La Formación Profesional como salida a la Crisis

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1 La Formación Profesional como salida a la Crisis Debido a los cambios que estamos sufriendo a nivel europeo y mundial, la Formación Profesional necesitaba una modificación en todos sus aspectos que se produjo con la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de Octubre,Ley de Ordenación General del Sistema Educativo ( LOGSE ), en su artículo 30 apartados segundo y cuarto se especifica que la formación profesional tiene como finalidad la preparación de los alumnos para la actividad en un campo profesional, proporcionándoles una formación polivalente que les permita adaptarse a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su vida profesional, dividiéndose en ciclos de grado medio y grado superior, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas en función de los diversos campos profesionales. En el informe emitido por el ministro del interior Datos y cifras 2009/2010, demuestran que la Formación Profesional está en auge y que atraviesan un buen momento éstos estudios postobligatorios. Las previsiones para el presente curso son de , es decir, alumnos más que el curso pasado. Este incremento del 7,8% no hace más que confirmar un cambio de tendencia, por el cual cada vez son más los jóvenes que se decantan por éste tipo de estudios. Tanto la Administración competente como el resto de organizaciones y colectivos que componen la comunidad educativa, parecen estar de acuerdo en que los estudios de FP necesitaban, desde hacía tiempo, un reconocimiento social que los situase en el mismo nivel que el resto de enseñanzas. Era y es ridículo pensar que su cometido sólo fuese el de tabla de salvación para todos aquellos estudiantes incapaces de superar el Bachillerato. Su relego a un segundo plano en la elección académica ha estado siempre falto de justificación, y buena prueba de ello es el actual aumento de alumnado entre los jóvenes y entre aquellos otros que en su día se incorporaron, quizás, demasiado pronto al mundo laboral y ahora que vienen momentos difíciles, deciden iniciar o retomar los estudios de FP. La búsqueda de una titulación acorde con las necesidades del sistema laboral y productivo ha ido, poco a poco, inclinando la balanza del lado de la Formación Profesional. Así se refleja en el informe Panorama de la educación. Indicadores de la 1

2 OCDE 2009 donde podemos apreciar el incremento en la tasa de ingreso en estudios de FP de grado superior, que ha pasado del 19 % en 2001, al 23% en Analizada la situación y con las cifras en la mano, el Ministerio de Educación ha comenzado a mover ficha y durante la inauguración, por primera vez, del curso de Formación Profesional se ha aventurado a lanzar alguna que otra iniciativa sin duda alguna novedosa, como es la creación de una Plataforma Virtual de FP a distancia, el Decreto de convalidaciones entre la FP de Grado Superior y los estudios universitarios de Grado, o el deseo manifiesto del propio Ministro de que algunos centros de Formación Profesional pudieran instalarse dentro de los campus universitarios, al entender, que ese era su sitio por tratarse de una formación de segundo nivel. Estaremos, por tanto, ante el resurgir de la nueva FP?. Todo parece indicar que va a ser así, de ahí que, quizás, debamos empezar por dejar a un lado los nefastos y equivocados planteamientos que sobre ella tenemos, profundizando un poco más en éste tipo de enseñanza cuyo valor añadido es la formación práctica que recibe el alumno, adecuada a los diferentes sectores productivos. En la actualidad, se estructura en 26 familias profesionales y en dos grados: ciclos formativos de grado Medio y ciclos formativos de Grado Superior. El acceso a los estudios de Formación Profesional será el siguiente: Ciclos Formativos de Grado Medio : Para acceder será necesario reunir alguno de los requisitos académicos siguientes: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Formación Profesional de primer grado. Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente. Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimentar de la Reforma de las Enseñanzas Medias. Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del Plan de estudios de 1963 o el segundo curso de comunes experimental. Estar en posesión del título de Técnico. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con algunos de los anteriores. Ciclos Formativos de grado Superior : Para acceder será necesario reunir alguno de los requisitos académicos siguientes: Estar en posesión del título de Bachiller, establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad del Bachillerato Experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias. Haber superado el Curso de Orientación Universitaria o Preuniversitario. Estar en posesión del título de Técnico Especialista de Formación Profesional de segundo grado. Estar en posesión del título de Técnico Superior. Estar en posesión de una titulación universitaria. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores. Pruebas de acceso para el alumnado sin requisitos Académicos: No obstante lo dispuesto en los anteriores apartados, será posible acceder a la 2

3 Formación Profesional Específica sin cumplir los requisitos académicos establecidos, siempre que a través de una prueba el aspirante demuestre tener la preparación suficiente para cursar con aprovechamiento éstas enseñanzas. Podrán presentarse a la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos académicos exigidos para acceder a los mismos y tengan diecisiete años de edad, cumplidos en el año natural de realización de la prueba. Podrán presentarse a la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional: a) Aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos académicos exigidos para acceder al ciclo formativo y tengan diecinueve años de edad, cumplidos en el año natural de realización de la prueba. b) Quienes acrediten estar en posesión del título de Técnico correspondiente a cualquier ciclo formativo de grado medio de la misma familia profesional y tengan dieciocho años cumplidos en el año natural de realización de la prueba. La convocatoria para dichas pruebas deberá llevarse a cabo al menos una vez al año y su finalidad última será la de acreditar que el alumno posee los conocimientos y habilidades necesarios para poder cursar las enseñanzas elegidas. Para ello, el ejercicio al que deberán someterse constará de varias partes, quedando exentos de la parte que proceda los aspirantes que cumplan alguna de las siguientes condiciones: Haber superado los Módulos Obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial; estar en posesión de un certificado de profesionalidad, relacionado con el ciclo que se desee cursar o acreditar una determinada cualificación o experiencia laboral de al menos un año, en el campo profesional relacionado con el ciclo que se quiera cursar. Situación parecida es la que vive el alumno que se decante por un ciclo formativo de Grado Superior. En éste caso, se deberá estar en posesión del título de bachiller para el acceso directo, o en su defecto siguiendo las indicaciones del R.D. 1538/2007, como en el caso anterior, de alguno de los estudios siguientes: segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental; curso de orientación universitaria ( COU ) o preuniversitaria ( PREU ); Técnico especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos u otra titulación universitaria o equivalente. De no ser así, el futuro aspirante deberá superar, como en el Grado Medio, una prueba donde se le exigirá tener, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la misma, o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con el Grado al que desea acceder. La peculiaridad de ésta prueba es que se encuentra dividida en dos partes, una común que versará sobres las materias más instrumentales del Bachillerato ( Lengua y Literatura, Matemáticas e Inglés ) y otra específica sobre conocimientos que tengan conexión con el ciclo formativo al que se aspira. Por supuesto, estarán exentos de ésta parte los alumnos que acrediten: haber superado un ciclo formativo de Grado Medio; estar en posesión de un certificado de profesionalidad relacionado con el ciclo que se pretende cursar o acreditar una determinada experiencia laboral de la menos un año, en el campo profesional elegido. Todos aquellos que se vean obligados a tomar ésta segunda vía para llegar hasta un ciclo superior, deberán cursar el conocido como curso puente, con una duración de un año y donde se les preparará para la superación del examen de acceso. 3

4 Programas de Cualificación Profesional Inicial Cada vez está más extendida la demanda social de jóvenes profesionales con un nivel de formación elevado. Es ese alto grado de cualificación el que les permite acceder a un empleo de más calidad. Tratándose, por tanto, de una exigencia del mundo laboral, sería injusto dejar a un lado a todos aquellos que por diferentes causas son incapaces de seguir el ritmo de formación establecido. Precisamente para ayudar a todos esos alumnos con dificultades se han creado los Programas de Cualificación Profesional Inicial ( PCPI ). De los casi alumnos que este curso se han matriculado en algún ciclo formativo, un 31% lo hace en los PCPI. Ahora bien, conviene tener en cuenta que no se puede equiparar con los Programas de Diversificación curricular. Por ello, hay que orientar bien al alumnado con dificultades de aprendizaje hacia uno u otro programa, según sus características. Tal y como se recoge en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Educación ( LOE ), los Programas de Cualificación Profesional están dirigidos a aquellos alumnos mayores de dieciséis años, que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria obligatoria, y excepcionalmente, ( art ) a los alumnos que con quince años y una vez cursado segundo no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en secundaria. Los objetivos que se pretenden alcanzar con los PCPI son, por un lado, la formación del alumno en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1, es decir, una formación básica en conocimientos y capacidades de la familia profesional elegida, que le va a permitir favorecer su futura inserción laboral, y por otro lado, adquirir las competencias básicas para continuar los estudios en las diferentes enseñanzas, si finalmente decide continuar con sus estudios. En definitiva, se trata de una medida introducida por la LOE encaminada a la consecución del éxito escolar, para un importante número de alumnado en riesgo de abandono escolar. La estructura de estos programas está dividida en módulos obligatorios y módulos voluntarios. Cuando el alumno se matricula en un PCPI comienza a cursar un módulo obligatorio, que a su vez se encuentra dividido en módulos de carácter general y módulos específicos. En los de carácter general se le impartirán conocimientos de formación básica ( lengua, matemáticas, idiomas ), de prevención de riesgos laborales y de inserción laboral. Quedará en manos del módulo específico la formación asociada a alguna unidad de competencia de una cualificación profesional y sin duda, lo más llamativo, la formación práctica en centros de trabajo con un cómputo de 120 horas de prácticas. Una vez aprobado este primer curso el alumno que desee obtener el título de Graduado en ESO tendrá que superar un segundo curso donde se le impartirán los denominados módulos voluntarios. Si bien todos deben cursarlo para obtener dicho título, la diferencia radica en la obligatoriedad de su estudio para los alumnos de quince años, frente a la posibilidad de elección de los mayores de dieciséis que pueden optar por desistir de ese título y abandonar aquí su formación con lo cual, obtendrían un Certificado de Profesionalidad, expedido por el Ministerio de Trabajo, que les permitiría acceder al mundo laboral. Es importante conocer que los módulo obligatorios se desarrollan en todas las modalidades de PCPI donde, como norma general, los grupos estarán compuestos por un máximo de 20 alumnos. La más extendida es la que se conoce como Modalidad General ( su finalidad es la que hemos explicado con anterioridad ) pero también podemos encontrar la Modalidad Especial para alumnos con discapacidad, 4

5 la Modalidad de Aulas Profesionales para los que se encuentran en situación de marginación o riesgo de exclusión, o la de Transición al Empleo para los jóvenes que buscan una inserción inmediata al mundo laboral. Junto a éstas, pueden existir otras en función de la Comunidad Autónoma, puesto que la regulación de los PCPI, como el resto de estudios, se encuentra en manos de los diferentes gobiernos autonómicos. 5

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