y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, tiene como finalidad regular la protección

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1 VICENTE RAMBLA MOMPLET, CONSELLER DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNO- VACIÓN, VICEPRESIDENTE PRIMERO Y SECRETARIO DEL CONSELL, CERTIFICO: Que el Consell, en la reunión del día 12 de marzo de 2010, adoptó el siguiente Acuerdo: <<LaLey , de 3 de julio, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, tiene como finalidad regular la protección integral de las personas menores de 18 años, así como la promoción y el desarrollo de los derechos básicos del menor. En su articulado recoge en el título II la Carta de Derechos del Menor de la Comunitat Valenciana, y efl el título III trata de la protección social y jurídica del menor en situación de riesgo y desamparo, ordenando el conjunto de políticas de prevención y de medidas de asistencia a menores en situación de desprotección social. Entre las medidas que la Generalitat puede adoptar respecto aquellos menores cuya tutela o guarda asume en el ejercicio de su función protectora se cuenta el acogimiento familiar, institución jurídica en virtud de la cual la guarda de un menor se ejerce por una persona o familia que asume las obligaciones de velar por é1, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. El acogimiento puede llevarse a cabo por parientes o personas allegadas al menot o, en defecto de las mismas, por una familia ajena. La Comunitat Valenciana cuenta desde 1986 co! un movir iento de familias que se ofrecen voluntariamente y de forma solidaria para realizar esta función: son las denominadas familias educadoras. Las familias educadoras o familias ajenas constituyen un apoyo fundamental para la Generalitat en el desarrollo de sus competencias y obligaciones legales en materia de protección de menores y ofrecen una eftcaz altemativa al sistema tradicional de institucion alización en centros de protección. Gracias a la labor de estas familias, cientos de menores que no pueden ser atendidos

2 k c n nnlrar N' c0lt E11 Df la GEI ERAIIIÂÍ por sus familias de origen cuentan con un hogar en el que ven satisfechas sus necesidades tanto asistenciales, como educativas y afectivas. Atendiendo a la importancia de esta función social y al firme compromiso del Consell con la defensa de los derechos de la infancia, se adopta el presente Acuerdo parala promoción del acogimiento familiar y elreconocimiento institucional de las familias educadoras. A propuesta de la Consellera de Bienestar Social, el Consell ACUERDA Primero. Objeto del Acuerdo El objeto del presente Acuerdo es establecer las líneas de actuación de las Consellerías del Consell y de las empresas de la Generalitat, fijando los compromisos que, en el ámbito de sus respectivas competencias, asumen con el fin de promover, mejorar y ampliar los benehcios de las familias educadoras en la Comunitat Valenciana' Segundo. Compromisos de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación La Conselleria de Industria, Comercio e Innovación fomentará las actuaciones de las empresas dirigidas a facilitar la conciliación de la vida laboral con el desempeño de la función de familia educadora, en particular facilitando la participación en el proceso de formación y selección, así como la coordinación con los agentes intervinientes en el sistema de protección de menores. Incorporará este criterio en su política de incentivo aia responsabilidad social corporativa de las empresas. La Conselleria de Industria, Comercio e Innovación y sus organismos adscritos promoverán el acogimiento familiar y, en particular, el reconocimiento institucional de las familias educadoras incluyendo la pertenencia a éstas como criterio adicional de valoración de méritos en sus distintos programas de becas. Tercero. Compromisos de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo

3 GENERALIIAT colrsfll DE 1A celt RAlttAI La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo realizaútlas actuaciones destinadas a la obtención de beneficios fiscales de las familias educadoras, promoviendo las modif,rcaciones norrnativas y de otra índole que puedan favorecer deducciones en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo facilitarâ el acceso a plazas de las residencias de tiempo libre a las familias educadoras, tanto mediante las bonificaciones en el precio a abonar como en la prioridad en la concesión de plazas, La empresa mercantil de la Generalitat, Ciudad de las Artes y las Ciencias, S.A, (CACSA.), otorgará beneficios a las familias educadoras en el precio de las entradas en las instalaciones de ocio y cultura de la Ciudad de las Artes y las Ciencias. Cuarto, Compromisos de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda considerará a los menores acogidos como miembros de la unidad familiar a efectos de la ponderación de los ingresos familiares tanto para el acceso a la vivienda protegida como para La concesión de ayudas financieras. La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda establecerá una bonificación especíhca para las familias educadoras en la tasa por el uso de cabañas o refugios. Quinto. Compromisos de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte La Conselleria de Infraestructuras y Transporte realizarâ las actuaciones destinadas a la obtención de beneficios en el precio de los billetes para las familias educadoras, usuarias de red de transporte que explota y gestiona la empresa pública Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), tanto Metrovalencia como TRAM, Asimismo, la Conselleria de Infraestructuras y Transporte promoverá en las líneas de

4 CENERALITAT COII ElI DE I.A G ilenalliaí autobuses interurbanos descuentos de los billetes a los miembros de familias educadoras acreditadas. Sexto. Compromisos de la Conselleria de Educación La Conselleria de Educación contemplará en la normativa en materia de escolarización las especiales circunstancias de los menores que se integran en una familia ajena por acogimiento familiar, de manera que pueda ganntízarse su escolarización en el mismo centro al que acuden los hijos de las familias educadoras o, en su caso, y en interés de la familia y el menor, la proximidad del domicilio familiar o laboral de los acogedores, de conformidad con el artículo 27.2 delaley , de 3 de julio, de la Generclitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana. La Conselleria de Educación realizarâlas actuaciones necesarias para que, en todas las convocatorias de ayudas que realice, los menores acogidos por familia ajena puedan tener acceso a las mismas en condiciones equivalentes a las de otros menores en sifuación de desventaja social. Asimismo, el ser hijo de famitia educadora se valorará como circunstancia socio-familiar especial del alumnado en los baremos de este tipo de ayudas. La Conselleria de Educación promoverá reducciones para'las familias educadoras en las tasas y precios públicos de su ámbito de competencia. S.éptimo. Compromisos de la Conselleria de Cultura y Deporte La Conselleria de Cultura y Deporte realizarâ las actuaciones destinadas a la obtención de beneficios para las familias educadoras en el ámbito de su competencia, especialmente, reducciones en el precio de las entradas (tasas y precios públicos) a museos, Teatres de la Generalitat y en los centros deportivos dependientes de ella. Octavo. Compromisos de la Conselleria de Sanidad La Conselleria de Sanidad, de conformidad con laley , de 20 de junio, de la Generalitat, de los Derechos de Salud de Niños y Adolescentes, reconocerá la figura de la

5 ffi c N nnlrar N' COIIJE11 DE I,A GEIITRAIIÍAT Familia Acogedora, en especial, Ia Familia Educadora, considerándola como interlocutor válido en el proceso asistencial del menor. Facilitará a la familia educadora la posibilidad de opción por que la atención sanitaria del menor se realice en el mismo centro de salud donde está inscrita la familia. La Conselleria de Sanidad propiciará la adecuación de los datos de localización de los menores en acogimiento familiar en el sistema SIP, estableciendo un protocolo que facilite a las familias acogedoras la actualización de estos datos en su centro de salud de referencia. Noveno. Compromisos de la Conselleria de Bienestar Social La Conselleria de Bienestar Social realizarâ las actuaciones tendentes a desarrollar y mejorar la colaboración necesaria y las condiciones de los acogimientos familiares en familia ajena,parahacer efectivos los objetivos propios del acogimiento en familia educadora. La Conselleria de Bienestar Social potenciará programas y servicios específicos que mejoren la situación de las familias educadoras en cuestiones relativas a apoyos educativos, psicológicos y de asesoramiento jurídico durante los periodos de vigencia de los acogimientos. La Conselleria de Bienestar Social propiciará actividades de formación permanente y encuentros de familias educadoras, acciones todas ellas que favorezcan una mejora de las condiciones del ejercicio de las funciones de guarda que asumen los acogedores. La Conselleria de Bienestar Social promoverá acciones divulgativas y de sensibilización del recurso de familias educadoras, que permitan no sólo abrir este programa a nuevas familias sino también el reconocimiento institucional y social a las personas que colaboran en la educación de los menores cuya tutela o guarda detenta la Generalitat. La Conselleria de Bienestar Social impulsará la especialización en el acogimiento familiar de familias educadoras, de forma que en función de las necesidades del menor, de las características del acogimiento y de las dificultades de su desempeño, se favorezca una atención más específica que redunde en el bienestar del menor y de su familia acogedora.

6 CENERALITAT COil ETI DE ]A GEIIERÀ]ITAT Asimismo, la Conselleria de Bienestar Social propiciará una mejora en el nivel y agilidad en la efectividad de las prestaciones económicas individualizadas de acogimiento familiar, tanto en los gastos de manutención de carâcher periódico, derivados de la obligación de cuidar al menor, como en los gastos extraordinarios para la atención de necesidades excepcionales. Así como también en los acogimientos familiares especializados, en la atención de los costes directos e indirectos por el hecho de mantener una disponibilidad continua. La Conselleria de Bienestar Social realizaét las actuaciones encaminadas a promover beneficios por ser familia educadora en campañas y servicios ofertados por el Institut Valencià de la Joventut QVAJ). Décimo. Compromisos de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas. La Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas promoverá, dentro de su ámbito de competencias, las actuaciones dirigidas a fomentar entre los empleados públicos el desempeño de la función de familia educadora, en particular facilitando la participación en el proceso de formación y selección y la coordinación con los agentes intervinientes en el sistema de protección de menores. Undécimo. Compromisos de la Conselleria de Turismo La Conselleria de Turismo facilitaút, dentro de su ámbito de competencias, incorporación de los menores acogidos a las actuaciones formativas para el empleo que la SC ejecutan a través de la Red de Centros de Turismo. Asimismo, la Conselleria de Turismo impulsará gestiones con las empresas y asociaciones del sector turístico que puedan derivar en acuerdos que redunden en la obtención de beneficios y/o ventajas para las familias educadoras. Duodécimo. Compromisos de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía La Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, en su labor de apoyo a los agentes

7 OENERALIIAT COIISE11 DE TA GEilENAUTÂT sociales en la promoción del voluntariado, prestaútuna especial atención al movimiento de familias acogedoras, incluyendo a este colectivo de familias educadoras en el colectivo de personas voluntarias, haciéndoles partícipes de los incentivos al voluntariado que se destinen. Decimotercero. Partipación de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias Para la participación de la Administración Local de la Comunitat Valenciana se propondrá a la Federación Valenciana de Municipios y Provincias,. a través del oportuno convenio, que realice las actuaciones destinadas a que las entidades locales promuevan distintos benehcios en tasas, contribuciones y prestaciones de toda índole que favorezcan alas familias educadoras. Entre ellas, 1. Descuentos en los precios de transporte de las líneas de titularidad municipal (autobuses, tranvía,...). 2. Favorecer la conciliación de la vida laboral con el desempeño de la función como acogedor: disminución en los precios de las guarderías municipales para los menores acogidos y consideración de este hecho como criterio de admisión. 3. Favorecer el acceso aia cultura y ocio: beneficios en los precios de los museos, piscinas, polideportivos, ludotecas, teatros, de titularidad municipal. 4. Favorecer a concesión de ayudas de comedor escolar para menores en acogimiento familiar. 5. Promover la creación de ayudas específicas para familias educadoras o la extensión a las mismas de las que se contemplan para otros colectivos y la inclusión de la condición de familia educadora como criterio paralaconcesión de prestaciones de la entidad local>. PARA QUE CON S, EXPIDO LA PRESENTE CERTIFICA- CIÓN EN VALENCIA, A I2DE MARZO DE

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