(S-2296/12) PROYECTO DE DECLARACION DECLARA

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1 Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones El Senado de la Nación (S-2296/12) PROYECTO DE DECLARACION DECLARA - Adherir a las celebraciones a llevarse a cabo el 16 de julio en homenaje al Dìa del Servicio Penitenciario Federal. - Saludar y felicitar por este medio a todos los integrantes de esa importante institución, valorando la tarea que realizan en beneficio de la sociedad argentina. Ada Iturrez de Cappellini. Señor presidente: FUNDAMENTOS Se celebra el 16 de julio el Dìa del Servicio Penitenciario Federal el que a continuación con la ayuda de la enciclopedia voy a describir su misión, estructura, atribuciones, competencias, etc. Que servirán para conocer màs a fondo la tarea silenciosa del personal que integra este imprescindible Cuerpo que muchas veces y en situaciones de riesgo permanente cumplen su servicio a la Patria. El Servicio Penitenciario Federal Argentino es una fuerza de seguridad cuya misión consiste en la custodia y guarda de las personas procesadas por la Justicia Penal, y a la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad de las personas condenadas, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigencia. Su estructura se compone principalmente por una Dirección Nacional y una Subdirección Nacional, cargos que son la cabeza máxima de la Institución, y tres Direcciones Generales (de Cuerpo Penitenciario, de Régimen Correccional y de Administración). El Servicio Penitenciario Federal depende del Poder Ejecutivo Nacional por intermedio del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. La Dirección Nacional es el organismo técnico responsable de la conducción de todo el Servicio Penitenciario Federal, tiene a su cargo los institutos, organismos y servicios destinados a la custodia y guarda de los procesados y a la readaptación social de los condenados a sanciones penales privativas

2 y restrictivas de libertad en el territorio de la Capital Federal y de las provincias, dentro de la Jurisdicción del Gobierno de la Nación, y también el traslado de los internos de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Entre las diversas funciones del Director Nacional se destacan: Velar por la seguridad y custodia de las personas sometidas a proceso procurando que el régimen carcelario contribuya a preservar o mejorar sus condiciones morales, su educación y su salud física y mental, para ello los recursos físicos (materiales, edificios, vehículos, etc.) y los humanos (personal) desempeñan un papel importante; Promover la readaptación social de los condenados a sanciones privativas de libertad. Implica desarrollar planes de acción, programas de tratamiento y otras actividades; Participar en la asistencia postpenitenciaria, es decir de las personas que recuperan su libertad, luego de haber cumplido su condena. Producir dictámenes criminológicos para las autoridades judiciales y administrativas sobre la personalidad de los internos, en los casos que legal o reglamentariamente corresponda. Intervienen diversas areas (divisiones) del Servicio, tales como Criminología, Educación, Trabajo, entre otras. Asesorar al Poder Ejecutivo Nacional en todo asunto que se relacione con la política penitenciaria. Diseño y planeamiento de nuevos institutos, planes, programas de tratamiento; Cooperar con otros organismos en la elaboración de una política de prevención de la criminalidad; Contribuir al estudio de las reformas de la legislación vinculada a la defensa social; Asesorar en materia de su competencia a otros organismos de jurisdicción Nacional o provincial. Atribuciones Las principales atribuciones de la Dirección Nacional son: Organizar, dirigir y administrar al Servicio penitenciario Federal, de acuerdo a las normas de la Ley Penitenciaria Nacional, complementaria del Código Penal, y a las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el régimen carcelario de las personas sometidas al proceso judicial; Atender a la formación y perfeccionamiento del personal penitenciario. La capacitación es fundamental para el ejercicio de las funciones del personal; Propiciar el egreso anticipado de los internos en casos debidamente justificados, mediante indultos o conmutación de pena;

3 Admitir en sus establecimientos a condenados de jurisdicción provincial comprendidos en los artículos 18 y 53 del Código Penal de la Nación; Participar en los congresos, actos y conferencias de carácter penitenciario, criminológico y de materias afines, organizando y auspiciando los mismos en el País. Se fomenta el intercambio de ideas, opiniones y experiencias. Propiciar la creación de establecimientos penitenciarios regionales según las necesidades; Auspiciar convenios con las provincias en materia de organización carcelaria y régimen de la pena. Requerir o intercambiar con las administraciones penitenciarias provinciales, informaciones y datos de carácter técnico y científico; Organizar las conferencias penitenciarias nacionales; Llevar la estadística penitenciaria nacional; Mantener un centro de información sobre las instituciones oficiales y privadas de asistencia postpenitenciaria; Facilitar la formación y perfeccionamiento del personal penitenciario de las provincias y de otros países, mediante el intercambio de funcionarios o becas de estudios; Propiciar y mantener intercambio técnico y científico con instituciones similares y afines, nacionales y extranjeras; Fijar la retribución de los internos en sus distintas categorías, conforme a los porcentajes que se reglamenten; Se denomina peculio a la retribución de los internos. Dirección Está constituida por: el Director Nacional y el Subdirector Nacional; el Consejo de Planificación y Coordinación (órgano asesor); tres Direcciones Generales: la Dirección General del Cuerpo Penitenciario; la Dirección General de Régimen Correccional y la Dirección General de Administración; Los Organismos con dependencia directa son: Dirección de Trabajo y Producción; Dirección de Obra Social; Dirección de Secretaría General; y Dirección de Auditoría General. A su vez cuenta con el Departamento de Inteligencia Penitenciaria con competencia exclusiva. El Consejo de Planificación y Coordinación se compone por el Director Nacional, el Subdirector Nacional y por dos Inspectores Generales, en actividad o en retiro; en este caso, con no más de dos años de revistar en esa situación. Son designados por el Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta de la Dirección Nacional Las Direcciones Generales del Cuerpo Penitenciario, de Régimen Correccional y de Administración, son ejercidas por Inspectores Generales.

4 Las Direcciones de los restantes organismos con dependencia directa son ejercidas por Oficiales Superiores de la Institución, todos ellos designados por el Director Nacional. Competencias Director Nacional: Conducir operativa y administrativamente al Servicio Penitenciario Federal y ejercer el contralor e inspección de todos los instituto s y servicios por intermedio de los organismos mencionados con dependencia directa; asumir la representación de la Institución y dictar los reglamentos internos de los instituto s y servicios de su dependencia. Subdirector Nacional le compete como inmediato y principal colaborador del Director Nacional en todos los asuntos inherentes a la gestión institucional, cumplir las funciones que éste le encomiende, reemplazándolo en su ausencia, enfermedad o delegación, con todas las obligaciones y facultades que corresponden al titular. A su vez esta a cargo de los Departamentos de Informática Penitenciaria y de Estudios y Proyectos. El Consejo de Planificación y Coordinación le compete el orientar y conducir los esfuerzos de la Institución a fin de lograr un mejor servicio y un mayor aprovechamiento de las posibilidades que ésta puede brindar, a través de una acción permanente de coordinación y planificación y fiscalizar el cumplimiento de las órdenes y directivas que se impartan. (actualmente se encuentra vacante) La Dirección General del Cuerpo Penitenciario: le compete todo lo relativo al reclutamiento, capacitación profesional y situación de revista del personal y la seguridad de los instituto s y servicios. Se encuentran bajo su dependencia la Jefatura de Región y los establecimientos y servicios en todos los aspectos relacionados directamente con la materia de su competencia. La Dirección General de Régimen Correccional: le compete la organización, orientación y fiscalización del régimen y tratamiento aplicable a los internos condenados, procesados y detenidos de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias. Se encuentran bajo su dependencia los instituto s y servicios en todos los aspectos directamente relacionados con la materia de su competencia, y el Instituto de Criminología, el que entenderá en todo lo relacionado con las tareas inherentes a los períodos de la progresividad del régimen penitenciario previstos en la Ley de Ejecución de las Penas Privativas de la Libertad, de los Condenados alojados en el área de la Capital Federal y Gran Buenos Aires. La Dirección General de Administración: le compete administrar los bienes de la Institución y el cumplimiento del régimen financiero, conforme a las normas legales y reglamentarias. A través de sus organismos se cumplen las funciones de: contabilidad, suministros y

5 abastecimiento, remuneraciones, tesorería y demás vinculadas con la materia. - Organismos con dependencia directa del Director Nacional: Dirección de Trabajo y Producción: le compete el cumplimiento de las normas referidas al trabajo de los internos, así como los proyectos, estudios y mantenimiento de los edificios, las instalaciones y maquinarias, la comercialización y venta de la producción, la enseñanza técnica y el estudio de mercado. Dirección de Obra Social: le compete atender al bienestar de los integrantes de la Institución y de sus familias. Proporciona la cobertura médica y asistencia del todo el personal y sus familiares. Dirección de Secretaría General: le compete el registro del movimiento de las actuaciones administrativas de la Dirección Nacional; los asuntos que no correspondan específicamente a otros organismos, la edición de los boletines penitenciarios, la seguridad y mantenimiento de la sede de la Dirección Nacional y los sistemas de comunicación. También las relaciones de Prensa y Difusión, el Ceremonial y protocolo, y Relaciones Públicas. Dirección de Auditoría General: le compete asesorar, representar y asistir jurídicamente a la Dirección Nacional y al personal, registrar, coordinar y mantener actualizadas las normas legales referentes al Servicio Penitenciario Federal y materias afines. PERSONAL PENITENCIARIO La misión de los agentes penitenciarios comprende la realización de las funciones de seguridad y defensa asignadas a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal. Tienen las facultades y atribuciones correspondientes a su calidad de depositario de la fuerza pública, de acuerdo a su Ley Orgánica y a los reglamentos que le conciernen. Entre sus obligaciones se destacan: Prestar personalmente el servicio que corresponde a la función que les fuera asignada con la eficiencia, dedicación, capacidad y diligencia que aquella reclame, en cualquier lugar del país donde fueren destinados; Someterse al régimen disciplinario; Observar para con las personas confiadas a su custodia y cuidado un trato firme, pero digno y respetuoso de los derechos humanos; observar en el servicio y fuera de él una conducta decorosa; Seguir los cursos de capacitación, preparación, perfeccionamiento, información y especialización que se dicten y someterse a las pruebas de idoneidad y competencia que se determine;

6 Declarar bajo juramento su situación patrimonial y modificaciones ulteriores; Encuadrarse en las disposiciones sobre incompatibilidad y acumulación de cargos; Promover las acciones judiciales o administrativas que correspondan cuando fuere objeto de imputaciones delictuosas o que afecten su buen nombre y honor; No hacer abandono del cargo; Conocer las leyes, reglamentos y disposiciones permanentes del servicio en general y, en particular, las relacionadas con la función que desempeña. Escalafones I.- Escalafón Cuerpo General: Personal Superior: Desempeña funciones de conducción, organización, supervisión y ejecución en las áreas de la seguridad y técnica penitenciaria, del tratamiento de los internos, y las relacionadas a la inteligencia, al apoyo aéreo y a las comunicaciones de la Institución. Personal Subalterno: Desempeña funciones ejecutivas y subordinadas propias del personal comprendido en el Escalafón Cuerpo General. II.-Escalafón Administrativo: Personal Superior: Desempeña funciones administrativas especializadas en el orden presupuestario, contable, económico, financiero y patrimonial. III.- Escalafón Profesional: Personal Superior: Desempeña funciones científicas, docentes, asistenciales y de asesoramiento técnico, que requieran título habilitante universitario, secundario o especial. Se subdivide en los siguientes subescalafones: a) Criminología: Comprende a los médicos, psiquiatras y abogados con versación criminológica; psicólogos y sociólogos afectados a los servicios de observación, clasificación y orientación criminológica del tratamiento penitenciario; b) Sanidad: Comprende a los facultativos afectados a los servicios de medicina psicosomática preventiva y asistencial y profesionales afines (médicos, odontólogos, farmacéuticos, bioquímicos, psicólogos, psiquiatras, etc,); c) Servicio Social: Comprende a los asistentes sociales diplomados, afectados a los servicios de asistencia penitenciaria y postpenitenciaria;

7 d) Jurídico: Comprende a los abogados y procuradores afectados a los servicios de asesoramiento, representación y asistencia técnico jurídica; e) Docente: Comprende a los maestros, bibliotecarios y profesores afectados a los servicios de educación correccional; f) Clero: Comprende a los capellanes afectados a los servicios de asistencia espiritual; g) Trabajo: Comprende a los ingenieros, veterinarios y otros profesionales, así como a los técnicos industriales y agrónomos y otros con título habilitante a nivel secundario de enseñanza agrícola o industrial, encargados de planificar y dirigir el trabajo penitenciario; h) Construcciones: Comprende a los ingenieros, arquitectos, maestros mayores de obra y otros profesionales, encargados de organizar, proyectar y dirigir las construcciones; Personal Subalterno: Colabora en la realización de las funciones propias del personal comprendido en el Escalafón Profesional. Se subdivide en los siguientes subescalafones: a) Subprofesional: Comprende al personal que colabora en la realización de los servicios propios de los subescalafones del Escalafón Profesional; b) Maestranza: Comprende al personal afectado a la realización de actividades laborales y a la enseñanza de los internos. IV.- Escalafón Auxiliar: Personal Subalterno: Desempeña las funciones auxiliares que se requieran para la realización de la misión específica asignada a los escalafones Cuerpo General, Administrativo y Profesional. Se subdivide en los siguientes subescalafones: a) Oficinista: Comprende al personal necesario para la realización de tareas de oficina; b) Intendencia: comprende al personal de chóferes, motoristas, mayordomos, mozos, ordenanzas y en general a todo el personal de servicio Esta fuerza de seguridad permanente tiene muy poca publicidad, pero muchísima responsabilidad en su función por lo que le hacemos llegar nuestro reconocimiento y afecto de hermanos argentinos. Por ello solicito la aprobación de este proyecto. Ada Iturrez de Cappellini.

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