LIBRO DE RESOLUCIONES

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1 LIBRO DE RESOLUCIONES UNIVERSIDAD DEL NORTE BARRANQUILLA - COLOMBIA DEL 16 AL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015

2 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 1 ÍNDICE NÚMERO TÍTULO PÁG. DEC CG1 CG2 Declaración de Barranquilla Iniciativas para promover la tolerancia y eliminar la discriminación a personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, e Intersex Campañas de difusión sobre la prevención de la violencia contra las mujeres Promoción de la igualdad de género mediante el uso de contenidos libres de estereotipos a través de los medios de comunicación de las Américas CG3 Incentivos para la participación política de mujeres jóvenes 15 CG4 Iniciativas para reducir la brecha salarial de género y la inclusión en el mercado laboral de hombres y mujeres 17 CG5 Igualdad de género y los derechos humanos en la educación básica en los Estados Miembros de la OEA 21 I-1 I-2 I-3 Mecanismos para disminuir el racismo y la discriminación hacia afrodescendientes y personas de descendencia indígena en el Hemisferio Promoción de campañas en el sector privado para fomentar el liderazgo de afrodescendientes y personas de descendencia indígena en el lugar de trabajo Los derechos humanos de las personas afrodescendientes y pueblos indígenas en el contexto de proyectos de inversión, desarrollo y extracción

3 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 2 I-4 I-5 I-6 Hacia la educación temprana contra el racismo, la intolerancia, la discriminación y la desigualdad hacia distintos grupos raciales en los Estados Miembros de la OEA Campañas de difusión pública sobre los derechos sociales, económicos, civiles, políticos y laborales de afro-descendientes y personas de descendencia indígena Mecanismos para disminuir el racismo y la discriminación hacia Afro-descendientes y personas de descendencia indígena en el Hemisferio II-1 Medidas para prevenir y eliminar la participación de niños y jóvenes en Organizaciones de Delincuencia Transnacional 38 II-2 Programas de rehabilitación y reinserción en la sociedad para jóvenes que hayan estado involucrados en pandillas 41 II-3 Promoción de medidas de control fronterizo para evitar el flujo de la delincuencia organizada entre los países de las Américas 43 II-4 Programa para la prevención y lucha contra la Delincuencia Transnacional Organizada 45 II-5 Entrenamiento a las policías nacionales para mejor identificación de jóvenes vulnerables y ayudar a mejorar las relaciones con la comunidad 47 II-6 Acuerdos con empresas del sector privado para la promoción de la educación y ayudas a jóvenes vulnerables de las Américas 50 III-1 Evaluación del impacto de sequías y usos del agua a la biodiversidad de los Países Miembros 53 III-2 Estrategias para promover la armonización del uso de los recursos hídricos para energía, irrigación y consumo humano 55

4 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 3 III-3 Propuestas para promover la transferencia de tecnología y cooperación hemisférica para la conservación de los recursos hídricos 58 III-4 Iniciativas para que los Estados Miembros adopten nuevos métodos para la disminución de consumo de agua para fomentar una agricultura sostenible 61 III-5 Recursos hídricos y seguridad alimentaria 64 III-6 Promoción de una nueva cultura en el uso del agua: compromiso intergeneracional 66 IV-1 The role of civil society in promoting dialogue and addressing social conflicts 69 IV-2 Understanding culture and ethnicity as a source of conflict in communities 71 IV-3 Diplomacy and egalitarianism at the border 73

5 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 4 LIBRO DE RESOLUCIONES DECLARACIÓN DE BARRANQUILLA

6 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 5 DECLARACIÓN DE BARRANQUILLA PARA EL QUINTO MODELO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA OEA: INICIATIVAS PARA PROMOVER LA TOLERANCIA Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN A PERSONAS LESBIANAS, GAYS, BISEXUALES, TRANS, E INTERSEX LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, La Carta Social de las Américas, Los Principios de Yogyakarta y la Declaración Universal de los Derechos Humanos; TENIENDO EN CUENTA las resoluciones AG/RES (XXXVIII-O/08), AG/RES (XXXIX-O/09), AG/RES (XL-O/10) y AG/RES (XLI-O/11), Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género, en las que se llegó a un consenso que permite, a través de la cooperación, condenar todos aquellos actos de violencia y discriminación cometidos hacia las personas en razón de su orientación sexual e identidad de género; TENIENDO EN CUENTA, que el Articulo 6 del capítulo III de la Carta Social de las Américas establece que Los Estados Miembros reafirman que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin discriminación y reconocen que la salud es una condición fundamental para la inclusión y cohesión social, el desarrollo integral, y el crecimiento económico con equidad ; RESALTANDO el compromiso de la Comunidad Interamericana de velar, promover y proteger los Derechos Humanos de su población, mediante la adopción de políticas y/o mecanismos que garanticen los derechos fundamentales establecidos en la Declaración Universal de los Derechos;

7 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 6 RECORDANDO, que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad; RECORDANDO la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual en su Art. 26 sustenta que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y sus individuos; CONSIDERANDO que el Articulo 1 del capítulo V de la Carta Social de las Américas reitera que El desarrollo integral abarca, entre otros, los campos económico, social, educativo, cultural, científico, tecnológico laboral, de la salud, y ambiental en los cuales deben obtenerse las metas que cada país defina para lograrlo; PREOCUPADOS, por el amplio espectro de discriminación hacia la comunidad LGBTI, incluyendo aspectos fundamentales como lo es la salud; TOMANDO NOTA de lo estipulado en la Carta Social de las Américas, toda persona tiene derecho a una educación de calidad, que promueva la equidad y la integración social; CONSIDERANDO lo indicado en el Art. 12 de la Carta Social de las Américas, donde se indica que los Estados Miembros tienen la responsabilidad de promover el desarrollo social con igualdad e inclusión para todos. DECLARAN: 1. CONVIDAR a los Estados Miembros, a través de la CIDH, a aunar esfuerzos que permitan llegar a una definición pertinente y aceptada internacionalmente, sobre el término expresión de género con el fin de alcanzar una mayor claridad y dinamismo en torno al tema en futuros debates, y que a su vez permita una aproximación más concisa de los Estados. 2. EXHORTAR a los Estados Miembros al desarrollo de jornadas de capacitación y educación de sus Fuerzas Policiales, para que por medio de estas se promueva la tolerancia y el respeto hacia la diversidad en relación a la identidad de

8 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 7 género y orientación sexual. 3. PROMOVER la posibilidad de crear espacios publicitarios en los diferentes medios de comunicación y redes sociales institucionales, con los que se busque la difusión de principios de respeto, no discriminación, y tolerancia en virtud de las convenciones que cada Estado Miembro haya ratificado. 4. ALENTAR el compromiso de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos para desarrollar y socializar mecanismos de protección contra actos que vulneren el derecho a la integridad, a la dignidad, y demás derechos, con el fin de reducir el número de situaciones que pongan en riesgo la vida y la seguridad de la población, en virtud de su identidad de género y orientación sexual. 5. INSTAR a los Estados Miembros a que incentiven a los medios masivos de comunicación como herramienta de concienciación y educación en aras de la no discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y/o expresión de género. 6. CONVOCAR a los Estados Miembros a la promoción de los principios de igualdad, particularidades de intersección, orientación sexual, identidad y expresión de género en el marco de la multiculturalidad. 7. FOMENTAR la creación de escenarios de capacitación y sensibilización destinados a funcionarios políticos, líderes sociales y de opinión, y directivos académicos de los diferentes países, en temas concernientes a la promoción de la tolerancia y respeto hacia la comunidad LGBTI, con el propósito de que difundan la información recibida en sus respectivos países. 8. INSTAR a los Estados Miembros a mejorar los mecanismos de presentación de denuncias alusivas a la discriminación y violencia, que vulnere la identidad e integridad de personas en virtud de su identidad de género y orientación sexual, por parte de las personas LGBTI, permitiendo reducir la violencia e impunidad, de manera que su identidad e integridad no se vean vulneradas. 9. ALENTAR a los Estados de la comunidad interamericana, por medio de la Secretaria General, a promover mecanismos que permitan la articulación de inversionistas a las iniciativas que impacten positivamente de manera directa o indirecta las personas LGBTI.

9 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página SOLICITAR a la CIDH que prepare un estudio sobre el impacto económico, social y demográfico referente a la inclusión de la comunidad LGBTI en un marco normativo. 11. INSTAR a los Estados Miembros a capacitar profesionales de la salud, a través de agencias nacionales y/o internacionales de derechos humanos y ONG s, que trabajen con la comunidad LGBTI, para garantizar una óptima calidad en materia de atención de salud, la cual sea oportuna, no discriminatoria, aceptable, asequible y que brinde las garantías que satisfagan las necesidades de esta comunidad. 12. ALENTAR al compromiso de los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos a garantizar el bienestar mental y físico de todas las personas LGBTI, asegurando la prestación de servicios psicológicos a toda aquella persona que pueda poner en riesgo su vida, alentados por motivos de intolerancia o discriminación. 13. INVITAR a los Estados Miembros a la promoción de políticas para la capacitación de las instituciones prestadoras de servicios de salud, en materia de prevención y trato de enfermedades de transmisión sexual, como también acerca de los procedimientos para la resignación de género y terapia hormonal. 14. SOLICITAR, a la Secretaria General de la OEA que a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros órganos competentes en el tema, realicen un informe interamericano detallado de las condiciones generales en materia de salud de la comunidad LGBTI en el Hemisferio y presentar los resultados del mismo en la próxima Asamblea General.

10 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 9 LIBRO DE RESOLUCIONES

11 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 10 COMISIÓN GENERAL

12 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 11 CG-1 CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN SOBRE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Propuesta de Resolución presentada por las delegaciones de: Los Estados Unidos Mexicanos, República del Paraguay, República de Colombia, República Bolivariana de Venezuela, Santa Lucía, República de Ecuador, Jamaica, República del Perú, República de Honduras, Estado Plurinacional de Bolivia, República de El Salvador, República de Guatemala, República Dominicana. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, La Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, la cual exige a los Estados tomar acciones para prevenir esta problemática incluyendo campañas; La resolución AG/RES. 1 (XLIV-E/13) Resultado del proceso de reflexión sobre el funcionamiento de la comisión interamericana de los derechos humanos para el fortalecimiento del sistema interamericano de los derechos humanos, aprobada en Washington en 2013; Las resoluciones AG/RES (XXXVI-O/06), AG/RES (XXXVII-O/07), AG/RES (XXXVIII-O/08), AG/RES (XXXIX-O/09), AG/RES (XL- O/10), AG/RES (XLI-O/11), AG/RES (XLII-O/12) y AG/RES (XLIII- O/13) sobre la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará ; El Informe sobre la Implementación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará en Cumplimiento de la Resolución AG/RES. 2803/13 (XLIII-O/13) al Cuadragésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General (CP/doc.4960/14) y los avances de su Mecanismo de Seguimiento (MESECVI);

13 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 12 AG/RES (XLII-O/12), fortalecimiento de la comisión interamericana de mujeres (Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2012); TENIENDO EN CUENTA el hecho de que 1 de cada 3 mujeres ha sufrido de maltrato y/o Violencia de género; REITERANDO que el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia es uno de los principales desafíos de la región y una de prioridades temáticas acordadas previamente por la Conferencia de Estados Parte de la Convención; RESALTANDO la Convención de Belém do Pará es el primer instrumento jurídico internacional vinculante sobre la violencia contra las mujeres en que los Estados Parte se comprometieron a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres en los ámbitos público y/o privado; TENIENDO PRESENTE el papel jugado por la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) en la lucha por la protección de los derechos de ciudadanía de las mujeres en las Américas y su apoyo a la plena sensibilidad y realización de los derechos de las mujeres, como precondición para la gobernabilidad democrática, el desarrollo sostenible y la paz en la región; DESTACANDO la celebración el foro hemisférico en Pachuca, México, llamado La Convención de Belém do Pará y la prevención de la violencia: Buenas prácticas y propuestas a futuro celebrado por MESECVI; ALARMADO POR la alta tasa de feminicidio que se ha dado en los últimos 20 años, a pesar de la creación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará); CREYENDO QUE la educación comienza desde la niñez de los individuos, y que es la base que conforma toda civilización íntegra asentada sobre los valores de respeto y la tolerancia a la mujer; ADVIRTIENDO CON PREOCUPACIÓN la persistencia de numerosos obstáculos tales como la discriminación de género, la cultura patriarcal, la falta de acceso eficiente a la justicia, la falta de conocimiento que tienen la mayoría de las mujeres acerca del marco jurídico de su país e internacionales tales como las leyes integrales de atención a la violencia contra la mujer y la Convención de Belém Do Pará; RESALTANDO la acción del mecanismo de seguimiento de la Convención de Belem Do Pará (MESECVI) cuyo trabajo de fundamenta en los informes nacionales en donde los Estados partes dan a conocer los avances realizados para la implementación de la Convención,

14 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 13 RESUELVE: 1. Continuar apoyando los trabajos ejercidos por la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), como principal foro generador de políticas hemisféricas sobre derechos humanos de las mujeres y equidad e igualdad de género, fomentando la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, oficiales y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer. 2. Instar a los Estados Miembros a que: i. Armonicen su legislación con lo estipulado en los tratados y convenciones internacionales de las que sean parte en materia de derechos humanos de las mujeres, particularmente la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), según corresponda, para avanzar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres y el logro de la igualdad de género; ii. Instauren programas educativos gubernamentales y del sector privado destinados a concientizar al público sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer, los recursos legales y la reparación que corresponda; iii. Promuevan la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experiencias y la ejecución de programas encaminados a proteger a la mujer objeto de violencia. 3. Instar al Secretario General a que en la solicitud de recursos incluya proyectos y programas de la CIM en materia de erradicación de la violencia contra las mujeres entre las prioridades que se presenten para la captación de financiamiento de donantes externos, e invitar a organizaciones privadas y públicas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos encaminados al mejoramiento y promoción de la CIM y sus proyectos. 4. Solicitar a la CIM y al Departamento de Planificación y Proyecto, la aprobación y apoyo tanto económico como de personal, hacia el programa que tiene como fin sensibilizar a la población frente a la violencia frente a la mujer. Nombrado como The Rose Run, el cual busca reconocer el valor de la mujer en la sociedad de las americanas, a través de:

15 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 14 a) Fomentar el uso de las TIC como medio de difusión para los programas dentro de The Rose Run. b) Realizar actividades interactivas tales como foros virtuales, documentales en plazas o parques municipales, entre otros. c) Realizar eventos deportivos con el fin de la concientización y recaudación de fondos para esta campaña, tales como maratones, tanto femeninos, masculinos y mixtos. d) Alentar a la CIM y a los diferentes medios de comunicación a difundir y expandir esta campaña mediante la creación de páginas web y propagandas tanto televisivos como de radio. 5. Alentar al sector privado y a donantes externos a patrocinar las diferentes campañas y actividades realizadas y planteadas en esta resolución.

16 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 15 CG-2 PROMOCION DE LA IGUALDAD DE GÉNERO MEDIANTE EL USO DE CONTENIDOS LIBRES DE ESTEREOTIPOS A TRAVES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LAS AMERICAS Propuesta de resolución presentada por las delegaciones de: La República de Argentina, Mancomunidad de las Bahamas, República de Costa Rica, Mancomunidad de Dominica, República de El Salvador, República de Guatemala, República Cooperativa de Guyana, República de Haití, República de Nicaragua, Santa Lucía, República de Trinidad y Tobago, República oriental de Uruguay, República Bolivariana de Venezuela. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, La resolución AG/RES.2425 (XXXVIII-O/08) Promoción de los derechos humanos de la mujer y la equidad e igualdad de género, producto del Trigésimo Octavo Periodo Ordinario de las Sesiones Medellín, Colombia, junio 2008; Los Artículos 1 y 15 de Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación hacia la Mujer; Los Artículos 28, 9 y 8 de la Carta Democrática Interamericana, que consagran la igualdad de género y la no discriminación; La resolución AG/RES. (XLV-0/14) Promoción de los derechos humanos de la mujer y la equidad e igualdad de género fortalecimiento de la Comisión Interamericana de Mujeres ; CONSIDERANDO que para la promoción de los derechos de la mujer y la equidad e igualdad de género es necesario apoyarse en el Programa Interamericano para los derechos de la mujer y la equidad e igualdad de género (PIA), que recomienda a los Estados Miembros fortalecer el ejercicio de los derechos de las mujeres mediante la difusión en los medios masivos;

17 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 16 RECONOCIENDO que los medios de comunicación constituyen una ventana perfecta para difundir ideologías y formas de pensar determinadas, y la clara necesidad de promover e incentivar a las sociedades a ir tras la igualdad, la equidad y el respeto como valores imprescindibles en el tejido social; RECORDANDO que según la UNESCO la libertad de expresión es un elemento crítico para la democracia, el desarrollo y el diálogo. Este es un derecho universal que todo el mundo debe gozar. Todos tienen el derecho a la libertad de opinión y de expresión; éste incluye el derecho a mantener una opinión sin interferencias y a buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de difusión sin limitación de fronteras, tal como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos, RESUELVE: 1. Exhortar a los medios de comunicación de los Estados Miembros de la OEA a difundir el trabajo realizado por organizaciones que trabajan en pro de la promoción de la igualdad de género, como la CIM, de tal forma que los ciudadanos tomen conciencia de la importancia de erradicar los estereotipos que generan discriminación de género. 2. Sugerir a los Estados Miembros la creación de un Foro Interamericano de Periodistas donde se les capacite acerca de la comunicación con enfoque de género y donde se difundirá y se promoverá el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres. 3. Instar a medios de comunicación de carácter privado y público; escritos, auditivos, audiovisuales y digitales a la difusión masiva de contenidos respetuosos y no discriminatorios, donde sea posible también denunciar las diversas problemáticas sociales que en su diario acontecer enfrentan las mujeres del Hemisferio. 4. Invitar a los Estados Miembros a la creación de un Programa Internacional de Medios Masivos para la comunicación con enfoque de género (PIMM), el cual garantice la no reproducción de contenidos ofensivos en contra de las mujeres, en este orden de ideas que tenga como objetivo la promoción de la igualdad de género mediante el uso de información libre de estereotipos y de discriminación. El PIMM será financiado por los recursos adquiridos a consecuencia de multas ocasionadas por la violación de los tratados acordados en la institución del Programa. 5. Instar a las autoridades de los medios de comunicación de los países miembros a que se realicen campañas de difusión mediática, donde se promueva la no discriminación

18 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 17 de género, a través de conferencias que exalten los beneficios de mostrar contenidos libres de estereotipos y discriminación.

19 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 18 CG-3 INCENTIVOS PARA LA PARTICIPACIÒN POLÍTICA DE MUJERES JÓVENES Propuesta de resolución presentada por las delegaciones de: Barbados, Belice, Estado Plurinacional de Bolivia, República Federativa de Brasil, Canadá, República de Colombia, República de Honduras, República Cooperativa de Guyana, Jamaica, República de Panamá, República de Surinam, Estados Unidos de América. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, La Carta Democrática Interamericana del 11 de Septiembre de 2001, que tomó parte en Lima, Perú, explícitamente Artículos 9 y 28, en cual se ratifica la importancia plena igualitaria de las mujeres en la política y la eliminación de toda forma de discriminación para promover la democracia y participación de las Américas; la Resolución de la ONU A/RES/66/130, que establece que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos, y de acceder, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas; los Artículos 1, 7, 11, 14, 15 de la Convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer (CEDAW) los cuales ratifican no a la discriminación y la igualdad ante la ley; AFIRMANDO que la Declaración de los Derechos Humanos establece que toda persona tiene el derecho de acceder a las funciones públicas de su país en condiciones de igualdad; ESTIMANDO las estadísticas que expresan a escala mundial, 37 Estados donde el género femenino representa menos del 10% de un total de los parlamentarios en cámaras individuales, y con preocupación que sólo un 10% de los cargos ministeriales en enero del 2015 eran ocupados por mujeres, que más del 50 % de las mujeres han expresado que se han vistos acosadas por censura ante entidades políticas de sus naciones; TENIENDO EN CUENTA los principios de la Carta de la OEA, que proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin distinción de géneros; CONVENCIDOS de que las mujeres son indispensables para el total y completo desarrollo de cualquier Estado miembro, que en una verdadera democracia es representada

20 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 19 tanto por mujeres como por hombres y que la mujer está sub-representada en todos los ámbitos políticos, RESUELVE: 1. Proponer a los Estados Miembros que realicen proyectos de capacitaciones a los estudiantes, mujeres rurales y campesinas, con el apoyo de la Comisión Interamericana de la Mujer (CIM) con el propósito de incentivar la participación política activa y dar a conocer sus derechos civiles. 2. Instar a los Estados a ofrecer la reducción de los impuestos tributarios, dependiendo del estado económico de cada uno, con el fin de que el sector privado promueva la elección de mujeres que estén capacitadas para los cargos directivos. 3. Proponer a cada uno de los Estados Miembros a incentivar por medio del registro, acceso y capacitación para ejercer los derechos civiles de las mujeres con ayuda del CEDAW. 4. Proponer a los Estados Miembros la promulgación de leyes que incentiven a los partidos políticos a destinar un porcentaje del 1 al 3% para capacitar a la mujer, con el propósito de incrementar la participación y candidatura de mujeres en cargos de elección popular. 5. Mejorar la promoción política de las mujeres candidatas a cargos políticos y públicos en los medios de comunicación, esto con el fin de incrementar la equidad de las mujeres en el ámbito político.

21 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 20 INICIATIVAS PARA REDUCIR LA BRECHA SALARIAL DE GÉNERO Y LA INCLUSIÓN EN EL MERCADO LABORAL DE HOMBRES Y MUJERES CG-4 Propuesta de resolución presentada por las delegaciones de: República de Argentina, Mancomunidad de Bahamas, Barbados, República Federativa de Brasil, Canadá, República de Chile, República Dominicana, República de Ecuador, Estados Unidos de América, República de Haití, Estados Unidos de México, República del Perú, República del Paraguay. LA ASAMBLEA GENERAL, TENIENDO EN CUENTA el convenio de la OIT No. 156 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (1981) que reafirma el derecho a protección especial y a no ser discriminados en el empleo y ocupación por esta condición; ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO el convenio de la OIT No. 100 sobre la igualdad de remuneraciones (1951) que establece que las mujeres tienen derecho a percibir el mismo salario que los hombres cuando realizan un trabajo del mismo valor; RECORDANDO que con la adopción del PIA, mediante la resolución AG/RES1732 (XXXO/00), los gobiernos del Hemisferio fueron incentivados para implementar estrategias decisivas para promover los derechos humanos de la mujer y garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; RECONOCIENDO que dentro de las estrategias establecidas por la CIM en su informe sobre el Avance de la igualdad de género en el marco del trabajo decente se estableció promover una cultura institucional con igualdad de género en los Ministerios de Trabajo; TOMANDO NOTA del Informe sobre el avance de la igualdad de género en el marco del trabajo decente presentado por la CIM, el cual establece que los países con mayor igualdad entre hombres y mujeres son más productivos; TENIENDO EN CUENTA que las estadísticas permiten analizar y medir el avance que van realizando cada uno de los Estados es primordial que estas sean realizadas

22 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 21 periódicamente para así tener un control que garantice y muestre los cambios, el avance y la eficiencia, RESUELVE: 1. Promover la integración del mercado laboral mediante medidas que logren disminuir la carga que tiene el hogar en la mujer lo cual impide su desarrollo en el mercado laboral. a. Impulsar la implementación de licencias de paternidad para que la responsabilidad del hogar sea equitativa entre hombres y mujeres b. Desarrollar programas que promuevan servicios de cuidado infantil como Chile Crece Contigo que busca apoyar integralmente a los niños, niñas y sus familias desde la gestación hasta su ingreso al sistema escolar. c. Solicitar a los Estados Miembros que faciliten el acceso a instituciones de cuidado infantil o personas con discapacidades. d. Concientizar a la sociedad de la necesidad de fortalecer la corresponsabilidad doméstica. e. Incentivar el derecho igualitario teniendo en cuenta que tanto la mujer como el hombre tiene las mismas capacidades de progreso laboral. 2. Implementar en los Estados Miembros de la OEA medidas que garanticen la igualdad de género en la remuneración del salario a. Promover la creación o fortalecimiento de instancias de discusión, análisis, y diseño de actividades de los Mecanismos Nacionales trabajando con los Ministerios de Trabajo. b. Establecer mecanismos de monitoreo que regulen el cumplimiento de convenio No. 100 de la OIT. i. Los Estados deberán impartir sanciones a aquellas empresas que no cumplan con el convenio No. 100 y las medidas impartidas por el Ministerio de Trabajo en cuanto a la diminución de la brecha salarial. 3. Instar a los Estados a implementar el Sistema de Certificación de Calidad de Género en las empresas. Este certificado le otorgaría beneficios en la disminución de impuestos tributarios. Este sistema evaluaría los siguientes aspectos: a. Desarrollo de carrera y acceso a la capacitación b. Asistir a las convenciones o foros de capacitación implementados por la CIM c. Representación equilibrada entre hombres y mujeres en los cargos de

23 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 22 jefatura y responsabilidad directiva. d. Condiciones de trabajo aptas para los empleados. e. Protección de los derechos de maternidad y responsabilidades parentales por igualdad. f. Conciliación de responsabilidades laborales con familiares. g. Prevención y sanción del acoso laboral y o sexual en el trabajo. h. Procesos de reclutamiento y selección. 4. Instar a los Estados a que motiven a las empresas mediante el apoyo de los Mecanismos Nacionales y los Ministerios de Trabajo para el Avance de la Mujer (MNM) e instauren medidas para: a. Control de salarios para lograr la igualdad de salarial. b. Crear una división que se encargue de identificar y evaluar las diferencias en los salarios para así disminuir las brechas en estos. c. Reconocer la desigualdad salarial y lo que esta implica negativamente para el género femenino en cuanto a: i. Problemas económicos. ii. Formas de progresar teniendo en cuenta las oportunidades de educación y emprendimiento. iii. El desarrollo de la vida digna. 5. Desarrollar campañas de culturización para la concientización de las mujeres en la sociedad reconociendo la importancia en el pensamiento emprendedor y el desarrollo de actividades que lo promuevan trabajando en conjunto con la PIM. a. Organizar foros o convenciones con especialistas de la CIM que promuevan el intercambio de las buenas prácticas entre las empresas. b. Garantizar la transparencia de los salarios en las empresas públicas y privadas tanto en mujeres como en hombre para conseguir una igualdad de condiciones. 6. Realizar estadísticas que permitan medir el avance que realizan las mujeres en cuanto a su inclusión en el mercado laboral y en la disminución de la brecha de género evaluando el cumplimiento del compromiso en forma periódica.

24 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 23 CG-5 IGUALDAD DE GÉNERO Y LOS DERECHOS HUMANOS EN LA EDUCACIÓN BÁSICA EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA OEA Propuesta de resolución presentada por las delegaciones de: República de Chile, República de Nicaragua, República de Surinam, República de Panamá, Mancomunidad de Dominica, República de Trinidad y Tobago, República de Costa Rica, República Oriental del Uruguay. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, La resolución AG/RES (XLI-O/11) Asamblea General, Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género ; los Títulos dos y tres de la Carta Democrática Interamericana, que trata sobre la democracia y los derechos humanos y la democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza; TENIENDO EN CUENTA El Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador"; TOMANDO COMO PRIORIDAD la necesidad de la educación básica como factor que impulse el desarrollo equitativo tanto en distintos géneros como en distintas clases sociales, y que a lo largo de la historia de la humanidad, las diferencias de género han causado que las mujeres deban enfrentarse a mayores desafíos sociales y continúen luchando por la equidad en ciertas sociedades, como desigualdad a nivel social, económico y político; REAFIRMANDO que la Relatoría sobre los Derechos de las Mujeres, asociada a Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es una de las ocho relatorías temáticas de la CIDH;

25 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 24 TENIENDO PRESENTE la igualdad de género y el acceso a la educación como parte de los Artículos 7, 8, 9 y 10 de la Carta Democrática Interamericana que hacen referencia a la democracia y los derechos humanos, y los Artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de la misma que hacen referencia a democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza; RECORDANDO el Artículo 3 sobre Obligación de no Discriminación y el Artículo 13 sobre el Derecho a la Educación del Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ( Protocolo de San Salvador ) son relativos al derecho de igualdad de género y al derecho a la educación; DESTACANDO a la mujer como componente fundamental de la familia y la sociedad, además priorizando su educación como parte del proceso necesario para el correcto desarrollo de su papel, RESUELVE: 1. Instruir a La Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) a reforzar el desarrollo de programas de estudio que hagan énfasis a los derechos de la mujer en los Estados Miembros de la Organización a través de la financiación y el apoyo de los países miembros. 2. Invitar a los Estados Miembros a utilizar mecanismos que capaciten a los docentes en la promoción de la igualdad mediante la educación como el Proyecto Regional de Indicadores Educativos (PRIE), como base fundamental para el desarrollo de la educación y la aplicación de nuevas metodologías. 3. Urgir a los Estados Miembros a utilizar la Red Interamericana de Educación Docente (RIED) para promover la igualdad de género en los estudiantes, como un mecanismo que permite el establecimiento de nuevas habilidades en los docentes, cambiando así actitudes y aptitudes que los estudiantes lo cual repercutirá directamente en los modelos educativos y por lo tanto en la calidad de la educación. 4. Instruir al Departamento de Becas de la Organización de Estados Americanos que a través del portal educativo de las Américas y en coordinación con los países, capacite docentes de educación básica en lo referente a la impartición de cátedras donde se instruya a la población equitativamente con respecto a la importancia y el desarrollo de los valores democráticos y la igualdad de género y los derechos de las mujeres.

26 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página Invitar a los Estados Miembros a contribuir a través de su capacidad profesional, a la inversión en el adiestramiento de los docentes de pre Kindergarten, para así impactar directamente en la sociedad desde temprana edad, llevando así equitativamente a una generación a ser parte de una sociedad fundamentada en los valores democráticos. 6. Instar a los Estados Miembros a través de sus ministerios de educación a que incluyan en el currículo académico un programa sobre derechos humanos. 7. Exhortar a los Estados Miembros a que los ministerios de educación promuevan el acceso de niñas y poblaciones vulnerables como mujeres indígenas, rurales y afrodescendientes a la educación gratuita.

27 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 26 LIBRO DE RESOLUCIONES PRIMERA COMISIÓN

28 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 27 MECANISMOS PARA DISMINUIR EL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN HACIA AFRO-DESCENDIENTES Y PERSONAS DE DESCENDENCIA INDÍGENA EN EL HEMISFERIO I-1 Propuesta de Resolución presentada por las delegaciones de: Estado Plurinacional de Bolivia, Mancomunidad de Dominica, República de Ecuador, República de Guatemala, República Cooperativa de Guyana, República de Panamá, República del Paraguay, República Dominicana, República de El Salvador, LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, Resolución AG/RES (XXXIII-O/ 03) Prevención del Racismo y de toda forma de Discriminación e intolerancia y consideración de la elaboración de un proyecto de Convención interamericana ; Resolución A/RES66/296 (A/66L.62) Organización de la reunión plenaria de alto nivel sexagésimo noveno período de sesiones de la asamblea general que se considera como conferencia mundial sobre los pueblos indígenas ; Resolución A/RES/66/154 (A/66/462/ADD.2,PROY.DERES.V) Derechos humanos y diversidad cultural ; CONTEMPLANDO lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos: El principio de igualdad ante la ley, igual protección ante la ley y no discriminación, pertenece jus cogens, puesto que él descansa todo el andamiaje jurídico del orden público nacional e internacional y es un principio fundamental que permea todo ordenamiento jurídico. ; TENIENDO EN CUENTA que conforme a la Convención Americana, la Corte ha establecido que la prohibición general de discriminación se extiende al derecho interno de los Estados Parte, de tal manera que estos se han comprometido, a no introducir en su ordenamiento jurídico regulaciones discriminatorias referentes a la protección de la ley;

29 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 28 AFIRMANDO que según el Artículo 25 de la Convención Americana: toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales, RESUELVE: 1. Incentivar a los Estados Miembros a continuar sus esfuerzos en la formulación de los instrumentos jurídicos que sean necesarios para garantizar la protección de los derechos de los afro-descendientes y poblaciones de descendencia indígena. 2. Invitar el fortalecimiento de las instituciones descentralizadas para la defensa y promoción de los derechos humanos para que incorporen las demandas e interese de la población afro-descendiente e indígena, con el fin de calificar sus afectaciones y llevar en cada caso la solución de lo reconocido. 3. Instar a los Estados Miembros a la implementación de medidas que permitan la recepción de quejas y peticiones por vías directas y ágiles relacionadas la protección de sus derechos. 4. Exhortar a los países asistentes a participar en la creación de una organización multilateral encargada de la promoción del acceso a la justicia de la población afro-descendiente e indígenas. 5. Exhortar a la República de Panamá a la colaboración financiera para poder llevar a cargo los gastos necesaria para cumplir esta causa.

30 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 29 PROMOCIÓN DE CAMPAÑAS EN EL SECTOR PRIVADO PARA FOMENTAR EL LIDERAZGO DE AFRODESCENDIENTES Y PERSONAS DE DESCENDENCIA INDÍGENA EN EL LUGAR DE TRABAJO I-2 Propuesta de Resolución presentada por las delegaciones de: República de Argentina, Mancomunidad de las Bahamas, Barbados, Canadá, República de Colombia, República del Perú, Santa Lucía, República de Surinam y República Bolivariana de Venezuela. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, El Artículo 2 de la Declaración de los Derechos Humanos, la cual afirma que toda persona tiene los mismos derechos y libertades, sin distinción alguna; El Artículo 12 de la Carta Social de las Américas, el cual recita que los Estados Miembros tienen la responsabilidad de promover y alcanzar el desarrollo social con igualdad e inclusión social para todos; El Artículo 4 del Convenio No. 169 de la OIT, que establece la necesidad de adoptar medidas especiales para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medioambiente de estos pueblos. TENIENDO EN CUENTA todos los infortunios de las cuales las comunidades afrodescendientes e indígenas de las Américas han sido víctimas; CONSIDERANDO que las comunidades de afrodescendientes e indígenas ha sufrido discriminación racial al emigrar a las zonas urbanas; RECONOCIENDO que la discriminación constituye un obstáculo para el progreso en el sector laboral y teniendo en cuenta la importancia y validez de los derechos humanos; REAFIRMANDO la determinación y el compromiso de los Estados Miembros de combatir la discriminación, la exclusión social y el racismo; y de crear condiciones más favorables para el desarrollo de los grupos minoritarios;

31 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 30 RESUELVE: RESPETANDO la soberanía de los Estados Miembros en la toma de decisiones, 1. Recomendar la promoción de campañas dentro del sector privado con el fin de sensibilizar a sus directivas y trabajadores, acerca de la situación actual de las comunidades afrodescendientes e indígenas en el continente americano. 2. Incentivar a los Estados Miembros a implementar una política de exención de impuestos a empresas que empleen de manera importante a poblaciones afrodescendientes y de descendencias indígena en su personal. 3. Invitar a los gobiernos de los Estados participantes a garantizar una participación más activa a los líderes pertenecientes a grupos minoritarios del continente, dentro del ámbito laboral y político. 4. Exhortar a los Estados Miembros a subsidiar las microempresas y/o cooperativas dirigidas por empresarios pertenecientes a comunidades afrodescendientes o de descendencia indígena, para así estimular la economía e incrementar la inclusión de estos grupos en el mercado laboral. 5. Instar a los Estados Miembros a introducir en las empresas medidas que consisten en emplear asesores para tratar los casos de discriminación y racismo en el ámbito laboral. Tomado como ejemplo la gestión del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

32 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 31 LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS AFRO-DESCENDIENTES Y PUEBLOS INDÍGENAS EN EL CONTEXTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, DESARROLLO Y EXTRACCIÓN I-3 Propuesta de resolución presentada por las delegaciones de: Canadá, Estados Unidos de América, Estados Unidos de México, República de Haití, República de Honduras, República de Nicaragua, República Oriental de Uruguay, República Federativa de Brasil. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, AG/RES (XLIV-O/14) Reconocimiento del Decenio Internacional de los afro-descendientes; AG/RES (XLIV-O/14) Proyecto de Declaración americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; AG/RES. 79 (XLIV-O/14) Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en las Américas; AG/RES.2851 (XLIV-O/14) Defensoras y Defensores de Derechos Humanos: Apoyo a las tareas que desarrollan las personas, grupos y organizaciones de la sociedad civil para la promoción y protección de los derechos humanos en las Américas, TENIENDO EN CUENTA la precaria situación que padecen las comunidades afro descendientes y poblaciones de descendencia indígena y la necesidad de transformarla para su progreso y desarrollo; CONSIDERANDO la necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los afro descendientes y pueblos de descendencia indígena en el Hemisferio, que derivan de sus estructuras políticas, económicas, sociales y de educación; RECORDANDO la presencia de dificultades sociales, económicas, políticas y laborales en varios países presentes, como consecuencia de la discriminación y racismo hacia comunidades afro descendientes y de descendencia indígena,

33 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 32 RESUELVE: 1. Solicitar a los Estados Miembros a que se haga verdaderamente efectivo el derecho a la consulta previa con respecto a proyectos de inversión, desarrollo y extracción en pro de la equidad étnica y cultural. 2. Exhortar a los Estados Miembros a que promuevan el reconocimiento laboral y económico de sus ciudadanos afro descendientes y de descendencia indígena en los proyecto de inversión, desarrollo y extracción, mediante mecanismo idóneos de consulta con relación formulación de políticas laborales actualizadas y justas, para que por medio de estas velen por sus derechos. 3. Promover la priorización de proyectos de educación por parte de las naciones miembro hacia las comunidades indígenas y afro descendientes que permitan elevar el nivel de accesibilidad laboral en los proyectos de inversión, desarrollo y extracción. 4. Instar a la secretaria general de la OEA a la creación de una fundación denominada FIDCE (Fundación Internacional para el Desarrollo de Comunidades Étnicas), que con la contribución económica de entidades privadas, organizaciones no gubernamentales y los gobiernos en capacidad, permita disminuir la discriminación, de las mismas, mediante la inclusión de sus necesidades en los proyectos de inversión, desarrollo y extracción.

34 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 33 HACIA LA EDUCACIÓN TEMPRANA CONTRA EL RACISMO, LA INTOLERANCIA, LA DISCRIMINACIÓN Y LA DESIGUALDAD HACIA DISTINTOS GRUPOS RACIALES EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA OEA I-4 Propuesta de Resolución presentada por las delegaciones de: República de Argentina, Barbados, República de Belice, República de Haití, República de Nicaragua, República de Surinam, República de Trinidad y Tobago, República Bolivariana de Venezuela. LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS, AG/RES.2824 (XLIV-O/14) Reconocimiento del decenio internacional de los afrodescendientes; AG/RES.2580 (XL-O/19) Reconocimiento y promoción de los y las afrodescendientes de las Américas; AG/RES.2793 (XLIII-O/13) Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; AG/RES.2802 (XLIII-O/13) Convención interamericana contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia; REITERANDO FIRMEMENTE los esfuerzos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) por erradicar el racismo y cualquier tipo de discriminación o intolerancia y la certeza de que dichas actitudes excluyentes constituyen una negación de los derechos fundamentales, los cuales son inalienables, inviolables y están previstos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración americana de los derechos y deberes del hombre, en la Convención Americana de los Derechos Humanos, en la Declaración universal de los Derechos Humanos, en la Carta Social de las Américas, en la Carta Democrática Interamericana, en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, y en la Declaración Universal sobre el los Derechos Humanos; TENIENDO PRESENTE el Artículo 14 de la Carta Social de las Américas se establece que los Estados Miembros tienen la responsabilidad de desarrollar e implementar políticas y programas de protección social integral basadas en principios de universalidad e

35 5to Modelo de la OEA Uninorte 2015 Página 34 igualdad que den prioridad a las personas que viven en condición de escasos recursos y vulnerabilidad y tomando en cuenta sus circunstancias nacionales; CONSIDERANDO que en el Artículo 28 de la Carta Social de las Américas, los Estados Miembros reconocen y respetan el carácter pluricultural y multilingüe de las Naciones del Hemisferio y se comprometen a promover el respeto y el reconocimiento de las diversas culturas indígenas, así como alentar las relaciones multiculturales armónicas y que además tienen derecho a practicar y conservar sus tradiciones, costumbres y conocimientos tradicionales y merecen que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias, y aspiraciones sean respetadas y promovidas; TENIENDO EN CUENTA el Artículo 33 de la Carta Social de las Américas que se basa en los principios de cooperación y solidaridad a los cuales los Estados Miembros que se encuentre comprometidos; TENIENDO PRESENTE que el Artículo 9 de la Carta Democrática Interamericana estipula la eliminación de toda forma de discriminación, especialmente la discriminación étnica y racial, así como la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y el respeto a la diversidad étnica, cultural y religiosa en las Américas; RECONOCIENDO que los sistemas educativos de cada uno de los países necesitan incluir más cátedras acerca del respeto a la diversidad étnica, fomentar los Derechos Humanos y el respeto hacia las comunidades minoritarias, RESUELVE: 1. Alentar a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos a fomentar valores éticos desde la niñez, infancia y adolescencia por medio de mecanismos que promuevan el respeto, dictadas por docentes del mismo país, que tendrán como propósito la inclusión de afro-descendientes y personas de descendencia indígena y de este modo acabar con estigmas sociales. 2. Instar la adopción de políticas educativas internas en cada país miembro de la OEA, donde el ministerio de educación del respectivo país controle y dirija las cátedras mencionadas previamente. 3. Exhortar a los países Miembros de la OEA a la cooperación sustentada en el respeto, la solidaridad y la complementariedad, basada en los principios de la Organización de los Estados Americanos (Artículo 34), esta ayuda consiste en:

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