BASES TÉCNICAS ESPECÍFICAS MODALIDAD RESIDENCIAS ESPECIALIZADAS



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BASES TÉCNICAS ESPECÍFICAS MODALIDAD RESIDENCIAS ESPECIALIZADAS

INDICE 1. Definición de la residencia 2. Objetivos 3. Resultados esperados 4. Descripción del proceso de trabajo 5. Localización 6. Orientaciones técnicas a garantizar en la ejecución

1. Definición de la residencia. Estas residencias constituyen una medida de protección de carácter especializado, excepcional y transitorio, disponible para el niño, niña o adolescente privado de su medio familiar por resolución judicial. 1 Están destinadas a proporcionar a estos niños, niñas y adolescentes, de forma estable, alojamiento, alimentación, abrigo, recreación, apoyo afectivo y psicológico, asegurando su acceso a la educación, salud y a los demás servicios que sean necesarios para su bienestar y desarrollo, complementariamente a un proceso reparatorio del daño asociado a situaciones de graves vulneraciones de derechos, tales como: situación de calle, consumo abusivo de drogas, explotación sexual comercial infantil, y para aquellos menores de 14 años de edad que cometan infracciones a la ley penal. En ese sentido, las residencias especializadas, constituyen un recurso para los proyectos especializados en la reparación del daño, pues se trata de residencias destinadas a la atenc ión de niños, niñas o adolescentes con características de complejidad. Esto es, aquellos que requieren de cuidados y contención de tipo especializada y focalizada al tipo de problemática que dio origen a su ingreso. Estas residencias deben considerar la especificidad del sujeto a atender, lo que exige que sean diferenciadas en consideración a la vulneración de derechos que presentan. Por lo tanto, deben diferenciarse aquellas que ingresan niños, niñas o jóvenes que son víctimas de explotación sexual comerc ial, calle, drogas, de aquellas cuyo perfil del sujeto está asociado la comisión de alguna infracción de ley (en calidad de inimputables). Ante estas graves vulneraciones, los niños, niñas y adolescentes víctimas, presentan un severo daño en su desarrollo general; ausencia o debilidad de algún adulto protector que pueda brindar los cuidados y seguridad básica que toda persona en desarrollo requiere; y presencia de factores de riesgo de tal relevancia, que pudieran generar un grave peligro para su integridad física y mental e incluso poner en riesgo su vida. Esta modalidad residencial emana de la necesidad de desarrollar una nueva línea especializada, que forma parte complementaria del complejo proceso de reparación que desarrollan los programas ambulatorios focalizados en las temáticas señaladas con anterioridad. En su accionar cotidiano, este tipo de residencias deben desarrollar rutinas y acciones que contribuyan al proceso de reparación y restitución de derechos de niños, niñas y adolescentes víctimas de graves vulneraciones, respondiendo a un plan complementario a las intervenciones psicológicas, sociales, educativas, y judiciales que -entre otras acciones- realizan los programas de protección especializados en el tratamiento de las problemáticas antes señaladas. Es importante señalar, que las actividades que se realizan en las residencias deben estar en coherencia con la edad, sexo, intereses y situación de los niños, niñas y adolescentes, y siempre orientadas al propósito de fortalecer los recursos personales de estos y contribuir al proceso reparatorio correspondiente. Al respecto, es factible desarrollar talleres de diverso tipo, que aborden la integralidad del sujeto, por ejemplo, de desarrollo personal, de apoyo escolar, recreativos, deportivos, de manualidades y de relajación. En ese sentido, la rutina diaria de las residencias constituye también un componente terapéutico, de mediación y apoyo a los procesos de los niños/as, que son conducidos por los equipos técnicos de los programas a cargo de la intervención. 2. Objetivo general. Asegurar condiciones fundamentales de cuidado, provisión, participación y buen trato de cada uno de los niños, niñas o adolescentes ingresados a fin de favorecer la normal convivencia e interrelación con otros, la incorporación de normas, la contención y acompañamiento en crisis, de manera de contribuir al proceso reparatorio y al restablecimiento de los derechos conculcados, en coordinación con el/los respectivos programas especializados que les estén brindando atención. 2.1. Objetivos específicos. Asegurar una adecuada calidad de vida y satisfacción de los derechos de alimentación, salud, educación, recreación, vestuario, higiene, y seguridad. 1 El/la director/a responsable de la residencia evaluará caso a caso y en conjunto con el equipo técnico a cargo de la intervención correspondiente, sugerirán al tribunal competente, el momento en que cabe determinar el egreso de la residencia de un niño, niña o adolescente. 1

Otorgar un trato afectuoso y respetuoso, así como asegurar el derecho de opinar y participar en las decisiones que los involucran. Apoyar acciones para el proceso de reparación y derivación según corresponda, en coordinación con el programa de protección especializado. Contribuir al fortalecimiento de la capacidad parental, conforme a sugerencias realizadas por el programa de protección especializado. Coordinar acciones con las redes locales que permitan favorecer la integración social, educacional y de formación. 3. Resultados esperados. Los resultados esperados se evaluarán periódicamente a través de la supervisión semestral y anual, a partir de la cual se emitirán los informes correspondientes con los logros del proyecto. 100% de niñas, niños y adolescentes ingresados, cuentan con necesidades de provisión (alimentación, vestuario, higiene, seguridad, salud y otros) y de buen trato, cubiertas. 100% de los niños/as tienen facilitada su inserción en un programa de educación acorde a sus necesidades (escuela, programas de nivelación o recuperación escolar, entre otros). 100% de situaciones donde no exista buen trato por parte del personal del centro de diagnóstico, o externos al mismo, se investigan y se toman medidas, por parte del organismo colaborador, para la protección del niño, niña y/o adolescente. 100% de niñas, niños y adolescentes ingresados, cuentan con plan de trabajo, establecido, en coordinación con programa de protección especializado. 100% de niñas, niños y adolescentes ingresados, con requerimientos de atención reparatoria, derivados a programas de protección especializados. 100% de niños, niñas y adolescentes, reciben orientaciones y acciones para la auto-valencia, de acuerdo a su etapa de desarrollo e historia de vida. 100% de los niños, niñas y adolescentes cuentan con familia o referentes afectivos, no contraindicados, vinculados a éstos. 4. Descripción del proceso general de trabajo en la residencia. En estos centros, se visualizan a lo menos 4 momentos: Ingreso y acogida: En este proceso son relevantes al menos dos acciones: a) Registro del ingreso del niño/a al proyecto y recopilación de los principales antecedentes de su situación; establecer coordinación inmediata y permanente con programa especializado en la reparación. b) Generar un ambiente de aceptación positiva e incondicional del usuario/a; ofrecer un espacio de acogida que contemple la presentación del personal, reconocimiento físico del lugar, favorecer y apoyar el contacto interpersonal con pares, hacer entrega de sus pertenencias, informar del lugar físico que le ha sido asignado para guardar sus pertenencias; informar acerca de las normas de convivencia diaria y de funcionamiento de la residencia; informar claramente el trabajo conjunto y coordinado que se realiza con el programa reparatorio; proporcionar ubicación de acuerdo a edad, sexo y ciertas características específicas del desarrollo evolutivo; proveer los elementos necesarios de aseo, vestuario, y alimentación; y entregarle información permanente y oportuna acerca de su situación personal. Evaluación: Consiste en una verificación de las evaluaciones con que el niño, niña y adolescente ingresa a la residencia, sus antecedentes sociales y evaluaciones psicológicas previas, historia de vida, factores de riesgo, recursos personales, redes familiares o significativas de apoyo a los niños, niñas y adolescentes, de manera de aportar elementos que sustenten los tratamientos a efectuar por los programas especializados de intervención reparatoria y abordar situaciones de crisis que se pudieran producir durante su estadía. En este 2

aspecto, los profesionales del centro deben guardar absoluta reserva acerca de los antecedentes diagnósticos tanto del usuario/a, como de sus familias, respecto de agentes ajenos a la intervención. Conjuntamente, se busca generar y fortalecer en ellos/as una percepción de seguridad, de sentirse protegidos, cuidados e importantes de modo de incentivar la motivación al cambio y el vínculo terapéutico con la casa, grupo de pares, y equipo a cargo de la residencia, a fin de potenciar el proceso reparatorio. Desarrollo del plan de trabajo: Corresponde a un plan de intervención individual, que contiene los objetivos y acciones a desarrollar con el niño, niña o adolescente, el que debe estar en concordancia con el/los programa/s de tratamiento a cargo del caso. En su rol de apoyo al proceso reparatorio, la residencia deberá satisfacer las necesidades de los sujetos de atención en todos aquellos aspectos fundamentales para su desarrollo integral, tales como educación, salud, recreación y participación. Deberá, además, abocarse al fortalecimiento de los recursos personales y participación activa en actividades que permitan utilizar el tiempo libre, contribuyendo así a la resignificación de las graves vulneraciones vividas. Para esto, la residencia debe considerar también la interrelación sistemática con familiares o adultos significativos que sean agentes de apoyo a los casos y cuya interacción con el niño, niña o adolescente no haya sido contraindicada por profesionales del programa especializado y/o tribunal competente. El plan de trabajo debe ser registrado en la carpeta individual de cada caso, considerando los resultados esperados y tiempos estimados de intervención en cada una de las áreas a abordar. El plan podrá ser modificado en razón de las necesidades que se presenten, por tanto debe ser flexible y participativo. Cobra vital importancia retroalimentar dicho plan con la observación y coordinación con el programa especializado en el que esté siendo atendido el niño, niña o adolescente. El plan consignará: 1. Un diagnóstico de la situación del niño/a, a partir de la información recopilada del tribunal, del propio niño/a o terceros significativos y de sus necesidades inmediatas. 2. Objetivos del plan con el niño/a o adolescente, con su familia cuando no afecte su interés y con el programa especializado respectivo. 3. Las actividades a desarrollar, fecha y responsables de su ejecución. 4. Los resultados esperados y tiempo estimado para la ejecución de las actividades. 5. Sugerencias u observaciones individuales cuando corresponda Las acciones ejecutadas por la residencia a favor del niño/a o adolescente, deberán ser registradas, de acuerdo a la planificación realizada, mediante el registro de las actividades de dicho plan, que deberá consignar: fecha de realización de las actividades, personas que las ejecutaron; resultados o avances de las mismas; sugerencias u observaciones individuales, y -cuando sea pertinente- los documentos que acreditan su ejecución. Todo ello de conformidad a las condiciones y plazos establecidos en el plan. Este registro deberá ser actualizado permanentemente. En cumplimiento a la normativa vigente, los directores de las residencias deben informar a lo menos cada 6 meses al tribunal que ordenó el ingreso del niño; niña o adolescente, de la evolución de la situación de internación, dentro de un período de tres a seis meses posterior al ingreso, siendo responsabilidad de la dirección del establecimiento facilitar la supervisión e informar a SENAME de los resultados de la misma. Egreso: Las residencias especializadas deberán planificar los egresos en conjunto con el programa de intervención reparatoria ambulatorio y realizar un proceso de acompañamiento con el niño, niña o adolescente que les permita iniciar un proceso de cierre, finalización de los procesos y fortalecimiento de sus recursos personales. Este proceso de cierre debe involucrar a todas las instancias de apoyo con las que se ha trabajado (tales como escuelas, consultorios, organismos de capacitación, entre otros), como también a aquellas instancias de protección y familiares o adultos significativos participantes en el proceso -si los hubiere-, a los que sea posible traspasar la responsabilidad por la atención del niño, niña o adolescente. En esta etapa se evalúa el proceso desarrollado con el niño, niña o adolescente, lo que debe quedar expresado en un informe técnico final, el que debe ser remitido al tribunal correspondiente, órgano exclusivo para tomar la decisión final del egreso. 5. Localización. 3

A los aspectos ya considerados en la localización, se le debe agregar en estos centros: Asegurar que las residencias estén ubicadas en un territorio de fácil acceso y congruentes con la necesidad de reparación. Asegurar que formen parte de la oferta reparatoria del territorio. Asegurar que las residencias estén alejadas de focos habituales de tráfico y consumo de drogas, delincuencia y/o explotación sexual comercial. Asegurar la accesibilidad a los servicios necesarios para los niños, niñas y adolescentes. Para ello, los centros deben considerar en su ubicación, la proximidad de servicios como educación, salud, recreación u otros requeridos. 6. Orientaciones técnicas a garantizar en la ejecución. Sujeto Ámbitos Vía de ingreso Tiempos de permanencia Criterios de trabajo Requisitos técnicos básicos Niños, niñas y adolescentes privados de su medio familiar, entre 6 2 a 17 años 11 meses y 29 días, 3 víctimas de alguna grave vulneración como explotación sexual comercial infantil, situación de calle, drogadicción e inimputables ante la ley penal, insertos en algún programa ambulatorio de intervención especializada. Todos deben ser derivados a la residencia, desde los tribunales o fiscalías correspondientes. La permanencia puede extenderse por un período de hasta 24 meses, en consideración al plazo estimado para el adecuado desarrollo del proceso reparatorio. La medida será revisada por el tribunal cada tres o seis meses, según criterio del juez. Podrá renovarse en esos mismos términos y condiciones, mientras subsista la causal que le dio lugar y el tribunal así lo determine. Las residencias especializadas deben proveer servicios integrales a los niños, niñas y adolescentes, con énfasis en los siguientes aspectos: Buen nivel de calidad de vida, considerando el cuidado personal, el buen trato, convivencia, participación, alimentación, acorde a las necesidades nutricionales (atendidos factores de edad, características de desarrollo, carencias nutricionales, entre otros), vestuario e implementos de higiene personal suficientes y adecuados, y materiales escolares requeridos. Atención personalizada, en cuanto el proceso reparatorio requerirá el acompañamiento constante y permanente de la residencia, con respecto a las necesidades de cada sujeto. Esto representa poner en práctica todas aquellas disposiciones especiales emanadas de la intervención reparatoria, intervención inmediata frente a crisis, control de visitas, administración de medicamentos (indicados por médico tratante), revisión o supervisión de tareas u otras indicaciones pertinentes formuladas por el proyecto ambulatorio de atención especializada. Contribución a la restitución de derechos vulnerados, facilitando el acceso a la salud, educación, y a todos los ámbitos de socialización e integración social compatibles con el proceso de reparación. Propiciar la reunificación familiar y el fortalecimiento de competencias parentales, en los casos que esto sea posible, de acuerdo a lo definido por el programa especializado. Favorecer la generación y fortalecimiento de recursos personales para la 2 Los niños y niñas menores de 8 años preferentemente deben ser atendidos en sistema de familias de acogida especializadas. 3 Excepcionalmente jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años, cuando se encuentren cursando estudios superiores acreditados. 4

autonomía, de acuerdo a la etapa de desarrollo de los residentes y la realidad familiar de cada caso. Requisitos para la estadía Articulaciones territoriales Otorgar efectiva protección a los niños, niñas y adolescentes gravemente vulnerados, aunque esta no sea requerida de manera voluntaria por ellos Las residencias especializadas deben contar con instalaciones físicas que permitan el desenvolvimiento de la vida diaria, en espacios habitacionales diferenciados por sexo, edades y factores de complejidad, determinados por las problemáticas abordadas y las características y exigencias de los respectivos tratamientos. Además, deben contar con condiciones de seguridad y prevención de riesgos, lo que resulta imprescindible desde el punto de vista terapéutico, en el sentido de prevenir riesgos de deserción, auto agresiones y/o agresiones entre residentes y conductas destructivas. Esto representa contar con espacios protegidos en los que no existan elementos con los que los residentes pueden inferir o autoinferirse heridas o agredir a otros, o poner en riesgo su vida. Por ejemplo, constituyen factores de riesgo las zonas vidriadas, las conexiones eléctricas, las ventanas sin protección en espacios de altura, los cierres interiores de puertas de dormitorios, salas o baños, el acceso sin vigilancia a cocinas u otros artefactos que puedan generar incendios. Las coordinaciones realizadas por las residencias especializadas con distintas instancias e instituciones, deberán efectuarse conforme a los respectivos planes de intervención definidos por el equipo técnico de la residencia, en articulación con el programa reparatorio ambulatorio respectivo. Para ello, es fundamental articular, reforzar y mantener la atención y el acceso a la oferta de prestaciones especializadas existentes, para el tratamiento de desintoxicación de drogas y alcohol, infecciones de trasmisión sexual, embarazo precoz, trastornos psiquiátricos y/o neurológicos, entre otras, que constituyen problemáticas habituales en la población a atender en estas residencias. Se consideran relevantes también, las articulaciones permanentes con instituciones de la red pública o privada para la obtención de bienes y servicios complementarios a los procesos reparatorios y de reinserción social de los niños/as y adolescentes (tales como, programas especiales de recuperación escolar; deportes y recreación; entidades de capacitación laboral, etc.) y la comunidad, a objeto de evitar riesgos de estigmatización y discriminación. 5

Enfoque de género En aquellas residencias donde se atienda a población mixta, se debe consignar en la propuesta la información desagregada por sexo, tanto en el diagnóstico del proyecto como en la experiencia anterior de trabajo -si ésta es pertinente a la actual presentación-, con un breve análisis que considere las similitudes y diferencias tanto de la situación de vulneración de derechos que afectan a niños y niñas, como de sus tiempos de permanencia. Al mismo tiempo, deben plantear algún objetivo o meta tendiente a trabajar el tema de género con niños y niñas. De igual manera, deben considerar la incorporación de este enfoque en los informes de avance e incluir, en el informe de evaluación anual, un análisis de género sobre la base del trabajo desarrollado a lo largo de un año, lo que permita dar cuenta de la relación entre el tipo de derecho vulnerado, la gravedad del daño y el sexo de las personas afectadas, así como evidenciar los diversos cambios experimentados. Es también necesario, tanto cuando se tiene población mixta o de un solo sexo, agregar otras iniciativas como las siguientes: Históricamente quienes se han involucrado en los programas de SENAME son las mujeres (abuelas, tías, madres y otras), por tanto es importante incentivar la participación de la familia, especialmente de figuras significativas masculinas (adultos) en las distintas actividades que se realicen en el centro (entrevistas, talleres u otras), siempre y cuando ello no afecte el interés superior del niño/a, o no exista alguna orden en sentido contrario del tribunal. Considerar la opinión de niños y niñas para la realización de las distintas actividades que desarrollan el centro, respetando sus intereses y evitando que los estereotipos de género coarten la posibilidad de participación de cada sexo. La posibilidad de contar en el equipo de trabajo, con profesionales que tengan alguna formación en género, ya sea por su propia experiencia, o por estudios acreditados. En el punto 6 del formulario de proyectos, se debe consignar, de manera resumida, la o las estrategias y/o metodologías de trabajo para la intervención desde un enfoque de género. Recursos Humanos El equipo básico de una residencia debe estar conformado por un/a encargado/a de residencia, psicólogo/a, educadores, manipuladora de alimentos y auxiliar-estafeta. Se considera importante que se evalúe la posibilidad de contar con horas profesionales de psiquiatra, neurólogo, terapeuta ocupacional, entre otros, dependiendo de las necesidades de atención requeridas. Es indispensable que este personal sea seleccionado en un proceso que permita asegurar su idoneidad, exigiendo que las personas designadas para un cargo presenten su certificado de título profesional o técnico (según corresponda), sus antecedentes al día, y acrediten logros curriculares en especialidades reparatorias. Además, deben demostrar salud compatible con el cargo, y un manejo óptimo de las relaciones interpersonales y del manejo de población compleja. Director/a residencia Preferentemente profesional de las ciencias sociales, con experiencia en trabajo con infancia gravemente vulnerada, con habilidades para la resolución de conflictos e intervenciones en situaciones de crisis, con capacidad de liderazgo y trabajo en equipo, y de dirección y administración de recursos humanos y materiales. 6

Profesionales La intervención se centrará en responder a las necesidades que se presenten en el diario vivir de los niños, niñas o adolescentes ingresados. Cabe recordar que el tratamiento reparatorio propiamente tal es desarrollado por profesionales que se desempeñan en los programas ambulatorios especializados. Los equipos deben incluir un profesional psicólogo, con habilidades para la resolución de conflictos e intervenciones en situaciones de crisis. El perfil de los profesionales de la residencia debe ser acorde a las particularidades y complejidades que demanda el apoyo al tratamiento de problemáticas asociadas a graves vulneraciones de derechos de los niños/as. La proporción de los profesionales del área social y psicológica, debe ser de uno por cada 20 a 25 niños/as y estar contratados en jornada completa. Educador (a) de trato directo Técnico/a, auxiliar social o educador/a especializado y con experiencia en graves vulneraciones de derechos de infancia; con capacidad para administrar las indicac iones del tratamiento de las diversas problemáticas que pueden afectar a los niños/as y adolescentes residentes; con capacidad y habilidades para crear, aportar y supervisar rutinas formativas y educativas que contribuyan al proceso reparatorio de niños/as y adolescentes; para el trabajo en equipo y para la contención en situaciones de crisis. Además, debe demostrar condiciones para una adecuada relación con figuras de autoridad, capacidad empática, ausencia de trastorno y/o patología mental, estabilidad emocional y control de impulsos. En general salud compatible con sistemas de turnos y posibles situaciones estresantes. La residencia deberá contar con una dotación de educadores de 1 por cada 5 niños/as (jornada completa), en razón de la necesidad de que actúen como referentes de apoyo para sus procesos de reparación. Durante la noche, debe permanecer en la residencia el número de educadores que permita un efectivo resguardo de la integridad de los niños/as. Manipuladora de alimentos Estudios básicos completos y conocimiento de manejo y manipulación de alimentos, deseable con conocimientos de nutrición, y con experiencia y motivación para relacionarse apropiadamente con niños, niñas y adolescentes dañados. Auxiliar Estudios básicos completos, experiencia en limpieza, aseo, reparaciones y labores de estafeta con motivación para desempeñar su actividad, capacidad de establecer buenas relaciones personales. Recursos materiales mínimos Respecto de la infraestructura, la residencia: Debe estar emplazada en un lugar de fácil acceso, y no ubicarse en zonas donde exista riesgo inminente para la salud o seguridad. Debe reunir buenas condiciones de salubridad, seguridad, ventilación, iluminación, calefacción y equipamiento, las que deben ser constatadas por instancias especializadas. Deberá permitir una atención lo más personalizada posible. Específicamente, deberá contar con: Número de habitaciones y baños, pertinentes a la cobertura del proyecto y diferenciados por sexo. Número de oficinas o salas necesarias para desarrollar el trabajo. Baño para el personal y para el público, accesible a niños/as y familiares que visiten el centro. 7

Sala de recepción. Sala de reuniones. Sala multiuso para talleres. Sala de estar con sillones y televisor. Condiciones de seguridad para el personal y público, tales como salidas de emergencia, extintores de acuerdo a normativas y certificaciones de instalaciones eléctricas, entre otros. Respecto del equipamiento Se requerirá como mínimo, un computador con las siguientes condiciones: procesador Pentium IV 2.8 MGS, o equivalentes, disco duro no inferior a 20 GB, memoria mínimo 512 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades lecto- grabador (opciones de multimedia son necesarias por las características del software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 2000 o superior, programas Office 2000 con Access incluido. Navegador Internet Explorer 6.0 o superior. Un ADSL mínima de 512. Teléfono, fax y correo electrónico 8