MUY TARDE, MUY POCO MUJERES DESPROTEGIDAS ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ARGENTINA PRIORIDADES DE ACCIÓN PARA EL ESTADO ARGENTINO

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1 MUY TARDE, MUY POCO MUJERES DESPROTEGIDAS ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ARGENTINA PRIORIDADES DE ACCIÓN PARA EL ESTADO ARGENTINO

2 Amnistía Internacional es un movimiento global integrado por 2,2 millones de personas de más de 150 países y territorios que trabajan para poner fin a abusos graves de los derechos humanos. La visión de Amnistía Internacional es la de un mundo en el que todas las personas disfrutan de todos los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otras normas internacionales de derechos humanos. Amnistía Internacional es independiente de todo gobierno, ideología política, interés económico y credo religioso. La financiación del movimiento se sustenta, en gran medida, en la generosidad de aquellas personas que contribuyen en todo el mundo con sus cuotas de afiliación o sus donaciones. Amnistía Internacional Argentina Uruguay 775 4º B Buenos Aires Tel.: (+54 11) contacto@amnesty.org.ar Edición española a cargo de: EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI) Valderribas, Madrid. España Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Reservados todos los derechos. Esta publicación tiene derechos de autor, si bien puede ser reproducida por cualquier medio, sin pago de tasas, con fines educativos o para llevar a cabo acciones de protección y promoción de los derechos humanos, pero no para la venta. Los titulares de los derechos de autor solicitan que se les comuniquen los usos mencionados con el fin de evaluar sus efectos. Para la reproducción de este texto en cualquier otra circunstancia, su uso en otras publicaciones o su traducción o adaptación, deberá obtenerse el permiso previo por escrito de la editorial, y podrá exigirse el pago de una tasa. Fotografía de la portada: Mujeres activistas en el XXI Encuentro Nacional de Mujeres. Mar del Plata, octubre de Gisela Volá

3 ÍNDICE Introducción 5 1. Las obligaciones del Estado argentino 7 2. Incumplimiento 10 Falta de igualdad 10 Falta de información 12 Falta de protección 15 Falta de progresos El coste de la violencia contra las mujeres Recomendaciones para una acción prioritaria del Estado argentino 21 Utilizar el sistema educativo para cuestionar los prejuicios 22 Crear una base de datos nacional unificada sobre violencia contra las mujeres 26 Convocar una mesa redonda nacional sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres 30 Proporcionar un liderazgo público para poner fin a la violencia contra las mujeres 32 Conclusión 35 Referencias 37 Notas 42

4 4 MUY TARDE, MUY POCO Gisela Volá Activista marchando el 8 de marzo, en el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, por las calles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

5 MUY TARDE, MUY POCO 5 INTRODUCCIÓN El predominio constante de la violencia contra la mujer es una demostración de que los Estados todavía no han encarado el problema del compromiso político, la visibilidad y los recursos necesarios. Secretario general de la ONU, En 1985, Argentina, al ratificar su gobierno la Convención de la ONU sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, se comprometió a garantizar que las mujeres que vivieran en el país podrían disfrutar de sus derechos humanos sin discriminación ni violencia basadas en el género. Sin embargo, más de 20 años después, y aunque no existen datos detallados de todo el país, todos los indicios disponibles, y también la propia investigación llevada a cabo por Amnistía Internacional, señalan que la violencia contra las mujeres sigue siendo una práctica generalizada en el hogar y en la comunidad. La violencia contra las mujeres es una vergüenza para los derechos humanos. Mientras continúe, será imposible hacer realidad la promesa de los derechos humanos para todas las personas. Amnistía Internacional lleva trabajando sobre la violencia contra las mujeres desde el año 2004, y en marzo de 2007 lanzó una campaña en Argentina para pedir al gobierno del país que actuara urgentemente para abordar la violencia que sufren las mujeres, 2 y en particular la doméstica, 3 con medidas como la aplicación de un programa de acción de 14 puntos. 4 La finalidad del programa es llevar mejoras tangibles a la vida de las mujeres víctimas de violencia de género 5 haciendo frente públicamente a dicha violencia, impidiendo que se repita y tomando medidas para erradicarla por completo. En la actualidad, el gobierno argentino está fallando a las mujeres que sufren violencia, cuyos derechos están siendo violados tanto por los actos de violencia como por la inacción a la hora de prevenirla, de abordar las desigualdades y de proporcionar a las víctimas ayuda adecuada y acceso a la reparación. Esta inacción tiene lugar pese a la obligación legal del Estado argentino de proteger a las mujeres frente a la violencia y ayudar a las supervivientes, una obligación que se deriva de los numerosos acuerdos internacionales, regionales y nacionales que ha establecido. En 2008, el elevado índice de Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

6 6 MUY TARDE, MUY POCO violencia contra las mujeres siguió afectando no sólo a la vida de muchas ciudadanas y ciudadanos argentinos, sino también al actual historial de derechos humanos del país, e incluso a la economía nacional. Las recomendaciones de este informe se basan en una investigación llevada a cabo por Amnistía Internacional durante los años Esta investigación incluyó entrevistas a víctimas de violencia contra las mujeres, organizaciones de la sociedad civil argentina, oficinas gubernamentales, así como una revisión de experiencias positivas en otros países. Este informe examina con detalle cuatro de los puntos incluidos en el programa de Amnistía Internacional para la prevención de la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar. Según afirma el informe, si se quiere lograr una reducción inmediata de la violencia contra las mujeres y sentar los cimientos para un plan a largo plazo que erradique dicha violencia, estos puntos deben ser prioridades de acción para el gobierno nacional. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

7 MUY TARDE, MUY POCO 7 1. LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO ARGENTINO En 1996, Argentina ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (conocida también como Convención de Belém do Pará), que reconocía que la violencia no sólo viola el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, sino que además les impide ejercer plenamente sus derechos civiles, políticos, sociales o económicos. 6 Las obligaciones del Estado respecto a estos derechos están claramente establecidas en la reforma de la Constitución de Argentina de 1994, 7 en la que se otorgó categoría constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos y se les asignó la posición más alta en la jerarquía jurídica del país. Respecto a la violencia contra las mujeres, las obligaciones contenidas en la arquitectura jurídica de las normas internacionales de derechos humanos por las que Argentina está vinculada no se limitan a legislar contra dicha violencia y penalizarla. Se extienden a la responsabilidad de ejercer la «diligencia debida» para actuar de manera adecuada y efectiva para prevenir la violencia contra las mujeres, investigarla y castigarla cuando se produzca. Cuando el Estado incumple este deber, puede ser responsabilizado de las violaciones sufridas por las mujeres. 8 El Estado, por lo tanto, está obligado a tomar medidas positivas para prevenir, prohibir y castigar la violencia contra las mujeres, independientemente de dónde se produzca y de la identidad de su autor, lo que significa que incluye la violencia que tiene lugar dentro del ámbito familiar. 9 Las prioridades que Amnistía Internacional asigna para una acción urgente de ámbito nacional son conformes con las obligaciones contraídas por el Estado en virtud de los compromisos internacionales y regionales que ha adquirido respecto a prevenir, castigar y erradicar la violencia contra la mujer. Estos compromisos incluyen medidas específicas para contrarrestar la discriminación de género en su conjunto, especialmente mediante el proceso educativo, para investigar y recopilar datos sobre la violencia y para promover el conocimiento y el respeto del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia. 10 Aunque gran parte de la acción que se necesita para eliminar la violencia contra las mujeres Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

8 8 MUY TARDE, MUY POCO UN Photo-Paulo Filgueiras El secretario general de las Naciones Unidas presenta el informe bienal de UNIFEM, Nueva York, septiembre de debe realizarse en el ámbito provincial, esto no disminuye la responsabilidad del gobierno nacional como Estado Parte en tratados internacionales y regionales y como responsable de velar por los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, consagrados en la Constitución. Sin embargo, pese a la clara obligación legal de los Estados de eliminar la violencia contra las mujeres, las estadísticas recopiladas por Amnistía Internacional muestran que, en Argentina, en los primeros diez meses de 2008, se produjo la muerte de al menos 110 mujeres a manos de un miembro de su propia familia o de una pareja o ex pareja. 11 Según cifras del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la línea telefónica de ayuda para la violencia familiar recibió, tan sólo en la capital, llamadas en los primeros seis meses de Esta escalofriante cifra indica la inacción del gobierno para proteger a las mujeres frente a abusos fundamentales de sus derechos humanos. La inacción respecto a la violencia contra las mujeres viola el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia tanto en la esfera pública como en la privada, y también el derecho a ejercer libremente sus derechos económicos, sociales, civiles y políticos en plena igualdad con los hombres. Además, mina la posición internacional de Argentina como Estado en el que los derechos humanos se respetan y se hacen realidad. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

9 MUY TARDE, MUY POCO 9 LAS OBLIGACIONES LEGALES Y POLÍTICAS DEL ESTADO ARGENTINO RESPECTO A LAS MUJERES QUE VIVEN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Afirma que todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y derechos. Reconoce (entre otras cosas) el derecho de todos los seres humanos a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, sin distinción de ningún tipo CONVENCIÓN DE LA ONU SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER Firmada y ratificada por Argentina en 1980 y 1985, respectivamente. Define la discriminación contra las mujeres y obliga a todos los Estados Partes a actuar para ponerle fin en las instituciones públicas y en la ley, a manos tanto de particulares como de organizaciones o empresas DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Afirma que la violencia contra las mujeres es una violación de los derechos humanos de las mujeres y la reconoce como una manifestación de la desigualdad de poder entre hombres y mujeres. Establece que los Estados deben condenar la violencia contra las mujeres y no invocar costumbres, tradiciones o consideraciones religiosas para evitar sus obligaciones respecto a su eliminación. Establece asimismo que los Estados deben poner en práctica, por todos los medios adecuados y sin demora, una política de eliminación de la violencia contra las mujeres CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER (CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ) Firmada y ratificada por Argentina en 1994 y 1996, respectivamente. Afirma que la violencia contra las mujeres es una violación de los derechos humanos de las mujeres. En virtud de este tratado, los Estados Partes se comprometen a condenar todas las formas de violencia contra las mujeres y a poner en práctica, por todos los medios adecuados y sin demora, políticas para prevenir, castigar y erradicar dicha violencia PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN DE LA ONU SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER Firmado y ratificado por Argentina en 2000 y 2007, respectivamente. Establece un procedimiento internacional de presentación de quejas que permite a personas, grupos u ONG presentar ante la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer quejas respecto a violaciones de los derechos humanos de las mujeres perpetradas por los Estados. También establece que los Estados deben dar a conocer este procedimiento, promoviendo así el conocimiento y la comprensión de las normas de derechos humanos relativas a la discriminación contra las mujeres. Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

10 10 MUY TARDE, MUY POCO 2. INCUMPLIMIENTO FALTA DE IGUALDAD La generalización y el alcance de la violencia contra la mujer ponen de manifiesto el grado y la persistencia de la discriminación con que siguen tropezando las mujeres. Por consiguiente, sólo se puede eliminar tratando de eliminar la discriminación, promoviendo la igualdad y el empoderamiento de la mujer y velando por el pleno ejercicio de los derechos humanos de la mujer. Secretario general de la ONU, La Convención de Belém do Pará define la violencia contra las mujeres como una forma de violencia de género, una manifestación de la desigual relación de poder entre hombres y mujeres que sigue existiendo tanto en las instituciones estatales como en las empresas privadas y en el hogar. Por este motivo, los índices constantemente elevados de muertes, lesiones y agresiones 15 que sufren las mujeres en Argentina pueden considerarse un indicador de la inacción a la hora de abordar las desigualdades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida. La violencia es también uno de los mecanismos principales que mantienen el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres, creando un ciclo de desigualdad y violencia. La omnipresente discriminación de género sirve de puntal a los niveles persistentemente altos de violencia contra las mujeres en Argentina. Esta discriminación se perpetúa en muchas esferas, ayudada, por ejemplo, por la representación estereotipada de la mujer en algunos medios de comunicación, que se refleja en la manera en que la violencia contra las mujeres es tratada en ellos. Para abordar las causas fundamentales de la violencia contra las mujeres, el gobierno debe progresar más rápidamente en la lucha contra la discriminación institucionalizada y la cultura de la desigualdad en todos los aspectos de la vida, tanto pública como privada. Puesto que la infancia y la adolescencia son etapas de formación para el desarrollo social de las personas, la educación desempeña un papel fundamental en la socialización de Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

11 MUY TARDE, MUY POCO 11 Martín F. Gómez Alzaga Escuela en finca Pampa Grande, Guachipas, provincia de Salta. niños y niñas, con la consiguiente adquisición de identidades y roles de género. Sin embargo, las instituciones de enseñanza a menudo pueden reflejar y reproducir las desiguales relaciones de género presentes en la sociedad en general, enseñando, reforzando y aprobando estereotipos sobre el dominio del varón y el comportamiento violento masculino. Además de reproducir relaciones desiguales de género, las instituciones educativas pueden también ser lugares donde niñas y adolescentes corren peligro de ser víctimas de actos de violencia. El informe publicado en 2008 por Amnistía Internacional, Escuelas seguras, el derecho de cada niña, muestra que las mismas formas de violencia que las mujeres sufren durante toda su vida violencia física, sexual y psicológica están presentes en la vida de muchas niñas en la escuela y en su entorno escolar. Aunque alumnos y alumnas se ven afectados por la violencia en las escuelas, la desigualdad entre hombres y mujeres da lugar a que las niñas y adolescentes experimenten más violencia de género que los varones. Además, al no abordarse la violencia y la discriminación de género en las escuelas y otras instituciones educativas, se consolida en la sociedad la desigualdad de género, con el resultado de que la violencia que las niñas sufren en la escuela sigue afectándolas durante el resto de su vida. Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

12 12 MUY TARDE, MUY POCO La juventud aprende a conformarse socialmente a los estereotipos discriminatorios de género que apuntalan la violencia contra las mujeres, y lo hace mediante comportamientos adquiridos y formas de control tanto explícitas como implícitas, así como mediante el programa académico. La discriminación de género se perpetúa mediante el comportamiento de los alumnos y alumnas entre sí, el comportamiento de los maestros y maestras hacia el alumnado, el trato que se dan los docentes entre sí y el trato de los alumnos y alumnas hacia los docentes, que a menudo incluye un componente violento. Éstos son algunos ejemplos de esa discriminación: la actitud de los docentes que no hacen frente al acoso sexual contra las niñas y adolescentes; alumnas que son golpeadas y empujadas en escuelas, y atormentadas, insultadas o atemorizadas por el acoso sexual de sus compañeros; el uso por parte de docentes y alumnado de un lenguaje sexualmente explícito e insultante que degrada especialmente a las niñas y adolescentes; las propuestas sexuales de maestros y alumnos varones a las alumnas a cambio de favores, dinero o mejores calificaciones; el hecho de que se prefiera a maestros y alumnos varones para puestos de liderazgo; el que los alumnos controlen el lenguaje y el espacio físico del aula impidiendo hablar a las alumnas; o el acoso contra las maestras por parte de los alumnos de mayor edad. Incluso cuando los mensajes académicos promueven la igualdad de género, la realidad de una cultura escolar discriminatoria y violenta puede socavar estos mensajes. Existe una urgente necesidad de abordar la violencia en las escuelas como tales, pero también de terminar con la discriminación de género en el sistema educativo. En la actualidad, en Argentina hay disposiciones legales que establecen la educación sexual obligatoria desde preescolar hasta la escuela secundaria, y en los cursos de formación para docentes en la educación superior. 16 El gobierno argentino también ha manifestado recientemente su compromiso de revisar y examinar los libros de texto escolares para eliminar el contenido discriminatorio, incluido el relativo al género, y se ha comprometido a poner en marcha un programa nacional de formación para docentes de todos los niveles destinado a hacer frente a las actitudes discriminatorias. 17 Sin embargo, habida cuenta de la importancia formativa del entorno educativo y de las oportunidades que presenta para hacer frente a la desigualdad, el gobierno debe actuar para poner en práctica reformas más generales del sistema educativo basadas en acciones concretas para abordar ciertos comportamientos, y debe acelerar la aplicación de las medidas que ya se ha comprometido a adoptar. FALTA DE INFORMACIÓN Asegurar que se recopilen datos suficientes es parte de la obligación de cada Estado de abordar la cuestión de la violencia contra la mujer, pero la falta de datos no exime a los Estados de su responsabilidad de prevenir y eliminar la violencia contra la mujer. Secretario general de la ONU, Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

13 MUY TARDE, MUY POCO 13 Las estadísticas recopiladas por Amnistía Internacional de fuentes informativas a disposición pública muestran que, en Argentina, en los primeros diez meses de 2008, se produjo la muerte de al menos 110 mujeres a manos de un miembro de su propia familia o de una pareja o ex pareja. 19 Además, estas cifras sólo reflejan las muertes de las que se ha informado en parte de la prensa escrita y los medios de comunicación online. 20 Basándonos en esta información y en los datos disponibles recopilados por los servicios gubernamentales, 21 es probable que la cifra de mujeres que sufren violencia en el hogar y en la comunidad sea mucho más elevada. No obstante, la realidad es que no existen datos exhaustivos sobre la magnitud y las características de la violencia contra las mujeres en Argentina. Para prevenir la violencia contra las mujeres y hacerle frente es crucial contar con datos fiables sobre ella. Por este motivo, la investigación y recopilación de datos sobre este tipo de violencia entra dentro de la obligación del Estado de actuar con la diligencia debida para prevenir la violencia contra las mujeres, y aparece indicada específicamente como obligación del Estado tanto en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer como en las recomendaciones del Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. 22 Si no se conoce y registra cuándo, cómo y por qué se produce la violencia contra las mujeres, es imposible formular una respuesta efectiva basada en una evaluación del grado de difusión, las formas y la gravedad de dicha violencia. De igual modo, sin unos datos de base o una vigilancia constante de la eficacia de las medidas adoptadas para abordar la violencia contra las mujeres, no es posible comprender el impacto, si es que lo hay, de esas medidas. Esto puede conducir a una duplicación o un mal encauzamiento de los recursos, y puede contribuir a la creencia de que la violencia contra las mujeres es inevitable. Además, sin unos datos de base no existe un punto de partida desde el que medir las mejoras en la eficacia de los servicios de atención a las víctimas o evaluar la respuesta a ellos. Las consecuencias que una recopilación y gestión inadecuadas de los datos tienen para las mujeres que corren el peligro de sufrir o sufren violencia son graves. La ausencia de una recopilación sistemática de los datos pone a la víctima en un peligro aún mayor al no recogerse pruebas que podrían utilizarse para condenar a sus maltratadores; además, dificulta la localización y protección de las supervivientes y proporciona servicios insuficientes e inapropiados para la violencia que están sufriendo. Por ello, los datos desempeñan un papel fundamental para poner fin a la impunidad por la violencia contra las mujeres, aumentar la confianza de las supervivientes en los servicios y los agentes del Estado, y aumentar la probabilidad de que se denuncien los casos de violencia. La recopilación de datos sobre la violencia contra las mujeres es una tarea difícil. En todo el mundo es habitual que este tipo de violencia no se denuncie y que no quede constancia de ella. 23 Las mujeres que sufren una de las formas más extendidas de este tipo de violencia la violencia en el ámbito familiar se enfrentan a numerosos obstáculos Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

14 14 MUY TARDE, MUY POCO a la hora de denunciarla, como por ejemplo la ausencia de alternativas económicas a permanecer en una relación de abusos, la falta de confianza en la policía y el sistema judicial, y las barreras psicológicas y sociales que suelen acompañar a la violencia. Cuando las supervivientes se atreven a denunciar la violencia doméstica, a menudo no queda constancia de ella por una serie de motivos, como la negativa a reconocerla como un caso de violencia doméstica, la falta de recursos o tiempo, la inexperiencia en la respuesta a este tipo de violencia o las actitudes sexistas por parte de las autoridades. Y hay otras formas de violencia que las mujeres son muy reacias a denunciar por muchos de los mismos motivos sociales, psicológicos y prácticos. Esto se aplica especialmente a la agresión sexual y la violación, ya se produzcan en el hogar o fuera de él. No obstante, la dificultad de reunir datos no elimina la obligación del Estado de garantizar que se reúnen. Muchas de las razones que aquí se han expuesto para que la violencia no se denuncie y para que no quede constancia de ella podrían eliminarse mejorando la respuesta de los servicios y la asistencia a disposición de las víctimas. En general, las iniciativas actuales del gobierno argentino para reunir datos son parciales y descoordinadas. El Consejo Nacional de la Mujer, autoridad responsable de cumplir los compromisos adquiridos por Argentina en virtud de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, está reuniendo datos sobre la violencia en el ámbito familiar, y los está obteniendo de los servicios especializados en este tipo de violencia que se han prestado voluntariamente a participar en el Sistema de Información y Monitoreo de la Violencia Familiar contra la Mujer. 24 Aunque estos datos son sumamente valiosos para evaluar quién utiliza estos servicios y qué respuesta recibe, corresponden únicamente a las personas que han elegido utilizar esos servicios, y a los servicios que han optado por participar. Tampoco forman parte de una evaluación exhaustiva de cómo los servicios del Estado responden a la violencia doméstica, ni proporcionan un análisis de por qué muchas mujeres no utilizan esos servicios. Aunque el Consejo Nacional de la Mujer informa de que en el Sistema de Información y Monitoreo participan 50 servicios (o «centros de atención a las víctimas de violencia familiar»), los datos disponibles más recientes sobre el Sistema (hasta noviembre de 2007) 25 proceden de tan sólo cinco servicios de tres provincias de todo el país, lo que, en el mejor de los casos, convierte en parcial cualquier conclusión extraída de ellos. Además, pese al papel del Consejo Nacional de la Mujer respecto a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, los datos que está reuniendo contemplan solamente un tipo de violencia contra las mujeres: la violencia en el ámbito familiar. En la ciudad de Buenos Aires, la Dirección General de la Mujer, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social, 26 está reuniendo datos y la Oficina de Violencia Doméstica, perteneciente a la Corte Suprema de Justicia 27 y creada en septiembre de 2008, tiene previsto hacer una recopilación de datos. Sin embargo, estos conjuntos de datos se refieren sólo a casos denunciados y son parciales en cuanto a su cobertura y, por ello, no sirven para realizar la evaluación sobre la escala, el modo, la frecuencia y la gravedad de la violencia doméstica en Argentina, una evaluación necesaria para elaborar políticas efectivas con las que combatir dicha violencia. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

15 MUY TARDE, MUY POCO 15 El Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer, publicado por el secretario general de la ONU en 2006, señala lo inadecuados que en general son los datos basados en los servicios para comprender la escala y el ámbito de la violencia contra las mujeres en una comunidad o un país específicos. Los datos provenientes de los servicios no pueden utilizarse para medir la prevalencia de la violencia en una comunidad, pues en la mayoría de las sociedades muy pocas mujeres que sufren tratos abusivos denuncian la violencia a la policía o a los servicios de apoyo, y las que lo hacen tienden a ser las más gravemente lesionadas. 28 Sin embargo, existen muy pocos datos basados en la población que puedan llenar ese vacío. 29 No existen datos estadísticos nacionales de violencia contra la mujer. Los datos policiales de 2004 y 2005 sobre delitos en todo el país, desglosados por provincias, incluyen «delitos contra la integridad sexual» pero no hacen referencia específica a la violencia contra las mujeres o la violencia de género y, puesto que los datos no están desglosados por sexos, no ayudan a comprender la prevalencia de la violencia contra las mujeres. 30 Tampoco hay referencia alguna a la violencia contra las mujeres en los datos gubernamentales disponibles sobre la mortalidad de 2000 a 2004, clasificados según la causa de la muerte y desglosados por sexos. 31 No resulta fácil acceder a información general sobre la violencia contra las mujeres, y no existe un esfuerzo sistemático o centralizado para coordinar la información o utilizarla para mejorar las respuestas. FALTA DE PROTECCIÓN La responsabilidad del gobierno nacional de proteger frente a la violencia a todas las mujeres que viven en Argentina, y de prestarles la ayuda que necesitan cuando sufren violencia, está por encima de la autonomía provincial que existe dentro del sistema federal. Por tanto, constituye un fallo adicional por parte del Estado el hecho de que la probabilidad de que una mujer sufra violencia o reciba una ayuda y una reparación adecuadas dependa del lugar donde viva o de su identidad. En Argentina, tanto la protección como la ayuda son una mera lotería. Una mujer que sufra violencia en una provincia puede recibir un nivel de protección y ayuda muy diferente del de otra que viva en otra provincia o en la capital. La evaluación sobre las respuestas oficiales a la violencia contra las mujeres realizada por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) en 2005, mostraba que los refugios eran escasos y que, aunque algunos hospitales contaban con equipos interdisciplinarios para atender casos de violencia, esto no sucedía en todos los hospitales ni en todas las provincias. 32 Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

16 16 MUY TARDE, MUY POCO Nicolas Pousthomis Barrio del Bajo Flores, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

17 MUY TARDE, MUY POCO 17 Según el VI informe presentado por la República Argentina al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer durante el periodo , 33 actualmente existen 24 refugios para mujeres, 12 a nivel de gobierno provincial y 12 al nivel municipal, ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 9 de las 23 provincias. 34 En el informe se dice también que hay líneas telefónicas de urgencia para víctimas de la violencia doméstica en 7 provincias, así como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que el Consejo Nacional de la Mujer está cooperando con 8 provincias para instalar Oficinas de Derivación, Orientación y Seguimiento de Víctimas de Violencia. Aunque ha habido algunos avances, la cobertura de la asistencia y protección a mujeres víctimas de la violencia sigue siendo insuficiente y carece de coordinación nacional. Además, la probabilidad de que una mujer sufra violencia, para empezar, depende también del lugar donde viva. En las provincias o municipios en los que no existen unidades especializadas de policía y tribunales sobre violencia doméstica, o en los que la actuación indebida de la policía o los prejuicios obstaculizan el camino de las supervivientes de esa violencia a la justicia, los maltratadores gozan de mayor impunidad, lo que a su vez tiene su efecto en los índices de violencia. No sólo es que la calidad de la asistencia varíe, con consecuencias de vida o muerte para mujeres que necesitan protección frente a unos abusos reiterados, sino también que la impunidad por la violencia contra las mujeres depende de los mecanismos legales disponibles en una provincia o localidad dada, y del cumplimiento de las leyes existentes. El estudio comparativo más reciente sobre las leyes provinciales, llevado a cabo por el Consejo Nacional de la Mujer en 2006, concluyó que las leyes de violencia doméstica de algunas provincias siguen tratando dicha violencia sin hacer referencia al género pese a que la inmensa mayoría de las víctimas son mujeres, y de esa manera dejan sin abordar los riesgos y formas de violencia contra las mujeres específicos del ámbito doméstico. 35 La identidad determina también el acceso de las mujeres a la protección y la justicia. En 2005, 36 el INADI dejó constancia de que la policía se había negado a documentar denuncias de violencia presentadas por mujeres indígenas, y que se había negado la atención hospitalaria a prostitutas, quienes tampoco habían tenido un acceso justo a la reparación legal. 37 El INADI informó también de los prejuicios existentes en el seno de la policía y el sistema de justicia, que habían dado lugar a que no se investigaran asesinatos de trabajadoras del sexo. 38 En virtud tanto del derecho internacional como de la Constitución argentina, el Estado tiene una responsabilidad para con las mujeres, y es una responsabilidad que no puede dejar de aplicarse dependiendo de la provincia de residencia o la identidad de una mujer. Con el enfoque actual, que carece de una coordinación nacional suficiente, no se hará frente adecuadamente a la violencia contra las mujeres. Se trata de un asunto complejo que requiere una fuerte voluntad política y un esfuerzo de colaboración en muchos niveles. Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

18 18 MUY TARDE, MUY POCO FALTA DE PROGRESOS Aunque el financiamiento del gobierno nacional al trabajo de violencia contra la mujer e igualdad de género ha ido en aumento, los fondos siguen siendo insuficientes, alcanzando un total de solamente 21 millones de pesos durante los últimos 4 años. 39 El mandato del Consejo Nacional de la Mujer es poner en práctica los compromisos adquiridos por Argentina en virtud de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de Belém do Pará, e incluye la responsabilidad de la investigación nacional, la formación y la ayuda técnica respecto a los derechos de las mujeres, la violencia contra las mujeres, las mujeres y el trabajo, y las mujeres y la salud. Sin embargo, en su informe más reciente sobre Argentina (de 2004), el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer señaló la falta relativa de poder del Consejo Nacional de la Mujer. 40 En 2008, aunque el presupuesto del Consejo Nacional de la Mujer ha duplicado el del año anterior, alcanzando los cinco millones de pesos, sigue siendo menos de una quinta parte del presupuesto de la Dirección Nacional de Artes, y menos de una sexta parte del presupuesto dedicado al desarrollo y la promoción del turismo nacional. 41 Además, en los niveles más altos del gobierno, apenas se ha dado importancia o se ha prestado atención a las cuestiones de la violencia contra las mujeres y la igualdad de género. Mientras sigan sin hacerse realidad los derechos de una parte de la población, todos los derechos humanos se verán perjudicados. La eliminación de la violencia contra las mujeres, una de las violaciones de derechos más extendidas y constantes en el país, debe ocupar un lugar destacado en la agenda gubernamental para el cambio y, por ello, debe ser dotada de recursos adecuados. El gobierno nacional debe además adoptar una posición enérgica y visible para dar relieve público y político a este asunto. El no hablar públicamente de la violencia contra las mujeres y la desigualdad de género contribuye a ocultar el problema y a que se acepten la discriminación y la subordinación de las mujeres. Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

19 MUY TARDE, MUY POCO EL COSTE DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Los costos de la violencia contra la mujer son enormes. No sólo empobrecen a las personas, las familias, las comunidades y los gobiernos, sino que también reducen el desarrollo económico de cada nación. Secretario general de la ONU, Quienes más pagan el coste de que no se prevenga la violencia contra las mujeres son las propias mujeres directamente afectadas por ella. La violencia afecta notablemente a su salud física y mental, así como a su capacidad de participar en la educación, el empleo y la vida pública. Entre las consecuencias directas se encuentran la muerte, las lesiones físicas, los problemas de salud reproductiva, las enfermedades de transmisión sexual incluido el sida, el embarazo no deseado, el aborto, la depresión y el suicidio. Las supervivientes de la violencia pagan también un precio económico al perder ganancias y bienes, ya sea por sus ausencias en el trabajo, ya sea por la necesidad de trasladar su residencia. 43 La prestación inadecuada de ayuda agrava el impacto negativo de la violencia, e impide a las mujeres rehacer sus vidas al no reparar las pérdidas económicas y de salud que han sufrido y al no protegerlas frente a la violencia y la intimidación en el futuro. Todos estos costes para las mujeres también afectan, a corto y a largo plazo, a sus hijas e hijos y a la sociedad argentina en su conjunto. 44 La reducción de la capacidad de las víctimas de interactuar socialmente y el aumento de la probabilidad de contraer el VIH/sida, con la consiguiente propagación de la enfermedad, afectan a toda la sociedad. Las niñas y niños sufren especialmente las consecuencias de la violencia transmitida de una generación a otra. La reducción de la salud física y mental de las madres tiene un efecto dominó en las hijas e hijos, al igual que lo tiene su exposición a la violencia en el hogar. Además, los propios menores corren peligro de convertirse en víctimas de la violencia. Las consecuencias principales para las niñas y los niños son los problemas de salud, la disminución del rendimiento escolar y el uso de la violencia en su propia vida, 45 Índice: AIAR CAM 02/11/2008 Amnistía Internacional Noviembre de 2008

20 20 MUY TARDE, MUY POCO que conducen a una probabilidad mayor de altos índices de violencia en la sociedad argentina. La violencia contra las mujeres tiene asimismo un considerable coste económico, no sólo para las víctimas individuales, sino también para las familias, la sociedad y la economía nacional. Abarca tanto el coste directo de hacer frente a la violencia contra las mujeres como el coste indirecto de la pérdida de productividad. 46 La violencia supone una sangría económica para los servicios sociales, los servicios de salud, el sistema de justicia penal y los servicios especializados de apoyo, y es un coste que deben soportar tanto el Estado como las víctimas y sus familias. La reducción de la capacidad de las supervivientes de contribuir a la familia, la economía y la vida pública tiene también un impacto económico negativo, que normalmente afecta al sector privado: por ejemplo, cuando las empleadas se ausentan del trabajo o cuando su productividad se reduce a causa de las lesiones o del estrés. Además, puesto que las mujeres realizan la mayor parte del trabajo de la economía reproductiva es decir, el trabajo doméstico y la crianza de los hijos, que sostienen la economía productiva, la reducción de su capacidad de desempeñar esta función puede muy probablemente tener un efecto perjudicial a largo plazo en la productividad nacional y el desarrollo. El enorme coste económico y social para las personas que sufren la violencia, para sus familias y para el país en su conjunto hace que la eliminación de la violencia contra las mujeres sea un interés común. Cuando el Estado no aborda la violencia, es responsable ante las propias mujeres, ante el conjunto de la ciudadanía y ante la comunidad internacional. Las investigaciones mundiales sobre los costes de la violencia han puesto de manifiesto que la financiación de estrategias de prevención e intervención temprana puede resultar rentable para los gobiernos a largo plazo. 47 Amnistía Internacional Noviembre de 2008 Índice: AIAR CAM 02/11/2008

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