ESTUDIO DE DETALLE Y DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA (TEXTO REFUNDIDO 9 abril 2013)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTUDIO DE DETALLE Y DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA (TEXTO REFUNDIDO 9 abril 2013)"

Transcripción

1 ESTUDIO DE DETALLE Y DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA (TEXTO REFUNDIDO 9 abril 2013) Promotor: VAILLO Y DIAZ, PROMOCIONES Y GESTIONES INMOBILIARIAS, S.A.U. Situación: PARCELA nº 30 PLAN PARCIAL SECTOR S-25 (PARCELA nº 27 EN PROYECTO DE REPARCELACION) TORREVIEJA (ALICANTE). Arquitecto: DANIEL VAILLO DIAZ.

2 INDICE 1.- DISPOSICIONES GENERALES Naturaleza y ámbito Normativa de referencia y fundamentos legales. 2.- MEMORIA ESTUDIO DE DETALLE Delimitación y situación Justificación y alcance Objeto y encargo Determinaciones del Plan Parcial Justificación de la solución adoptada y conveniencia Situación actual Criterios de ordenación Ordenación propuesta Urbanización interna Ocupación de la edificación Alturas de la edificación Edificabilidad Parcelación y referencias catastrales Comparación con las determinaciones del Plan Parcial. 3.- MEMORIA ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA Justificación y Objetivos Metodología Delimitación del ámbito de estudio Caracterización y valoración de paisaje Valoración de la Integración Paisajística Valoración de la Integración Visual Medidas de Integración en el Paisaje Información y Análisis territorial del ámbito del estudio Localización: encuadre regional y comarcal Medio Físico Medio social.

3 3.4.- Descripción de la actuación Antecedentes Análisis y objeto de la actuación Ámbito de la actuación Propuesta Unidades de paisaje y recursos paisajísticos Características intrínsecas del paisaje Unidades de paisaje Recursos paisajísticos Visibilidad del paisaje. Análisis visual Miradores estáticos Corredores dinámicos Valor paisajístico Valoración de la integración paisajística y visual Identificación fuentes potenciales impacto paisajístico Alteración de los contenidos del paisaje Medidas de integración paisajística Modelo de cuestionario para realización de la consulta publica. 4.- PLANOS 0.- Situación y Emplazamiento. 1/ Zonas Plan Parcial Sector S-25 1/ Topográfico. 1/ Ordenación propuesta. 1/ Puntos de observación y simulación visual de la propuesta

4 1.- DISPOSICIONES GENERALES NATURALEZA Y ÁMBITO El Estudio de detalle es un instrumento de ordenación urbanística que completa o adapta determinaciones establecidas en los Planes Generales y Parciales. Así lo dispone el articulo 38 f de la Ley Urbanística Valenciana, Ley 16/2005, de 30 de diciembre. Su objeto consiste en prever o reajustar el señalamiento de alineaciones y rasantes y en la ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan del que traiga causa el Estudio de Detalle. El ámbito del presente Estudio de Detalle es la parcela nº 30 del Plan Parcial Sector S-25 de Torrevieja. Esta parcela esta grafiada como la nº 27 en el Proyecto de Reparcelación correspondiente a la Unidad de Ejecución 1 del sector S- 25. Por consiguiente, en la inscripción que aparece en el Registro de la Propiedad son denominadas como parcelas 27.1., y Las calles a las que recae son al Norte la Calle Rosa Diez González, al Sur la Calle Maria San Gil Noain, al Este la Avenida de las Cortes Valencianas y al Oeste la Calle Maite Pagazaurtundua Ruiz. LEGALES NORMATIVA DE REFERENCIA Y FUNDAMENTOS A: Artículos 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana. (Legislación Estatal aplicable de forma complementaria y subsidiaria).... c. Ordenar los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan general o de las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento en suelo urbano, o con las propias de los Planes Parciales en los demás casos, y completar, en su caso, la red de comunicaciones definidas en los mismos con aquellas vías interiores que resulten necesarias para proporcionar acceso a los edificios cuya ordenación concreta se establezca en el propio Estudio de Detalle. Valenciana. B: Artículos 37 / 38 / 57 / 60 / 79 / 80 de la Ley Urbanística Articulo 37. La ordenación pormenorizada incluye todas las determinaciones que, de modo preciso y detallado, completan la ordenación estructural para el ámbito territorial al que se refieren, y, en particular, las siguientes: c) Fijación de alineaciones y rasantes. d) Parcelación de terrenos o régimen para parcelarlos en función de los tipos edificatorios previstos. e) Asignación de usos y tipos pormenorizados en desarrollo de las previstas por la ordenación estructural.

5 f) Regulación de las condiciones de la edificación en cada zona de ordenación, sobre y bajo rasante, como edificabilidad, altura, numero de plantas, retranqueos, volúmenes y otras análogas. g) Ordenanzas generales de edificación. Articulo f) Estudios de Detalle, que completan o adaptan determinaciones establecidas por los Planes Generales o parciales. Articulo 57. La ordenación pormenorizada comprende las determinaciones enunciadas en el articulo 37. Puede ser establecida, en suelo urbano, por los Planes generales o por Planes de reforma Interior o Estudios de Detalle... Articulo 60. Constituye determinación de la ordenación pormenorizada la asignación de usos y tipos edificatorios en forma detallada, en desarrollo de los previstos por la ordenación estructural. Se efectuará por remisión al reglamento de Zonas, desarrollando los usos prohibidos, alternativos y compatibles para cada parcela y las condiciones limitativas de su máxima y mínima edificabilidad, volumen o altura y ocupación, sobre y bajo rasante, así como su dotación de aparcamiento. La ordenación determinara las alineaciones que delimitan el espacio publico del privado y la parcelación de este o las condiciones para efectuarla. Articulo Los estudios de Detalle se formularán para las áreas o en los supuestos previstos por los planes, debiendo comprender, como mínimo, manzanas o unidades urbanas equivalentes completas. 2. La aprobación de los estudios de detalle exigirá que estos se circunscriban a los ámbitos y supuestos concretos para los que hayan sido previstos por el Plan General, Plan Parcial o de Reforma Interior, que regularán de gorma expresa y pormenorizada las normas especificas para la redacción de los Estudios de Detalle. 3. Los estudios de detalle tendrán por objeto prever o reajustar, según proceda: a) El señalamiento de alineaciones y rasantes, completando y adaptando las que ya estuvieren señaladas en el Plan General o en Plan Parcial. b) La ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan correspondiente. 4. Los Estudios de Detalle no pueden alterar el destino del suelo ni aumentar su aprovechamiento urbanístico. 5. Los Estudios de Detalle podrán crear los nuevos viales o suelos dotacionales que precise la remodelación tipológica o morfológica del volumen ordenado, pero no suprimir ni reducir los previstos por el Plan que previó su elaboración.

6 Articulo 80. siguientes documentos: Los estudios de Detalle contendrán los a) Planos de información: -Plano de la ordenación pormenorizada del ámbito. -Plano de perspectiva de la manzana. b) Memoria Justificativa. c) Planos de ordenación. C: Artículos 120, 121, 125, 190, 191 y 192 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Articulo 120. Elementos integrantes de la ordenación pormenorizada (en referencia a los artículos 37 y 57 de la LUV). 1.La ordenación pormenorizada de los planes deberá contener, al menos, las siguientes determinaciones: a) La delimitación de Unidades de Ejecución, Cuando se modifiquen, sin alterar el área de reparto en que se encuentran, el aprovechamiento medio de las mismas o el aprovechamiento tipo de los nuevos suelos que se integran, se entenderán como modificaciones de la ordenación pormenorizada. b) La red secundaria de reservas de suelo dotacional público, teniendo tal consideración el suelo dotacional que no merezca la configuración de Red Primaria. c) La fijación de alineaciones y rasantes, diferenciando la alineación exterior que separa los suelos de dominio público de los privados, de la alineación de edificación, o en su caso. d) La parcelación de los terrenos o régimen para parcelarlos. e) La asignación de usos y tipo s de usos pormenorizados, para cada una de las Zonas de Ordenación en desarrollo de los previstos en las Zonas Primarias. f) La determinación de las Zonas de Ordenación y regulación detallada de las condiciones edificatorias de cada una de ellas sobre y bajo rasante: edificabilidad, altura, número de plantas, retranqueos, volúmenes y otras análogas. g) Las Ordenanzas generales de edificación. h) El suelo residencial, la identificación de las parcela que han de quedar afectas a la promoción de viviendas sociales o criterios para concretarlas en la reparcelación, de conformidad con las reservas mínimas obligatorias que haya establecido la ordenación estructural. 2. La regulación pormenorizada de la edificación se remitirá preferiblemente a la terminología y conceptos de Reglamentos de Zonas o en el Plan General. En cualquier caso, la ordenación pormenorizada no modificará el aprovechamiento, uso y tipología que corresponda globalmente al sector o zona.

7 Artículo 121. Principio general de la ordenación pormenorizada (en referencia a los artículos 37 y 57 de la Ley Urbanística Valenciana) 1. Las decisiones sobre la ordenación pormenorizada deben ser coherentes con la ordenación estructural. 2. La ordenación pormenorizada puede ser establecida, en suelo urbano, por los Planes Generales o por Planes de Reforma Interior o estudios de detalle y, en urbanizable, mediante Plan Parcial. 3. Es competencia municipal la aprobación y modificacion de la ordenación pormenorizada. Artículo 125. Otras determinaciones de ordenación pormenorizada (en referencia al artículo 60 de la Ley Urbanística Valenciana). 1.Es una determinación de la ordenación pormenorizada la asignación de usos y tipologías edificatorias, en desarrollo de los previstos por la ordenación estructural. Siempre que sea posible se efectuará por remisión al Reglamento de Zonas, desarrollando los usos permitidos, compatibles y prohibidos para cada parcela y las condiciones limitativas de su máxima y mínima edificabilidad, volumen o altura y ocupación, sobre y bajo rasante, así como su dotación de aparcamiento. Cada una de las áreas en las que sea aplicable una misma normativa se denominara Zona de Ordenación. 2.La ordenación determinará las alineaciones que delimitan el espacio público del privado, y la parcelación de éste o las condiciones para efectuarla. La parcelación se fijará atendiendo al tipo de edificación previsto y, si no queda dibujada en el Plan, éste determinará la superficie mínima y, en su caso, máxima, de las parcelas, o las dimensiones exigibles en su frente o linderos. Artículo 190. Función de los Estudios de Detalle (en referencia al artículo 79 de la Ley Urbanística Valenciana.) 1.Los Estudios de Detalle se formularán para las áreas o en los supuestos previstos por los Planes Generales, debiendo comprender como mínimo, manzanas o unidades urbanas equivalentes completas. 2.No se permite aprobar Estudios de Detalle fuera de los ámbitos o supuestos concretos en que el Plan General, Plan Parcial o de Reforma Interior los haya previsto y regulado de modo expreso y pormenorizado. 3.Los Estudios de Detalle tendrán por objeto prever o reajustar, según proceda: a) El señalamiento de alineaciones y rasantes, completando y adaptando las que ya estuvieran señaladas en el Plan General o en el Parcial. A este fin, podrá adaptar las alineaciones previstas en el Plan General, Parcial o de Reforma Interior a la realidad topográfica o de los edificio existentes. Esta adaptación no se considerará modificación de ordenación pormenorizada cuando el reajuste de

8 alineaciones no supere el 5 por ciento del ancho del vial afectado ni origine un incremento de edificabilidad superior al 2 por ciento de la prevista en el Plan. En todo caso, una adaptación de alineaciones requiere su justificación en circunstancias objetivas que la haga necesaria para una mejor configuración de los viales y espacios públicos, evitando retranqueos o trazados forzados o antiestéticos. b) La ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan correspondiente. Los Estudios de Detalle podrán remodelar los volúmenes previstos en la ordenación pormenorizada dentro de los límites previstos en el plan. Cuando un Estudio de Detalle regule y ordene una manzana completa destinada en su integridad a uso terciario, podrá establecer alturas libres interiores adecuadas a los usos terciarios propuestos, distribuyendo libremente las alturas libres interiores del semisótano, planta baja, entreplantas y plantas altas, sin que se pueda superar, en ningún caso, la altura máxima de cornisa total prevista por el plan ni se incremente el techo edificable máximo autorizable anterior al Estudio de Detalle. 4.Los Estudios de Detalle no pueden alterar el destino del suelo, aumentar su aprovechamiento urbanístico, ni incumplir las normas específicas que para su redacción ha de prever el Plan en base al cual se redacta. 5.Podrán crear los nuevos viales o suelos dotaciones tanto públicos como privados que precise la remodelación tipológica o morfológica del volumen ordenado, pero no suprimir, trasladar, ni reducir los previstos por dicho Plan. 6.Los estudios de Detalle no pueden trasvasar edificabilidades entre manzanas, peri si entre parcelas diferentes dentro de una misma manzana, con acuerdo de sus propietarios y según los límites que, a este fin establezca en Plan General, Parcial o de Reforma Interior. En ausencia de regulación específica, este límite no se podrá superar el 25 por ciento de incremento de la edificabilidad neta de la parcela que recibe el trasvase, debiéndose cumplir la totalidad de normas que afecten a ocupación de parcela, retiros a lindes y demás normativa aplicable. Artículo 191. Condiciones para la formulación de Estudios de Detalle (en referencia al artículo 79 de la Ley Urbanística Valenciana). 1.La ordenación estructural o la pormenorizada pueden delimitar áreas que hayan o puedan ser objeto de ordenación pormenorizada mediante un Estudio de Detalle. 2.Con la debida justificación, de forma expresa y para supuestos concretos, podrá habilitarse la aprobación de un Estudio de Detalle que establezca la ordenación pormenorizada con algún propósito específico, siempre ajustado al objeto que le asigna el artículo 79.3 de la Ley Urbanística Valenciana. Esta habilitación expresa deberá realizarse para cada zona de ordenación pormenorizada por el Plan General. El Plan General también puede regular el uso del Estudio de Detalle de modo conjunto para un concreto grupo de zonas de ordenación específico que haya sido expresamente identificada en el Plan. 3.El ámbito mínimo del Estudio de Detalle será la manzana o unidad urbana equivalente, en el sentido atribuido a esas expresiones por este Reglamento.

9 4.El Plan que de cobertura al Estudio de Detalle deben fijar la Zona de Ordenación y la edificabilidad máxima del ámbito afectado por el Estudio de Detalle, estableciendo en su caso, mínimos de edificabilidad por manzana para asegurar un tratamiento coherente respecto de la ordenación prevista, así como el régimen máximo de alturas. 5.El Plan que de cobertura al Estudio de Detalle puede establecer otras prescripciones de obligado cumplimiento en la redacción de este instrumento de planeamiento, incluso referidas a la composición de volúmenes y forma de la edificación. Será preceptivo establecer estas normas para los Estudios de Detalle que incidan en áreas consolidadas. Artículo 192. Documentación de los Estudios de Detalle (en referencia al artículo 80 de la Ley Urbanística Valenciana). Los Estudios de Detalle contendrán los siguientes documentos: 1) Planos de información: a) El plano de la ordenación pormenorizada vigente del ámbito afectado. b) El plano de la perspectiva de la manzana y su entorno visual. 2) La Memoria Justificativa que incluirá: a) La justificación de las soluciones adoptadas y de la adecuación a las previsiones del Plan que los regule y autorice. b) Si modifica la disposición de volúmenes se efectuará un estudio comparativo de la edificabilidad propia de las determinaciones previstas en el Plan, y de las que se obtienen en el Estudio de Detalle. A estos efectos, podrán computarse como edificabilidad previa la autorizada por el plan para voladizos, entreplantas u ocupación bajo cubierta, pero no podrá incrementarse con estos elementos adicionales los volúmenes y superficies edificadas resultantes del Estudio de Detalle. 3) Los siguientes documentos gráficos: a)los planos a escala adecuada y, como mínimo, 1:500 que expresen las determinaciones que se completan, adaptan o reajustan, con definición geométrica precisa del volumen resultante y de las superficies edificadas. b) El análisis gráfico de los volúmenes ordenados comprensivo de su ámbito mínimo y su entorno.

10 D: Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Torrevieja. Modificación Puntual numero 79 P.G.O.U. individuales. Artículo 47. Tipologías arquitectónicas exclusivas o Situaciones aisladas. Incluye los tipos arquitectónicos aislados que configuran la ordenación más independiente y consumidora de espacio: Sus características son: a) (AS) Aislada simple o elemental. Módulo elemental de alojamiento o refugio derivado de la casa rural, que proporciona la máxima intimidad y mínima relación social. -Básicas: índice de Techo (T): 0,35 xm2/m2. -Reguladoras: Parcela total (mín.): 800 m2. Elevación total (máx.): 2 plantas (7 m). Cobertura de parcela (máx.): 30 %. Retranqueo perimetral (mín.): 3 m. -Aclaraciones: El índice de techo o edificabilidad neta se refiere al aprovechamiento de la parcela, incluyendo en su cómputo todos los espacios potencialmente habitables o vivideros, aún los dispuestos por debajo de la rasante oficial o del nivel del terreno natural y, excluyendo del mismo los siguientes aprovechamientos marginales: -Locales técnicos para instalaciones que se integren en la edificación principal. -Equipamientos diáfanos de jardín fuera de la zona de retranqueos, con las siguientes limitaciones: -Su perímetro no albergará una superficie mayor que el 10% de la máxima ocupación permitida. -Cualquier elemento constructivo no superará un plano horizontal situado a 3,00 metros en la vertical de cada punto del terreno. -Los paramentos verticales que definen dicho volumen serán abiertos en un porcentaje superior al 70% de su superficie. -Los paramentos horizontales que definen dicho volumen serán abiertos en un porcentaje superior al 40% de su superficie. -Los porcentajes anteriormente especificados no podrán ser cerrados por elementos tales como carpintería, vidrios, etc. Se permitirá la construcción de piscinas en la parte no ocupada por la edificación con las siguientes condiciones: Retranqueo perimetral mínimo 1,00 m. medido desde la lámina de agua. Cualquier elemento del vaso de la piscina no se elevará sobre el terreno mas de 0.50 m. medido a partir de cualquiera de los retranqueos definidos. b) (AP) Aislada pareada. Asociación de dos (2) módulos elementales adosados, formando una sola unidad constructiva sobre una misma parcela indivisa; Sus características son:

11 -Básicas: Índice Techo (T): 0,40 m2/m2. -Reguladoras: Parcela total (mín.): 800 m2. Elevación (máx.): 2 plantas (7 m). Cobertura de parcela (máx.): 40 %. Retranqueo perimetral (mín.): 3 m. -Aclaraciones: Son válidas todas las aclaraciones referidas al módulo elemental (AS) Disposiciones agrupadas. -Se clasifican por sucesiva agrupación de módulos elementales varios tipos arquitectónicos que configuran un entorno urbano-social, de complejidad y densificación progresivamente creciente: -(AL) Agrupación libre. Agrupación semicompacta de módulos elementales, adosados total o parcialmente, formando unidad de proyecto sobre parcela indivisa. Exige normalmente módulos con patio jardín y resulta adecuada sobre topografías de pendiente suave. Sus características son: -Básicas: índice de techo (T): 0,70 m2/m2. -Reguladoras: Parcela (mín.): 400 m2. Elevación total (máx.): 2 plantas (7 m). Cobertura de parcela (máx.): 40 %. Retranqueo perimetral (mín.): 3 m. -Aclaraciones: a) Todas las aclaraciones referidas al módulo elemental (AS). b) Podrán privatizarse las parcelas individuales hasta un 70% de la superficie vinculada al edificio, mediante separaciones físicas en prolongación de las medianeras o cerramientos en su caso, manteniendo el resto del terreno en común. c) La composición urbanística del conjunto deberá prever garajes periféricos y estudiar la circulación peatonal para evitar recorridos máximos de 40 m. lineales desde cada módulo a su aparcamiento. d) Las fachadas enfrentadas deberán disponer de una distancia mínima de 8 m. entre sí, permitiendo siempre un paso para vehículos y personas de ancho igual o superior a 3,00 metros. Articulo Como criterio esencial la composición urbana deberá adecuar las nuevas construcciones a los edificios y elementos de mobiliario urbano existentes en su entorno, distinguiendo sus dos aspectos condicionantes: Composición arquitectónica en singular (edificación). Composición urbanísticas de conjunto (ordenación global). En virtud de lo expuesto se establecen tres tipos básicos de composición, con distintos grados de libertad, los cuales serán de aplicación con carácter general en tanto la Administración actuante no desarrolle y apruebe estudios específicos Estética rígida. No aplicable en este caso Estética ambiental. Este régimen se subordina fundamentalmente a criterios de composición arquitectónica, y afecta de forma genérica a los edificios situados en el ámbito del casco actual, sin perjuicio de la coexistencia de normas

12 más restrictivas de estética rígida para los elementos catalogados, según se ha visto en el apartado anterior. La normativa básica aplicable se contiene en la Ley del Suelo y en los preceptos siguientes: a) Adecuación al entorno. Se establece la obligación de considerar las proporciones y estilo de las edificaciones circundantes como norma de armonía, evitando los materiales discordantes y la ornamentación superflua por referencia a las mismas. Por el contrario se primará la búsqueda de acabados sensibles y las soluciones de diseño que armonicen estética y funcionalmente con la arquitectura tradicional y las condiciones climáticas de la localidad. En consecuencia, en las construcciones de nueva planta y de reformaampliación se recomienda la ejecución de una arquitectura de formas puras, adecuada a los invariantes típicos del lugar (volumen, estructura, materiales y colores) y expresada en lenguaje actual, evitando falseamientos populistas, anacronismos e imitaciones extrañas Estética libre. Dentro de las condiciones generales de adecuación al entorno arquitectónico-urbanístico circundante este régimen de composición permite el mayor grado de libertad creativa sin otras limitaciones arquitectónicas que las propias de las tipologías formales asignadas a las áreas de expansión del casco: ensanche urbano y ciudad jardín y otros núcleos desarrollados con criterios de ordenación de conjunto que pongan en valor la escena y el mobiliario urbano en función de lo existente, en su caso, a escala mínima de manzana. Se desarrollan básicamente las normas correspondientes en sus dos aspectos primordiales: arquitectónico y urbanístico. a) Composición arquitectónica. En general la composición de los edificios aislados solo estará condicionada por su respectiva tipología arquitectónica o formal y por el sólido capaz correspondiente. En consecuencia, cuando se den circunstancias de edificación compacta se tendrán en cuenta las condiciones de estética ambiental anteriormente establecidas. Las fachadas quedaran definidas por el avance de sus cuerpos volados (abiertos o cerrados), cuya disposición será libre en cuanto a altura, longitud y vuelo siempre que su proyección se efectué dentro del propio solar, con la única limitación que imponen el computo del índice de techo y cobertura autorizada, así como los retranqueos obligatorios según su tipología... b) Composición urbanística. La composición del conjunto, en caso de ordenación abierta, tendrá en cuenta la disposición de los volúmenes edificados a efectos de proporción y soleamiento, así como la liberación de circulaciones peatonales que establezcan secuencias de perspectivas itinerantes hacia el espacio interior de la manzana para contrastar el efecto que produce el nuevo edificio en el conjunto, así como hacia el exterior, creando corredores de vistas para integrar los efectos panorámicos del paisaje. Estas circunstancias se materializaran a través de Estudio de Detalle cuando la manzana no se halle consolidada según la regla de las dos terceras partes, o bien sea oportuna su renovación.

13 Se tolerarán los aparcamientos propios de las edificaciones, preferentemente en disposición tangencial a la manzana, así como los accesos rodados a las mismas con carácter de circulación restringida, evitando expresamente el enlace entre alineaciones oficiales. El Ayuntamiento podrá primar las soluciones mancomunadas de aparcamiento y circulación solicitadas a través de un Estudio de Detalle que las contemple. Los espacios libre privados deberán requerir un tratamiento integrado con la arquitectura que se ejecutara simultáneamente con el proyecto de construcción. Tendrán carácter de superficies de prehabitación, pudiendo situarse en ellos elementos de jardinería, zonas pavimentadas peatonales y áreas de juego o deporte de carácter privado. El tratamiento de estos espacios deberá quedar reflejado incluyendo en el proyecto de edificación la previsión sobre la urbanización interna de parcela. Deberá evitarse el cercado de los terrenos vinculados a la edificación, recurriendo a sistemas de deslinde menos aparentes o bien simbólicos. De efectuarse vallado se preferirán los setos vivos o formulas tradicionales como empalizadas, aparejos concertados o cambios de nivel, etc., cuya altura no interrumpa las visuales, por simple decoro. A estos efectos la topografía del terreno solo podrá modificarse cuando no suponga una alteración de su morfología o de su estabilidad, prohibiéndose, en general, los muros de contención y cercados opacos de altura superior a 1,20 m. Artículo 57. Ordenación Singular y Estudios de Detalle Calles particulares. Las calles particulares carecerán de sentido urbanístico propio, manteniéndose en patrimonio privado a efectos de conservación y decoro, considerándose como un caso particular de enlace de patios abiertos de fachada por lo cual se mantendrán las mismas condiciones del apartado anterior y además las siguientes. a) Se consagrará su carácter peatonal y de jardín de prehabitación mediante el tratamiento arquitectónico adecuado y desnivel superior a -1,20 metros de la rasante oficial, salvo las metas de acceso a garajes interiores y aparcamientos marginales de profundidad inferior a 6 m. b) Se evitará la formación de alineaciones rectas, quebrándose la composición de fachadas para reducir la perspectiva entre las alineaciones exteriores a la tercera parte de su proyección frontal, como máximo. c) La anchura mínima en el punto más estrecho será de ocho (8) metros, permitiendo siempre un paso para vehículos y personas de ancho igualo superior a 3,00 metros, sin que sea exigible una anchura superior a doce ( 12 ) metros.

14 2.- MEMORIA DELIMITACION Y SITUACIÓN. El ámbito del presente Estudio de Detalle es la parcela nº 30 del Plan Parcial Sector S-25 de Torrevieja, cuyo proyecto de urbanización fue aprobado por acuerdo de la comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja de fecha 5 de Junio de 2003 y la modificación posterior aprobada definitivamente el 30 de Marzo de Esta parcela esta grafiada como la nº 27 en el Proyecto de Reparcelación correspondiente a la Unidad de Ejecución 1 del sector S-25. Por consiguiente, en la inscripción que aparece en el Registro de la Propiedad son denominadas como parcelas 27.1., y Las calles a las que recae son al Norte la Calle Rosa Diez González, al Sur la Calle Maria San Gil Noain, al Este la Avenida de las Cortes Valencianas y al Oeste la Calle Maite Pagazaurtundua Ruiz. Queda representada en el plano de situación, en el que se reproduce la zonificación y ordenación establecidas por el planeamiento para dicha parcela nº 30. De las normas urbanísticas se extrae lo siguiente: Z.R. Zona residencial 2 plantas (AS, AP y AL) en zona Norte y Zona residencial 4 plantas (BL y BT) en zona Sur. Parcela 30: Zona residencial. Superficie m2. Edificabilidad: m2. Ocupación máxima 40% m2. Nº de viviendas: 145. Edificabilidad: 0,619 m2s/m2t JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE. La necesidad de la realización del presente Estudio de detalle viene recogida en las Normas Urbanísticas del Plan Parcial del sector S-25, donde se redacta dentro del apartado de Urbanización interior: Dada la gran superficie de la mayoría de las manzanas proyectadas, antes de dar comienzo a la edificación en las mismas se deberá aportar Estudio e Detalle de todas y cada una de las manzanas proyectadas en el presente Plan Parcial, para su conocimiento y aprobación por el Ayuntamiento de Torrevieja. En dichos Estudios de Detalle, obligatorios para todas las manzanas, se definirá al detalle los índices de techo asignados a cada tipología dentro de su normativa propia y dentro del índice total de techo o edificabilidad asignada por el Plan Parcial a cada manzana. El alcance del presente proyecto es ordenar los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan Parcial, el señalamiento de alineaciones y rasantes, completando y adaptando las que ya estuviesen señaladas en el Parcial y completar la red de comunicaciones definidas en los mismos con aquellas vías interiores que resulten necesarias para proporcionar acceso a los edificios cuya ordenación concreta se establezca en el propio Estudio de Detalle.

15 2.3.- OBJETO Y ENCARGO. El objeto del presente proyecto es cumplir las especificaciones del Plan Parcial respecto a la realización de un Estudio de Detalle en todas y cada una de las manzanas y dentro de ellas ordenar los volúmenes definiendo los índices de techo asignados a cada topología, señalando las alineaciones y rasantes dentro de la manzana definiendo aquellas vías interiores que resulten necesarias para proporcionar acceso a los edificios. El encargo ha sido realizado por D. Daniel Vaillo Rubio con D.N.I Y en representación de la mercantil VAILLO Y DIAZ, PROMOCIONES Y GESTIONES INMOBILIARIAS, S.A. con C.I.F. A y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Sucre nº Elche. Siendo dicha mercantil propietaria de las dos parcelas que se encuentran sin edificar, de las tres existentes en la manzana objeto del Estudio de Detalle DETERMINACIONES DEL PLAN PARCIAL. Las determinaciones del Plan Parcial vienen recogidas en las Normas Urbanísticas, donde se redacta dentro del apartado de Urbanización interior: Dada la gran superficie de la mayoría de las manzanas proyectadas, antes de dar comienzo a la edificación en las mismas se deberá aportar Estudio e Detalle de todas y cada una de las manzanas proyectadas en el presente Plan Parcial, para su conocimiento y aprobación por el Ayuntamiento de Torrevieja. En dichos Estudios de Detalle, obligatorios para todas las manzanas, se definirá al detalle los índices de techo asignados a cada tipología dentro de su normativa propia y dentro del índice total de techo o edificabilidad asignada por el Plan Parcial a cada manzana. De las normas urbanísticas se extrae lo siguiente: Z.R. Zona residencial 2 plantas (AS, AP y AL). Parcela 30: Zona residencial. Superficie m2. Edificabilidad: m2. Ocupación máxima 40% m2. Nº de viviendas: 145. Edificabilidad: 0,619 m2s/m2t. Retranqueo perimetral mínimo de 3 metros. Altura máxima de 2 plantas, PB + 1. Podrán privatizarse las parcelas individuales hasta un 70% de la superficie vinculada al edificio mediante separaciones físicas en prolongación de las medianeras o cerramientos en su caso, manteniendo el resto del terreno en común. La composición urbanística del conjunto deberá prever garajes periféricos y estudiar la circulación peatonal para evitar recorridos máximos de 40 m. lineales desde cada modulo a su aparcamiento. Las fachadas enfrentadas deberán disponer de una distancia mínima de 6 metros entre sí ( 8 metros según el articulo del P.G.O.U.)

16 Aparcamientos. En los proyectos de cada conjunto de viviendas se preverá como mínimo una plaza de aparcamiento sobre parcela, por cada unidad de vivienda construida. Si en la manzana se construyen más de 10 unidades de vivienda, se reservará una plaza más adicional, por cada 10 nuevas unidades residenciales completas que se edifiquen en la parcela JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCION ADOPTADA Y CONVENIENCIA SITUACIÓN ACTUAL. En la actualidad se encuentra ejecutada parte de la manzana, concretamente una parcela de m2 en el lado Oeste, con una edificabilidad de m2t y 44 viviendas construidas de 45 permitidas. El resto de la manzana, con una superficie de m2 en el lado Sur, con una edificabilidad de m2t y 100 viviendas asignadas, se encuentra sin edificar CRITERIOS DE ORDENACIÓN. Se parte de los siguientes condicionantes para la redacción del presente Estudio de Detalle: - Se respeta totalmente la edificación existente en la parcela Oeste, entendiendo como correctas las soluciones adoptadas. Se incluye dicha edificación en el presente estudio al ser la Manzana completa el ámbito mínimo para la presentación del Estudio de Detalle. - Se propone una distribución de la edificación perimetral a la parcela sin edificar, formando un recinto privado en el interior. Toda la edificabilidad se distribuye en dos plantas siguiendo la tipología de edificación denominada Agrupación Libre (AL). - Proponer una distribución de la edificación cumpliendo las determinaciones normativas, siendo lo mas flexible posible para el posterior desarrollo de los proyecto de edificación ORDENACIÓN PROPUESTA. De acuerdo con los criterios expuestos, se proyecta la parcela Oeste tal y como se encuentra ejecutada. En la parcela Este, la nº27.2 se distribuyen las viviendas de forma perimetral, dejando en el interior una zona común para zonas verdes, aparcamientos, etc. La tipología de agrupación de viviendas propuesta consiste en bloques alargados de dos plantas de altura. Las viviendas en planta baja con una zona de jardín privado y las viviendas en planta alta con acceso al solarium de la cubierta. Toda la edificabilidad se destina a uso residencial, y mas concretamente, a la tipología de agrupación libre (AL). Las rasantes interiores se mantienen condicionadas a los puntos de cruce de los ejes de los viales existentes con los accesos al interior de la parcela, y

17 se adaptarán a la pendiente natural del terreno que es descendente de Norte a Este. No obstante, la ordenación de volúmenes descrita y grafiada en los planos únicamente se representa como una simple opción tipológica y, en consecuencia, no se regula mediante parámetros rígidos, sino por una envolvente sin carácter vinculante. La determinación dimensional y formal de las plantas deberá resolverse con la redacción de los correspondientes Proyectos de Edificación en función de los requerimientos estructurales, tipológicos, funcionales, compositivos, etc, que se planteen en su caso y estarán únicamente sometidas a las limitaciones de ocupación en plantas y de superficie de techo máximo edificable establecidas. Además se deberán tener en cuenta el resto de condicionantes establecidos en este estudio como son: - Tipología de la edificación: Agrupación libre (AL). - Retranqueos mínimos de 3 metros a calles y linderos. - Calles de circulación interior, en caso de haberlas, de 5 metros. - Separación entre bloques de 8 metros. En caso de querer variar alguna de los condicionantes anteriores se deberá presentar un nuevo Estudio de Detalle, que justificara la conveniencia de la solución propuesta URBANIZACIÓN INTERNA. La distribución de los aparcamientos podrá ser en superficie o en planta de sótano debajo de la edificación, no afectándole en este caso las envolventes máximas de las edificaciones al estar por debajo de 1,20 de la rasante del terreno. Las salidas de emergencia serán descubiertas y por lo tanto no computaran como edificabilidad. En cualquier caso los recorridos entre cada aparcamiento y su correspondiente vivienda no excederá de 40 metros. Respectos a los elementos propios de las zonas urbanizadas, como son, piscinas, duchas, pistas de padel, farolas, bancos, pérgolas, etc cumplirán todo lo especificado en el P.G.O.U. y lo recogido en el documento básico DB-SUA 9 Accesibilidad. Se hace una reserva en la edificabilidad total de 10,00 m2 para la construcción de dos aseos para el servicio de la zona de la piscina. Dicha edificabilidad se producirá fuera de los limites establecidos por la envolvente máxima OCUPACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. Como ya se ha dicho, la ocupación máxima que se permite es del 40%. La envolvente de los cuerpos cerrados reflejada en los planos se considera envolvente máxima para la edificación, debiendo quedar incluidos dentro de ella todos los cuerpos cerrados del edificio.

18 Parcela m2s. Ocupación total 4.803,56 m2t (39,81%) Bloque 1: Ocupación 868,75 m2t Bloque 2: Ocupación 1.041,11 m2t Bloque 3: Ocupación 1.665,02 m2t Bloque 4: Ocupación 1.228,68 m2t De igual modo la edificabilidad descrita anteriormente no implica que haya que consumirla, pudiendo ser inferior a los parámetros arriba indicados ALTURAS DE LA EDIFICACIÓN. La altura máxima de la edificación será PB+1, con una altura máxima de 7,00 metros, medidos desde el punto medio del terreno de la fachada hasta el plano inferior del ultimo forjado EDIFICABILIDAD. La edificabilidad neta de las parcelas contenidas en la manzana son: Parcela Oeste: m2t. 44 viviendas construidas de 45 permitidas. Parcela Este: m2t. 100 viviendas. Esta edificabilidad se distribuye entre los 4 bloques de edificación, según el siguiente cuadro: Parcela Edificabilidad total m2t (100 viviendas) Bloque 1: 1.377,90 m2t (19 viviendas) Bloque 2: 1.666,30 m2t (23 viviendas) Bloque 3: 2.508,90 m2t (32 viviendas) Bloque 4: 1.906,10 m2t (26 viviendas) Aseos exteriores para piscina: 10,00 m2t La distribución de la edificabilidad en cuatro bloques no implica la obligatoriedad de la edificación en cuatro fases del conjunto de la parcela. Se podrán presentar proyectos de ejecución por fases que correspondan con una parte de uno de los bloques, quedando en ese caso la obligación de justificar en cada fase del mismo bloque la edificabilidad consumida en la fase presentada y la edificabilidad restante.

19 PARCELACIÓN Y REFERENCIAS CATASTRALES. Dentro de la manzana inicial se presentan las dos parcelas mencionadas anteriormente, no previéndose mas particiones. La parcelación interior deberá cumplir el parámetro máximo de privacidad fijado en el 70% de la parcela original, dejando el restante para zonas comunes y seguirá las determinaciones del articulo del P.G.O.U. Referencia catastral de la parcela Oste: YH0048N0001JQ Referencia catastral de la parcela Este: YH0048N0001SQ Y YH0048N0001EQ

20 PARCIAL COMPARACIÓN CON LAS DETERMINACIONES DEL PLAN Se da cumplimiento a lo estipulado en el Plan Parcial, sin que se incumpla ninguna norma que determine las características de los estudios de Detalle: - No se produce aumento del volumen ni de la densidad de edificación, así como de las alturas máximas. - No se causa perjuicio ni se alteran las condiciones de ordenación de los predios colindantes. - No se produce reducción de la anchura de los viales ni de la superficie destinada a espacios libres.

21 3.- MEMORIA ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS. En el artículo del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana se establece que el planeamiento urbanístico de desarrollo, contemplado en los apartados b, c, d y f del artículo 38 de la Ley Urbanística Valenciana, deberá ir acompañado de un Estudio de Integración Paisajística. El apartado f) de dicho artículo 38 se refiere a los Estudios de Detalle. Por tanto, el Estudio de Detalle de la parcela nº 30 del Plan Parcial Sector S-25 de Torrevieja (Alicante), debe ir acompañado del preceptivo Estudio de Integración Paisajística. Según el artículo 49 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, los Estudios de Integración paisajística tienen por objeto: - Predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que las nuevas actuaciones o la remodelación de actuaciones preexistentes pueden llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción - Determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar los posibles efectos negativos. El estudio de Integración Paisajística incluirá la valoración de los impactos paisajísticos y visuales que produce una actuación sobre el paisaje. El presente Estudio de Integración Paisajística, servirá para analizar y valorar el escaso impacto visual, así como la mejor integración y percepción por la adecuación de la dimensión del vial a la realidad que lo circunda. El contenido de los Estudios de Integración Paisajística se concreta en el artículo 52 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, debiendo adaptarse al tipo de proyecto y al paisaje e incluirá los siguientes temas: - Plan de participación pública. - Descripción y definición del alcance de la actuación. - Delimitación del ámbito de estudio y caracterización de las Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos afectados. - Planes y proyectos en trámite o ejecución en el mismo ámbito. - Valoración de la Integración Paisajística. - Valoración de la Integración Visual. - Identificación de los impactos paisajísticos y visuales, previendo su importancia y magnitud. - Medidas de integración y mitigación de impactos.

22 3.2.- METODOLOGÍA DELIMITACION DEL AMBITO DEL ESTUDIO El análisis de la situación previa es uno de los procesos básicos del estudio pues se trata de llegar a comprender la estructura y funcionamiento, a través del conocimiento de los elementos que lo integran, tanto componentes del medio natural como del entramado social, así como sus interacciones. Dado el carácter de suelo urbano al que se circunscribe la actuación, la escasa y limitada acción urbanizadora, y consecuentemente lo reducido del área de estudio, no existen prácticamente elementos a identificar que puedan afectar al paisaje CARACTERIZACION Y VALORACIÓN DEL PAISAJE La caracterización territorial busca una clasificación del paisaje, basada en dichas características de percepción, y exige la delimitación de Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos. La caracterización del paisaje se basa en la descripción, clasificación y delimitación cartográfica de las Unidades de Paisaje y de los recursos Paisajísticos que las singularizan, siendo un aspecto muy importante de ésta fase el análisis de las pautas de visibilidad y el análisis de los aspectos visuales del paisaje, que implican la percepción del observador, en el que influyen distintos factores como son los puntos de observación, la distancia, la duración de la vista y el número de observadores potenciales VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJISTICA Se valorará la Integración de la actuación en el paisaje del entorno, o la justificación del cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación, en especial Estudios de Paisaje o Catálogos de Paisajes. Se analizará por un lado los cambios introducidos en la escena, y por otro lado la fragilidad de la misma para acomodar los cambios producidos por la actuación sin perder su valor o carácter paisajístico VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL En este apartado se tendrá en cuenta específicamente el posible impacto visual de una actuación en el paisaje en función de la visibilidad de la actuación desde los puntos de observación considerados en el estudio.

23 MEDIDAS DE INTEGRACIÓN EN EL PAISAJE Se trata de la propuesta y aplicación de medidas correctoras necesarias para evitar, reducir o compensar los posibles efectos negativos que el desarrollo de la actuación pueda derivar en el paisaje. Éstas medidas pretenden no sólo mitigar los efectos paisajísticos y visuales detectados, sino también mejorar el paisaje y la calidad visual del entorno. ESTUDIO INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERRITORIAL DEL ÁMBITO DE LOCALIZACIÓN: ENCUADRE REGIONAL Y COMARCAL Al tratarse de un Estudio de Detalle sobre una manzana en zona urbana, el ámbito de actuación se considera reducido. Concretamente se refiere a la parcela nº 30 del Plan Parcial Sector S-25 de Torrevieja. Las calles a las que recae son al Norte la Calle Rosa Diez González, al Sur la Calle Maria San Gil Noain, al Este la Avenida de las Cortes Valencianas y al Oeste la Calle Maite Pagazaurtundua Ruiz. El Sector S-25, se encuentra situado al Norte del Casco Urbano de Torrevieja, al Oeste de la Avda. de las Cortes Valencianas (antigua Carretera N- 332) y atravesado por la actual crta. N-332. Sus límites son los siguientes: NORTE: Con Sector S-21 de Suelo Urbanizable no Programado. SUR: Con Sector E-11, de Suelo Urbano del P.G.O.U destinado a dotaciones públicas. municipales ESTE: Con la Avda. de las Cortes Valencianas y depósitos de agua OESTE: Con la CN-332 y con el Sector S-20 de Suelo Urbanizable MEDIO FISICO El estudio y análisis de los distintos elementos que interaccionan en la configuración del medio físico, es muy importante para la valoración ambiental del territorio, así como para la identificación de los recursos paisajísticos y el establecimiento de los objetivos de calidad paisajística, a efectos de conservación y puesta en valor o recuperación de los mismos. Lo que se describa a continuación viene recogido de la memoria del Plan Parcial del Sector S-25, donde esta situada la parcela objeto del estudio.

24 Fisiografía y geología. a) TOPOGRAFÍA. Los terrenos ocupan una ladera con pendiente en sentido Sur, atravesados por la Carretera N-332, con unas excepcionales vistas sobra la laguna salada de Torrevieja y sobre el mar. Todo ello con unas pendientes suaves y bastante uniformes, que permiten unos adecuados trazados de la red viaria. Pendiente que es determinante a la hora de definir las pendientes de los viales, de cara a la evacuación pluvial. La cota más baja del terreno se sitúa a unos 34 m. y la más alta en 75 m., no superando las pendientes máximas el 3 %. b) GEOLOGÍA. Los terrenos sobre los que se desarrolla el Plan Parcial, según el mapa geológico de España, pertenecen a la estribación oriental del Sistema Bético peninsular, y son muy recientes desde el punto de vista geológico. Donde las formaciones de calizas, margas cretáceas y areniscas son las dominantes. Dada la resistencia del terreno se considera apto para la edificación. c) SUELO. Según el estudio Edafológico y Agrobiológico de la provincia de Alicante se puede clasificar el área del presente Plan Parcial como un litosuelo calcáreo, sin capa de tierra vegetal, con un gran coeficiente de escorrentía. El nivel freático es muy bajo, con un óptimo drenaje en la zona. La capacidad de carga del firme es de unos 2 Kg/cm2 con suelo estable Hidrología superficial. El sector objeto de estudio es una ladera con pendiente hacia el Sur- Este. Que al estar atravesado por la CN-332, en trinchera, deriva en su mayor parte a ésta, drenando toda la zona hacia la Laguna de Torrevieja MEDIO SOCIAL Usos del suelo. El suelo no tiene ningún uso agrícola, se encuentra parcelado y edificado en un 50% aproximadamente Planeamiento Municipal. Se encuentra en vigor el Plan Parcial Sector S-25 de Torrevieja, cuyo proyecto de urbanización fue aprobado por acuerdo de la comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja de fecha 5 de Junio de 2003 y la modificación posterior aprobada definitivamente el 30 de Marzo de Se trata de un suelo urbano, de uso principalmente residencial.

25 3.4.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN ANTECEDENTES El municipio de Torrevieja cuenta con un Plan General de Ordenación Urbana cuya modificación aprobada el 4 de febrero de 1992 reconocía el ámbito objeto de este Plan de Reforma Interior como suelo urbano. Se trata de un suelo urbano consolidado, de uso principalmente residencial ANÁLISIS Y OBJETO DE LA ACTUACION El objeto del presente Estudio de Integración Paisajística es analizar el impacto de la actuación propuesta por el Estudio de Detalle al que acompaña, consistente en la determinación de las edificaciones a realizar dentro de la parcela nº30 del P.P. Sector25 del término Municipal de Torrevieja AMBITO DE LA ACTUACION Se trata de un área de suelo urbano que cuenta con la totalidad de los servicios urbanísticos necesarios, ubicada en el entorno urbano del Municipio de Torrevieja y en fase de edificación de los solares resultantes. La parcela nº30 tiene una superficie de m2 y está delimitada, al Norte por la Calle Rosa Diez González, al Sur por la Calle Maria San Gil Noain, al Este por la Avenida de las Cortes Valencianas y al Oeste por la Calle Maite Pagazaurtundua Ruiz PROPUESTA De acuerdo con los criterios expuestos en el Estudio de Detalle, se proyecta la parcela Oeste tal y como se encuentra ejecutada y se distribuyen las viviendas de forma perimetral en el resto de la manzana, dejando en el interior una zona común para zonas verdes, aparcamientos, etc. La tipología de agrupación de viviendas propuesta consiste en bloques alargados de dos plantas de altura. Las viviendas en planta baja con una zona de jardín privado y las viviendas en planta alta con acceso al solarium de la cubierta. Toda la edificabilidad se destina a uso residencial, y mas concretamente, a la tipología de agrupación libre (AL). Las rasantes interiores se mantienen condicionadas a los puntos de cruce de los ejes de los viales existentes con los accesos al interior de la parcela, y se adaptarán a la pendiente natural del terreno que es descendente de Norte a Este.

26 3.5.- UNIDADES DE PAISAJE Y RECURSOS PAISAJÍSTICOS CARACTERÍSTICAS INTRÍNSECAS DEL PAISAJE La publicación titulada Atlas de los Paisajes de España (VVAA. MATAOLMO, R., SANZ HERRAIZ, C., Universidad Autónoma de Madrid. Ministerio de Medio Ambiente, Madrid 2003), propone una clasificación de los paisajes donde las unidades básicas de la taxonomía jerarquizada son los paisajes o unidades de paisaje. Según ésta publicación, la zona de estudio se encuentra en la Asociación de Tipos de Paisaje Llanos litorales peninsulares. En un escalón territorial más detallado, la zona de estudio se inserta en el Tipo de Paisaje Llanos y glacis litorales y prelitorales. A una escala aún más detallada, la zona de estudio formaría parte del paisaje Área metropolitana de Torrevieja UNIDADES DEL PAISAJE Las unidades de paisaje se definirán a partir de la consideración de los elementos y factores naturales y/o humanos, que le proporcionan una imagen particular y lo hacen identificable o único. Se considerarán, al menos, los siguientes: - Naturales: relieve, aspectos geológicos e hidrológicos, suelo, clima, especies de fauna y flora silvestres. - Humanos: población, asentamiento, intervención humana, patrón y usos del suelo tales como agricultura, trashumancia, silvicultura, actividades rurales, hidráulica, minería, industria, transporte, turismo, servicios, infraestructuras y usos recreativos entre otros. A la hora de delimitar las unidades de paisaje, dado que no existe un Estudio de Paisaje en el P.G.O.U. de Torrevieja y puesto que se trata de una pequeña superficie, perteneciente a un plan parcial, vamos a establecer una sola unidad de paisaje que denominaremos Suelo Urbano. U.P.1: Suelo Urbano. Esta unidad paisajística incluye el espacio urbano consolidado alrededor de la parcela objeto del presente estudio. Tanto el sector S-25 al que pertenece, como los colindantes en el lado Este, el sector S-13A y el sector P-12B, están compuestos por edificaciones de baja altura (PB+1). Las primeras edificaciones de cierta altura mas cercanas al ámbito del estudio se encuentran en la zona Nueva Torrevieja, a unos 1000 metros de distancia.

27 Se trata, por tanto, de una zona urbana, consolidad en gran medida, compuesta, mayoritariamente, por edificaciones de planta baja mas planta alta RECURSOS PAISAJISTICOS Los recursos paisajísticos se definen como las áreas o elementos del territorio de relevancia e interés ambiental, cultural y visual. En este sentido, el elemento paisajístico mas cercano son las salinas, situadas a mas de 2000 metros de distancia y sin presencia visual en la zona, no existiendo, por tanto, recursos paisajísticos de relevancia local VISIBILIDAD DEL PAISAJE. ANÁLISIS VISUAL. El factor de incidencia visual opera en la ordenación y gestión del medio como un condicionante que limita las posibilidades de uso del territorio. La incidencia visual o visibilidad del territorio desde zonas frecuentadas por la población hace referencia al concepto de accesibilidad visual, y su determinación se basa en el análisis de cuencas visuales. El observador (quién percibe), es uno de los tres elementos participantes en el proceso de percepción, junto a la escena (qué se percibe) y las características del campo visual (cómo se percibe). Toda la zona del Sector 25 tiene una ligera pendiente, aproximadamente del 3%, descendiente de Norte a Sur. Dicha pendiente, al ser tan suave, no se percibe como un hito en el paisaje, por lo que las cuencas visuales se determinaran observando las visuales existentes en la zona. Para la determinación de las cuencas visuales, o mejor dicho puntos de vista en la zona de estudio, dada su escasa dimensión y puesto que Los Puntos de Observación son los lugares del territorio desde donde se percibe principalmente el paisaje, se seleccionan varios puntos de vista y secuencias visuales de mayor afluencia. Realmente la única zona desde la cual se observa la parcela objeto de estudio, es desde la Avenida de las Cortes Valencianas, o desde la calle de servicio de su lado Este. Para cada punto de observación se delimitará la cuenca visual o territorio-zona que puede ser observado desde el mismo, marcando las distancias que será corta (hasta 300 m), ya que tanto la media (300 hasta 1500 m), como la larga (más de 1500 m) son excesivas y perderíamos la zona observada, por su reducida dimensión y altura. Los puntos de Observación se clasificarán como secundarios, en función del reducido número de observadores, la distancia y la duración de la visión. El objetivo de este proceso debe ser el establecimiento de unas categorías de calidad visual para las unidades y accesibilidad visual para el conjunto del territorio. De esta manera se deriva el establecimiento de unos objetivos de

28 calidad paisajística, a conservar por sus características escénicas y se proponen directrices básicas para lograr la integración paisajística de la propuesta. Los puntos de observación pueden ser de carácter estático o dinámico.

Peticionario del Estudio: AZALEA GRUPO INMOBILIARIO S.L. Domicilio Social: Avda Teniente Montesinos 10 Edificio Torre Godoy Espinardo Murcia-

Peticionario del Estudio: AZALEA GRUPO INMOBILIARIO S.L. Domicilio Social: Avda Teniente Montesinos 10 Edificio Torre Godoy Espinardo Murcia- 1-ANTECEDENTES Peticionario del Estudio: AZALEA GRUPO INMOBILIARIO S.L. Domicilio Social: Avda Teniente Montesinos 10 Edificio Torre Godoy- 30100 Espinardo Murcia- Autor del Encargo: D. Javier Antón Salas,

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE EN LA PARCELA R6 DEL PLAN PARCIAL SECTOR 6 VILLA AMALIA

ESTUDIO DE DETALLE EN LA PARCELA R6 DEL PLAN PARCIAL SECTOR 6 VILLA AMALIA ESTUDIO DE DETALLE EN LA PARCELA R6 DEL PLAN PARCIAL SECTOR 6 VILLA AMALIA 1 INDICE A.- MEMORIA 1.- Memoria de información. 1.1.- Datos y objeto del encargo. 1.2.- Datos identificativos de los autores.

Más detalles

VISADO PARCELA MANZANA 4 DEL SECTOR A-PTLL. Propietario: Emplazamiento: ACEDO ARQUITECTURA Y URBANISMO ARQUITECTO. Col.

VISADO PARCELA MANZANA 4 DEL SECTOR A-PTLL. Propietario: Emplazamiento: ACEDO ARQUITECTURA Y URBANISMO ARQUITECTO. Col. ESTUDIO DE DETALLE: Propietario: Emplazamiento: PARCELA 16-4-3. MANZANA 4 DEL SECTOR A-PTLL Sector A-PTLL Ciudad Real (Ciudad Real) Fecha: Sepbre-2007 Expediente: 2007/28 - - Documento visado el 04.10.2007

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA MANZANA 3 SECTOR A-PTLL CIUDAD REAL ABRIL DE 2.018

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA MANZANA 3 SECTOR A-PTLL CIUDAD REAL ABRIL DE 2.018 ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 11.3.5. MANZANA 3 SECTOR A-PTLL CIUDAD REAL ABRIL DE 2.018 PROPIEDAD; URBAZO EQUIPO REDACTOR: APARICIO Y ASOCIADOS ARQUITECTOS SLP INDICE 1.-MEMORIA 1.- INTRODUCCION 1.1- AUTOR

Más detalles

LA FRONTERA PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN

LA FRONTERA PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 1/5 ZOC ARQUITECTOS, S.L. NORMATIVA PARTICULAR Clase de suelo Urbano Categoría Suelo urbano consolidado. Instrumento de ordenación Plan General Ordenar el futuro crecimiento en los bordes, como transición

Más detalles

PLAN PARCIAL REFUNDIDO DE MEJORA DEL SECTOR SAU-R3 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE NOVELDA NORMAS URBANÍSTICAS

PLAN PARCIAL REFUNDIDO DE MEJORA DEL SECTOR SAU-R3 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE NOVELDA NORMAS URBANÍSTICAS INICIAL: Pleno de fecha 6 de junio de 2002 APROBACION FINAL: COMISIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO: Sesión de 25 de abril de 2002 PUBLICACION BOP: nº 164 de 19 de julio de 2002 ENTRADA EN VIGOR 15 días de

Más detalles

SLP COAS, 4407 COAS, 6223 COAS.

SLP COAS, 4407 COAS, 6223 COAS. TEXTO REFUNDIDO DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA C-2 DEL SECTOR PLAN PARCIAL RESULTANTE DE AMPLIACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS LA AUTOPISTA. EL PIBO. BOLLULLOS DE LA MITACIÓN. SEVILLA.

Más detalles

PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL- NORMAS URBANÍSTICAS, ANEXO II

PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL- NORMAS URBANÍSTICAS, ANEXO II ANEXO II: TERMINOLOGÍA Lo señalado en los artículos que componen el presente apéndice únicamente tienen efectos informativos al efecto de concretar los conceptos básicos de las presentes Normas que componen

Más detalles

Urbano Urbano ordenado consolidado por la urbanización ,73 m² La unidad constituye una unidad morfológica Residencial

Urbano Urbano ordenado consolidado por la urbanización ,73 m² La unidad constituye una unidad morfológica Residencial C1 1.1 Clase de suelo 1.2 Tipo de suelo 1.3 Superficie total de la unidad 1.4 Definición 1.5 Uso característico Urbano Urbano ordenado consolidado por la urbanización 63.822,73 m² La unidad constituye

Más detalles

E S T U D I O D E D E T A L L E M A N Z A N A C A L L E S A L C O R A, A L Z I R A, A L G I N E T Y M O G E N T E

E S T U D I O D E D E T A L L E M A N Z A N A C A L L E S A L C O R A, A L Z I R A, A L G I N E T Y M O G E N T E E S T U D I O D E D E T A L L E M A N Z A N A C A L L E S A L C O R A, A L Z I R A, A L G I N E T Y M O G E N T E ( Noviembre 2.011, adaptado a las alegaciones presentadas) P L A N G E N E R A L D E O

Más detalles

DEPARTAMENTO TÉCNICO DE GESTIÓN Y DISCIPLINA PLAN PARCIAL DEL SECTOR VII DEL P.G.O.U. DE XIXONA

DEPARTAMENTO TÉCNICO DE GESTIÓN Y DISCIPLINA PLAN PARCIAL DEL SECTOR VII DEL P.G.O.U. DE XIXONA DEPARTAMENTO TÉCNICO DE GESTIÓN Y DISCIPLINA PLAN PARCIAL DEL SECTOR VII DEL P.G.O.U. DE XIXONA Junio de 2011 ÍNDICE GENERAL CAPITULO I. GENERALIDADES 5 Artículo 1.- OBJETO 5 Artículo 2.- RELACIÓN CON

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE SOLAR

ESTUDIO DE DETALLE DE SOLAR antonio ángel sotés pérez. e-mail: aakankel@gmail.com arquitecto colegiado COAS 2803 ESTUDIO DE DETALLE DE SOLAR CALLE CORIA DEL RIO ESQUINA CON CAMINO DE GELVES MAIRENA DEL ALJARAFE (SEVILLA) PROMOTORA:

Más detalles

NORMAS URBANÍSTICAS TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA DE CONCEPTOS

NORMAS URBANÍSTICAS TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA DE CONCEPTOS NORMAS URBANÍSTICAS TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA DE CONCEPTOS Art. 1. Alcance y ámbito de aplicación de las Normas Urbanísticas Las presentes Normas Urbanísticas son de aplicación al ámbito

Más detalles

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR S-CORR DEL PGOU DE CIUDAD REAL

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR S-CORR DEL PGOU DE CIUDAD REAL Índice: MEMORIA 1. OBJETO. 2. LEGISLACION. 3. JUSTIFICACIÓN. 3.1. Consideración previa. 3.2. Justificación propuesta. 3.2.1. Situación actual. 3.2.2. Cambio propuesto. 3.2.2.1. Ordenanza de aplicación.

Más detalles

MEMORIA DE ESTUDIO DE DETALLE INDICE GENERAL Página nº: 1

MEMORIA DE ESTUDIO DE DETALLE INDICE GENERAL Página nº: 1 MEMORIA DE ESTUDIO DE DETALLE INDICE GENERAL Página nº: 1 1. Objeto...2 2. Peticionario...2 3. Datos del solar...2 4. Descripción del solar y las edificaciones existentes...2 5. Justificación y conveniencia

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE LA MANZANA M-8 DEL SECTOR SUNP- 8 VISTAHERMOSA DE CACERES MEMORIA

ESTUDIO DE DETALLE DE LA MANZANA M-8 DEL SECTOR SUNP- 8 VISTAHERMOSA DE CACERES MEMORIA ESTUDIO DE DETALLE DE LA MANZANA M-8 DEL SECTOR SUNP- 8 VISTAHERMOSA DE CACERES MEMORIA Documento de Tramitación 1.- GENERALIDADES 1.1.- OBJETO Se propone la redacción del Estudio de Detalle de la Manzana

Más detalles

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui 5ª MODIFICACIÓN PUNTUAL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 8.A.2 LAKUA referente a la modificación de Ordenanzas en la parcela terciaria 8A2-8 Febrero de 2014 Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui Índice MEMORIA

Más detalles

PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA

PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA UNIDAD DE ACTUACIÓN UA-14 TOLEDO A L T E R N A T I V A T É C N I C A Diciembre de 2.007 PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I.) 17-2-02 P R O G R A M A D E A C T

Más detalles

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Caldereros nº 7 1ª A Albacete. Tf y Fax: ESTUDIO DE DETALLE

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Caldereros nº 7 1ª A Albacete. Tf y Fax: ESTUDIO DE DETALLE ÁNGEL MASCAGNI CLEMENTE ESTUDIO DE ARQUITECTURA Calle Caldereros nº 7 1ª A. 02003 - Albacete Tf y Fax: 967.244397 ESTUDIO DE DETALLE Memoria PROYECTO: ESTUDIO DE DETALLE PARA LA CONSTRUCCION 5 VIVIENDAS

Más detalles

AVANCE AGOSTO DE

AVANCE AGOSTO DE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE QUICENA (HUESCA). AVANCE PRINCIPALES NORMAS URBANÍSTICAS CON CARÁCTER NORMATIVO PARTICULAR EN EL MUNICIPIO DE QUICENA (HUESCA). AGOSTO DE 2.017. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA UF6.1 Y UF6.2 A.P.I. 2.Q.1 ARROYO DEL MEMBRILLAR JEREZ DE LA FRONTERA PROMOTOR: COSMOJEREZ S.L

ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA UF6.1 Y UF6.2 A.P.I. 2.Q.1 ARROYO DEL MEMBRILLAR JEREZ DE LA FRONTERA PROMOTOR: COSMOJEREZ S.L ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA UF6.1 Y UF6.2 A.P.I. 2.Q.1 ARROYO DEL PROMOTOR: COSMOJEREZ S.L 0 M E M O R I A 1. INTRODUCCIÓN Y PROPIETARIO Se redacta el presente documento por encargo de CosmoJerez

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA B1, SECTOR 14 C/ DE LAS BODEGAS ESQUINA C/ DE LOS PISADORES, TREBUJENA DICIEMBRE 2009

ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA B1, SECTOR 14 C/ DE LAS BODEGAS ESQUINA C/ DE LOS PISADORES, TREBUJENA DICIEMBRE 2009 ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA B1, SECTOR 14 C/ DE LAS BODEGAS ESQUINA C/ DE LOS PISADORES, TREBUJENA DICIEMBRE 2009 1. MEMORIA. 1.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA. 1.1.1.- DATOS DEL ENCARGO. El

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARA FIJAR ALINEACIONES EN CALLE COLINDANTE AL TANATORIO

ESTUDIO DE DETALLE PARA FIJAR ALINEACIONES EN CALLE COLINDANTE AL TANATORIO Página 1 de 14 ESTUDIO DE DETALLE PARA FIJAR ALINEACIONES EN CALLE COLINDANTE AL TANATORIO ÍNDICE I. MEMORIA. A. MEMORIA INFORMATIVA. B. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA. II. JUSTIFICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN

Más detalles

PROMOCIONES ROTEMAN ALBACETE, S.L. ESTUDIO DE DETALLE

PROMOCIONES ROTEMAN ALBACETE, S.L. ESTUDIO DE DETALLE PROMOCIONES ROTEMAN ALBACETE, S.L. ESTUDIO DE DETALLE ELEVACION DE ALTURAS (M.P. nº 13 P.G.O.U. ALBACETE) Ismael Belmonte Gómez Luis González-Calero Rodenas ARQUITECTOS PARCELA B 3.2 DEL SECTOR 1 ALBACETE

Más detalles

PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN MONTGÓ ERMITA - 6. Febrero-2008 PROPONENTE: JAVEA PROPERTY CENTER S.L.

PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN MONTGÓ ERMITA - 6. Febrero-2008 PROPONENTE: JAVEA PROPERTY CENTER S.L. PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN MONTGÓ ERMITA - 6 Febrero-2008 PROPONENTE: JAVEA PROPERTY CENTER S.L. SITUACIÓN: Partida Montgó. Jávea (Alicante). ESTUDIO DE DETALLE ÍNDICE MEMORIA

Más detalles

PLAN PARCIAL DE MEJORA SECTOR SUP1 UA LES HORTES

PLAN PARCIAL DE MEJORA SECTOR SUP1 UA LES HORTES PLAN PARCIAL DE MEJORA SECTOR SUP1 UA LES HORTES DE FAVARA APROBACION MUNICIPAL PROMOTOR: M.I. AYUNTAMIENTO DE FAVARA TECNICO REDACTOR: JOSE SALA CEBOLLA. ARQUITECTO COLEGIADO Nº 4761 1.- MEMORIA INFORMATIVA

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº XXIII DEL PGOU DE JÁVEA.

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº XXIII DEL PGOU DE JÁVEA. MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº XXIII DEL PGOU DE JÁVEA. Modificación de las distancias a lindes de los Centros de Transformación MT/BT. ABRIL-2010 ÍNDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA A.- MEMORIA INFORMATIVA.

Más detalles

ANEXO 1 CONDICIONES DE LAS PARCELAS

ANEXO 1 CONDICIONES DE LAS PARCELAS ANEXO 1 CONDICIONES DE LAS PARCELAS AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEMANIAL (EN RÉGIMEN DE CESIÓN DE USO) PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO, LA CONSTRUCCIÓN Y

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA 1.3 DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA PROPIETARIO: LARRAKOBERRI S.

ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA 1.3 DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA PROPIETARIO: LARRAKOBERRI S. ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA 1.3 DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA PROPIETARIO: LARRAKOBERRI S. COOP ARQUITECTOS: JOSÉ Mª SMITH SOLAÚN Octubre 2014 ESTUDIO DE DETALLE DE

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 MEMORIA INFORMATIVA

AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 MEMORIA INFORMATIVA URBANISME I MEDI AMBIENT AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 INDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1. Antecedentes 2. Legislación aplicable 3. Alcance

Más detalles

1) Zona A. Edificación en bloque abierto ó manzana cerrada.

1) Zona A. Edificación en bloque abierto ó manzana cerrada. Usos prohibidos: Nº Max. Viviendas: 722 Uds. Retranqueos: 3 metros a fachada, se admiten porches a nivel de alineación exterior que no sobrepasen el 60% de la misma. En caso de edificación pareada la separación

Más detalles

d) El uso característico: Residencial. Se permite exclusivamente la vivienda unifamiliar aislada.

d) El uso característico: Residencial. Se permite exclusivamente la vivienda unifamiliar aislada. Artículo 127.1.-SRAR I y SRAR II. 1. Condiciones de los usos. d) El uso característico: Residencial. Se permite exclusivamente la vivienda unifamiliar aislada. e) Usos tolerados. 1) Uso Terciario, admitiéndose

Más detalles

Ajuntament de Benicarló

Ajuntament de Benicarló MODIFICACIÓN PLANES PARCIALES SANT REGORI I Y SANT GREGORI II COMPATIBILIDAD DEL BLOQUE PLURIVIVIENDA PARA PROMOCIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA EN PLANES PARCIALES SANT GREGORIO I Y II. MEMORIA 1. Presentación

Más detalles

INDICE 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO Estado de la urbanización

INDICE 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO Estado de la urbanización INDICE 1. MEMORIA 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.2. AMBITO 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO 1.3.1. Descripción registral 1.3.2. Estado de la urbanización 1.3.3. Condiciones

Más detalles

D.O.E. Número Septiembre

D.O.E. Número Septiembre D.O.E. Número 104 12 Septiembre 1998 6967 falsos techos, se permitirá como altura máxima de cada planta la siguiente: Sótano y semisótano: Sin limitación. * Planta Baja: 4,25 metros. * Planta de Piso:

Más detalles

BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALENCIA

BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALENCIA 34 N.º 239 Ayuntamiento de Requena Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre aprobación definitiva del Plan de Reforma Interior de la U.E.-1.1 El Azagador de Requena. ANUNCIO El Pleno del Ayuntamiento

Más detalles

EXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI

EXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI EXPEDIENTE SITUACIÓN: DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CALIFICACIÓN DE LA PARCELA CATASTRAL 915, POLÍGONO 2 DE ONDATEGI ONDATEGI, ZIGOITIA, ALAVA MEMORIA PROPIEDAD: JUNTA

Más detalles

MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA

MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL SECTOR SZ-RESIDENCIAL VPO DE LARRAKOETXE EN LEIOA BIZKAIA PROPIETARIO: LARRAKOBERRI S. COOP ARQUITECTOS: JOSÉ Mª SMITH SOLAÚN FERNANDO SMITH ALARCÓN DE LA LASTRA

Más detalles

Edificab. Máxima = 1,5 + (0,6 VP / 70)

Edificab. Máxima = 1,5 + (0,6 VP / 70) 2. Edificabilidad. Para las edificaciones que incluyen Vivienda Protegida se autorizan las siguientes edificabilidades máximas: - La edificabilidad máxima medida sobre parcela neta será de 2,10 m²t/m²s.

Más detalles

QUÉ ES UN PLAN PARCIAL?

QUÉ ES UN PLAN PARCIAL? PLAN PARCIAL QUÉ ES UN PLAN PARCIAL? INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO QUE DESARROLLA, MEDIANTE UNA ORDENACIÓN DE DETALLE, PORMENORIZADA, LAS DETERMINACIONES DEL PGOU EN UNA PARTE (SECTOR) DEL SUELO URBANIZABLE

Más detalles

INICIAL: Pleno de 2 de octubre de 2003 APROBACION FINAL:

INICIAL: Pleno de 2 de octubre de 2003 APROBACION FINAL: INICIAL: Pleno de 2 de octubre de 2003 APROBACION FINAL: COMISIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO: Sesión de 11 de diciembre de 2003 PUBLICACION BOP: nº 57, de 9 de marzo de 2004 ENTRADA EN VIGOR 15 días de su

Más detalles

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 25 de junio de 2009, adoptó la siguiente Resolución:

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 25 de junio de 2009, adoptó la siguiente Resolución: 28170 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2009, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba la modificación n.º 26 de las Normas Subsidiarias de Valencia de Alcántara,

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 50 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN (VP-GP) PARA JÓVENES, CON LOCALES COMERCIALES Y TRASTEROS.

ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 50 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN (VP-GP) PARA JÓVENES, CON LOCALES COMERCIALES Y TRASTEROS. ESTUDIO DE DETALLE PROYECTO: SITUACION: ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 50 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN (VP-GP) PARA JÓVENES, CON LOCALES COMERCIALES Y TRASTEROS. AVENIDA DE MADRID S/N.

Más detalles

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Caldereros nº 7 1ª A Albacete. Tf y Fax: ESTUDIO DE DETALLE

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Caldereros nº 7 1ª A Albacete. Tf y Fax: ESTUDIO DE DETALLE ÁNGEL MASCAGNI CLEMENTE ARQUITECTO ESTUDIO DE ARQUITECTURA Calle Caldereros nº 7 1ª A. 02003 - Albacete Tf y Fax: 967.244397 ESTUDIO DE DETALLE PROYECTO: ESTUDIO DE DETALLE PARA LA CONSTRUCCION DE 9 VIVIENDAS

Más detalles

TITULO I.- NORMAS GENERALES

TITULO I.- NORMAS GENERALES TITULO I.- NORMAS GENERALES CONSIDERACIONES GENERALES 1.1.1.- OBJETO Y NATURALEZA 1.1.2.- ÁMBITO 1.1.3.- VIGENCIA, REVISIÓN Y MODIFICACIÓN 1.1.4.- EFECTOS 1.1.5.- COMPETENCIA 1.1.6.- DOCUMENTACIÓN Y SU

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARA EDIFICIO EN BLOQUE ABIERTO DE 30 VIVIENDAS

ESTUDIO DE DETALLE PARA EDIFICIO EN BLOQUE ABIERTO DE 30 VIVIENDAS ESTUDIO DE DETALLE PARA EDIFICIO EN BLOQUE ABIERTO DE 30 VIVIENDAS SITA EN SECTOR 1, PARCELA B33, 02002 (ALBACETE) Promotor COMUÑAS Y ARTEMIO SL CIF: B 02009512 Rosa Ana Pérez González 47064041S roperezgon@gmailcom

Más detalles

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Concepcion nº 15 Entrpl Albacete. Tf ESTUDIO DE DETALLE

ESTUDIO DE ARQUITECTURA. Calle Concepcion nº 15 Entrpl Albacete. Tf ESTUDIO DE DETALLE ÁNGEL MASCAGNI CLEMENTE ARQUITECTO ESTUDIO DE ARQUITECTURA Calle Concepcion nº 15 Entrpl 4. 02001 - Albacete Tf 618057493 ESTUDIO DE DETALLE REFORMADO JUNIO 2018 PROYECTO: ESTUDIO DE DETALLE PARA LA CONSTRUCCION

Más detalles

CAPITULO 9º : AREAS INDUSTRIALES (CLAVE AI)

CAPITULO 9º : AREAS INDUSTRIALES (CLAVE AI) Art. 158. Delimitación y caracterización CAPITULO 9º : AREAS INDUSTRIALES (CLAVE AI) 1. En el Plano de Calificación de Suelo se delimitan los ámbitos de aplicación de las presentes condiciones de zona

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA APERTURA DE VIARIO PUBLICO EN PARCELA SITUADA EN C/ AFUERAS,

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA APERTURA DE VIARIO PUBLICO EN PARCELA SITUADA EN C/ AFUERAS, ESTUDIO DE DETALLE PARA LA APERTURA DE VIARIO PUBLICO EN PARCELA SITUADA EN C/ AFUERAS, DOCUMENTO I: MEMORIA VINCULANTE 1. PROMOTOR. Se redacta el presente estudio de detalle por encargo de Promociones

Más detalles

INICIAL: Pleno de 2 de noviembre de 2000 APROBACION FINAL: PLAN PARCIAL DEL SECTOR SAU-R1 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DE NOVELDA NORMATIVA

INICIAL: Pleno de 2 de noviembre de 2000 APROBACION FINAL: PLAN PARCIAL DEL SECTOR SAU-R1 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DE NOVELDA NORMATIVA INICIAL: Pleno de 2 de noviembre de 2000 APROBACION FINAL: COMISIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO: Sesión de 31 de octubre de 2001 PUBLICACION BOP: nº 72, de 27 de marzo de 2002 ENTRADA EN VIGOR 15 días de

Más detalles

INDICE 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO

INDICE 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO INDICE 1. MEMORIA 1.1. OBJETO Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE 1.2. AMBITO 1.3. CONDICIONES URBANÍSTICAS ACTUALES DEL ÁMBITO 1.3.1. Descripción registral 1.3.2. Estado de la urbanización 1.3.3. Condiciones

Más detalles

Manzana M-5 del Sector SUP-NO-06/202 MÉRIDA

Manzana M-5 del Sector SUP-NO-06/202 MÉRIDA ESTUDIO DE DETALLE Manzana M-5 del Sector SUP-NO-06/202 MÉRIDA Finca Registral nº 90246 Referencia Catastral : 0329201QD3102N0001JD Agosto.2016 ESTUDIO DE DETALLE Manzana M-5 del Sector SUP-NO-06/202 -

Más detalles

JAVIER RUIZ GARCIA. ARQUITECTO. JEFE DEL SERVICIO DE URBANISMO

JAVIER RUIZ GARCIA. ARQUITECTO. JEFE DEL SERVICIO DE URBANISMO ESTUDIO DE DETALLE MANZANA RONDA NORTE, AVDA HEROES DE BALER, C/ LUCAS DE BURGOS Y C/ JUAN PERATE BARROETA POLIGONO MEJOSTILLA2 JAVIER RUIZ GARCIA. ARQUITECTO. JEFE DEL SERVICIO DE URBANISMO 1 INDICE MEMORIA

Más detalles

A) REMISIÓN A LA HOMOLOGACIÓN PARCIAL MODIFICATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIA. Artículo 1.- Remisión a la Homologación de las Normas Subsidiarias

A) REMISIÓN A LA HOMOLOGACIÓN PARCIAL MODIFICATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIA. Artículo 1.- Remisión a la Homologación de las Normas Subsidiarias NORMAS URBANÍSTICAS A) REMISIÓN A LA HOMOLOGACIÓN PARCIAL MODIFICATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIA. Artículo 1.- Remisión a la Homologación de las Normas Subsidiarias El área objeto de desarrollo mediante

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 14 NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE BERLANGA DE DUERO (SORIA)

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 14 NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE BERLANGA DE DUERO (SORIA) MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 14 NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE BERLANGA DE DUERO (SORIA) MODIFICACIÓN PUNTUAL ZONA 12 RESIDENCIAL BAJA DENSIDAD BORDE SUR CASCO URBANO SITUACIÓN: CALLE BAJADA DE LA DEHESA.

Más detalles

LINEAS MAESTRAS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SESTAO EN EL ÁREA CAMINO TXIKITO

LINEAS MAESTRAS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SESTAO EN EL ÁREA CAMINO TXIKITO LINEAS MAESTRAS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SESTAO EN EL ÁREA CAMINO TXIKITO 1ª SESION DE PARTICIPACION CIUDADANA 1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 3.1. EN POLIGONO INDUSTRIAL BENAVENTE I. Proyecto: Promotor: SATURNINO INFESTAS HERNANDO

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 3.1. EN POLIGONO INDUSTRIAL BENAVENTE I. Proyecto: Promotor: SATURNINO INFESTAS HERNANDO ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 3.1. EN POLIGONO INDUSTRIAL BENAVENTE I Proyecto: 2012-40 Promotor: SATURNINO INFESTAS HERNANDO Arquitecto: ZAPATERO Y HOLGUIN ARQUITECTOS S.C.P. Fecha: Agosto de 2012 INDICE

Más detalles

Normas Urbanísticas ABADES - Normativa GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS...

Normas Urbanísticas ABADES - Normativa GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS... INDICE Normas Urbanísticas ABADES - Normativa PÁGINA INTRODUCCIÓN GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS... TÍTULO I.- NORMAS DE CARÁCTER GENERAL... 1 CAPITULO I.- DISPOSICIONES COMUNES... 1 Art. 1.1. NATURALEZA...

Más detalles

CAPÍTULO NORMA 79. Zona de utilización mixta residencial unitario bloque exento y residencial múltiple bloque adosado con variaciones.

CAPÍTULO NORMA 79. Zona de utilización mixta residencial unitario bloque exento y residencial múltiple bloque adosado con variaciones. ª.- RESIDENCIAL UNITARIO BLOQUE EXENTO (RUBE) - RESIDENCIAL MÚLTIPLE ADOSADO (RMBA) SUELO URBANIZABLE CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA Zona de utilización mixta residencial unitario bloque exento y residencial

Más detalles

Artículo Manzana Cerrada (MC)

Artículo Manzana Cerrada (MC) Artículo 186.- Manzana Cerrada (MC) Constituyen el Ensanche y por tanto están sujetos a la Ordenanza MC, los crecimientos tradicionales y modernos en los que las intervenciones edificatorias en época reciente

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE. Arquitecto: Raúl Monte Hidalgo. Promotor: Raúl Llamas Sandin

ESTUDIO DE DETALLE. Arquitecto: Raúl Monte Hidalgo. Promotor: Raúl Llamas Sandin ESTUDIO DE DETALLE De la Unidad Urbana Equivalente Completa de las parcelas con Ordenanza de Residencial Unifamiliar (RU). Comprendida por las calles Jacinto Guerrero, Joaquín Rodrigo, Manuel de Falla,

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL REFUNDIDO DE PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 (antiguo SECTOR 16) SALBURUA-2 (VITORIA-GASTEIZ)

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL REFUNDIDO DE PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 (antiguo SECTOR 16) SALBURUA-2 (VITORIA-GASTEIZ) MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL REFUNDIDO DE PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 (antiguo SECTOR 16) SALBURUA-2 (VITORIA-GASTEIZ) I.- ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN En Enero de 2.001 se redactó el REFUNDIDO

Más detalles

U R B A N I S M E. Pl. Major, Almàssera. Tel Fax

U R B A N I S M E. Pl. Major, Almàssera. Tel Fax 1 MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ALMASSERA Nº 18. USO COMERCIAL EN SUELO URBANO. MODIFICACION PUNTUAL PLAN PARCIAL INDUSTRIAL. SECTOR II. USO COMERCIAL 2 Vista la providencia

Más detalles

Asunto: Estudio de detalle parcelas Calle Mayor 19 y Calle Fuertes 2

Asunto: Estudio de detalle parcelas Calle Mayor 19 y Calle Fuertes 2 Estudio de detalle parcelas Calle Mayor 19 y Calle Fuertes 2 Asunto: Estudio de detalle parcelas Calle Mayor 19 y Calle Fuertes 2 Situación: Promotor: Arquitecto: La Puebla de Alfindén Ayuntamiento Jorge

Más detalles

CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA

CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA artículo 257. Ambito y tipología. 1. Se entiende por área de edificación ABIERTA aquella que comprende los terrenos destinados por las Normas Subsidiarias para la

Más detalles

PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA S.U.P.-7 LA PEREGRINA Bormujos (Sevilla) ORDENANZAS REGULADORAS - ÍNDICE -

PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA S.U.P.-7 LA PEREGRINA Bormujos (Sevilla) ORDENANZAS REGULADORAS - ÍNDICE - PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA S.U.P.-7 LA PEREGRINA Bormujos (Sevilla) ORDENANZAS REGULADORAS - ÍNDICE - Página TÍTULO PRELIMINAR. ÁMBITO, VIGENCIA Y CONTENIDO DEL PLAN PARCIAL... 2 TÍTULO PRIMERO.

Más detalles

PROMOTOR: PROMOTORA MARTINEZ CANTADOR, S.L.

PROMOTOR: PROMOTORA MARTINEZ CANTADOR, S.L. E:10-02252-200 P:1 de 19 D: 10-0006673-001-08414 Estudio de Detalle PROYECTO: ESTUDIO DE DETALLE DE MANZANA M-19, PLAN DE REFORMA INTERIOR DE MEJORA SECTOR "LOS MOLINOS" SITUACIÓN: CALLE SANTISIMO CRISTO

Más detalles

DOCUMENTO DE SUBDIVISION DE LA UNIDAD DE EJECUCION MOT 3 DEL P.G.O.U. DE MOTRIL GRANADA EN MOT 3.1 Y MOT 3.2 JAVIER MIRON ORTEGA ARQUITECTO

DOCUMENTO DE SUBDIVISION DE LA UNIDAD DE EJECUCION MOT 3 DEL P.G.O.U. DE MOTRIL GRANADA EN MOT 3.1 Y MOT 3.2 JAVIER MIRON ORTEGA ARQUITECTO DOCUMENTO DE SUBDIVISION DE LA UNIDAD DE EJECUCION MOT 3 DEL P.G.O.U. DE MOTRIL GRANADA EN MOT 3.1 Y MOT 3.2 JAVIER MIRON ORTEGA ARQUITECTO JAVIER MIRON ORTEGA ARQUITECTO 1 INDICE 1. ANTECEDENTES 2. PROMOTOR

Más detalles

AVILES. Estudio de Detalle - MODIFICADO: UNIDAD DE ACTUACIÓN APE C-8 DE. Situación: CALLE DE LA MAGDALENA ESQUINA CALLEJA DE LOS MOLINOS.

AVILES. Estudio de Detalle - MODIFICADO: UNIDAD DE ACTUACIÓN APE C-8 DE. Situación: CALLE DE LA MAGDALENA ESQUINA CALLEJA DE LOS MOLINOS. Estudio de Detalle - MODIFICADO: UNIDAD DE ACTUACIÓN APE C-8 DE AVILES Situación: CALLE DE LA MAGDALENA ESQUINA CALLEJA DE LOS MOLINOS. Municipio: AVILES Propietario: D. CANDIDO VALDES FERNANDEZ OCTUBRE

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DE LA U.E. 1 SAN MARCOS DEL PGOU DE TORRES (JAEN)

ESTUDIO DE DETALLE DE LA U.E. 1 SAN MARCOS DEL PGOU DE TORRES (JAEN) ESTUDIO DE DETALLE DE LA U.E. 1 SAN MARCOS DEL PGOU DE TORRES (JAEN) PROMOTOR: ASOCIACION ADMINISTRATIVA DE COOPERACION DE LA UE1 ARQUITECTOS: FERNANDO MARTINEZ HERMOSO JUAN ANTONIO MARTINEZ HERMOSO Página

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 1.1. DEL UZI 3 EL MONTE PARA CONJUNTO RESIDENCIAL DE 18 VIVIENDAS UNIFAMILIARES VILLAVICIOSA DE ODÓN MADRID

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 1.1. DEL UZI 3 EL MONTE PARA CONJUNTO RESIDENCIAL DE 18 VIVIENDAS UNIFAMILIARES VILLAVICIOSA DE ODÓN MADRID ESTUDIO DE DETALLE PARCELA 1.1. DEL UZI 3 EL MONTE PARA CONJUNTO RESIDENCIAL DE 18 VIVIENDAS UNIFAMILIARES VILLAVICIOSA DE ODÓN MADRID SANCO ARPA S.L. C/ Jacques Cousteau, 2 28670 Villaviciosa de Odón,

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU referente a los usos existentes de las dotaciones de carácter local del Teatro Moderno y Casa de la Cultura

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU referente a los usos existentes de las dotaciones de carácter local del Teatro Moderno y Casa de la Cultura MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU referente a los usos existentes de las dotaciones de carácter local del Teatro Moderno y Casa de la Cultura DOCUMENTO para aprobación plenaria AYUNTAMIENTO DE ALGINET FEBRERO

Más detalles

RESUMEN INFORMATIVO PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA CURSO 2012/2013

RESUMEN INFORMATIVO PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA CURSO 2012/2013 RESUMEN INFORMATIVO PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA CURSO 2012/2013 FAMILIA PROFESIONAL: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL CICLO : PROYECTOS DE OBRA CIVIL. MÓDULO: URBANISMO Y OBRA CIVIL CURSO PRIMERO. OBJETIVOS: Definir

Más detalles

CORRECCIÓN DE ERRORES DEL DOCUMENTO APROBADO DEFINITIVAMENTE DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALSEQUILLO.

CORRECCIÓN DE ERRORES DEL DOCUMENTO APROBADO DEFINITIVAMENTE DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALSEQUILLO. CORRECCIÓN DE ERRORES DEL DOCUMENTO APROBADO DEFINITIVAMENTE DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALSEQUILLO. JULIO DE 2006 Equipo redactor: Oficina Técnica del Ayuntamiento de Valsequillo. CORRECCIÓN DE

Más detalles

IV. Administración Local

IV. Administración Local núm. 121 de 27-v-2010 1/4 IV. Administración Local Ayuntamientos De Oviedo Edicto relativo a la aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector Vaqueros-La Estrecha. Expte. 1191-080004. El Ayuntamiento

Más detalles

RESUMEN EJECUTIVO DE L A MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DEL PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN ENSANCHE SUR, HUELVA.

RESUMEN EJECUTIVO DE L A MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DEL PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN ENSANCHE SUR, HUELVA. RESUMEN DE LOS OBJETIVOS, FINALIDADES Y DETERMINACIONES DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DEL PLAN PARCIAL (RESUMEN EJECUTIVO) Área General de Desarrollo Urbano, Fomento y Obra Pública. RESUMEN EJECUTIVO

Más detalles

índice I.- MEMORIA II.- PLANOS

índice I.- MEMORIA II.- PLANOS índice I.- MEMORIA 1. ANTECEDENTES 2. EMPLAZAMIENTO. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3. ESTADO ACTUAL DE LA PARCELA 4. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE 5. INFORMACIÓN URBANÍSTICA 6. ORDENACIÓN PROPUESTA Y JUSTIFICACIÓN

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA DE LA PARCELA SITA EN EL PASEO DEL POCILLO 17, 6A REAL SITIO DE SAN ILDEFONSO,

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA DE LA PARCELA SITA EN EL PASEO DEL POCILLO 17, 6A REAL SITIO DE SAN ILDEFONSO, ESTUDIO DE DETALLE PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA DE LA PARCELA SITA EN EL PASEO DEL POCILLO 17, 6A REAL SITIO DE SAN ILDEFONSO, SEGOVIA. JULIO 2.014 ARQUITECTO: JUAN AGUIRRE VILA-CORO

Más detalles

BORRADOR DE MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 19 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GUARDAMAR DEL SEGURA RELATIVA A

BORRADOR DE MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 19 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GUARDAMAR DEL SEGURA RELATIVA A BORRADOR DE MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 19 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GUARDAMAR DEL SEGURA RELATIVA A ELIMINACIÓN DE LOS CHAFLANES PREVISTOS EN EL PGOU EN LA CALLE CASTILLO Nº 18 Y Nº 20, ESQUINA

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE MANZANA CATASTRAL UE.ALB-2 CIUDAD REAL

ESTUDIO DE DETALLE MANZANA CATASTRAL UE.ALB-2 CIUDAD REAL Estudio de Detalle Manzana Catastral Nº 82.415 UE.ALB-2 Ciudad Real Página 1 de 12 ESTUDIO DE DETALLE MANZANA CATASTRAL 82.415 UE.ALB-2 CIUDAD REAL T Í T U L O REAJUSTE DE LOS RETRANQUEOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS

Más detalles

NORMAS URBANISTICAS DEL P.P. SECTORES A Y B

NORMAS URBANISTICAS DEL P.P. SECTORES A Y B FECHA APROBACIÓN: Ayuntamiento Pleno de fecha 14.02.00 y 29.02.00. PUBLICACIÓN: B.O.P. nº 93 de fecha 20.04.00. NORMAS URBANISTICAS DEL P.P. SECTORES A Y B ORDENANZAS CAPÍTULO I.- GENERALIDADES 1.1 ÁMBITO

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 6 DEL P.G.O.U. DE SAN BARTOLOME DE LA TORRE. Ayuntamiento San Bartolomé de la Torre

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 6 DEL P.G.O.U. DE SAN BARTOLOME DE LA TORRE. Ayuntamiento San Bartolomé de la Torre Ayuntamiento San Bartolomé de la Torre MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 6 DEL P.G.O.U. DE SAN BARTOLOME DE LA TORRE PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE REDACTOR: NOVIEMBRE_2013 Arquitecto Municipal:

Más detalles

ÍNDICE II.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA FORMULACIÓN DE LA INNOVACIÓN.

ÍNDICE II.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA FORMULACIÓN DE LA INNOVACIÓN. Página 1 de 12 ÍNDICE I. MEMORIA DE INFORMACION I.1. ANTECEDENTES I.2. OBJETO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL I.3. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN APLICABLE I.4. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO APLICABLE II. MEMORIA JUSTIFICATIVA

Más detalles

/01925/15 C76D2BB8886A170C256927E4DB2A2F5277AA0809 MEMORIA

/01925/15 C76D2BB8886A170C256927E4DB2A2F5277AA0809 MEMORIA MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA. AGENTES. PROMOTOR. El encargo ha sido realizado por D. Francisco Fiol Serra con N.I.F. 37.337.316-J y domicilio en C/ Rector Villalonga nº 6 municipio de Muro. ARQUITECTO.

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO LA NUCÍA 18467 APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIONES ARTÍCULOS 19, 20 Y 53 PLAN GENERAL DE LA NUCÍA Edicto por el que se hace pública la Aprobación definitiva de las

Más detalles

1. INTRODUCCIÓN 2. JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y LEGISLACIÓN VIGENTE

1. INTRODUCCIÓN 2. JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y LEGISLACIÓN VIGENTE MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº1 DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DEL PLAN GENERAL DE SANT JOAN PARA AMPLIAR USOS Y REGULARIZAR ALTURAS EN LAS PARCELAS DE EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS 1. INTRODUCCIÓN El planeamiento

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE ACTUACION URBANA ORDENACION PORMENORIZADA PARCELA 251, POLIGONO 9, BERA (NAFARROA) PARA PROMOCIONES URBANISTICAS BIDASOA, S.L.

PLAN ESPECIAL DE ACTUACION URBANA ORDENACION PORMENORIZADA PARCELA 251, POLIGONO 9, BERA (NAFARROA) PARA PROMOCIONES URBANISTICAS BIDASOA, S.L. PLAN ESPECIAL DE ACTUACION URBANA ORDENACION PORMENORIZADA PARCELA 251, POLIGONO 9, BERA (NAFARROA) PARA PROMOCIONES URBANISTICAS BIDASOA, S.L. INDICE: 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA: Promotor

Más detalles

FICHA URBANÍSTICA. Situación CL DIVISION N2-16 del 12 al 16 HUESCA (HUESCA)(0 m)

FICHA URBANÍSTICA. Situación CL DIVISION N2-16 del 12 al 16 HUESCA (HUESCA)(0 m) Situación CL DIVISION 52 12 N2-16 del 12 al 16 HUESCA (HUESCA)(0 m) Ámbito AMB - 001_PGOU TR Clasificación 22125001CLA01001 - Suelo Urbano Clases de suelo Suelo Urbano Zonas 22125001ZON00001 - Parcela

Más detalles

ESTUDIO de DETALLE. manzana M-21 del sector U.Z.I Vistahermosa _ CÁCERES. documento de tramitación. febrero 2017

ESTUDIO de DETALLE. manzana M-21 del sector U.Z.I Vistahermosa _ CÁCERES. documento de tramitación. febrero 2017 ESTUDIO de DETALLE manzana M-21 del sector U.Z.I. 32-01 Vistahermosa _ CÁCERES documento de tramitación 637533885 85_927228034 índice GENERALIDADES 2. OBJETO 2. 2. OPORTUNIDAD y CONVENIENCIA de su FORMULACIÓN

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE CRESPOS-PASCUALGRANDE-CHAHERRERO, AVILA

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE CRESPOS-PASCUALGRANDE-CHAHERRERO, AVILA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE CRESPOS-PASCUALGRANDE-CHAHERRERO, AVILA PROMOTOR: ARQUITECTO: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CRESPOS ISAIAS MARTIN MARTIN 1 INDICE 1. MEMORIA

Más detalles

ANUNCIO. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela B del API San Antonio 06

ANUNCIO. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela B del API San Antonio 06 Número 99 /Martes 26 de Mayo de 2015 Página 33 ANUNCIO. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela B del API 31.01 San Antonio 06 El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de esta capital, en sesión

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE ARI-F-16-PIZARRO C/ PIZARRO Nº 10

ESTUDIO DE DETALLE ARI-F-16-PIZARRO C/ PIZARRO Nº 10 ESTUDIO DE DETALLE ARI-F-16-PIZARRO C/ PIZARRO Nº 10 JEREZ DE LA FRONTERA (CÁDIZ) EXPTE: 11010 FECHA: Diciembre 2011 PROMOTOR: ATALAYA DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.L. 1. OBJETO DEL DOCUMENTO 3 2. PROMOTOR

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA RC-11, SECTOR 6 ZABALGANA (VITORIA-GASTEIZ)

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA RC-11, SECTOR 6 ZABALGANA (VITORIA-GASTEIZ) ESTUDIO DE DETALLE PARCELA RC-11, SECTOR 6 ZABALGANA (VITORIA-GASTEIZ) PROMOTOR: Foment lnmobiliari Assequible (OBRA SOCIAL "LA CAIXA") ROBERTO ERCILLA ASOCIADOS S.L.P. RELACION DE DOCUMENTOS 1 MEMORIA

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ URBANISMO Planeamiento y Ejecución de la Ordenación Urbanística Aprobación definitiva de la sexta modificación

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA PROMOTOR: AZA VALENCIA INMUEBLES S.L.P. 1 MEMORIA 1. OBJETO Es objeto de este documento modificar puntualmente el Plan General de Ordenación Urbana

Más detalles

MODIFICACION PUNTUAL Nº. 2 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 25, PERTENECIENTE AL P.G.O.U. DE TORREVIEJA.

MODIFICACION PUNTUAL Nº. 2 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 25, PERTENECIENTE AL P.G.O.U. DE TORREVIEJA. MODIFICACION PUNTUAL Nº. 2 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 25, PERTENECIENTE AL P.G.O.U. DE TORREVIEJA. DICIEMBRE 2.015 1 AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA Sección: SERVICIOS TECNICOS Servicio: URBANISMO MODIFICACION

Más detalles

MODIFICACIÓN AISLADA Nº14 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CANFRANC, RELATIVA AL ENTORNO DE LA ESTACIÓN INTERNACIONAL

MODIFICACIÓN AISLADA Nº14 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CANFRANC, RELATIVA AL ENTORNO DE LA ESTACIÓN INTERNACIONAL MODIFICACIÓN AISLADA Nº14 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CANFRANC, RELATIVA AL ENTORNO DE LA ESTACIÓN INTERNACIONAL ANEXO DE CORRECCIÓN DE ERRORES (mayo 2017) 22078MPGOU_CANFRANC Anexo de corrección

Más detalles

Se aplica esta ordenanza al conjunto de las zonas delimitadas con esta calificación en los planos de ordenación.

Se aplica esta ordenanza al conjunto de las zonas delimitadas con esta calificación en los planos de ordenación. 4.3. NORMAS PARTICULARES DE LA EDIFICACIÓN 4.3.1. Ordenanza 1. Edificación intensiva Se aplica esta ordenanza al conjunto de las zonas delimitadas con esta calificación en los planos de ordenación. Comprende

Más detalles

REGLAMENTO DEURBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN Texto modificado por el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León

REGLAMENTO DEURBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN Texto modificado por el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León Conceptos legales del REGLAMENTO DEURBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN Texto modificado por el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León el 9 de julio de 2009 (BOCyL de 17 de

Más detalles