Intrafamiliar. Maltrato. Trabajo de Investigación. Existe conciencia de denuncia, de violencia intrafamiliar, en nuestra. sociedad. Escuela de Derecho

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1 Maltrato Intrafamiliar Existe conciencia de denuncia, de violencia intrafamiliar, en nuestra sociedad Trabajo de Investigación Integrantes : Patricio Cáceres, Nicolás Escobar, Felipe Marambio, Rene parra, Gonzalo Pereira, Alejandro Velastegui. Profesora : Mónica Ahumada Escuela de Derecho

2 INDICE Maltrato Intrafamiliar Introducción 3 Definición de violencia intrafamiliar 1. Definición según la ley 4 2. Ley de Violencia Intrafamiliar Síntesis de la Ley Definición según la comunidad Estadística según la comunidad 13 Instituciones publicas Sename Carabineros de Chile Investigaciones de Chile Sernam Hospitales Tribunales de familia Procedimiento a seguir en caso de violencia intrafamiliar 21 Estadísticas Comunas de la capital Santiago Rancagua Chile vs. Argentina Femicidio en chile durante el Análisis del femicidio durante el Maltrato infantil Análisis 32 Imágenes 33 Conclusión 35

3 Introducción Nuestro grupo recaudo información de Violencia intrafamiliar en donde se refiere a una situación de abuso de poder o maltrato, físico o psíquico, de un miembro de la familia sobre otro. Lo que quiere decir, que la violencia puede ser, física o sicológica. En nuestra sociedad esta bien marcado estos aspectos de violencia en los sectores más bien de menores recursos económicos como también en los sectores de alta competitividad de mayores ingresos económicos. Lo cual estos maltratos se manifiestan a través de golpes e incidentes graves, como también mediante insultos, manejo económico, amenazas, infidelidad, abuso sexual, abandono efectivo, humillaciones, etc. Este trabajo muestra una investigación a fondo, de Cómo nuestra sociedad esta expuesta a estas violencias? ; si existe conciencia de denuncias frentes a situaciones de violencia intrafamiliar en nuestra sociedad? ; cuales son los porcentajes de denuncias? ; y lo mas importante de cómo el gobierno y las leyes tienen reguladas las sanciones y penas aflictivas de los delitos de violación y maltratos a dichas victimas en diferentes situaciones. En consecuencia no podíamos dejar aún lado nuestras instituciones de orden y seguridad como carabineros de chile junto con investigaciones que cumplen un trabajo fundamental para aclarar estas situaciones que pueden ser de gran riesgo para la integridad física que amerita la situación. También no dejamos aun lado la labor importante del SERNAM que se especializan en recibir víctimas de violencia intrafamiliar, lo cual tiene por objetivo dar respuesta lo más rápido posible a las necesidades de los involucrados, atender consultas jurídicas o médicas. Para concluir se hizo una comparación de distintas comunas y ciudades donde surgen las mayores denuncias, encuadrándonos en estadísticas, que nos entregaron las entidades públicas y privadas donde llevan un estricto control de las denuncias que cada día florece de distintas índole en nuestra sociedad. 3

4 Definición según la ley Se entiende como "violencia intrafamiliar" todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de un miembro de la familia sobre otro. Esto incluye cónyuges, ex cónyuges, convivientes, padres de un hijo en común, menores de edad, discapacitados bajo el cuidado de alguien de la familia, y pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta (padres) o en la colateral hasta el tercer grado inclusive (primos, tíos), del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. 4

5 Ley de Violencia Intrafamiliar Nº Párrafo 1. De la violencia intrafamiliar Articulo 1.- Objeto de la ley. Esta ley tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas de la misma. Articulo 2º.- Obligación de protección. Es deber del Estado adoptar las medidas conducentes para garantizar la vida, integridad personal y seguridad de los miembros de la familia. Articulo 3º.- Prevención y Asistencia. El Estado adoptará políticas orientadas a prevenir la violencia intrafamiliar, en especial contra la mujer y los niños, y a prestar asistencia a las víctimas. Entre otras medidas, implementará las siguientes: a) Incorporar en los planes y programas de estudio contenidos dirigidos a modificar las conductas que favorecen, estimulan o perpetúan la violencia intrafamiliar; b) Desarrollar planes de capacitación para los funcionarios públicos que intervengan en la aplicación de esta ley; c) Desarrollar políticas y programas de seguridad pública para prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar; d) Favorecer iniciativas de la sociedad civil para el logro de los objetivos de esta ley; e) Adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás instrumentos internacionales suscritos por el Estado de Chile, y f) Crear y mantener sistemas de información y registros estadísticos en relación con la violencia intrafamiliar. Articulo 4º.- Corresponderá al Servicio Nacional de la Mujer proponer al Presidente de la República las políticas públicas para el cumplimiento de los objetivos de esta ley. En coordinación y colaboración con los organismos públicos y privados pertinentes formulará anualmente un plan nacional de acción. Para los efectos de los incisos anteriores, el Servicio Nacional de la Mujer tendrá las siguientes funciones: a) Impulsar, coordinar y evaluar las políticas gubernamentales en contra de la violencia intrafamiliar; b) Recomendar la adopción de medidas legales, reglamentarias o de otra naturaleza para prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar; c) Prestar asistencia técnica a los organismos que intervengan en la aplicación de esta ley que así lo requieran, y d) Promover la contribución de los medios de comunicación para erradicar la violencia contra la mujer y realzar el respeto a su dignidad. 5

6 Artículo 5º.- Violencia intrafamiliar. Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. Párrafo 2º. De la Violencia Intrafamiliar de conocimiento de los Juzgados de Familia Artículo 6º.- Los actos de violencia intrafamiliar que no constituyan delito serán de conocimiento de los juzgados de familia y se sujetarán al procedimiento establecido en la ley Nº Articulo 7.- Situación de riesgo. Cuando exista una situación de riesgo inminente para una o más personas de sufrir un maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, aun cuando éste no se haya llevado a cabo, el tribunal, con el solo mérito de la denuncia, deberá adoptar las medidas de protección o cautelares que correspondan. Se presumirá que existe una situación de riesgo inminente como la descrita en el inciso anterior cuando haya precedido intimidación de causar daño por parte del ofensor o cuando concurran además, respecto de éste, circunstancias o antecedentes tales como: drogadicción, alcoholismo, una o más denuncias por violencia intrafamiliar, condena previa por violencia intrafamiliar, procesos pendientes o condenas previas por crimen o simple delito contra las personas o por alguno de los delitos establecidos en los párrafos 5 y 6 del Título VII, del Libro Segundo del Código Penal o por infracción a la ley N , o antecedentes psiquiátricos o psicológicos que denoten características de personalidad violenta. Además, el tribunal cautelará especialmente los casos en que la víctima esté embarazada, se trate de una persona con discapacidad o tenga una condición que la haga vulnerable. Articulo 8.- Sanciones. Se castigará el maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, atendida su gravedad, con una multa de media a quince unidades tributarias mensuales a beneficio del gobierno regional del domicilio del denunciante o demandante, para ser destinada a los centros de atención de víctimas de violencia intrafamiliar existentes en la región respectiva y que sean de financiamiento público o privado. El condenado deberá acreditar el pago de la multa dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la notificación de la sentencia, a menos que el juez, por motivos fundados, prorrogue dicho término hasta por quince días. En caso de incumplimiento el tribunal remitirá los antecedentes al Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. 6

7 Artículo 9º.- Medidas accesorias. Además de lo dispuesto en el artículo precedente, el juez deberá aplicar en la sentencia una o más de las siguientes medidas accesorias: a) Obligación de abandonar el ofensor el hogar que comparte con la víctima. b) Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio. Si ambos trabajan o estudian en el mismo lugar se oficiará al empleador o director del establecimiento para que adopte las medidas de resguardo necesarias. c) Prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el comiso, de armas de fuego. De ello se informará, según corresponda, a la Dirección General de Movilización, a la Comandancia de Guarnición o al Director de Servicio respectivo, para los fines legales y reglamentarios que correspondan. d) La asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar. Las instituciones que desarrollen dichos programas darán cuenta al respectivo tribunal del tratamiento que deba seguir el agresor, de su inicio y término. El juez fijará prudencialmente el plazo de estas medidas, que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a un año, atendidas las circunstancias que las justifiquen. Ellas podrán ser prorrogadas, a petición de la víctima, si se mantienen los hechos que las justificaron. En el caso de la letra d), la duración de la medida será fijada, y podrá prorrogarse, tomando en consideración los antecedentes proporcionados por la institución respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, el juez, en la sentencia definitiva, fijará los alimentos definitivos, el régimen de cuidado personal y de relación directa y regular de los hijos si los hubiere y cualquier otra cuestión de familia sometida a su conocimiento por las partes. Articulo 10.- Sanciones. En caso de incumplimiento de las medidas cautelares o accesorias decretadas, con excepción de aquella prevista en la letra d) del artículo 9, el juez pondrá en conocimiento del Ministerio Público los antecedentes para los efectos de lo previsto en el inciso segundo del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de imponer al infractor, como medida de apremio, arresto hasta por quince días. La policía deberá detener a quien sea sorprendido en quebrantamiento flagrante de las medidas mencionadas en el inciso precedente. Articulo 11.- Desembolsos y perjuicios patrimoniales. La sentencia establecerá la obligación del condenado de pagar a la víctima los desembolsos y perjuicios de carácter patrimonial que se hubieren ocasionado con la ejecución del o los actos constitutivos de violencia intrafamiliar objeto del juicio, incluida la reposición en dinero o en especie de bienes dañados, destruidos o perdidos. Estos perjuicios serán determinados prudencialmente por el juez. 7

8 Articulo 12.- Registro de sanciones y medidas accesorias. El Servicio de Registro Civil e Identificación deberá llevar un Registro Especial de las personas que hayan sido condenadas, por sentencia ejecutoriada, como autoras de violencia intrafamiliar, así como de las demás resoluciones que la ley ordene inscribir. El tribunal, ejecutoriada que sea la sentencia, deberá oficiar al Registro Civil, individualizando al condenado y la sanción principal y las accesorias aplicadas por el hecho de violencia intrafamiliar, con excepción de la prevista en la letra d) del artículo 9, circunstancias que el mencionado Servicio hará constar, además, en el respectivo certificado de antecedentes. Este Registro Especial será puesto en conocimiento del tribunal a solicitud de éste, en los casos regulados en la ley. Párrafo 3 De la violencia intrafamiliar constitutiva de delito Articulo 13.- Normas Especiales. En las investigaciones y procedimientos penales sobre violencia intrafamiliar se aplicarán, además, las disposiciones del presente Párrafo. Articulo 14.- Delito de maltrato habitual. El ejercicio habitual de violencia física o psíquica respecto de alguna de las personas referidas en el artículo 5º de esta ley se sancionará con la pena de presidio menor en su grado mínimo, salvo que el hecho sea constitutivo de un delito de mayor gravedad, caso en el cual se aplicará sólo la pena asignada por la ley a éste. Para apreciar la habitualidad, se atenderá al número de actos ejecutados, así como a la proximidad temporal de los mismos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferente víctima. Para estos efectos, no se considerarán los hechos anteriores respecto de los cuales haya recaído sentencia penal absolutoria o condenatoria. El Ministerio Público sólo podrá dar inicio a la investigación por el delito tipificado en el inciso primero, si el respectivo Juzgado de Familia le ha remitido los antecedentes, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la ley N Articulo 15.- Medidas cautelares. En cualquier etapa de la investigación o del procedimiento sobre delitos constitutivos de violencia intrafamiliar, y aun antes de la formalización, el tribunal con competencia en lo penal podrá decretar las medidas cautelares que sean necesarias para proteger a la víctima de manera eficaz y oportuna, tales como las que establece el artículo 92 de la ley Nº y las aludidas en el artículo 7 de esta ley. Articulo 16.- Medidas accesorias. Las medidas accesorias que establece el artículo 9º serán aplicadas por los tribunales con competencia en lo penal, cuando el delito constituya un acto de violencia intrafamiliar, sin perjuicio de las sanciones principales y accesorias que correspondan al delito de que se trate. El tribunal fijará prudencialmente el plazo de esas medidas, que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a un año, atendidas las circunstancias que las justifiquen. Dichas medidas podrán ser prorrogadas, a petición de la víctima, si se mantienen los hechos que las justificaron. En el caso de la letra d) del artículo 9º, laf duración A ded la medida Aserá fijada, y podrá prorrogarse, tomando en consideración los antecedentes proporcionados por la institución respectiva. 8

9 Articulo 17.- Condiciones para la suspensión del procedimiento. Para decretar la suspensión del procedimiento, el juez de garantía impondrá como condición una o más de las medidas accesorias establecidas en el artículo 9, sin perjuicio de las demás que autoriza el artículo 238 del Código Procesal Penal. Articulo 18.- Sanciones. En caso de incumplimiento de las medidas a que se refieren los artículos 15, 16 y 17, se aplicará lo dispuesto en el artículo 10. Articulo 19.- Improcedencia de acuerdos preparatorios. En los procesos por delitos constitutivos de violencia intrafamiliar no tendrá aplicación el artículo 241 del Código Procesal Penal. Articulo 20.- Representación judicial de la víctima. En casos calificados por el Servicio Nacional de la Mujer, éste podrá asumir el patrocinio y representación de la mujer víctima de delitos constitutivos de violencia intrafamiliar que sea mayor de edad, si ella así lo requiere, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 109 del Código Procesal Penal. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior, el Servicio podrá celebrar convenios con entidades públicas o privadas. Párrafo 4. Otras disposiciones Articulo 21.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal: a) Intercálanse, en la circunstancia 4ª del artículo 11, a continuación de la expresión "a su cónyuge,", las palabras "o su conviviente", seguidas de una coma (,). b) En el artículo 390, suprímense la frase "sean legítimos o ilegítimos", así como la coma (,) que le sigue, y la palabra "legítimos" que sigue al término "descendientes", e intercálase, a continuación del vocablo "cónyuge", la expresión "o conviviente". c) Sustituyese el artículo 400, por el siguiente: "Artículo 400. Si los hechos a que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutan en contra de alguna de las personas que menciona el artículo 5º de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, o con cualquiera de las circunstancias Segunda, Tercera o Cuarta del número 1º del artículo 391 de este Código, las penas se aumentarán en un grado.". d) Agregase la siguiente oración al final del N 5 del artículo 494: "En ningún caso el tribunal podrá calificar como leves las lesiones cometidas en contra de las personas mencionadas en el artículo 5 de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar.". 9

10 Articulo 22.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N : a) Sustituyese el inciso segundo del artículo 90, por el siguiente: "Si de los antecedentes examinados en la audiencia preparatoria o en la del juicio aparece que el denunciado o demandado ha ejercido violencia en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, el tribunal los remitirá al Ministerio Público. b) Reemplazase la primera oración del número 1 del artículo 92, por la siguiente: "Prohibir al ofensor acercarse a la víctima y prohibir o restringir la presencia de aquél en el hogar común y en el domicilio, lugar de estudios o de trabajo de ésta.". a.c.) Sustituyese el artículo 94, por el siguiente: "Artículo 94.- Incumplimiento de medidas cautelares. En caso de incumplimiento de las medidas cautelares, el juez pondrá en conocimiento del Ministerio Público los antecedentes para los efectos de lo previsto en el inciso segundo del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de ello, impondrá al infractor, como medida de apremio, arresto hasta por quince días.". Articulo 23.- Intercalase en el inciso primero del artículo 30 de la ley Nº , a continuación de la expresión "Código Penal", la siguiente oración, precedida de una coma (,): "o de los delitos contra las personas que sean constitutivos de violencia intrafamiliar". Articulo 24.- Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley, quienes detenten la calidad de adoptantes o adoptados conforme a lo dispuesto en las leyes Nº y Nº , se considerarán ascendientes o descendientes, según corresponda. Articulo 25.- Vigencia. La presente ley comenzará a regir el 1 de Octubre de Articulo 26.- Derogación. Derogase la ley Nº , sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la ley Nº Toda referencia legal o reglamentaria a la ley Nº , debe entenderse hecha a la presente ley.". 10

11 Síntesis de la Ley Objetivo de la ley Prevenir Sancionar Erradicar la violencia intrafamiliar Otorgar protección a las victimas A quien protege la ley A quien tenga la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con el. Sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda línea recta o en la colateral hasta el 3er. Grado. Cuando exista un hijo en común. Persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo cuidado o dependencia de los integrantes del núcleo familiar. Quienes pueden denunciar Las victimas, sus ascendientes, descendientes, guardadores o personas que la tengan a su cuidado. Cualquier persona que tenga conocimiento directo de los hechos. Contenido de la demanda Designación del tribunal Identificación del demandante, de la victima y de quien componga el núcleo familia. Narración circunstanciada de los hechos. Identificación del Ofensor 11

12 Definición de Violencia Intrafamiliar según la comunidad Después de preguntarle a la comunidad, que es lo que entiende por violencia intrafamiliar, alguna personas nos dijeron que son la agresiones físicas que proporciona un integrante de la familia a otro, causándole como por ejemplo múltiples golpes, quemaduras, etc. Otras personas nos mencionaron, las agresiones sexuales que algunos de los padres y/o familiares cercanos ocasionan a los hijos menores, también no hay que olvidar las agresiones psicológicas que son victimas algunas personas, ejemplo: el menoscabo hacia la dignidad de las personas. También preguntamos porque las personas no denuncian los hechos de violencia familiar, a lo que la mayoría de las personas nos dijeron que, era por miedo, a las futuras agresiones de las cuales podían ser objeto, ya que encuentran que la justicia no proporciona la seguridad suficiente a las victimas. También nos mencionaron que era por vergüenza, a su entorno (amigos, familiares, entorno social), se dieran cuenta de que están siendo victimas de violencia familiar. Les preguntamos si creen que hoy en día hay una mayor conciencia social en denunciar los maltratos, claro nos dijeron con respecto a los tiempos pasados, pero la mayoría de las personas creen que, hay que seguir, avanzando, sobre todo en materia de seguridad a las victimas, para que las personas se atrevan a denunciar a sus agresores, los cuales muchas veces están más cerca de lo que ellas creen. 12

13 Estadística según la comunidad Nosotros como grupo hemos realizado una encuesta a un total de cien personas, donde la mayoría define violencia intrafamiliar como agresión física. En cambio un porcentaje menor dice que la violencia intrafamiliar es una agresión sexual, ambas agresión (física y sexual) y otras formas de agresión donde esta incluida la agresión sicológica. Ambas agresiones; 20% SEGÚN LA COMUNIDAD Otras formas de agresiones; 15% Agresion sexual; 10% Agresion fisica; 55% Fuente: Encuesta realizada en Santiago centro 13

14 Instituciones Públicas Estas son algunas de las instituciones que se preocupan de alguna forma al ámbito de violencia intrafamiliar. Al igual demostraremos el objetivo de cada institución y como se enfrenta a la violencia intrafamiliar. 13

15 Sename Objetivos Liderar, promover y fortalecer un Sistema Nacional de Protección de los Derechos de niños, niñas y adolescentes vulnerados y de responsabilización de los infractores de ley, a través de programas integrales de atención que permitan una oportuna restitución y reinserción social, con un enfoque intersectorial, territorial y de calidad. Objetivo Estratégico N 1 Diseñar y desarrollar en forma participativa un modelo de intervención integral para la protección de los derechos de la infancia y adolescencia, financiando y asesorando la implementación y ejecución descentralizada de atenciones de calidad que promuevan, prevengan y restituyan sus derechos, con un enfoque territorial e intersectorial. Objetivo Estratégico N 2 Implementar la ley de Responsabilidad Penal Adolescente, con estándares de calidad de atención y orientaciones técnicas que permitan aplicar las sanciones y desarrollar programas que promuevan la reinserción social de los/as adolescentes infractores, con apoyo de sus familias y la comunidad. Objetivo Estratégico N 3 Focalizar la intervención programática en niños y niñas menores de 6 años de edad, mediante el diseño y ejecución de programas eficaces, que busquen mejorar e innovar la oferta vigente, restituyendo sus derechos y reduciendo al mínimo el tiempo de permanencia y efectos de la institucionalización. Objetivo Estratégico N 4 Asegurar los resultados de la inversión programática a través de un proceso de fortalecimiento de las Direcciones Regionales, un programa de desarrollo de los organismos ejecutores y colaboradores, y el mejoramiento de los sistemas de información, de supervisión técnica y financiera de la intervención. 14

16 Carabineros de Chile Carabineros de Chile se desempeña en recibir los llamados telefónicos ejercidos por personas que sufren de violencia intrafamiliar, dicho numero es el 149 donde enviaran la denuncia directamente al juzgado civil, para comenzar con una investigación sobre la persona imputada, la comisaría mas importante en este tema es la comisaría Nº. 48 asuntos de familia, ubicada en la calle dieciocho Nº 268 en la cual se otorga un apoyo moral y de ayuda a la persona afectada, es importante señalar que son derivados todos los casos que dicen relación con este asunto. Carabineros de Chile solamente se evoca al tema practico que significa que tiene que notificarle al imputado que esta siendo demandado, luego, a través de la interposición de la denuncia o la demanda, se da inicio al juicio de violencia intrafamiliar, que si existiese una pena la cual cumplir son los propios carabineros los que llevaran al imputado al lugar designado por el Tribunal de familia y los Tribunales en lo penal. La principal función es proteger a las personas víctimas de este tipo de delitos y la mejor manera de protegerlos es brindándoles el mayor apoyo posibles cariño, especialmente a los niños. (entrevista a un carabinero en la comisaría Nº 48). Prefectura de carabineros menores Prefecto: Coronel (E.F) Sra. Alejandra Riquelme Cory Fonos: , / Fono fax Comisaría Comisario 34ª. Comisaría de menores (masculina) Capitán de Carabineros Av. Republica #351 Berta Elizabeth Robles Fernández Fonos: , ª. Comisaría de menores (femenina) Capitán de Carabineros Av. Italia #1100 Paola Antonieta Varas Palacios Fonos: , ª. Comisaría Asuntos de la familia Capitán de Carabineros Calle Dieciocho #268 Aida Silvana Marisio Vega Fonos:

17 Investigaciones de Chile Jenafam La Jefatura Nacional de Delitos Contra la Familia, Jenafam, fue creada el 1 de diciembre del año 2004 como parte del plan de modernización institucional, especialmente enfocada a enfrentar con eficiencia y eficacia la entrada en vigencia de la reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana. A partir de su nacimiento la Jenafam se convierte, dentro de la institución, en la encargada de regular todo el acontecer investigativo de las áreas de los crímenes y delitos contra el orden de la familia, la moralidad pública y la integridad sexual. Su misión está centrada en la protección de la organización de la unidad familiar fundamentada en la investigación científico técnica y la educación preventiva comunitaria, en el ámbito de los delitos sexuales, abuso de menores y en general los que afecten y vulneren la estructura familiar. 16

18 Sernam Objetivos Estratégicos Sus objetivos estratégicos son, en primer lugar, contribuir a la incorporación de las mujeres al proceso de desarrollo económico y productivo del país, a través de la coordinación de acciones tendientes a facilitar su acceso y mejorar sus condiciones de trabajo. En segundo lugar, está el promover la participación social y política de las mujeres a través del desarrollo de acciones tendientes a fomentar su acceso a cargos de decisión, a favorecer su liderazgo y facilitar el pleno ejercicio de sus derechos. En tercer lugar, se trabaja para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las mujeres y sus familias, mediante el desarrollo de acciones tendientes a superar situaciones vinculadas a la violencia intrafamiliar, a la violencia de género y a facilitar el ejercicio de sus derechos en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, ratificados en los acuerdos internacionales que ha firmado el Estado chileno. En cuarto lugar, el SERNAM promueve la consolidación e institucionalización de la equidad de género en la gestión pública y en las políticas públicas, en los ámbitos de salud, educación, justicia, trabajo y vivienda. También promueve reformas legales, medidas y acciones que contribuyan al pleno ejercicio de los derechos de las mujeres. En forma paralela a todas las acciones anteriores, este Servicio contribuye a la superación de la pobreza de las mujeres y sus familias, a través de la coordinación con políticas gubernamentales sobre la materia y el desarrollo de programas específicos. Y, favorece la construcción de una cultura de igualdad que promueva cambios en la sociedad, en la producción y acumulación de conocimientos, en los medios de comunicación y en la opinión pública. 17

19 Hospitales En los Hospitales se toman medidas de recuperación del paciente, el cual ha sido maltratado por la violencia intrafamiliar en este tratamiento se constatan los daños hechos por el agresor hacia la victima, el cual en general llega con duros golpes en distintas partes del cuerpo. El Hospital ejerce un método de apoyo hacia el paciente, donde también se notifica a algún familiar de la victima si el paciente así lo requiere, los daños provocados de distinta índole, como el maltrato físico y el maltrato psicológico ya que no solo los golpes son característicos de la violencia intrafamiliar, sino que también existen amenazas de muerte o amenazas sobre violentar familiares de la victima que se da generalmente con insultos y gritos constantes. 18

20 Tribunales de Familia Objetivos de los juzgados de familia Los juicios serán más rápidos y a diferencia del antiguo sistema, escrito y secreto, la nueva justicia de Familia usará procedimientos orales, transparentes e imparciales. No habrá intermediarios entre el juez y las partes y las audiencias serán continuas. Mejorar sustancialmente la oferta de justicia de los chilenos y chilenas y aumentan las herramientas para asegurar la protección de las familias, niños, niñas y adolescentes. En los nuevos juzgados de Familia los conflictos serán abordados de manera integral e interdisciplinaria. Para que el juez tome las mejores decisiones contará con la asesoría de profesionales especializados en temas de familia, pudiendo ser asistentes sociales, sicólogos u otros. En los juzgados de Familia se promoverá que las personas voluntariamente y por sí mismas- solucionen sus conflictos por la vía de acuerdos pacíficos, en especial a través de la mediación. Así, antes de iniciar un juicio, al momento de interponer una demanda o cuando una causa ya se haya iniciado las personas podrán acceder a la mediación. El objetivo es aminorar los costos emocionales del conflicto y comprometer personal y voluntariamente a las partes en la solución de sus problemas. Se busca también que, a pesar del conflicto, se establezca entre las partes una relación pacífica en el futuro. 19

21 Las Materias que debe tener conocimientos los Jueces de Familia. Cuidado personal Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos Patria Potestad Autorización de salida de los niños y niñas del país Guardas Adopción Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes, los jueces de Familia podrán decretar medidas para proteger y resguardar a un niño o niña que se encuentre en una situación de vulnerabilidad, ya sea por maltrato, abuso, explotación, abandono, entre otras. Infracciones penales cometidas por niños, niñas y adolescentes que están exentos de responsabilidad penal. Filiación Separación judicial Divorcio Nulidad Violencia Intrafamiliar, se entiende por violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la salud física o síquica de un/a miembro de la familia. Cuando hay delito es de competencia de la justicia penal. Autorizaciones judiciales a propósito de la sociedad conyugal. Separación de bienes Bienes familiares Declaraciones de interdicción Toda otra cuestión personal derivada de las relaciones de familia 20

22 Procedimiento a seguir en caso de violencia intrafamiliar AUDIENCIA PREPARATORIA: Una vez interpuesta una demanda o hecha la denuncia ante un juzgado se debe fijar, en un plazo no superior a 10 días, la audiencia preparatoria. Puede iniciarse a petición de la víctima o de un tercero que tenga conocimiento de los hechos constitutivos de violencia intrafamiliar. El juez puede fijar medidas cautelares de protección de la víctima, entre otras: prohibir o restringir la presencia del ofensor en el hogar común, fijar alimentos provisorios, determinar régimen provisorio de cuidado personal y relación directa y regular de niños, niñas y adolescentes, prohibición de celebrar actos contratos, decretar la reserva de identidad del denunciante. Se otorga facultades a las policías para actuar ingresando a lugares cerrados donde haya indicios de que se están realizando agresiones y si hay mérito, se puede detener el agresor. AUDIENCIA DE JUICIO: Se trata de la segunda audiencia y es la principal del juicio. Debe realizarse en un plazo no superior a los 30 días desde la preparatoria y se desarrolla de manera similar a la audiencia de juicio del procedimiento ordinario. Este procedimiento termina con una sentencia. Excepcionalmente también puede terminar con la figura de suspensión condicional de la dictación de la sentencia, pero para ello debe darse lo siguiente: que el demandado o demanda reconozca los hechos y que existan antecedentes para presumir que no repetirá los hechos, que se hayan establecido y aceptado obligaciones específicas o determinadas respecto de sus relaciones de familia y aquellas de carácter reparatoria y que el denunciado o denunciada adquiera el compromiso de observar una o más medidas cautelares por no menos de 6 meses ni más de un año. Si no cumpliere se procederá a dictar la sentencia. 21

23 Estadísticas A través de las estadísticas uno puede llegar a conclusión de si existe o no un progreso de denuncias frente a la violencia intrafamiliar. Por lo cual nos preocupamos de investigar en diferentes instituciones y diferentes comunas Las estadísticas que daremos a conocer están realizadas para demostrar diferentes ámbitos que se da la violencia intrafamiliar y para llegar a la conclusión de cómo se enfrenta hoy en día nuestro país a esta problema que abarca a un importante porcentaje de nuestra comunidad. 22

24 Comunas de la Capital La Pintana vs. La Dehesa Podemos afirmar que en ambas comunas existe cierto grado de violencia intrafamiliar, esta es causada de las formas mas comunes que conocemos, tanto psicológica como física. Tras la extensa investigación que realizamos en ciertas instituciones de cada comuna podemos decir que en comunas de mas bajos recursos existen mayores probabilidades de violencia intrafamiliar, ya que existe un menor grado de cultura, otro factor es el dinero ya que muchas familias necesitan de este elemento esencial para vivir, esto provoca una fuerte alza en el ámbito de la violencia, ya que tanto padres como convivientes discuten diariamente por este factor así como las personas también no pueden llegar a ejercer un procedimiento legal y si lo hacen estarán esperando mas de un año para ser atendidos, tanto por abogados como en fiscalia. En tanto en la dehesa existe un menor grado de denuncias, ya que no existe ningún factor nombrado anteriormente, aunque existe un menor grado de denuncias y estas son mas que nada sicológicas y muy pocas por violencia física. No ha recibido violencia; 72,6% LA DEHESA Ha recibido violencia; 27,4% No ha recibido violencia; 37,5% Comisaría Nº. 48 Denuncias de Maltrato Infantil LA PINTANA Ha recibido violencia; 62,5% En el año 2005 se denunciaron 24 casos sobre maltrato infantil. Todas las denuncias fueron procesadas En el año 2006 se denunciaron 16 casos sobre maltrato infantil. Todas las denuncias fueron procesadas. 23

25 Santiago - Rancagua 1ª COMISARIA DE CARABINEROS DE RANCAGUA Entrevista a : Tte. Maria Isabel Carrasco Vidal En lo siguiente la Tte. Maria Isabel Carrasco Vidal el cual tiene el cargo de denuncias de golpes, violencia, abusos sexuales mediante terceros y matrimonios conyugales, infantes, etc. Dice lo siguiente: Las denuncias son frecuentemente de mujeres que sería en un 95 por ciento sobre los hombres, y trata en reguladas ocasiones donde las denuncias se realizan por problemas de alcohol, drogas, infidelidad que es una de los más frecuentes. Estos casos se tratan más bien en las zonas rurales y en mayor cantidad en barrios marginales donde exista la droga y el alcohol, en menor cantidad en barrios altos. El cual la víctima se dirige a carabineros de chile se constatan las lesiones, las circunstancia de cómo fue agredida y los hechos, teniendo en cuenta también a los testigos que prestan una gran ayuda al caso. Luego si se trata de violación aun menor o a la misma mujer se trabaja con el OS_9 de carabineros de chile junto con investigaciones de chile, se lleva a la victima a sanidad el cual la examinan las lesiones que sufrió mientras que carabineros trabaja en detener al autor de los hechos que siempre en estos casos está prófugo, luego cuando dan con el paradero de esta persona ya carabineros va con una orden judicial y es puesto a la fiscalía de familia. El cual siempre estas denuncias se refieren a formas de abusos sicológica o físicamente por el agresor en estado eufórico por compuesto etílico o estupefaciente y esto se encuentran en los sectores con menor recursos económicos los cuales las cantidades de denuncia es altísima. Sectores los cuales se pueden destacar; - Rene schnaider - Dinstra - Manso de Velasco - Lo miranda Las cuales estas poblaciones son los que tienen una mayor cantidad de denuncias. En los sectores donde el sueldo per cápita es mayormente alto las denuncias son menores pero es en definitiva casi lo mismo en las denuncias por ejemplo; la infidelidad es lo que mas abundan por la simple razón que en estos sectores como por Ej.: - Villa el teniente - Manzanal -Villa cordillera 24

26 Y entre otras, que son villas en la cual los trabajadores generalmente son de codelco chile y trabajadores jornales de la mina el teniente, y e aquí donde se produce la infidelidad por trabajar semanas en la mina, y lo cual se producen quiebres emocionales, trastornos sicológicos y violencia hacia la cónyuge y filiación. El cual carabineros de chile trabaja junto a investigaciones y tribunales de justicia en todos los ámbitos cuando se producen homicidios que es el caso mas difícil y mayor gasto que se genera en el personal de distintas instituciones por que trabajan a la par pero con distintos procedimientos por lo tanto a veces dificulta la investigación pero en raros casos, Ej. donde el cuerpo de la victima esta varios días en descomposición, en un lugar bastante aislado e in transeúnte. El cabo 1º de carabineros Marcos Antonio carvajal liberona trabaja en ese sector de investigación, tiene una estadística que por lo menos el 25 por ciento de las victimas son de violencias intrafamiliar donde también esta traducido a la infidelidad. Pero son pocos los casos por dar un numero de registro que tienen al año se producen unos 15 a 20 casos que son resueltos por meses o años. Donde estos cuerpos de las víctimas son identificados en el S.M.L (servicio medico legal) y luego entregado a las familias, muchas veces realizan actos en tribunales para que se concrete el caso y por que falleció la victima para que se realice la investigación. HOSPITAL REGIONAL DE RANCAGUA Entrevista a: Sra. Roxana Donde trabaja en el área de urgencia y le a tocado presenciar en mayor cantidad mujeres con hematomas y fracturas en el cuerpo el cual se la examina y al mismo tiempo se la interroga de cómo obtuvo esos golpes, la victima da una declaración y se llama de inmediato al carabinero de turno que hay en el hospital y toma carta en el asunto se comienza la investigación y detención del agresor de inmediato. En este caso cuando las lesiones de la víctima son graves (fracturas, cortes, indicio de homicidio etc. ) Y una estadística relativa en el año se puede decir que son unos 35 a un 40 por ciento de denuncias de urgencias en maltrato físico y el resto seria en violencia sicológica donde hay trastornos mentales de las víctimas. 25

27 Chile vs. Argentina Chile El 11.4% de las parejas de jóvenes han sufrido la violencia psicológicas y el 9% la física o sexual; el 24% de parejas jóvenes universitarias han sufrido la violencia física y el 51% la psicológica. El 63% de niños ( as) sufren de violencia doméstica, el 75% del personal de salud no tiene adiestramiento suficiente para responder a los padres sobre el castigo corporal. Lo cual quiere decir que en chile la violencia intrafamiliar es mucho mas alta que en argentina por la simple razón de que nuestro país vecino tienen mayor publicidad y personal entrenado para solucionar este tipo de problemas. Argentina De 246 casos registrados de violencia familiar en el último trimestre del año pasado se pasó a 108, de enero a marzo del esto se debe al aumento de las denuncias recibidas refleja un mayor acercamiento de las mujeres, hombres e infantes a los equipos interdisciplinarios que trabajan en las comisarías para recibir asesoramiento y contención. Lo cual se entiende que una cantidad de víctimas han sufrido violencia doméstica y en la mayoría de los casos como es habitual el consumo de alcohol de sus parejas, están relacionados y si bien no es su causa, si constituye un factor desencadenante o un efectos de estas conductas. Esta es una muestra de la ola de violencia contra las mujeres que antecede a la muerte, dos casos de mujeres jóvenes asesinadas en lo que va del año, que evidencia la vulnerabilidad de las mujeres en argentina frente a lo cual se debe actuar. (Fuente : Prensa Argentina, Abril 2007) 26

28 Femicidio en Chile durante el 2006 El Femicidio se define como los homicidios a mujeres por razones de género, el presente informe se enmarcan fundamentalmente en el ámbito de la violencia de pareja (marido o conviviente) y ex pareja. Las siguiente estadísticas son del año 2006 donde se basan en 51 muertes de mujeres en el ámbito de la violencia intrafamiliar. La ocurrencia de los femicidios a nivel nacional, se presenta con un mayor porcentaje en la región metropolitana. Asimismo, resulta relevante destacar la situación de la sexta región, que acumula una frecuencia prácticamente de la mitad de los femicidios ocurridos en la región metropolitana, con una población considerablemente menor. 27

29 El gráfico nos muestra que las mujeres menores de 30 años de edad tienen el mayor riesgo de ser víctima de femicidio. En los tramos y años, se acumula el 42% de las víctimas. El rango años acumula el mayor porcentaje de femicidios; por otra parte, la población penal en su mayoría es menor de 30 años. 28

30 En este grafico podemos deducir que el lugar donde mas se efectúa la violencia intrafamiliar es el domicilio particular. Tras esta estadística también podemos inferir que la victima después de denunciar a su agresor, el hogar es el lugar menos seguro de la victima. 29

31 Tras analizar este grafico podemos deducir que las victimas o agresores siempre se van a defender o agredir con armas blancas o armas de fuego, donde casi se iguala el porcentaje de armas usada tras un femicidio. El mayor número de femicidios respecto de la relación víctima-victimario ocurre en la categoría convivencia. La categoría de cónyuges, representa un 25% respecto de la categoría convivientes, por tanto, podemos suponer, que hay algún elemento protector en la condición matrimonial. 30

32 Análisis de el femicidio durante el 2006 El 35% de los femicidios en Chile ocurrieron en la Región Metropolitana. La mayoría de las victimas tenia entre años. Donde mas se cometen los femicidios es en los domicilios particulares. El 22% de los femicidios durante el 2006 ocurrieron en el mes de junio. 18 de 51 muertes fueron realizada con arma blanca. 30

33 Maltrato Infantil FRECUENCIA DE LA VIOLENCIA HACIA LOS NIÑOS Y NIÑAS Violencia Sin física violencia; grave; 24,70% 25,90% Análisis Un 75,3 % de los niños y niñas recibe algún tipo de violencia. Un 24,7 % de los niños y niñas no recibe ningún tipo de violencia. Un 53,8 % recibe algún tipo de violencia física. Un 25,9 % recibe violencia física grave. Análisis Violencia Psicológica ; 21,40% 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% Violencia Física leve; 27,90% FRECUENCIA DE VIOLENCIA HACIA LOS NIÑOS Y NIÑAS Sin violencia Violencia Psicológica Violencia física leve Entre el año 1994 y 2000se observa una importante disminución de la violencia física grave y un aumento de la violencia psicológica. Entre el año2000 y 2006 aumenta la violencia psicológica y se mantienen los niveles de violencia física. Violencia física grave

34 VIOLENCIA HACIA LOS NIÑOS Y NIÑAS SEGUN NIVEL SOCIOECONOMICO ,00% Análisis 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% Entre los años 1994 y 2000 se observan cambios significativos en la disminución de la violencia física grave en todos los niveles socioeconómicos. Entre el año 2000 y 2006 se observa un aumento de la violencia grave en el nivel medio y en el nivel alto y una disminución importante en el nivel bajo. 70,00% 60,00% 50,00% 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% Análisis Bajo Medio Alto VIOLENCIA HACIA LOS NIÑOS Y NIÑAS SEGUN RENDIMIENTO ESCOLAR Buen rendimiento Mal rendimiento Sin Violencia Física Con Violencia Física Existe un porcentaje mayor de niños y niñas con bajo rendimiento entre aquellos que sufren violencia física (44.9%), en comparación con los que no sufren violencia (38.3%)

35 Síntesis del maltrato infantil La violencia hacia los niños continúa siendo un grave problema en Chile. Un 75,3% de los niños y niñas entrevistados, recibe algún tipo de violencia por parte de sus padres. Más de la mitad recibe violencia física y uno de cada cuatro violencia física grave. Si comparamos los resultados del año 1994, 2000 y 2006, comprobamos que hay un aumento de la violencia psicológica, manteniéndose sin grandes diferencias la violencia física. Sin embargo, la violencia física grave ha disminuido en relación con los años anteriores en el nivel socioeconómico bajo. El maltrato afecta el rendimiento escolar y las relaciones interpersonales que los niños tienen con su entorno, especialmente con los profesores, compañeros y padres. 33

36 Imágenes Tipos de Maltrato 34

37 35

38 Conclusión 36

39 Anexos Teléfonos de informaciones y denuncias 149 : Fono familia de Carabineros de Chile : Servicio nacional de menores : Programa de violencia intrafamiliar y maltrato infantil de la corporación de la asistencia judicial : Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias del sernam.

40 Bibliografía Carabineros de Chile 48º comisaría de asuntos de la familia 1º comisaría de Rancagua Investigaciones de chile (Jenafam) Sernam Sename Posta Central Hospital de Rancagua Municipalidad de Santiago Municipalidad de lo barnechea Municipalidad de la Pintana Municipalidad de Rancagua Instituto nacional de estadísticas Sitios Web Información Restringida Hospital Calvo Mackena Tribunales de Justicia Juzgado de Familia

41 Agradecimientos Como grupo tenemos una gran deuda de cientos de personas que tuvieron la mas cordial amabilidad para la ayuda y entrega de información clasificada en diferentes estamentos privados como particulares, lo cual nos enorgullece como personas que gente profesional de bastante experiencias laboral han querido compartir sus emociones, alegrías, penas de sus trabajos y nos han transmitido en detalle la dura realidad que afecta este problema y las consecuencias y determinaciones extremas. Por lo tanto de todas las puertas que fuimos a tocar, nos entregaron opiniones que fueron muy valiosas que nos fortaleció como personas para brindar mejores habilidades sociales y tener una conciencia amplia para estos problemas como también tener un corazón frío para afrontar situaciones donde es de extrema crudeza, y conocer lo malo que puede llegar hacer el ser humano. Y quedó grabado entre nosotros las palabras que nos dijo la tte. De carabineros que trabaja sobre este tema de violencia intrafamiliar, abusos y homicidios, lo cual expresa; cualquiera puede ponerse furioso eso es fácil. Pero estar Furioso con la persona correcta, en la intensidad correcta, en El momento correcto, por el motivo correcto, y de la forma correcta. Eso no es fácil.

42 Recibí Flores Hoy! No es mi cumpleaños o ningún otro día especial; tuvimos nuestro primer disgusto anoche y él dijo muchas cosas crueles que en verdad me ofendieron. Pero sé que está arrepentido y no las dijo en serio, porque él me mandó flores hoy. No es nuestro aniversario o ningún otro día especial; anoche me lanzó contra la pared y comenzó a ahorcarme. Parecía una pesadilla, pero de las pesadillas despiertas y sabes que no es real ; me levanté esta mañana adolorida y con golpes en todos lados, Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy. Y no es día de San Valentín o ningún otro día especial; anoche me golpeó y amenazó con matarme; ni el maquillaje o las mangas largas podían esconder las cortadas y golpes que me ocasionó esta vez. No pude ir al trabajo hoy, porque no quería que se dieran cuenta. Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy. Y no era el día de las madres o ningún otro día; anoche el me volvió a golpear, pero esta vez fue mucho peor. Y si lograra dejarlo, qué voy a hacer? Cómo podría yo sola sacar adelante a los niños? Qué pasará si nos falta el dinero? Le tengo tanto miedo!. Pero dependo tanto de él, que temo dejarlo. Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy. Hoy es un día muy especial: Es el día de mi funeral. Anoche por fin logró matarme. Me golpeó hasta morir. Si por lo menos hubiera tenido el valor y la fortaleza de dejarlo. Si hubiera aceptado la ayuda profesional... hoy no hubiera recibido flores.!!!

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