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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTO OTORGACION DE LICENCIAS POR ENFERMEDAD, ACCIDENTES MENORES Y OTROS ÁREA DE RECURSOS HUMANOS

2 1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OTORGACION DE LICENCIA POR ENFERMEDAD, ACCIDENTES MENORES Y OTROS 1. INTRODUCCION. F IE GRAN PODER S.A. en el marco de los deberes, obligaciones, prohibiciones y los principios de buena fe, responsabilidad social, ética entre otros, establece procedimientos a seguir en caso de sufrir accidentes de trabajo, licencias por enfermedad y otras licencias debidamente sustentadas. 2. OBJETIVO. Establecer de manera ordenada y sistemática los procedimientos, responsabilidades y plazos que deberán ser aplicados por cada uno de los trabajadores de FIE GRAN PODER S.A., en caso de ausencia de los empleados evitando que las actividades se vean interrumpidas. 3. APROBACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Manual será aprobado por el Directorio de, siendo su uso y aplicación obligatoria al interior de la empresa, en sus agencias y puntos de atención, cuya cobertura alcanzará a todo el personal permanente y eventual que trabaja en FIE Gran Poder S.A. 4. BASE LEGAL DE APLICACIÓN. El marco normativo del presente Manual, se encuentra establecido en la Ley , Contrato de Trabajo y en el Convenio Colectivo de Trabajo CCT. 5. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL. El presente Manual podrá ser revisado y actualizado en forma anual, basándose en el análisis de la experiencia derivada de su aplicación, a la modificación de la normativa que forma parte del su marco legal y a las observaciones y recomendaciones que formulen las unidades operativas de FIE GRAN PODER S.A. 6. PARTES INTERVINIENTES Las partes intervinientes en el procedimiento son las siguientes: Jefe de Agencia Médicos de la Empresa Responsable de Recursos Humanos Hospitales Nacionales, Municipales y Provinciales Asistencia Privada / Prepaga Instituciones públicas y privadas ART 1

3 2 7. NORMAS O LINEAMIENTOS. Las normas o lineamiento que regularan la aplicación del presente Manual son las siguientes: a) Fie Gran Poder S.A. tiene la responsabilidad de controlar que el uso de permisos en caso de enfermedad del trabajador y/o su hijo, accidentes y otros, estén correctamente sustentados, sin excepción, por un documento valido e idóneo, emitido por un Centro de Salud o instancia debidamente acreditada. b) Todo trabajador de Fie Gran Poder S.A., es responsable por el cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados en el presente documento para obtener la licencia requerida, asimismo, es responsable por la custodia y flujo documentario resultante de estos tramites, debiendo efectuar el seguimiento respectivo hasta su conclusión y archivo final. c) Para el caso de licencias por enfermedad aplicando lo establecido en el Articulo 210 Control, de la Ley Contrato de Trabajo, Fie Gran Poder S.A. contará con los servicios de un Profesional Medico de altos meritos, perfil idóneo y alta ética profesional, para diagnosticar y corroborar, sobre el estado de salud declarado por el trabajador; sus diagnósticos y conclusiones serán prioritarias y decisivas para la toma de decisiones de la empresa. d) Los padres, tutores o responsables de menores de edad, se beneficiaran de la licencia por enfermedad, siempre y cuando cumpla con los procedimientos establecidos y presente los certificados que acrediten su situación y enfermedad del menor. e) Las solicitudes de licencia deberán ser comunicadas dentro de los plazos señalados en el titulo siguiente de este Manual, para que el responsable de Recursos Humanos prevea oportunamente las acciones a seguir y garantice la continuidad del trabajo de la empresa y dar cumplimiento con el objetivo del presente Manual. f) Los procedimientos seguidos para la otorgación de licencias en caso de accidentes Laborales se sujetaran a la norma y procedimientos de la ART, la cual se detalla en anexo a la presente. g) Las solicitudes de licencias serán solicitadas en forma escrita considerando un plazo prudencial de 5 días hábiles previos a la fecha efectiva del permiso, para que la empresa pueda tomar los recaudos necesarios para no provocar perjuicio en el desarrolla de sus actividades, excepto en casos fortuitos. 2

4 3 8. LICENCIAS A SER OTORGADAS SEGÚN LEY. No. CAUSA TIEMPO DE LICENCIA DOCUMENTO DE DESCARGO 1 Enfermedad 2 Accidentes laborales 3 Estudios A criterio medico previa valoración del paciente. A criterio medico previa valoración del paciente. Universitarios: Veinte (20) días en el año y hasta cuatro (4) días por examen.. Certificado medico Certificado medico Certificado universitario qu e i n di qu e l a f ec h a y n om br e d el tr ab aj ad or. Fir m ad o p or l a en ti d ad correspondiente. 4 Matrimonio del Doce (12) días calendario, más un (1) día hábil para tramites prematrimoniales. Certificado de Matrimonio, DNI y CUIL del Conyugue 5 Matrimonio del hijo Un (1) día 6 Fallecimiento del conyugue o conviviente Dos (2) días. Si es mas de 500Km cuatro (4) días Certificado de Matrimonio del hijo Certificado de defunción. En caso de viaje el 7 Parto del conyugue Dos (2) días corridos (Uno debe ser hábil) Partida de nacimiento, DNI y constancia de CUIL del hijo. 8 Realización trámites personales de Medio (1/2) día cada dos (2) meses Carta con las causales del permiso autorizada por el inmediato superior 9. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACION DE LICENCIAS. A continuación se describen por capítulos, los procedimientos necesarios para: I. Licencias por enfermedad II. Licencias por accidentes laborales III. Licencias por actividades particulares y otros 3

5 4 CAPITULO I DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTOS - SOLICITUD DE LICENCIA POR ENFERMEDAD PASO No. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PLAZO RESPONSABLE 1 Informa su ausencia laboral vía teléfono a su inmediato superior con suficiente anticipación, la cual deberá ser dentro d e la Jornada Laboral. Una hora de iniciada la Jornada laboral 2 Recibe aviso de ausencia y efectúa seguimiento de la situación del empleado, a l m ism o ti em p o c om un ic a a RRHH y co or di na a cci on es p ar a q u e no se vea afectada las actividades de la empresa. 3 Informa al Responsable de Recursos Humanos lo siguiente, considerando estas situaciones: Al momento de realizar el llamado e l t r a b a j a d o r no ha visitado a un medico: En este caso debe dejar la siguiente información: Una breve descripción de los síntomas. Ubicación física donde se encuentra o se encontrara Teléfono donde podrá ser ubicado (fijo y celular) Centro de Salud al que visitara (Hospital Nacionales, municipales y provinciales) o medico particular que los asistirá. Continua en el Paso No. 3 Al momento de realizar el llamado el empleado cuenta con un diagnostico medico: Debe detallarse la siguiente información: Una breve descripción de los síntomas Ubicación física donde se encuentra o se encontrara. Teléfono donde podrá ser ubicado Diagnostico medico prescripto Periodo de licencia otorgado Razón Social del Centro de Salud donde fue atendido, o caso contrario el nombre, apellido y matricula del medico que lo asistió. 3 Asiste a un Centro de Atención o Medico Particular para ser diagnosticado y obtener el Certificado Medico, cuando corresponda. Dentro de la Jornada Laboral Dentro de la jornada laboral En el transcurso del día Jefe directo Jefe directo 4

6 5 PASO No. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PLAZO RESPONSABLE 4 Efectúa el diagnostico, de ser justificado elabora el Certificado Medico debidamente fechado y suscrito, conteniendo como mínimo la siguiente información: Nombre y Apellido completo del paciente Diagnostico Conclusión de la patología y del diagnostico efectuado. Periodo de ausencia (Baja Medica) Fecha de la atención. Entrega el Certificado al. En el transcurso del día Centro de Salud o medico Particular 5 Recibe aviso de ausencia, la información señalada en los pasos precedentes y efectúa seguimiento de la situación del empleado, en caso que la empresa así lo determine le comunicará que recibirá la visita del Medico de la Empresa de FIE GRAN PODER S.A., en su domicilio o donde el trabajador declare que se encontrará Continua en el Paso No. 9 Una hora de iniciada la Jornada laboral Recursos Humanos 6 Presenta el Certificado Medico a su inmediato superior o Jefe de Agencia según corresponda, para que tome conocimiento y autorice la licencia justificada. 7 Recibe verifica y procede a la suscripción del mismo autorizando la licencia solicitada. Devuelve al interesado Durante el periodo de Baja o inmediatamente la conclusión de la misma Inmediatamente sea presentada Inmediato Superior o Jefe de Agencia 8 Recibe el certificado debidamente suscrito para entregar en el día a Recursos Humanos de FIE GRAN PODER S.A. De encontrarse en una Agencia de la empresa, procede a escanearlo y enviarlo vía o vía fax. Inmediatamente sea autorizada Jede Directo El documento original será remitido en sobre cerrado, con la fecha del envío y en la parte posterior el nombre y legajo del mismo. Continua en el Paso No Brinda toda la información necesaria del trabajador enfermo, al Médico Auditor para que efectúe la visita respectiva. Hasta el viernes de cada semana En el día de comunicado Recursos Humanos 5

7 6 PASO No. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PLAZO RESPONSABLE 10 Efectúa la visita domiciliaria, evaluando lo siguiente: Diagnostico del paciente contra el suyo Periodo de ausencia asignado (Baja Medica). Completa el formulario con las observaciones y conclusiones de la evaluación medica. En el caso de acudir el medico al domicilio y no encontrar al en el lugar y hora señalado (excepto por emergencia atribuible a una asistencia particular imprevista debidamente sustentada), la licencia no será justificada ni procesada En el día de la visita Medico de la Empresa 11 De existir diferencia entre el diagnostico efectuado en el Centro de Salud o de forma particular y el Medico d e la em pres a, incorporara esta observación debidamente detallada en el correspondiente informe a Recursos Humanos. Circunstancial Medico de la Empresa 12 Presenta informe final al Responsable de Recursos Humanos. 13 Una vez recepcionado el certificado medico pasa el informe a Recurso Humanos para su conocimiento y procesamiento de planillas. Una vez concluida la visita o conciliado diferencias En el día de recepción del certificado. Medico de la Empresa Jefe Directo 14 Archiva los certificados e informe del medio auditor en el legajo correspondiente. 15 Recursos Humanos toma conocimiento y procesa las planillas. Archiva copia del certificado e informe del Medico De la Empresa. En el día que se toma conocimiento Una vez tomado cocimiento Recursos Humanos Recursos Humanos 6

8 7 PASO No. CAPITULO II DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTOS - SOLICITUD DE LICENCIA POR CASOS PARTICULARES DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PLAZO RESPONSABLE 1 Informa por escrito, los motivos y causales de la licencia requerida a su inmediato superior y al Responsable de Recursos Humanos dentro del plazo establecido en el punto 7 inciso g). Según el tipo de licencia y plazos definidos 2 Recibe aviso de l a l ic en c i a y efectúa seguimiento de la situación del empleado, coordina acciones con R R H H para que no se vea afectada las actividades de la empresa. Cuando la empresa lo determine será contemplado en comité de RRHH. Dentro de la jornada laboral Jefe Directo 3 Presenta el documento de descargo valido e idóneo que justifica la licencia. 4 Recibe verifica y procede a la suscripción del mismo autorizando la licencia solicitada. Devuelve al interesado Una vez finalizado la licencia o durante la misma. Inmediatamente sea presentada Inmediato Superior o Jefe de Agencia 5 Recepciona el certificado o documento idóneo y valido, debidamente suscrito para entregar en el día a Recursos Humanos. De encontrarse en una Agencia de la empresa, procede a escanearlo y enviarlo vía o vía fax. Inmediatamente sea autorizada Jefe Directo El documento original será remitido en sobre cerrado. Hasta el viernes de cada semana Jefe Directo 6 Recibe el certificado o documento valido e idóneo y procede al registro en las planillas. Una vez recibido la información Recursos humanos 7 Archiva los certificados o documentos validos e idóneos en el legajo correspondiente. En el día que se toma conocimiento Recursos Humanos 7

9 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACION DE ANTICIPOS DE SUELDO PASO No. CAPITULO III DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTOS EN CASO DE ACCIDENTES LABORALES DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PLAZO RESPONSABLE 1 Informa su ausencia laboral vía teléfono a su inmediato superior, al Responsable de Recursos Humanos y A.R.T. Interacción, una vez suscitado el accidente de trabajo o enfermedad profesional. Una hora de iniciada la Jornada laboral 2 Recibe aviso de ausencia y efectúa seguimiento de la situación del empleado, coordina acciones con RRHH para que no se vea afectada las actividades de la empresa. Una hora de iniciada la Jornada laboral Jede Directo 2 Se comunica con el Centro de Emergía al , donde los operadores tomarán telefónicamente la predenuncia. Para este efecto deberá tener presente la siguiente información: No. de Contrato No. de CUIT Nombre, apellido y DNI del accidentado Breve descripción del accidente acontecido 3 Derivan al trabajador al centro Asistencial de A.R.T. Interacción, más próximo para lograr la atención respectiva. Inmediatamente de sucedido el accidente Inmediatamente de sucedido el accidente A.R.T. Interacción 4 Asiste a un Centro de Atención que se encuentra en el listado de prestadores de prevención. De requerir orientación o traslado en ambulancia se comunica con la línea sin cargo , donde será atendido por personal especializado el cual coordinará asistencia. En el transcurso del día 5 Formaliza la denuncia del accidente, enviando online el formulario de denuncia a través de su sitio WEB y enviarlo por fax al (54 11) Dentro de las 24 horas Recursos Humanos 8

10 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACION DE ANTICIPOS DE SUELDO ANEXO INFORMACION A.R.T. INTERACCION PRESTACIONES MÉDICAS.- 1. Qué cubre la A.R.T.? Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo nacen en el año 1996 en el marco de la ley para cubrir los denominados accidentes de trabajo, definidos por la ley como: todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, y las enfermedades profesionales, detalladas en un decreto dictado por el Poder Ejecutivo Nacional. En todos los casos mencionados se brindarán prestaciones dinerarias en caso de corresponder (indemnizaciones por incapacidades laborales temporarias o permanentes o muerte y/o salarios caídos) y prestaciones en especie, es decir, la atención médica necesaria de acuerdo al siniestro ocurrido. 2. Qué es un accidente de trabajo? Todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo. 3. Qué es un accidente in itinere? Son aquellos ocurridos en el trayecto entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no haya interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el trayecto se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los tres (3) días hábiles de requerido. 4. En qué casos la A.R.T. se hace cargo de los traslados del accidentado? En todos los casos la A.R.T. cubre los gastos que el paciente necesita para movilizarse durante su tratamiento. Quien determina cual es el medio de transporte indicado para el traslado del paciente es el médico que lleva su caso. En caso de que el médico no indique nada en particular corresponde el reintegro de los gastos de traslado en transporte público (el paciente deberá acercarse a la aseguradora o enviar por correo todos los boletos correspondientes.) PRESTACIONES DINERARIAS.- 5. Quién paga el sueldo del trabajador accidentado? Cuando un trabajador se encuentra accidentado o padece una enfermedad profesional, y 9

11 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACION DE ANTICIPOS DE SUELDO el daño sufrido le impide la realización de sus tareas habituales, está en una situación que se denomina Incapacidad Laboral Temporaria (ILT). Los primeros 10 días a partir del accidente la remuneración está a cargo del empleador, y desde el día 11 hasta el fin de la ILT se hará cargo la A.R.T. Por ley se considera que finaliza una ILT cuando el trabajador recibe el alta médica, cuando se le declara una Incapacidad Laboral Permanente, cuando se cumplió un año de su accidente o declaración de la enfermedad, o bien si fallece el damnificado 6. Qué tengo que presentar para que me reintegren los jornales (ILT)? El empleador debe presentar: a) Uno de nuestros dos formularios de Solicitud de Reintegro (a elección del empleador), en carácter de declaración jurada, firmado y sellado por representante legal de la firma. b) Fotocopia de los recibos de sueldo abonados por el empleador firmados por el accidentado c) Fotocopia de los F931 y los tickets de pago de los meses por los cuales solicita el reintegro. 7. Debo esperar al fin de la ILT para pedir los reintegros? No, una vez hecha la presentación del formulario de solicitud de reintegro el empleador puede ir solicitándolos enviando recibo de sueldo y F931 cuando lo considere necesario. DERECHOS Y OBLIGACIONES 8.1 Derechos y deberes del.- Recibir, hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes: Asistencia Medica y Farmacéutica, Prótesis, Ortopedia y Rehabilitación. Cumplir, con la realización de los exámenes médicos en salud Denunciar, ante su empleador o Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran Utilizar correctamente los elementos de protección personal provistos por su empleador. Participar en actividades de capacitación y formación sobre salud y seguridad en el trabajo Comunicar a su empleador o a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto de trabajo o establecimiento en general. 10

12 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACION DE ANTICIPOS DE SUELDO 8.2 Las Obligaciones de su empleador.- Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividades e informar los resultados de los mismos al trabajador y a al Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal. Informar a sus trabajadores la ART a la que están afiliados Solicitar la atención medica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Denunciar ante la ART los accidentes o enfermedades vinculados al trabajo que ocurren en su establecimiento Proveer a sus empleados los elementos de protección personal e informarlos y capacitarlos en prevención de riesgos del trabajo Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo 11

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