G2TMARR S.L. miguel ángel rubio

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1 PROYECTO INSTALACIÓN DE ELEMENTOS INDUSTRIALES E INSTALACIONES PARA LA ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN LICENCIA DE APERTURA DE UN EDIFICIO DESTINADO A LA ACTIVIDAD DE "SEDE SOCIAL CON OFICINAS Y AULAS DE FORMACIÓN Y CONFERENCIAS INSTALACIONES GENERALES", SITO EN MADRID CALLE TITULAR: ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID MADRID, MAYO DE 2014 Barco, Madrid Teléfonos: Fax:

2 I N D I C E Página 1

3 I N D I C E El presente índice, se ajusta a lo establecido en el Anexo 1.2 para implantación o modificación de Actividades de la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión de Control de Licencias Urbanísticas de Actividades (OGLUA) de 29 de Junio de 2009 del Ayuntamiento de Madrid DOCUMENTO Nº I.- MEMORIA. CAPITULO I.- INTRODUCCIÓN - DEFINICIÓN - OBJETO - ANTECEDENTES - CARACTERÍSTICAS GENERALES. I.1.- OBJETO. I.2.- TITULAR. I.3.- TÉCNICO AUTOR DEL PROYECTO. I.4.- DIRECCIÓN FACULTATIVA. I.5.- ACTIVIDAD. I.6.- EMPLAZAMIENTO. I.7.- NORMATIVA - REGLAMENTOS Y ORDENANZAS MUNICIPALES DE APLICACIÓN AL PRESENTE PROYECTO. CAPITULO II.- CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA DE LA ACTUACIÓN PROYECTADA. CAPITULO III.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA ACTIVIDAD. CAPITULO IV.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL EDIFICIO. CAPITULO V.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL MEDIO AMBIENTE. V.1.- RUIDOS. Y VIBRACIONES. V.2.- HUMOS Y EVACUACIÓN DE AIRE. V.3.- AGUAS RESIDUALES. V.4.- RESIDUOS. CAPITULO VI.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL RIESGO DE INCENDIOS. CAPITULO VII.- MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS PARA EVITAR LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL MEDIO AMBIENTE. VII.1.- MEDIDAS CORRECTORAS SOBRE RUIDOS Y VIBRACIONES. VII RUIDOS. VII VIBRACIONES. VII.2.- MEDIDAS CORRECTORAS SOBRE HUMOS Y EVACUACIÓN DE AIRE. VII AIRE VICIADO PROCEDENTE DE LA EXTRACCIÓN DEL LOCAL. Página 2

4 VII AIRE VICIADO PROCEDENTE DEL AIRE DE CONDENSACIÓN MAQUINARIA AIRE ACONDICIONADO. VII AIRE VICIADO PROCEDENTE DE LOS SERVICIOS Y DOTACIONES ANEXAS. VII.3.- AGUAS RESIDUALES. VII VERTIDOS FECALES. VII APROVISIONAMIENTO DE AGUA. VII.4.- RESIDUOS. VII ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y UBICACIÓN EN EL LOCAL DEL CUARTO DE BASURAS. CAPITULO VIII.- MEDIDAS CORRECTORAS PREVISTAS PARA EVITAR LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE RIESGO DE INCENDIOS. VIII.1.- RESPECTO A LA NBE-CPI-96 (NORMA BÁSICA DE EDIFICACIÓN Y CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS). VIII.2.- RESPECTO AL REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID. VII.3.- RESPECTO AL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACIÓN DOCUMENTO BASICO SI VIII.4.- ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCEN. VIII.4.1- DESCRIPCIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS Y CRITERIOS DE DISEÑO. VIII SISTEMA DE EXTINTORES MÓVILES. VIII EXTINTORES HÍDRICOS. VIII EXTINTORES DE POLVO. VIII SISTEMA BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS. VIII SISTEMA AUTOMÁTICO DE DETECCIÓN. VIII DETECTORES IÓNICOS (HUMOS). VIII CENTRAL DE ALARMA. VIII.5.- ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INSTALACIÓN DE MEDIOS DE COMPARTIMENTACIÓN - SEGURIDAD Y EVACUACIÓN. VIII DESCRIPCIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INSTALACIÓN Y MEDIOS DE COMPARTIMENTACIÓN - SEGURIDAD Y EVACUACIÓN. CAPITULO IX.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE HIGIÉNICAS. VIII SISTEMA DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACIÓN. VIII SISTEMA DE ALUMBRADO DE BALIZAMIENTO. VIII PUERTAS CORTA FUEGOS. VIII COMPARTIMENTACIÓN. VIII SEÑALIZACIÓN MEDIOS PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. VIII OTRAS INSTALACIONES Y MEDIDAS. IX.1.- INSTALACIÓN VENTILACIÓN. LAS CONDICIONES E INSTALACIONES DE CONFORT E Página 3

5 IX VENTILACIÓN NATURAL IX VENTILACIÓN FORZADA EXTRACCIÓN. IX VENTILACIÓN FORZADA EXTRACCIÓN RENOVACIÓN AIRE DEL LOCAL. IX EXTRACTORES IX INSTALACIÓN. IX EVACUACIÓN DEL AIRE DE CONDENSACIÓN AL EXTERIOR. IX EVACUACIÓN DEL AIRE VICIADO DE LOS HUMOS Y OLORES DE LA COCINA AL EXTERIOR. IX.2.- INSTALACIÓN AIRE ACONDICIONADO. IX ELEMENTOS - MAQUINARIA QUE COMPONE LA INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO. IX INSTALACIÓN. IX EVACUACIÓN DEL AIRE DE CONDENSACIÓN AL EXTERIOR. IX.3.- ILUMINACIÓN. IX.4.- ATMÓSFERA DEL LOCAL. IX.5.- VESTUARIOS IX.6.- TEMPERATURA Y HUMEDAD RELATIVA. IX.7.- INSTALACIONES SANITARIAS. IX VESTUARIOS. IX CONDICIONES HIGIÉNICAS DE LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS. IX.7.- BOTIQUÍN. CAPITULO X.- DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS. X.1.- APLICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONDICIONES HIGIENICAS SANITARIAS Y PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES EN ESTABLECIMIENTOS DONDE SE CONSUMEN COMIDAS Y BEBIDAS. CONDICIONES DEL LOCAL, INSTALACIONES, MATERIALES Y UTILLAJE ASÍ COMO DEL PERSONAL. IX CONDICIONES DEL LOCAL, INSTALACIONES, MATERIALES Y UTILLAJE ASI COMO DEL PERSONAL. IX CONDICIONES TÉCNICAS. IX DEL LOCAL IX DE LA ZONA DESTINADA A USO PÚBLICO. IX DE LAS COCINAS. IX DE LOS ALMACENES. IX DE LOS CUARTOS DE BASURA IX DE LOS SERVICIOS HIGIÉNICO. IX DE LOS EQUIPOS Y ÚTILES DE TRABAJO. IX CONDICIONES HIGIENICAS SANITARIAS. IX DEL LOCAL Y UTILLAJE Página 4

6 IX DEL PERSONAL IX CONDICIONES SANITARIAS RELATIVAS A MATERIAS PRIMAS Y COMIDAS. IX DE LAS MATERIAS PRIMAS. IX DE LAS COMIDAS. CAPITULO XI.- RELACIÓN DE LA MAQUINARÍA Y ELEMENTOS INDUSTRIALES CON INDICACIÓN DE SU POTENCIA Y CARACTERÍSTICAS. CAPITULO XII.- CALCULO DEL AFORO - OCUPACIÓN Y EVACUACIÓN XII.1.- CALCULO DE AFORO - OCUPACIÓN. CAPITULO XII.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA. XII.1.- ACOMETIDA. XII.2.- INSTALACIONES DE ENLACE. XII.3.- DERIVACIONES INDIVIDUALES. XII INSTALACIÓN XII.3.2.-CABLES XII.4.- DISPOSITIVOS GENERALES E INDIVIDUALES DE MANDO Y PROTECCIÓN. INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA. XII SITUACIÓN. XII COMPOSICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS CUADROS. XII CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN. XII.5.- PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES. XII PROTECCIÓN CONTRA SOBRECARGAS. XII PROTECCIÓN CONTRA CORTOCIRCUITOS. XII APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN. XII.6.- PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES XII MEDIDAS PARA EL CONTROL DE LAS SOBRETENSIONES. XII.7.- PROTECCIÓN CONTRA LOS CONTACTOS DIRECTOS E INDIRECTOS XII.8.- AUTORIZACIÓN. XII.8.1- EJECUCIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS INSTALACIONES XII PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES XII.9.- ALUMBRADO DE EMERGENCIA. XII ALUMBRADO DE SEGURIDAD. XII ALUMBRADO DE EVACUACIÓN XII.9.3 ALUMBRADO AMBIENTE O ANTI PÁNICO XII ALUMBRADO DE ZONAS DE ALTO RIESGO XII ALUMBRADO DE REEMPLAZAMIENTO XII PRESCRIPCIONES DE LOS APARATOS PARA ALUMBRADO DE EMERGENCIA. Página 5

7 XII APARATOS AUTONOMOS PARA ALUMBRADO DE EMERGENCIA XII LUMINARIA ALIMENTADA POR FUENTE CENTRAL. XII.10.- FUENTES PROPIAS DE ENERGIA XII.11.- RED DE TIERRAS. CAPITULO XIV.- INSTALACIÓN DE SONIDO CAPITULO XV.- CONCLUSIÓN. XIV.1.- ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INSTALACIÓN DE SONIDO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS MISMOS. DOCUMENTO Nº II.- ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES. DOCUMENTO Nº III.- PLIEGO DE CONDICIONES. DOCUMENTO Nº IV.- PRESUPUESTO. DOCUMENTO Nº V.- PLANOS Página 6

8 DOCUMENTO Nº I M E M O R I A Página 7

9 MEMORIA CAPITULO I.- INTRODUCCIÓN, DEFINICIÓN, ANTECEDENTES OBJETO Y CARACTERÍSTICAS GENERALES I.1- OBJETO: El presente Proyecto tiene por objeto el describir las Instalaciones, Elementos Industriales y Medidas Correctoras, para la obtención de la preceptiva Actualización y Modificación de la Licencia de Instalación, Apertura y Funcionamiento para la actividad de Sede Social con Oficinas del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, respecto a la Licencia con que actualmente cuenta y que queda definida en los apartados posteriores. Dicha actividad se desarrolla en el Edificio sito en Madrid calle Santa Isabel 51., dando con ello debido cumplimiento a lo estipulado en el Vigente Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid. El alcance de las modificaciones objeto del presente Proyecto se refiere a la modificación de la presente licencia de actividad 711/94/13466 concedida por decreto de fecha 9/5/1996, modificada con número 714/2001/05797 por las obras consolidadas en la licencia concedida por decreto de fecha 24/06/2013, y a la actualización y cumplimiento a la normativa actual respecto a los medios de protección contra incendios y evacuación del edificio en cuestión. En general la actividad que se ejerce en el Edificio es la de Sede Social con Oficinas y Aulas de Formación y Conferencias Instalaciones Generales, distribuidas fundamentalmente al uso de los propios Colegiados del colectivo Médico. Para el desarrollo de dichas actividades se utilizan los espacios generales con que contaba la Edificación, y destinadas prácticamente al uso actual, toda vez que se trataba de la antigua Facultad de Medicina y las Aulas con las que estaba dotada, espacios que en la actualidad se destina a Conferencias, Congresos y Función médica. El presente Proyecto forma parte de los trámites a cumplimentar, y que son preceptivos para la obtención de la Licencia Municipal de Apertura y Funcionamiento de la Actividad Calificada de conformidad de la Ordenanza Especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico del Ayuntamiento de Madrid. Página 8

10 I.2.- TITULAR Es titular de la mencionada actividad: El ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID, con nº de C.I.F. Q H., actuando en representación D ña. Dra. Ana María Fernández Vidal con DNI G. I.3.- TÉCNICO AUTOR DEL PROYECTO Es autor del proyecto el Ingeniero Técnico Industrial D. DOMINGO MUÑOZ GUTIERREZ DE TERÁN, Colegiado nº , del COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES de Madrid, con domicilio social en Madrid, calle Barco, nº 31, 1º Derecha. I.4.- DIRECCIÓN FACULTATIVA La dirección facultativa corresponde al igual que el propio proyecto al Ingeniero Técnico Industrial D. DOMINGO MUÑOZ GUTIERREZ DE TERÁN. I.5.- ACTIVIDAD Como se ha dicho anteriormente, se trata de un Edificio destinado exclusivamente a SEDE SOCIAL CON OFICINAS Y AULAS DE FORMACIÓN Y CONFERENCIAS INSTALACIONES GENERALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID, con sus dependencias anexas. I.6.- EMPLAZAMIENTO El Edificio destinado exclusivamente a esta actividad se encuentra ubicado en la calle Santa Isabel 51, de Madrid. I.7.- NORMATIVA REGALMENTOS Y ORDENANDAS MUNICIPALES DE APLICACIÓN AL PRESENTE PROYECTO Así mismo la documentación técnica que compone el presente documento da cumplimiento a lo dispuesto en: a) Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas, publicadas Página 9

11 en el Boletín Oficial del Estado de fecha 7 de Diciembre de b) Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002, B.O.E. nº 224 de fecha 18 de Septiembre, así como las Instrucciones Complementarias y hojas de interpretación, en lo concerniente a Instalaciones eléctricas de Baja Tensión. c) Índice de medidas correctoras de más frecuente aplicación en Actividades Clasificadas, de la Comisión Provincial de Servicios Técnicos de Madrid - Ponencia de Comisión Delegada de Saneamiento de d) En los artículos que son de aplicación a la Actividad objeto del presente, respecto al Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas aprobado por Real Decreto 2.816/1.982 de 27 Agosto B.O.E. nº 267 de , con las limitaciones, observaciones y en general criterio interpretativo de dicho Reglamento conforme a la circulas publicada en el B.O.C.M. de fecha 16 Junio de 1.984, sobre circular por la que se fijan los criterios interpretativos a tener en cuenta para una más y uniforme aplicación del Reglamento General de Policía de Espectáculo y Actividades Recreativas. e) Ordenanza Reguladora de las Condiciones higiénico - sanitaria y protección de los consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas Aprobados en Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 25 de Junio de f) Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo, orden de 9 de Marzo de por la que se aprueba en el Plan Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. g) Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano, aprobada inicialmente por el Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid. h) Ordenanza Especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico, aprobada inicialmente por el Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid, en la Sesión Plenaria celebrada el día 24 de Junio de y definitivamente en la sesión cuyo texto integro se publicó en el B.O.C.M. el día 24 de Noviembre de i) Código Técnico - Documento Básico (DB) Seguridad en caso de Incendio (SI) j) Reglamento Técnico Sanitario sobre las condiciones generales de almacenamiento frigorífico de alimentos y productos alimentarios, Real Decreto 168/ de 6 de Febrero, publicado en el B.O.E. nº 39 de 14 Febrero de Página 10

12 k) Normas Básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua, orden de 9 de Diciembre de 1.975, publicado en el B.O. E nº 11 del 13 de Enero de l) Decreto 7/1.987 de Mayo de 1.987, sobre competencias municipales en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, publicado en el B.O.C.M. nº 55 de 6 de Mayo de m) NBE-CT-79, Norma Básica de la Edificación sobre condiciones Térmicas en los edificios, Real Decreto nº 2429/79 del 6 de Julio, publicado en el B.O.E. del 7 de Septiembre de n) NBE-CA-81, Norma Básica de la Edificación obre condiciones Acústicas en los edificios, Real Decreto nº 1909/1.981 de 24 de Julio y Real Decreto nº 2112/1.982 del 12 de Agosto por el que se modifica, publicado en el B.O.E. de 3 de Septiembre de y 7 de Octubre. o) I.T.I.C. Reglamento e Instrucciones Técnicas de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente Sanitaria, Real Decreto 1618/1.980 de 4 de Julio, publicado en el B.O.E. del 6 de Agosto de p) Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre por el que establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud. En capítulos precedentes se dará relación de todos los Reglamentos tenidos en cuenta en la redacción del presente proyecto así como en las instalaciones proyectadas. CAPITULO II.- CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA DE LA ACTUACIÓN PROYECTADA. En este Proyecto no se trata de una implantación de una actividad por lo que las actuaciones a realizar es la de adaptar la actividad ya concedida según la licencia de actividad e instalación concedida por Decreto de fecha 9/05/1996 número de expediente 711/94/13466 y posteriormente modificada con el número de expediente 714/2001/05797 a la Licencia de Obras concedida de fecha 24/06/2013 número de expediente 711/2011/12019 Este edificio está situado en la Zona 1, Grado 1º, Nivel A, encontrándose dentro del Catálogo de Edificios Protegidos, con Nivel de Protección 1, referenciado con el nº 2. Página 11

13 CAPITULO III.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA ACTIVIDAD La actividad a desarrollar es la de colegio oficial de médicos de madrid con aulas para impartir cursos, presentaciones estudios etc, relacionados con campos de la medicina. PROCESO DE TRABAJO. El Ilustre Colegio de Médicos de la Autonomía de Madrid, es una Institución Colegial, Cultural y Social, que tiene el fin principal de la difusión y estudio de la Ciencia Médica entre profesionales y el público en general. Dentro del Edificio, según sus usos por plantas, se harán los siguientes trabajos: Planta Sótano En esta planta se tendrá el archivo de los documentos del Colegio, pero sin tener personal fijo trabajando en él. Planta Nivel -3,86 y -4,56 Dentro de esta planta se tendrá un archivo de documentos del Colegio; en la que se tendrán libros, revistas, escritos y documentos médicos, para consultas de los Colegiados y de las personas autorizadas. El gran anfiteatro se utilizará para conferencias, simposios y reuniones de Colegiados y de profesionales médicos. En el pequeño anfiteatro se impartirán clases y cursos de medicina a profesionales y estudiantes. La zona de Reconocimiento Médico se utilizará para atender a las personas que lo requieran, en el aspecto técnico-sanitario. Planta Nivel -0,97 En esta planta se tendrán tres aulas para clases y cursos de medicina a profesionales y estudiantes; también irán el resto de los niveles del gran anfiteatro y el pequeño anfiteatro. Junto al acceso irá una exposición de trabajos artísticos realizados por los propios colegiados o por artistas conocidos. En el museo de la medicina tendrán expuestos pequeños materiales médicos Página 12

14 quirúrgicos y equipos de medicina antiguos. La cafetería y el comedor será para uso particular de los colegiados y del personal que trabaje en el Edificio. Planta Nivel +2,48 y +1,14 En la zona de exposición se podrán exponer los trabajos artísticos realizados por los colegiados y artistas conocidos. Las aulas se utilizarán para impartir clases y cursos de medicina. Planta Nivel +5,94 y +6,43 En una zona se tendrá un pequeño museo permanente de medicina, dedicado al Doctor Santiago Ramón y Cajal. El resto de la planta se utilizará para hacer trabajos de oficina del propio Colegio. Planta Nivel +9,17 y +10,06 El trabajo que se hará en esta planta será el propio de oficinas. CAPITULO IV.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL EDIFICIO. VI.1.- ACCESOS. El acceso principal se hará por la calle Santa Isabel, por medio de puerta de doble hoja, con anchura de 2,20 m., que comunicará con la recepción de la planta nivel -0,97. En la calle Santa Inés se tendrá un acceso por medio de puerta de doble hoja, con anchura de 2 m., que comunicará con la planta nivel -0,97. En el callejón del Hospital se tendrá un acceso por medio de una puerta de doble hoja, con anchura de 1,40 m., que comunicará con la planta nivel -3,86. Interiormente, el edificio dispondrá de las siguientes comunicaciones: Planta Sótano Una escalera de 1 m., de anchura, con vestíbulo estanco, con puertas metálicas tipo EI- 60, con cerradura antipánico, en comunicación con la planta nivel -4,56. Una escalera de 1,30 m., de anchura, en comunicación con la planta nivel -3,86. Página 13

15 Planta Nivel -3,86 y -4,56. Una escalera de 3 m., de anchura, que comunicará con el acceso de la calle Santa Inés de la planta nivel -0,97. Una escalera de 0,90 m., de anchura, que comunicará la bodega con la cafetería de la planta nivel -0,97. Una escalera de 1,40 m., de anchura, que comunicará con la planta nivel -0,97. Dos escaleras de 0,80 m., de anchura, cada una, que comunicarán con la planta nivel - 0,97. Una escalera de 1 m., de anchura, situada detrás del pequeño anfiteatro, que comunicará con la planta nivel -0,97. Una escalera de 1 m., de anchura, situada cerca del anfiteatro, que comunicará con la planta nivel -0,97; junto a ésta escalera se tendrá un ascensor. Una escalera de 1,50 m., de anchura situada junto al centro de reconocimiento, que comunicará con la planta nivel -0,97; junto a ésta escalera se tendrán dos ascensores. Entreplanta Nivel +2,48 y +1,41 Una escalera de 1,40 m., de anchura a la que comunicará el cuarto de instalaciones por un vestíbulo estanco, en comunicación con el nivel -0,97. Una escalera de 1,30 m., de anchura, situada junto a la exposición, en comunicación con el nivel -0,97. Una escalera de 1,50 m., de anchura, situada junto a la exposición y las aulas, en comunicación con el nivel -0,97. Junto a esa escalera se tendrán dos ascensores. Planta Nivel +5,94 y +6,43 Una escalera de 1,30 m., de anchura, situada junto a la recepción, en comunicación con el nivel +2,48. Dos ascensores situados en el pasillo de las oficinas. Una escalera de 1,50 m., de anchura, situada junto a las oficinas, en comunicación con el nivel +2,48. Junto a esta escalera se tendrán dos ascensores. Una escalera de 1 m., de anchura, situada junto a la oficina administrativa, en comunicación con el nivel +1,41. Junto a esta escalera se tendrá un ascensor. Página 14

16 Planta Nivel +9,17 y +10,06 Una escalera de 1,50 m., de anchura, situada junto a las oficinas, en comunicación con el nivel +5,94. Junto a esta escalera se tendrá un ascensor. Una escalera de 1 m., de anchura, situada junto a las oficinas, en comunicación con el nivel +6,43. Junto a esta escalera se tendrá un ascensor. VI.2.- DESCRIPCIÓN GENERAL. Según se ha indicado anteriormente, se trata de una actividad que ocupará una edificación compuesta por plantas sótano, nivel -3,86 y -4,56; nivel -0,97; entreplanta nivel +2,48 y +1,41, nivel +5,94 y +6,43 y nivel +9,17 y +10,06. El edificio del Ilustre Colegio de Médicos de la Autonomía de Madrid, forma parte del conjunto del Real Colegio de Medicina y Cirugía de San Carlos; el Colegio de Médicos ocupa la parte posterior del conjunto, con frente a la calle Santa Isabel y vuelta en sus extremos a la calle Santa Inés y al callejón del Hospital. Planta Sótano Esta planta se destinará para una dependencia de archivo, con sus estanterías metálicas, un pasillo, la comunicación con el archivo; que debido al desnivel del terreno irá situado en la planta nivel -3,86 y -4,56, un vestíbulo estanco, un cuarto para instalaciones, el cuarto de cuadros eléctricos con su entrada de servicio desde el callejón del Hospital y un centro de transformación. Planta Nivel -3,86 y -4,56 Se dividirá en un archivo, un vestíbulo con dos ascensores, un vestíbulo central al que comunicarán: dos zonas de aseos independientes para damas y caballeros, un pasillo, un pasillo y rampa de acceso al archivo, la sala de reuniones con un despacho, el gran anfiteatro en su parte más baja con sus vestíbulos de accesos, un vestíbulo para la escalera de comunicación con el acceso por la calle Santa Inés, una bodega con una escalera de comunicación con la cafetería y una despensa. Bajo las gradas del gran anfiteatro irán dos cuartos sin utilización, dos archivos y una recepción y control del mismo; detrás del anfiteatro irá la biblioteca, seguida por un pasillo, dos servicios higiénicos, el pequeño anfiteatro que se utilizará como aula, un pasillo que rodeará al pequeño anfiteatro, un ascensor y escalera, dos aseos, dos ascensores y una escalera. El resto de esta planta se utilizará para Centro de Reconocimiento, compuesto por un hall de acceso, que comunicará con el callejón del Hospital, un vestíbulo, una Página 15

17 recepción, una sala de espera, seis Gabinetes para Reconocimiento Médico y dos aseos. Planta Nivel -0,97 Dispondrá de un acceso por la calle Santa Inés, un vestíbulo, un aula médica con gradas y estado; dos aseos para la cafetería, la cafetería con su mostrador, comedor y cocina; un pasillo que rodeará al gran anfiteatro, el control de visualización del gran anfiteatro, un trastero, una escalera de comunicación interior, un control de megafonía, un trastero, un pasillo y una escalera y ascensor de comunicación con las otras plantas. La seguirán un aula con sus asientos y estrado, dos aseos, una sala de exposición, una escalera de comunicación con las plantas superiores, dos escaleras de comunicación con la planta inferior; el acceso principal, en comunicación con la calle Santa Isabel, una recepción con dos ascensores, el museo de la medicina, un aula con asientos y grada, un pasillo que rodea al pequeño anfiteatro y una escalera con dos ascensores para comunicación con las otras plantas. Entreplanta Nivel +2,48 y +1,41 Esta planta tendrá un cuarto para instalaciones del Aire Acondicionado del gran anfiteatro y del pequeño anfiteatro, disponiendo de un vestíbulo estanco en su acceso. Después estarán un pasillo abierto al aula de la planta inferior, una exposición, dos aseos, la escalera de comunicación con las otras plantas, un vestíbulo con dos ascensores, una exposición, una escalera y dos ascensores para comunicación con las otras plantas, una rampa, dos aulas con sus asientos y estrados, un pasillo y dos aseos. Planta Nivel +5,94 y +6,43 Se dispondrá de un museo permanente del Doctor Don Santiago Ramón y Cajal, una recepción, la escalera de comunicación con las plantas inferiores, un vestíbulo de dos ascensores, dos aseos, una zona de oficinas, cinco despachos, una sala de reuniones y una escalera con dos ascensores, en comunicación con las otras plantas. Le seguirán un pasillo, siete despachos, una oficina, la caja, un archivo, un pasillo, dos aseos, una oficina administrativa, la sala de informática, el control, la dependencia de impresoras y una escalera con ascensor, en comunicación con las otras plantas. Planta Nivel +9,17 y +10,06 Tendrá un cuarto para el Aire Acondicionado, un pasillo, la centralita telefónica, un archivo, un cuarto para las máquinas de dos ascensores, un despacho, un pasillo, seis despachos, un aseo, un cuarto para la máquina del ascensor, una escalera y un Página 16

18 ascensor. En otra zona estarán un pasillo, nueve despachos, dos aseos, una escalera y ascensor, un cuarto para el grupo electrógeno de energía de socorro, un vestíbulo estanco, el cuarto de las calderas de calefacción, la cubierta con las plantas enfriadoras y el cuarto con las instalaciones del Aire Acondicionado. En los planos que se aportan se puede apreciar con más detalle las características y distribución del Edificio, así como el emplazamiento del mismo. CARACTERÍSTICAS DIMENSIONALES. La Superficie útil total del Edificio será de 6.426,84 m 2., distribuida en la forma siguiente: - Planta Sótano ,53 m 2. - Planta Nivel -3,86 y -4, ,51 m 2. - Planta Nivel -0, ,27 m 2. - Entreplanta Nivel +2,48 y +1, ,29 m 2. - Planta Nivel +5,94 y +6, ,81 m 2. - Planta Nivel +9,17 y +10, ,43 m 2. SUPERFICIE TOTAL ,84 m 2. Las alturas correspondientes a estas plantas, según se puede ver en las secciones A-A y B-B, de los planos aportados, serán las siguientes: - Planta Sótano... 2,55 m. - Planta Nivel -3,86 y -4, ,10; 3,80; 3,50; 3,25; 3 y 2,70 m. - Planta Nivel -0, ,50; 3,90 y 3,15 m. - Entreplanta Nivel +2,48 y +1, ,50; 3,20; 3,15 y 3 m. - Planta Nivel +5,94 y +6, ; 4,50; 3,50; 3,40; 2,80 y 2,50 m. - Planta Nivel +9,17 y +10, y 2,80 m. En las plantas, según zonas se tendrán falsos techos de escayola, con cámaras de Página 17

19 aire comprendida entre 30 y 70 cm., de altura. CAPITULO V.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL MEDIO AMBIENTE. V.1.- RUIDOS Y VIBRACIONES.- Por: 1) Personas. 2) Maquinaria 3) El desarrollo de la propia actividad. V.2.- HUMOS Y EVACUACIÓN DE AIRE.- Por: 1) Aire condensación A/A. 2) Extracción, Aire viciado 3) Extracción humos cocina V.3.-AGUAS RESIDUALES.- Por: 1) Servicio Higiénico V.4.- RESIDUOS. - La eliminación de los residuos producidos por la actividad se eliminará a través de la red municipal de que dispone el Ayuntamiento de Madrid para los mismos, cumpliendo con lo estipulado en los artículos NNUU y 83 OGUA CAPITULO VI.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL RIESGO DE INCENDIOS. - Los factores que pueden incidir sobre el riesgo de acuerdo con las propias características del local son: 1) Las propias personas. 2) Eléctrico. 3) Instalaciones. 4) Ejercicio de la propia actividad. Página 18

20 CAPITULO VII.- MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS PARA EVITAR LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE EL MEDIO AMBIENTE. VII.1.- MEDIDAS CORRECTORAS SOBRE RUIDOS Y VIBRACIONES. VII RUIDOS. El local producirá ruidos y vibraciones por las personas, y el ejercicio de la propia actividad, que se reducirán hasta los límites admisibles mediante la correspondiente insonorización acústica según las necesidades y mediciones que se realicen, si esto fuera necesario. El aislamiento acústico de los cerramientos que delimitan la actividad al medio Ambiente exterior y colindantes será según lo establecido en el Art.15 y 16 de la OPCAT Artículo 15.- Límites de niveles sonoros transmitidos al medio ambiente exterior 1. Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento deberá respetar los límites de transmisión al medio ambiente exterior indicados en el cuadro adjunto, en función de las áreas acústicas receptoras clasificadas en el Anexo I. 2. Estos límites se considerarán cumplidos, cuando los valores de los índices acústicos evaluados conforme a los procedimientos establecidos en el apartado 1 del Anexo III no excedan en ningún caso en 5 db o más el límite de aplicación fijado en la tabla anterior. Artículo Límites de niveles sonoros transmitidos a locales acústicamente colindantes 1. Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento deberá respetar los límites de transmisión a locales acústicamente colindantes, detallados en la siguiente tabla, en función del uso del local receptor y medidos conforme al apartado 1 del Anexo III. Página 19

21 2. Para pasillos, aseos y cocina, los límites serán 5 dba superiores a los indicados para el local al que pertenezcan. Para zonas comunes, los límites serán 15 dba superiores a los indicados para el uso característico del edificio al que pertenezcan. En el caso de locales de uso sanitario, residencial u hospedaje esas tolerancias se aplicarán sobre los límites correspondientes a estancias. 3. Estos límites se considerarán cumplidos, cuando los valores de los índices acústicos evaluados conforme a los procedimientos establecidos en el Anexo III no excedan en ningún caso en 5 dba o más el límite de aplicación fijado en tabla anterior. 4. Los niveles anteriores se aplicarán asimismo a otros establecimientos abiertos al público con usos distintos a los mencionados, atendiendo a razones de analogía funcional o de equivalente necesidad de protección acústica. 5. En edificios de uso exclusivo comercial, oficinas o industrial, los límites exigibles de transmisión interior entre locales de diferentes titulares serán los establecidos en función del uso del edificio. A los usos que puedan ser compatibles en esos edificios les serán de aplicación los límites de transmisión a interiores correspondientes al uso del edificio. En consecuencia las medidas correctoras adoptadas, deberán asegurar en todo momento el que se cumplan los valores mínimos de aislamiento acústico a ruido aéreo. Art. 26 OPCAT Artículo 26.- Valores mínimos de aislamiento acústico a ruido aéreo en actividades recreativas y de espectáculos públicos y asimilables 1. Los valores mínimos del aislamiento global DnT,A, y del aislamiento en la banda de octava de frecuencia central de 125 Hz, D125, exigibles a los elementos separadores entre los locales ocupados por las actividades reguladas en el artículo 25, y los recintos destinados a uso residencial, zona de dormitorios en actividades de hospedaje, uso educativo, sanitario, cultural o religioso son los que se indican a continuación: Página 20

22 2. De acuerdo con las especificaciones de la norma UNE-EN-ISO 140-4, esta exigencia de valores mínimos de aislamiento a ruido aéreo, sólo será aplicable cuando exista un único paramento separador entre el local en el que se ejerce la actividad y el recinto receptor dedicado a uso residencial, hospedaje zona dormitorios, educativo, sanitario, cultural o religioso, sin presencia de recintos intermedios dedicados a otros usos diferentes, entre la actividad y dicho recinto receptor. Por ello sólo será pertinente la medición del aislamiento a ruido aéreo y el cotejo de los resultados obtenidos con los valores mínimos que se fijan en este apartado, cuando el recinto emisor y el receptor estén separados por un paramento, sea este horizontal, vertical o inclinado. VII VIBRACIONES. Artículo 30.- Medidas de protección frente a vibraciones Todo equipo, máquina, conducto de fluidos o electricidad, o cualquier otro elemento generador de vibraciones se instalará y mantendrá con las precauciones necesarias para reducir al máximo posible los niveles transmitidos por su funcionamiento y para que, en ningún caso, se superen los límites máximos autorizados en el artículo 17 de esta Ordenanza, incluso dotándolo de elementos elásticos separadores o de bancada anti vibratoria independiente si fuera necesario. VII.2.- MEDIDAS CORRECTORAS SOBRE HUMOS Y EVACUACIÓN DE AIRE. VII EL HUMO Y AIRE VICIADO PROCEDENTE DE LA EXTRACCIÓN DEL LOCAL. - El aire viciado del edificio será extraído mediante la correspondiente instalación de extracción de aire viciado, mediante la instalación de extractor centrífugo, el cual aspirara el aire mediante conductos, y lo expulsara al exterior por chimeneas, cuya altura supera 1.5 m la del edificio, cumpliendo con el art. 27 de la O.G.P.M.A.U En los planos adjuntos se detalla la correspondiente instalación. VII AIRE VICIADO PROCEDENTE DEL AIRE DE CONDENSACIÓN MAQUINARIA AIRE ACONDICIONADO. - El aire de condensación procedente de la maquinaria del aire acondicionado del edificio, se realizara mediante la instalación de la condensadoras en la cubierta del edificio, cumpliendo con los artículos 32 de la O.G.P.M.A.U del Ayuntamiento de Página 21

23 Madrid. En los planos adjuntos se detalla la correspondiente instalación. VII AIRE VICIADO PROCEDENTE DE LOS SERVICIOS Y DOTACIONES ANEXAS. El aire viciado de los servicios y dotaciones anexas se realizara a través del sistema de extracción de aire viciado de los servicios y dotaciones anexas, evacuando por cubierta VII.3.- AGUAS RESIDUALES. El vertido de las aguas residuales abocarán a la red de alcantarillado público, instalándose conducciones y arquetas de material apropiado hasta la red general, cumpliendo con lo estipulado en los artículos NNUU y 83 OGUA VII VERTIDOS FECALES. Los vertidos fecales abocarán a la red de alcantarillado público, instalándose conducciones y arquetas de material apropiado hasta la red general, cumpliendo con lo estipulado en los artículos NNUU y 83 OGUA VII APROVISIONAMIENTO DE AGUA. Dispondrá de suministro de agua potable fría y cliente, en cantidad suficiente para cubrir las necesidades de la actividad, dependiendo del número de tomas según las exigencias de cada dependencia. (Art 83 OGUA ), Dicho suministro proviene de la Red Municipal dispuesta para ello, mediante contrato de suministro con CYII. VII.4.- RESIDUOS. VII ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y UBICACIÓN EN EL LOCAL DEL CUARTO DE BASURAS. La eliminación de los residuos producidos en el local se eliminara a través de la red Municipal de que dispone el Ayuntamiento para los mismos CAPITULO VIII.- MEDIDAS CORRECTORAS PREVISTAS PARA EVITAR LA INCIDENCIA DE LA ACTIVIDAD SOBRE RIESGO DE INCENDIOS. Las medidas correctoras contra riesgo de incendios conformarán la correspondiente Página 22

24 INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS. Dicha instalación estará basada en las siguientes Normativas: a) NBE-CPI-96.- Norma básica protección contra Incendios en los edificios. b) Manual de Autoprotección. c) Documento básico SI Seguridad en caso de incendio del CTE d) Reglas Técnicas del Cepreven: - RT3 DET - RT2 EXT - RT2 BTE - RT2 ABA VIII.1.- RESPECTO AL R.G.P.E.P. y A.R. (REGLAMENTO GENERAL DE POLICÍA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS). Se establecerán las siguientes medidas correctoras: a) Todas las materias susceptibles de arder fácilmente serán sometidas a procesos de ignifugación homologados o bien, que el propio material sea ignífugo, hasta alcanzar la clase MI según UNE (Art ). b) Sé prohíbe el uso de material pírico (Art ). c) Extintores: - 1 por cada 25 metros de recorrido. - 2 por cada zona diferenciada del local a la vista del público. - Serán homologados. - Se distribuirán en todas las dependencias y con preferencia en las entradas de los sitios peligrosos. (Art. 2.2.). VIII.2.- RESPECTO AL DOCUMENTO BASICO SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. 1. CUMPLIMIENTO CTE-SI 1.1. PROPAGACION INTERIOR. Página 23

25 - Este edificio constituirá sector de incendios independientes, con respecto a sus medianeros o colindantes, por medio de muros de carga de ladrillo macizo, de 50 cm, de espesor como mínimo, material EI La planta sótano constituirá sector de incendio independiente, con respecto a las restantes plantas del edificio, por medio del forjado de ladrillo cerámico macizo abovedado, de 40 cm, de espesor como mínimo, material EI Las plantas entre sí constituirán sector de incendios, estando compartimentadas por los forjados que serán EI-180 y con escaleras con puertas metálicas EI-60 en sus accesos. - Las zonas calificadas de riesgo, respectos a los caminos de evacuación constituirán sector de incendios independiente, por medio de vestíbulos estancos construidos con ladrillo cerámico, mortero de cemento y enlucido de 15 cm., de espesor como mínimo, material EI Los forjados de las plan tas serán del tipo cerámico con vigas metálicas, protegidas con capas de productos ignífugos homologado, materiales resistentes al fuego tipo EI En los puntos de las plantas que disten más de 25 cm., de una salida de la misma, se cumplirán las siguientes condiciones: a) Longitud de recorrido o alguna salida no superior a 45m. b) Las salidas serán opuestas y alejadas. c) Longitud de recorrido desde todo origen de evacuación hasta algún punto en el que partan al menos dos recorridos de evacuación alternativas hacia sendas salidas opuestas y alejadas, no mayor 15m. - Todos los niveles del edificio estarán comunicados entre sí mediante escaleras, que a su vez serán estables al fuego tipo EI Las escaleras generales cumplirán las siguientes condiciones: No tendrán tramos con menos de 3 peldaños; las mesetas serán iguales o mayores al ancho de la escalera; todos los peldaños serán igual en cada tramo; dispondrán de pasamanos; todos sus accesos se harán a través de puertas; dispondrán de ventilación natural mediante ventanas o bien mediante salida y entrada de aire por conductos; podrán circularse por ella hasta la planta de salida; las paredes de las cajas de escalera serán de muro de hormigón armado EI-120 y de fábrica de ladrillo revestido EI Todas las puertas utilizada en el recorrido de evacuación estará señalizada; abrirá abatiendo sobre eje vertical en sentido de evacuación; dispondrá de un ancho de hoja de 0,80m, <a< 1,20 m; cuando tenga dos hojas el ancho mínimo de hojas será de > 0,60 m, y su apertura será mediante suave presión. - No se permitirá saliente de los parámetros verticales de los caminos de evacuación, que reduzcan el ancho de estos en mas de 10 cm, no se permitirán elementos que puedan ocasionar enganche en la ropa de las personas o con los que puedan tropezar. - Estara prohibida la colocación de espejos o elementos decorativos que pueden inducir a error en los caminos de evacuación. Página 24

26 - Se dispondrán de señales indicativas de dirección de recorrido de evacuación; los letreros de señalización cumplirán con lo establecido en las Normas UNE Los medios de extinción de incendios de utilización manual, que no sean fácilmente visible estarán señalizados de forma que se facilite su localización. - La señalización distinguirá entre SALIDA Y SALIDA DE EMERGENCIA; se señalizará como SIN SALIDA toda puerta que situada en camino de evacuación pueda por su situación inducir a error en recorrido del camino. - Todo el edificio dispondrá de alumbrado de emergencia y señalización por medios de equipos autónomos, con batería incorporada; las escaleras de uso publico tendrá en los peldaños pilotos automáticos de señalización, - En la planta sótano, el cuarto para los cuadros eléctricos y el cuarto para el transformación, formarán sector de incendios independiente, rodeado por paredes de ladrillo macizo de 1m. De espesor, material EI-240; el acceso a los cuartos se hará por e vestíbulo estanco EI-180. con puertas metálicas de cierre automático EI-60; dispondrá de ventilación natural reglamentaria y de una puerta de entrada de servicio desde acceso desde el callejón del Hospital por trampilla situada en la calle; todos los elementos eléctricos estarán puestos a tierra. - En la planta Nivel +9,17 y +10,06, se dispondrá un cuarto de calderas de calefacción por gas natural, que constituirá sector de incendios independiente al estar rodeado por paredes de ladrillo cerámico con mortero de cemento, enlucidas en sus dos caras, de espesor, material EI El acceso al cuarto de las calderas se hará por puertas metálicas de cierre automático EI-60, comunicado directamente al exterior de la planta automático EI- 60, comunicado directamente al exterior de la planta, - El cuarto de las calderas estará dotado de ventilación natural independiente por rejillas con supeeiicie reglamentaria, en comunicación con el exterior - Estará prohibido cualquier tipo de almacenamiento en el cuarto de las calderas, así como la colocación de productos combustible. - No existirá almacenamiento de combustible, al ser las calderas de funcionamiento de gas natural, suministrado canalizado por compañía de la zona - Los gases procedentes de la combustión de las calderas serán evacuados por conductos propios e independientes de los destinados a otro uso y de la estructura de edificio; resistentes al fuego, estancas y separadas de cualquier elemento al no existir mas edificación sobre el cuarto, - Se procederá a la limpieza periódicas de la chimeneas, con frecuencia de al menos una vez al año por ser de uso alternos. - Los conductos de distribución de aire serán de plancha de fibra de vidrio y de planchas metálicas, materiales MO..). - Los conductos distribución de aire que atraviesen elementos constructivos compartimentadotes, dispondrán de dispositivo de compartimentación en coincidencias con elementos constructivos compartimentados, garantizando la imposibilidad de propagación del incendio por el interior del conducto; este elemento funcionara cuando la temperatura interior alcance los 70ºC o cuando se produzca una temperatura de 30ºC, por encima de la de servicio o cuando circule Página 25

27 humo por el interior del conducto - No podrán utilizarse para retorno de aire los espacios por lo que discurran recorridos de evacuación - En la planta sótano, el cuarto para las instalaciones de aire acondicionado y grupo moto-bombas, formará sector de incendios independiente, rodeados por paredes de ladrillo macizo, de 20 cm., de espesor, material EI-240; el acceso de este cuarto se hará por vestíbulo estanco EI-180, con puertas metálicas de cierre automático que comunicará con la calle - En la entreplanta Nivel +2,48 y +1,41, el cuarto para las instalaciones de aire acondicionado, formará sector de incendios independiente, rodeados por partes de de ladrillo macizo, 40 cm., de espesor, material EI-240 el acceso a este cuarto se hará por el vestíbulo estanco EI-180;con puertas metálicas de cierre automático EI-60 - En la planta Nivel +9,17 y +10,06, el cuarto para las instalaciones de aire acondicionado, estará independiente de los restantes usos, formando sector de incendio independiente, rodeado por paredes de ladrillo cerámico, con mortero de cemento y enlucido de yeso en sus dos caras, de 14 cm., de espesor material EI- 180, su acceso se hará por puertas metálicas EI-60,que comunicara con la terraza de la cubierta del edificio. - Los cuartos de maquinas de los ascensores formaran sector de incendios, estando rodeados por paredes de ladrillo cerámico, con mortero de cemento y enlucido de yeso en sus dos caras, de 14 cm., de espesor material EI-180, sus puertas de acceso serán metalicas EI Los huecos de los ascensores estarán rodeados por paredes formadas por ladrillo de hueco doble,con mortero de cemento y revestidas en sus dos caras, de 20 cm., de espesor como mínimo, material EI-240, - Los cuartos de ascensores se ventilarán por claraboyas, que comunicaran con el exterior.( MIE-AEMI-6,3,5, de E y M). - La estación de regulación y medida del gas natural estará instalada en armario de ladrillo cerámico, con mortero de cemento y revestido en sus dos caras, de 14 cm., de espesor, material EI-180; su puerta de registro será metálica, en comunicación con la terraza, dotada de rejillas reglamentarias de ventilación. - La estructura de este edificio estará formada por muros de carga de ladrillo macizo, de 50 cm., de espesor como mínimo, material EI-240, soportes y vigas metálicas, revestidas con productos ignífugos homologados, también podrán ir revestidos con guarnecidos sobre panderete de 4,5 cm., materia EI Los falsos techos serán de escayola y los conductos del aire acondicionado seran de fibra de vidrio y chapa metálica, materiales, (Articulo 101 de la O.P.I.). - En la planta Nivel -3,86 y -4,56 el centro de reconocimiento reunirá las siguientes condiciones: - - El local destinado a este uso constituirá sector de incendios. - - Los elementos constructivos delimitadores de este sector, estarán formados por muros de carga de ladrillo macizo, de 0,80 m, de espesor, material EI-240; la puerta de comunicación con el resto de los usos será Página 26

28 metálica, tipo EI No se tendrá hospitalización, esta zona solamente será de reconocimiento medico - - La estructura de esta zona será la misma que la indicada en el edificio, compuesta por muros de carga EI-240; forjados EI-180; soporte y vigas EI Los materiales utilizados como revestimiento y acabados en esta zona, estarán formados por enlucidos de paredes y techo de yeso y suelo de mármol, materiales MO - Dispondrán de iluminación de emergencia, por medio de equipos autónomos con baterías incorporada de cadmio-níquel - El gran anfiteatro, por su utilización para conferencias y simposios, dará motivo a la reunión de público, por lo que se puede considerar como un uso de espectáculos, si bien los temas que se trataran en esta zona seran los relacionados con la ciencia medica, Por este motivo se cumplirá con los siguientes elementos: - El gran anfiteatro constituirá sector de incendios independiente, excepto de los usos secundarios inherentes a la actividad en dicho sector; no existirán talleres - Sus paredes delimitadoras serán muros de ladrillo cerámico, de 40 cm., de espesor como mínimo, material EI Previo al gran anfiteatro, entre sí y el espacio exterior, existirá un vestíbulo de superficie en proporción de 1 m 2, por cada 6 personas, este vestíbulo se utilizará por camino de evacuación. (Articulo 169 de la O.P.I.). - La estructura de esta zona será la misma que indica en el edificio, por muros de carga EI-240; forjados EI-180: Soportes y vigas EI La altura de evacuación desciende de las gradas mas alta será de 4,31 m; el punto mas alto de las gradas estará a 0,53 m., sobre el nivel del espacio exterior seguro, que será la calle Santa Inés - El anfiteatro dispondrá de cuatro salidas opuestas y alejadas, las cuales pueden ser utilizadas como emergencia - Los asientos serán fijos, formados por gradas construidas con ladrillo macizo, no teniendo huecos bajo ellos para almacenar productos - Se dispondrá de alumbrado de emergencia y señalización por medio de equipos autónomos con baterías incorporadas de cadmio-níquel, con con una intensidad mínima de 5 lux - La salidas del recinto estaran señalizadas - La altura libre minima de esta zona no sera inferior a 3,20 m. - La aireación mecánica (Aire acondicionado), garantizara como minimo una renovación del volumen total de aire, seis veces por hora. - No existiran escenas, almacenes y zonas artisticas, solamente se tendra un estrado donde una persona hara una conferencia y nada mas, por lo que no le sera de aplicación las condiciones especificas para esa zona. - No existira cabina de proyección. - La zona de estancia de público, estara calificada como zona de riesgo Página 27

29 medio - En esta zona, la estructura tanto sustentantes como sostenidas, según se indico anteriormente, será EI-180; los revestimientos seran M1 en paredes y techos y M2 en suelos, como máximo - No existiran telones, decoraciones, cuerdas, maderas y en general materiales susceptibles de arder - En cumplimiento del Reglamento General de Policia y Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se indica lo siguiente: - El edificio al que pertenece el gran anfiteatro, tendra salidas a tres calles, de anchura suficiente. - Estas salidas tendrán un tamaño total para 1.80 m., cada 250 personas; el aforo previsto para el gran anfiteatro será de 420 personas. - Existirá vestíbulo previo con superficie mayor de 1 m 2 ; por cada 6 personas. - El gran anfiteatro no comunicará con varios niveles, solo lo hará con la planta nivel -3,86 y -4,56. - Los pasillos son mayores en anchura que 1,80 m. - La altura libre mínima será de 3,20 m. - Se dispondrá en el mismo edificio un centro de reconocimiento para enfermería. - Se tendrá una zona de aseo cercana, destinándose para damas 12 inodoros, y 6 lavabos y para caballeros 3 inodoros, 2 lavabos y 4 unitarios. CARGA DE FUEGO PONDERADA La carga de fuego ponderada, viene dada por la siguiente fórmula; Qp = Pi. Hi. Ci / A. Ra = (Mcal/m 2 ). Donde: - Qp = Carga de fuego ponderada. - Pi = Peso en Kg., del material, en este caso papel. - Hi = Poder calorífico de los materiales, en este caso 4 Mcal/Kg. - Ci = Coeficiente adimensional que refleja la peligrosidad del producto, en este caso 1. - A = Superficie construida del local considerado. - Ra = Coeficiente adimensional que pondera el riesgo de la activación Página 28

30 inherente a la actividad, en este caso 1, 2. Archivo de la Planta Sótano Este archivo tendrá una superficie de 241,18 m 2. Los materiales que se guardarán en él, serán impresos, carpetas, informes, documentos, catálogos, revistas, folios y material de papel en general, propio de las oficinas. En total se estima que tendrán unos Kg., de papel. La carga de fuego ponderada será la siguiente: Qp = (3.000 x 4 x 1) / 241,18 x 1,2 = 59,70 Mcal/m 2. Cuyo nivel de riesgo intrínseco será BAJO. Archivo de la Planta Nivel -3,86 y -4,56 Este archivo tendrá una superficie de 288,45 m 2. Los materiales que se guardarán en él, serán impresos, carpetas, informes, documentos, catálogos, revistas, libros, folios y material de papel en general, para uso de las oficinas. En total se estima que tendrá Kg., de papel. La carga de fuego ponderada será la siguiente: Qp = (4.000 x 4 x 1) / 288,45 x 1,2 = 66,56 Mcal/m 2. El nivel de riesgo intrínseco será BAJO. Los archivos situados bajo el gran anfiteatro, tendrán un volumen total de 70 m 3. Planta Nivel +5,94 y +6,43 El archivo situado junto a la oficina tendrá un volumen de 50 m 3 Planta Nivel +9,17 y +10,06 El archivo situado junto al vacío de la sala de juntas tendrá un volumen de 60 m 3 Página 29

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