ESTATUTO ORGANICO DE GESTION POR PROCESOS DEL INIGEMM



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Transcripción:

ESTATUTO ORGANICO DE GESTION POR PROCESOS DEL INIGEMM Norma: Resolución 3 Publicación: Registro Oficial Suplemento 120 Fecha: 17-feb-2011 Estado: Vigente EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO, MINERO, METALURGICO Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre del 2008, estableció un nuevo marco institucional del Estado; Que, mediante Ley No. 045, publicada en el Suplemento al Registro Oficial No. 517 de 29 de enero del 2009, se expidió la Ley de Minería, que estableció el nuevo marco institucional del sector público minero; Que, el Art. 10 de la Ley de Minería, crea el Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico (INIGEMM), con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y patrimonio propio; adscrito al Ministerio sectorial y tiene competencia para generar, sistematizar, focalizar y administrar la información geológica en todo el territorio nacional, para promover el desarrollo sostenible y sustentable de los recursos minerales y prevenir la incidencia de las amenazas geológicas y aquellas ocasionadas por el hombre, en apoyo al ordenamiento territorial; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 119, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 67 de 16 de noviembre del 2009, se expidió el Reglamento General de la Ley de Minería; Que, en el Art. 19, inciso primero del Reglamento General de la Ley de Minería, establece que el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico dictará y aprobará el Estatuto Jurídico, Organizacional y Posicional; Que, es necesario dotar al Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico, de una estructura organizacional que facilite gestionar la investigación de los recursos no renovables en materia geológica minera, en cumplimiento de las atribuciones asignadas en el artículo 313 de Constitución vigente y en la Ley de Minería;

Que, en el Art. 313 de la Constitución vigente establece que los recursos naturales no renovables son estratégicos, por lo cual el cumplimiento de las actividades asignadas al INIGEMM, implican un alto grado de complejidad, especialidad, y riesgos de trabajo; Que, el Art. 3 de la Resolución No. SENRES-2009-000013 de 30 de enero del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 541 de 5 de marzo del 2009, dispone que para la ubicación de los puestos institucionales en los grados del 14 al 20 de la presente escala se considerará aquellas instituciones, entidades, organismos y empresas del estado cuyos puestos estratégicos que por sus características como: ámbito, complejidad, especialidad, responsabilidad, riesgos de trabajo ameriten dicha ubicación, previo estudio y resolución de la SENRES y el dictamen presupuestario del Ministerio de Finanzas para cada caso; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 195 de 29 de diciembre del 2009, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 111 de 19 de enero del 2010, se establecen los lineamientos estructurales para organizar las unidades administrativas en los niveles de dirección, asesoría, apoyo y operativo entre otros de los institutos nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva; Que, con oficio No. MEF-SP-DR-2010-503642 de fecha 16 de diciembre del 2010, el Ministerio de Finanzas emitió el dictamen favorable al Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico; Que, mediante oficio No. MRL-FI-2011 0001043 de fecha 24 de enero del 2011, el Viceministro del Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, emitió el dictamen favorable al proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico; y, En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Minería. Resuelve: Expedir el "ESTATUTO ORGANICO DE GESTION ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO, MINERO, METALURGICO". CAPITULO I DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO Art. 1.- MISION: Generar, sistematizar y administrar la información científica y tecnológica: geológico-minera-metalúrgica a nivel nacional, para coadyuvar a un ordenamiento territorial

orientado al desarrollo sostenible y sustentable de los recursos minerales, así como a la gestión preventiva ante las amenazas geológicas en las actividades de la comunidad. Art. 2.- VISION: Consolidar su presencia en el sector geológico-minero-metalúrgico como el organismo estatal rector de la investigación científica y tecnológica geológico-minera-metalúrgica, productor de información técnica confiable, efectiva y transparente, promotor del desarrollo tecnológico para un aprovechamiento sostenible y sustentable y desarrollo del sector geológico minero, propiciando la armonía entre la explotación económica de estos recursos, la naturaleza, y la sociedad. Art. 3.- OBJETIVOS ESTRATEGICOS: 1. Mejorar y difundir el conocimiento sobre la geología nacional y los recursos mineros. 2. Completar y actualizar la Carta Geológica Nacional a diferentes escalas. 3. Determinar y divulgar el inventario nacional de los recursos mineros. 4. Realizar estudios, investigaciones y proyectos geológicos, mineros y metalúrgicos, en el territorio nacional. 5. Organizar y sistematizar toda la información geológica que se genera en el país, incluyendo la plataforma marina. 6. Identificar el patrimonio geológico nacional y propiciar el conocimiento de la geodiversidad en el país. 7. Coadyuvar a la planificación técnica, económica, social y ambiental del aprovechamiento minero. 8. Brindar el apoyo al Ministerio sectorial en el Plan Nacional Minero y en la definición de las áreas de exploración y explotación minera, y en la creación de polos de desarrollo integral que agregue valor económico y social con la industrialización de la producción minera. 9. Asistir técnicamente a la Agencia de Regulación y Control Minero, en las etapas previas a la concesión minera y en el control de los procesos de exploración, explotación y cierre de minas de los concesionarios. 10. Propiciar y difundir la utilización de productos y servicios geocientíficos en las decisiones de las autoridades responsables del ordenamiento territorial, en lo relacionado con la obra pública, explotación minera y asentamientos humanos, de manera especial lo relacionado con el incremento de niveles de seguridad frente a las amenazas geológicas y mineras, como procesos de movimientos en masa, contaminación por causas hidrogeoquímicas de metales base, estabilización de labores mineras, entre otras. 11. Brindar soporte y asistencia técnica a las instituciones responsables del ordenamiento territorial y la gestión de riesgos, para la prevención de peligros geológicos y mineros en la planificación y ejecución de grandes obras de infraestructura.

12. Desarrollar tecnologías de exploración y explotación minera-metalúrgica acordes con la realidad nacional, para incrementar la inversión pública y privada en las actividades geológicomineras. 13. Reducir la dependencia tecnológica externa en los procesos de exploración, y explotación minera-metalúrgica. 14. Elevar la competitividad del sector minero, incrementando el valor agregado de la producción minera para introducirla en el mercado nacional e internacional. 15. Coadyuvar al fortalecimiento y desarrollo con carácter sustentable de la pequeña minería, generando y brindando información y asistencia técnica oportuna. 16. Contribuir a la transformación de la minería artesanal hacia pequeña minería organizada y responsable con el ambiente. 17. Implementar laboratorios de soporte para la investigación científica y tecnológica en materia geológica minera metalúrgica y constituirse en el referente de aseguramiento de calidad de servicios de laboratorios en materia geológica, minera y metalúrgica. 18. Desarrollar un sistema de administración del recurso humano por competencias, en el que la capacitación y el perfeccionamiento del personal, el mejoramiento de las condiciones de trabajo, la evaluación y la retroalimentación constituye la base fundamental de su planeamiento así como la racionalidad y distribución de recursos humanos por ámbito y áreas de trabajo. Art. 4.- VALORES INSTITUCIONALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO, MINERO, METALURGICO: El personal que conforme el instituto, en todos los niveles, se caracterizará por desarrollar sus actividades bajo los siguientes principios y valores: 1. HONESTIDAD: Proceder con rectitud, disciplina, honradez y mística en el cumplimiento de sus obligaciones, y en la elaboración de productos o la prestación de servicios de responsabilidad del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico. 2. LEALTAD Y COMPROMISO CON EL PAIS: Actuar con lealtad dentro del marco institucional, empoderándose de la misión y objetivos nacionales, y en consecuencia con las políticas emanadas por la Presidencia de la República. 3. SERVICIO: Actitud positiva hacia el trabajo, a fin de satisfacer las necesidades y expectativas de sus clientes internos y externos de la institución.

4. TRANSPARENCIA: Característica de los servidores del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico que se manifiesta con un trabajo imparcial, desvinculado de intereses particulares y sujeto al rigor científico-técnico, reflejados en la idoneidad y efectividad de sus acciones y resultados, en el marco de principios éticos y morales de la convivencia institucional y social. 5. RESPONSABILIDAD SOCIAL: Compromiso que adquieren los servidores del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico para alcanzar la visión de la entidad, que les permite asumir las consecuencias de sus acciones y decisiones en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones con la ciudadanía, de tal manera que incrementen sus niveles de confianza y estabilidad de sus relaciones institucionales. 6. TRABAJO EN EQUIPO: Coordinación del talento humano en la consecución de metas y objetivos de la entidad. Art. 5.- ESTRATEGIAS INSTITUCIONALES: 1. La gestión institucional del INIGEMM se cumplirá con enfoque sistémico con los ministerios integrantes del Gobierno Central, en especial con el Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, el Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos, la Secretaría Nacional de Planificación, la Secretaría Técnica de Gestión de Riesgos, la Empresa Nacional Minera, la Agencia de Regulación y Control Minero, los organismos de control, así como con otras instituciones del Gobierno Central, los gobiernos autónomos descentralizados, y la sociedad civil en su conjunto. 2. Las políticas emanadas de la Presidencia de la República, el Plan Nacional de Desarrollo Minero, las disposiciones del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, en cuanto a planificación geológica, minera y metalúrgica, y las resoluciones del Ministro de Recursos Naturales no Renovables, constituirán el marco de gestión institucional y sectorial. 3. En el marco de la Constitución, las leyes, reglamentos y más disposiciones conexas sobre la materia se establecerá un fuerte impulso a las relaciones del Estado con la sociedad civil sobre la base del diálogo nacional para definir alianzas, fijar objetivos y determinar responsabilidades de las partes en el desarrollo geológico, minero y metal, en su condición de sector estratégico de la economía nacional. 4. La base del trabajo en equipo y la administración por procesos, estará complementada con la incorporación de un sistema tecnológico de última generación, que será el instrumento institucional que produzca los resultados esperados, que se someterá al control permanente de gestión de calidad.

5. Se fortalecerá el control interno sobre la base de una precisa y clara asignación de autoridad y responsabilidad a los diferentes niveles jerárquicos institucionales. 6. Se priorizará y fortalecerá la concertación de alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales para cumplir la misión del INIGEMM. 7. La capacitación del talento humano institucional y el acceso a la información científica y a los adelantos científicos y tecnológicos garantizarán el aseguramiento de la calidad de la información y servicios institucionales. CAPITULO II DE LA CADENA DE VALOR, MAPA DE PROCESOS Y ESTRUCTURA ORGANICA INSTITUCIONAL Art. 6.- CADENA DE VALOR DE MACRO PROCESOS: El Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico de conformidad con la Ley de Minería, cumple su misión sobre la base de la siguiente cadena de valor de macro procesos: CADENA DE VALOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO MINERO METALURGICO Nota: Para leer Cadena, ver Registro Oficial Suplemento 120 de 17 de Febrero de 2011, página 4. Art. 7.- DEL MAPA DE PROCESOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO, MINERO, METALURGICO. MAPA DE PROCESOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION GEOLOGICO, MINERO, METALURGICO Nota: Para leer Mapa, ver Registro Oficial Suplemento 120 de 17 de Febrero de 2011, página 5. Art. 8.- DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL PARA LA GESTION DE LOS PROCESOS INSTITUCIONALES: Nota: Para leer Estructura, ver Registro Oficial Suplemento 120 de 17 de Febrero de 2011, página 6.

CAPITULO III DEL CATALOGO DE PROCESOS Y LA ESTRUCTURA BASICA PARA SU GESTION Art. 9.- PROCESOS DE LA INSTITUCION: Los procesos que participan en la generación de productos y servicios del instituto, se ordenan y clasifican en función del grado y nivel de contribución al cumplimiento de la misión institucional. La misión y visión del instituto se cumplirán mediante la gestión de los siguientes procesos. Art. 10.- DE LOS PROCESOS GOBERNADORES: Los procesos gobernadores constituyen un conjunto de actividades relacionadas con el direccionamiento estratégico que orienta la gestión del instituto mediante el establecimiento de políticas, directrices, objetivos, estrategias y disposiciones. Art. 11.- DEL PORTAFOLIO DE PROCESOS GOBERNADORES INSTITUCIONALES: La misión y visión del instituto se cumplirán mediante la gestión de los siguientes procesos gobernadores: 1. Gestión estratégica para el direccionamiento institucional. Responsable: Director Ejecutivo 2. Gestión técnica para el direccionamiento institucional. Responsable: Coordinador General Técnico. Art. 12.- DE LOS PROCESOS AGREGADORES DE VALOR: Los procesos agregadores de valor constituyen el conjunto de actividades que aseguran la entrega de bienes o servicios conforme los requerimientos del cliente ciudadano (usuarios-concesionarios), relacionados con la misión del instituto. Art. 13.- DEL PORTAFOLIO DE PROCESOS AGREGADORES DE VALOR: La misión y visión del instituto se cumplirá mediante la gestión de los siguientes procesos agregadores de valor: 1. Gestión de Geología Regional 2. Gestión de Geología Aplicada 3. Gestión de Geología Económica 4. Gestión de Minería 5. Gestión de Metalurgia y Ambiental

6. Gestión de Procesos Geológicos 7. Gestión de Procesos Químicos 8. Gestión de Geomática. Art. 14.- DE LOS PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA Y APOYO: Constituyen el conjunto de actividades que aseguran la generación de productos y servicios para la satisfacción de las necesidades internas y requerimientos de los procesos ejecutivos, agregadores de valor y de sí mismos, proporcionando a la organización la asesoría y el apoyo necesarios para la continuidad de la gestión. 14.1. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA: 9. Gestión de Asesoría Jurídica 10. Gestión de Planificación 11. Gestión de Comunicación Social 14.2. PROCESOS HABILITANTES DE APOYO: La misión y visión del instituto se cumplirá mediante la gestión de los siguientes procesos habilitantes de apoyo. 1. Gestión Administrativa 2. Gestión Financiera 3. Gestión Tecnológica 4. Gestión de Administración de Recursos Humanos. Art. 15.- COMITE DE GESTION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: El instituto cuenta con un Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, conformado por el Director Ejecutivo o su delegado, quien lo presidirá, el Coordinador General Técnico, el Director de Geología, el Director de Minería, Metalurgia Extractiva y Ambiental, el Director de Laboratorios Geocientíficos, el Director de Planificación, el Director de Asesoría Jurídica, el Director de Comunicación Social, el Director Administrativo Financiero y el Director de Administración de Recursos Humanos. Art. 16.- RESPONSABILIDADES DEL COMITE DE GESTION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional del instituto, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, LOSCCA, tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Coordinar y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al desarrollo institucional.

2. Coordinar la planificación estratégica de la institución. 3. Conocer, previo a su aprobación, el plan de fortalecimiento institucional preparado por la Dirección de Administración de Recursos Humanos. 4. Conocer y coordinar la ejecución de los programas de rediseño y reingeniería de procesos, unidades organizacionales y estructura de puestos. 5. Conocer, coordinar, evaluar y monitorear la implementación de la Planificación Estratégica Institucional, planificación anual de recursos humanos institucional, donde se contemple la creación, supresión, fusión y reestructuración de puestos y plazas, así como contratos de trabajo con o sin relación de dependencia. 6. Conocer y ajustar el Plan Operativo Anual y el presupuestado del instituto. CAPITULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DESCRIPTIVA Art. 17.- ESTRUCTURA ORGANICA: La estructura orgánica responsable de la gestión de los procesos institucionales del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero Metalúrgico, es la siguiente: Nota: Para leer Gráficos, ver Registro Oficial Suplemento 120 de 17 de Febrero de 2011, página 6. CAPITULO V DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLES DEL PROCESO GOBERNANTE Art. 18.-DE LA DIRECCION EJECUTIVA I. Misión: Gestionar el direccionamiento estratégico del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico, velando por el cumplimiento de normas y procedimientos establecidos de acuerdo a la ley, a fin de cumplir con la misión y objetivos institucionales. Responsable: Director Ejecutivo II. Atribuciones y responsabilidades: a. Representación legal, judicial y extrajudicial del INIGEMM;

b. Cumplimento de las disposiciones legales y reglamentarias, así como de las políticas y resoluciones del Ministro Sectorial; c. Gestionar la provisión de los recursos económicos de la institución; d. Rendición de cuentas al Ministro Sectorial de la gestión institucional; e. Aprobación de planes, programas, proyectos y presupuestos respectivos; f. Aprobación de reglamentos, resoluciones, instructivos y más disposiciones administrativas y financieras; g. Suscripción de convenios de investigación, cooperación y asistencia técnica y económica con organismos nacionales, binacionales o multinacionales, personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas; h. Presentación al Ministro Sectorial, de las áreas susceptibles de exploración y explotación minera; i. Aprobación de colaboración a la Empresa Nacional Minera para el desarrollo y ejecución de proyectos mineros en el territorio nacional y en convenios nacionales e internacionales; j. Proposición a las instancias pertinentes de las políticas generales en materia de investigación científica y tecnológica en las diversas áreas de las geociencias y sus aplicaciones; k. Participación en representación del Estado, en los programas y proyectos de colaboración y cooperación internacional en temas geocientíficos; l. Impulso y coordinación de la celebración de convenios con entidades a cargo de información científica y tecnológica en temas geológicos-mineros-metalúrgicos; m. Nombramiento, remoción y contratación de talento humano para el INIGEMM; n. Priorización de formación y capacitación de profesionales de alta calidad y alto nivel académico al servicio del instituto; o. Autorización de la colaboración de personal y equipos del INIGEMM a las universidades, escuelas politécnicas y centros de investigación del país, en materia de investigación científica y tecnológica en las áreas de geociencias; p. Aprobación de un sistema de indicadores de gestión; q. Representación del país en el ámbito de su competencia; y, r. Las demás atribuciones establecidas en las disposiciones legales y reglamentarias. Art. 19.- DE LA COORDINACION GENERAL TECNICA I. Misión: Dirigir, coordinar, evaluar y controlar los resultados de las investigaciones generadas por las Direcciones de Geología; Minería, Metalurgia Extractiva y Ambiental; y Laboratorios Geocientíficos. Responsable: Coordinador General Técnico

II. Atribuciones y responsabilidades: a. Articular y supervisar las investigaciones geológicas, mineras, metalúrgicas, ambientales y de los laboratorios neocientíficos; b. Validar los resultados de las investigaciones en el ámbito de competencia institucional; c. Validar términos de referencia para la provisión y aprovechamiento de asistencia técnica; d. Determinar mejoras en los procesos investigativos; e. Subrogar al Director(a) Ejecutivo(a) en su ausencia; f. Participar en organismos nacionales e internacionales delegados por la Dirección Ejecutiva; y, g. Validar la evaluación de los convenios y acuerdos relacionados con las investigaciones geológicas, mineras, metalúrgicas, ambientales y de laboratorios geocientíficos y la provisión de asistencia técnica. III. Estructura básica: La Coordinación General Técnica tiene una estructura abierta para coordinar y supervisar la gestión de las Direcciones de: Geología; Minería, Metalurgia Extractiva y Ambiental; y Laboratorios Geocientíficos. CAPITULO VI DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLES DE LOS PROCESOS AGREGADORES DE VALOR Art. 20.- DE LA DIRECCION DE GEOLOGIA I. Misión: Dirigir, supervisar y coordinar la realización de los estudios e investigaciones en todos los ámbitos de la geología y los recursos minerales; así como prever las amenazas y peligros geológicos. Responsable: Director de Geología II. Atribuciones y responsabilidades: a. Dirigir la asistencia técnica sobre la investigación geológica a instituciones gubernamentales, gobiernos locales, universidades y comunidades; b. Difundir, sin limitaciones, el conocimiento geológico, metodologías y el soporte técnico general para la prevención de peligros geológicos con énfasis en procesos de movimientos en masa que amenacen a grandes obras: presas, carreteras, oleoductos, canales, aeropuertos, etc., así como lo relacionado con asentamientos humanos;

c. Publicar las investigaciones realizadas en revistas con revisión, nacionales y extranjeras de reconocido prestigio; d. Dirigir y controlar los estudios de geología regional, aplicada, ambiental, económica y petrogenéticos a diferentes escalas; e. Validar la recopilación, organización y sistematización de la información geológica generada por los concesionarios y contratistas mineros, por las entidades estatales, del Gobierno Central, como los gobiernos autónomos descentralizados, y las empresas públicas, mixtas y privadas que realizan estudios e investigaciones geológicas de cualquier tipo dentro del territorio nacional, incluyendo la plataforma marina; f. Supervisar y controlar los estudios relacionados con amenazas geológicas; g. Supervisar y coordinar del desarrollo, mantenimiento, administración, actualización y difusión de la Carta Geológica Nacional a diversas escalas; h. Dirigir, supervisar y coordinar las investigaciones y estudios sobre recursos hídricos subterráneos y superficiales; i. Propiciar las investigaciones hidrogeológicas para el aprovechamiento y explotación de las aguas minerales y medicinales, así como de las aguas geotermales para la producción de energía eléctrica y usos directos; j. Dirigir, supervisar y promover el desarrollo de estudios, investigaciones y proyectos, que conduzcan a determinar áreas con potencial minero: metálicos, no metálicos, minerales preciosos, radioactivos, tierras raras y materiales de construcción, y difundir sus resultados; k. Validar el desarrollo e implementación de metodologías y estándares nacionales para el conocimiento geológico; l. Dirigir, supervisar y validar las investigaciones en zonas de patrimonio geológico nacional y propiciar el conocimiento de la geodiversidad como elemento principal en la gestión ambiental y del ordenamiento territorial; m. Presentar informes respecto de áreas mineras susceptibles de concesionarse; n. Poner a consideración del Director Ejecutivo la suscripción de convenios de asistencia técnica con las entidades nacionales e internacionales a cargo de la ejecución de grandes obras de infraestructura y de asentamientos humanos, y realizar el seguimiento de los respectivos programas; o. Supervisar la realización de investigaciones de procesos de movimientos en masa, para definir acciones de prevención y mitigación, en apoyo a las instituciones responsables de la planificación territorial y de la gestión de riesgos; p. Promover el desarrollo de las investigaciones en conjunto con las universidades y escuelas politécnicas; q. Aprobar el intercambio de información geológica, minera, sismológica y vulcanológica con las instituciones nacionales e internacionales especializadas en la materia, con el fin de suscribir convenios para optimizar la gestión de riesgos; r. Supervisar la ejecución de los convenios suscritos por el instituto en el área de su competencia; y,

s. Identificar otras agencias públicas y privadas, nacionales e internacionales, que usan y requieren servicios y productos geocientíficos. III. La Dirección de Geología tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los procesos de: Geología Regional, Geología Aplicada y Geología Económica. Art. 21.- DEL PROCESO DE GEOLOGIA REGIONAL I. Misión: Generar, mantener, administrar, actualizar y difundir la Carta Geológica Nacional y mapas temáticos a diversas escalas a nivel nacional, regional y local. II. El Proceso de Geología Regional tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Investigaciones Geológicas Regionales y Estudios Petrogenéticos. III. Productos: Investigaciones Geológicas Regionales a. Carta Geológica Nacional a escala regional: 1:1.000.000, 1:500.000, 1:200.000, 1:100.000, 1:50.000, 1:25.000; b. Mapas tectono-estructurales; c. Mapas geofísicos; d. Mapas temáticos; e. Programas de capacitación y asistencia técnica; f. Proyectos de convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, g. Publicaciones geológicas; atlas; memorias geológicas; boletín geológico. Estudios Petrogenéticos a. Estudios Petrogenéticos; y, b. Publicaciones.

Art. 22.- DEL PROCESO DE GEOLOGIA APLICADA I. Misión: Generar, recopilar, procesar, consolidar las investigaciones e información sobre los peligros geológicos y geotécnicos, así como realizar investigaciones hidrogeológicas, geotérmicas, geoarqueologías a nivel nacional, regional y local. II. El Proceso de Geología Aplicada tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Peligros Geológicos y Geotécnicos, Hidrogeología e Hidrogeoquímica y Geoarqueología. III. Productos Peligros Geológicos y Geotécnicos a. Mapas de inventario de procesos de movimientos en masa a diferentes escalas, en apoyo al ordenamiento territorial y gestión de riesgos; b. Reportes de monitoreo y control de procesos de movimientos en masa, utilizando diferentes metodologías; c. Reportes de amenazas por glaciares; d. Mapas geomorfológicos y de pendientes; e. Mapas y memorias de susceptibilidad y peligros geológicos a diferentes escalas, en apoyo al ordenamiento territorial y gestión de riesgos; f. Asesoría especializada sobre peligros/amenazas geológicas; g. Mapas y reportes de caracterización geomecánica de rocas y suelos; h. Programas de Capacitación y Asistencia Técnica; i. Convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, j. Publicaciones. Hidrogeología e Hidrogeoquímica a. Mapas y reportes hidrogeoquímicos; b. Mapa de lito permeabilidades; c. Reportes de investigaciones geotermales; d. Mapas y reportes geoquímicos de suelo, sedimentos fluviales y rocas; e. Mapas y reportes de geoquímica ambiental;

f. Programas de capacitación y asistencia técnica; g. Convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, h. Publicaciones. Geoarqueología a. Mapas de ubicación de zonas a considerarse como patrimonio geológico y minero; b. Programas de capacitación y asistencia técnica; c. Convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, d. Publicaciones. Art. 23.- DEL PROCESO DE GEOLOGIA ECONOMICA I. Misión: Generar, recopilar, procesar y disponer de la información sobre la existencia de los recursos minerales metálicos, no metálicos, minerales preciosos, radioactivos, tierras raras y materiales de construcción, conducentes a determinar áreas con potencial minero en la parte continental y en la plataforma marina del país. II. El Proceso de Geología Económica tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Metalogenia, Recursos Mineros y Evaluación de Recursos Mineros. III. Productos: Metalogenia: a. Mapas y memorias metalogénicas-mineralogénicas; b. Mapas y memorias sobre ocurrencias minerales metálicas, no metálicas, radioactivas, etc.; c. Mapas y reportes de indicios minerales en plataforma marina; d. Mapas e informes de los recursos mineros metálicos, no metálicos, materiales de construcción y otros; e. Mapas de anomalías geoquímicas, radiométricas, etc.; f. Investigaciones y/o prospecciones de minerales radioactivos y tierras raras; g. Programas de capacitación y asistencia técnica; h. Proyectos de convenios de cooperación nacionales e internacionales; e,

i. Publicaciones. Recursos Mineros: a. Reportes sobre prospección geológicas de reservas y recursos minerales en zona continental, plataforma marina y agua del mar; b. Programas de capacitación y asistencia técnica; c. Proyectos de convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, d. Publicaciones. Evaluación de Recursos Mineros: a. Reportes sobre evaluación de prospectos; b. Informes para el Ministerio Sectorial respecto de las áreas mineras que permitan el otorgamiento de derechos mineros; c. Identificación de prospectos minerales; d. Programas de capacitación y asistencia técnica; e. Proyectos de convenios de cooperación nacionales e internacionales; y, f. Publicaciones. Art. 24.- DE LA DIRECCION DE MINERIA, METALURGIA EXTRACTIVA Y AMBIENTAL I. Misión: Dirigir, coordinar y evaluar la gestión de las investigaciones mineras, metalúrgicas y de ambiente, promoviendo el desarrollo y la implementación de tecnologías adecuadas con el medio ambiente. Responsable: Director de Minería, Metalurgia Extractiva y Ambiental II. Atribuciones y responsabilidades: a. Controlar y evaluar la investigación de tecnologías mineras, planificación del trabajo minero, sistemas de ventilación, sistemas de explotación, manejo de residuos gaseosos, sólidos y líquidos en labores mineras; b. Dirigir la investigación geotécnica para los procesos de cierre de minas, preparación y construcción de relaveras, escombreras y otros, y lo relacionado a peligros mineros y residuos ambientales minero metalúrgico;

c. Dirigir y controlar las investigaciones en los campos de la conminución, clasificación y concentración de minerales, Biohidrometalurgia, Pirometalurgia, Electrometalurgia y Refinación, tanto para la recuperación limpia de metales de una mena, como en la búsqueda de tecnologías de mitigación y remediación a ser implementadas en plantas de beneficio; d. Controlar y validar las investigaciones y definición de diagramas de flujo para el procesamiento de menas específicas, y diseñar con este insumo, las unidades productivas tales como centros de refinación, plantas de beneficio y otros, que puedan ser implementados en sectores de pequeña minería y minería artesanal; e. Presentar estudios sobre zonas de amenazas geológicas en distritos mineros; f. Dirigir la asistencia al sector minero en materia minera, seguridad industrial minera y metalúrgica, y temas ambientales; g. Coordinar el proceso de investigación para la recuperación integral de los recursos minerales en áreas minero metalúrgicas; h. Dirigir y supervisar la buena marcha de las investigaciones minero metalúrgicas, e impulsar la implementación de tecnologías limpias, planificación y demás temas relacionados con una buena explotación minera, eficiente recuperación metalúrgica y buen desempeño ambiental en el sector de pequeña minería y minería artesanal; i. Coordinar la asistencia técnica a la Empresa Nacional Minera con la búsqueda de nuevas tecnologías en el ámbito de la explotación minera, innovaciones tecnológicas limpias en metalurgia extractiva, medidas de mitigación en el área minera -metalúrgica, tratamiento de residuos y efluentes minero - metalúrgicos y cierre de minas; j. Determinar el mecanismo para proporcionar al sector minero información y asistencia técnica para la planificación de sus actividades productivas; k. Dirigir y supervisar las investigaciones y el desarrollo e implementación de técnicas de seguridad minera-metalúrgica y prevención de riesgos mineros y metalúrgicos; l. Proponer colaboraciones con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones, que incluyen, pero no limitan, la salud y seguridad minera; técnicas limpias de minería y metalurgia; nuevos procesos mineros metalúrgicos, innovación en medidas de mitigación y remediación ambiental; m. Dirigir y supervisar, a petición del Ministerio Sectorial, de la Empresa Nacional Minera y en coordinación con la Agencia de Regulación y Control Minero, el control técnico de los procesos de exploración, explotación, beneficio y cierre de minas de los titulares de concesiones y contratos mineros, y de mineros artesanales con autorización para el trabajo minero; n. Emitir informes al Ministerio Sectorial respecto de áreas mineras susceptibles de concesionarse; o. Coordinar la recopilación, la interpretación, sistematización y administración de la información de recursos minerales; y, p. Dirigir la publicación de las investigaciones que se realicen, en revistas con revisión a nivel internacional.

III. Estructura básica: La Dirección de Minería, Metalurgia Extractiva y Ambiental tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para gestionar los procesos de: Minería y el de Metalurgia Extractiva y Ambiental. Art. 25.- DEL PROCESO DE MINERIA I. Misión: Generar, recopilar, procesar y consolidar información relacionada con peligros mineros a nivel nacional, regional y local, así como el desarrollo e implementación de tecnologías mineras para asegurar un trabajo minero seguro, eficiente y eficaz. II. El Proceso de Minería tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Gestión Técnica Minera y Procesos Mineros, y Riesgos Mineros, Geomecánica y Geotecnia. III. Productos: Gestión Técnica Minera y Procesos Mineros a. Estudios de métodos alternativos de explotación minera, planificación, construcción y manejo de relaveras y escombreras; b. Informes de planificación anual y multianual de desarrollo del sector; c. Manual de normas técnicas para mejorar la actividad minera, aplicables a nivel nacional y regional; d. Convenios con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones, en salud y seguridad minera; técnica limpias de minería; nuevos procesos mineros; sistemas de ventilación y otros; e. Programas de capacitación y asistencia técnica; y, f. Publicaciones de las investigaciones que se realicen, en revistas con revisión a nivel internacional. Riesgos Mineros, Geomecánica y Geotecnia a. Informes de control técnico de trabajos de exploración, explotación, cierre de minas a petición del Ministerio Sectorial y Agencia de Regulación; b. Informes sobre los pasivos ambientales y su programa de regeneración; c. Bases de datos georeferenciadas;

d. Cursos de capacitación sobre explotación minería y seguridad a los mineros pequeños y artesanales; e. Manuales de seguridad, salud, uso de explosivos, sistemas de ventilación y otros; f. Programas de capacitación y asistencia técnica; y, g. Publicaciones de las investigaciones que se realicen, en revistas con revisión a nivel internacional. Art. 26.- DEL PROCESO DE METALURGIA Y AMBIENTAL I. Misión: Investigar, desarrollar, implementar y brindar asistencia técnica sobre metodologías limpias en la caracterización y beneficio de minerales, sustentadas en pruebas de laboratorio y ensayos a nivel de planta piloto, tendientes a mejorar el aprovechamiento de los recursos minerales y paralelamente minimizar los impactos ambientales. II. El Proceso de Metalurgia y Ambiental tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Metalurgia Extractiva y Ambiental y Asistencia Técnica Metalúrgica y Ambiental. III. Productos: Metalurgia Extractiva y Ambiental a. Informes y reportes de investigaciones en conminación, clasificación, concentración de minerales, biohidrometalurgia, pirometalurgia, electrometalurgia y refinación, fitotecnologías y otras técnicas clásicas y búsqueda de nuevas alternativas tecnológicas para recuperación limpia de metales a partir de minerales; b. Informes técnicos del levantamiento de la información sobre las tecnologías utilizadas a nivel nacional en los ámbitos de tratamiento de minerales, metalurgia extractiva y medio ambiente; c. Informes técnicos de diagnóstico de nuevas tecnologías en los ámbitos de tratamiento de minerales y metalurgia extractiva a nivel nacional e internacional; d. Paquetes informáticos para realizar simulaciones metalúrgicas de procesos de beneficio de minerales; e. Convenios con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones, en nuevos procesos metalúrgicos, sistemas de prevención y mitigación ambiental y otros; f. Manuales varios para tratamiento de residuos sólidos y efluentes de plantas metalúrgicas; y, g. Publicación de las investigaciones que se realicen, en revistas con revisión a nivel internacional. Asistencia Técnica Metalúrgica y Ambiental

a. Diagramas de flujo de plantas de beneficio obtenidos mediante pruebas metalúrgicas, ensayos en serie y/o simulaciones para diferentes menas del país; b. Diseño de unidades productivas tales como centros de refinación, plantas de beneficio y otros, que puedan ser implementados en sectores de pequeña minería y minería artesanal; c. Disponer de libros, artículos científicos y demás información técnica y científica indispensables para las investigaciones en los ámbitos del tratamiento de minerales, metalurgia extractiva y medio ambiente; d. Disponer de laboratorios de conminación, clasificación, biohidrometalurgia, medio ambiente, pirometalurgia, electrometalurgia, por sí o en convenio con universidades y escuelas politécnicas, y centros de investigación; e. Asistencia técnica al sector minero en materia de procesamiento de minerales y metalurgia extractiva, y manejo de residuos sólidos y efluentes; y, f. Convenios a nivel nacional e internacional para el desarrollo de proyectos de asistencia técnica en materia de procesamiento de minerales y metalurgia extractiva, manejo de residuos sólidos y efluentes. Art. 27.- DE LA DIRECCION DE LABORATORIOS GEOCIENTIFICOS I. Misión: Dirigir y supervisar el desarrollo de las investigaciones de los laboratorios de geología, química y geomática; y coordinar la colaboración y trabajos de los laboratorios geocientíficos con las demás áreas del INIGEMM. Responsable: Director de Laboratorios Geocientíficos II. Atribuciones y responsabilidades: a. Dirigir y supervisar los estudios y caracterización microscópica de materiales, rocas y menas por luz transmitida y reflejada, incluyendo la cuantificación de parámetros ópticos, morfológicos, granulométricos e industriales por análisis digital de imagen; b. Dirigir, coordinar y supervisar los estudios aplicados a la orientación de las actividades de exploración minera; c. Determinar las investigaciones paleo geológicas, para tener un mejor conocimiento de las culturas ancestrales; d. Dirigir y supervisar las investigaciones sobre génesis mineral, incluyendo petrografía y micro termometría de inclusiones fluidas; e. Dirigir, supervisar y coordinar las investigaciones sobre mineralogía y petrología aplicadas; f. Promover el apoyo a la solución de problemas mineralúrgicos y de aprovechamiento industrial de minerales, menas, rocas ornamentales, minerales radioactivos y otros;

g. Dirigir y supervisar la generación, mantenimiento, desarrollo y difusión de protocolos normalizados para toda clase de muéstreos geológicos, aguas, sedimentos y suelos y realizar análisis petrográficos, petrológicos, paleogeológicos y mineralógicos y químicos de todo tipo; h. Coordinar la participación y colaboración en su ámbito de competencia, minero, metalúrgico y ambiental; i. Coordinar y supervisar el levantamiento de datos geoespaciales, y la ejecución y mantenimiento de los sistemas de información geográfica, de los datos geográficos, geológicos, mineros, metalúrgicos, ambientales, económicos y sociales de las diferentes áreas mineras del país; j. Dirigir y supervisar la implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) institucional; k. Supervisar el procesamiento e interpretación de imágenes satélites aplicadas al ámbito geológico minero; l. Implementar los estándares oficiales de metadatos, para la información raster, vector y documental; m. Promover el desarrollo de la geoestadística para el procesamiento e interpretación de datos geográficos, geológicos, mineros, metalúrgicos y ambientales; n. Dirigir y supervisar la creación y actualización de las bases de datos geográficos, geológicos, mineros, metalúrgicos, ambientales a nivel nacional y social de las zonas mineras del país; o. Autorizar el intercambio de información con otros servicios geológicos internacionales y entidades similares a nivel nacional e internacional; p. Dirigir y supervisar la administración del Sistema de Información Geográfica del instituto y presentar para aprobación del Director Ejecutivo los planes para su fortalecimiento y mantenimiento, así como los programas de investigación con entidades similares nacionales e internacionales; q. Dirigir y supervisar la digitalización, edición y publicación de la Cartografía Geológica Nacional y temática, para los programas y planes nacionales de ejecución de obras de infraestructura, la ordenación del territorio, y para otros fines dentro del ámbito de actividad del INIGEMM; r. Normalizar los productos de las direcciones de Servicios Geología y la Dirección de Investigación Minero, Metalurgia, Extractiva y Ambiente, así como de los procesos químicos y geológicos, de acuerdo a los estándares institucionales; s. Dirigir la actualización y mantenimiento de la base de datos geocientífica institucional georeferenciada, con las bases de datos cartográficas nacionales y regionales; t. Dirigir y supervisar la consolidación de la información geocientífica, datos, metadatos, servicios e información de tipo geográfico para la creación de la infraestructura de datos espaciales, facilitando a los usuarios potenciales, su localización, identificación, selección y acceso a tales recursos, a través del Internet en el Geoportal institucional; u. Aprobar la elaboración y actualización de catálogos de productos geológico, minero, metalúrgicos; v. Dirigir y supervisar el diseño y desarrollo de sistemas integrados de información georeferenciada, para analizar y consultar la información geológica y producir la cartografía geológica nacional;

w. Dirigir los programas de asistencia técnica y capacitación a sector minero en análisis químicos y control de procesos metalúrgicos y ambientales; x. Dirigir y supervisar el diseño e implementación de laboratorios de análisis químicos y de control de procesos metalúrgicos y ambientales, en zonas de pequeña minería y minería artesanal; y. Establecer colaboraciones con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones en las áreas de su competencia; y, z. Validar las publicaciones de las investigaciones que se realicen en el ámbito de su competencia, en revistas con revisión a nivel internacional. I. Estructura básica: La Dirección de Laboratorios Geocientífícos tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multi-disciplinarios, para gestionar los procesos geocientificos: Geológicos, Químicos y de Geomática. Art. 28.-DE LOS PROCESOS GEOLOGICOS I. Misión: Realizar investigaciones en mineralogía aplicada, mineralogénesis, alteración hidrotermal, microtermometría y geoquímica de inclusiones fluidas, petrografía, análisis digital de imagen aplicado al desarrollo sostenible de recursos minerales. II. El Proceso Geológico tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Mineralogía - Petrografía y Paleontología. III. Productos: Mineralogía - Petrografía a. Informes técnicos de los estudios de caracterización microscópica de materiales, rocas y menas por luz transmitida y reflejada, incluyendo la cuantificación de parámetros ópticos, morfológicos, granulométricos e industriales por análisis digital de imagen; b. Resultados de los estudios aplicados a la orientación de las actividades de exploración minera; c. Reportes de petrografía, petrología ígnea, sedimentaria, paleontología, radiometría, etc.; d. Mapas de interpretación fotogeológica; e. Investigaciones en génesis mineral, incluyendo petrografía y microtermometría de inclusiones fluidas; f. Estudios de mineralogía y petrología aplicadas; g. Convenios de colaboración con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones.

Paleontología a. Normativa para toda clase de muestreos geológicos y análisis petrográficos, petrológicos, paleogeológicos y mineralógicos de todo tipo; b. Investigaciones paleo geológicas; y, c. Publicaciones de las investigaciones, en revistas con revisión a nivel internacional. Art. 29.- DE LOS PROCESOS QUIMICOS I. Misión: Realizar investigaciones en química aplicada a la geociencias y al desarrollo sostenible de recursos minerales, así como diseño e implementación de laboratorios de análisis químicos y control de procesos mineros, metalúrgicos y ambientales en sectores de pequeña minería y minería artesanal y coordinar el apoyo a las diversas dependencias del INIGEMM. II. El Proceso Químico tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Química Elemental, Ambiental y Remediación. III. Productos: Química Elemental a. Informes de investigaciones químicas en el ámbito de ciencias de la tierra; b. Normalización para toda clase de muestreos de aguas, suelos y sedimentos para análisis químicos de elementos, aniones, cationes, especiación, análisis de isótopos, parámetros químicos, físicos, ambientales; c. Programas de asistencia técnica y capacitación al sector pequeño minero y mineros artesanales en análisis químicos y control de procesos metalúrgicos y ambientales; d. Informes de implementación de laboratorios de análisis químicos y de control de procesos metalúrgicos y ambientales, en zonas de pequeña minería y minería artesanal; e. Programas de asistencia técnica para la planificación de sus actividades productivas en los ámbitos de su competencia; f. Convenios de colaboración con universidades y escuelas politécnicas para el desarrollo de investigaciones; y, g. Publicación de las investigaciones que se realicen, en revistas con revisión a nivel internacional. Ambiental y Remediación

a. Reportes de investigación de procesos de remediación; b. Reportes de investigación en aguas y suelos contaminados por metales pesados producidos por la industria minera metalúrgica; c. Investigaciones sobre tratamiento biológico y fotoremediación de caracterización de contaminantes y focos de contaminación; d. Estandarización de procesos de laboratorio de análisis químicos y de control de procesos metalúrgicos y ambientales, en zonas de pequeña minería y minería artesanal; y, e. Asistencia técnica y capacitación al sector minero en análisis químicos y control de procesos metalúrgicos y ambientales. Art. 30.- DE LOS PROCESOS DE GEOMATICA I. Misión: Establecer los procedimientos computarizados para la elaboración de geoinformación y su socialización. II. El Proceso de Geomática tiene una estructura abierta conformada por equipos de trabajo multidisciplinarios, para la gestión de los subprocesos de: Sistemas de Información Geográfica, Información Consolidada, Infraestructura de Datos Espaciales y Sensores Remotos. III. Productos: Sistemas de Información Geográfica a. Sistema de Información Geográfica en el ámbito geológico, minero, metalúrgico; b. Mapas temáticos estructurados; c. Bases de datos geoespaciales; d. Informes de análisis de información georeferenciada; e. Cartografía geológica digital; y, f. Edición de mapas temáticos digitales: - Mapa de rocas y minerales industriales; minerales radioactivos, tierras raras y otros - Mapa temático ambiental - Mapa de litopermeabilidad - Mapa de pendientes - Mapas geológicos y metalogénicos a diferentes escalas

- Mapas de zonas de interés geológico- minero - Mapas geocientíficos básicos para el ordenamiento territorial y gestión de riesgos - Atlas de mapas geocientíficos - Mapas de riesgos múltiples - Mapas hidrogeológicos - Mapas de inventario de sitio de patrimonio geológico, minero, metalurgia - Programas de capacitación en censores remotos, GPS, SIG - Estudios de investigación para lo optimización de procesos automatizados y modelos geológicos. Información Consolidada: a. Normas y estándares de datos espaciales geológicos; b. Manual de normas y estándares geológicos, minero, metalúrgico - ambiental; c. Base de datos geológico, minero, metalúrgico, ambiental, social; y, d. Catálogo digital de productos geológico, minero, metalúrgicos. Infraestructura de Datos Espaciales a. Catálogo y estándares de metadatos; b. Normas y estándares de metadatos, servicios, objetos geográficos espaciales, topónimos; c. Geoservicios (WMS, WFS, WCS); y, d. Política de manejo de información. Censores Remotos: a. Información preliminar (unidades litológicas, estructuras, entre otros); y, b. Informes de identificación de áreas de alteración hidrotermal. CAPITULO VII DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLES DE LOS PROCESOS DE ASESORIA Art. 31.- DE LA DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL