ANPE ANDALUCÍA Enero-febrero 2014 Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía F.C. Nº 22/12 ANPE182 ANDALUCÍA

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1 ANPE Enero-febrero 2014 Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía F.C. Nº 22/12 ANPE 182

2 Editorial ANPE- 182 SUPLEMENTO a la revista ANPE nº 562 Enero-febrero 2014 PRENSA PROFESIONAL Presidente Francisco Padilla Ruiz Director Roberto Sánchez González Consejo de Redacción Mª del Mar Golbano López Pedro Romero Pérez Fco. Solano Luque Espinosa Manuel Pérez García Jesús Mª. García Pérez Mª Gracia del Amo Pérez José Mª. Cuadrado Montañez Antonio Brea Balsera Redacción, Edición y Administración ANPE- C/ Rey Alhamar, 9-1º B JAÉN Tel Fax jaen@anpe.es Diseña e Imprime Método Gráfico, SL C/ Albasanz, 14 bis MADRID ANPE- no se responsabiliza ni se identifica necesariamente con los artículos y cartas de sus colaboradores Depósito Legal: J ISSN: Distribución interna y gratuita Es hora de una ley andaluza de autoridad del profesorado Una de las pocas aportaciones realmente positivas de la recién estrenada LOMCE al sistema educativo español es el reconocimiento, largamente demandado por ANPE, de la autoridad del profesorado. En su artículo 124.3, la nueva ley educativa establece que los miembros del equipo directivo y los profesores serán considerados autoridad pública. De forma paralela, en los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad. La principal implicación jurídica del reconocimiento de la autoridad pública del profesorado es su delimitación como colectivo de funcionarios que han de ser protegidos en atención al cargo o función que desempeñan y que ostentan mando y ejercen jurisdicción propia. De hecho, desde fines de 2008, la Fiscalía General del Estado ha instado a todas las Fiscalías de España a que consideren que los profesores de los centros públicos tienen la condición de autoridad a efectos penales y que cualquier agresión grave contra ellos pueda ser calificada como delito de atentado a la autoridad, tipificado en el Código Penal. Con anterioridad a la publicación de la LOMCE, varias son las comunidades autónomas que, gracias en buena parte al influjo del discurso de ANPE, aprobaron leyes de autoridad del profesorado que en su ámbito territorial regulaban aspectos como la condición de autoridad pública, la presunción de veracidad, la asistencia jurídica, los deberes de las familias o la reparación de daños ocasionados a los docentes. La Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana fueron pioneras con la aprobación en 2010 de las primeras leyes de autoridad del profesorado vigentes en España. En el trienio siguiente continuaron su ejemplo otros gobiernos autonómicos como los de Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, La Rioja o Murcia. Mientras estas novedades legislativas se sucedían, la Junta de Andalucía ha contemplado de modo disperso en su normativa educativa buena parte de las medidas contenidas en las distintas leyes de autoridad de otras autonomías. Sin embargo, siempre se ha negado a reunir todas estas medidas en una ley, así como a reconocer la autoridad pública del profesorado, auténtico problema de fondo, ya que la única autoridad que las normas andaluzas reconocen expresamente al colectivo de profesores es la magistral y académica. Para ANPE, la aprobación de la LOMCE pone fin a las excusas del gobierno andaluz en esta materia. Su obligado cumplimiento, por más que las autoridades educativas andaluzas o nuestra propia organización sindical podamos discrepar del conjunto de la ley, fuerza a la Junta de Andalucía a reconocer la autoridad pública del profesorado. Un reconocimiento que a nuestro entender debe plasmarse en una ley de autoridad similar a la de otras comunidades autónomas que reúna además en un único cuerpo toda la normativa andaluza existente en materia de derechos y protección jurídica del profesorado, actualmente dispersa. SUMARIO Editorial... 2 Carta del Presidente... 3 Retribuciones en Adalucía. Año Informe 2012/2013 del Defensor del Profesor en Andalucía... 6 Guía de prestaciones de Muface Oferta de teleformación ANPE-Andalucía Acoso escolar Jubilación voluntaria anticipada Tabla de pensiones Calendario de implantación de la LOMCE... 15

3 ANPE, Sindicato Independiente Opinión Sindical Carta del Presidente Reivindicaciones ante el nuevo Consejero de Educación En los últimos días de diciembre, una delegación del Comité Ejecutivo de ANPE-, encabezada por su Presidente, se reunió con el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, D. Luciano Alonso, para plantearle las reivindicaciones de nuestra organización. ANPE expuso la necesidad de llegar a un acuerdo de mínimos para los docentes andaluces que permita la recuperación de los derechos y condiciones laborales que, con la excusa de la crisis, les han sido arrebatados. Este acuerdo de mínimos debe contemplar un calendario de restitución de las condiciones laborales perdidas desde La Junta de Andalucía se ha escudado en las imposiciones del gobierno central para castigar a los docentes andaluces con recortes en las retribuciones y condiciones laborales. En estos momentos, cuando se atisba la recuperación económica, pedimos al Consejero una potenciación de la enseñanza pública y la reposición y apoyo al profesorado a través de un acuerdo. Dicho acuerdo debe priorizar temas como las reducciones de ratios y el incremento de plantillas a través de una amplia oferta de empleo; la anulación de los incrementos de horario lectivo impuestos al profesorado; la adecuada cobertura de bajas; la recuperación de la paga extra de 2012 y los complementos autonómicos en las pagas extra de ; la supresión de las detracciones económicas por situaciones de incapacidad temporal del profesorado y la restitución de las ayudas de acción social. ANPE manifestó al Consejero su preocupación por las consecuencias que la implantación de la LOMCE pueda tener sobre las plantillas docentes. A este respecto, solicitamos un acuerdo de garantías para el profesorado potencialmente afectado. Por su parte, el Consejero nos trasladó su intención de promover una Ley que impulse la Formación Profesional y el empleo en Andalucía. ANPE comparte la idea de que es esencial para Andalucía un desarrollo de la FP, ligado con el empleo. Por ello, ofrecimos al Consejero nuestra colaboración para afrontar temas como la mejora de la oferta formativa, la definición de la red de centros y la movilidad voluntaria del profesorado de estas enseñanzas. Por otro lado, ANPE solicitó al Consejero su mediación para restituir al profesorado afectado por la supresión de la consolidación del Programa de Calidad las cantidades económicas comprometidas en su día, teniendo en cuenta que este ha realizado su trabajo y la Consejería no debe, bajo ningún concepto, eludir su compromiso. Si esta demanda no es atendida, ANPE recurrirá a la vía judicial para defender los legítimos intereses individuales de los docentes que han participado en este Programa. Como ya hicimos en su día con sus antecesores en el cargo, ANPE planteó al Consejero la necesidad de un «concursillo» que permita al profesorado con destino definitivo participar en el procedimiento anual de adjudicación de destinos provisionales y así paliar los perjuicios producidos por un destino excesivamente lejano a su domicilio. Uno de los colectivos docentes que más está sufriendo en la coyuntura actual, debido a la precariedad de sus condiciones de trabajo es el profesorado de religión. ANPE aprovechó el encuentro para expresar al Consejero la necesidad de desbloquear las negociaciones del convenio colectivo para el profesorado de religión de secundaria. El Consejero no se mostró receptivo a esta cuestión, manifestando además su predisposición negativa a asumir las transferencias sobre el profesorado de religión de primaria. Los docentes andaluces están siendo los mejores garantes de la enseñanza pública, a pesar de las dificultades que tienen que afrontar, demostrando con ello su gran profesionalidad, compromiso y entrega hacia la educación en nuestra comunidad. Para ellos, exigimos a la Consejería un proceso real de negociación, la urgente revisión de sus condiciones laborales y la reposición de sus derechos arbitrariamente conculcados, desde la voluntad negociadora y la lealtad institucional. 3

4 Información Profesional Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía 182 Retribuciones en Andalucía. Grupo Funcionario Sueldo Comp. Destino Compon. Básico Trienios SEXENIOS ACUMULADOS A2 Maestros 958,98 473,35 561,02 34,77 68,41 147,94 249,87 379,36 429,93 A2 A1 - P. T.de F. P. - Maestros 1er ciclo ESO Profesores EE.SS. 958,98 582,92 563,30 34,77 68,41 147,94 249,87 379,36 429, ,05 582,92 563,30 42,65 68,30 147,69 249,62 379,11 429,68 A1 Catedráticos (1) 1.109,05 698,20 563,30 42,65 68,30 147,69 249,62 379,11 429,68 A1 Inspectores 1.109,05 698, ,79 42,65 68,30 147,69 249,62 379,11 429,68 (1) Los catedráticos perciben un complemento nivelador de 49,46 Componente específico por cargo desempeñado CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL * TIPO UNIDADES DIRECTOR J. EST./SECR COOR. CICLO TUTOR A > ,14 352,75 11,96 25,49 B 16 a ,39 283,99 11,96 25,49 C 8 a ,13 215,22 11,96 25,49 D 3 a 7 245,96 145,48 11,96 25,49 E < 3 166,26 25,49 * Complemento de itinerancia: 64,39 CENTROS DE SECUNDARIA E INSTITUTOS PROVINCIALES DE ED. PERMANENTE TIPO UNIDS DIRECTOR VICEDIREC/ J. ESTUDIO/ J.ESTUDIO J.EST /SECR. JEFE TUTOR SECRETAR. ADJUNTO DEL.SECCION DPTO A > ,75 418,50 120,72 160,01 46,70 25,49 B 20 a ,60 348,76 120,72 160,01 46,70 25,49 C < ,84 280,02 160,01 46,70 25,49 CENTROS DE ENSEÑANZAS DE REGIMEN ESPECIAL (E.R.E.) TIPO Nº ALUMNOS DIRECTOR VICEDIRE/J.ESTUDIO/ J.ESTUDIO J.EST /SECR. JEFE DPTO./ TUTOR SECRETAR. ADJUNTO DEL.SECCION COOR.GRAD. A > ,75 418,50 120,72 160,01 46,70 25,49 B ,60 348,76 160,01 46,70 25,49 C < ,84 280,02 160,01 46,70 25,49 CENTROS DE EDUCACIÓN PERMANENTE TIPO Nº MAESTROS DIRECTOR J.ESTUDIO/ J. EST.DELEGADO TUTOR SECRET SECCION A > ,13 215,22 48,97 25,49 B 5 a ,96 145,48 48,97 25,49 4

5 Año 2014 ANPE, Sindicato Independiente PUESTO DE CARÁCTER SINGULAR CARGO IMPORTE * DIRECTOR CENTRO PROFESORADO DE CAPITALES PROVINCIA...960,17 DIRECTOR CENTRO PROFESORADO DE OTRAS POBLACIONES...881,60 SUBDIRECTOR CENTRO PROFESORADO DE CAPITALES PROVINCIA...802,43 SUBDIRECTOR CENTRO PROFESORADO DE OTRAS POBLACIONES...762,58 COORDINADOR PROVINCIAL DE FORMACIÓN...802,43 ASESORES DE FORMACIÓN...684,00 COORD. EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL PARA LA ORIENTAC. EDUCATIVA Y PROFESIONAL...802,43 COORD. AREA EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL PARA LA ORIENTAC. EDUCATIVA Y PROFES...762,58 COORDINADOR DE EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA...723,29 ORIENTADOR DE EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA...684,00 MAESTRO EN EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA...644,15 COORDINADOR GABINETE PEDAGÓGICO BELLAS ARTES...644,15 COORDINADOR DE PUBLICACIONES EDUCATIVAS...644,15 MIEMBRO DE LOS GABINETES PROVINCIAL. DE ASESORAMIENTO SOBRE LA CONVIVENCIA ESCOLAR...723,29 COORDINADOR RED ANDALUZA ESCUELA ESPACIO DE PAZ...762,58 COORDINADOR PROVINCIAL DE EDUCACIÓN PERMANENTE...841,70 EDUCADOR EN CENTRO SANITARIO...572,98 MAESTROS EN COMPENSATORIA...561,02 PROFESOR SECUNDARIA EN COMPENSATORIA...563,30 DIRECTOR DE RESIDENCIA ESCOLAR...762,58 MAESTRO EDUCADOR RESIDENCIA ESCOLAR...561,02 MAESTRO ESCUELA-HOGAR EDUCADOR OCIO...561,02 PROFESOR EDUCADOR RESIDENCIA ESCOLAR...563,30 * Incluye el componenete básico Pagas extraordinarias Grupo Funcionario Sueldo Comp. Destino Trienios SEXENIOS ACUMULADOS 1 Sexenio 2 Sexenios A2 Maestros 699,38 473,35 25,35 68,41 147,94 A2 P. T.de F. P. Maestro ESO 699,38 582,92 25,35 68,41 147,94 A1 Profesor EE.SS. 684,36 582,92 26, A1 Catedrático 684,36 698,20 26, A1 Inspectores 684,36 698,20 26, Conforme a la Ley 3/2012 de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en Materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía (BOJA de 1 de octubre), se percibirán dos pagas extra que estarán formadas por: Las cuantías que figuran en el cuadro anterior respecto a sueldo, complemento de destino, trienios y los dos primeros sexenios para el grupo A2. El 1% de los siguientes conceptos: componente básico, por cargo desempeñado o puesto de carácter singular y sexenios (no contemplados en la tabla anterior). Este 1% se abona para que no desaparezca el concepto en las pagas extra y su cuantía se detrae de forma proporcional a lo largo del año. Retenciones Grupo A1 Grupo A2 DERECHOS PASIVOS (FUNCIONARIOS ANTERIORES A 1/1/2011) MUFACE (TODOS LOS FUNCIONARIOS) 109,31 47,74 86,03 37,67 CUOTA OBRERA INTERINOS Y PERSONAL LABORAL: 6'35% de la Base Reguladora (sueldo mensual bruto más 1/6 paga extra). FUNCIONARIOS DE CARRERA O EN PRÁCTICAS DESDE 1/1/2011: 4,476 % de la Base Reguladora. IRPF El porcentaje dependerá de la situación personal y familiar. 5

6 Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía 182 Informe 2012/2013 del Defensor de Profesor en Andalucía Este servicio de ANPE, de asistencia jurídica y psicológica a los profesores víctimas de la conflictividad escolar, creado en noviembre de 2005, atendió durante el pasado curso 2012/2013 un total de 171 llamadas emitidas desde Andalucía, de las cuales 50 fueron atendidas por el Servicio Estatal del Defensor del Profesor y 121 por el Servicio Autonómico. Estas cifras suponen, con respecto al curso 2011/2012, una ligera disminución. La evolución del número de casos atendidos en Andalucía, desde la puesta en marcha del servicio, ha sido la siguiente: Curso 2005/2006: 143. Curso 2006/2007: 138. Curso 2007/2008: 205. Curso 2008/2009: 200. Curso 2009/2010: 203. Curso 2010/2011: 271. Curso 2011/2012: 186. Curso 2012/2013: 171. Por provincias, la evolución en el último cuatrienio ha sido la siguiente: 2009/ / / /2013 Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Total Andalucía Desde ANPE, observamos con preocupación que, a pesar de la puesta en marcha de medidas por parte de la Consejería y de las iniciativas de la Fiscalía, la violencia contra el Profesorado permanece enquistada en el Sistema Educativo, pero sobre todo es preocupante el aumento de las llamadas relacionadas no directamente con agresiones por parte del alumnado sino de sus familiares y un importante aumento en el número de casos que tienen que ver con problemas con la Administración, Equipos directivos e Inspección educativa. ANPE-Andalucía propone como medidas que favorezcan la erradicación de la violencia escolar, en general, y la violencia contra el Profesorado, en particular: 1. Reconocimiento por parte de la Administración de la figura del profesor como autoridad pública en el ejercicio de su función. 2. Mayor dotación por parte de la Administración, en medios y recursos humanos de apoyo a los centros educativos. 3. Establecimiento de una formación específica para el profesorado para la resolución de conflictos. 4. Eliminación de la burocracia que recae sobre las espaldas del profesorado. 6

7 Guía de prestaciones de Muface 2014 ANPE, Sindicato Independiente PRESTACIONES SANITARIAS ASISTENCIA SANITARIA CONCERTADA EN TERRITORIO NACIONAL A través del Instituto Nacional de la Seguridad Social A través de entidades de seguro de asistencia sanitaria: ADESLAS ASISA DKV IGUALATORIO DE CANTABRIA ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Mutualistas y sus beneficiarios destinados y residentes en el extranjero: a través de la entidad de seguros DKV Desplazamientos temporales al extranjero: Los mutualistas y sus beneficiarios que precisen asistencia sanitaria con ocasión de un desplazamiento temporal al extranjero tendrán derecho al reintegro de los gastos ocasionados por dicha asistencia, cuando ésta haya tenido su causa en un accidente, enfermedad, embarazo o parto surgidos o agravados imprevisiblemente durante su estancia en el exterior. La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y su Certificado Provi - sional Sustitutorio (CPS) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, en el territorio de otro Estado Miembro de la Unión Europea, así como en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. En el caso de que el interesado haya recibido asistencia en un Estado con régimen de reembolso o copago, puede solicitar que MUFACE le reintegre las cantidades satisfechas conforme a la normativa propia de la Mutualidad. La TSE tendrá una vigencia de dos años para los mutualistas y de un año para los beneficiarios mientras que el CPS se emitirá, por regla general, por un periodo inferior o igual a treinta días. PRESTACIONES FARMACEÚTICAS Dispensación con receta en oficina de farmacia: la aportación normal a satisfacer será del 30% del precio de venta al público del producto dispensado. PRESTACIONES SANITARIAS COMPLEMENTARIAS Prestaciones dentarias: Plazo de presentación: cinco años a partir de la fecha de la factura. Dispensación en hospitales y centros con cargo a la Entidad: exentos de aportación económica por parte del paciente Reintegro de gastos de farmacia y productos dietéticos: comprende el reintegro de gastos por la adquisición de productos farmacéuticos y dietéticos incluidos en la cobertura pública, en una serie de supuestos. Dentadura completa (superior e inferior): 271. Dentadura superior/inferior: 136. Pieza (definitiva): 31. Empaste (definitivo): 16. Implante osteointegrado (compatible con pieza o dentadura): 111. Tratamiento de ortodoncia (iniciado antes de los 18 años, se concederá de una sola vez y para un único tratamiento): 446. Endodoncia (incluye la ayuda por empaste): 31. 7

8 Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía 182 Prestaciones oculares: Plazo de presentación: cinco años a partir de la fecha de la factura. Otras prestaciones complementarias: Plazo de presentación: cinco años a partir de la fecha de la factura. Gafas bifocales/progresivas: 61. Sustitución de cristal (de lejos o cerca): 13. Sustitución de cristal bifocal/progresivo: 25. (por todos los conceptos anteriores, se concederá como máximo dos gafas o la sustitución de cuatro cristales, o unas gafas y la sustitución de dos cristales por beneficiario y año natural) Lentilla (prestación incompatible con lentillas desechables. Se concederá como máximo dos lentillas por beneficiario y año natural): 31. Lentillas desechables (prestación incompatible con lentilla. Se concederá la ayuda máxima por este concepto por beneficiario y año natural, debiéndose solicitar de una sola vez): 61. Lente terapeútica (sin las limitaciones expresadas para las lentillas): 50. Ayudas ópticas para baja visión: microscopios, telescopios, telemicroscopios, lupas y filtros (se concederá un máximo de 360 euros por beneficiario y año natural): 180. Ayudas prismáticas para alteraciones severas de motilidad ocular (se concederá un máximo de 160 euros por beneficiario y año natural): 80. Audífono (prestación incompatible con audífono previsto en el Catálogo General de Material Ortoprotésico, Código ): 423. Colchón o colchoneta antiescaras (con o sin compresor): 121. Laringófono: Prestaciones por material ortoprotésico: Cuantía: determinada en el Anexo I (Catálogo General de Material Ortoprotésico) de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio. Plazo de presentación: cinco años a partir de la fecha de la factura. Prótesis externas (productos sanitarios que requieren una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigidas a sustituir un órgano o parte de él no precisan la implantación quirúrgica en el paciente). Sillas de ruedas (vehículos individuales para favorecer el traslado de personas que han perdido, total o parcialmente, la capacidad de deambulación y que sean adecuados a su grado de invalidez). Ortesis (productos sanitarios de uso externo no implantables que, adaptados individualmente al paciente, se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto). Prótesis Especiales (aquellas que no correspondiendo por sus características a ninguno de los apartados anteriores se encuentran incluidas en el Catálogo General de Material Ortoprotésico). Asistencia sanitaria en supuestos de no afiliación: REINTEGRO DE GASTOS DE ASISTENCIA SANITARIA Prestación consistente en el reembolso de los gastos producidos por la asistencia sanitaria recibida por un mutualista obligatorio que, debiendo figurar afiliado a MUFACE, no ha formalizado su adscripción y ha precisado asistencia sanitaria para sí o sus beneficiarios. Tendrá derecho al reintegro por la asistencia sanitaria recibida desde la fecha de efectos de su toma de posesión o desde su incorporación obligatoria a MUFACE. Plazo de presentación: cinco años a partir de la fecha de la factura. Asistencia sanitaria en desplazamientos temporales al extranjero: Los mutualistas y sus beneficiarios que precisen asistencia sanitaria con ocasión de un desplazamiento temporal al extranjero tendrán derecho al reintegro de los gastos ocasionados por dicha asistencia, cuando ésta haya tenida su causa en un accidente, enfermedad, embarazo o parto surgidos o agravados imprevisiblemente durante su estancia en el exterior Plazo de presentación: cinco años a partir del hecho causante. 8

9 ANPE, Sindicato Independiente PRESTACIONES SOCIALES TIPO CUANTÍA PLAZO INCAPACIDAD A partir del día nonagésimo primero se percibirán las retribuciones básicas por parte de la Delegación Provincial y un subsidio por Incapacidad Temporal a cargo de MUFACE. La cuantía del subsidio es fija e invariable, en tanto éste no se extinga, y será la mayor de las dos cantidades siguientes: El 80 % de las retribuciones básicas (sueldo, trienios y grado, en su caso), incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria, correspondiente al tercer mes de la licencia. El 75 % de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de la licencia. Reconocimiento médico en caso de denegación de licencia por incapacidad temporal: En aquellas situaciones de incapacidad temporal en las que se deniegue la licencia por existir contradicción entre el parte de baja y el sentido del informe emitido por las unidades médicas que dependan o presten su colaboración con el órgano de personal competente para expedir la licencia, el mutualista podrá optar, con comunicación a dicho órgano de personal, por recabar de MUFACE una valoración del caso por las Unidades Médicas de Seguimiento. El resultado de esta valoración tendrá carácter vinculante para la nueva resolución a dictar por el órgano de personal, la cual, conforme a dicha vinculación, confirmará la denegación de la licencia o revocará la resolución inicial, procediendo a conceder la licencia con la misma fecha de efectos de la resolución revocada. Contra la nueva resolución podrá interponerse el recurso procedente, sin que, en ningún caso, quepa instar una nueva valoración médica. Procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio: es un documento a utilizar por los Órganos de Personal de las distintas Administraciones Públicas, con ocasión de la iniciación del expediente de averiguación de causas para notificar al Servicio Provincial de MUFACE y al Servicio de Prevención correspondiente el accidente ocurrido al mutualista. Prestación por gran invalidez El 50 % del importe íntegro de la pensión que se le acredite en la nómina de clases pasivas en cada momento. Esta prestación se podrá solicitar en cualquier momento siempre que que - de acreditado que el hecho causante de la gran invalidez se ha producido antes de la fecha de jubilación forzosa. Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes SUBSIDIO POR RIESGO EN EMBARAZO Y LACTANCIA Subsidio por riesgo durante el embarazo Subsidio por riesgo durante la lactancia natural FAMILIARES Prestación por hijo o menor acogido a cargo discapacitado Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples Subsidio especial en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples Baremo establecido para Régimen General de la Segu - ridad Social si no constituyen incapacidad permanente parcial. Si las lesiones constituyen incapacidad permanente parcial para la función habitual, 24 mensualidades de la base de cotización vigente en la primera licencia por enfermedad o, en su defecto, en el mes en el que se produjo el accidente en acto de servicio. El 100 % de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de licencia El 100 % de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de licencia. Cinco años desde la fecha indicada por la primera licencia por enfermedad o desde el día que se produjeron las lesiones. Una vez cumplidos los 3 primeros meses en esta situación se podrá solicitar el subsidio a MUFACE. Una vez cumplidos los 3 primeros meses en esta situación podrá solicitarse a MUFACE el subsidio. MODALIDAD 1 (menor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%). 83,33 /mes. MODALIDAD 2 (mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%). 365,90 /mes. MODALIDAD 3 (mayor de 18 años con un grado de discapacidad del 75% o superior y necesidad de tercera persona). 548,90 /mes. Es compatible con el subsidio especial por maternidad en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples. Tipos: 2 hijos simultáneos: 2.581,20. 3 hijos simultáneos: 5.162,40. 4 y más hijos simultáneos: 7.743, % de la base de cotización correspondiente al día del hecho causante por 42 días (seis semanas de descanso obligatorio) calculada en función del número de hijos o menores acogidos simultáneamente a partir del segundo. Durante todo el año, siempre y cuando en el momento de la misma se acredite la concurrencia de las circunstancias determinantes del derecho a la prestación. Cinco años a partir de la fecha del parto o de la fecha de la resolución judicial por la que se constituye la adopción. Cinco años a partir del parto, adopción o acogimiento.

10 DEPENDENCIA Y ATENCIÓN SOCIAL A MAYORES Podología básica para mayores AYUDAS DE PROTECCIÓN SOCIOSANITARIA Ayudas para facilitar la au - tonomía personal Ayudas para estancias temporales en residencias asistidas o en centros de día y de noche Ayudas para la atención a personas drogodependientes Ayudas para la atención de enfermos psiquiátricos Ayudas para enfermos celíacos Ayudas para enfermos oncológicos Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía 182 Desde el 19 de abril de 2013 se encuentra en vigor el Convenio entre MUFACE y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, por el que los mutualistas y beneficiarios de MUFACE mayores de 65 años tienen la posibilidad de ser atendidos a un precio máximo de 20,00 euros por consulta, en cuanto a los tratamientos de quiropodia básica. Consta de tres modalidades: Ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual: la cuantía mensual, en función de la capacidad económica del beneficiario se sitúa entre 330,94 euros/mes la máxima y 132,37 euros/mes la mínima. Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas, la cuantía anual será de 1.985,61 euros la máxima y de 330,94 euros la mínima. Ayuda para medios técnicos, la cuantía anual será de 661,88 euros la máxima y de 165,47 euros la mínima. La cuantía mensual máxima, en función de la capacidad económica se sitúa entre 858,98 y 601,29 euros/mes, con un límite de tres meses. Las ayudas se configuran como reintegro de gastos y se concederán en función de la duración debidamente acreditada de la estancia en los centros específicos. La cuantía tendrá como límite el gasto realizado, si el mismo ha sido inferior. La cuantía inicial de la ayuda será de 220,26 euros/mes. La cuantía se establece en un máximo de 87,00 euros por día de internamiento, con el límite del coste abonado por el interesado. Las ayudas se configuran como una cuantía anual que estará en función de la capacidad económica del beneficiario de la prestación según baremo establecido en la convocatoria, siendo el máximo anual de 618,00 euros y el mínimo de 339,90 euros. Las ayudas se configuran como una cuantía anual que estará en función de una cantidad máxima de 75,00 euros, para prótesis capilar, y de 40,00 euros por cada sujetador postmastectomía (hasta dos al año). La cuantía tendrá como límite el gasto realizado, si el mismo ha sido inferior. No se especifica plazo. Plazo según convocatoria. Plazo según convocatoria. Plazo según convocatoria. Plazo según convocatoria. Plazo según convocatoria. Plazo según convocatoria. OTRAS AYUDAS SOCIALES Subsidio de jubilación Pago por una sola vez de la mitad del importe íntegro de una Durante los cinco años siguientes a mensualidad ordinaria de las retribuciones básicas que le corresponda percibir en el momento de su jubilación, para hechos causantes acaecidos desde el 1 de enero de 2013, inclusive. Para casos de jubilación forzosa por edad o por incapacidad permanente. partir de la fecha de la jubilación. Subsidio por defunción Variable según la edad del fallecido con un mínimo de 751,28 Durante los cinco años siguientes a euros, para hechos causantes acaecidos desde el 1 de enero partir de haberse producido el falle - de 2013, inclusive. cimiento. Ayuda de sepelio Prestación económica de pago único. La cuantía es de 450,76. Durante los cinco años siguientes a partir de haberse producido el falle - cimiento. Becas de residencia de renovación para hijos y huérfanos de mutualistas Gastos de residencia justificados, hasta un límite máximo de 447,00 euros mensuales, por un máximo de nueve meses. Plazo según convocatoria. Ayudas asistenciales Corresponde a las Comisiones Provinciales de MUFACE la No se especifica plazo. definición de los criterios para la concesión de Ayudas Asistenciales, con sujeción: a las normas reguladoras de la prestación, a los parámetros de homogeneización establecidos por la Dirección General de MUFACE, previo informe 10 del Consejo General, y a los créditos anualmente asignados.

11 ANPE, Sindicato Independiente Oferta de teleformación ANPE-Andalucía Los cursos son internivelares, dirigidos a Maestros, Profesores de Secundaria, Profesores Técnicos de F.P. y Profesorado de Enseñanzas Artísticas e Idiomas, así como a los Opositores que optan a los distintos Cuerpos Docentes y se desarrollan íntegramente en el Aula Virtual creada en la plataforma de formación de la web de ANPE-ANDALUCIA. PERIODOS DE REALIZACIÓN TURNO FECHA DE REALIZACIÓN TURNO FECHA DE REALIZACIÓN 6 4 de enero al 28 de febrero de al 21 de abril de al 30 de enero de al 21 de mayo de al 25 de febrero de al 21 de junio de al 21 de marzo de de junio al 6 de agosto de de marzo a 16 de mayo de de junio a 6 de agosto de 2014 MAS INFORMACIÓN EN NUESTRA WEB: PRECIO DE LOS CURSOS: DE 100 H (Los afiliados abonarán sólo 90 ) DE 30 H (Los afiliados abonarán sólo 40 ) DESCUENTOS 2 cursos de 30 horas de la misma provincia Afiliados: 70 ; No afiliados: 90 (los dos cursos) 2 cursos de 100 horas de la misma provincia Afiliados: 160 ; No afiliados: 200 (los dos cursos) 1 curso de 100 horas y 1curso de 30 horas de la misma provincia 1 curso de 100 horas y 2 cursos de 30 horas de la misma provincia Afiliados: 115 ; No afiliados: 145 (los dos cursos) Afiliados: 150 ; No afiliados: 190 (los tres cursos) Curso Claves para la elaboración de la programación y las unidades didácticas ANPE-Andalucía organiza un curso de teleformación de 50 horas para la preparación para la segunda prueba de la fase de oposición, consistente en proporcionar claves o pautas que ayuden a la elaboración tanto de la programación como de la unidad didáctica. Para ello, los contenidos se estructurarán en los bloques siguientes: 1.- Fundamentación legislativa andaluza. 2.- Elaboración de la programación. 3.- Componentes de la unidad didáctica. PERÍODOS DE REALIZACIÓN: * Turno 20: 1 al 28 de febrero de * Turno 21: 1 al 31 de marzo de * Turno 22: 1 al 30 de abril de Información sobre el proceso de matrícula en PRECIO DEL CURSO: AFILIADOS-> 50 NO AFILIADOS-> 60. ENTREGA DE CERTIFICADO ACREDITATIVO: Se emitirá certificado en el que se hará constar el número de horas de participación. Este curso, al ser la temática únicamente orientada a la preparación de las Oposiciones no está homologado, dado que la preparación de las Oposiciones no está contemplada dentro del Plan de Formación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía. 11

12 Suplemento a la revista ANPE nº 562 Andalucía 182 Acoso escolar Jubilación voluntaria anticipada Por su interés, reproducimos este artículo del popular periodista y profesor en excedencia Francisco Robles, publicado en Abc de Sevilla, el pasado 14 de enero. Lo ha denunciado una vez más ANPE, el sindicato al que le dicen de todo, aunque sea un sindicato al que todavía no han cogido en un ERE que ERE, ni en una mariscada, ni en una de esas facturas falsas que la nueva líder de UGT se niega a pagar de momento. Lo ha denunciado ANPE, uno de esos sindicatos que tiene que sufrir el insulto del amarillismo o del elitismo que se sacan de la chistera sue- Francisco Robles na a chiste, eso es cierto los sindicalistas que son amarillos de verdad, pues sólo saben hacerle el caldo gordo a la olla podrida del poder. Lo ha vuelto a denunciar públicamente ANPE, pero como si tal cosa: sigue habiendo profesores que sufren el acoso escolar de sus alumnos ante la indiferencia del personal. No es que permanezca en silencio ese ente al que llaman la Administración, y que en realidad es el Régimen que casi todo lo controla en esta Andalucía que se ha arrojado a los brazos de Morfeo. Es que aquí casi nadie chista cuando nos enteramos de que hay médicos a los que les parten literalmente la cara en su centro de salud, o profesores que tienen que sufrir, sistemáticamente, la burla y la amenaza de unos cuantos niñatos jaleados y defendidos por sus padres. Médicos y profesores, situados en la trinchera de esta sociedad que está mal de la cabeza y de la vergüenza, han de sufrir en silencio esta hemorroides moral que nos lleva al callejón sin salida del peor escepticismo, de ese pasotismo colectivo que raya en el nihilismo más destructor. Ante estas situaciones, el mester de progresía que sostiene al Régimen con sus discursos caducos y trasnochados suele sacar el mismo argumentario que utilizaba en los tiempos de la Logse. Se trata de casos aislados, no hay que criminalizar, y si el profesor se siente así, es que no ha sabido ganarse la autoridad, o es incapaz de resolver pacíficamente los conflictos. El acosado se convierte en culpable. Como en otros regímenes que siempre les cayeron, y les siguen cayendo, divinamente a estos voceros del nuevo señoritismo andaluz. Porque la autoridad, como dijo una de las vestales logsianas en los gloriosos tiempos de doña Cándida Martínez, es compartida o no será. Una sociedad que se acostumbra a estos actos que hace tiempo pasaron la frontera de lo vandálico, es una sociedad enferma. No podemos consentir que los médicos estén muertos de miedo en un centro de salud, expuestos a las mafias de barrio que los amenazan cuando llevan a uno de los suyos porque se ha pasado de la raya o de la coca. Ni podemos mirar para otro lado cuando hay profesores y profesoras ahí tienen material las ideólogas de género que se sienten humillados por ese niñaterío minoritario que tanto daño le está haciendo a la educación. El demagógico y oportunista silencio de los políticos es clamoroso. Pero el nuestro es peor todavía, porque raya en la complicidad. Para solicitar la jubilación voluntaria, es necesario que el funcionario haya cumplido 60 años de edad y tenga reconocidos 30 años de servicios efectivos al Estado. La solicitud se iniciará por el funcionario interesado, mediante escrito en el que se deberá indicar necesariamente la fecha en la que desea ser jubilado y habrá de presentarse ante el órgano de jubilación, al menos, tres meses antes de la fecha de jubilación solicitada Documentación adjunta al escrito de solicitud: Fotocopias del DNI y la tarjeta de MUFACE e Impreso de Declaraciones del Funcionario para el Recono cimiento de la Pensión. OBSERVACIONES: Con efectos de 1 de enero de 2011, el derecho a la correspondiente pensión estará condicionado a que los últimos cinco años de servicios computables estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, cuando para completar los treinta años de servicios exigidos hubieran de computarse períodos de cotización a otros regímenes, por aplicación de las normas sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social. No obstante lo anterior, al personal en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género que, como consecuencia de la superación de los procesos de acceso y promoción regulados en la normativa general de función pública, cambie de régimen de protección social, les será de aplicación, en materia de jubilación voluntaria, la normativa vigente a 31 de diciembre de

13 ANPE, Sindicato Independiente Tabla de Pensiones 2014 Años % haber Grupo A1-año Grupo A1-mes Grupo A2-año Grupo A2-mes de servicio regulador Pts Pts Pts Pts 15 26, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ó más 100, , , , , Las pensiones experimentan un incremento del 0,25% respecto a las del año (Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año BOE del 26). * Pensión máxima a percibir (35.762,86 /año ,49 /mes). PENSIÓN ANTIGUA MUTUALIDAD DE ENSEÑANZA PRIMARIA TRIENIOS* INICIAL/ 88,12 91,49 94,85 98,22 101,58 104,95 108,31 111,68 INICIAL/Pts FINAL/ 36,70 38,28 39,88 41,46 43,06 44,65 46,24 47,83 FINAL/Pts * Los trienios y la pensión inicial, se calcula sobre lo que correspondía en No se consideran los trienios posteriores a ése año. La pensión final es la que corresponde al año 1973 y se llega a ella disminuyendo un 20% anual a la diferencia entre la cuantía del año 78 y

14 Asisa informa y Asisa cumple Sevilla, febrero de 2014 Queridos amigos: Nos ponemos en contacto con vosotros cuando está terminando el periodo de cambio de las Mutualidades de Funcionarios Civiles del Estado. Este año está siendo muy existoso, pues estáis volviendo a Asisa o viniendo por primera vez una gran cantidad de Funcionarios que pensamos es debido a la ampliación del cuadro médico asistencial y de Clínicas, convirtiéndolo en el más completo de todas las compañías aseguradoras. Como ya sabéis, tenemos concierto con todas las Clínicas de Sevilla, entre las que sobresale la Clínica Santa Isabel, ya que su función principal es dar la mejor asistencia posible, tanto a nivel médico como social. Para ello estamos realizando continuamente grandes innovaciones y restructuraciones de los servicios de las distintas especialidades con el fin de estar totalmente al día en todas las técnicas médico-quirúrgicas que se van incorporando a la medicina. Acabamos de inaugurar un quirófano de Oftalmología, equipado con la última tecnología de esta especialidad, dando lugar con ello a la seguridad en las intervenciones y tratamientos de nuestros asegurados que tengan problemas con su visión. De la misma manera, se ha estructurado la especialidad de Cardiología, cubriendo este servicio con todas las subespecialidades que tiene, como son: - Cardiología General. - Ecocardiología. - Hemodinámica. - TAC Multicorte 128, que evita la Hemodinámica en algunos casos y por lo tanto no tiene los riesgos que en algunas ocasiones se da en la hemodinámica. - Pruebas de Esfuerzo, etc. etc. Todo esto da lugar a un moderno servicio de Cardiología, en el que cuando un enfermo de corazón entra en Clínica Santa Isabel, sale perfectamente estudiado y diagnosticado. Está a punto de inaugurarse el Centro de Rehabilitación y Traumatología que hemos instalado en la C/ Céfiro, (enfrente de Clínica Santa Isabel). En este centro se podrá tratar a los los accidentados de tráfico y rehabilitar a todas las personas que lo necesiten. El Centro de Reconocimientos Médicos para la obtención y renovación de los permisos de circulación y armas, realiza estos reconocimientos con gran rapidez y a un coste muy asequible para los asegurados de Asisa Saludos afectuosos Dr. Gregorio Medina Blanco Delegado y Director Gerente de ASISA-SEVILLA 14

15 Calendario de implantación de la LOMCE ANPE, Sindicato Independiente CURSO CURSO CURSO CURSO PRIMARIA Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, promoción y evaluaciones en 1º, 3º y 5º. Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, promoción y evaluaciones en 2º, 4º y 6º. SECUNDARIA Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones en 1º y 3º. Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones en 2º y 4º. La evaluación final correspondiente a la convocatoria que se realice en el año 2017 no tendrá efectos académicos. En ese curso sólo se realizará una única convocatoria. BACHILLERATO Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones en 1º. Se implantarán modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones en 2º. La evaluación final correspondiente a las dos convocatorias que se realicen en el año 2017, únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su superación no será necesaria para obtener el título de Bachiller. Quienes accedan con anterioridad al curso deberán haber superado la Prueba de acceso a la Uni - versidad que establecía el artículo 38 de la LOE. (LOE-BOE ). Quienes accedan en el curso o en cursos posteriores deberán cumplir los requisitos indicados en el nuevo artículo 38 de la LOE. (LOMCE-BOE ). FORMACIÓN PROFESIONAL Los ciclos de Formación Profesional Básica sustituirán progresivamente a los Programas de Cualificación Profesional Inicial. Se implantará el primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica. Se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los PCPI. El alumnado que supere los módulos de carácter voluntario obtendrá el título de Graduado en ESO. Se implantará el segundo curso de los ciclos de For - mación Profesional Básica. Las modificaciones introducidas en el currículo de los ciclos formativos de grado medio de la Formación Pro - fesional se implantarán únicamente al inicio de los ciclos. 15

16 - ANPE Andalucia POR LA RESTITUCIoN DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL PROFESORADO - NORMALIZACIoN RETRIBUTIVA Abono inmediato de la extra de 2012 Devolución de los complementos detraídos de las extra de 2013 y 2014 Homologación de retribuciones a nivel estatal SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL Supresión de las detracciones económicas por ausencias y bajas PLANTILLAS Y RATIOS Reducción de ratio a los límites establecidos por la LEA Anulación de los incrementos impuestos en los horarios lectivos Incremento de plantilla mediante amplias ofertas de empleo Consideración como horario lectivo de las guardias en Secundaria Cobertura inmediata de bajas Recuperación del empleo interino destruido en los últimos años Acuerdo de garantías para el profesorado afectado por la LOMCE Concursillo anual para los funcionarios con destino definitivo - - RESTITUCIoN DE DERECHOS SOCIALES Ayudas de acción social Licencias por estudio Ayudas de formación

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