Vida Individual. Manual de Capacitación. FORMATE Vida Individual. Vida Individual

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1 Manual de Capacitación INFORMACIÓN VIGENTE A LA FECHA DE ELABORACIÓN DE ESTE

2 CONTENIDO CONTENIDO Visión General... Capítulo 1... Protección Básica... Visión General... Introducción... Cobertura básica... Planes... Planes tradicionales Planes Temporales... Planes Vitalicios... Planes Dotales... Planes flexibles o universales... Beneficios Adicionales... Introducción... Beneficios adicionales por invalidez... Exención de pago de primas... Indemnización por invalidez total y permanente... Renta mensual... Beneficios adicionales por accidente... Gastos Funerarios... Beneficio adicional para el Cónyuge... Enfermedades graves... Capítulo 3... Exclusiones... Visión General... Introducción... Exclusión por fallecimiento... Exclusiones para los beneficios por accidente e Página 2 de 26

3 Visión General Propósito del este curso Objetivos El Seguro de ofrece la satisfacción de una inquietud del individuo en cuanto a su futuro. Por un lado, le ayuda a prevenir el desequilibrio económico que ocasiona la muerte, accidente, invalidez o enfermedad grave del jefe de familia (aquél que provee del sustento). Por otro, también ayuda a prevenir el desequilibrio económico que ocasiona un accidente, una incapacidad permanente o una enfermedad grave. Al finalizar este curso el participante conocerá del Seguro de : La cobertura y tipos de planes Los beneficios adicionales Las Página 3 de 26

4 Capítulo 1 Protección Básica Visión General Introducción Es importante conocer la necesidad de nuestros clientes para ofrecerles el seguro de acuerdo a sus necesidades, como si fuera un traje hecho a su medida. Un seguro de es el convenio que se realiza entre la Aseguradora y el Asegurado que desea garantizar a su familia la conservación de su patrimonio en caso de que muriera, cuando aún la familia depende de él. Objetivos particulares Al concluir el estudio de este tema, el participante podrá: Conocer la cobertura básica del Seguro de Vida Explicar las características de cada uno de los Planes tradicionales y Página de 26

5 Cobertura básica Muerte La cobertura básica del Seguro de Vida es el fallecimiento del Asegurado. Sobrevivencia Se le paga al asegurado cuando cumple cierto plazo y no requieren de la muerte del mismo, por ejemplo, los seguros dotales, de jubilación, etc. Planes La clasificación de los planes básicos en el Seguro de es la siguiente: Planes tradicionales: Temporal Ordinario de vida Vitalicios o de vida entera Dotales Vida pago limitados Planes flexibles o universales En ambos casos, se pueden elaborar paquetes dinámicos, con inversión o de retiro. Planes tradicionales Plan Temporal Propósito El propósito de la cobertura temporal es cubrir una necesidad de duración determinada. Por ejemplo: El período de vida productivo. Educación de los hijos mientras sean totalmente dependientes. Adeudos específicos, generalmente hipoteca. Rentas por cierto tiempo. Personas que requieren un seguro inicial a bajo costo, con alta Página 5 de 26

6 Funcionamiento El Seguro temporal funciona de la siguiente manera: El Asegurado se compromete a pagar primas durante el período pactado en el contrato. La Aseguradora se obliga a pagar la suma asegurada a los beneficiarios designados si el Asegurado fallece durante la vigencia de la póliza y, siempre y cuando se encuentre ésta en vigor. Si al término del plazo previamente contratado el Asegurado sigue con vida, esta cobertura se termina y cesan las obligaciones para ambas partes. La muerte por suicidio sólo se pagará si ésta se presenta después del segundo año continuo de vigencia de la póliza o de su última rehabilitación. Características Las características de este plan son: El plazo de protección y el plazo de pago de primas generalmente son idénticos. La Aseguradora únicamente paga si el Asegurado fallece dentro del plazo previamente pactado. Ofrece exclusivamente protección por fallecimiento durante el plazo contratado. Es el plan más económico. Entre más corto sea el período de cobertura, menor será la prima. Plazo de cobertura Los plazos de cobertura en este seguro son 1, 5, 10, 15 y 20 años o edad alcanzada de 60 ó 65 años. Algunas Compañías manejan también un plazo de 25 Ó 30 años. Condiciones especiales Las condiciones especiales en este plan son: Otorga al Asegurado, valores garantizados, normalmente, al tercer año, de primas pagadas, sólo para plazos iguales o mayores a 10 Página 6 de 26

7 Lineamiento Un lineamiento aplicable a los planes temporales es: La Aseguradora debe pagar la muerte por suicidio, si ésta se presenta después del segundo año continuo de vigencia de la póliza o de su última rehabilitación. Tipos de seguros temporales De acuerdo a las necesidades del Asegurado, las pólizas pueden tener las siguientes características: Tipo Temporal nivelado Temporal renovable Temporal creciente Descripción Crea una reserva en los primeros años donde la expectativa de muerte del Asegurado es menor. Se considera nivelada porque la prima que paga el Asegurado es el promedio de la prima pura de riesgo entre el número de años de protección. El beneficio por muerte (la suma asegurada) se mantiene sin aumento, pero la prima que se paga va aumentando de acuerdo a la edad del Asegurado (prima pura de riesgo). La prima y la suma asegurada se incrementan en un porcentaje, de acuerdo a la inflación. Se conoce como planes dinámicos. Edades de aceptación Las edades de aceptación pueden variar dependiendo de la Compañía.Las generales son: 12 a 70 años, si es renovación. 12 a 65 años, si es póliza nueva. En los planes a edad alcanzada, las edades de contratación son: De los 12 a los 50 años (edad alcanzada 60) De los 12 a los 55 años (edad alcanzada 65 Página 7 de 26

8 Planes Vitalicios Propósito El propósito de los planes o seguros vitalicios es proteger al Asegurado durante toda su vida, y cubrir necesidades permanentes. Por ejemplo: Brinda tranquilidad al Asegurado. Garantiza la estabilidad económica de los beneficiarios. Garantiza que la familia siga viviendo libre de presiones económicas Tipos de planes Existen dos tipos de planes o seguros vitalicios: Seguro Ordinario de Vida Seguro de Vida Pagos Limitados Funcionamiento Estos planes funcionan de la siguiente manera: El Asegurado se compromete a pagar primas durante toda su vida (Ordinario de Vida) o durante un período determinado de tiempo de 5,10,15,20 ó 25 años, o a edad alcanzada de 60 ó 65 años (Vida pagos limitados). La Aseguradora se compromete a pagar la suma asegurada al fallecimiento del Asegurado, en cualquier fecha que ocurra y el Asegurado se compromete a pagar las primas mientras viva (Ordinario de vida) El Asegurado paga las primas durante el tiempo estipulado y la Aseguradora mantiene el plan vigente hasta que el Asegurado muera, sin que pague más primas (Vida pagos limitados) Plazo de cobertura Toda la vida del Asegurado o hasta los 99 o 100 años, dependiendo de la tabla de mortalidad Página 8 de 26

9 Condiciones especiales Las condiciones especiales de los planes ordinarios son: El Asegurado puede contratar todos los beneficios y cláusulas adicionales. Otorga al Asegurado valores garantizados. Su reserva es creciente mientras se pagan las primas, y ofrece dividendos al Asegurado al año de vigencia. Lineamientos La Aseguradora debe pagar la muerte por suicidio, si ésta se presenta después del segundo año de vigencia de la póliza o de su última rehabilitación. La Aseguradora debe pagar la suma asegurada contratada si el Asegurado llega con vida a los 95 ó 99 años de edad, pues se supone que técnicamente el Asegurado fallece a esa edad. Edades de aceptación Las edades de aceptación pueden variar dependiendo de la Compañía. Las generales son: 12 a 70 años en pólizas nuevas. 12 a 99 en pólizas de renovación Planes Dotales Propósito El propósito del Seguro Dotal es cubrir las necesidades de protección y el ahorro en vida a través de una dote, ya que protege al Asegurado durante un plazo determinado, otorgando al término de la vigencia el efectivo o dote, que será igual a la suma asegurada. Este efectivo puede aplicarse al capital de retiro, cubriendo las necesidades de vejez propias del Asegurado y garantizando su estabilidad al retiro, vejez o Página 9 de 26

10 Funcionamiento El seguro Dotal funciona de la siguiente manera: El Asegurado estará protegido y pagará primas sólo por un tiempo determinado (10, 15, 20 ó 25 años o edad alcanzada de 60 ó 65 años). La prima nivelada se utiliza, entre otros, para este tipo de planes. La Aseguradora se obliga a pagar la dote al Asegurado al finalizar el plazo pactado o pagará la suma asegurada a los Beneficiarios, en caso de fallecimiento del Asegurado durante el plazo pactado. Es el único seguro que no sólo cubre contra fallecimiento, sino que da una dote por sobrevivencia. Características Las características de los planes dotales son: El plazo de contratación y el de pago de primas son idénticos. La compañía pagará invariablemente la suma asegurada al Asegurado o a los beneficiarios. Es una combinación de protección y ahorro que satisface necesidades temporales y permanentes (como la vejez, retiro o jubilación). Este plan es el más caro en virtud de combinar la protección y el ahorro. El Dotal puro fundamentalmente es para ahorro y abarata los planes de retiro y educacionales. Condiciones especiales Las condiciones especiales para los planes dotales son: El Asegurado puede contratar todos los beneficios y cláusulas adicionales. Otorga al Asegurado valores garantizados a partir de la 3ª. Anualidad. El crecimiento de la reserva llega a ser igual al monto de la suma asegurada Página 10 de 26

11 Lineamientos Los lineamientos aplicables a los seguros o planes dotales son: La Aseguradora pagará la muerte por suicidio, si ésta ocurre después del segundo año continuo de vigencia de la póliza o de su última rehabilitación. La Aseguradora debe pagar la suma asegurada contratada como en caso de fallecimiento, si el Asegurado llega con vida al término de la vigencia. Edades de aceptación Las edades de aceptación pueden variar dependiendo de la Compañía. Las generales son: 12 a 70 años, si es renovación 12 a 65 años, si es póliza nueva En los planes a edad alcanzada, las edades de contratación son: De los 12 a los 50 años (edad alcanzada 60) De los 12 a los 55 años(edad alcanzada 65 Página 11 de 26

12 Planes flexibles o universales Qué son? Estos planes combinan la protección y el ahorro en una sola póliza de seguros. Tipos de Planes flexibles o universales Planes Universales Descripción Los planes universales nacen debido a que la inflación se quedaba muy por arriba de los incrementos que ofrecían los planes dinámicos y los de protección e inversión. Sus características son: Protección: La suma asegurada se ajusta automáticamente a la inflación registrada en el país. Inversión: Las aportaciones del Asegurado generan dividendos. De dicha inversión se deduce mensualmente el costo del seguro. Flexibilidad: Tiene un plazo mínimo de 20 años donde el Asegurado hará sus aportaciones con la periodicidad que él desee. Coberturas: En estos planes existen dos coberturas: Al fallecer el Asegurado se entregará a los beneficiarios la suma asegurada alcanzada. Al fallecer el Asegurado se entregará a los beneficiarios la suma asegurada alcanzada más el fondo Página 12 de 26

13 Seguros Escolares Su principal objetivo es la creación de un fondo de ahorro que ayudará a solventar los gastos de educación o extraordinarios que surjan en la vida del menor, en caso del fallecimiento de sus padres. Por ley, la protección por fallecimiento se otorga a partir de lo s 12 años; para las edades anteriores, sólo se forma un fondo con intereses atractivos. Cubre al Asegurado por el plazo elegido, ajustándose automáticamente la suma asegurada cada vez que se acumula un porcentaje de inflación fijado o cada año, lo que ocurra primero. En este tipo de seguros, la protección y la entrega de la suma asegurada se establece cuando el menor cumpla 15, 18 ó 2 años dependiendo del tipo de plan contratado. Pueden ser tradicionales o flexibles. Tanto en los planes tradicionales como en los flexibles, se pueden tomar en cuenta las siguientes características: Planes Dinámicos Protección e inversión Retiro Descripción Los planes dinámicos fueron creados para solucionar el problema de la inflación. En los planes de protección e inversión se combina la protección al riesgo de fallecimiento (seguro) con el fondo de inversión a corto plazo (dotales) o aportaciones adicionales. El plan de retiro proporciona un ingreso estable y periódico al Asegurado a partir de su jubilación. Sus características son: Las aportaciones de este programa son deducibles de impuestos. Cubren el riesgo de vejez sin recursos Página 13 de 26

14 Capítulo 2 Beneficios Adicionales Introducción Los beneficios adicionales son coberturas opcionales que se pueden contratar para complementar la cobertura básica. Estos beneficios no se pueden contratar de manera independiente de la cobertura básica. Objetivos Particulares Al concluir el estudio de este tema, el participante podrá: Identificar los beneficios que se pueden contratar en el Seguro de Vida. Conocer la clasificación y el funcionamiento de cada uno de los Beneficios. Beneficios Adicionales Por invalidez Por Accidente Coberturas Adicionales Enfermedad Exención de pago de Primas Indemnización por Muerte Accidental Gastos Funerarios Enfermedades Graves Indemnización por Invalidez Total y Permanente Doble Indemnización por Muerte Accidental o Colectiva Beneficio Adicional para el Cónyuge Renta mensual por invalidez Total y Permanente Indemnización por Pérdida de Página 1 de 26

15 Lineamientos Los lineamientos aplicables a los beneficios adicionales son: Contratación opcional para el Asegurado. Cuentan con suma asegurada propia, la cual podrá ser menor o igual a la cantidad establecida en la cobertura básica, pero nunca superior. Al ser adicionales no pueden contratarse solos. Necesariamente deben agregarse a una cobertura básica. Cuentan con condiciones particulares. Beneficios adicionales por invalidez Definiciones La invalidez es la incapacidad total y permanente que sufre el Asegurado a causa de enfermedad o accidente, que le impida el desempeño de su trabajo habitual o de cualquier otro compatible con sus conocimientos, habilidades, aptitudes y posición social. También se considera como invalidez la pérdida de ambas manos, ambos pies, ambos ojos, una mano y un pie, una mano y un ojo, un pie y un ojo. Toda incapacidad debe tener como origen un accidente o una enfermedad. Lineamientos Los lineamientos generales aplicables son: La Aseguradora tiene derecho a comprobar a su satisfacción que se ha producido el estado de invalidez total o permanente. De igual forma, podrá investigar, generalmente una vez al año, que se mantiene dicho estado. Si el Asegurado se ha rehabilitado o le niega información a la Aseguradora en sus verificaciones, terminarán las obligaciones de ésta. Cuando la invalidez se deba a la pérdida de órganos mencionados en la definición, no opera el período de Página 15 de 26

16 Período de espera El período de espera establecido para que las coberturas de invalidez empiecen a surtir efecto se establece de acuerdo a cada Compañía y se comienza a contar a partir del momento en que se haya dictaminado la incapacidad total y permanente. Exención de pago de primas Alcance Con este beneficio la Compañía se obliga a mantener en vigor la póliza durante todo el plazo contratado, sin más pago de primas por parte del Asegurado. Características Las características de este beneficio adicional son: Mantener vigente la protección por fallecimiento, sin más pago de primas. La suma asegurada la representa el importe de las primas pendientes de cubrir por el período faltante de la vigencia contratada. Su edad de aceptación es de los 18 a los 55 años y se cancela a los 60 años. El período de cobertura es desde que concluye el período de espera, hasta la terminación del plazo de vigencia de la póliza contratada. Lineamientos Los lineamientos para este beneficio adicional son: La Aseguradora aceptará la contratación de este beneficio a los Asegurados con ingresos propios por trabajo. Este beneficio se concederá mediante el pago de la prima adicional respectiva, la que deberá ser cubierta junto con la prima de la póliza a la que se adiciona. Este beneficio se cancelará automáticamente cuando el Asegurado cumpla 60 Página 16 de 26

17 Indemnización por invalidez total y permanente Alcance de cobertura Si el Asegurado llega a sufrir invalidez total y permanente, la Compañía se obliga a pagarle la suma asegurada contratada para esta cobertura. Características El beneficio adicional de invalidez con pago anticipado de la suma asegurada, tiene las siguientes características: Su suma asegurada es igual o menor a la cobertura básica. Las edades de contratación son de 18 a 55 años. No concede valores garantizados ni dividendos. Suma asegurada Una vez transcurrido el período de espera, el Asegurado podrá recibir la suma asegurada contratada, bajo alguna de las siguientes formas: En una sola exhibición Una parte en efectivo y otra en rentas mensuales. En rentas mensuales Los plazos de rentas podrán variar de 2 a 60 meses, y siempre se darán por concluidas si fallece el Asegurado. Lineamientos Los lineamientos para este beneficio adicional son: Este beneficio adicional debe contratarse en conjunto con el beneficio de exención de pago de primas por invalidez. La Aseguradora aceptará la contratación de este beneficio a los Asegurados con ingresos propios por trabajo. Este beneficio se cancelará a partir del aniversario de la póliza inmediata posterior a la fecha en que el Asegurado cumpla 60 años de edad. Al terminar los efectos de este beneficio se suspenderá el pago de prima correspondiente. La suma asegurada contratada en ningún caso será superior a la suma asegurada del plan Página 17 de 26

18 Renta mensual Funcionamiento En caso de que el Asegurado llegue a invalidarse total y permanentemente, la Compañía le pagará rentas mensuales en forma vitalicia. Suma asegurada La suma asegurada de este beneficio está representada por el monto de la renta mensual, misma que no deberá exceder de cierto porcentaje de ingresos del Asegurado, normalmente el 60%. Características Las características de este beneficio son: Ayudar al Asegurado a mantener su nivel de vida con la renta. El período de cobertura comprende desde que haya transcurrido el período de espera, y hasta el fallecimiento del Asegurado. No se pagarán rentas a los beneficiarios o familiares del Asegurado. Deberá contratarse obligatoriamente junto con la cobertura de exención de pago de primas por invalidez. No podrá contratarse al mismo tiempo que la cobertura de indemnización por invalidez. Este beneficio se cancelará automáticamente a los 60 años de edad. Beneficios adicionales por accidente Lineamientos Es necesario que las eventualidades cubiertas ocurran dentro de un plazo no mayor de 90 días naturales, contados a partir de la fecha del Página 18 de 26

19 Definición El accidente es aquel acontecimiento que proviene de una causa externa, fortuita, súbita y violenta, que produce lesiones corporales en la persona del Asegurado. No se consideran accidente las lesiones sufridas por el Asegurado provocadas intencionalmente. Para que un accidente (desde el punto de vista de los seguros) sea procedente debe contar con las siguientes características: Involuntario Consecuencia de una acción externa, que debe ser violenta, fortuita y súbita. No incluye las enfermedades ya que son de tipo interno. Por ejemplo accidente cardiovascular o broncoaspiración. Es necesario que las eventualidades cubiertas ocurran dentro de un plazo no mayor de 90 días naturales, contados a partir de la fecha del accidente. Beneficio Indemnización por muerte accidental Indemnización por pérdidas orgánicas Características Características La suma asegurada de este beneficio es igual o inferior a la contratada en el plan principal. El plazo de contratación es el mismo del plan principal. Las edades de contratación son de 12 a 65 años, pudiendo variar según las políticas de cada empresa. Se paga una prima adicional a la del plan básico durante el tiempo que dure la protección. Se cancelará a partir de la fecha de aniversario de la póliza inmediato posterior a la fecha en que el Asegurado cumpla 70 años de edad o según la política de cada empresa. No concede participación de utilidades. No concede valores garantizados. Funcionamiento Es una indemnización que será pagada si la muerte del Asegurado se debe exclusivamente a la lesión o lesiones a consecuencia de un accidente, y cuando la muerte ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del mismo. Características Su suma asegurada es igual o menor a la del plan principal. Las edades de contratación son de 12 a 65 años y se cancela a los 70, pudiendo variar según las políticas de cada empresa. Se paga una prima adicional a la del plan básico durante el tiempo que dure la Página 19 de 26

20 No concede valores garantizados ni dividendos Se debe contratar conjuntamente con el beneficio de indemnización por muerte accidental. Doble indemnización por muerte accidental o accidente colectivo Al final de esta Tabla, encontrarás las tablas de indemnización que se utilizan. Funcionamiento La Compañía pagará al beneficiario la suma asegurada contratada bajo este beneficio, en caso de que el Asegurado sufra la mutilación, amputación o pérdida de una parte del cuerpo o de su funcionamiento a consecuencia de un accidente amparado. Condiciones: Cuando el Asegurado viaje como pasajero de cualquier vehículo público no aéreo, operado por una empresa de transporte público, con ruta establecida, itinerario fijo y pago de pasaje. Mientras el Asegurado viaje como pasajero en ascensor que opere públicamente (no elevadores de minas). A causa de un incendio en cualquier teatro, hotel o edificio público, en el que se encuentre el Asegurado. Características: El plazo de contratación es el mismo plan principal. Las edades de aceptación son de 12 a 65 años, pudiendo variar según las políticas de cada empresa. Se paga una prima adicional a la del plan principal durante el tiempo que dure la protección. Este beneficio se cancela a los 70 años de edad, pudiendo variar según las políticas de cada empresa. Este beneficio deberá contratarse conjuntamente con el de muerte accidental y/o pérdida de miembros. Suma asegurada: Bajo esta cobertura, quien fallezca deja a sus beneficiarios: SA plan + SA muerte + SA muerte = Indemnización Principal accidental Página 20 de 26

21 Tablas de indemnización para pérdidas orgánicas Por la pérdida de: La vida, ambas manos o pies, la vista de ambos ojos, una mano y un pie, una mano o un pie conjuntamente con la vista de un ojo, por varias pérdidas orgánicas en un mismo accidente La indemnización es de Escala A Escala B % S.A. % S.A Una mano o un pie La vista de un ojo Amputación parcial de un pie, comprendiendo todos los dedos. Tres dedos, comprendiendo el pulgar o el índice de una mano, sordera completa - 30 Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano: el índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano. Un dedo pulgar Un dedo índice Cada uno de los dedos medio, anular y meñique 5 5 Gastos Funerarios El pago correspondiente se hace a aquel beneficiario que haya llevado a cabo el gasto correspondiente y que presente el aviso del siniestro, los documentos que solicite la empresa y las facturas de los gastos. Si el monto total de los gastos fuera menor a la suma asegurada, la diferencia se repartirá entre los beneficiarios señalados en la póliza en el porcentaje indicado. No tiene valores garantizados Edad de contratación de años. La compañía de seguros otorgará al beneficiario que presente el certificado, un porcentaje de la suma asegurada de la cobertura básica (generalmente es de 10%, pero varía dependiendo de la compañía), sin exceder el equivalente a 5 veces el Salario Mínimo General elevado al año vigente en el Distrito Federal en el aniversario póliza inmediato anterior; esta cantidad se descontará de la indemnización que se entregue a dicho Página 21 de 26

22 Beneficio adicional para el Cónyuge En caso de que el Asegurado falleciera, su esposa quedará asegurada por fallecimiento sin más pago de primas por la Suma Asegurada contratada para este beneficio durante el tiempo que falte para concluir el beneficio (cuando el asegurado cumpliera los 65 años). Características: La vigencia del seguro tendrá como máximo hasta que el Asegurado hubiera cumplido la edad de 65 años o el término del plazo del plan básico. Si el fallecimiento de la esposa, bajo las circunstancias anteriores, ocurre por accidente, se pagará el doble de la Suma Asegurada contratada para este beneficio. En caso de que el fallecimiento del Asegurado y el de su cónyuge ocurran simultáneamente, se supondrá, para los efectos de este beneficio, que la muerte del cónyuge fue posterior a la del Asegurado y el pago de este beneficio se efectuará a los beneficiarios designados por el cónyuge. Las edades de contratación son de 18 hasta 55 años y cancela cuando el Asegurado cumpliera los 65 años. Enfermedades graves El asegurado tendrá derecho a la suma asegurada contratada en caso de que se le diagnostique alguna de las enfermedades que a continuación se detallan, siempre y cuando se diagnostique cuando la cobertura esté en vigor. El diagnóstico deberá de ser en forma definitiva expedida por un médico legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión o en su caso, a partir de la fecha en que dicho diagnóstico hubiera sido corroborado por un médico. La Compañía se reserva el derecho de poder comprobar a su costa el diagnóstico presentado, solicitando al Asegurado que se someta a exámenes, auscultaciones y demás pruebas que considere necesarias. En caso de que el Asegurado se negara injustificadamente a someterse a dichos exámenes y pruebas se cancelará el beneficio. Las edades de contratación son de 20 a 55 años y cancela a los 65 años. La suma asegurada se entregará después de que la Compañía tenga en su poder las pruebas de diagnóstico de la enfermedad, siempre y cuando dicha enfermedad se manifieste por primera vez después de transcurridos 30 días a partir de la fecha de inicio de Página 22 de 26

23 Algunas de las enfermedades cubiertas en este tipo de cobertura son: Infarto al miocardio Cáncer Enfermedades cardiovasculares Afección de las arterias coronarias que requieren cirugía de by pass Insuficiencia renal Transplante de órganos vitales Parálisis/paraplejia Padecimiento Descripción Infarto al miocardio La muerte de una parte del músculo cardiaco que sea el resultado de una obstrucción de las arterias coronarias. Cáncer Enfermedades Cardiovasculares Afección de las arterias coronarias que requieren cirugía de by pass Insuficiencia renal Solamente quedarán cubiertos los infartos que ameriten tratamiento intrahospitalario por complicaciones posinfarto como pueden ser arritmia cardiaca, insuficiencia cardiaca, bloqueos cardiacos que ameriten marcapasos, angor residual e intervenciones quirúrgicas como bypass y angioplastia La manifestación de un tumor maligno, (un tumor no encapsulado y que tiene la capacidad de infiltrar y causar metástasis) incluyendo, entre otros, leucemia y la enfermedad de Hodgin. En el cáncer de piel, sólo se cubrirá el melanoma invasivo (el tumor que dio origen al cáncer). El diagnóstico deberá apoyarse con el estudio histopatológico de malignidad. Una enfermedad o accidente cardiovascular que produce secuelas neurológicas de carácter permanente como consecuencia de infarto de tejido cerebral, hemorragia o embolismo in-situ o desde un lugar extracraneal. La intervención quirúrgica a corazón abierto para la recuperación de dos o más arterias coronarias, las cuales se encuentran bloqueadas, dando como resultado una insuficiencia coronaria, siendo necesaria la aplicación de un by pass arterio-coronario. La angioplastia y/o cualquier otra intervención intraarterial serán excluidas de esta definición. Insuficiencia crónica o irreversible de ambos riñones que impida su funcionamiento, cuya consecuencia sea la iniciación de la diálisis renal con regularidad o la realización de un transplante de Página 23 de 26

24 Transplante de órganos vitales Parálisis/paraplejia La realización efectiva de un transplante de corazón, pulmones, hígado, páncreas o médula ósea, pero no en calidad de donante. La pérdida total y permanente del uso de dos o más miembros como consecuencia de una sección medular o enfermedades de tipo Página 2 de 26

25 Capítulo 3 Exclusiones Visión General Introducción Las exclusiones son circunstancias o riesgos que, de causar daño, la Compañía no pagará ninguna indemnización ya que no los está cubriendo. Objetivos Al concluir el estudio de este tema, el participante será capaz de: - Conocer la exclusión para la cobertura por fallecimiento - Identificar las exclusiones para los beneficios que se pueden contratar en el Seguro de Página 25 de 26

26 Exclusión por fallecimiento La única exclusión para la cobertura básica (cobertura por fallecimiento) es el suicidio si ocurre en los dos primeros años de vigencia de la póliza. En caso de ocurrir antes de este período, la Compañía únicamente pagará el valor de rescate que haya alcanzado el seguro. Exclusiones para los beneficios por accidente e invalidez Las exclusiones para las coberturas por accidentes e invalidez son las siguientes: Envenenamientos de cualquier naturaleza. Inhalación de gases de cualquier clase, excepto cuando se deriven de un accidente. Intento de suicidio Lesiones causadas intencionalmente (premeditadas o no). Enfermedades, padecimientos o intervenciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sean ocasionadas directamente por accidente. Homicidio intencional. Riña, cuando el Asegurado ha sido el provocador, o cuando participe en actos delictivos intencionales. Lesiones en navegación aérea, salvo como pasajero de una compañía comercial de aviación en itinerario regular. Lesiones en navegación submarina. Lesiones por participar directamente en pruebas, carreras o competencias de seguridad, resistencia o velocidad, a bordo de vehículos. Lesiones por practicar paracaidismo, motociclismo. Accidentes que sufra el Asegurado encontrándose bajo los efectos del alcohol, drogas o enervantes que le causen perturbación mental o pérdida del conocimiento (salvo que le hubieren sido prescritas por un médico). Lesiones sufridas en actos delictuosos cometidos por el propio asegurado. Preexistencia. Lesiones sufridas en carrera militar, actos de guerra, rebelión, alborotos populares e insurrección. Accidentes en nave particular, aérea o marítima, excepto si es pasajero. Cancelación de Página 26 de 26

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