ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÚSICA SINFÓNICA- ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL DE COLOMBIA. Convocatoria

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1 ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÚSICA SINFÓNICA- ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL DE COLOMBIA Convocatoria Para la provisión de un cargo de planta en la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia Instrumento: Violín Cargo: Concertino La Asociación Nacional de Música Sinfónica (ANMS) abre la convocatoria para contratar a un músico de planta para ocupar el cargo de Concertino, e invita a todos los interesados a participar en el proceso de selección, de acuerdo con las siguientes condiciones: PROCESO DE SELECCIÓN 1. PERFIL DE LOS CANDIDATOS REQUISITOS Músicos que tengan el siguiente perfil: Formación académica: Título profesional de músico o haber cursado como mínimo cinco (5) años de estudios musicales en una institución educativa formal (por ejemplo, en un conservatorio). Experiencia general: Mínima de cuatro (4) años como violinista integrante de una orquesta sinfónica. Experiencia específica: Haberse desempeñado como concertino o asistente de concertino en una orquesta sinfónica, por un término mínimo de dos (2) años. 2. ETAPAS DE LA CONVOCATORIA El proceso de selección estará divido en cinco etapas: a. Inscripción, recibo de Hoja de Vida y recibo de videos. b. Revisión de inscripciones y documentos. c. Revisión de videos. d. Audición en vivo. e. Semana/s de Prueba. Nota: Solamente se exige la presentación del video para aquellos candidatos que no formen parte de la OSNC.

2 a. Inscripción, recibo Hoja de Vida y recibo de videos hasta el viernes 4 de marzo de 2016, hasta las 12:00 a.m., hora local de Colombia: En caso de que se encuentre abierta más de una convocatoria para cargos en la OSNC, se advierte a los candidatos interesados que solo podrán inscribirse a una convocatoria. Para la inscripción, antes de la fecha mencionada el interesado, deberá: 1) Llenar el Formulario de Inscripción en el siguiente link: 2) Enviar al correo convocatorias@sinfonica.com.co bajo el asunto de CONVOCATORIA OSNC CONCERTINO, en formatos pdf o jpg los siguientes documentos (no serán admitidas fotos de los documentos solicitados): La Hoja de Vida La fotocopia de la cédula o pasaporte Fotocopia del diploma y/o acta de grado o documento que certifique que la persona ha cursado por lo menos cinco (5) años de estudios musicales en una institución educativa formal. Certificaciones que acrediten la experiencia general y específica requerida para este cargo. No se tendrán en cuenta: programas de mano, certificados de notas, certificados de participación en clases magistrales, en festivales u otro tipo de soportes académicos no relacionados con el área musical. El link del video con el repertorio exigido (por medio de WeTransfer o youtube). Para la realización del video, tenga en cuenta lo siguiente: Especificaciones del Video Se debe grabar la totalidad del repertorio descrito en esta convocatoria. En la obra preparada, el video no debe tener cortes ni ser editado. Sí puede haber corte entre la obra preparada y los extractos orquestales. Es obligatorio anexar al video en pdf o en Word, un listado con las obras y extractos interpretados y una referencia con el punto (en minutos) en que cada pieza aparece en el video. La totalidad del video debe ser grabado en la misma locación. La obra preparada debe ser grabada con acompañamiento de piano. Si bien no es necesario el uso de un piano de cola para el segmento acompañado, asegúrese de que el instrumento que use esté afinado. Grabe en un espacio bien iluminado y asegúrese de que hay más luz de frente a usted que por detrás. Coloque la cámara para que usted, su instrumento y su gama completa de movimiento esté de frente y en el marco en todo momento. La distancia media debe mostrar el mayor detalle posible al tiempo que permita que la imagen se enmarque como se describió anteriormente.

3 No deben producirse distorsiones en el sonido de los pasajes más altos de los extractos, de tal forma que las partes más suaves también puedan ser escuchadas. En lo posible use un micrófono externo conectado a la cámara para grabar el audio. REPERTORIO PARA EL VIDEO Y LA AUDICIÓN EN VIVO Repertorio para el Video 1. OBRAS PREPARADAS BACH- Dos movimientos de una sonata o partita para violín solo. Primer movimiento sin cadenza de un CONCIERTO seleccionado por el aspirante que se encuentre dentro de los siguientes: Concierto de Mozart no. 3, 4 o 5, Concierto de Bruch no. 1 en Sol menor, Mendelssohn en Mi menor, Beethoven, Brahms, Tchaikovsky, Sibelius. 2. EXTRACTOS ORQUESTALES STRAUSS: Don Juan Primera página PROKOFIEV: Sinfonía Clásica Primera página (primer movimiento) BRAHMS: Sinfonía No. 4 último movimiento (primera página) MOZART: Sinfonía No. 39 inicio del cuarto movimiento hasta la repetición (26 compases después de letra B) Repertorio para la Audición en Vivo 1. OBRAS PREPARADAS BACH- Una sonata o partita para violín solo (completa) CONCIERTO completo con cadencias seleccionado por el aspirante y que se encuentre dentro de los siguientes: Concierto de Mozart no. 3, 4 o 5, Concierto de Bruch no. 1 en Sol menor, Mendelssohn en Mi menor, Beethoven, Brahms, Tchaikovsky, Sibelius. 2. EXTRACTOS ORQUESTALES MOZART: Sinfonía No. 39 inicio del cuarto movimiento hasta la repetición (26 compases después de letra B) SCHUMANN: Sinfonía No. 2 - scherzo antes del trío BRAHMS: Sinfonía No. 1- primer movimiento hasta la exposición (compás 188) BRAHMS: Sinfonía No. 4 último movimiento (primera página) PROKOFIEV: Sinfonía Clásica primer movimiento (primera página) STRAUSS: Don Juan primera página RIMSKY-KORSAKOV: Scheherezade primer movimiento (solo del compás 14 hasta el compás 18); segundo movimiento (solo del compás 1 al compás 5); tercer movimiento (solo del compás No. 8 de la letra K hasta un compás antes de la letra M); cuarto movimiento (recitativo lento y recitativo adagio)

4 3. PRIMERA VISTA: Obra seleccionada por el jurado a ser interpretada a primera vista. NOTA: Se recomienda hacer uso de las partituras que aparecen en la página web b. Revisión de inscripciones y documentos: La ANMS mediante el jurado que designe efectuará la revisión de las inscripciones y documentos aportados. Los datos contenidos en la Hoja de Vida, podrán ser verificados por la ANMS, que quedará facultada para pedir las aclaraciones o complementaciones a que haya lugar. La ANMS realizará un análisis de antecedentes a todos los aspirantes. La ANMS se abstendrá de considerar las hojas de vida de los aspirantes que contengan inconsistencias en la información reportada. IMPORTANTE: Posterior a la revisión de los documentos aportados, el día martes 8 de marzo de 2016, la ANMS, mediante comunicado en la página web de la entidad, informará a aquellas personas que no cumplen con los requisitos exigidos para que en un término de 8 días hábiles, presenten los documentos faltantes. Dicho plazo finalizará el día viernes 18 de marzo de 2016 a las 12:00 a.m. (hora local de Colombia). La ANMS se reserva el derecho de verificar la información remitida por instituciones o entidades extranjeras. c. Revisión de videos durante la semana del lunes 28 de marzo al viernes 1 de abril de 2016 El jurado podrá descalificar a los participantes cuyo video no permita apreciar la calidad interpretativa o la autenticidad de quien interpreta. De la misma forma procederá respecto de los videos que presenten alteraciones o ediciones en su contenido. Los resultados de las personas que se seleccionan para participar en la siguiente etapa (audición en vivo) se publicarán el día viernes 8 de abril de d. Audición en vivo: del miércoles 11 al sábado 14 de mayo de 2016 Lugar: Bogotá, Colombia Los candidatos que lleguen a esta etapa deberán presentar la totalidad del repertorio exigido en la presente convocatoria. La fecha y el lugar de la audición en vivo se indicarán oportunamente por medio de correo electrónico. Para la audición en vivo, la ANMS tendrá a su disposición el pianista de la OSNC, sin embargo, aquellos candidatos que así lo deseen podrán presentarse con su pianista acompañante. Cada candidato tendrá derecho a 40 minutos de ensayo con el pianista de la OSNC en los horarios establecidos por la Administración de la ANMS y las partituras deberán ser aportadas por los

5 participantes. Cabe anotar que los resultados de dicho proceso no estarán sujetos al desempeño del pianista. La audición en vivo se evaluará de acuerdo con los criterios de técnica, afinación, interpretación y ritmo. Superado este momento, el jurado evaluador determinará el o los candidato/s que pasan a la siguiente etapa (semana de prueba con la Orquesta). Los resultados se publicarán en la página web y serán enviados a los correos aportados por los participantes. e. Semana(s) de prueba con la Orquesta: desde el lunes 16 de mayo de 2016 Los aspirantes que lleguen a esta etapa celebrarán un contrato de prestación de servicios y recibirán por esta semana de trabajo con la OSNC, honorarios equivalentes a los días que presten sus servicios, por valor de $ COP diarios. Para la semana de Prueba, la ANMS no se hace responsable de los costos de pasajes, hospedaje ni transporte en la ciudad u otro gasto adicional, los cuales deberán ser sufragados por los participantes. De llegarse a seleccionar candidatos que sean empleados o contratistas de la ANMS, el valor diario de la semana de prueba estará sujeto a lo estipulado dentro del contrato que ya han firmado y que los vincula con la entidad. La ANMS determinará la(s) Semana(s) de Prueba para cada candidato en concordancia con la programación. En caso tal que el candidato no pueda asistir para la fecha programada, se entenderá que desiste de su participación en la convocatoria. Durante la(s) Semana(s) con la Orquesta, todos deberán presentar una entrevista que será atendida por la o las personas designadas por la ANMS. La/s semanas de prueba se evaluará/n de acuerdo con los criterios de técnica, afinación, interpretación y ritmo, así como también de liderazgo, capacidad de trabajo en equipo, habilidad para relacionarse con el grupo y con los principales y efectividad en seguimiento de instrucciones. La administración constituirá una lista de elegibles integrada por uno o más candidatos. Es facultativo de la ANMS llamar al siguiente en la lista de elegibles en caso de que el primero en la lista no pueda ocupar el cargo. Los resultados finales se anunciarán por los mismos medios expuestos en la etapa anterior. El aspirante que ocupe el primer lugar será notificado por escrito. Previo a la firma del contrato, la persona elegida deberá someterse a la realización de exámenes psicotécnicos y médicos. Si pasados tres meses desde la notificación de la persona elegida, no se ha firmado el contrato por causas no imputables a la ANMS, se entiende que la persona desiste de la convocatoria. NOTA: Con el propósito de proteger la salud del aspirante y la de terceros, así como evitar que la salud del aspirante se vea disminuida o afectada por el desempeño de las labores que le serían asignadas, la ANMS, excepcionalmente, se abstendrá de vincular o contratar al aspirante cuyo estado de salud físico, mental o social esté claro demostrado con la evaluación médica preocupacional o de pre-ingreso como incompatible e insuperable con el desempeño de las funciones del cargo al que se aspira.

6 1. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN: Con el músico seleccionado se celebrará un contrato laboral a término fijo inferior a un año, con periodo de prueba de acuerdo con la ley y según las siguientes condiciones: A. OBJETO: contrato laboral como músico CONCERTINO B. DURACIÓN: un año prorrogable de acuerdo con las normas laborales colombianas. C. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: EL EMPLEADO desempeñará sus actividades en la ciudad de Bogotá, pero EL EMPLEADOR puede determinar que se ejecute en un lugar diferente, caso en el cual, El EMPLEADOR correrá con todos los gastos que tal desplazamiento implique, incluyendo costos de transporte, alimentación y alojamiento. D. OBLIGACIONES: Son obligaciones especiales del TRABAJADOR: a) Poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad de trabajo en el desempeño de las funciones como CONCERTINO de la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia. EL EMPLEADOR puede disponer si los servicios se prestarán en la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia y/o en grupos de cámara y/o en las labores anexas y/o complementarias, de conformidad con las órdenes que le impartan el EMPLEADOR o su representante, sus jefes inmediatos y superiores. b) Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, Reglamento Interno de Trabajo, Manuales de Funciones, Manuales de Procedimiento, Manual de Comportamiento, Resoluciones, Circulares Internas y demás instrucciones que imparta EL EMPLEADOR, los cuales hacen parte integral del presente contrato de trabajo. c) Asumir sus funciones de CONCERTINO como actividad de dedicación prioritaria y exclusiva. No obstante, EL EMPLEADO podrá, desarrollar actividades por cuenta propia, en el mismo oficio, siempre y cuando no afecten el cumplimiento del objeto de este contrato en la forma y términos previstos en este documento y, en especial, no deberán interferir con los horarios de los ensayos, presentaciones, reuniones y demás actividades previstas por el EMPLEADOR, lo anterior previa autorización escrita por parte de EL EMPLEADOR, la autorización para realizar actividades complementarias se deberá solicitar en los términos establecidos en la Circular No. 004 de 2014 y sus modificaciones. El presente literal no obliga a EL EMPLEADOR a otorgar dicha autorización, por tal razón la ANMS se podrá negar sin que por ello requiera razones diferentes a que el contrato que mediante este documento se suscribe implica dedicación prioritaria y exclusiva. d) EL TRABAJADOR tiene la obligación de solicitar y obtener autorización a EL EMPLEADOR para desarrollar actividades por cuenta propia. EL TRABAJADOR informará a la Asociación las actividades complementarias que desarrolla de manera regular, de llegar a tenerlas, por escrito. En todo caso, dicha información debe actualizarse en cada oportunidad que haya una modificación, según lo estipulado en la circular No. 004 de e) Desempeñar el objeto de este contrato con un instrumento de su propiedad (VIOLÍN) de cualidades profesionales adecuadas y suficientes para tal fin, el cual portará consigo y usará en los ensayos, conciertos y demás eventos que se determine por parte del EMPLEADOR.

7 f) Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles que le hayan sido suministrados por parte de EL EMPLEADOR o quien para estos efectos los represente, así como la instalaciones de la ANMS y los demás escenarios en los que realice por instrucciones de EL EMPLEADOR las labores objeto del presente contrato. g) EL TRABAJADOR se compromete a mantener y mejorar su nivel artístico musical e interpretativo instrumental, aspectos que fueron el motivo de su selección y contratación como CONCERTINO de la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia. h) Laborar la jornada ordinaria de trabajo en los horarios programados por EL EMPLEADOR, los que se ajustarán de acuerdo a las exigencias del desarrollo mismo, de las actividades o programación de la Orquesta y a los requerimientos de la Coordinación Artística y Musical o de la Administración. i) Seguir las indicaciones de los Directores de la Orquesta, el Concertino y en general respetar y acatar las jerarquías establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo y velar porque éstas sean transmitidas al resto de su sección. j) Cumplir con las funciones impartidas por los Directores Musicales de EL EMPLEADOR, sean éstos directores de la Orquesta o invitados por la misma, las cuales se enumeran a continuación: 1. Seguir las indicaciones de los Directores de Orquesta, así como las instrucciones administrativas que se emitan desde la Gerencia o quién esta designe. 2. Estudiar, preparar, conocer y practicar previamente las partituras que se le asignen con el fin de llevarlas debidamente preparadas a ensayos, conciertos y demás eventos que determine EL EMPLEADOR. 3. Asistir puntualmente y actuar en los ensayos, conciertos y actividades establecidas por EL EMPLEADOR. 4. Interpretar primeras, segundas y terceras u otras partes, cuando el Director de la Orquesta, el jefe de grupo o quien haga sus veces lo considere oportuno o cuando las obras musicales lo requieran. 5. Estudiar, ensayar y realizar todas las actividades que se requieran con el objeto de perfeccionar la interpretación del instrumento y de mantener la calidad interpretativa. 6. Estudiar, ensayar y adelantar las prácticas individuales con el fin de preparar las obras y mantener las condiciones y habilidades por las cuales ha sido contratado. Se entiende que el CONTRATANTE celebra este acuerdo en razón de las condiciones artísticas y profesionales que le asisten a TRABAJADOR y, por lo mismo, un descenso o desmejora de tales condiciones habilitan al EMPLEADOR para la terminación de éste contrato. En tal sentido, es obligación del TRABAJADOR someterse a las evaluaciones que el EMPLEADOR determine, en la forma y términos que establezca, con el fin de que se verifique continuamente las condiciones del TRABAJADOR. 7. Preparar las obras que se vayan a ejecutar posteriormente, de acuerdo con las previsiones del EMPLEADOR. k) Desempeñar las funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño. l) Dedicar el tiempo respectivo a: 1. Trabajar con los músicos de la sección, con el objeto de perfeccionar la interpretación del instrumento y del grupo en general.

8 2. Realizar prácticas de música de cámara, con el objeto de participar en conjuntos de este tipo, que se conformen dentro de la Orquesta. 3. Preparar las obras que se vayan a ejecutar posteriormente. Lo anterior cuando no participe en ensayos, conciertos u otro de actuación de la Orquesta por no requerirlo así la obra u obras que se interpreten, o cuando así lo indique en Director de la orquesta. 4. Realizar los ensayos parciales que se requieran. 5. Participar como intérprete de su instrumento en los talleres, clases maestras y en las actividades de carácter educativo y pedagógico que realice la Asociación Nacional de Música Sinfónica. m) Ejercer como jefe de grupo de la respectiva sección de acuerdo con las reglas establecidas por la ANMS. n) Asistir a las reuniones, citaciones, requerimientos y demás diligencias en las que EL EMPLEADOR requiera su presencia. o) Realizarse cualquier tipo de prueba o examen que pretenda determinar si el trabajador se encuentra bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas enervantes, de acuerdo con la reglamentación que a tal efecto emita la ANMS. p) Las demás funciones que se le asignen de acuerdo a la naturaleza del empleo. q) Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo de Trabajo. E. REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO: LA ASOCIACIÓN se compromete a pagar a quien resulte elegido en el marco de la convocatoria, una remuneración mensual de SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($ M/CTE), pagaderos dentro de los últimos días de cada mes. Por la naturaleza de este contrato, la Asociación se obliga a afiliar al empleado al sistema de seguridad social integral según lo estipulado en la ley laboral colombiana. F. DERECHOS CONEXOS DE INTERPRETE: La ANMS ha establecido como política para el manejo de los derechos conexos de intérprete de los músicos que hace parte de la OSNC, la siguiente: EL EMPLEADO como titular de los derechos conexos de intérprete, declara que cede al EMPLEADOR, sus derechos de intérprete originados del objeto del contrato, en este sentido EL EMPLEADO, autoriza expresamente al EMPLEADOR a grabar las ejecuciones y/o presentaciones que se realicen, transmitirlas por los canales y/o medios que se destinen para este fin y por el número de veces que determine el EMPLEADOR. De igual modo, EL EMPLEADO autoriza realizar la edición, la inclusión en película cinematográfica, video-grama, cinta video, fonograma, o cualquier otra forma de fijación, y la comunicación al público, por cualquier procedimiento o medios tales como: la ejecución, la representación, la recitación o la declamación; la radiodifusión sonora o audiovisual; la difusión por parlantes, telefonía con o sin cables, o mediante el uso de fonogramas, equipos de sonido o grabación y aparatos análogos, la utilización pública por cualquier otro medio de comunicación o reproducción, conocido o por conocerse. Los derechos de disposición o uso de su interpretación, por cualquier medio conocido o por conocerse, se ceden con exclusividad al EMPLEADOR, en el territorio de Colombia y en cualquier otra parte del mundo.

9 G. USO DE IMAGEN: EL EMPLEADOR podrá utilizar la fisonomía, nombre e imagen del EMPLEADO, a efectos que estos sean incluidos en todo tipo de publicidad, programas de mano, publicaciones y demás material de apoyo que EL EMPLEADOR considere pertinente para la difusión y promoción de las actividades de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÚSICA SINFÓNICA y de la ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL DE COLOMBIA que se distribuya o publique en el país o en el extranjero por cualquier medio ya sea impreso, electrónico o cualquier otro. H. USO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y HABEAS DATA: Las partes se comprometen a respetar las políticas de uso del correo electrónico y protección de datos personales. I. VISA DE TRABAJO (en caso de ser ciudadano extranjero) El participante que resulte seleccionado para el cargo de que trata esta convocatoria, deberá gestionar a su costo, todos los trámites requeridos para la obtención de la visa de trabajo, según los lineamientos que al respecto indique el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Nota: Toda modificación que se haga a esta convocatoria será comunicada a los interesados a través de la página web de la ANMS.

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