INSTRUCTIVO PARA LA ELECCION DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL DEL PLD PARA EL PERIODO Y PARA LA CELEBRACION DEL PLEBISCITO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTRUCTIVO PARA LA ELECCION DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL DEL PLD PARA EL PERIODO Y PARA LA CELEBRACION DEL PLEBISCITO"

Transcripción

1 INSTRUCTIVO PARA LA ELECCION DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL DEL PLD PARA EL PERIODO Y PARA LA CELEBRACION DEL PLEBISCITO

2

3 Este instructivo tiene como objetivo definir los procedimientos para la elección del Candidato Presidencial del PLD para el periodo , de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de nuestro Partido y el Reglamento para la Elección del Candidato o Candidata Presidencial, aprobado por el Comité Central el 10 de abril del corriente año También incluye los procedimientos para la realización de la consulta plebiscitaria acordada por el Comité Central en reunión de fecha 09 de octubre del año 2010, en el marco de la organización del Octavo Congreso Ordinario del PLD Comandante Norge Botello. Es importante precisar que en dicha reunión se tomaron las siguientes decisiones: a) Posponer las elecciones de las Direcciones Provinciales, Seccionales, Municipales, de Circunscripciones Electorales e Intermedias para después de las elecciones presidenciales del año b) Aumentar, en por lo menos 100 miembros, la matrícula del Comité Central en las elecciones internas a celebrarse después de las elecciones presidenciales del año c) Someter a la consideración de todos los organismos del Partido, mediante Plebiscito, la ratificación por un nuevo periodo de la membresía del actual Comité Central, incluyendo las autoridades dirigenciales nacionales

4 Por esa razón, el próximo 26 de junio, en las elecciones internas para elegir al candidato presidencial del PLD para el periodo , también se procederá a la realización de la consulta plebiscitaria acordada por el Comité Central. Después de realizadas las elecciones del año 2012, se continuará la celebración del Octavo Congreso Ordinario del PLD Comandante Norge Botello, de acuerdo con la agenda prevista para el Congreso y para cumplir con los demás acuerdos del Comité Central en la referida reunión del 09 de octubre del año A continuación se describe la normativa, tanto para las elecciones del Candidato Presidencial como para el Plebiscito: 1. De acuerdo con el artículo 9 de los Estatutos del Partido de la Liberación Dominicana Todas y todos las y los miembros del Partido que figuran en el padrón de votación tienen derecho a participar en el proceso eleccionario interno para elegir y ser elegidos. 2. Todos los compañeros y compañeras con derecho al voto tienen el deber irrenunciable de asistir a las Mesas de Votación donde les corresponde votar, para elegir al compañero de su preferencia a la Candidatura Presidencial del Partido de la Liberación Dominicana para el periodo y por el Plebiscito, en las elecciones internas que se celebrarán el 26 de junio del año 2011, en horario de 8 de la mañana a 5 de la tarde

5 - 5 - Instructivo elección 3. El proceso de elección del Candidato Presidencial y el Plebiscito se realizarán en cada Municipio, Circunscripción Electoral y Seccional, bajo la dirección, supervisión y control, de una Comisión Electoral compuesta por cinco miembros, tal y como se establece en el artículo 3 y sus acápites del Reglamento para la Elección del Candidato o la Candidata Presidencial. 4. La Comisión Nacional Electoral, a los fines de establecer mecanismos y vínculos de coordinación entre los municipios de una misma provincia, ha designado Supervisores Provinciales que tendrán la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de las funciones de los Coordinadores Electorales Municipales en sus respectivos lugares, además de ser un canal entre estos y la Comisión Nacional Electoral (CNE). 5. Los Supervisores Provinciales coordinarán en su provincia todo el montaje del día de las Elecciones, de manera que será su responsabilidad supervisar la transmisión de los resultados vía electrónica desde los municipios hacia el centro de cómputos de la Comisión Nacional Electoral; así como, junto a las Comisiones Electorales de su demarcación, garantizar el traslado físico de las actas originales y demás materiales de votación a la Casa Nacional del Partido antes de las 9 de la mañana del 27 de junio del corriente año Los Coordinadores Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales, son responsables de la conformación y capacitación de

6 los integrantes de las Comisiones Electorales de Mesas de Votación bajo la dirección de la Comisión Nacional Electoral. 7. Las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales en cada caso, serán responsables de la conformación de las Comisiones Electorales de Mesas de Votación que dirigirán el proceso en cada Centro de Votación de sus respectivas localidades, de acuerdo con lo que establece el Reglamento Electoral en el artículo 12 y sus párrafos. 8. En algunos Comités Intermedios, previamente autorizados por la Comisión Nacional Electoral, podrán funcionar Mesas de Votación adicionales, tomando en cuenta la distancia, las condiciones geográficas de la zona, las características del transporte y el número de miembros del Partido registrados en el Padrón de Votación del Comité Intermedio. Estos Centros de Votación adicionales estarán a cargo de Comisiones Electorales de Mesa integradas por cinco Presidentes de Comités de Base escogidos por la Comisión Electoral Municipal, de Circunscripción Electoral y de Seccional y aprobadas por la Comisión Nacional Electoral. 9. Los Centros de Votación adicionales que autorizará la Comisión Nacional Electoral serán fundamentalmente, los organizados para las elecciones internas celebradas en el año

7 10. Las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales están en la obligación de confirmar los Recintos de Votación en las escuelas y otros locales públicos en los que la Junta Central Electoral organiza las Elecciones Generales y de Medio Término. 11. A más tardar el viernes 20 de mayo del corriente año 2011 las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales, deberán entregar a la Comisión Nacional Electoral las siguientes informaciones: a) La relación de los Recintos de Votación con sus direcciones y las Mesas de Votación que funcionarán en los mismos, señalando siempre el Comité Intermedio a que corresponde cada mesa. b) Los integrantes o miembros de cada Comisión Electoral de Mesa de Votación con su número de Cédula de Identidad y Electoral y su número de teléfono. c) Entregar a cada Presidente de Comité Intermedio una relación de los locales donde funcionarán las Mesas de Votación de su organismo y de los integrantes de las Comisiones Electorales de Mesas. Estas informaciones deberán publicarse en los locales de los Comités Intermedios correspondientes. d) Los locales donde funcionarán las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones - 7 -

8 Electorales y de Seccionales funcionarán como centro de recepción y transmisión de los resultados electorales 12. Si no fuere posible obtener locales públicos o comunitarios como Centros de Votación, la selección de cualquier otro lugar deberá ser aprobada por la Comisión Nacional Electoral. 13. MATERIAL ELECTORAL El material electoral que se utilizará el día de las votaciones será el siguiente: a) Reglamento Electoral b) El Padrón Electoral Fotográfico de la Mesa, en orden alfabético por apellido c) El presente Instructivo d) Las Boletas A para la elección del Candidato Presidencial y las Boletas B para la Consulta del Plebiscito e) El Acta de Votación del nivel A para registrar los resultados de la votación por el Candidato Presidencial y el Acta de Votación del nivel B para consignar los resultados de la Consulta del Plebiscito. f) La Urna A para depositar las boletas de votación del nivel A para el Candidato Presidencial y la Urna B para depositar las boletas del nivel B para la Consulta del Plebiscito

9 g) Lámina adhesiva para plastificar las actas de votación h) Sobre plástico de seguridad para introducir las Actas de Votación i) Valija para transportar los materiales. j) Tres (3) Presillas de seguridad para las valijas (Azul, naranja y negra). k) Sello del Comité Intermedio en los casos donde se crearon nuevas mesas de votación. l) Tinta indeleble m) Dos (2) marcadores n) Planillas para el conteo de los votos de los Precandidatos Presidenciales y de los resultados del Plebiscito o) Formularios de reclamos p) Gafetes de identificación para el personal de la mesa q) Lista de los miembros del Comité Intermedio de la Mesa de Votación, ordenada por Comités de Base. r) Formulario de control de entrega de materiales electorales y de las presillas de seguridad numeradas. s) Caseta para votar - 9 -

10 t) Almohadilla u) Frasco de tinta para almohadilla v) Fundas de seguridad para boletas válidas w) Presillas para fundas de seguridad para boletas válidas 14. Los materiales electorales serán entregados a las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales cuatro (4) días antes del proceso de votación. Estas Comisiones los entregarán a las respectivas Comisiones Electorales de Mesas de Votación un (1) día antes del proceso de votación. 15. Los materiales electorales de cada Mesa de Votación o Comité Intermedio les serán entregados a las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales dentro de la valija que se utilizará el día de las votaciones, la cual será cerrada con una presilla de seguridad numerada, de color negro, luego de que los Coordinadores de dichas Comisiones Electorales verifiquen y firmen la recepción de los materiales electorales descritos anteriormente en este instructivo. 16. Las valijas deberán ser trasladadas hasta el Municipio, Circunscripción Electoral o Seccional correspondiente, manteniéndose cerradas hasta el día de la entrega a los Presidentes de las Mesas de Votación. Luego de los Presidentes de Mesas de Votación verificar y firmar la recepción

11 de los materiales electorales, se procederá de nuevo a cerrar la valija con una presilla de seguridad numerada, de color azul, en presencia de los miembros de la Comisión Electoral y de los delegados de los precandidatos que estén presentes. La valija se mantendrá cerrada hasta el día de las votaciones, cuando será abierta en presencia de los miembros de la Mesa de Votación y de los delegados y delegadas presentes. 17. El voto es individual y secreto. En la caseta o área de votación sólo podrá estar la persona que va a ejercer el derecho al voto. Si se trata de un o una No vidente o discapacitado que requiera de auxilio, se podrá autorizar a la persona que libre y voluntariamente escoja el o la votante; sin que en ningún caso una persona pueda auxiliar a más de un o una votante. 18. Las Comisiones Electorales de Mesas garantizarán que en las Mesas de Votación sólo estén presentes sus integrantes y los delegados y delegadas de los precandidatos a la presidencia, debidamente autorizados por la Comisión Nacional Electoral. Estos delegados y delegadas deberán ser preferiblemente electores de la Mesa de Votación. El que un delegado o delegada no sea elector de la mesa de votación en la que ejerce dicha función no le invalida su derecho a votar en la misma, siempre que esté presente en dicha mesa antes del inicio de la votación que empezará a las 8 de la mañana

12 19. Los Coordinadores o Coordinadoras Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales votarán en la misma Mesa de Votación en la cual ejerza el derecho al voto el Presidente de la demarcación territorial que coordina. Su nombre, apellido y número de cédula serán consignados por el o la Presidente o Secretario(a) de la mesa en el Padrón de concurrentes, haciendo constar que votó. 20. Los precandidatos a la Presidencia de la República deberán entregar la lista de los delegados y delegadas que los representarán en las Mesas de Votación a la Comisión Nacional Electoral a más tardar el 19 de junio del corriente año 2011, a fin de garantizar su acreditación por parte de la Comisión Nacional Electoral. Esta lista deberá incluir nombres y apellidos, número de Cédula de Identidad y Electoral, número de teléfono, organismo al cual pertenece y Mesa de Votación en la que les corresponde votar. 21. Se prohíbe la colocación de propaganda gráfica o mediante audiovisual en los locales donde funcionarán los Centros de Votación. Del mismo modo queda prohibido promover en las filas de votantes a cualquier precandidato o precandidata, así como utilizar gorras o cualquier tipo de distintivo relativo a los mismos

13 Instructivo elección

14 - 14 -

15 Instructivo elección

16 - 16 -

17 22. PROCESO DE VOTACION Instructivo elección El proceso de votación se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) La Comisión Electoral de Mesa deberá estar en el lugar del Centro de Votación a más tardar a las 7:00 de la mañana del día 26 de junio del corriente año 2011; a fin de asegurar la correcta organización del proceso y la adecuada preparación del lugar y del material electoral. b) La Comisión Electoral de Mesa verificará que la valija que contiene el material electoral a utilizarse en el proceso haya llegado cerrada, con la misma presilla azul de seguridad numerada, con la que fue recibida por el Presidente de la Mesa de mano de la Comisión Electoral Municipal, de Circunscripción o de Seccional de que se trate. c) En cada Mesa de Votación ejercerán el derecho al voto todos los compañeros y compañeras registrados en el Padrón Electoral de la Mesa de Votación. El proceso de votación se iniciará a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y terminará a las cinco de la tarde (5:00 p. m.). Los primeros en ejercer su derecho al voto serán los miembros de la Comisión Electoral de la Mesa de Votación y los delegados y delegadas presentes al inicio del proceso. d) Al llegar al local de votación, el compañero o compañera se dirigirá a la Comisión Electoral de Mesa y presentará su Cédula de Identidad y

18 Electoral. El Presidente de la Mesa verificará que está registrado en el Padrón de Votación y autorizará el voto. Si en el Padrón no está registrado el número de cédula del elector ni la foto, pero está consignado su nombre y apellido, éste podrá votar con la autorización expresa de la Comisión de Mesa Electoral, la que deberá procurar la confirmación de la identificación en el padrón organizado por Comités de Base. En ese caso, el Presidente de la Mesa anotará el número de cédula del o de la votante en la casilla correspondiente en el padrón fotográfico. e) Los miembros del Comité Político y del Comité Central, los precandidatos a la Presidencia, así como los Miembros de la Comisión Nacional Electoral y los de las Comisiones Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales, podrán ejercer el derecho al voto en el momento de llegar al Centro de Votación que le corresponde votar sin necesidad de hacer fila. f) Cada elector o electora recibirá dos (2) Boletas de Votación, la boleta del nivel A para la elección del Candidato Presidencial y la del nivel B para la Consulta del Plebiscito. Estas boletas deberán estar firmadas y selladas por el o la Presidente de la Comisión Electoral de Mesa y por el Secretario o Secretaria de la misma. g) El elector o electora pasará a la caseta o lugar establecido, que en todo caso garantice el carácter secreto del voto. Marcará en la boleta A con una equis (x) o una raya (-) o una cruz (+) en la

19 fotografía del precandidato de su preferencia. Inmediatamente procederá a marcar en la boleta B en el recuadro correspondiente por el SI o el NO, votando de esta manera en la Consulta del Plebiscito. i) Después de marcar las boletas del nivel A por el Candidato Presidencial y la del nivel B por el Plebiscito, el elector doblará ambas boletas y depositará la Boleta del nivel A en la Urna A para la candidatura presidencial y la Boleta del nivel B la depositará en la Urna B para la Consulta del Plebiscito. j) Después de depositar las boletas del nivel A y B en las urnas A y B respectivamente, el elector regresará a la Mesa, donde firmará en el espacio del Padrón Electoral destinado a comprobar que ejerció el derecho al voto. El Secretario hará el cotejo ( ) en el recuadro que dice Votó y le colocará tinta indeleble en el dedo Índice de la mano izquierda. 23. ESCRUTINIO O CONTEO DE LOS VOTOS Terminada la votación, a las cinco (5) de la tarde, la Comisión Electoral de Mesa procederá a realizar el conteo de los votos de ambos niveles de votación, sin interrupción y en el mismo local donde se realizó. Para este proceso se dispondrá de un máximo de dos horas a partir del cierre de la votación. El conteo se realizará en presencia de los delegados y delegadas de los precandidatos. Para el conteo de los votos se aplicará el siguiente procedimiento:

20 a) El Presidente de la Comisión Electoral de Mesa, auxiliado por los demás integrantes de la misma, cotejará la cantidad de Boletas de Votación contenidas en las urnas A y B, sin abrirlas, con el número de electores que ejerció el derecho al voto según lo registrado en el Padrón de votación. Primero se hará el cotejo con las boletas de votación del nivel A y cuando se finalice este cotejo se hará lo mismo con las boletas del nivel B. Si hubiera una o más boletas, en cualquiera de las dos urnas, que exceda al número de electores que ejerció el derecho al voto, se sacará al azar el número de boletas excedentes y se romperán sin abrirlas. b) Cotejada las boletas de votación de ambos niveles, se procederá primero al conteo de los votos emitidos para los Precandidatos Presidenciales en las Boletas del nivel A. Terminado ese conteo y luego de registrado, en letras y en números, en el Acta de Votación del nivel A los votos obtenidos por cada precandidato, se iniciará el conteo de los votos obtenidos por el SI y el NO en las Boletas del nivel B del Plebiscito y se consignarán los resultados en letras y en números en el Acta de Votación del nivel B. c) Se considerarán nulas todas aquellas boletas que aparezcan marcadas por más de un precandidato presidencial. Así mismo no será válido el voto para ningún precandidato, cuando no se pueda establecer con claridad la

21 intención del votante o la votante al marcar la fotografía del precandidato. Este mismo criterio de nulidad aplicará para la boleta del nivel B del plebiscito, cuando se marque simultáneamente por el SI y el NO en una Boleta o cuando no esté clara la intención del votante al marcar una de estas dos opciones que presenta el Plebiscito. d) Terminado el conteo de ambos niveles de votación y llenadas ambas Actas de Votación, se procederá a la firma de las mismas por parte de los integrantes de la Comisión Electoral de Mesa y los delegados y delegadas que lo deseen. La falta de la firma de uno o más delegados o delegadas no invalida el acta. e) Luego de firmar las dos Actas de votación se procederá al plastificado de las originales en ambos casos. En el Acta del nivel A se hará en el área donde se registraron los votos obtenidos por cada precandidato, y en el caso del Acta del nivel B se plastificará en el área donde están los recuadros con los resultados de la votación por el SI y el NO en el Plebiscito. f) La Comisión Electoral de Mesa introducirá las Actas originales plastificadas de ambos niveles de votación en el sobre plástico de seguridad suministrado por la Junta Central Electoral. g) La Comisión Electoral de Mesa entrará en la valija el sobre plástico de seguridad con las actas de votación originales de ambos

22 niveles, la funda de seguridad con las boletas válidas, un sobre manila con las boletas nulas y el padrón electoral de votación utilizado; procediendo de inmediato a cerrar la valija con una nueva presilla de seguridad numerada de color naranja. h) La primera copia de las Actas de Votación de ambos niveles de votación se introducirá en un sobre cerrado y será entregada a la Comisión Electoral Municipal, de Circunscripción o de Seccional. La segunda copia del Acta de ambos niveles de votación se quedará en mano de la Comisión Electoral de Mesa y las demás copias del Acta del nivel A se le entregarán a los delegados o delegadas de los precandidatos en el orden de los votos obtenidos en esa mesa de votación. 24. La o el Presidente y el Secretario o Secretaria de la Comisión Electoral de Mesa y los delegados y delegadas de los precandidatos que lo deseen, trasladarán la valija cerrada con su presilla de seguridad color naranja y el sobre cerrado con la primera copia de las Actas de Votación de ambos niveles, al local donde estará funcionando la Comisión Electoral Municipal, de Circunscripción o de Seccional de que se trate. 25. Con la presencia del Supervisor Presidencial, las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales recibirán las valijas de todas las mesas de votación que funcionaron en su demarcación y procederán

23 Instructivo elección a registrar en un formulario de control la recepción de la misma. 26. Inmediatamente después de registrada la recepción de las valijas y las Actas de Votación originales, las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales, coordinadas por el Supervisor Provincial, procederán a escanear y transmitir las actas originales de ambos niveles de votación hacia el Centro de Cómputos de la Comisión Nacional Electoral del PLD, apoyándose en el personal entrenado para esos fines. 27. Transmitidas las Actas de Votación originales, las mismas se introducirán de nuevo en los sobres plásticos de seguridad usados y se depositarán en la valija correspondiente a cada mesa, junto a los sobres de boletas válidas y nulas y el padrón electoral de la mesa. Los Supervisores Provinciales junto a las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales entregarán a la Comisión Nacional Electoral, en la Casa Nacional del Partido, todas las valijas correspondientes a su demarcación, con los materiales señalados más arriba, antes de las 9:00 de la mañana del día 27 de junio del año Las Comisiones Municipales Electorales, de Circunscripciones y Seccionales podrán registrar en el formulario correspondiente, los resultados de la votación de las distintas Mesas de Votación que correspondan a su jurisdicción, utilizando las copias de las actas que les corresponden, las

24 cuales fotocopiarán para facilitarles una copia de cada una de las actas del nivel A, a los delegados o delegadas de los precandidatos presentes. En ningún caso este procedimiento deberá interrumpir el proceso de envío de los resultados a la Comisión Nacional Electoral. 29. Se reitera que de acuerdo con el artículo 22 del Reglamento Electoral Cualquier miembro del Partido que adultere boletas, actas o cualquier otro material de votación, o realice acciones fraudulentas para favorecer al precandidato o precandidata de su preferencia, o para perjudicar un determinado precandidato o precandidata, será sometido al Tribunal de Disciplina que le corresponda, a fin de que sea juzgado por traición al Partido y sancionado con la expulsión deshonrosa y de por vida de las filas de la organización, de acuerdo con lo que establece el Artículo 11 del Reglamento Disciplinario. 30. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento Electoral la Comisión Nacional Electoral es la única instancia autorizada para proclamar el candidato presidencial electo y para comunicar los resultados del Plebiscito. En esa condición, procederá a la entrega de los resultados oficiales y a la proclamación del candidato electo en el menor tiempo posible. Comisión Nacional Electoral

25 Instructivo elección

26 - 26 -

27

28

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS A CARGOS CONGRESUALES Y MUNICIPALES PARA EL PERIODO

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS A CARGOS CONGRESUALES Y MUNICIPALES PARA EL PERIODO REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS A CARGOS CONGRESUALES Y MUNICIPALES PARA EL PERIODO 2016-2020 CONSIDERANDO: Que el Partido de la Liberación Dominicana está integrado por hombres

Más detalles

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Tiraje de 30000 ejemplares Coordinación del Proyecto: Dirección de Capacitación Electoral Diseño: Unidad de Comunicación Social

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción

Más detalles

Instructivo para la Elección de los Candidatos y Candidatas a cargos Congresuales y Municipales para el período 2016-2020

Instructivo para la Elección de los Candidatos y Candidatas a cargos Congresuales y Municipales para el período 2016-2020 Instructivo para la Elección de los Candidatos y Candidatas a cargos Congresuales y Municipales para el período 2016-2020 Conforme al Reglamento establecido por la Comisión Nacional Electoral del Congreso

Más detalles

VERSIÓN PARA EL EXTERIOR

VERSIÓN PARA EL EXTERIOR conceptos generales de la Administración de un colegio electoral Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales, Congresuales y Municipales del 15 de mayo, 2016 VERSIÓN PARA EL EXTERIOR Dirección Nacional

Más detalles

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Candidatos a Delegados y Suplentes: Cada seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número

Más detalles

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva

Más detalles

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A MENTALICEMOS NUESTRAS LISTAS PRESIDENTE : LISTA JUNTOS PODEMOS MAS Nº 1 DIPUTADOS: PACTO CONCERTACION Y JUNTOS

Más detalles

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL 2013 REPRESENTANTES DE PARTIDOS Los partidos políticos o las coaliciones, podrán acreditar en cada uno de los Distritos Electorales

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución

Más detalles

CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION ELECTORAL JUNTA CIVICA 1

CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION ELECTORAL JUNTA CIVICA 1 MANUAL PARA MIEMBROS DE JUNTAS CIVICAS CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION JUNTA CIVICA 1 INDICE Introducción 3 Juntas Cívicas 4 Tareas antes de las elecciones 5 Utiles y documentos electorales

Más detalles

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES OCTUBRE DE 2014 CONTENIDO 1. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE Y EQUIPAMIENTO... 3 2. PERSONAL AUTORIZADO Y FUNCIONES. 3 3. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO 4

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015)

INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015) ANEXO II INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015) ESTAS INSTRUCCIONES DEBERÁN SER EXPUESTAS EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS Y

Más detalles

A Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24

A Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24 A Ñ O 2 0 1 3 ABRIL MIÉRCOLES 24 Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen al Servicio Electoral las nuevas afiliaciones o desafiliaciones que se hubieren producido, con miras a la determinación

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 93 Jueves 17 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31431 III. OTRAS DISPOSICIONES JUNTA ELECTORAL CENTRAL 4188 Resolución de 14 de abril de 2014, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la

Más detalles

Inscripción de partidos políticos

Inscripción de partidos políticos Inscripción de s políticos Inscripción/Registro s (N. provincias) Argentina I 1985 Personería jurídicopolítica Acta de fundación y constitución 150 días 4000 inscritos en el registro electoral 1 millón

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A C O N V O C A T O R I A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LOS ALUMNOS POR LOS DEPARTAMENTOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS, RECURSOS DE LA TIERRA, Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Más detalles

ELECCIÓN INTEGRANTES SENADO UNIVERSITARIO INSTRUCTIVO ESPECIAL VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. 24 y 25 de junio de 2014

ELECCIÓN INTEGRANTES SENADO UNIVERSITARIO INSTRUCTIVO ESPECIAL VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. 24 y 25 de junio de 2014 ELECCIÓN INTEGRANTES SENADO UNIVERSITARIO INSTRUCTIVO ESPECIAL VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS 24 y 25 de junio de 2014 Considerando las Resoluciones N s. 0537 y 0691 de 06 y 30 de mayo de 2014,

Más detalles

INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA

INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA Quiénes pueden ser designados apoderados de mesa? Para ser nombrado apoderado, se requiere ser : Ciudadano mayor de 18 años No haber sido condenado por delitos sancionados

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,

Más detalles

III Funciones del Personal

III Funciones del Personal CÓMPUTOS DISTRITALES Manual de la sesión especial de cómputos distritales Proceso Electoral 2014-2015 III Funciones del Personal 2014-2015 CONTENIDO I. ACTIVIDADES PREVIAS AL CÓMPUTO DISTRITAL... 3 CONSEJO

Más detalles

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RÉGIMEN ELECTORAL -1 (Capítulo V, R.G.O.) Cuándo se convocan las elecciones en Cruz Roja? (Art. 39, RGO) Cada cuatro años el/la presidente/a de Cruz Roja Española,

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

TIPO DE TRÁMITE: Modificación COFEPRIS Modificación de Registro de Comité. TRÁMITES CON CARÁCTER DE AVISO: COFEPRIS COFEPRIS

TIPO DE TRÁMITE: Modificación COFEPRIS Modificación de Registro de Comité. TRÁMITES CON CARÁCTER DE AVISO: COFEPRIS COFEPRIS R.U.P.A.: INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE COMITÉ Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), es la interconexión y sistematización informática de los Registros de Personas

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES RECEPTORAS DE LOS GOBIERNOS ESCOLARES ESTUDIANTILES

INSTRUCTIVO PARA MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES RECEPTORAS DE LOS GOBIERNOS ESCOLARES ESTUDIANTILES INSTRUCTIVO PARA MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES RECEPTORAS DE LOS GOBIERNOS ESCOLARES ESTUDIANTILES la administración del proceso de Elección de los gobiernos escolares/ estudiantiles, pone a disposición

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente

Más detalles

Procedimiento para solicitud de diseño e impresión de las papeletas electorales

Procedimiento para solicitud de diseño e impresión de las papeletas electorales 30 30 años de democracia institucional años de democracia institu Universidad Estatal a Distancia TRIBUNAL ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Procedimiento para solicitud de diseño e impresión

Más detalles

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA CONSULADO GENERAL DEL PERU ATLANTA ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA El Consulado General del Perú en Atlanta convoca a la Comunidad Peruana a la elección del Consejo de Consulta para

Más detalles

CARTILLA INSTRUCTIVA PARA JURADOS DE VOTACIÓN

CARTILLA INSTRUCTIVA PARA JURADOS DE VOTACIÓN Registraduría Delegada en lo Electoral CARTILLA INSTRUCTIVA PARA JURADOS DE VOTACIÓN VOTACIONES EL EXTERIOR Elecciones de Senado, Cámara de Representantes, Parlamento Andino Elecciones marzo de 2014 OBJETIVO

Más detalles

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente y dos Vocales y sus respectivos suplentes,

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SORE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL VOTO POR CORREO EN LAS ELECCIONES SINDICALES 2015

NOTA INFORMATIVA SORE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL VOTO POR CORREO EN LAS ELECCIONES SINDICALES 2015 NOTA INFORMATIVA SORE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL VOTO POR CORREO EN LAS ELECCIONES SINDICALES 2015 El procedimiento de voto por correo en las elecciones sindicales se regula en el artículo 19

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la

Más detalles

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES. REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria

Más detalles

ASOCIACION DE JUBILADOS BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO REGLAMENTO DE VOTACIONES Y ESCRUTINIOS

ASOCIACION DE JUBILADOS BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO REGLAMENTO DE VOTACIONES Y ESCRUTINIOS ASOCIACION DE JUBILADOS DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO ASSOCIATION OF RETIREES OF THE INTER-AMERICAN DEVELOPMENT BANK 1300 New York Avenue, N.W., Washington, D.C. 20577 Tel. (202) 623-3035; Fax

Más detalles

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR EXTRACTO LEY ORGÁNICA 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL

Más detalles

Reporte. Automatización del proceso electoral. Ecuador

Reporte. Automatización del proceso electoral. Ecuador Reporte Automatización del proceso electoral Ecuador Resumen Para la automatización de los procesos electorales, el Ecuador ha tenido que superar varias crisis que relacionan al sistema electoral y a la

Más detalles

REPUBLICA DOMINICANA JUNTA CENTRAL ELECTORAL

REPUBLICA DOMINICANA JUNTA CENTRAL ELECTORAL REPUBLICA DOMINICANA JUNTA CENTRAL ELECTORAL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTERIOR CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral debe dictar cuantas medidas sean necesarias

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Página 1 Modificado por Asamblea Anual Ordinaria del 21 de noviembre de 2013. ARTÍCULO 1: La Junta Electoral, conformada por

Más detalles

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA Institución Educativa  CAPITULO I GENERALIDAD PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad

Más detalles

CURSO DE CAPACITACIÓN PARA AUTORIDADES DE MESAS ELECTORALES

CURSO DE CAPACITACIÓN PARA AUTORIDADES DE MESAS ELECTORALES CURSO DE CAPACITACIÓN PARA AUTORIDADES DE MESAS ELECTORALES AUTORIDADES DEL COMICIO EL PRESIDENTE DE MESA Es la máxima Autoridad de la Mesa. Tiene el deber de asistir a la apertura y clausura del Acto

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

PROYECTO DE LEY SOBRE PLEBISCITO Y CONSULTAS DE CARÁCTER COMUNAL BOLETÍN N

PROYECTO DE LEY SOBRE PLEBISCITO Y CONSULTAS DE CARÁCTER COMUNAL BOLETÍN N PROYECTO DE LEY SOBRE PLEBISCITO Y CONSULTAS DE CARÁCTER COMUNAL BOLETÍN N 7.308-06 AGENDAS DEMOCRATICAS DEL GOBIERNO QUE INCLUYE TRES PROYECTOS DE LEY FIRMADOS DURANTE EL MES DE AGOSTO DE 2010 POR EL

Más detalles

Mecanismos para la selección aleatoria de ciudadanos para la integración de Mesas Directivas de Casilla

Mecanismos para la selección aleatoria de ciudadanos para la integración de Mesas Directivas de Casilla Mecanismos para la selección aleatoria de ciudadanos para la integración de Mesas Directivas de Casilla Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica Primera Sesión Ordinaria 25 de enero de 201

Más detalles

Revisión de documentos de elecciones

Revisión de documentos de elecciones Revisión de documentos de elecciones Para todas Para elección directa 1. Acta de elección de tribunal de garantías 1. Acta de instalación y cierre de votaciones 2. Listado de asistencia 2. Actas de escrutinio

Más detalles

PROPAGANDA ELECTORAL EN LAS CAMPAÑAS PRESIDENCIALES

PROPAGANDA ELECTORAL EN LAS CAMPAÑAS PRESIDENCIALES PROPAGANDA ELECTORAL EN LAS CAMPAÑAS PRESIDENCIALES Para divulgar sus programas de gobierno y obtener apoyo electoral, los candidatos a la presidencia que postulan sus nombres para ser elegidos en los

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS 2014 1 PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS 1. Convocatoria a

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL VOTO PRESENCIAL Y EL RECUENTO DE VOTO ANTICIPADO

PROCEDIMIENTO PARA EL VOTO PRESENCIAL Y EL RECUENTO DE VOTO ANTICIPADO PROCEDIMIENTO PARA EL VOTO PRESENCIAL Y EL RECUENTO DE VOTO ANTICIPADO ÍNDICE 1 ELECCIONES A RECTOR Y CLAUSTRO.... 3 1. Composición y localización de las Mesas Electorales... 3 2. Constitución de las Mesas

Más detalles

CONVOCA. A los militantes del Partido que deseen participar como aspirantes al Consejo Nacional a la: EVALUACIÓN

CONVOCA. A los militantes del Partido que deseen participar como aspirantes al Consejo Nacional a la: EVALUACIÓN El Partido Acción Nacional, por medio de la Secretaría Nacional de Formación y Capacitación, con fundamento en el artículo 29, inciso d) de los Estatutos Generales del Partido Acción Nacional, CONVOCA

Más detalles

CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION ELECTORAL - URNA ELECTRONICA - JUNTA CIVICA 1

CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION ELECTORAL - URNA ELECTRONICA - JUNTA CIVICA 1 MANUAL PARA MIEMBROS DE JUNTAS CIVICAS PARA EL USO DE LAS URNAS ELECTRÓNICAS CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION - URNA ELECTRONICA - JUNTA CIVICA 1 INDICE Introducción 3 Urna Electrónica

Más detalles

Actas de escrutinio 6. Sello de la mesa y códigos de barra

Actas de escrutinio 6. Sello de la mesa y códigos de barra 1. Datos del Centro de votación y de la mesa 2. Cantidad de votos emitidos (según cuaderno y según máquina) 3. Votos por candidatos 4. Observaciones 5. Firmas y huellas de miembros, testigos y operador

Más detalles

Anuario Estadístico de La Rioja. La Rioja en Cifras. Conceptos

Anuario Estadístico de La Rioja. La Rioja en Cifras. Conceptos 16. ELECCIONES Conceptos Electores. Son electores todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. En las elecciones municipales y al Parlamento Europeo también pueden votar los ciudadanos

Más detalles

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los Representantes Estudiantiles ante los Consejos de Facultad EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

ELECCIONES Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica de Castilla y León

ELECCIONES Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica de Castilla y León 1 2 Según el Reglamento Electoral de AETICAL existen varias modalidades de voto para las elecciones del año 2014. A continuación se explica cómo votar a través de cada sistema. Cada elector sólo podrá

Más detalles

Tablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)

Tablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) Agrupaciones Políticas Nacionales (APN) Constitución y registro Artículo 22.- 1. La agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político para participar en las elecciones federales

Más detalles

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el

Más detalles

Fechas, horarios y sedes para el cotejo documental. El horario de atención será de 9:00 a 16:00 hrs. (horario local).

Fechas, horarios y sedes para el cotejo documental. El horario de atención será de 9:00 a 16:00 hrs. (horario local). LISTA CON LOS FOLIOS DE LAS ASPIRANTESS CONVOCADAS A LA ETAPA DE COTEJO Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA PRIMERA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO P 2013-2014. 16 13 DE DICIEMBRE DE 201 En cumplimiento

Más detalles

REGLAMENTO DE AFILIACIONES

REGLAMENTO DE AFILIACIONES REGLAMENTO DE AFILIACIONES CAPÍTULO I OBJETO Y ALCANCES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento contiene las normas generales y establece los requisitos y procedimientos para la afiliación, preafiliación,

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 64 Lunes, 6 de abril de 2015 Pág. 24766 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA ORDEN PRE/273/2015, de 1 de abril,

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO JUNTA DE ANDALUCIA CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil Servicio de Estudios y Coordinación Electoral INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO En

Más detalles

Nota de prensa. La Comunidad cuenta con mesas electorales distribuidas en sus municipios. resultados2016.infoelecciones.

Nota de prensa. La Comunidad cuenta con mesas electorales distribuidas en sus municipios. resultados2016.infoelecciones. Nota de prensa La Comunidad cuenta con 4.517 mesas electorales distribuidas en sus 2.248 municipios La Delegación del Gobierno en Castilla y León coordina el dispositivo de las Elecciones Generales de

Más detalles

1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.

1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental. INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar

Más detalles

COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS

COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS Página 1 de 1 COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS Es la dependencia encargada de asesorar a la comunidad de la ciudad de Popayán para la conformación de Clubes Deportivos al igual que controla el

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA HACER PROPUESTAS DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS A MIEMBROS/AS DEL COMITÉ CENTRAL.

PROCEDIMIENTO PARA HACER PROPUESTAS DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS A MIEMBROS/AS DEL COMITÉ CENTRAL. PROCEDIMIENTO PARA HACER PROPUESTAS DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS A MIEMBROS/AS DEL COMITÉ CENTRAL. De acuerdo con el calendario establecido para la celebración del VIII Congreso Ordinario Comandante Norge

Más detalles

Reglamento sobre elecciones, revocaciones y consultas de Revolución Democrática

Reglamento sobre elecciones, revocaciones y consultas de Revolución Democrática Reglamento sobre elecciones, revocaciones y consultas de Revolución Democrática Título I: De las elecciones, consultas y revocaciones Artículo 1. Elección de cargos a nivel territorial. Las elecciones

Más detalles

SELECCIÓN DEL REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO

SELECCIÓN DEL REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO ESPAÑOL (ES) SELECCIÓN DEL REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO Índice (haz clic para dirigirte a cada sección) Representantes ante el Consejo Elegibilidad Deberes del representante Idiomas Selección del representante

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES

REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES APROBADO POR LAS REUNIONES DE CONSULTA Quito, Ecuador, 2009 El reglamento aquí impreso fue aprobado de manera independiente por cada Comisión del

Más detalles

GLOSARIO ELECTORAL. Centro de Educación Ciudadana Universidad San Sebastián

GLOSARIO ELECTORAL. Centro de Educación Ciudadana Universidad San Sebastián GLOSARIO ELECTORAL Centro de Educación Ciudadana Universidad San Sebastián El Centro de Educación Ciudadana de la Facultad de Derecho de la Universidad San Sebastián en su misión de hacer el conocimiento

Más detalles

Las normas que los diferentes campus deberán seguir son las siguientes:

Las normas que los diferentes campus deberán seguir son las siguientes: Estas políticas y normas aplican para la invitación de candidatos a cargos de representación a elección popular (candidatos a presidente de la República, gobernador, alcalde o presidente municipal, diputado

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública 1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado

Más detalles

ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS

ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS El presente instructivo servirá como guía a los Partidos Políticos como a los Movimientos Internos que deseen participar

Más detalles

ELECCIONES FUNCIONARIOS

ELECCIONES FUNCIONARIOS ELECCIONES FUNCIONARIOS 1 PROMOCIÓN DE ELECCIONES Quién puede promoverlas? Los sindicatos representativos a nivel estatal o de Comunidad Autónoma, dependiendo del ámbito. Los sindicatos que hayan conseguido

Más detalles

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL RED JOVENES X MÉXICO COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL RED JOVENES X MÉXICO COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 23, 43, 44, 46 y 47 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional; 1,4, 5, 6, 11, 43 fracción IV, 46, 84, 87, 88, 91 fracción III, 92, 94, 102 y

Más detalles

COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL

COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ http://www.coespe.org REGLAMENTO ELECTORAL PROCESO ELECTORAL 2013: RENOVACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL Y DE LOS CONSEJOS REGIONALES COESPE (2014-2015) Parque Hernán Velarde

Más detalles

ELECCIONES C.R.E. 2016

ELECCIONES C.R.E. 2016 ELECCIONES C.R.E. 2016 Guía de preguntas y respuestas Consulado General de España en Ginebra El pasado día 13 de agosto se celebró la primera reunión de la Comisión Electoral de la circunscripción de este

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se crea el portal de procedimientos para el intercambio de datos y aplicaciones del censo electoral entre la Oficina del

Más detalles

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S (E S C U E L A S) M O D E L O S 1. Anuncio del sorteo para la composición de la Junta Electoral. 2. Convocatoria de los componentes de la Junta Electoral. 3. Acta de constitución de la Junta Electoral.

Más detalles

Lineamientos Mesas Temáticas RENDICIÓN DE CUENTAS 2014 MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

Lineamientos Mesas Temáticas RENDICIÓN DE CUENTAS 2014 MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Lineamientos Mesas Temáticas RENDICIÓN DE CUENTAS 2014 MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD 1. PROCESO DE EXPOSICIÓN 1.1. Roles de Actores Moderador/as Serán quienes dirijan la Mesa Temática, para lo

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: /4

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: /4 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2232 0380 /4 1. OBJETIVO INSTITUCIONAL Velar por el fiel cumplimiento de la normativa que regula el ejercicio de los derechos

Más detalles

XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión

XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión Artículo 1. La Reunión de Consulta sobre Historia tiene entre otros fines elegir las Autoridades

Más detalles

Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período

Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período 2016-2018 9 A 16 SEPT. 19 SEPT. A 2 OCT. 3 AL 8 OCT. 18 OCT. Inscripción de candidatos/as Presentación Oficial

Más detalles

Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica. Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán CONVOCATORIA

Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica. Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán CONVOCATORIA Apatzingán, Mich. A 08 de Junio de 2015 Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica ZONA CENTRO Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán En base a los estatutos

Más detalles

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.

Más detalles

M a n u a l p a r a Elecciones Generales y Departamentales 2008

M a n u a l p a r a Elecciones Generales y Departamentales 2008 M a n u a l p a r a Elecciones Generales y Departamentales 2008 Magistrados del Tribunal Superior de Justicia Electoral Dr. Juan Manuel Morales Vicepresidente Dr. Rafael Dendia Presidente Dr. Alberto Ramírez

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTION DE BANCOS

PROCEDIMIENTO DE GESTION DE BANCOS GESTION DE BANCOS Revisión Fecha Modificaciones Código: XXX Edición 1 Página 3 de 6 INDICE 1. Objeto general 2. Alcance 3. Procedimientos generales Código: Edición 1 Página 4 de 6 1. Objetivo general Establecer

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG)

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. Fuentes normativas y prelación de normas 1. La Asociación

Más detalles