REGLAMENTO PARA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO PARA EL CUIDADO Y USO DE LOS ANIMALES DE LABORATORIO (CICUAL) DEL CINVESTAV.

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1 REGLAMENTO PARA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO PARA EL CUIDADO Y USO DE LOS ANIMALES DE LABORATORIO (CICUAL) DEL CINVESTAV. FUNDAMENTACIÓN PARA LA FORMACION DEL CICUAL En apego a la Norma Oficial Mexicana NOM-062-ZOO-1999 Especificaciones Técnicas para la Producción, Cuidado y Uso de Animales de Laboratorio en lo adelante señalada como NOM y con el objeto de unificar criterios con respecto a instituciones similares nacionales e internacionales, así como con estándares vigentes de carácter internacional, el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN en lo adelante señalado como Cinvestav, como una Institución que adquiere, mantiene, reproduce y utiliza animales de laboratorio, faculta a sus profesores investigadores para instaurar un Comité Interno para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio, en lo adelante señalado como CICUAL, que por la experiencia y pericia de sus miembros sea idóneo para promover los siguientes puntos: Evaluar las propuestas de protocolos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, pruebas y enseñanza que los investigadores del Cinvestav presentan para el uso de animales de laboratorio. Evaluar el trato humanitario y las acciones para evitar en lo posible el estrés, el dolor innecesario y promover el bienestar de los animales de experimentación. Fomentar entre los investigadores la reducción del número de animales a utilizar, el refinamiento de las técnicas empleadas y el remplazo de animales por otros métodos alternativos cuando esto sea posible. Realizar inspecciones anuales a los laboratorios y a las unidades donde se alojan animales. Evaluar sistemáticamente los aspectos que se regulan en la NOM antes citada. El objetivo primordial del CICUAL es crear los mecanismos necesarios para la aplicación de estándares, procedimientos y técnicas tendientes a proteger la salud de las personas que laboran con animales, a proteger el bienestar de los animales y favorecer el buen uso de los animales de laboratorio. CONSIDERACIONES GENERALES. 1. FORMACION DEL CICUAL 1.1 El Cinvestav, como una institución que produce y utiliza animales de laboratorio con fines de investigación científica debe: 1.2 Crear un Comité Interno para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio (CICUAL) que se desempeñe adecuadamente conforme a los lineamientos establecidos en la NOM. 1.3 El CICUAL estará formado por investigadores, médicos veterinarios y el Jefe de la Unidad de Producción y Experimentación de Animales de Laboratorio, 1

2 en lo adelante señalada como UPEAL y por el personal especializado en temas relacionados, que el mismo CICUAL considere necesario. 2. INTEGRACION DEL CICUAL 2.1. El CICUAL estará compuesto por un investigador representante de cada departamento del área biológica, el que será designado por el Colegio de Profesores del respectivo departamento Por uno o varios Médicos Veterinarios Zootecnistas con capacitación y experiencia en la Ciencia y Medicina de los Animales de Laboratorio Por los Jefes de Bioterio y de las Unidades de Producción y Experimentación de Animales de Laboratorio El Coordinador del CICUAL será propuesto de entre los investigadores representantes de los Departamentos y será aprobado por el Director General del Cinvestav Los candidatos para el puesto de Coordinador del CICUAL deberán reunir las siguientes características: Ser de reconocido prestigio profesional y moral entre la comunidad científica de la Institución Conocer y aplicar los conceptos de ética en el uso y cuidado de los animales de laboratorio Poseer el nombramiento de Investigador Titular El periodo de actividades de los miembros del CICUAL así como de su Coordinador será por 4 años. Todos los miembros podrán ser relectos por un periodo más de trabajo Cada miembro del Comité deberá designar un suplente para que lo represente en caso de ausencia y que deberá ser aprobado por el Colegio de Profesores o por el Jefe de Departamento. 3. ATRIBUCIONES DEL CICUAL Entre las principales atribuciones del CICUAL están las siguientes: 3.1. Proponer a las autoridades administrativas del Cinvestav y establecer las políticas de desarrollo en la Ciencia de los Animales de Laboratorio en la institución Supervisar el cumplimiento de las normas y leyes establecidas para el cuidado y uso de los animales de laboratorio Evaluar las propuestas de protocolos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, pruebas y enseñanza, que impliquen el uso de animales de acuerdo con los lineamientos expuestos en el Apéndice "B" de la NOM. 2

3 3.4. Detener protocolos y procedimientos relacionados con el uso de los animales, cuando estos no cumplan con las resoluciones y dictámenes del CICUAL o no cumplan con la NOM Aprobar las propuestas de protocolos que impliquen el uso de animales, siempre y cuando se cumplan los lineamientos aprobados por el CICUAL y la NOM Evaluar las solicitudes de ingreso de animales a esta Institución de acuerdo a los criterios establecidos por la UPEAL en referencia a la cuarentena y la adaptación Orientar los procedimientos de manejo de animales para evitar el dolor innecesario, así como de eutanasia para aquellos animales en los que el dolor/sufrimiento no puede ser aliviado y en general del bienestar de los animales Reunirse regularmente para evaluar nuevas propuestas de protocolos para el uso de animales, para solicitudes de capacitación del personal y para la realización de estudios pilotos y prácticas de laboratorio Cada una de estas propuestas tendrán un tiempo máximo que se describe a continuación: Protocolo para el uso de animales 3 años Solicitudes de capacitación 2 meses Estudios pilotos 2 meses Prácticas de laboratorio 2 meses Evaluar solicitudes de modificaciones a protocolos previamente aprobados, cancelación o terminación de protocolos, solicitudes de apoyo a requerimientos de instituciones como el CONACyT, etc Emitir al Investigador Principal los diferentes dictámenes de acuerdo a las solicitudes ingresadas Emitirle a los Jefes de Departamento del Área Biológica las observaciones, recomendaciones y propuestas derivadas de las inspecciones a las áreas de experimentación y Bioterio Realizar un informe anual acerca del trabajo del CICUAL y de las deficiencias existentes en los temas relacionados con el cuidado y uso de los animales de laboratorio en la institución Establecer de conjunto con la UPEAL los procedimientos de supervisión y de cuidado médico veterinario apropiado hacia los animales en condiciones experimentales. 3

4 3.15. Establecer los programas de salud ocupacional y de capacitación para el personal vinculado con animales de laboratorio Promover prácticas aceptables de crianza y atención animal Promover el mantenimiento adecuado de las instalaciones y del equipo necesario para el alojamiento de los animales Resolver situaciones imprevistas no consideradas en la presente Norma. 3. FUNCIONES DEL CICUAL El CICUAL en su calidad de representante del Cinvestav para las actividades que involucren el uso de animales deberá: 3.1 Revisar los protocolos de investigación que involucren el uso de los animales y emitir el dictamen que puede considerarse como: Aprobado Aprobado con recomendaciones. No aprobado. 3.2 Revisar las modificaciones realizadas a los protocolos condicionados en su aprobación que comprendan los cambios sugeridos por el CICUAL relacionados con el cuidado y uso de los animales. 3.3 Antes de que el CICUAL lleve a cabo la reunión para la revisión de protocolos para el uso de animales, todos los miembros deberán recibir la información de dicho protocolo, así como su descripción detallada. 3.4 Estas propuestas se recibirán vía correo electrónico en donde se encontrará una liga para ingresar al Sistema Integral de Administración para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio (SIACUAL) 3.5 Las propuestas deberán ser evaluadas por cada miembro del Comité previo a la junta ordinaria y sus evaluaciones se registrarán en el Sistema. 3.6 Cuando sea necesario, se podrá realizar la evaluación del protocolo por parte de un miembro del CICUAL que esté calificado para hacerlo y sea designado por el coordinador para realizar la revisión, pudiendo conferirle autoridad para recomendar la aprobación, solicitar modificaciones o solicitar a todo el comité la revisión de cualquiera de las propuestas. 3.7 Cuando se solicite la revisión de alguna propuesta de protocolo para uso de animales, sólo se podrá emitir el dictamen después de la revisión en junta convocada, en presencia de quórum y por votación mayoritaria de los presentes. 4

5 3.8 Ningún miembro del CICUAL puede participar en la revisión de la propuesta de alguna actividad en la que exista conflicto de intereses, ni participará en la votación final. 3.9 El CICUAL puede formar subcomités integrados por al menos dos miembros del comité y puede invitar asesores ad hoc para que funjan como consultores en la evaluación de las propuestas. Estos asesores podrán emitir su opinión mas no tendrán derecho al voto para la resolución final del CICUAL El CICUAL al terminar la revisión de un protocolo podrá emitir tres tipos de dictámenes: Aprobado. Este dictamen se presenta cuando la propuesta de protocolo para el uso de animales no presenta ninguna dificultad para su desarrollo. En este caso el investigador podrá coordinar con la UPEAL el suministro de animales y el espacio en las unidades de experimentación para el inicio del protocolo. Aprobado con recomendaciones. Este dictamen se presenta cuando la propuesta de protocolo para el uso de animales presenta dificultades o inconsistencias que pueden ser resueltas en un breve período de tiempo como por ejemplo: ampliar las justificaciones para el uso de una especie o el # de animales, la capacitación previa del personal antes de iniciar el protocolo, cambios en la categoría del protocolo, etc. En este caso el investigador recibirá un documento con las recomendaciones emitidas por el CICUAL que deberá atender y responder para que su protocolo sea nuevamente revisado y aprobado en caso de satisfacer las recomendaciones a criterio del CICUAL. No se le brindará ningún tipo de servicio hasta que el protocolo sea totalmente aprobado por el CICUAL. No aprobado. Este dictamen se presenta cuando la propuesta de protocolo no cumple con las mínimas condiciones para su aprobación a criterio del CICUAL y por lo tanto el Investigador Principal debe ampliar la información mejorando la justificación para el uso de animales en su totalidad. En este caso el investigador recibirá un documento con las recomendaciones emitidas por el CICUAL y deberá redactar una nueva propuesta de protocolo para el uso de animales, desechándose la anterior propuesta Si el Investigador Principal no está conforme con la decisión del CICUAL, podrá inconformarse, brindar la información necesaria y solicitar nuevamente la revisión de su protocolo En el caso anterior, el CICUAL podrá reconsiderar su dictamen en junta ordinaria y con la aprobación mayoritaria de sus miembros, con base en la información ofrecida por el investigador principal El CICUAL podrá recomendar la suspensión de un protocolo que haya sido aprobado previamente si se determina que dicha actividad no esta siendo 5

6 realizada en apego al protocolo aprobado y esta suspensión solo podrá ser aprobada después de revisar el caso en una reunión convocada en presencia del quórum y con votación mayoritaria Evaluar dos veces al año en la fecha que se acuerde, el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-062-ZOO-1999 Consideraciones Técnicas para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio, mediante la revisión de todas las instalaciones que se encuentran en las unidades del Cinvestav dedicadas al alojamiento y uso de animales, incluyendo las áreas en donde se realiza la experimentación científica (laboratorios) y las instalaciones satélites o periféricas, usando como base de su evaluación la NOM vigente Preparar informes de las revisiones realizadas de acuerdo al inciso 3.2 de este capítulo y que será presentado a la autoridad correspondiente del Cinvestav El CICUAL emitirá cada año los siguientes reportes: El informe de las dos visitas anuales a las instalaciones y laboratorios (uno en cada semestre). El informe anual de resultados del trabajo del CICUAL, en el primer mes del siguiente año. El informe que deberá realizar luego de cada visita no planificada a las instalaciones o laboratorios como respuesta a situaciones no previstas Atender las inquietudes sobre el uso y cuidado de los animales en la institución, derivadas de las demandas del personal o de la comunidad del Cinvestav Las autoridades del Cinvestav tomarán en cuanta las recomendaciones del CICUAL para la evaluación de toda actividad que involucre el uso y cuidado de los animales. 4. EUTANASIA, PUNTO FINAL EXPERIMENTAL Y PUNTO FINAL HUMANITARIO. El CICUAL deberá establecer una especial atención a los procedimientos con animales que impliquen en uso de técnicas experimentales, de la eutanasia y del punto final experimental y humanitario. A continuación se definen los siguientes términos: Eutanasia: Procedimiento humanitario empleado para terminar con la vida de los animales, sin producirles dolor, angustia o sufrimiento (NOM-062-ZOO- 1999). Punto final experimental: Punto final del uso de los animales, que precede a la eutanasia, cuando se considere por el médico veterinario que los objetivos y propósitos del protocolo experimental, estudio piloto, capacitación y práctica de laboratorio han sido alcanzados (Guide for the Care and Use of Laboratory Animals, 2011). Punto final humanitario: Punto final del uso de los animales que precede a la eutanasia cuando se considere que el dolor, la angustia y el malestar de los 6

7 animales debe ser prevenido, aliviado o finalizado (Guide for the Care and Use of Laboratory Animals, 2011). 4.1 Los métodos de sacrificio humanitario empleados deberán apegarse a lo establecido en la NOM y en documentos que sirven de apoyo a estas actividades. 4.2 El uso de analgésicos y anestésicos en técnicas experimentales, las vías de administración de fluidos y sustancias en las distintas especies, las vías de obtención de sangre, deberán de igual forma de apegarse a los documentos como la NOM y demás procedimientos que sirven de apoyo a estas actividades. 5 PROGRAMAS DE APOYO 5.1 El CICUAL se encargará de elaborar y revisar periódicamente programas relacionados con el Uso y Cuidado de los Animales, como son: Programa de Evaluación Médica y Medicina Preventiva, para el personal involucrado en el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio Programa de Capacitación y Superación de todo el personal relacionado con los animales de laboratorio Programa de Bioseguridad y de Salud Ocupacional para todo el personal en contacto directo con los animales, tanto en áreas de producción como en las áreas de experimentación. 5.2 Estos programas serán objeto de revisión y aprobación por el CICUAL y una vez aprobados serán de cumplimiento obligatorio para todo el personal que se relaciona con animales de laboratorio en el Cinvestav. 5.3 Los programas serán actualizados periódicamente por el CICUAL, quien elaborará un calendario de supervisión para el control del cumplimiento de los mismos. 6 SANCIONES 6.1 En el caso de que los investigadores incurran en faltas relacionadas con el cuidado de los animales, con deficiencias en los procedimientos aprobados por el CICUAL o con deficiencias detectadas durante las visitas, se emitirá un reporte con las anotaciones y recomendaciones del Comité. 6.2 En caso de que los usuarios incurran en repetidas faltas, hasta una tercera vez, se les sancionará mediante la suspensión de los servicios relacionados con animales de laboratorio, incluyendo el uso de los espacios destinados a la investigación experimental con animales. 7

8 6.3 Este procedimiento se realizará mediante la notificación al investigador que ha incurrido en repetidas faltas. 6.4 Las sanciones deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros en junta convocada para tal efecto. 6.5 En todos los casos, los reportes tendrán que ser de conocimiento del Secretario de Planeación, del Jefe del Departamento correspondiente y de los miembros del CICUAL 8

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