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Presentación En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 75 fracción X de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), 177, fracción VII y 181 de su reglamento, en los que se establece la obligación de entregar reportes e informes del otorgamiento de subsidios, presupuesto ejercido entregado a los beneficiarios a nivel de capítulo y concepto de gasto, informes sobre el cumplimiento de las metas y objetivos con base en los indicadores de desempeño previstos en las reglas de operación, así como de padrón de beneficiarios directos, intermediarios financieros y no financieros y la distribución territorial de los recursos por municipio, se presenta el Primer Informe Trimestral 2016, del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones (S177), mismo que está estructurado de acuerdo a lo previsto por el artículo 75 de la LFPRH y con información contenida en las Reglas de Operación del Programa publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de Diciembre de 2015. Para el presente ejercicio fiscal, la H. Cámara de Diputados autorizó en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), junto con la SHCP otorgar un presupuesto modificado por 9 mil 324 millones 522 mil 649 pesos a la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), mismos que incluyen una reducción por 298.4 millones de pesos al Programa S177. Adicionalmente se contemplan 207 millones de pesos para Gastos Indirectos del Programa, lo anterior con el propósito de otorgar aproximadamente 150 mil 789 subsidios. Informe al Primer Trimestre de 2016 1/22

I. Identificar con precisión a la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio. 1 Objetivo general. Contribuir a que la población de bajos ingresos, tenga acceso a una solución habitacional adecuada. Objetivos específicos Ampliar el acceso al financiamiento de la población de bajos ingresos para soluciones habitacionales en un entorno de crecimiento urbano ordenado y sustentable. Población potencial, población objetivo y criterios de elegibilidad Población potencial Población de bajos ingresos con necesidades de vivienda. Población objetivo Población de bajos ingresos con necesidades de vivienda, que tienen capacidad de obtener un financiamiento y que pueden aportar un ahorro previo. Beneficiarios. 1 Señalar de forma precisa la población objetivo del Programa por grupo específico, por región del país, entidad federativa y municipio. Informe al Primer Trimestre de 2016 2/22

Persona física cuyo Ingreso Individual es menor o igual a la línea de bienestar, urbana o rural, establecida por el CONEVAL en la página www.coneval.gob.mx. Para este cálculo se aproximará el ingreso a través de la Cédula de Información Socioeconómica que se deberá aplicar para obtener esta información. En caso de que las Entidades Ejecutoras no cuenten con herramientas para hacer este cálculo, la Instancia Normativa podrá autorizar que se tomen como equivalentes los siguientes criterios: a) Población derechohabiente de FOVISSSTE e INFONAVIT con Ingreso Individual de hasta dos punto seis (2.6) veces el SMGVM, con excepción de la Modalidad de Adquisición de Vivienda, en la que el Ingreso Individual de la población derechohabiente podrá ser de hasta cinco (5) veces el SMGVM. b) Población no derechohabiente de FOVISSSTE e INFONAVIT con Ingreso Individual de hasta cinco (5) veces el SMGVM. Destino del Subsidio Federal Cobertura El Programa tiene cobertura nacional. Modalidades Los subsidios federales se aplicarán en forma directa para las siguientes modalidades de solución habitacional: a. Adquisición de vivienda b. Ampliación y/o mejoramiento de vivienda c. Adquisición de lote con servicios d. Autoproducción de vivienda Montos del subsidio Cada Beneficiaria(o) del Programa podrá obtener un Subsidio Federal para Vivienda hasta por un monto máximo equivalente a 33.0 veces el SMGVM, considerando la combinación de modalidades del inciso b) del numeral 3.4 de las Reglas de operación, excepto en la modalidad Informe al Primer Trimestre de 2016 3/22

de Adquisición de Vivienda, en la que se podrá acceder a un Subsidio Federal de hasta 37 veces el SMGVM, observando las condiciones y requisitos específicos de la modalidad. El Subsidio Federal podrá utilizarse para el pago de primas o comisiones en el caso de que la/el Beneficiaria(o) contrate, a través de la Entidad Ejecutora (o entidad financiera en el caso en que la Entidad Ejecutora es un Organismos Nacional de Vivienda y el Financiamiento provenga de esta entidad financiera), coberturas, garantías o seguros de riesgo crediticio para cualquiera de las modalidades del Programa. Los valores máximos de las Soluciones habitacionales no consideran gastos en los que se incurre para ser sujeto del Financiamiento, pago de derechos, impuestos, ni gastos de formalización; que en su caso podrán formar parte del Financiamiento. Los montos por modalidad de subsidio son: Adquisición de vivienda nueva La/el beneficiaria(o) tendrá derecho a un monto máximo de subsidio determinado con base en las siguientes lista de categorías y matriz: Categorías de Subsidio I. Vivienda con un valor mayor que 158 y hasta 200 SMGVM II. Vivienda con un valor mayor que 128 y menor o igual a 158 SMGVM III. Vivienda con un valor de 60 hasta 128 SMGVM IV. Vivienda con un valor de 60 hasta 128 SMGVM, adquirida por una (un) beneficiaria(o) con ingreso menor o igual a 1.5 veces el SMGVM Informe al Primer Trimestre de 2016 4/22

El Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno se medirá de acuerdo al Anexo 2. Para acceder al Subsidio Federal, la Vivienda deberá cumplir los prerrequisitos establecidos en dicho Anexo y obtener, por lo menos, 350 puntos. La información de la Vivienda se inscribirá en el RUV según lo determine la Instancia Normativa y se utilizará con fines estadísticos. La Vivienda ubicada fuera de los Perímetros de Contención Urbana sólo podrá ser sujeta de un monto máximo de Subsidio Federal de hasta 25 veces el SMGVM cuando: i. Se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET) y reconocida como R3A, R4A o R4B, por la Instancia Normativa; ii. iii. Obtenga, al menos, 400 puntos en la Ficha de Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno, y El valor de la vivienda no exceda de 200 veces el SMGVM. Para el caso de las Viviendas ubicadas en Reservas Territoriales reconocidas como R4B, la Mesa de Evaluación y Recalificación de las Reservas Territoriales validará que el Subsidio Federal no se disperse en zonas con altos índices de vivienda abandonada. Adquisición de vivienda usada Las/los beneficiarias(os) podrán acceder a un monto máximo de subsidio para la adquisición de vivienda usada ubicada dentro de los Perímetros de Contención Urbana de acuerdo a la siguiente tabla: Informe al Primer Trimestre de 2016 5/22

Las/los Beneficiarias(os) cuyo ingreso sea menor o igual a 1.5 veces el SMGVM, accederán a un Subsidio Federal de 3 veces el SMGVM adicional a los montos máximos establecidos en la tabla anterior para la Adquisición de una Vivienda. No se otorgará Subsidio Federal a personas que deseen adquirir vivienda usada ubicada fuera de los Perímetros de Contención Urbana. La información de la Vivienda se inscribirá en el RUV según lo determine la Instancia Normativa y se utilizará con fines estadísticos. Consideraciones adicionales: Para el caso de los miembros de las Fuerzas Armadas no se requerirá obtener el Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno, por lo que se les dará un Subsidio Federal máximo equivalente a 34 veces el SMGVM. Para el caso de miembros de las Fuerzas Armadas, de la Seguridad Pública Federal y Policías federales, estatales y municipales acreditados, el valor de la Vivienda no excederá el equivalente a 231.0 veces el SMGVM. La diferencia entre el valor final de la Vivienda y el valor máximo de la Vivienda deberá ser cubierta mediante Ahorro Previo, ahorro voluntario de la cuenta individual o subcuenta de vivienda y en este caso, el monto máximo de Subsidio Federal será de hasta 34 veces el SMGVM, para la Adquisición de vivienda nueva. Esta excepción aplica también cuando dichas(os) Beneficiarias(os) (miembros de las Fuerzas Armadas, de la Seguridad Pública Federal y Policías federales, estatales y municipales acreditados), sean derechohabientes de INFONAVIT o de FOVISSSTE. Los valores finales de Vivienda podrán ser superiores a 200 veces el SMGVM siempre y cuando la diferencia sea cubierta mediante la subcuenta de la vivienda de la/del derechohabiente del INFONAVIT o del FOVISSSTE, o con Aportaciones con origen distinto al Federal. En el caso de las/los Beneficiarias(os) Financiados por el FOVISSSTE y el INFONAVIT, el Subsidio Federal para Vivienda será diferenciado y hasta por los montos máximos establecidos en los incisos a) y b) del presente numeral 5.1 y se aplicará al faltante para alcanzar el valor de la Solución habitacional una vez cubierto el Ahorro Previo, las Aportaciones, la subcuenta de vivienda y la capacidad máxima de crédito. Adicionalmente, las/los Beneficiarias(os) Financiados por el FOVISSSTE y el INFONAVIT, con Ingreso Individual de más dos punto seis (2.6) veces el SMGVM y hasta de cinco (5) veces el SMGVM, podrán acceder al Subsidio Federal para adquirir Vivienda en los términos previstos en estas Reglas, siempre que la misma esté ubicada en los Perímetros de Contención Urbana U1, U2, U3 o Desarrollos Certificados. Informe al Primer Trimestre de 2016 6/22

Las/los Beneficiarias(os) que adquieran una Vivienda ubicada dentro de un Desarrollo Certificado accederán a un Subsidio Federal máximo de 33 veces el SMGVM. Cuando estas(os) Beneficiarias(os) tengan un ingreso menor o igual a 1.5 veces el SMGVM, accederán a un complemento del Subsidio Federal de 3 veces el SMGVM. Las personas inscritas al RIF y/o beneficiarias del RISS del esquema Crezcamos Juntos, en términos del numeral 4.2 de las presentes Reglas podrán contar con apoyos adicionales a los previstos en las mismas que consistirán en: A. Para los derechohabientes del INFONAVIT que estén incorporados al RIF y/o sean beneficiarios del RISS, un Subsidio Federal como complemento de la subcuenta de vivienda distribuido de la siguiente forma: I. Subsidio Federal de $15,000 (quince mil pesos), efectivo al momento del otorgamiento del Crédito otorgado por el INFONAVIT. II. Subsidio Federal pari passu de hasta $15,000 (quince mil pesos), efectivo al momento del otorgamiento del Crédito otorgado por el INFONAVIT, que dependerá de la aportación voluntaria del derechohabiente a su subcuenta de vivienda y sujeto al nivel de ingreso: por una cantidad de 1 a 1 para derechohabientes con ingresos superiores a 4 veces el SMGVM y de 1.5 a 1 para derechohabientes con ingresos inferiores o iguales a 4 veces el SMGVM. B. Para aquellas personas inscritas en el RIF que contraten un Crédito para Adquisición de Vivienda con la banca comercial y sujeto a las condiciones del mismo, un Subsidio Federal por única ocasión de hasta 30 veces el SMGVM que podrá cubrir la mensualidad número 12 de cada año del Crédito y hasta que se agote el monto total otorgado como Subsidio, mismo que será dispersado a través de la SHF y/o el FOVI, siempre que se mantengan al corriente en el pago del Crédito y cumplan con sus obligaciones fiscales. Las definiciones no previstas y que sean necesarias para la implementación de estos beneficios adicionales, serán definidas por la Instancia Normativa en los instrumentos que determine para tal efecto. El Subsidio Federal se otorgará para Viviendas que estén ubicadas en y cuenten con: i. En Zonas urbanas con: servicios de luz, agua, drenaje o equivalente, alumbrado público, calles y/o andadores peatonales terminados, inscripción en el Registro Público de la Propiedad o clave catastral. ii. En Zonas rurales o Zonas en transición con: sistemas de disposición de residuos sólidos asequibles en el sitio; con inscripción en la institución registral y catastral correspondiente que acredite el tipo de propiedad; y de preferencia, con servicios de luz y agua. Ampliación y/o mejoramiento de vivienda a. El Subsidio Federal para Ampliación y/o Mejoramiento de vivienda, se otorgará para proyectos con valor hasta de 30 veces el SMGVM. b. La Instancia Normativa otorgará como Subsidio Federal una cantidad equivalente al cuarenta (40) por ciento del valor de la Solución habitacional. Informe al Primer Trimestre de 2016 7/22

c. Fuera de los Perímetros de Contención Urbana, incluyendo Vivienda en Zona rural, únicamente se subsidiarán intervenciones de un valor menor a 22 veces el SMGVM, preferentemente para abatir condiciones de precariedad de la Vivienda. d. Se podrán utilizar estos recursos para la regularización de la propiedad ante el Registro Público de la Propiedad y/o catastro, así como ante el Registro Agrario Nacional, cuando se trate de propiedad ejidal comunal. e. La Ampliación y/o Mejoramiento estarán inscritos en el RUV, según lo determine la Instancia Normativa y la información se utilizarán con fines estadísticos, además deberán tener Asesoría técnica integral por un Organismo Ejecutor de Obra. f. El Subsidio Federal para Ampliación y/o Mejoramiento de Vivienda se podrá otorgar para un máximo de tres proyectos en la misma modalidad, en tanto que la suma del total de los importes del Subsidio Federal no rebase el monto de 33 veces el SMGVM. g. Las acciones de Mejoramiento y Ampliación estarán sujetas a procesos de control y verificación para garantizar el uso adecuado de los recursos, de acuerdo a lo que establezca la Instancia Normativa. h. En el otorgamiento del Subsidio Federal se dará prioridad de pago a las/los Beneficiarias(os) que realicen acciones en Viviendas ubicadas dentro de los Polígonos PROCURHA o en Desarrollos Certificados. El Subsidio Federal se otorgará para Viviendas que estén ubicadas en y cuenten con: I. En Zonas urbanas, con los servicios de luz, agua, drenaje o equivalente, y de preferencia con alumbrado público, calles, guarniciones y/o andadores peatonales terminados. II. En Zonas rurales o Zonas en transición, con sistemas de disposición de residuos sólidos y saneamientos asequibles en el sitio y de preferencia, con servicios de luz y agua. Adquisición de lote con servicios a. Las/los beneficiarias(os) pueden acceder a un monto máximo de subsidio federal para adquisición de lote con servicios determinado de acuerdo a la siguiente tabla: Informe al Primer Trimestre de 2016 8/22

b. El puntaje mínimo requerido refleja el grado de urbanización necesario para que un Lote con Servicios sea sujeto del Subsidio Federal y se determina con base en la Ficha de Puntaje de esta modalidad. c. Para el otorgamiento del Subsidio Federal, se deberá acreditar la titularidad de los derechos de propiedad y el terreno deberá contar con infraestructura básica: agua potable, drenaje, alumbrado público y energía eléctrica, y cumplir los prerrequisitos establecidos en el Anexo 2. d. Cuando el valor del Lote con Servicios sea inferior a 45 veces el SMGVM, el monto del Subsidio Federal será el equivalente al 20 por ciento de dicho valor. e. Solamente se otorgarán Subsidios Federales por 10 veces el SMGVM a Beneficiarias(os) que deseen adquirir lotes ubicados fuera de los Perímetros de Contención Urbana, cuando: I. Se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET) y reconocido como R3A, R4A o R4B, por la Instancia Normativa; y II. Obtenga, al menos, 200 puntos en la Ficha de Puntaje de esta modalidad, descrita en el Anexo 2. Para el caso de Lotes con Servicios ubicados en Reservas Territoriales reconocidas como R4B, la Mesa de Evaluación y Recalificación de las Reservas Territoriales validará que el subsidio no se disperse en zonas con altos índices de vivienda abandonada. Autoproducción de vivienda a. La/el beneficiaria(o) tendrá derecho a un monto máximo de subsidio federal determinado de acuerdo a la siguiente tabla: Informe al Primer Trimestre de 2016 9/22

b. El Subsidio Federal se otorgará para viviendas que estén ubicadas en y cuenten con: I. En Zonas urbanas con: servicios de luz, agua, drenaje. II. En Zonas rurales o Zonas en transición con: sistemas de disposición de residuos sólidos asequibles en el sitio y de preferencia, con servicios de luz y agua. c. Cuando el valor de la Solución habitacional sea inferior a cuarenta (40.0) veces el SMGVM, la Instancia Normativa otorgará como Subsidio Federal una cantidad equivalente hasta del cuarenta (40) por ciento del monto de la misma. d. Para el otorgamiento del Subsidio Federal para la Autoproducción, se debe comprobar posesión, en zonas rurales o en transición, o titularidad del lote o terreno en zonas urbanas. e. La Vivienda que se construya deberá necesariamente llevarse a cabo mediante un Organismo Ejecutor de Obra, estar inscrita en el RUV según lo determine la Instancia Normativa y la información se utilizará con fines estadísticos. f. Quien haya sido Beneficiaria(o) en la modalidad de Lote con Servicios, también podrá solicitar un Subsidio Federal en la modalidad de Autoproducción; en este caso el segundo Subsidio Federal será complementario al primero, condicionado a que se respeten los límites establecidos en la Tabla anterior, y a que la suma de ambos Subsidios Federales no rebase en ningún caso 33 veces el SMGVM. Proyectos Institucionales y Extraordinarios La Instancia Normativa podrá autorizar, por conducto de su Junta de Gobierno: I. Proyectos Institucionales que promuevan política pública para el desarrollo de acciones y proyectos que cubran las necesidades de nichos no atendidos o no suficientemente atendidos, para el acceso a soluciones relacionadas con la vivienda y/o su entorno. II. Proyectos Institucionales para promover y ejecutar programas de interés del gobierno federal con la participación de los sectores público y/o privado, encaminados a brindar soluciones relacionadas con la vivienda y/o su entorno. Informe al Primer Trimestre de 2016 10/22

III. IV. Proyectos Extraordinarios que atiendan una problemática específica, que por su relevancia requiera de un tratamiento especial, con la condicionante que la misma se encuentre en el ámbito de competencia de la Instancia Normativa conforme a las disposiciones que le sean aplicables. Cualquier otro proyecto que sea de acuerdo a su objeto y para el desarrollo del sector relacionado con la vivienda. Los Proyectos Institucionales y Extraordinarios, deberán atender necesidades que por su propia naturaleza, contingente o excepcional, no se encuentren contempladas en las Reglas de operación y que promuevan el acceso a soluciones relacionadas con la vivienda y/o su entorno. Los Proyectos Institucionales y Extraordinarios serán presentados a la Junta de Gobierno con la recomendación, análisis técnico y normativo, del Grupo de Trabajo que para el efecto establezca la Instancia Normativa. Este tipo de proyectos se regirán por los lineamientos y características básicas de operación que al efecto apruebe la Junta de Gobierno y en lo no previsto, se regirán por lo señalado las Reglas de operación. Los mencionados Proyectos podrán sumar en su conjunto hasta el 20% del presupuesto total del Programa. II. Procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros. 2 Para asegurar el acceso equitativo al Programa, las reglas de operación establecen los criterios de asignación de los recursos del mismo de conformidad a lo siguiente: a. Asignación por entidad federativa. b. Asignación por modalidades. c. Esquema de coparticipación con gobiernos estatales y municipales. d. Priorización de los recursos del Programa para las distintas modalidades. Así mismo el apartado de Requisitos de las mismas reglas de operación, indica que cualquier persona sin distinción alguna, podrá obtener el subsidio siempre que: a. Cuente con cédula de la CURP. b. Presente la solicitud del subsidio debidamente requisitada. 2 Describir brevemente los mecanismos que la Unidad Administrativa Responsable del Programa ha implementado durante el trimestre para otorgar acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros Informe al Primer Trimestre de 2016 11/22

c. Cuente y aporte el ahorro previo señalado en las modalidades de la solución habitacional. d. Cuente con el financiamiento otorgado por una Entidad Ejecutora. e. Sea mayor de edad. Los Subsidios Federales para Vivienda se asignarán a todas aquellas personas que los soliciten y cumplan con los requisitos señalados en estas Reglas, en los términos de la disponibilidad programática y presupuestaria por entidad federativa y por Entidad Ejecutora que establezca la CONAVI. Por otro lado, el anexo 13 del PEF señala que se han programado 1 mil 458 millones 572 mil 954 pesos para la equidad de género, destinados a subsidios para otorgar a las mujeres en cualquiera de las modalidades del Programa, mismos que al cierre del trimestre que se reporta ascienden a 12,664 beneficiarias del subsidio por un monto total de 768 millones 121 mil 822 pesos, representando un 53% con respecto al monto etiquetado para tal propósito. Más allá del seguimiento puntual del presupuesto en el anexo 13 del PEF, para el presente ejercicio fiscal, la CONAVI reitera y consolida su compromiso con la equidad de género al tener en la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa, un indicador que mide el porcentaje de subsidios otorgados a mujeres con respecto al total de la población atendida por el Programa, estableciendo una meta anual del 44%. Al cierre del trimestre que se reporta, las beneficiarias de subsidio representan el 37% del total de los beneficiarios de subsidios otorgados. Cabe resaltar que este resultado considera un avance significativo con respecto a la meta programada para el primer trimestre, establecida en el Portal Aplicativo de la SCHP. De lo anterior, es importante resaltar que el Programa no hace distinción entre las solicitudes de hombres y mujeres por lo que en tanto exista disponibilidad de recursos en el presupuesto, se seguirán otorgando subsidios a dicho género bajo las mismas características definidas en la población objetivo del Programa. IV. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo y asegurar que el mecanismo de distribución, operación y administración facilite la obtención de información y la evaluación de los Informe al Primer Trimestre de 2016 12/22

beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación; así como evitar que se destinen recursos a una administración costosa y excesiva. 3 Los mecanismos mencionados en las Reglas de Operación para que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo se describen en los apartados 3.2 Población Objetivo, 3.3 Beneficiarios y 3.4 Requisitos. Para los efectos de lo anterior, es importante señalar que en la CONAVI se cuentan con los sistemas informáticos que permiten validar la información antes de otorgar un subsidio para verificar el cumplimiento de las Reglas de operación de parte del solicitante, tal como la validación en línea ante el RENAPO para verificar consistencia de la CURP, así como la no duplicidad ante FONHAPO. De manera adicional a la acreditación documental de los requisitos previstos en las reglas de operación ante las entidades ejecutoras, la CONAVI al amparo de un Manual de Procedimientos, valida la información del solicitante del subsidio vía sistema informático para que el otorgamiento del subsidio se encuentre apegado a la normativa vigente, permitiendo con ello la obtención de la información relativa al beneficiario del Programa sin que lo anterior derive en procesos adicionales. V. Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación. 4 La CONAVI contempla, dentro de las Reglas de Operación, mecanismos de seguimiento, supervisión y evaluación al Programa, a través del seguimiento periódico y evaluaciones, tanto internas como externas. Así mismo, se tiene contemplado en las reglas de operación vigentes, la figura de los Organismos Ejecutores de Obra, los cuales son entidades que acompañan en el proceso constructivo, y previo registro ante la Instancia Normativa, verifican y supervisan la idoneidad de los proyectos de mejoramiento y/o ampliación de vivienda, así como autoproducción de vivienda, en términos de su ejecución y diseño. Esta categoría incluye a las Agencias Productoras de Vivienda autorizadas por la Sociedad Hipotecaria Federal. Acompañando las funciones antes descritas, también se ha incorporado a entidades supervisoras las cuales son personas físicas o morales autorizadas por la CONAVI para verificar la aplicación del subsidio, así como el cumplimiento de los lineamientos establecidos en las Reglas de Operación y el Manual de Procedimientos del Programa. 3 Mencionar las acciones realizadas para evitar una administración costosa y excesiva. Indicar los mecanismos incluidos en las Reglas de Operación que la Unidad Administrativa Responsable prevé para atender este requerimiento. En su caso, agregar mecanismos adicionales previstos o aplicables en el trimestre. 4 Señalar brevemente en cuanto a estas temáticas, los mecanismos mencionados. Informe al Primer Trimestre de 2016 13/22

Adicional a la supervisión efectuada a las entidades ejecutoras del Programa, se tiene prevista la georreferenciación de las acciones de mejoramiento y/o ampliación, así como las de autoproducción de vivienda, mediante fotografías que permiten observar el avance de la construcción de la solución habitacional en sus diferentes etapas hasta la conclusión de la misma. Dicha georreferencia permite validar que la solución habitacional que se está fotografiando sea la misma para la que se gestionó el subsidio, así como la verificación en el avance del proyecto. Por otro lado, dentro del marco federal de la Gestión para Resultados (GpR) que dirige la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y específicamente sobre la gestión del Presupuesto basado en Resultados (PbR) cuyo propósito es alinear la planeación, la programación, el presupuesto, el control, el ejercicio, el seguimiento y la evaluación del gasto público, el Programa cuenta con una Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) diseñada mediante la metodología de Marco Lógico establecida por la misma SHCP y avalada por el Consejo Nacional de Evaluaciones de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), para los programas sociales, como es el caso. Esta MIR es la principal herramienta de seguimiento y evaluación con la que cuenta el Programa, la cual permite visualizar el comportamiento estratégico del mismo. Para el ejercicio fiscal en curso, se consideran 7 indicadores registrados en la Matriz de Indicadores para Resultados que permiten medir el avance del Programa, mismos que presentan avances al cierre del ejercicio fiscal que se indican en Portal Aplicativo de la SCHP y en el presente informe. Así mismo, es importante destacar que la información del programa también se encuentra disponible a través del Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda (SNIIV), herramienta informática mediante la cual puede se puede acceder a la información sobre diversos indicadores del sector vivienda, útiles para el análisis y seguimiento periódico del presupuesto ejercido por el Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda. Dicha información se encuentra disponible en: http://www.conavi.gob.mx:8080/. VI. Asegurar la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar duplicación en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos. 5 Para evitar la duplicidad de acciones, en el punto 3.4. Requisitos de las Reglas de Operación, se indica que el beneficiario debe no haber recibido un subsidio federal para vivienda en el presente ejercicio o anteriores ejercicios fiscales, salvo en los casos previstos en las mismas reglas. En cumplimiento de lo anterior, antes de la gestión de cualquier subsidio, la CONAVI verifica en línea la existencia del solicitante mediante consulta electrónica en el Registro Nacional de Población (RENAPO) y además de que no exista duplicidad de los beneficiarios en Programas 5 Mencionar puntualmente lo estipulado en las Reglas de Operación vigentes. Reportar qué tipo de acciones con otras dependencias y entidades se llevan a cabo en cada programa, para evitar la duplicidad de acciones y reducir gastos administrativos. Informe al Primer Trimestre de 2016 14/22

similares (FONHAPO y PROSAVI) o anteriores en ese momento, permitiendo el otorgamiento de subsidios únicamente a las personas que sean sujetas de apoyo. Por otro lado, mediante las nuevas herramientas informáticas se tiene coordinación directa con todos los entes involucrados en el proceso, para evitar la duplicidad en el otorgamiento de subsidios. VII. Prever la temporalidad en su otorgamiento. 6 En las Reglas de Operación, apartado 8.2 ejecución, se especifica que se deberán respetar los tiempos que marque el Presupuesto de Egresos de la Federación, sin interrupción, en el otorgamiento del subsidio federal mediante la aplicación de esquemas que permitan hacer frente a los compromisos asumidos respecto del otorgamiento de subsidio federal, en atención a la solicitud del mismo y la conclusión del trámite, con su otorgamiento y entrega de los recursos, hasta contar con la evidencia de recepción del subsidio federal por la/el beneficiaria(o). El otorgamiento del subsidio estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio fiscal correspondiente. VIII. Procurar que sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden. 7 Metas 2016 Al cierre del primer trimestre del ejercicio fiscal 2016, se han ejercido 2 mil 063 millones 431 mil 872 pesos, a través del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones, cubriendo el 22.6% del presupuesto modificado anual. Conforme a las modalidades previstas en las reglas de operación del Programa y a los 150,789 beneficiarios de subsidios programados para el presente ejercicio fiscal, se tiene registrado un avance de 33,897 beneficiarios de subsidios al cierre del primer trimestre de 2016, los que representan 22.5% de la meta anual, y que a su vez fueron dispersados de la siguiente manera: Para la adquisición de vivienda nueva se han otorgado 31,358 subsidios, por un total de 1 mil 958 millones 544 mil 030 pesos. Para la adquisición de vivienda usada se han otorgado 1,153 subsidios, por un total de 73 millones 186 mil 380 pesos. 6 Registrar lo que señalan las Reglas de Operación vigentes de cada programa, en cuanto a la temporalidad del otorgamiento del recurso. En su caso, qué procedimiento se contempla para atender este punto. 7 Describir las metas 2015 físicas y presupuestarias. Destacar las principales acciones desarrolladas para alcanzar los objetivos. Especificar las acciones que estén orientando al programa como medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas. Respecto al avance de las metas que sean reportadas, explicar las causas de su rezago según el caso, o en su defecto explicar el por qué se rebasaron en función al ritmo previsto Informe al Primer Trimestre de 2016 15/22

En mejoramiento y/o ampliación de vivienda se distribuyeron 1,109 subsidios, que implicaron recursos por 19 millones 987 mil 653 pesos. En la modalidad de autoproducción de vivienda, se distribuyeron 180 subsidios por un monto de 11 millones 577 mil 248 pesos. Se ejercieron recursos para 97 beneficiarios para arrendamiento de vivienda, con un monto que asciende a 136 mil 561 pesos. Por otro lado, el análisis focalizado de los subsidios señala que: a. En congruencia con la política de vivienda de la presente administración, se ha incentivado que los subsidios para las viviendas nuevas y usadas, se encuentren ubicadas dentro de los perímetros de contención urbana U1, U2, y U3, de tal suerte que el 96% de los subsidios destinados para adquisición de vivienda, es decir 32,511 acciones, se ubican dentro de dichos perímetros, otorgando mayores ventajas cualitativas a las viviendas adquiridas a través del Programa. En tanto que 2,314 subsidios (7% de las viviendas) se ubican en algún desarrollo certificado, con lo anterior, se busca propiciar un crecimiento urbano sustentable con accesos a servicios urbanos y empleos por parte de la población beneficiaria del Programa. b. Analizando por nivel de ingresos de los beneficiarios del Programa, se observa que el sector cuyos ingresos se concentran entre 1 y 2.6 veces el SMGVM, representan el 67% de los beneficiarios de subsidio otorgados por el programa, ya que dicho sector representa la mayor demanda potencial por parte del financiamiento otorgado por las entidades ejecutoras y cuyo ingreso lo convierte en población objetivo del Programa. c. Al cierre del primer trimestre de 2016, se observa que el Programa tiene presencia en 350 municipios del país, de entre los que destacan los ubicados en la zona metropolitana de Monterrey, Guadalajara, Valle de México y municipios de la frontera norte como Cd. Juárez, y Chihuahua en Chihuahua, Tijuana y Mexicali en Baja California, así como Reynosa en Tamaulipas, mismos que también son de relevancia por su dinámica poblacional y económica. d. Por otro lado, es también de resaltar que el Programa tiene presencia en 70 municipios de Alta y Muy alta marginación, considerados como Zonas de Atención Prioritaria según la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria para el año 2015 publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 3 de diciembre de 2014, propiciado en gran medida por la diversificación en entidades ejecutoras que han encontrado oportunidad de atención en dichos municipios gracias al subsidio que otorga el Programa. Principales acciones desarrolladas para alcanzar los objetivos Informe al Primer Trimestre de 2016 16/22

Se busca privilegiar el otorgamiento del subsidio a las viviendas ubicadas dentro de los perímetros de contención urbana que son zonas destacadas por el acceso al empleo y a servicios y equipamientos urbanos, así como a las viviendas ubicadas dentro de desarrollos certificados mismos que cuentan con todos los servicios y equipamientos requeridos para fomentar vivienda sustentable en los ámbitos social, económico y medioambiental. Con la finalidad de otorgar mayor calidad a la solución habitacional y certeza en la ejecución de la misma, además de estar inscritos en el Registro Único de Vivienda (RUV), los proyectos de mejoramiento y/o ampliación de vivienda, así como las autoproducciones, deberán contar con asesoría técnica integral por un Organismo Ejecutor de Obra. En congruencia a lo anterior, a partir del ejercicio fiscal 2014, se incrementa el valor del proyecto de 22 a 30.0 veces el SMGVM al interior de los polígonos de contención urbana. Por tercer año consecutivo, ya través del Proyecto Institucional de Rentas, se continúan canalizaron subsidios federales para el pago de rentas de viviendas para aquéllos miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas que en una primera instancia no les es posible o no desean acceder alguna otra modalidad de vivienda, bien por su situación laboral de reubicaciones periódicas o algún otro motivo. Este proyecto está diseñado para que la CONAVI apoye mediante el Programa de subsidios, tanto a los miembros en activo como a los miembros en situación de retiro que cumplan con los lineamientos normativos correspondientes. A partir de este año, la modalidad de autoproducción de vivienda está operando bajo un rediseño en algunos de sus procesos, consiguiendo mejoras en la atención de la población objetivo, dando más oportunidad y garantías de calidad las soluciones habitacionales. Dentro de la modalidad de subsidios para la autoproducción de vivienda, se encuentra operando el esquema de Vivienda para Jefas de Familia, el cual consiste en apoyar el acceso a un financiamiento otorgado por un intermediario financiero a madres jefas de familia para la construcción de una vivienda, apoyado por una garantía de primeras pérdidas del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO) y un subsidio de la CONAVI, mediante el cual se accede a la asistencia técnica en la ejecución de la obra, además de otorgar certeza jurídica en la posesión del inmueble para la mujer. Con el fin de resolver la problemática de vivienda que tienen las y los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad, que tienen una familia propia, que estudian o trabajan, la CONAVI en conjunto con el Instituto Mexicano de la Juventud, los organismos estatales de vivienda y municipios participantes, aportan recursos para que este sector de la población acceda al financiamiento a través de un intermediario financiero para la adquisición de un lote con servicios con autoproducción de vivienda. Se encuentra operando el proyecto de Vivienda para Migrantes Construye en tu Tierra, en coordinación con el Instituto de los Mexicanos en el Exterior y a través de los Consulados de Puebla y Zacatecas, inicialmente. El proyecto está orientado a ayudar a Informe al Primer Trimestre de 2016 17/22

aquellos ciudadanos mexicanos que residen en Estados Unidos a acceder a recursos Federales para construir una vivienda en México para sus familiares, a través del método de autoproducción de vivienda. Apoya principalmente a los hogares receptores de remesas que se encuentran en comunidades rurales de muy baja, baja y nivel medio de marginación. Mientras que el beneficiario en México es el responsable de solicitar el subsidio federal y tramitar el crédito, su familiar en Estados Unidos actúa como Aval u obligado solidario de dicho financiamiento, lo que implica que los comprobantes de envíos de remesas se pueden emplear para acreditar la percepción de ingresos. De las acciones descritas anteriormente, el Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones reporta el siguiente avance por modalidad y presupuesto ejercido. Inversión y avances por Modalidad 8 Del 1 de enero al 31 de marzo de 2016 Nombre de la modalidad de inversión Presupuesto Ejercido (pesos) No. De Subsidios T o t a l 2,063,431,872 33,897 Adquisición de Vivienda Nueva 1,958,544,030 31,358 Adquisición de Vivienda Usada 73,186,380 1,153 Mejoramiento y/o ampliación de Vivienda 19,987,653 1,109 Autoproducción de Vivienda 11,577,248 180 Otros /1 136,561 97 1/ Programa de Rentas. Fuente: CONAVI con cifras al cierre de marzo. Es de resaltar que el avance real del Programa del 22.4% (sobre la meta anual) supera a la meta trimestral del 15.95% programada, establecida en el Portal Aplicativo de la SCHP. 8 Presentar información cuando proceda, desglosada de presupuesto y metas por modalidad de inversión del Programa. Informe al Primer Trimestre de 2016 18/22

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Indicadores de la Matriz del Marco Lógico del Programa S177 Ni v e l Nombr e del I ndi cador Mét odo de cál cul o Per i odi ci dad Met a Esper ada 1er Tr i mestr e 2016 Met a Al canzada 1er Tr i mest r e 2016 Cumpl i mi ento al 1er Tr i mest r e Propósito Porcentaje de cobertura de la población beneficiada por los subsidios otorgados para alguna solución habitacional a partir del año 2014 respecto a la Población de bajos ingresos con necesidades de vivienda que tienen capacidad de obtener un financiamiento identificada en el módulo de condiciones socioeconómicas de la ENIGH vigente. Población beneficiada por los subsidios otorgados para alguna solución habitacional a partir del año 2014 577,182 X 100 Anual 20.05 Población de bajos ingresos con necesidades de vivienda 2,879,125 que tienen capacidad de obtener un financiamiento Componente Porcentaje de avance en el otorgamiento del subsidio a la población objetivo acumulado al cierre del trimestre durante el ejercicio fiscal en curso respecto al número de subsidios programados al cierre del ejercicio fiscal. Número de subsidios otorgados hasta el trimestre en curso 24,047 33,846 X 100 Trimestral 15.95 22.45 Número de subsidios programados al cierre del ejercicio 153,000 150,789 fiscal 140.75 Porcentaje de Entidades Ejecutoras supervisadas en el ejercicio fiscal en curso a través de auditoría muestral respecto del total de Entidades Ejecutoras que operaron el Programa durante el ejercicio fiscal inmediato anterior. Número de Entidades Ejecutoras supervisadas a través de auditoría muestral, acumulado al cuatrimestre del ejercicio fiscal en curso 0 X 100 Cuatrimestral 0.00 Número de Entidades Ejecutoras que operaron durante el 41 ejercicio fiscal inmediato anterior Actividad Porcentaje de Entidades Ejecutoras operando el Programa, respecto al total de Entidades Ejecutoras con posibilidad de operar acumulado al cierre del trimestre correspondiente del ejercicio fiscal en curso. Número de Entidades Ejecutoras operando el Programa acumulado al cierre del trimestre correspondiente del ejercicio fiscal en curso 47 17 X 100 Trimestral 77.05 27.87 Número de Entidades Ejecutoras con posibilidad de 61 61 operar; ambos componentes acumulado al cierre del trimestre correspondiente del ejercicio fiscal en curso 36.17 Porcentaje de mujeres que recibieron subsidio respecto a la población total atendida por el Programa acumulado hasta el trimestre del ejercicio fiscal en curso. Mujeres que recibieron subsidio acumulado hasta el trimestre del ejercicio fiscal en curso 4,597 12,658 X 100 Trimestral 34.99 Población total atendida por el Programa acumulado 13,137 13,137 hasta el trimestre del ejercicio fiscal en curso 96.35 275.35 Fuente: CONAVI con cifras al cierre de marzo de 2016. Estas cifras que fueron reportadas en PASH de la SCHP difieren un poco a lo establecido en el presente reporte por la decisión de contabilizar como beneficiarios y no como erogaciones en diferentes meses a un mismo beneficiario, dentro del esquema de rentas. Informe al Primer Trimestre de 2016 20/22

X. Reportar su ejercicio en los informes trimestrales, detallando los elementos a que se refieren la fracción IX de este artículo, incluyendo el importe de los recursos. Presupuesto Ejercido a Nivel de Capítulo y Concepto de Gasto Recursos Fiscales. Enero - Marzo 2016 (Pesos) P R E S U P U E S T O 2016 1er TRIMESTRE Fecha de corte: 31 de marzo de 2016 CAPÍTULO Y CONCEPTO DE GASTO Original Anual Modificado Anual Calendarizado Acumulado (enero marzo) Ejercido Acumulado 4/ Avance Financiero % 1 2 3 4 (4/3) 4000 Subsidios y transferencias 9,624,522,649.00 9,324,522,649.00 3,007,711,614.57 2,077,981,440.78 69.09% 4300 Subsidios 1/ 9,415,860,505.00 9,117,439,017.00 2,990,527,403.00 2,063,431,871.70 69.00% 4300 Subsidios Gastos Indirectos 2/3/ 208,662,144.00 207,083,632.00 17,184,211.57 14,549,569.08 84.67% Total 9,624,522,649.00 9,324,522,649.00 3,007,711,614.57 2,077,981,440.78 69.08% 1/ Saldo en banco 927,095,531.3 al 31 de marzo de 2016; La SHCP aplicó una reducción de 300 millones a la CONAVI derivado de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria para fortalecer la finanzas públicas. 2/ Los gastos indirectos del programa se integran de la partida 43101 tipo de gasto 7 y el capítulo 1000 (servicios personales) asignado para la operación del programa. 3/ Las erogaciones de los recursos indirectos se integran del total de gastos indirectos desagregados en capítulos de gasto 2000 y 3000 de acuerdo con el numeral 24 del Manual de Programación y Presupuesto para el Ejercicio 2016, incluyendo el pago de servicios personales. La SHCP realizó una adecuación externa reduciendo el presupuesto, derivado de las medidas de austeridad y disciplina por 1.5 millones de pesos. 4/ El ejercido acumulado corresponde al Programa de subsidios. Montos en pesos Informe al Primer Trimestre de 2016 21/22

XI. Aclaraciones 9 Derivado de que el programa ofrece a la población de bajos ingresos una alternativa para complementar su capacidad de pago a fin de acceder a una solución habitacional digna y sustentable, previo otorgamiento de un financiamiento y de la acreditación de un determinada cantidad de ahorro, las metas y alcances del mismo estarán sujetos a la demanda de vivienda que se presente en el sector inmobiliario y a las diferentes condiciones socioeconómicas que permiten el acceso a una vivienda por parte de la población. 9 Señalar las aclaraciones que considere necesarias por cada Programa Informe al Primer Trimestre de 2016 22/22