DOÑA ADORACION SORIANO GODÉS, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAJARIN (ZARAGOZA)

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1 AYUNTAMIENTO DE ALFAJARÍN Ntra. Sra. del Pilar nº Alfajarín (Zaragoza) DOÑA ADORACION SORIANO GODÉS, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAJARIN (ZARAGOZA) CERTIFICO: Que lo expresado a continuación es copia del borrador de la Sesión Ordinaria celebrada por la Corporación Municipal de Alfajarín, el pasado 17 de Diciembre de dos mil catorce. En Alfajarín a diecisiete de diciembre de dos mil catorce, siendo las diecinueve horas señaladas en la convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el art a) de la Ley de Bases de Régimen Local, b) y de la Ley de Administración Local de Aragón y en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial se constituyó en Primera Sesión la Corporación Municipal de Alfajarín, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente, D. Francisco Verge Salvado, y con la asistencia de los Señores Concejales que se citan: D. Santos Miguel Moliner, Dª. Mª Antonia Higuero López, Dª. Mª Carmen Plana Seguer, D. Diego Borroy Catalán, D. Jesús Vicén Falcón y D. Francisco Javier Lizama Martínez. Excusan su asistencia: D. Miguel Ángel Villalba Grao, Doña Patricia Pascual Blasco D. Héctor Pallás Guío y D. Javier Solano Alcolea. Asiste como Secretario el que lo es de la misma, Adoración Soriano Godés Dio comienzo el acto público por mandato del Sr. Alcalde Presidente y con el siguiente orden del día: PRIMERO.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 12 de NOVIEMBRE DE Sesión ordinaria celebrada el día 12 de Noviembre 2014: Se aprueba por unanimidad. 1/26

2 SEGUNDO.- DICTAMEN COMISION INFORMATIVA DE CUENTAS, ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y REGIMEN INTERIOR, PATRONATO MUNICIPAL DE AGRICULTURA. Se da cuenta de las siguientes: SESIÓN COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS- HACIENDA 7 DE NOVIEMBRE DE EN ALFAJARIN A 7 de Noviembre de 2014, siendo las diecinueve horas, señalada en la convocatoria, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Verge Salvado y con la asistencia de los Sres. Concejales María Carmen Plana Seguer, Miguel Ángel Villalba Grao, Jesús Vicén Falcón, como Vocales. Asiste como Secretario el que lo es de la misma, Adoración Soriano Godés. Y al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los arts. 35 y 123 de la L.A.L.A., se acuerdan los presentes DICTÁMENES, para debate y votación en Sesión Plenaria o decisión de Alcaldía: Dio comienzo el acto con el siguiente Orden del Día: PRIMERO. DICTAMEN ORDENANZAS FISCAOLES Considerando que por Providencia de Alcaldía de fecha 5 de Noviembre se solicitó informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para aprobar las Ordenanzas municipales reguladoras y Modificación de Ordenanzas Fiscales NUEVAS ORDENANZAS REGULADORAS: Ordenanza Reguladora de los Instrumentos de Intervención Municipal: Licencias, Declaración responsable y Comunicación Previa. 2/26

3 Ordenanza Reguladora de la creación y funcionamiento del Registro Electrónico Municipal. Ordenanza Reguladora de Administración Electrónica. Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. MODIFICACION ORDENANZAS REGULADORAS: Reglamento del Servicio de Suministro de agua potable a domicilio y otros servicios. Reglamento Huertos Sociales. DE NUEVA IMPOSICION ORDENANZAS FISCALES: Ordenanza Fiscal nº 26 reguladora de la tasa por otorgamiento de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ordenanza Fiscal nº 27 reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanza de la Escuelas de educación de adultos y cursos especialidad idiomas francés e inglés. Ordenanza Fiscal nº 18 reguladora de la tasa por otorgamiento de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. MODIFICACION ORDENANZAS FISCALES: Ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por asistencia y estancia del Patronato Municipal Residencia de Ancianos Ntra. Sra. De la Peña de Alfajarín. Ordenanza Fiscal nº 5 reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entiendan las administraciones o autoridades locales a instancia de parte. Ordenanza Fiscal nº 10 reguladora de la tasa por cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter local. Ordenanza Fiscal nº 13 reguladora de la tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas. Ordenanza Fiscal nº 25 de la tasa por la prestación de servicios de Escuela de Educación Infantil Primer Ciclo. Considerando dicho informe que fue emitido en fecha 5 de Noviembre de 2015, y visto el proyecto elaborado así como el informe del Secretario sobre el proyecto. 3/26

4 Realizada la tramitación correspondiente y vista la competencia del Pleno, en virtud de los artículos 29.2.d) y 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, del artículo 130 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, y de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone al mismo la adopción del siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar inicialmente las Ordenanzas municipales reguladoras y Modificación de Ordenanzas Fiscales 2015 que a continuación se relacionan. NUEVAS ORDENANZAS REGULADORAS: Ordenanza Reguladora de los Instrumentos de Intervención Municipal: Licencias, Declaración responsable y Comunicación Previa. Ordenanza Reguladora de la creación y funcionamiento del Registro Electrónico Municipal. Ordenanza Reguladora de Administración Electrónica. Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. MODIFICACION ORDENANZAS REGULADORAS: Reglamento del Servicio de Suministro de agua potable a domicilio y otros servicios. Reglamento Huertos Sociales. DE NUEVA IMPOSICION ORDENANZAS FISCALES: Ordenanza Fiscal nº 26 reguladora de la tasa por otorgamiento de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ordenanza Fiscal nº 27 reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanza de la Escuelas de educación de adultos y cursos especialidad idiomas francés e inglés. Ordenanza Fiscal nº 18 reguladora de la tasa por otorgamiento de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. MODIFICACION ORDENANZAS FISCALES: Ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por asistencia y estancia del Patronato Municipal Residencia de Ancianos Ntra. Sra. De la Peña de 4/26

5 Alfajarín. Ordenanza Fiscal nº 5 reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entiendan las administraciones o autoridades locales a instancia de parte. Ordenanza Fiscal nº 10 reguladora de la tasa por cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter local. Ordenanza Fiscal nº 13 reguladora de la tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas. Ordenanza Fiscal nº 25 de la tasa por la prestación de servicios de Escuela de Educación Infantil Primer Ciclo. SEGUNDO. Someter a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto. SESIÓN COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS 9 DE DICIEMBRE DE 2014 En Alfajarín, a nueve de Diciembre de 2014, siendo las dieciséis horas, señaladas en la convocatoria, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Verge Salvado y con la asistencia de los Sres. Concejales: Mª Antonia Higuero López, D. Javier Solano Alcolea, Miguel Ángel Villalba Grao y Jesús Vicén Falcón como Vocales. Excusa su asistencia: Miguel Ángel Villalba Grao Asiste como Secretario el que lo es de la misma, Adoración Soriano Godés Y al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los arts. 35 y 123 de la L.A.L.A., se acuerdan los presentes DICTÁMENES, para debate y votación en Sesión Plenaria o decisión de Alcaldía: Dio comienzo el acto con el siguiente Orden del Día: 5/26

6 PRIMERO.- PRESUPUESTO GENERAL AYUNTAMIENTO Y PATRONATOS.- Deliberado ampliamente el expediente relativo a la formación del Proyecto de Presupuesto General Consolidado del Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Agricultura, Patronato Municipal de Deportes, Patronato de la Residencia Ntra Sra de la Peña de Alfajarín correspondiente al ejercicio Por unanimidad la Comisión Acuerda, proseguir con su estudio y deliberación en próxima sesión de la Comisión de Cuentas a convocar el día 15 de diciembre de 2014 para ultimar el estudio, debate y dictamen del Presupuesto General Consolidado ejercicio SEGUNDO.- EXPEDIENTE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 3/2014. AYUNTAMIENTO Esta comisión habiendo examinado y deliberado el expediente número 3 por el que se pretende modificar el Presupuesto del ejercicio 2014 de esta Entidad, ACUERDA: Primero: Que estima justificada la urgencia y necesidad de la modificación de créditos. Segundo: Emitir dictamen favorable con relación a dicho expediente. Tercero: Elevar el citado expediente para su aprobación inicial al Pleno de la Corporación, que adoptará el acuerdo que estime pertinente. TERCERO.- EXPEDIENTE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 2/2014. PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES. Esta comisión habiendo examinado y deliberado el expediente número 2/2014 por el que se pretende modificar el Presupuesto del ejercicio 2014 de esta Entidad, ACUERDA: Primero: Que estima justificada la urgencia y necesidad de la modificación de créditos. Segundo: Emitir dictamen favorable con relación a dicho expediente. Tercero: Elevar el citado expediente para su aprobación inicial al Pleno de la Corporación, que adoptará el acuerdo que estime pertinente. SESIÓN COMISIÓN INFORMATIVA DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y REGIMEN INTERIOR 19 DE NOVIEMBRE DE /26

7 En Alfajarín a diecinueve de Noviembre de dos mil catorce, siendo las dieciséis horas señaladas en la convocatoria, se constituyó la Comisión Informativa de Organización Administrativa y Régimen Interior de Alfajarín, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Verge Salvado, y con la asistencia de los Sres. Concejales que se citan: Dª. Mª Carmen Plana Seguer y D. Jesús Vicén Falcón. Asiste como Secretario el que lo es de la misma, Adoración Soriano Godés. Y al objeto de dar cumplimiento a los arts. 35 y 123 de la L.A.L.A., se acuerdan los presentes DICTÁMENES, para debate y votación en Sesión Plenaria o decisión de Alcaldía: Dio comienzo el acto público por mandato del Sr. Alcalde Presidente, y con el siguiente orden del día: PRIMERO Y ÚNICO: ESTUDIO CONVENIO COLECTIVO PERSONAL LABORAL Y PACTO FUNCIONARIOS. Se da cuenta de borrador estudio convenio colectivo personal laboral y pacto funcionarios, proponiendo modificaciones relativas a la jornada laboral, festivos supresión complementos de productividad, excedencias voluntarias, mejoras sociales. Se acuerda incluir estas modificaciones y proseguir la tramitación. PATRONATO MUNICIPAL DE AGRICULTURA 20 DE NOVIEMBRE DE 2014 EN ALFAJARIN A 20 DE NOVIEMBRE DE 2014, siendo las dieciocho horas señaladas en la convocatoria, se reunió la Junta del Patronato Municipal de Agricultura del Ayuntamiento de Alfajarín, actúa como Presidente D. Francisco Verge Salvado y con la asistencia de los Sres. Vocales, Santos Miguel Moliner, Francisco Javier Lizama Martínez, D. Diego Borroy Catalán y D. Jesús Ángel Córdoba Val Y al objeto de dar cumplimiento a los arts. 35 y 123 de la L.A.L.A., se acuerdan los presentes DICTÁMENES, para debate y votación en Sesión Plenaria o decisión de la Presidencia: 7/26

8 Dió comienzo el acto público por mandato del Sr. Presidente, y con el siguiente orden del día: 1. APROBACION SESIÓN ANTERIOR.- Se acuerda por unanimidad la aprobación del acta de la sesión celebrada el 16 de Julio de APROBACION MODIFICACION ORDENANZAS: Vista la propuesta de modificación de la Ordenanza Reguladora del Aprovechamiento de tierras patrimoniales o de propios del Ayuntamiento de Alfajarín, debatido ampliamente se dictamina favorablemente la siguiente modificación ORDENANZA o REGLAMENTO REGULADOR DEL APROVECHAMIENTO DE TIERRAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAJARIN TITULO 1.- DEL APROVECHAMIENTO DE LAS TIERRAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS ARTICULO 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del aprovechamiento de las tierras Patrimoniales o de Propios, pertenecientes al Ayuntamiento de Alfajarín, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, e. Del Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, R.B.E.L., y artículo 184 y 185 de la Ley 7/1999, de 9 de abril de Administración Local de Aragón. El Ayuntamiento de Alfajarín, es propietario de diversas fincas de la Huerta (prados) o secano (monte), susceptibles de aprovechamiento agrícola, ganadero, apícola y forestal, cuya naturaleza jurídica queda reflejada en el artículo 6 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, constituye fuente de ingreso para el erario municipal. El Anexo I, incluye las fincas municipales, susceptibles de aprovechamiento mediante arriendo, al margen de las que se pueden incorporar. 8/26

9 TITULO II.- DEL APROVECHAMIENTO AGRÍCOLA DE PARCELAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS CAPITULO 1.- DEL OTORGAMIENTO DE LOS ARRIENDOS ARTICULO 3º.- El arriendo de prados o montes, para aprovechamiento agrícola, ganadero y apícola de parcelas Patrimoniales, se otorgarán por un período de cinco años consecutivos, prorrogables, mientras que el adjudicatario mantenga las condiciones de adjudicación.la renuncia del interesado, resolución por parte del Ayuntamiento, (en los términos y supuestos contemplados en esta Ordenanza), jubilación del titular, son circunstancias que afectan a la duración del otorgamiento del arriendo. El arriendo agrícola, conlleva el aprovechamiento de pastos sobre las respectivas parcelas, es decir, son aprovechamientos conexos. En todo caso la duración de los arriendos, queda condicionado a mantener durante el período, las circunstancias objetivas y subjetivas a que diera lugar la adjudicación. ARTICULO 7º- Las adjudicaciones de arriendos para aprovechamiento agrícola de parcelas Patrimoniales o de Propios se realizará mediante subasta artículo 92, del R.B.E. Locales; artículo 184 de la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón y artículo 83 del R.D.L. 2/2000. El tipo de licitación será el 6% del valor renta obtenido, se fija : MODIFICACION CONVERSION EN EUROS/ FIGURA PESETAS Huerta: 15 Euros/anega Monte secano: es de 15 Euros/hectárea Aprovechamiento apícola: 1,50 euros por colmena Los requisitos para participar en la subasta además de los generales son: Requisitos. Podrán ser beneficiarios de bienes susceptibles de aprovechamiento si cumplen las siguientes condiciones: a) Ser persona física y tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la solicitud o tratarse de menor emancipado. 9/26

10 b) No estar jubilado ni percibir prestación por jubilación o incapacidad absoluta. c) Estar al corriente de pago de toda clase de tributos y exacciones municipales. d) Residir efectivamente en el municipio de Alfajarín, debiendo figurar inscritos en el padrón municipal de habitantes de forma continuada al menos durante los cinco últimos años anteriores a la adjudicación. e) Tener ingresos en conceptos de facturación en compra/venta de productos agrícolas y/o ganaderos, salvo nuevas incorporaciones, que estarán exentas durante el primer año de actividad. Y DEBERÁ CUMPLIR UNA DE LAS OPCIONES SIGUIENTES O VARIAS /f, g, h / f) Agricultores a título principal, es decir, que sus ingresos por esta actividad sean superiores al 51% de su renta total anual o a título parcial siendo sus ingresos inferiores al 51% de su renta total anual. g) Ganaderos a título principal, es decir, que sus ingresos por esta actividad sean superiores al 51% de su renta total anual o a título parcial siendo sus ingresos inferiores al 51 % de su renta total anual. h) Apicultores dados de alta en el correspondiente régimen de la Tesorería General de la Seguridad Social y tramitación de la licencia de inicio de la actividad / apertura de la explotación. En el supuesto de empate en las proposiciones económicas EN ESTE SUPUESTO estas se baremara para el desempate y adjudicación a la que más puntos haya obtenido de acuerdo con los siguientes criterios: BAREMACIÓN: PUNTOS: Agricultor a título principal ( +51% agricultura ) 35 Ganadero a título principal ( +51% ganadería ) 35 Por ser joven agricultor 35 Agricultor o ganadero a título parcial inferior al 51% 15 Agricultor/ganadero con cargas familiares 15 10/26

11 ( con familiares a su cargo menores de 18 años y / o más de 65 años y/0 dicapacitados con 2 puntos por miembro hasta un máximo de 15 puntos Por rentas inferiores a 1,5 el SMI 15 ARTICULO 12º.- Las tierras de barbecho no se podrán labrar, hasta el 10 de marzo para que se respeten los aprovechamientos ganaderos, y el rastrojo no se podrá labrar hasta el 10 de septiembre una vez levantada la cosecha para respetar el pasto de los ganaderos.. CAPITULO V.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO ARTICULO 17º.- Cuando el Ayuntamiento previa solicitud de parte interesada, tenga que hacer uso de fincas Municipales en arriendo, por interés público., les será notificado al arrendatario el despido (baja del Padrón), debiendo dejar libres las fincas municipales y a disposición para los fines expuestos, si bien estarán en el derecho de ser indemnizados en la cantidad que estime por conveniente el Ayuntamiento y que no será inferior a la Renta anual de un año que venga abonando al Ayuntamiento. DISPOSICION DEROGATORIA Quedan derogadas las disposiciones transitorias PRIMERA Y SEGUNDA de esta Ordenanza. Elevar al Pleno del Ayuntamiento para su aprobación 3. PUENTE LAVADERO. Se informa sobre la adjudicación de las obras a la empresa OBEMCO, y el próximo inicio de las mismas. Quedan enterados 4. CAMINO PASAJEROS. 11/26

12 Se informa de la adjudicación de las obras a la empresa Construcciones Laborda, que se va a proceder a la firma de escritura de la segregación de terreno con los Hmnos. Gimenez Polo e inicio de las obras. Quedan enterados 5. AGUA TÉRMINO URDÁN. Se informa por Alcaldía que varios vecinos de la localidad presentaron escrito sobre la contaminación de insecticida lindano a través del canal de los Monegros del que nos abastecemos y suministramos en esta localidad y de la acequia de Urdan que riega los campos. A fin de informar a la población sobre la calidad de las aguas en esta localidad ante la alarma que ha suscitado la contaminación de lindano, esta Alcaldia ha solicitado al GOBIERNO DE ARAGON - SERVICIO PROVINCIAL DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE SALUD PÚBLICA, que informen a este Ayuntamiento si el municipio de ALFAJARIN se ve afectado en la posible contaminación de las aguas de abastecimiento a la población como en el agua proveniente de la acequia de Termino de Urdan. Quedan enterados. 6. POSTE GASÓLEO. Se propone la formalización de contrato de mantenimiento poste de gasóleo y estudio presupuesto para la instalación de terminal tarjetero, debatido ampliamente se acuerda solicitar otras ofertas. 7. RUEGOS Y PREGUNTAS. Se informa sobre la parcela en arriendo que llevaba en arriendo D. ***, recientemente fallecido y que ahora trabaja su hermano. Se acuerda notificarle que debe regularizar el arriendo de la citada parcela. Se da cuenta de petición formulada por *** para ubicación colmenas en parcela 428 polígono 22 y plantación de flora. Debatido ampliamente se acuerda informar al solicitante que la citada parcela no es apta para la instalación de colmenas por ser zona inundable. En relación con inicio de gestiones para llevar a cabo una concentración parcelaria, la Presidencia propone concertar una reunión informativa con los técnicos del departamento de agricultura del Gobierno de Aragón y los agricultores de la localidad. TERCERO.- APROBACION INICIAL MODIFICACION ORDENANZA REGULADORA DEL APROVECHAMIENTO DE TIERRAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAJARIN. 12/26

13 Visto expediente para la aprobación inicial de Modificación Ordenanza municipal reguladora del aprovechamiento de tierras patrimoniales o de propios del Ayuntamiento de Alfajarín, del siguiente tenor MODIFICACION ORDENANZA o REGLAMENTO REGULADOR DEL APROVECHAMIENTO DE TIERRAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAJARIN TITULO 1.- DEL APROVECHAMIENTO DE LAS TIERRAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS ARTICULO 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del aprovechamiento de las tierras Patrimoniales o de Propios, pertenecientes al Ayuntamiento de Alfajarín, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, e. Del Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, R.B.E.L., y artículo 184 y 185 de la Ley 7/1999, de 9 de abril de Administración Local de Aragón. El Ayuntamiento de Alfajarín, es propietario de diversas fincas de la Huerta (prados) o secano (monte), susceptibles de aprovechamiento agrícola, ganadero, apícola y forestal, cuya naturaleza jurídica queda reflejada en el artículo 6 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, constituye fuente de ingreso para el erario municipal. El Anexo I, incluye las fincas municipales, susceptibles de aprovechamiento mediante arriendo, al margen de las que se pueden incorporar. TITULO II.- DEL APROVECHAMIENTO AGRÍCOLA DE PARCELAS PATRIMONIALES O DE PROPIOS CAPITULO 1.- DEL OTORGAMIENTO DE LOS ARRIENDOS ARTICULO 3º.- El arriendo de prados o montes, para aprovechamiento agrícola, ganadero y apícola de parcelas Patrimoniales, se otorgarán por un período de cinco años consecutivos, prorrogables, mientras que el adjudicatario mantenga las condiciones de adjudicación.la renuncia del interesado, resolución por parte del Ayuntamiento, (en los términos y supuestos contemplados en esta Ordenanza), jubilación del titular, son circunstancias que afectan a la duración del otorgamiento del arriendo. 13/26

14 El arriendo agrícola, conlleva el aprovechamiento de pastos sobre las respectivas parcelas, es decir, son aprovechamientos conexos. En todo caso la duración de los arriendos, queda condicionado a mantener durante el período, las circunstancias objetivas y subjetivas a que diera lugar la adjudicación. ARTICULO 7º- Las adjudicaciones de arriendos para aprovechamiento agrícola de parcelas Patrimoniales o de Propios se realizará mediante subasta artículo 92, del R.B.E. Locales; artículo 184 de la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón y artículo 83 del R.D.L. 2/2000. El tipo de licitación será el 6% del valor renta obtenido, se fija: MODIFICACION CONVERSION EN EUROS/ FIGURA PESETAS Huerta: 15 Euros/anega Monte secano: es de 15 Euros/hectárea Aprovechamiento apícola: 1,50 euros por colmena Los requisitos para participar en la subasta además de los generales son: Requisitos. Podrán ser beneficiarios de bienes susceptibles de aprovechamiento si cumplen las siguientes condiciones: i) Ser persona física y tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la solicitud o tratarse de menor emancipado. j) No estar jubilado ni percibir prestación por jubilación o incapacidad absoluta. k) Estar al corriente de pago de toda clase de tributos y exacciones municipales. l) Residir efectivamente en el municipio de Alfajarín, debiendo figurar inscritos en el padrón municipal de habitantes de forma continuada al menos durante los cinco últimos años anteriores a la adjudicación. m) Tener ingresos en conceptos de facturación en compra/venta de productos agrícolas y/o ganaderos, salvo nuevas incorporaciones, que estarán exentas durante el primer año de actividad. Y DEBERÁ CUMPLIR UNA DE LAS OPCIONES SIGUIENTES O VARIAS /f, g, h / 14/26

15 n) Agricultores a título principal, es decir, que sus ingresos por esta actividad sean superiores al 51% de su renta total anual o a título parcial siendo sus ingresos inferiores al 51% de su renta total anual. o) Ganaderos a título principal, es decir, que sus ingresos por esta actividad sean superiores al 51% de su renta total anual o a título parcial siendo sus ingresos inferiores al 51 % de su renta total anual. p) Apicultores dados de alta en el correspondiente régimen de la Tesorería General de la Seguridad Social y tramitación de la licencia de inicio de la actividad / apertura de la explotación. En el supuesto de empate en las proposiciones económicas EN ESTE SUPUESTO estas se baremara para el desempate y adjudicación a la que más puntos haya obtenido de acuerdo con los siguientes criterios: BAREMACIÓN: PUNTOS: Agricultor a título principal ( +51% agricultura ) 35 Ganadero a título principal ( +51% ganadería ) 35 Por ser joven agricultor 35 Agricultor o ganadero a título parcial inferior al 51% 15 Agricultor/ganadero con cargas familiares 15 ( con familiares a su cargo menores de 18 años y / o más de 65 años y/0 dicapacitados con 2 puntos por miembro hasta un máximo de 15 puntos Por rentas inferiores a 1,5 el SMI 15 ARTICULO 12º.- Las tierras de barbecho no se podrán labrar, hasta el 10 de marzo para que se respeten los aprovechamientos ganaderos, y el rastrojo no se podrá labrar hasta el 10 de septiembre una vez levantada la cosecha para respetar el pasto de los ganaderos.. CAPITULO V.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO 15/26

16 ARTICULO 17º.- Cuando el Ayuntamiento previa solicitud de parte interesada, tenga que hacer uso de fincas Municipales en arriendo, por interés público., les será notificado al arrendatario el despido (baja del Padrón), debiendo dejar libres las fincas municipales y a disposición para los fines expuestos, si bien estarán en el derecho de ser indemnizados en la cantidad que estime por conveniente el Ayuntamiento y que no será inferior a la Renta anual de un año que venga abonando al Ayuntamiento. DISPOSICION DEROGATORIA Quedan derogadas las disposiciones transitorias PRIMERA Y SEGUNDA de esta Ordenanza. Visto informe favorable emitido por el Patronato Municipal de Agricultura, Comisión de Hacienda y el Secretario. El Pleno del Ayuntamiento, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de los artículos 29.2.d) y 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y del artículo 130 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, previa deliberación, y por mayoría de los miembros asistentes ACUERDA PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del aprovechamiento de tierras patrimoniales o de propios del Ayuntamiento de Alfajarín. SEGUNDO. Someter a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto». CUARTO.- APROBACION INICIAL EXPTE. MODIFICACION CREDITOS Nº 16/26

17 3/2014 AYUNTAMIENTO Y EXPTE Nº 2/2014 PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES. EXPTE. MODIFICACION CREDITOS Nº 3/2014 AYUNTAMIENTO Que visto el expediente número 3 de Modificación Presupuestaria del ejercicio 2014 del Presupuesto del Ayuntamiento de Alfajarín y considerando cumplidas todas las formalidades impuestas por la normativa vigente, tras la correspondiente deliberación, el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2014 adoptó el acuerdo que seguidamente se transcribe: Primero: Aprobar provisionalmente el expediente número 3 propuesto, por ajustarse a las prescripciones legales. Segundo: Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la correspondiente sección provincial del Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones antes el Pleno. Tercero: Se entenderá definitivamente aprobado si no se presentaran reclamaciones al mismo, procediendo a su nueva exposición con detalle de las aplicaciones modificadas. Si existieran reclamaciones, el Pleno dispondrá de un mes de plazo para resolverlas. EXPTE. MODIFICACION CREDITOS Nº 2/2014 PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES. Que visto el expediente número 2/2014 de Modificación Presupuestaria del ejercicio 2014 del Patronato Municipal de Deportes de Alfajarín y considerando cumplidas todas las formalidades impuestas por la normativa vigente, tras la correspondiente deliberación, el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2014 adoptó el acuerdo que seguidamente se transcribe: Primero: Aprobar provisionalmente el expediente número 2/2014 propuesto, por ajustarse a las prescripciones legales. Segundo: Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la correspondiente sección provincial del Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones antes el Pleno. 17/26

18 Tercero: Se entenderá definitivamente aprobado si no se presentaran reclamaciones al mismo, procediendo a su nueva exposición con detalle de las aplicaciones modificadas. Si existieran reclamaciones, el Pleno dispondrá de un mes de plazo para resolverlas. QUINTO.- APROBACION INICIAL MODIFICACION PUNTUAL ART. 19 PLAN PARCIAL POLIGONO EL BORAO. Visto expediente relativo a la aprobación iniciativa presentada por *** en relación con el proyecto del Plan Parcial el Borao que afecta a la modificación del art. 19 el texto propuesto es el siguiente: ART- 19 COEFICIENTE DE EDIFICABILIDAD El coeficiente de edificabilidad sobre la superficie de parcela neta se establece en 0,70m2/m2 Para el cómputo de la edificabilidad, se incluyen todos los espacios edificables de las plantas, con independencia de su destino no computando las entreplantas o altillos que pudieran construirse en el interior de las naves dentro de la altura máxima permitida. Visto el informe favorable del Arquitecto Municipal acerca de la adecuación a la legalidad del proyecto presentado. El Pleno por unanimidad ACUERDA PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación del art. 19 del Plan Parcial El Borao por iniciativa de ***. SEGUNDO.- Someter a información pública durante el plazo de un mes mediante anuncios Boletín Oficial de Aragón Sección Provincial y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. TERCERO. Remitir el expediente completo a las Administraciones competentes a los efectos de que se emitan los correspondientes informes sectoriales. SEXTO.-RESOLUCIONES de la Alcaldía de conformidad con el art. 30 de la L.A.L.A. se da cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía. -DECRETO Nº 147/2014: Concesión de beca de comedor escolar para el curso 2014/2015 al niño ***, por importe de 733,20, al tratarse de un caso de emergencia social para protección del menor. -DECRETO Nº 148/2014: Contrata del servicio de Dirección de obra y coordinación de seguridad y salud el proyecto obra de camino y expediente de normalización de fincas por el procedimiento de contrato menor con el contratista Enrique Pascual Bielsa por un importe total de 726,00. 18/26

19 -DECRETO Nº 149/2014: Realizar obras de ampliación del puente de acceso al núcleo de almacenes agrícolas (puente del lavadero) por contrato menor con *** por un importe de ,80 y 2.256,20 de IVA. -DECRETO Nº 150/2014: Realizar las obras de Restauración parcial del Castillo (IV FASE) mediante el procedimiento de contrato menor con el contratista ***. por un importe de y 3.161,13 de IVA. -DECRETO Nº 151/2014: Aprobación de 55 facturas del Ayuntamiento por un importe total de ,68. -DECRETO Nº 152/2014: Conceder licencia de obras a *** en Polígono 1, Parcela 35 en Alfajarín para mantenimiento oleoducto. Conceder licencia de obras a Silvia Pueyo Continente en Avenida Europa nº 65 en Alfajarín para sujeción de tejas. -DECRETO Nº 153/2014: Realizar la Renovación de alumbrado público en el Polígono Industrial Borao, por contrato menor con el contratista *** por un importe de y 4.736,34 de IVA. -DECRETO Nº 154/2014: Autorización de explotación apícola para 20 colmenas en Polígono 1, Parcela 20, en Alfajarín a ***. SÉPTIMO.- INSTANCIAS, PETICIONES Y CORRESPONDENCIA. Se da cuenta de las siguientes: Se da cuenta de petición de la funcionaria ***, de comenzar jornada completa a partir del 1 de enero de 2015, dando por finalizada la jornada reducida. Escrito de Endesa en la que informan que la avería del en planta elevación de aguas ubicada en el Soto la Balsa provocó varias interrupciones en el suministro eléctrico, han dado traslado al Servicio Provincial de Industria y Energía del Gobierno de Aragón. Solicitan que se adopten las medidas para evitar posibles daños en las instalaciones así como las repercusiones que puede tener en la red de media tensión de la zona y evitar futuras incidencias. La Alcaldía informa al Pleno que se ha dado traslado a la empresa concesionaria de la gestión del agua AQUARA de esta avería y se les ha solicitado que adopten las medidas necesarias para hacer el mantenimiento de la citada planta de elevación de aguas, asimismo da cuenta que la empresa ALPO que reparo inicialmente la avería e informa a esta Alcaldía que Endesa modificó la citada planta para dar suministro a otros clientes y eliminaron algunas protecciones, y que han podido dar origen a la avería. Se da cuenta de Sentencia de 10 de diciembre por el que se desestima el Recurso Contencioso 3/2014 del Juzgado de lo Contencioso número cinco interpuesto por D. 19/26

20 *** confirmando los actos administrativos impugnados, sin imposición de costas. Se da cuenta de la Comisión de seguimiento del pasado 3 de diciembre relativa a la explotación del Abastecimiento mancomunado de agua a los núcleos del Bajo Ebro Aragonés. OCTAVO.- ADHESIÓN FACe PUNTO GENERAL DE ENTRADA DE FACTURAS ELECTRÓNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. APROBACION INICIAL ORDENANZA REGULADORA FACTURA ELECTRÓNICA. Visto que con fecha 10 de diciembre de 2014, se inició expediente para la adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, FACe. Visto que con fecha 11 de diciembre de 2014 se emitió informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la legislación aplicable. Examinada la documentación que la acompaña y de acuerdo con la misma, en relación con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno adopta el siguiente ACUERDO PRIMERO. Adherirse el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración del Estado, FACe, disponible en la dirección URL wwwhttp://administracionelectronica.gob.es/es/ctt/face, cuya recepción de facturas tendrá los mismos efectos que los que se deriven de la presentación de las mismas en el registro administrativo. SEGUNDO. Que en la Base 38 Facturación Electrónica de las bases de ejecución de presupuesto de esta Corporación para el ejercicio 2015 se dispone que las facturas cuyo importe sea menor de 5000, impuestos incluidos, queden excluidas de la obligación de facturación electrónica. TERCERO. Establecer que los códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizativa, son: Código de la oficina contable: Ayuntamiento de Alfajarín L Código del órgano gestor: Ayuntamiento de Alfajarín L Código de la unidad de tramitación: Ayuntamiento de Alfajarín L Estos códigos serán indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas. 20/26

21 CUARTO. Remitir el acuerdo de adhesión al Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración Central FACe, para su difusión y conocimiento a los proveedores, tal y como establece la Disposición adicional 6ª de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público, al Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y a la sede electrónica. QUINTO. Remitir el acuerdo de adhesión al Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración Central FACe del Ayuntamiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por los medios telemáticos habilitados al efecto. APROBACION INICIAL ORDENANZA REGULADORA FACTURA ELECTRÓNICA. Considerando que por Providencia de Alcaldía de fecha 10 de diciembre de 2014 se solicitó informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para aprobación de la Ordenanza municipal reguladora de la factura electrónica Considerando dicho informe que fue emitido en fecha 11 de diciembre de El Pleno del Ayuntamiento, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de los artículos 29.2.d) y 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y del artículo 130 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, previa deliberación, y por mayoría de los miembros asistentes ACUERDA PRIMERO. Aprobar inicialmente Ordenanza municipal reguladora de la factura electrónica del siguiente tenor literal ORDENANZA REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRONICA Artículo 1.- Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas del sector público, se regula a través de la presente Ordenanza los requisitos técnicos de las facturas electrónicas remitidas a través del punto general de entrada de facturas 21/26

22 del Estado, FACE, al que se encuentra adherido el Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín. Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro de entrada del Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín. Las facturas por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos, sí deberán presentarse de forma electrónica a través del Punto general de Entrada del Estado, FACE al que se encuentra adherido el Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín. Artículo 2.- Ámbito subjetivo. Lo previsto en la presente Ordenanza será de aplicación a las facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y el Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín. Artículo 3.- Obligación de presentación de facturas en el registro. El proveedor que haya expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados al Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín, tendrá la obligación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de presentarla ante un registro administrativo, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios. En tanto no se cumplan los requisitos de tiempo y forma de presentación establecidos en esta Ley no se entenderá cumplida esta obligación de presentación de facturas en el registro. Artículo 4.- Uso de la factura electrónica. 22/26

23 Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas a expedir la factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015, y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda (FACE), las entidades siguientes cuando el importe de la factura sea por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos: a) Sociedades anónimas; b) Sociedades de responsabilidad limitada; c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria; e) Uniones temporales de empresas; f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones. Artículo 5.- Exclusión de facturación electrónica. Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro de entrada del Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín. Las mismas deberán ajustarse a lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Se determina por este Ayuntamiento establecer este importe de 5.000,00 euros incluyendo impuestos de conformidad con el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en sus Informes 43/2008, de 28 de julio de 2008 y 26/2008, de 2 de diciembre de 2008 dispone que el precio del contrato debe 23/26

24 entenderse como el importe íntegro que por la ejecución del contrato percibe el contratista, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. También quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios. Artículo 6.- Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas. El Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín dispondrá de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes. El Ayuntamiento de Alfajarín, Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Agricultura y Patronato Residencia de Ancianos Ntra Sra de la Peña de Alfajarín está adherido a la utilización del punto general de entrada de facturas electrónicas que proporciona el Estado, FACE. Los códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizativa, son:. Código de la oficina contable: Ayuntamiento de Alfajarín L Código del órgano gestor: Ayuntamiento de Alfajarín L Código de la unidad de tramitación: Ayuntamiento de Alfajarín L Los pliegos de cláusulas administrativas de todos los concursos que publique este Ayuntamiento deberán contener esta codificación, que será indispensable para la remisión de todas las facturas electrónicas. El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará una solución de intermediación entre quien presenta la factura y la oficina contable competente para su registro. El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de facturas electrónicas en el formato que se determina en la Ley 25/2013, de 27 de 24/26

25 diciembre. El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura. Todas las facturas electrónicas presentadas a través del punto general de entrada de facturas electrónicas producirán una entrada automática en un registro electrónico de la Administración Pública gestora de dicho punto general de entrada de facturas electrónicas, proporcionando un acuse de recibo electrónico con acreditación de la fecha y hora de presentación. El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará un servicio automático de puesta a disposición o de remisión electrónica de las mismas a las oficinas contables competentes para su registro. DISPOSICIONES ADICIONALES Disposición Adicional Primera.- Entrada en vigor de la factura electrónica. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, entrara en vigor el 15 de enero de Disposición Adicional Segunda.- Entrada en vigor La presente Ordenanza entrará en vigor una vez se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, todo ello, de conformidad con el artículo 70.2 de la citada Ley. SEGUNDO. Someter a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto». NOVENO.- RUEGOS Y PREGUNTAS. El Sr. Concejal D. Diego Borroy Catalán, pregunta cuando se abre el nuevo bar 25/26

26 restaurante del complejo deportivo, informa la Alcaldía que se está pendiente de que den el suministro de luz y gas. El Sr. Concejal D. Francisco Javier Lizama Martínez solicita que se adopten las medidas oportunas para denunciar en los medios de comunicación ( prensa..) la falta de respuesta por el departamento de Educación del Gobierno de Aragón a este Ayuntamiento a la propuesta que les fue remitida para la construcción un nuevo colegio público. Y no habiendo más asuntos en el Orden del Día establecido siendo las diecinueve horas cuarenta minutos el Sr. Alcalde Presidente levantó la sesión que como Secretario doy fe. 26/26

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