Ayudas e incentivos para empresas

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1 Ayudas e incentivs para empresas Referencia: Actualizad a: 05/03/2018 Cnvcatria de ayudas ecnómicas destinadas al fment del emple de Prgrama integral de cualificación y emple. Plan de capacitación. Línea 2. Ayuda a emprendedres Destinataris: Emprendedres Infrmación de interés Ámbit gegráfic: Organism: Administración: Granada Cámara Oficial de Cmerci, Industria, Servicis y Navegación Organism Autónm Plaz(s) de slicitud: 31/12/2018 Ntas slicitud: Tip: Hasta el 31 de diciembre de 2018 a las 24 hras, hasta agtamient presupuestari Subvención Imprte: 7.200,00 Ntas: CEE: Enlaces: Crédit 2018: eurs. Cuantía máxima de 600 eurs En el marc del Reglament (UE) 1407/2013 de la Cmisión, relativ a la aplicación de ls artículs 107 y 108 de ayudas de mínimis. Referencias de la publicación - Edict Bletín Oficial de la Prvincia de Granada númer 43 de 5 de marz de (Cnvcatria) Sectres Subsectres Descriptres Empresas en general Emple Creación de empresas Emple autónm Emprendedres Página 1 de 1 Resumen de la Ayuda elabrad a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recpilad y prcesad pr la Dirección General de Industria y de la Pyme

2 B.O.P. númer 43 n Granada, lunes, 5 de marz de 2018 n Página 159 Cap. V. Fnd de cntingencia y trs imprevists 2.716,79 B) Operacines de capital: Capítul IX. Pasivs financiers ,20 Ttal Presupuest de Gasts ,77 PLANTILLA DE PERSONAL PRESUPUESTO DE 2018 PERSONAL LABORAL FIJO Puest de Trabaj / Plazas / Titulación Trabajadra Scial / 1 / Diplmatura Psicólga / 1 / Licenciatura PERSONAL LABORAL TEMPORAL Asesra Jurídica del Centr de Infrmación a la Mujer / 1 / Licenciatura Infrmadra del Centr de Infrmación a la Mujer / 1 / Diplmatura Auxiliar de Ayuda a Dmicili / 3 / Graduad Esclar equivalente Cntra la aprbación definitiva del Presupuest que pne fin a la vía administrativa, se pdrá interpner recurs de repsición cn carácter ptestativ ante la Asamblea General en el plaz de un mes a partir de la publicación de este edict, impugnarl directamente mediante recurs cntencis-administrativ, ante el Juzgad de l Cntencis-Administrativ que crrespnda de Granada, en el plaz de ds meses cntads a partir del día siguiente al de la publicación del presente edict en el B.O.P., cuya interpsición n suspenderá pr sí sl la ejecución del presupuest aprbad. Mnachil, 20 de febrer de El Presidente, fd.: Jsé Mrales Mrales. CENTRAL DE RECAUDACIÓN, C.B. NÚMERO COMUNIDAD DE REGANTES DE LA ACEQUIA DE TALABARTE Expsición pública de padrnes cbratris EDICTO Cnfeccinads ls padrnes anuales de la Cuta de Repart Ordinari para el ejercici 2018, así cm las Cutas pr Cnsum para el ejercici 2017 de la Cmunidad de Regantes de la Acequia de talabarte; se expnen al públic pr espaci de 20 días en la Secretaria de la misma, así cm en las Oficinas Recaudatrias sita en C/ Alcalá de Henares, 4 baj 1 de Granada para audiencia de reclamacines, haciéndse saber que de n prducirse estas ls referids padrnes se entenderán elevads a definitivs. Cntra la inclusión, exclusión alteración de cualquiera de ls dats del padrón cbratri, cabe interpner recurs de repsición cn carácter ptestativ ante el Presidente de la Cmunidad, en el plaz de un mes cntad desde el día inmediat siguiente al del términ de expsición pública, presentar recurs Cntencis Administrativ en el plaz de ds meses desde la ntificación del act que pne fin a la vía administrativa ante el tribunal cmpetente de dicha jurisdicción. Asimism y de cnfrmidad cn l establecid en el art. 24 del Reglament General de Recaudación, se hace saber a tds ls participes de la Cmunidad de Regantes, y pr ls cncepts indicads, que el plaz de ingres será únic y cmprenderá desde el día 02/04/2017 al 1/06/2017, ambs inclusive inmediat hábil psterir. El pag de ls recibs se pdrá efectuar mediante el jueg de recibs facilitads al efect y en cas de n recibirl de pérdida puede btener una cpia en las ficinas tant de la Cmunidad cm de esta Recaudación y abnand su imprte en: LA CAIXA C/C Nº ES CAJA RURAL C/C nº ES BMN C/C nº ES Se advierte que, transcurrid el plaz de ingres en períd vluntari, ls recibs serán recargads cn el 10% mensual, y hasta el 30% máxim según l establece el art. 10 y siguientes de las Ordenanzas de la Cmunidad. El inici del perid ejecutiv determinará la exigencia de ls intereses de demra y de ls recargs del perid ejecutiv en ls términs de ls artículs 26 y 28 de la Ley General Tributaria 58/2003 de 17 de diciembre y en su cas de las cstas que se prduzcan. Aprbación de ls reparts y cuantificación de ls misms: -Aprbads en Junta General Ordinaria celebrada el 26 de nviembre de 2017, cn una Cuta para repart Ordinari de 2017 de 13 eurs/fanega y la Cuta pr cnsum 2017 de eurs/ m3, quien se pase de la dtación asignada realizará el pag del exces a 0.05 eurs/m3. Granada, 22 de febrer de El recaudadr, fd.: Abén Rdríguez López. NÚMERO CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE GRANADA Cnvcatria de ayudas ecnómicas destinadas al fment del emple de 2018 EDICTO La Cámara de Cmerci de Granada hace pública una cnvcatria de ayudas a empresas para la cntratación de persnas sin emple y a emprendedres que decidan iniciar una actividad empresarial y/ prfesinal, y que hayan finalizad, en el marc del Prgrama Integral de Cualificación y Emple, la fase de rientación vcacinal del Plan de Capacitación. Estas ayudas estarán cfinanciadas pr el Fnd Scial Eurpe (FSE) dentr del Prgrama Operativ de Emple Juvenil

3 Página 160 n Granada, lunes, 5 de marz de 2018 n B.O.P. númer 43 El plaz para la presentación de slicitudes cmenzará al día siguiente de la publicación de este anunci y finalizará, según l establecid en la cnvcatria, el 31 de diciembre de El text cmplet de la cnvcatria se encuentra dispnible en la web y en la sede de la Cámara de Cmerci de Granada sita en calle Luis Amadr nº Granada. Asimism se puede slicitar infrmación al respect a través de las siguientes vías: Teléfn de cntact: Crre electrónic: ayudaspice@camaragranada.rg NÚMERO JUNTA CENTRAL DE USUARIOS DEL NUEVO CANAL DE RIEGO DE LECRÍN Asamblea general rdinaria EDICTO Pr la presente, cit a tds ls partícipes de este Canal de Riegs de Lecrín a la asamblea general rdinaria que se celebrará, Dis mediante, el viernes 23 de marz de 2018 a las 20:00 hras en primera cnvcatria y a las 20:30 hras en segunda, en el Salón de Acts de la Casa de la Cultura de Talará-Lecrín, cn el siguiente ORDEN DEL DÍA 1.- Lectura y aprbación, si prcede, del acta anterir. 2.- Cuenta General del ejercici Aprbación, si prcede, del Presupuest para el ejercici Renvación de cargs. 5.- Infrmes del Sr. Presidente. 6.- Ruegs y preguntas. L que cmunic para su cncimient, rgándle su asistencia y cn la advertencia de que ls acuerds que se tmen en esta reunión serán válids independientemente del númer de vcales que asistan a la misma. Lecrín, 17 de febrer de El Presidente, fd.: Francisc Garrid Jiménez. JUNTA DE ANDALUCÍA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO ANUNCIO NÚMERO Reslución de 12 de febrer de 2018, de la Delegación Territrial de Granada de la Cnsejería de Innvación, Ciencia y Emple de la Junta de Andalucía pr la que se acuerda el registr, depósit y publicación del Cnveni Clectiv Prvincial de Establecimients Sanitaris y Clínicas Privadas, VISTO el text del CONVENIO COLECTIVO PROVIN- CIAL DE ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS Y CLÍNI- CAS PRIVADAS, (cn códig de cnveni n.º ), acrdad entre la representación de empresaris y de trabajadres, presentad el día 18 de diciembre de 2017 en el Registr Telemátic de Cnvenis Clectivs (REGCON), y de cnfrmidad cn el artícul 90 y cncrdantes del Text Refundid de la Ley del Estatut de ls Trabajadres, aprbad pr Real Decret Legislativ 2/2015, de 23 de ctubre, el Real Decret 713/2010, de 28 de may, sbre registr y depósit de cnvenis y acuerds clectivs de trabaj, y demás dispsicines legales pertinentes, esta Delegación Territrial de Ecnmía, Innvación, Ciencia y Emple de la Junta de Andalucía, ACUERDA: PRIMERO.- Ordenar la inscripción del citad Cnveni Clectiv en el mencinad Registr de esta Delegación Territrial. SEGUNDO.- Dispner la publicación del indicad text en el Bletín Oficial de la Prvincia. DELEGADO TERRITORIAL, JUAN JOSÉ MARTÍN ARCOS CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE ESTABLE- CIMIENTOS SANITARIOS Y CLÍNICAS PRIVADAS Capítul I. Ámbit de Aplicación Artícul 1. Ámbit Territrial El presente cnveni clectiv afecta a la ciudad de Granada y tda su prvincia. Artícul 2. Ámbit funcinal Las cláusulas del cnveni serán de aplicación a tdas las empresas afectadas a establecimients sanitaris de hspitalización, asistencia, cnsultris, despachs particulares y clínicas privadas, tant de medicina general cm de cualquier especialidad, hállense n emplazads en el dmicili particular del la titular. Artícul 3. Ámbit Persnal El presente Cnveni Clectiv afectará tant a la empresa cm al persnal que preste sus servicis en las actividades a que se refiere el artícul anterir. Artícul 4. Vigencia, duración, prórrga y rescisión. El presente cnveni surtirá efects desde el día 1 de ener de 2017, sea cual fuere su fecha de publicación y finalizará el día 31 de diciembre de 2017, sin perjuici de l que se acrdará particularmente sbre determinads cntenids de este Cnveni. La parte que pretenda denunciar el Cnveni, deberá efectuarl cn diez días de antelación a su cnclusión. Denunciad el Cnveni, mantendrá su vigencia durante las negciacines para su renvación. Si n se alcanzase acuerd en el plaz de un añ desde su cnclusión, sin haberse acrdad un nuev Cnveni, éste perderá su vigencia y se aplicará, si l hubiere, el Cnveni Clectiv de ámbit superir que le fuera de aplicación. Capítul II. Garantías. Artícul 5. Cndición más beneficisa Las cndicines que se establecen en el presente cnveni se cnsiderarán mínimas y, en su cnsecuen-

4 Preámbul Cnvcatria de ayudas ecnómicas destinadas al fment del emple Anualidad 2018 PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO PLAN DE CAPACITACIÓN El 28 de febrer de 2013, el Cnsej de Ministrs de Emple, Asunts Sciales, Salud y Cnsum acrdó el establecimient de la Garantía Juvenil, adptada frmalmente pr acuerd del Cnsej de 22 de abril de Cm respuesta a la recmendación de la Unión Eurpea, el Gbiern de España, en crdinación cn las cmunidades autónmas y ls interlcutres sciales y tras entidades de interés acrdó el Plan Nacinal de Implantación de la Garantía Juvenil, que fue presentad a la Cmisión Eurpea el 19 de diciembre de Mediante el Real Decret 8/2014, de 4 de juli, cnvalidad a través de la Ley 18/2014, de 15 de ctubre, se reguló el Sistema Nacinal de Garantía Juvenil en España (en cncret en el Capítul I de su Títul IV). La Ley 18/2014, fue a su vez mdificada mediante el Real Decretley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impuls del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil. Cn el bjet de instrumentar la Iniciativa de Emple Juvenil (IEJ) y articular la implantación del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil, el Gbiern del Rein de España, en crdinación cn las cmunidades autónmas, ls interlcutres sciales y trs agentes interesads acrdó la elabración y puesta en marcha del Prgrama Operativ de Emple Juvenil en el marc del Fnd Scial Eurpe para el perid de prgramación En este sentid el Prgrama Operativ de Emple Juvenil FSE (Nº CCI 2014ES05M9OP001) fue aprbad mediante la Decisión de Ejecución de la Cmisión de 12 de diciembre de 2014 C (2014) 9891 final. El Prgrama Operativ de Emple Juvenil tiene cm fin últim apyar la reducción de la tasa de desemple juvenil en España a través de la mejra de las cualificacines y el fment de la cntratación y el autemple de la pblación jven, td ell rientad al cumplimient de ls bjetivs y las priridades establecidas en la Estrategia UE En el marc de la Garantía Juvenil y en plena cherencia cn el Prgrama Operativ de Emple Juvenil FSE , las Cámaras de Cmerci de España plantean el Prgrama Integral de Cualificación y Emple (en adelante PICE). El mism está integrad pr una serie de medidas frecidas a td el clectiv de jóvenes destinataris de la Garantía Juvenil, a md de itinerari destinad a jóvenes y que abrdan tant la mejra de la educación y la cualificación, cm el fment de la cntratación y el autemple. Las ayudas bjet de regulación en la presente cnvcatria se cncederán de frma directa tal y cm se prevé en el artícul 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. En el citad incis del artícul 22.2 de la citada nrma se recge que pdrán cncederse de frma directa las siguientes subvencines ( ) c) cn carácter excepcinal, aquellas tras subvencines en que se acrediten raznes de interés públic, scial, ecnómic humanitari, u tras debidamente justificadas que dificulten su cnvcatria pública. El régimen de cncurrencia cmpetitiva lleva implícit el establecimient de una cnvcatria 1

5 que, pr su prpia naturaleza, pdría bstaculizar la cnsecución de ls bjetivs que se persiguen cn el Plan de Capacitación del Prgrama de Integral de Cualificación y Emple, pues la necesidad de cntratar a un trabajadr, las prtunidades de negci para establecerse cm autónm, dependen de muchas variables que difícilmente pueden cincidir cn el ámbit tempral de una cnvcatria que tiene uns plazs limitads. En este sentid, el establecimient de una cnvcatria pública en régimen de cncurrencia cmpetitiva únicamente permitiría subvencinar las cntratacines efectuadas en el breve plaz que se cncediera para presentar las slicitudes de subvención, perdiend de este md el estímul a la cntratación, que es un de ls bjetivs que se persiguen cn estas ayudas. Pr td ell se decide que el prcedimient que mejr se adapta al tip de ayudas que se van a cnceder es la cncesión directa, tal y cm se ha señalad en ls párrafs anterires. El imprte en el cas de las ayudas a cntratación (4.950,00 pr cada cntratación) se ha calculad de cnfrmidad cn l dispuest en el Real Decret 1077/2017, de 29 de diciembre, pr el que se fija el salari mínim interprfesinal para 2018, en cuy artícul 3 se dispne que este imprte en ningún cas será inferir a ,60. Desde la Cámara de Cmerci de España se ha estimad cnveniente cnsiderar que el imprte n superase el mntante ttal de seis mensualidades del SMI para 2018 es decir 5.151,30. Dad que en la anualidad 2017 el imprte de las ayudas a la cntratación fue de 4.950, y n se superan las seis mensualidades del SMI, se ha decidid mantener este imprte para la anualidad El imprte en el cas de las ayudas al autemple (600,00 ) se ha calculad en base a la cuta mínima de 50 mensuales durante ls dce meses inmediatamente siguientes a la fecha de efects del alta en el RETA, en el cas de que pten pr ctizar pr la base mínima que les crrespnda, cnfrme a l dispuest en el punt 1 del artícul 3 de la Ley 6/2017, de 24 de ctubre, de Refrmas Urgentes del Trabaj Autónm. Artícul 1. Objet El bjet de esta cnvcatria es establecer el régimen de las ayudas destinadas a fmentar la creación de emple a través de ayudas a las empresas para la cntratación de jóvenes beneficiaris del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil, así cm a apyar el desarrll de nuevas actividades empresariales y/ prfesinales llevadas a cab pr ls jóvenes beneficiaris de dich Sistema Nacinal de Garantía Juvenil. Artícul 2. Presupuest El presupuest de la Cámara de Cmerci de Granada para la cncesión de las ayudas a la cntratación para cada línea de ayudas es la siguiente: Línea 1. Ayudas a la Cntratación. Presupuest: Línea 2. Ayudas al Autemple. Presupuest: Las actuacines subvencinables cn carg a la presente cnvcatria están cfinanciadas pr el Fnd Scial Eurpe a través del Prgrama Operativ de Emple Juvenil aprbad para el perid pr Decisión C(2014) 9891 final, de 12 de diciembre de 2014 (Mº CCI 2014ES05M9OP001). Artícul 3. Régimen Jurídic Reglament (UE) Nº 1304/2013 del Parlament Eurpe y del Cnsej, de 17 de diciembre de 2013, relativ al Fnd Scial Eurpe y pr el que se derga el 2

6 Reglament (CE) Nº 1081/2006 del Cnsej. Reglament (UE) Nº 1303/2013 del Parlament Eurpe y del Cnsej, de 17 de diciembre de Reglament de Ejecución (UE) Nº 821/2014 de la Cmisión, de 28 de juli de 2014, pr el que se establecen dispsicines de aplicación del Reglament (UE) nº 1303/2013. Reglament de Ejecución (UE) Nº 215/2014 de la Cmisión, de 7 de marz de 2014, pr el que se establecen las mdalidades de aplicación del Reglament (UE) Nº 1303/2013 del Parlament Eurpe y del Cnsej. Reglament Delegad (UE) Nº 480/2014 de la Cmisión, de 3 de marz de 2014, que cmplementa el Reglament (UE) Nº 1303/2013 del Parlament Eurpe y del Cnsej. Reglament (UE) Nº 1407/2013, de la Cmisión, de 18 de diciembre de 2013, relativ a la aplicación de ls artículs 107 y 108 del Tratad de Funcinamient de la Unión Eurpea a las ayudas de minimis. Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. Real Decret 887/2006, de 21 de juli, pr el que se aprueba el Reglament de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines y demás nrmativa autnómica que resulte aplicable en la materia. Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas. Ley 18/2014, de 15 de ctubre, de aprbación de medidas urgentes para el crecimient, la cmpetitividad y la eficiencia. Real Decret-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impuls del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil. Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, pr el que se determinan ls gasts subvencinables pr el Fnd Scial Eurpe durante el períd de prgramación Ley 20/2007, de 11 de juli, del Estatut del trabaj autónm. Ley 6/2017, de 24 de ctubre, de Refrmas Urgentes del Trabaj Autónm. Artícul 4. Accines subvencinables y cuantía de las ayudas Las ayudas bjet de cncesión se articulan en ds líneas destinadas pr un lad a incentivar y fmentar la cntratación de jóvenes beneficiaris del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil y, pr tr lad, a incentivar la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales y/ prfesinales pr jóvenes beneficiaris del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil. Las ds líneas que se cntemplan sn: Línea 1 Ayudas a la Cntratación Características de ls cntrats: El imprte de la subvención cncedida pr cada cntratación realizada será de 4.950,00, n pudiend ser en ningún cas superir. De cnfrmidad cn l 3

7 dispuest en el penúltim párraf del preámbul de esta cnvcatria. La cntratación deberá frmalizarse cn persnas que en la fecha de inici de la misma sean beneficiarias del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil, en ls términs prevists en la nrmativa estatal que l regula, y que al mens hayan finalizad la rientación vcacinal dentr del Plan de Capacitación del PICE. La tiplgía de cntrats subvencinables es la siguiente: a) Cntrats indefinids. b) Cntrats temprales. c) Cntrats en prácticas. d) Cntrats para la frmación y el aprendizaje. El cntrat será frmalizad cn el beneficiari/a quedand en tds sus aspects (frmalización, ejecución y extinción) smetid a la legislación labral vigente en el mment de la cntratación. N tendrán la cnsideración de subvencinables ls cntrats frmalizads cn persnas que hubieran tenid relación labral cn el beneficiari/a empresa vinculada en ls seis meses anterires al de la frmalización del cntrat presentad en el marc de la presente cnvcatria de ayudas. A ests efects, n se cnsiderará que existe relación labral previa del jven cn la empresa cuand el jven haya estad realizand un períd de prácticas de carácter n labral en la empresa crrespndiente. Cualquiera que sea la tiplgía de cntrat elegida, se deberá garantizar un mantenimient mínim del emple durante al mens ls seis primers meses, a cntar desde la firma del cntrat. En td cntrat que se firme al ampar de esta cnvcatria debe incluirse una referencia a la cfinanciación del mism pr el Fnd Scial Eurpe y de la Iniciativa de Emple Juvenil en el marc del Prgrama Operativ de Emple Juvenil Únicamente se cnsiderarán válids ls cntrats firmads a jrnada cmpleta tiemp cmplet. Línea 2 Ayuda al Autemple La puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/ prfesinal llevada a cab pr jóvenes beneficiaris del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil recibirá una ayuda ecnómica de 600,00, n pudiend ser en ningún cas superir. La puesta en marcha de la nueva actividad empresarial y/ prfesinal deberá de llevarse a cab pr jóvenes beneficiaris del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil que hayan finalizad la rientación vcacinal dentr del Plan de Capacitación del PICE, ya sea cm persna física que en nmbre prpi desarrlla la actividad ecnómica prfesinal a títul lucrativ, mediante su participación, cm sci en una sciedad civil cmuner en una cmunidad de bienes según l previst en el artícul 305 del Real Decret Legislativ 8/2015, de 30 de ctubre, pr el que se aprueba el text refundid de la Ley General de la Seguridad Scial. Se excluyen, en este cas, las meras aprtacines de capital. En este cas, además, sól pdrá trgarse una única ayuda pr actividad empresarial y/ prfesinal, cn 4

8 independencia de que en la misma participe más de un jven que reúna ls requisits señalads. A ls efects de la presente cnvcatria, n será cmpatible el alta en el Régimen Especial de Trabajadres Autónms cn el alta simultánea en trs Regímenes de la Seguridad Scial en el mment de la cncesión de la ayuda. Cualquiera que sea la frma jurídica en que la nueva actividad empresarial y/ prfesinal hubiera iniciad su actividad, esta deberá permanecer en situación de alta en el Impuest de Actividades Ecnómicas y en el Régimen Especial de Trabajadres Autónms durante un mínim de 12 meses. Artícul 5. Requisits de ls Beneficiaris Ls requisits generales que deberán cumplir ls beneficiaris sn: En el cas de la línea 1, el centr de trabaj del beneficiari/a de la subvención ha de estar ubicad en la demarcación de la Cámara de Cmerci de Granada. En el cas de la línea 2, la actividad ecnómica debe desarrllarse (durante ls dce meses) en el ámbit gegráfic prvincial de la Cámara de Cmerci de Granada. N encntrarse incurs en ninguna de las prhibicines a que hace referencia el artícul 13 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines, nrmativa aplicable en la materia prpia de la Cmunidad Autónma crrespndiente. Estar al crriente de las bligacines tributarias y frente a la Seguridad Scial. Cumplir la nrma de minimis (Reglament nº 1407/2013 de la Cmisión, de 18 de diciembre de 2013, relativ a la aplicación de ls artículs 107 y 108 del Tratad de Funcinamient de la Unión Eurpea a las ayudas de minimis). En cas de la línea 1 (ayudas a la cntratación) se entenderá dentr del cncept de empresa, a efects de l establecid pr la presente cnvcatria, a asciacines entidades sin ánim de lucr, cmunidades de bienes y sciedades civiles, a fundacines, federacines, cnfederacines y cualquier tr tip de rganización que n respnda a un mdel de naturaleza estrictamente empresarial, se encuentren dadas de alta en el IAE y tengan actividad mercantil. Artícul 5.1. Beneficiaris Línea 1 Ayudas a la cntratación a) Pdrán slicitar las ayudas aquellas empresas que, desde el mment de entrada en vigr de la cnvcatria y hasta el 31 de diciembre de 2018, hayan frmalizad un cntrat (según ls tips prevists en el punt tercer), cn jóvenes inscrits en el Sistema Nacinal de Garantía Juvenil, que cnsten en dich Sistema cm beneficiaris en el mment de la cntratación y que, en el marc del PICE, hayan finalizad la rientación vcacinal dentr del Plan de Capacitación. b) También pdrán slicitar las ayudas aquellas empresas que hayan frmalizad un cntrat en las mismas cndicines del apartad a), en fecha anterir a la entrada en vigr de la cnvcatria, siempre que se prduzcan estas premisas: - El cntrat se encuentre vigente en el mment de presentación de la slicitud. 5

9 - N hayan transcurrid más de seis meses entre la entrada en vigr del cntrat y la fecha de presentación de la slicitud. Artícul 5.2. Beneficiaris Línea 2 - Ayuda al Autemple Pdrán slicitar las ayudas: a) Aquells jóvenes, beneficiaris del SNGJ, que en nmbre prpi desarrlla la actividad ecnómica prfesinal a títul lucrativ, y que desde el mment de entrada en vigr de la cnvcatria y hasta el 31 de diciembre de 2018 se den de Alta en el IAE y en el RETA. Asimism deberán haber finalizad al mens la fase de rientación vcacinal dentr del Plan de Capacitación en el marc del PICE, y cnstar en el Sistema Nacinal de Garantía Juvenil cm beneficiarias tant en el mment del alta en el IAE y cm en el RETA. b) Aquells jóvenes (beneficiaris del SNGJ) que se hayan dad de Alta en el IAE y en el RETA, en las mismas cndicines del apartad a), en fecha anterir a la entrada en vigr de la cnvcatria, siempre que se prduzcan estas premisas: - Tant el Alta en el IAE cm el alta en el RETA deben encntrarse en vigr en el mment de presentación de la slicitud. - N hayan transcurrid más de seis meses entre el alta en el IAE en el RETA (l que haya sucedid antes) y la fecha de presentación de la slicitud. c) Aquells jóvenes (beneficiaris del SNGJ) que cm alternativa al RETA se hayan dad de alta en un Clegi Prfesinal mutualidad de previsión scial cnfrme a l dispuest en el RDL 8/2015, de 30 de ctubre, pr el que se aprueba el text refundid de la Ley General de Seguridad Scial d) Aquells jóvenes (beneficiaris del SNGJ) que cnstituyan se incrpren a cmunidades de bienes a una sciedad civil cnfrme a l dispuest el artícul 35.4 de la Ley General Tributaria, frmand parte cm cmuners scis y se den de alta en RETA. Artícul 6. Exclusines Se excluyen cm beneficiaris de estas ayudas: Las empresas de trabaj tempral, salv en aquells cass dnde la cntratación de ls/las jóvenes esté destinada a la prpia estructura de la empresa de trabaj tempral, y así quede debidamente acreditad en la slicitud de ayuda. Las Administracines Públicas Internacinales, Eurpeas, Estatales, Autnómicas, Lcales cualesquiera tras, sea cual sea su ámbit de actuación; rganisms públics, entidades y sciedades vinculadas dependientes de las mismas y cualesquiera de ls entes, rganisms y entidades que, de cnfrmidad cn el artícul 3.1 del Real Decret Legislativ 3/2011, de 14 de nviembre, pr el que se aprueba el text refundid de la Ley de Cntrats del Sectr Públic, frman parte del sectr públic; Cámaras de Cmerci Cnsejs Autnómics de Cámaras, así cm cualquier clase de asciacines, fundacines y sciedades civiles mercantiles en las que las citadas institucines prmuevan en las que participen. Además, quedan excluidas de las ayudas reguladas en la presente cnvcatria, ls siguientes 6

10 supuests: Las relacines labrales de carácter especial, previstas en el artícul 2.1 del Text Refundid de la Ley del Estatut de ls Trabajadres, aprbad pr Real Decret Legislativ 1/1995, de 24 de marz, y demás dispsicines legales. Cntratacines que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta el segund grad inclusive de cnsanguinidad afinidad y, en su cas, pr adpción, de: El empresari cuand se trate de persna física. Ls scis, partícipes cmuners de tdas aquellas entidades sin persnalidad jurídica. Ls administradres, apderads, miembrs de ls órgans de administración y cargs de dirección de las empresas que revistan la frma jurídica de sciedad entidad privada. Ls scis que psean al mens la tercera parte del capital scial. Las cntratacines que afecten a scis trabajadres de trabaj de Empresas de la Ecnmía Scial. Las cntratacines encaminadas a la cnsecución de la subvención sin que se prduzca creación real y efectiva de emple, así cm las cntratacines realizadas cn infracción de la legislación labral de Seguridad Scial. Las empresas que hayan extinguid cualquier cntrat de trabaj pr despid disciplinari recncid declarad cm imprcedente pr despid clectiv pr la causa prevista en el artícul 52.c) del Estatut de ls Trabajadres, quedarán excluidas de las ayudas cntempladas en la presente cnvcatria, si ha tenid lugar en ls 6 meses anterires a la firma del cntrat cntrats pr ls que se slicita la ayuda. A ls efects de cnsiderar la fecha del despid disciplinari recncid declarad cm imprcedente, se cmputará dich plaz a partir del recncimient la declaración de imprcedencia, en su cas, de la fecha de efectividad del despid clectiv de extinción pr causa bjetiva. La citada exclusión afectará a un númer de cntratacines igual al de las extinguidas. Las empresas que hayan sid excluidas del acces a ls beneficis derivads de la aplicación de ls prgramas de emple pr la cmisión de infraccines, de cnfrmidad cn l previst en el artícul 46 del Real Decret Legislativ 5/2000, sbre Infraccines y Sancines en el Orden Scial. La n cncurrencia de esta causa de exclusión se acreditará mediante declaración respnsable de la entidad slicitante, sin perjuici de su verificación psterir cuand la entidad cnvcante así l estime prtun, al bjet de cmprbar la veracidad de ls dats declarads. La cntratación de trabajadres que hubiesen estad vinculads a la misma empresa grup de empresas cn cualquier tip de cntrat labral en ls seis últims meses anterires a la cntratación a subvencinar. Cntratacines que se prduzcan en el marc de fertas públicas de emple de prgramas de emple públic de interés general scial. N se pdrá cnceder una ayuda asciada a un jven, si tra empresa, sea n de la 7

11 demarcación de la Cámara de Cmerci cnvcante, ya ha resultad beneficiaria de una ayuda ecnómica pr su cntratación en el marc de una Cnvcatria asciada al PICE. En el cas de las ayudas de la línea 2 (Ayuda al autemple), n pdrán acceder a la cndición de beneficiarias: Aquellas persnas que hayan estad en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Scial de Trabajadres Autónms pr cuenta prpia en ls dce meses anterires al mment en que se prduce el alta en RETA, haber realizad durante igual perid una actividad pr cuenta prpia, que requiera la incrpración a un Clegi Prfesinal cuy clectiv se haya integrad en el Régimen Especial de Trabajadres Autónms en el régimen de previsión scial al que haya ptad cm alternativa al RETA. Aquellas persnas scias cmuneras a las que se refieren ls artículs 4 y 5.2 de la presente cnvcatria cuand en ls dce meses anterires a la fecha de alta en el RETA, hubieran tenid cualquier relación labral cn la cmunidad de bienes u tra entidad sin persnalidad jurídica a la que se incrpra. Aquellas persnas en las que en su cndición de autónm puedan encntrarse en algunas de estas situacines: - Ser administradr de una sciedad mercantil. - Ser autónm clabradr. Aquellas persnas que, participan cm scis en una sciedad civil cmuners en una cmunidad de bienes cuand ésta participación se circunscriba a meras aprtacines de capital. Artícul 7. Obligacines de ls beneficiaris Ls beneficiaris deberán cumplir, además de las bligacines establecidas, las siguientes: Obligacines Generales: a) Mantener el cntrat el nuev pryect empresarial prfesinal bjet de subvención durante un perid mínim de seis meses, a cntar desde la firma del cntrat y en el cas de altas en IAE y RETA, desde su entrada en vigr durante un períd mínim de dce meses, de cnfrmidad cn l establecid en la presente cnvcatria. b) El beneficiari deberá llevar un sistema de cntabilidad aparte, bien asignar un códig cntable adecuad crrespndiente al ingres de la ayuda, de cara a garantizar el cumplimient de l dispuest en el artícul del Reglament (UE) Nº 1303/2013. c) El beneficiari deberá cmunicar cualesquiera tras ayudas, públicas privadas que hubiera btenid slicitad para el mism bjet, si estas se prdujeran cn psteriridad a la fecha de presentación de la slicitud. d) Facilitar cuants dats e infrmación, en cuestines relacinadas cn las ayudas slicitadas cncedidas, les sean requerids pr el órgan cncedente, así cm cmunicar al mism las incidencias y variacines que se prduzcan en relación cn 8

12 aquéllas. e) Smeterse a las actuacines de cmprbación que puedan acrdar ls órgans de cntrl cmpetentes (Cámara de Cmerci, Industria, Servicis y Navegación de España, Intervención General del Estad, Autridad de Gestión del Prgrama Operativ, Tribunal de Cuentas Eurpe, entre trs) y atender a ls requerimients de dcumentación que le sean practicads en el ejercici de esas actuacines de cmprbación, así cm, en general, cuants dats e infrmación sean slicitads en cuestines relacinadas cn las ayudas cncedidas. En especial, pr tratarse de ayudas cfinanciadas cn Fnd Scial Eurpe, el beneficiari quedará smetid a las verificacines y cntrles que se pudieran derivar de la aplicación del artícul del Reglament (UE) Nº 1303/2013. f) Cmunicar al órgan cncedente cualquier mdificación de las cndicines tenidas en cuenta para la cncesión de la subvención, así cm de ls cmprmiss y bligacines asumids pr las persnas beneficiarias y, en su cas, la btención cncurrente de subvencines, ayudas, ingress recurss que financien las actividades subvencinadas. Esta cmunicación deberá efectuarse tan prnt cm se cnzca, y en td cas, cn anteriridad a la justificación de la aplicación dada a ls fnds percibids. g) Estar al día de sus bligacines tributarias estatales y autnómicas y frente a la Seguridad Scial, cn anteriridad a dictarse la prpuesta de reslución de cncesión así cm cn anteriridad a realizar la prpuesta de pag de la subvención. h) Dispner de ls librs cntables, registrs diligenciads y demás dcuments debidamente auditads en ls términs exigids pr la legislación mercantil y sectrial aplicable a la entidad beneficiaria en cada cas, cn la finalidad de garantizar el adecuad ejercici de las facultades de cmprbación y cntrl. i) Cnservar ls dcuments justificativs de la aplicación de ls fnds recibids, incluids ls dcuments electrónics, en cuant puedan ser bjet de las actuacines de cmprbación y cntrl. En especial, y dad que las ayudas cncedidas al ampar de esta cnvcatria están cfinanciadas pr el Fnd Scial Eurpe, las persnas entidades beneficiarias garantizarán el cumplimient de l dispuest en el artícul 140 del Reglament (UE) Nº 1303/2013, que establece la dispnibilidad de ls dcuments justificativs de las cntratacines realizadas durante un períd de tres añs a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluids ls gasts de la peración 1. j) Dispner de un sistema infrmátic de registr y almacenamient de dats cntables relativs a cada una de las peracines que se ejecuten en el marc del Prgrama Integral de Cualificación y Emple y recpilar ls dats necesaris sbre dicha ejecución para la gestión financiera, el seguimient, las verificacines, las auditrías y la evaluación. k) Adptar las medidas adecuadas de difusión para dar publicidad a la financiación 1 1. Sin perjuici de las nrmas pr las que se rijan las ayudas de Estad, la autridad de gestión velará pr que tds ls dcuments justificativs relativs a ls gasts apyads pr ls Fnds sbre las peracines cuy gast ttal subvencinable sea inferir a EUR, se pngan a dispsición de la Cmisión y del Tribunal de Cuentas Eurpe, si así l slicitan, durante un plaz de tres añs a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluids ls gasts de la peración. 9

13 pública de las actuacines subvencinadas, cfinanciadas pr el Fnd Scial Eurpe, en ls términs establecids en el anex XII del Reglament (UE) Nº 1303/2013 y en el artícul 20 del Reglament (UE) Nº 1304/2013, respect a la inclusión de una referencia acerca de que la ayuda se ha recibid en el marc de la Iniciativa de Emple Juvenil. En este sentid, la aceptación de la ayuda implicará su aparición en la lista pública cnfrme a l establecid en el artícul 19 de esta Cnvcatria. l) En el cas de aquells cntrats firmads de frma previa a la entrada en vigr de la presente cnvcatria, el beneficiari deberá infrmar a la persna cuy cntrat es subvencinad que éste ha sid cfinanciad pr el Fnd Scial Eurpe en el marc del Prgrama Operativ de Emple Juvenil m) Cumplir ls principis de publicidad, cncurrencia, transparencia, cnfidencialidad, igualdad y n discriminación. n) Cntar cn la capacidad administrativa, financiera y perativa adecuadas para ejecutar la peración que sea bjet de ayuda. ) Aplicar medidas antifraude eficaces y prprcinadas en el ámbit de gestión: cntrl de calidad y transparencia en la cntratación, cntrl de psibles cnflicts de intereses, cntrl de psibles falsificacines. Igualmente, deberá infrmar a la Cámara de Cmerci rganizadra de ls cass sspechas de fraude detectadas, a la mayr brevedad psible, y de las medidas que se apliquen para su crrección y persecución. p) Dar su cnsentimient para que sus dats sean incluids en la lista publicada de cnfrmidad cn el art. 115 apartad 2) del Reglament (UE) Nº 1303/2013 del Parlament Eurpe y del Cnsej de 17/12/2013, siend cncedra de que la aceptación de la ayuda, supne su aceptación a ser incluidas en la mencinada lista. q) Clabrar cn la Cámara de Cmerci, en l relativ a ls indicadres de prductividad asciads a la actuación bjet de cfinanciación pr parte del FSE. r) Las empresas clcarán, durante la realización de la peración, un cartel cn infrmación sbre el pryect (de un tamañ mínim A3) en el que se mencinará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar visible para el públic, cm pr ejempl la entrada de su edifici. En ests carteles figurará el lgtip de la Unión Eurpea, la referencia al Fnd, el lema, bjetiv temátic y nmbre del pryect. Las empresas beneficiarias incrprarán en la página web siti de Internet, si l tuviera, una breve descripción de la peración cn sus bjetivs y resultads, y destacand el apy financier de la Unión de manera prprcinada al nivel de apy prestad. Sól en aquells cass de micr pymes y sól cuand sea manifiesta la impsibilidad de cumplimient estrict de l indicad en este punt, la pyme autónm entregará un dcument acreditand la impsibilidad de cumplimient. s) Cualquier tra bligación establecida en la presente cnvcatria. Obligacines Específicas Línea 1 Cntratacines Labrales: a) Mantener el nivel de emple existente en la empresa beneficiaria. A tal efect, se entiende que cumple cn la bligación de mantenimient del emple cuand el númer de trabajadres de la empresa en el mment de la finalización del respectiv perid subvencinad (seis meses desde la entrada en vigr del cntrat), sea superir al númer de trabajadres existentes en ls treinta días 10

14 anterires a la entrada en vigr del cntrat. Se entenderá que el beneficiari de la subvención cumple cn esta bligación, cuand la causa de la baja del cntrat sea el fallecimient de un trabajadr, el pase a la situación de incapacidad labral permanente, en sus grads de incapacidad ttal, absluta gran invalidez, la jubilación ttal, el despid disciplinari recncid declarad cm prcedente baja vluntaria del trabajadr, y las previstas en el artícul 15.1 del Estatut de ls Trabajadres. b) Infrmar a ls trabajadres cuy cntrat sea bjet de subvención que el mism está financiad pr el Fnd Scial Eurpe en el marc del Prgrama Operativ de Emple Juvenil c) Si existiera representación legal de ls trabajadres en la empresa beneficiaria, también deberán infrmar a aquella de ls cntrats subvencinads. d) La Cámara de Cmerci de Granada será la encargada de cmprbar que el jven es beneficiari del Sistema Nacinal de Garantía Juvenil. A ls efects de l recgid en este punt la Cámara de Cmerci incluirá en el expediente las pruebas de cmprbación realizadas en este sentid. Artícul 8. Régimen de ayudas Las ayudas reguladas en esta cnvcatria están acgidas al régimen de minimis, establecid en el Reglament (UE) Nº 1407/2013, de la Cmisión de 18 de diciembre de 2013; en virtud del cual la ayuda ttal de minimis, cncedida a una única empresa determinada n será superir a ,00, durante cualquier períd de tres ejercicis fiscales superir a ,00 si se trata de una única empresa que realice pr cuenta ajena peracines de transprte de mercancías pr carretera. Este límite se aplicará independientemente de la frma de la ayuda de minimis del bjetiv perseguid e indistintamente de si la ayuda cncedida pr el Estad miembr está financiada ttal parcialmente mediante fnds prvenientes de la Unión Eurpea. La empresa seleccinada, pr tant, deberá, a ests efects, cmpletar el Anex II que se adjunta a la presente cnvcatria. Para el cómput de ls límites de este régimen de ayudas se tendrá en cuenta el cncept de «única empresa» establecid en el artícul 2 del Reglament (UE) Nº 1407/2013, de la Cmisión de 18 de diciembre de En el supuest de que la empresa haya recibid ayudas de minimis pr encima de ls límites prevists en el Reglament (UE) Nº 1407/2013, de la Cmisión de 18 de diciembre de 2013, en el que cas de que cn el imprte de la ayuda slicitad se superen ls citads límites, será causa de denegación de la ayuda pr parte del órgan cncedente. Artícul 9. Plaz y presentación de slicitudes El plaz de presentación de slicitudes se iniciará cn la entrada en vigr de la cnvcatria y cncluirá el día 31 de diciembre de 2018, siend las 24 hras la hra límite; hasta agtar la dispnibilidad presupuestaria asciada a la presente cnvcatria. La slicitud de participación se presentará cnfrme al mdel adjunt a esta cnvcatria (Anex I) junt a la dcumentación adicinal señalada en el citad Anex, bien cnfrme al 11

15 mdel diseñad a tal efect si se realiza a través de la sede electrónica Las slicitudes, junt cn la dcumentación necesaria indicada en la misma, pdrán presentarse pr alguna de las siguientes vías: A) Físicamente en el registr de la Cámara de Cmerci: Cámara Oficial de Cmerci e Industria de Granada Calle y Númer: C/Luis Amadr nº 26 Códig Pstal Lcalidad: Granada Hrari de registr: De 9h a 14h. B) A través de sede electrónica, accesible en la siguiente dirección: C) Mediante crre pstal certificad a la dirección que se indica a cntinuación: Cámara Oficial de Cmerci e Industria de Granada Calle y Númer: C/ Luis Amadr nº26 Códig Pstal Lcalidad Granada Las slicitudes se cnsiderarán presentadas en la fecha y hra de entrada en el registr crrespndiente según la vía de presentación utilizada. En cas de enviarse pr crre pstal, el enví deberá ser certificad cn el sell de Crres para garantizar que la fecha de remisión está incluida en el plaz de presentación de slicitudes, y para acreditar la hra de presentación. De acuerd cn l establecid pr la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Prtección de Dats de Carácter Persnal, ls dats de carácter persnal necesaris para el desarrll del Prgrama Integral de Cualificación y Emple serán incluids en un ficher del que serán titulares las entidades beneficiarias del Prgrama. Las entidades beneficiarias cederán ls dats necesaris para el desarrll del prgrama en el marc de las actuacines de evaluación, verificación, inspección y cntrl que se puedan llevar a cab, a la Cámara de Cmerci de Granada, a la Cámara Oficial de Cmerci, Industria, Servicis y Navegación de España, al Fnd Scial Eurpe, y al Ministeri de Emple y Seguridad Scial. Cn la presentación de la slicitud y la dcumentación exigida, se acreditará que las entidades beneficiarias cumplen cn ls requisits de la presente cnvcatria. La dcumentación a aprtar variará en función de las ds líneas de ayuda, según el detalle que se recge en el siguiente artícul. Artícul 10. Dcumentación a Presentar cn la slicitud Artícul 10.1) Línea 1: Ayudas a la cntratación Las slicitudes irán acmpañadas de la siguiente dcumentación, en riginal ftcpia cmpulsada, y tendrán que cntener la siguiente dcumentación: a) Anex I.A. Frmulari de slicitud cnfrme al mdel nrmalizad, debidamente cumplimentad y firmad pr el interesad. b) Dcument de identificación fiscal del slicitante. Si es una persna física, cpia cmpulsada del NIE NIF del slicitante. 12

16 Si es persna jurídica, de: Cpia cmpulsada del NIE NIF del firmante de la slicitud. Cpia cmpulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa. Cpia cmpulsada del dcument que acredite el pder de representación ante la Administración (pder bastantead, nta simple del registr mercantil pder ntarial de representación). Cpia cmpulsada de la escritura pública de cnstitución acta fundacinal del slicitante, en su cas, cn sus psibles mdificacines psterires, debidamente inscritas en el crrespndiente Registr Oficial. En el cas de aquellas sciedades civiles cmunidades de bienes que n se hubieren cnstituid mediante escritura pública deberán aprtar: El dcument privad mediante el que han frmalizad su cnstitución bien aquel dcument que legalmente l sustituya y tenga naturaliza equivalente. Este dcument deberá ser de fecha anterir a la fecha de la firma y la fecha de entrada en vigr del cntrat. Anex VII. Declaración respnsable relativa al cmprmis de ejecución asumid pr cada un de ls miembrs de cmunidades de bienes/sciedades civiles, cn el bjetiv de pder acreditar ls cmprmiss de ejecución asumids pr cada una de ls miembrs de la agrupación. En cualquier cas, deberá nmbrarse un representante apderad únic de la agrupación cn pderes bastantes para asumir las bligacines, que cm beneficiari crrespnden a la agrupación. N pdrá dislverse la agrupación (cmunidad de bienes sciedad civil) hasta que haya transcurrid el plaz de prescripción prevists en ls artículs 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines c) Certificación psitiva, expedida pr la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al crriente en el cumplimient de sus bligacines tributarias en relación cn la Ley General de Subvencines, en su defect, declaración respnsable de n estar bligad a presentarlas. d) Certificación psitiva expedida pr la Tesrería General de la Seguridad Scial, de hallarse al crriente en el cumplimient de sus bligacines cn la Seguridad Scial en relación cn la Ley General de Subvencines, en su defect, declaración respnsable de n estar bligad a presentarlas. e) Anex II. Declaración respnsable sbre ls requisits exigids para btener la cndición de beneficiari y de tras subvencines ayudas públicas acgidas al régimen de minimis, cnfrme a l dispuest en el Reglament (UE) Nº 1407/2013, debidamente cumplimentada. f) Infrme: Plantilla Media de Trabajadres en Situación de Alta, crrespndiente a ls treinta días anterires al día de entrada en vigr del cntrat. Se slicita este dcument cn el bjet de cmprbar el increment cn las nuevas cntratacines tant a nivel de emple indefinid cm el nivel de emple ttal y cn el bjet de cmprbar el mantenimient del nuev nivel alcanzad cn la cntratación durante 13

17 el períd pr el que se cncede la ayuda (seis meses). Para ell, se tmará cm períd de referencia el prmedi diari de trabajadres que hayan prestad servicis en ls treinta días naturales anterires a la celebración del cntrat. g) Alta en la Seguridad Scial cm empleadr. h) Certificad de la entidad bancaria dnde se acredite la titularidad de la cuenta crrespndiente. i) Anex III. Relación de las persnas cntratadas para las que se slicita la subvención, acmpañada de la dcumentación que se relacina a cntinuación: Anex IV. Autrización al slicitante pr parte de la persna cntratada para ceder aquells dats de carácter persnal que resulten necesaris para la petición, gestión y justificación de las mismas. Cpia cmpulsada del DNI de la persna cntratada. Cntrat de trabaj debidamente frmalizad. Vida labral mediante las que se pueda cmprbar que ls jóvenes cntratads pr ls que se slicita la ayuda n han trabajad en el día inmediatamente anterir. j) Mdel de slicitud de alta, baja y variación de dats de cuenta de ctización (TA.7). Este dcument sól l deben presentar las empresas de trabaj tempral (ETT) para justificar que ls/las jóvenes cntratads sn para la prpia estructura de la empresa. Artícul 10.2) Línea 2: Ayuda al Autemple a) Anex I.B. Frmulari de slicitud cnfrme al mdel nrmalizad, debidamente cumplimentad y firmad pr el interesad. b) Dcument de identificación fiscal del slicitante: NIE NIF. c) Si prcede, la siguiente dcumentación: a. Cpia cmpulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa. b. Cpia cmpulsada del dcument que acredite el pder de representación. c. Cpia cmpulsada de la escritura pública de cnstitución acta fundacinal del slicitante, en su cas, cn sus psibles mdificacines psterires, debidamente inscritas en el crrespndiente Registr Oficial. d) Certificación psitiva, expedida pr la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al crriente en el cumplimient de sus bligacines tributarias, en su defect, declaración respnsable de n estar bligad a presentarlas. e) Certificación psitiva expedida pr la Tesrería General de la Seguridad Scial, de hallarse al crriente en el cumplimient de sus bligacines cn la Seguridad Scial, en su defect, declaración respnsable de n estar bligad a presentarlas. f) Anex II. Declaración respnsable sbre ls requisits exigids para btener la cndición de beneficiari y de tras subvencines u tras ayudas públicas acgidas al régimen de minimis, debidamente cumplimentada. g) Certificad de la entidad bancaria dnde se acredite la titularidad de la cuenta 14

18 crrespndiente. h) Justificación de la puesta en marcha de la nueva actividad empresarial y/ prfesinal mediante alta: En el Impuest de Actividades Ecnómicas. En el Régimen Especial de Trabajadres Autónms. Si el slicitante es Mutualista (se ha dad de alta en una Mutua de Previsión Scial, alternativa al RETA) se deberá aprtar, certificad del Clegi Prfesinal acreditativ de alta en dich Clegi Prfesinal en el que cnste la fecha efectiva del alta. i) Vida labral mediante las que se pueda cmprbar que el/la jven que slicita la ayuda pr su alta en el RETA ( mutualidad de previsión scial) n han trabajad en el día inmediatamente anterir. Artícul 11. Prcedimient de Cncesión Las ayudas bjet de regulación en la presente cnvcatria se cncederán de frma directa tal y cm se prevé en el artícul 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. La Cámara de Cmerci de Granada atenderá y reslverá las slicitudes de ayuda pr rden de entrada hasta que la dispnibilidad presupuestaria l permita hasta el 31 de diciembre de La n utilización del prcedimient de cncurrencia cmpetitiva se justifica pr las especiales circunstancias que cncurren en el clectiv de jóvenes desempleads al que directamente van dirigidas las ayudas y subvencines bjet de regulación pr la enrme dificultad de su integración labral. Estas sn las raznes que permiten apreciar la cncurrencia de raznes de interés ecnómic y scial que dificultan la cnvcatria pública de aquellas. Artícul 12. Tramitación La subvención se trgará a las slicitudes que cumpliend ls requisits establecids en esta cnvcatria se encuentren dentr del plaz previst para la presentación de slicitudes y exista crédit presupuestari dispnible, siend denegadas el rest. La Secretaria General será el órgan instructr del prcedimient, quién reslverá la cncesión denegación de la subvención, que será cmunicada a ls slicitantes pr escrit. Si la dcumentación aprtada n reuniera ls requisits exigids, se requerirá al slicitante, para que en el plaz de diez días hábiles, cmputads desde el día siguiente a la recepción del requerimient, subsane la falta acmpañe ls dcuments preceptivs, cn la advertencia de que si n se hace, se le tendrá pr desistid de la slicitud, de acuerd cn l establecid en el artícul 68 de la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, de Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas. El plaz máxim para reslver y ntificar será de tres meses, a cntar desde la entrada de la slicitud en ls punts de Registr establecids en el Artícul 9 de la Cnvcatria. Transcurrid dich plaz sin que se haya dictad reslución expresa, se entenderá desestimada la slicitud pr silenci administrativ de acuerd cn l establecid en el artícul 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas. 15

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