Ley 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017. 1
Donativos IRPF (A partir 1 enero 2017) a) El importe a deducir será el 30% de las cantidades donadas. b) En todo caso, las cantidades donadas deberán tener como destino la investigación biosanitaria a que se refiere la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia. c) Las donaciones deberán realizarse a favor de cualquiera de las siguientes entidades: 1.º) La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como las entidades dependientes del sector público autonómico que ejerzan la actividad reseñada en la letra b). A estos efectos, se incluye a las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 2.º) Las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los artículos 2 y 3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, siempre que entre sus fines principales se encuentre alguno de los reseñados en la letra b) y se hallen inscritas en los registros correspondientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2
IMPUESTO SUCESIONES (A partir 12 enero 2017) a) Deducción por sujetos pasivos incluidos en el grupo I del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del 99% de la cuota que resulte después de aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, procedan. b) Deducción por sujetos pasivos incluidos en el grupo II del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del 60% de la cuota que resulte después de aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, procedan. No obstante, esta deducción será del 99% en el caso de sujetos pasivos integrantes de una familia numerosa de categoría especial, conforme a la normativa reguladora de familias numerosas, siempre y cuando el causante sea miembro integrante de dicha familia. 3
IMPUESTO DONACIONES (A partir 12 enero 2017) Las adquisiciones inter vivos por sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se aplicará una deducción autonómica del 60% de la cuota que resulte después de aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, procedan. No obstante, esta deducción será del 99% en el caso de sujetos pasivos integrantes de una familia numerosa de categoría especial, conforme a la normativa reguladora de familias numerosas, siempre y cuando el donante sea miembro integrante de dicha familia. 4
IMPUESTO ITP (A partir 12 enero 2017) Tributarán al tipo del 1% las siguientes operaciones: a) Las adquisiciones de inmuebles por Sociedades de Garantía Recíproca como consecuencia de operaciones de dación en pago, liquidaciones en procedimientos concursales o ejecuciones hipotecarias, que deriven de obligaciones garantizadas por las mismas. b) Las adquisiciones de inmuebles que se realicen por empresarios o profesionales con financiación ajena y con el otorgamiento de garantía por Sociedades de Garantía Recíproca. Para la aplicación de este tipo reducido la garantía ofrecida deberá ser de, al menos, el 50% del precio de adquisición. c) Las transmisiones de inmuebles realizadas por Sociedades de Garantía Recíproca empresarios o profesionales, siempre que hayan sido adquiridos previamente por aquellas en virtud de operaciones de dación en pago, liquidaciones en procedimientos concursales o ejecuciones hipotecarias. 5
IMPUESTO AJD (A partir 12 enero 2017) Tributarán al tipo de gravamen del 0,1%, sin perjuicio de aquellos regímenes más beneficiosos que puedan ser de aplicación por la normativa estatal: a) Los documentos notariales que formalicen la constitución y cancelación de derechos reales de garantía cuyo sujeto pasivo resulten ser Sociedades de Garantía Recíproca. b) Los documentos notariales que formalicen la constitución y cancelación de derechos reales de garantía a favor de entidades financieras cuando concurran en igualdad de rango con garantías constituidas a favor de Sociedades de Garantía Recíproca, y siempre que dichas Sociedades garanticen al menos un 50% de las cantidades objeto de financiación ajena. c) Los documentos notariales que formalicen la novación del préstamo, así como el mantenimiento del rango registral o su alteración mediante posposición, igualación, permuta o reserva del mismo, cuando en dichas operaciones participen las Sociedades de Garantía Recíproca. 6
MUNICIPIO DE LORCA (A partir 1 enero 2017) Con efectos desde el 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida, se modifica la disposición final primera de la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales extraordinarias para el municipio de Lorca como consecuencia del terremoto de 11 de mayo de 2011, que queda redactada de la siguiente forma: Primera. Vigencia temporal. Las medidas establecidas en esta ley se aplicarán a los hechos imponibles cuyo devengo se produzca desde el día 11 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2018, salvo lo establecido en el artículo 10.5 que será de aplicación a los hechos imponibles cuyo devengo se produzca desde el 4 de noviembre de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018. 7
NOVEDADES PACO 2017 8
ÍNDICE 1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía 2. Ley PGCARM 3. Búsqueda de vehículos 4. Anotaciones preventivas 5. Modelo 609 Operaciones societarias 6. Préstamos hipotecarios Plan Lorca 7. Casilla Carácter de los bienes 8. Extinción de condominio 9. Adjudicaciones por subasta 10. Solares 11. Mejora en la validación del campo Teléfono 12. Nuevos modelos de fraccionamiento/aplazamiento 9
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios genéricos: Nuevo panel Referencia catastral individualizada : - Se ubica en la pestaña Registro y catastro. - Por defecto, se marca Sí. Al cambiar a No habilita el campo cuota de participación para inmuebles sin referencia catastral individualizada, que debe ser rellenado. 10
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios genéricos: Nuevo panel Anterior transmisión : - Se ubica en la pestaña Tributación. - Los campos Fecha anterior transmisión y porcentaje anterior transmisión son obligatorios. Nuevo panel Derecho transmitido : - Se ubica en la pestaña Tributación. - Toma los valores Pleno Dominio, Usufructo y Nuda Propiedad para modelos de transmisiones y donaciones, los valores Pleno Dominio y Nuda Propiedad en los modelos de Sucesiones y el valor Usufructo en los modelo s de extinción de usufructo. 11
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios modelo TRANSMISIONES: Nueva pestaña Transmisiones : - Se completarán por transmitente los porcentajes de transmisión. - Estos porcentajes se rellenarán por defecto en relación al número de transmitentes y se podrá modificar. 12
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios modelo SUCESIONES: Nueva pestaña Adjudicación : - Documentos notariales. - Porcentaje de adjudicación por sujeto pasivo para el bien urbano dado. - Excluyente con la pestaña Adquisición. - Permite modificarse, siempre que no hayan legados presentes. - Si el método de cálculo es manual, se deben introducir a mano los valores. Si el método de cálculo es automático se proponen los porcentajes de adjudicación según el elegido. - Si hay legados presentes, los porcentajes se calculan en base al valor de los legados y no se permite modificar. 13
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios modelo SUCESIONES: Nueva pestaña Adquisición : - Documentos privados, judiciales o administrativos. - Porcentaje de adquisición por sujeto pasivo para el bien urbano dado. manual. - Excluyente con la pestaña Adjudicación. - No permite modificarse, excepto en cálculo - Si el método de cálculo es manual, se deben introducir a mano los valores. Si el método de cálculo es automático se proponen los porcentajes de adjudicación según el elegido. - Si hay legados presentes, los porcentajes se calculan en base al valor de los legados y no se permite modificar. 14
1. Ayuda a la declaración del Impuesto de Plusvalía Finca urbana - Cambios modelos EXTINCIÓN USUFRUCTO: Se añade la descripción de la finca urbana. 15
2. Ley PGCARM Aprobada el 12/01/2017. Cambios modelos TRANSMISIONES: - Se caduca el hecho imponible DN7 (CONSTITUCIÓN HIPOTECA A FAVOR DE SGR). - Nuevo grupo "Sociedad Garantía Recíproca AJD", con sus modalidades de tributación asociadas (CONST. Y CANCELAC DE DERECHOS REALES A FAVOR SGR, CONST/CANCELAC DCHOS GARANTÍA A FAVOR FINANC Y SGR y NOVAC PRÉST Y MODIFICAC DE RANGO Q PARTIC LAS SGR), al 0,1%. - Dentro de urbanas y rústicas, aparecen las nuevas modalidades de tributación (ADJUDICACIÓN POR LAS SGR DE INMUEBLES, ADQUISICIÓN DE INMUEBLES DE LAS SGR y ADQUISICIÓN DE INMUEBLES CON GARANTÍA DE LAS SGR), al 1%. 16
2. Ley PGCARM Cambios modelos SUCESIONES: - En la pestaña de Parentesco y Patrimonio del sujeto pasivo, se incorpora el panel "Familia numerosa especial". - Para fechas de devengo dentro de la aplicación de la Ley, si se marca esta opción para un grupo de parentesco II, la deducción autonómica del grupo II pasa a ser un 99%, si no se marca es un 60%. 17
2. Ley PGCARM Cambios modelos DONACIONES: - En la pestaña de Parentesco y Patrimonio del sujeto pasivo, se incorpora el panel "Familia numerosa especial". - Solo aplicable en documentos notariales - Para fechas de devengo dentro de la aplicación de la Ley, si se marca esta opción para un grupo de parentesco I o II, la deducción autonómica del grupo I y II pasa a ser un 99%, si no se marca es un 60%. 18
3. Búsqueda de vehículos Cambios modelo 620 (compraventa de vehículos): - Fecha de matriculación: no editable cuando se obtiene de la consulta de Tráfico. - Valor declarado imputable: Se permite poner un valor menor del de las tablas. - Cambiar Vehículo comercial por Excluidos tablas. 19
3. Búsqueda de vehículos Cambios modelo 620 (compraventa de vehículos): - Cuando se selecciona " Excluidos tablas ", se comprueba si la Marca y el Modelo (los dos primeros campos) que ha introducido a mano, existe en nuestras tablas, en caso afirmativo muestra un mensaje informando del hecho y no permitiendo la confirmación de la declaración, obligando a que se rellene con búsqueda a Tráfico. 20
3. Búsqueda de vehículos Qué hacer cuando esta incluido en tablas y la marca de tráfico no coincide con nuestras tablas? Ejemplo un Mini 21
3. Búsqueda de vehículos 22
3. Búsqueda de vehículos 23
3. Búsqueda de vehículos 24
3. Búsqueda de vehículos 25
3. Búsqueda de vehículos 26
4. Anotaciones Preventivas Se cambia Descripción del objeto tributario, por Nº de finca registral. 27
5. Modelo 609 Operaciones societarias Se permite que la base imponible sea cero para los hechos imponibles: - SO3: DISMIN. CAPITAL SOC.NO ANONIMA - SX3: DISMINUCION CAPITAL S.A. 28
6. Préstamos hipotecarios Plan Lorca En los modelos 600 y 605, referido al código de hecho imponible DJ6 ( PRESTAMOS HIPOTECARIOS PLAN LORCA) se elimina el límite establecido de 200.000. 29
7. Casilla Carácter de los bienes El carácter de los bienes (ganancial o privativo) que aparece en la página 3 del modelo 650D, ahora aparece también en el anexo 650-081 (Relación y valoración de bienes inmuebles urbanos), así como en el anexo 650-082 (Relación y valoración de bienes inmuebles rústicos). 30
8. Extinción de condominio La extinción de condominio se ha quitado del modelo 605 y se ha añadido al modelo 600, dentro de las modalidades de tributación de las fincas, para obligar a rellenar la descripción de éstas. Se encuentran dentro del objeto tributario, fincas urbanas y rústicas. 31
9. Adjudicaciones por subasta Ya no se encuentran dentro del objeto tributario: Actos equiparables a TPO 32
9. Adjudicación por subasta Dentro de la finca Urbana o rústica, en la modalidad de tributación. 33
10. Solares El tipo reducido del 3% para familias numerosas y para jóvenes menores de 35 años, se puede aplicar también a los solares, no sólo a las viviendas. 34
11. Mejora en la validación del campo Teléfono Se valida que el campo tenga una longitud mínima de 9 dígitos. Se valida que el valor no sea todo ceros. 35
12. Nuevos modelos de fraccionamiento/aplazamiento Se muestran los nuevos impresos de fraccionamiento/aplazamiento. Según el valor aplazado es menor o mayor de 30,000, se muestra un PDF u otro. 36