflexión, participación, independencia y aceptación. 2. Todas las actividades escolares deben caracterizarse por su pertinencia, de allí el aprendizaje por proyectos.

Superior Pertinencia de la : 3. Se asume la escuela como centro de interacción comunitaria. 4. Desburocratización del aparato educativo y el cambio de la evaluación punitiva. 5. Carrera docente basada en la evaluación con la participación de los miembros de la comunidad educativa.

Superior Pertinencia de la : 6. La formación integral con base en la confluencia de disciplinas, conocimientos y saberes que rompa con la separación de teoría y práctica. 7. Procurar el desarrollo y profundización de los procesos de municipalización de la educación superior.

Superior Las comunidades d asiento del Poder Popular 1. Esta en la obligación de contribuir a la formación integral de los ciudadanos y ciudadanas. 2. En la formación y fortalecimiento de sus valores. 3. Información y divulgación de la realidad histórica, geográfica, cultural, ambiental, conservacionista y socioeconómica de la localidad.

Superior Las comunidades d asiento del Poder Popular 4. Integración Escuela-Familia Familia-Comunidad. 5. Promoción y defensa de los derechos, garantías y deberes de los venezolanos, ejerciendo el rol concientizador para la formación de una nueva ciudadanía.

Superior Sistema Educativo 1. MATERNAL: 03 años; PREESCOLAR: 03 años; BÁSICA: 06 años; BACHILLERATO: 05 años. Un total de 17 años de Obligatoria. 2. NIVEL DE EDUCACIÓN SUPERIOR: se establece la autonomía responsable y el sistema universitario regionalizado. 3. Se reconoce las Misiones Educativas como de carácter estratégico destinados d a erradicar la exclusión

Superior Sistema Educativo 4. EDUCACIÓN TÉCNICA: se mantiene sin modificación. 5. Se concreta la materialización de la Democracia en el GOBIERNO ESCOLAR y en la construcción de los CONSEJOS EDUCATIVOS COMUNALES como instancias de regulación y supervisión del hecho educativo.

Superior Financiamiento de la Artículo 103 1. Inversión en los programas sociales, de alimentación, equipamiento, soporte tecnológico, asistencia y orientación vocacional, seguimiento y evaluación del desempeño y de los procesos cognitivos. 2. Diseño curricular cónsono con el perfil de ciudadanía consagrado en la Constitución. 3. Inversión prioritaria y progresiva del Producto Interno Bruto. 4. La ley establece una inversión educativa prioritaria, mínima y con carácter progresivo.

Superior Leyes Especiales 1. El Sistema de Básica. 2. El Sistema de Superior. 3. El Ejercicio de la Profesión Docente. 4. La Formación de los Docentes en el país.

Superior El proyecto de Ley Orgánica de NO guarda relación alguna con la PATRIA POTESTAD de sus hijos, ello responde al TERRORISMO EDUCATIVO, MEDIÁTICO DE SECTORES VINCULADOS A INTERESES DE LA ULTRADERECHA. NO NO,, A LA MENTIRA, LA INTOLERANCIA Y LA VIOLENCIA!AQUÍ ESTAN LOS ARGUMENTOS VAMOS AL DEBATE PARTICIPATIVO Y PROTÁGONICO, PRESENTEMOS PROPUESTAS EN LA CONSTRUCCIÓN DEL MODELO EDUCATIVO!

Superior LA APROBACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN DETERMINA LA CONSOLIDACIÓN DE UN MODELO EDUCATIVO: SOCIALISTA BOLIVARIANO ROBINSONIANO ZAMORANO

Superior