TITULO DISPOSICIONES GENERALES

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1 REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA - AÑO FISCAL 2011 TITULO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren la efectiva participación de la Sociedad Civil organizada y el Estado en la Implementación del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en la Municipalidad Distrital de Punchana para el ejercicio 2011, en concordancia con la normatividad legal vigente. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación. El presente Reglamento es de aplicación en el ámbito del Distrito de Punchana. Artículo 3º.- Finalidad. El presente Reglamento tiene como finalidad regular la participación activa de la sociedad civil organizada y la participación de los estudiantes del 5to. Grado de Secundaria y/o Alcaldes Escolares, en la asignación de los recursos financieros, así como el recurso óptimo de los recursos humanos, institucionales, ambientales, sociales, económicos, culturales y el desarrollo integral del Distrito de Punchana. Artículo 4º.- Base Legal. El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, esta sustentado en las normas siguientes: Constitución Política del Perú Ley Nº Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº Ley Marco del Presupuesto Participativo D.S. Nº EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Ley Nº Ley del Sistema Nacional de Inversión Publica D.S. Nº EF, Reglamento de la Ley Nº Instructivo Nº EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2011, R.D. Nº EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Ley Nº Ley que modifica la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. D.S. Nº EF Criterios de alcance, cobertura y monto de los proyectos de impacto, regional, provincial y distrital. D.S. Nº EF aprueba el Reglamento de la Ley del Presupuesto Participativo.

2 Directiva Nº EF/76.01, Resolución Directoral Nº EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público Enfoque por Resultados. TITULO II DEFINICIONES BASICAS Artículo 5º.- Principios del Presupuesto Participativo. Para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, se deberá tener en cuenta los principios rectores que se detallan: 1. Participación, los gobiernos locales promueven la participación ciudadana en las decisiones de gobierno. 2. Transparencia; Comunidad informada sobre decisiones del proceso 3. Igualdad de Oportunidades; participación plena sin discriminación, política, ideológica, religiosa, racial, genero u otro. 4. Tolerancia; Respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de los agentes. 5. Eficiencia y Eficacia; Optimización de los recursos de la Municipalidad. 6. Equidad; Igual acceso a oportunidades. 7. Competitividad; Gobiernos locales con gestión competitiva, que promueven la inversión privada, para el desarrollo local. 8. Corresponsabilidad; Entre el Estado y la Sociedad Civil, como principales actores del desarrollo. 9. Solidaridad; Disposición para asumir los problemas de otros como propios. 10. Respeto a los acuerdos; La participación de la sociedad civil en los presupuestos participativos se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados, por lo que no pueden ser modificadas unilateralmente. 11. Subsidiariedad; El gobierno mas cercano a la población es el mas idóneo para ejercer la competencia o función; por consiguiente el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que puedan ser cumplidas mas eficientemente por los gobiernos regionales, y estos a su vez no deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutados eficientemente por los gobiernos locales, evitando la duplicidad de funciones. 12. Prevención; El gobierno regional y los gobiernos locales, deben adoptar medidas anticipadas para reducir los riesgos de los efectos que una eventualidad o catástrofe natural para ocasionar daños a la población y al medio ambiente. Artículo 6º.- Objetivos del Proceso: Fortalecer la gobernabilidad, a través del involucramiento de la ciudadanía en la gestión, asumiendo compromisos y responsabilidades compartidas entre el estado, sin fines partidarios, ni personales. Promover la equidad, acercando a la sociedad civil a la toma de decisiones sobre la inversión pública. Mejorar la eficiencia y eficacia orientada a la asignación de recursos a actividades y proyectos de desarrollo, para el logro de resultados.

3 Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambiéntales y culturales que mejoren los niveles de vida a la población y fortalezcan sus capacidades como base para el desarrollo humano. Fortalecer la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, como actores principales en la implementación de las políticas y estratégicas para el desarrollo sostenible. Reforzar la transparencia el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de intervenciones concertadas en el Proceso del Presupuesto Participativo; así como la vigilancia de la gestión, pública, fortaleciendo las capacidades para el desarrollo del Presupuesto por Resultados. Para el logro de una mayor efectividad en la gestión se deben relacionar los resultados con los productos, así como las accione y medio necesarios para su ejecución, de tal forma que los proyectos que se prioricen en el proceso participativo garanticen mejoras en la calidad de vida de la población, particularmente en aquellas dimensiones que se consideren mas prioritarias para el desarrollo local. Artículo 7º.- Rol de los Actores: A.- Alcalde Distrital: Es el responsable de convocar, informar y promover la articulación y coordinación del proceso del Presupuesto Participativo del nivel distrital: a) Convoca a reunión del Consejo de Coordinación local Provincial en su calidad de Presidente, para dar inicio al proceso del Presupuesto Participativo. b) Propone el cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo en el ámbito del distrito de Punchana haciendo de conocimiento público. c) Informa sobre el estado e los proyectos en continuidad a ser sometidos al presupuesto Participativo. d) Dispone la evaluación técnica de los proyectos identificados para si priorizacion en los talleres del proceso participativo. e) Proponer para consideración, los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. f) Determinar e informar a los agentes participantes en el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin perjuicio que los recursos n incluidos en el Presupuesto Participativo se asignen por resultados claramente especificadazos. g) Dispone las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. h) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los recursos. i) Rendir cuenta a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. B.- El Consejo de Coordinación Local Distrital: Constituye el órgano de coordinación y concertación en los procesos de planeamiento estratégico, presupuesto participativo, fortalecimiento de la gobernabilidad local y fiscalización de la gestión del gobierno distrital de Punchana, el mismo que esta presidido por el Alcalde Distrital de Punchana, cuya función es: a) Participar y Promover activamente en el proceso del Presupuesto Participativo.

4 b) Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local. c) Coordinar la incorporación de los proyectos de Inversión en el Presupuesto Institucional Municipal. d) Apoyar el Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. C.- El Concejo Municipal: Es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Proceso del Presupuesto Participativo, cuyo función es: a) Aprueba los lineamientos de Política Presupuestal, Ordenanza Municipal y otras normas que rigen el proceso del Presupuesto Participativo. b) Aprueba el programa de Inversiones 2011, tomando en consideración las sugerencias hechas por el CCLD. c) Fiscaliza el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, asi como el cumplimiento de los acuerdos en la ejecución del presupuesto. D.- Equipo Técnico del Proceso Participativo: a) Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes Fases del Proceso. b) Preparar y facilitar la información para el desarrollo de los Talleres de Trabajo y la Formalización de Acuerdos del Proceso. c) Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos, verificando que correspondan al ámbito de competencia del nivel de Gobierno local. d) Prepara y presentar la lista de proyectos priorizados, que aprobaran la evaluación técnica y financiera. e) Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos del Proceso. Se encuentra conformado por: - El Gerente de Planeamiento y Presupuesto y Estadística quien lo preside - Jefe de la Unidad de Presupuesto - El Gerente de Servicios Municipales - El Gerente de Desarrollo Urbano - El Gerente de Desarrollo Económico - El Jefe de La Unidad de Programación e Inversión OPI - Secretario Técnico de la Comisión Ambiental Municipal (CAM)- MDP - Dos (02) profesionales de la Sociedad Civil organizada E.- Agentes Participantes en el Proceso Participativo: a) Participar con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. b) Proponer proyectos de inversión de impacto distrital de acuerdo a los lineamientos en el Plan de Desarrollo Concertado e Instructivo del Presupuesto Participativo. c) Respetar los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso del Presupuesto Participativo. e) Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso del Presupuesto Participativo.

5 f) Informa a la agrupación social a quienes representan acerca de la realización y avance del proceso del presupuesto participativo g) Las entidades a quienes representan confinancian la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos financieros, materiales y/o de mano de obra. h) Otros que demande el proceso. F.- Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística: a) Propone a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura incorporando proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo. b) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del proceso a la Dirección Nacional de Presupuesto Publico. c) Mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso. G.- Comité de Vigilancia y Control del Proceso Participativo. a) Vigila el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo y la ejecución de los Proyectos Priorizados. b) Solicita al Gobierno Local, la información necesaria para vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. c) Informa por escrito al Concejo Municipal y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. El Comité de Vigilancia esta conformado por los miembros elegidos entre los representantes de la sociedad civil inscritos para participar en el proceso del Presupuesto Participativo y esta compuesto por cuatro (04) miembros elegidos durante el desarrollo de los talleres de trabajo, tiene como función vigilar el desarrollo de las diversas etapas del proceso y ejercer acciones de vigilancia en la priorización de los acuerdos tomados y de la efectividad ejecución de los mismos. H.- Talleres de Trabajo Reuniones de trabajo de los agentes participantes convocadas por el Alcalde, en las cuales se analiza la problemática del Distrito y en el proceso de deliberación de los mismo, se llega a la toma de acuerdos concertados en la búsqueda de alcanzar metas y objetivos orientados al desarrollo integral del Distrito. TITULO III DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 8º.- El Proceso Participativo Son las diversas acciones a través de las cuales se promueve desde la Municipalidad Distrital de Punchana la activa participación de la ciudadanía y la sociedad civil. El proceso de formulación del presupuesto participativo comprende las siguientes fases: preparación, convocatoria, identificación y registro de agentes participantes, capacitación de agentes participantes, talleres de trabajo descentralizado en la Zona Rural y Zona Urbano Marginal, evaluación técnica, formalización de acuerdos y compromisos del proceso participativo y rendición de cuentas.

6 TITULO IV DE LA PREPARACION, CONVOCATORIA, IDENTIFICACION, REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES Y CAPACITACION DE AGENTES PARTICIPANTES. Artículo 9º.- Fase de Preparación. En esta fase de preparación comprende las acciones de: comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los Agentes Participantes, esta fase es de responsabilidad compartida entre el Alcalde, los miembros del CCLD, el Equipo Técnico y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística, quienes deben realizar el desarrollo del proceso oportunamente y con la debida anticipación. La Municipalidad en coordinación con su equipo técnico y el Consejo de Coordinación Local Distrital, se encargan de la difusión y sensibilización, sobre la importancia de la participación ciudadana, difusión del marco normativo, entre otras que consideren pertinentes. En esta fase se debe disponer de la siguiente información para su distribución a los agentes participantes, en el momento que se inicien los talleres; a.- Plan de Desarrollo Distrital Concertado del Distrito de Punchana b.- Plan de Desarrollo Institucional c.- Recursos totales por fuente de financiamiento, que se estime asignar para la ejecución de proyectos resultantes del proceso. Artículo 10º.- Fase de Convocatoria El Alcalde de la Municipalidad en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital y Equipo Técnico convocan al proceso del Presupuesto Participativo, a la población en general y los Agentes Participantes a registrarse y a participar en el proceso del Presupuesto Participativo, la difusión se hará mediante anuncio en los diarios de mayor circulación, avisos en los locales Municipales, avisos en las plazas publicas, avisos comunales, en parroquias, en entidades publicas, perifoneo y haciendo uso de los medios de comunicación mas adecuados. El proceso de difusión e información del Proceso del Presupuesto Participativo será conducido por la Oficina de Protocolo e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Punchana. Artículo 11º.- Identificación de Agentes Participantes La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística de la Municipalidad Distrital de Punchana se encarga de la identificación, inscripción o reinscripción y acreditación de los Agentes Participantes. Artículo 12º.- Son agentes participantes del Proceso del Presupuesto Participativo: a) Alcalde Distrital b) Consejo de Coordinación Local Distrital c) Concejo Municipal Distrital d) Representantes de la Sociedad Civil (Clubes de Madres, Comités de vaso de Leche, Centros Familiares, Centros Materno Infantiles, etc.) e) Organismos e instituciones Públicas y Privadas: Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Civiles, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ONG s, Cámara

7 de Comercio, Asociaciones o Gremios (Empresariales, Laborales, Agrarios, de Productores o Comerciantes), Organismos de Cooperación Técnica Internacional, Fundaciones, Iglesias, Asociaciones de Personas con Discapacidad, Partidos Políticos, otras que tengan presencia en el ámbito Distrital. Artículo 13º.- El Alcalde Distrital, los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, el Concejo Municipal y el Comité de Vigilancia, son miembros natos ante el proceso Participativo, contando con voz y voto. Artículo 14º.-La Sociedad Civil organizada inscrita en el Registro Único de las Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) de la Municipalidad Distrital de Punchana, aquellas no inscrita en el mencionado registro, pero que tengan reconocimiento de alguna entidad publica y las entidades del gobierno nacional que deseen participar en el proceso del presupuesto participativo 2011, deberán solicitar su inscripción en el libro de Registro de Organizaciones Participantes el cual se ubicara en la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística de la Municipalidad Distrital de Punchana. - Los requisitos que deberán presentar los agentes participantes serán los siguientes: 1.- Acta de Constitución de la Organización social, con vigencia mínima de 1 año. 2.- Copia de la última acta de asamblea 3.- Reconocimiento de la Organización social ante alguna instancia del Estado 4.- Acreditación de un (01) representante titular y un (1) suplente por cada organización social, para el desarrollo del presupuesto participativo Copia simple del documento nacional de identidad (DNI) del representante y suplente acreditado. 6.- Para el caso de los representantes de las Instituciones publicas y privadas afincadas en el Distrito de Punchana, deberán presentar documento de identidad de los representantes (titular y suplente), documento de representación de la institución que lo acredite como tal y documento que acredite el domicilio de las instituciones publicas y privadas en el Distrito. Concluido el proceso de inscripción de los agentes participantes, la oficina de Relaciones Publicas y Protocolo de la Municipalidad publicara la lista de los agentes participantes acreditados. Artículo 15º.- Atribuciones y Obligaciones de los Agentes Participantes: a) Asistir a los talleres de capacitación de trabajo y demás convocatorias que se realicen durante el proceso del presupuesto participativo. b) Trasladar a la asamblea la posición de la entidad o institución que representa c) Asumir compromisos ante la asamblea en relación a los proyectos y propuestas presentadas. d) Proponer la ejecución de proyectos de inversión o de servicios de intereses público, en función a necesidades del Distrito. e) Participar en las priorizaciones de los proyectos y propuestas presentadas f) Suscribir el acta de acuerdos y compromisos del presupuesto participativo g) Participar en la elección del comité de vigilancia y control. Los agentes participantes tienen como misión principal la discusión y definición de los criterios de identificación y priorizacion de proyectos por ejes estratégicos en

8 concordancia con el plan de desarrollo concertada y basado en los objetos y principios del presupuesto participativo. En caso de incumplir sus obligaciones descritas precedentemente, el agente participantes sea cual fuera su condición, será pasible de una suspensión parcial o total de acuerdo a la gravedad del hecho, evaluado por el equipo técnico. Artículo 16º.- Faltas y Sanciones: Se consideran faltas a los actos que contravengan a las normas precisadas para el presupuesto 2011 por los Agentes Participantes durante el Desarrollo de las Actividades que contempla el Proceso del Presupuesto Participativo, como las siguientes: a) Inasistencia injustificada a los talleres convocados. b) Agresión física y/o verbal a uno o varios agentes participantes. c) Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo. d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones. Las sanciones se aplicaran según la gravedad o reiteración de las faltas señaladas y serán las siguientes: a) Por primera vez; llamada de atención en el taller o sesión b) Por Segunda vez; comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Punchana, dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento a la organización de la Sociedad Civil o Institución Publica a la que representa. c) Por tercera vez; denuncia publica de la falta y de ser el caso el envío de una solicitud a la Organización de la Sociedad Civil o Institución Publica que representa, para la sustitución del representante. d) La inasistencia injustificada de los agentes participantes de los agentes acreditados de las zonas del distrito de Punchana, originara la perdida del derecho a proseguir en el proceso del Presupuesto Participativo. Articulo Nº 17º.- Capacitación de Agentes Participantes. La capacitación de agentes participantes acreditadas es una acción que tiene como fin actualizar y precisar los conocimientos sobre el desarrollo del proceso del presupuesto participativo y mejorar su participación, la cual debe ser una tarea permanente y puede ser realizada a través de una diversidad de modalidades como: talleres, asamblea, folletos, explicativos o reuniones en las que las autoridades y la población se informen y comprenden las tareas que involucra el proceso del presupuesto participativo y otros de interés común. Articulo Nº 18º.- Fase de Concertación. La fase de Concertación comprende las actividades de desarrollo de talleres de trabajo a través de los cuales se desarrollan las distintas acciones conducentes a la priorizacion de resultados, proyectos de inversión y compromisos de la Municipalidad y la Sociedad Civil. Identificación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertaciones para la priorizacion y formulación de acuerdos y compromisos entre los Agentes Participantes, cuyos resultados deben constar en Actas. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Punchana o quien delegue informara el resumen presupuestal para el Año Fiscal 2011 donde dará a conocer el total de ingresos municipales, gastos corrientes y recursos para inversiones.

9 Articulo Nº 19º.- Funciones del Equipo Técnico a) Preparar la información y material necesario para el debate en los talleres de trabajo b) Evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados durante el proceso c) Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso d) Apoyo en la organización y ejecución de los talleres de trabajo e) Elaboración del documento del proceso participativo para el año fiscal 2011 f) sustentar la proyección económica y financiera de los recursos municipales y la determinación de los montos de gastos de inversión puesto a consideración de los agentes participantes. g) otros que dispongan el titular del pliego. TITULO V DE LOS TALLERES DE TRABAJO Articulo 20º.- Desarrollo de Talleres de Trabajo En un primer momento el desarrollo de los talleres de trabajo comprende la presentación, actualización o desarrollo del plan de desarrollo concertado del Distrito y la rendición de cuentas sobre el avance en el logro de los objetivos estratégicos y una evaluación de los resultados del proceso del presupuesto participativo y presupuestario del año previo. El segundo momento comprende el desarrollo de reuniones de trabajo en las que, desde una perspectiva temática y territorial, en el marco del plan de desarrollo concertado, se identifican problemas por resolver, potencialidades de aprovechar y se proponen acciones a implementar y compromisos por asumir para el desarrollo de tales acciones, siendo los resultados consolidados por el equipo técnico. El segundo momento tiene dos tipos de talleres de trabajo; - Taller de diagnostico temático y territorial: en los talleres de diagnostico temático, los agentes participantes en reuniones con sus representados y en reuniones de agentes participantes, discuten y analizan la situación del Distrito desde la perspectiva del desarrollo social, económico y ambiental y en los talleres de diagnostico territorial se identifican problemas y potencialidades en temas relevantes de la jurisdicción tratando de abarcar todos los ámbitos territoriales. - Taller de definición de criterios de priorización: Los agentes participantes discuten y definen los criterios para la priorización de las acciones a implementar tendientes a resolver los problemas o aprovechar las potencialidades identificadas en los talleres de diagnostico temático y territorial. TITULO VI EVALUACIÓN TECNICA DE PROYECTOS Articulo 21º.- Los miembros del Equipo Técnico de la Municipalidad Distrital deberán efectuar la evaluación técnica de los proyectos priorizados en los talleres participativos.

10 Articulo 22º.- Luego de la evaluación técnica efectuada, los proyectos deberán ser devueltos al equipo técnico, para su respectiva opinión sobre la factibilidad presupuestaria. Articulo 23º.- El equipo técnico dentro de los plazos establecidos en el cronograma de actividades, elaborara el cuadro de proyectos que cuenten con factibilidad técnica y presupuestaria, los mismos que serán presentados y sustentados en el taller de formalización de acuerdos. TITULO VII TALLER DE COORDINACION, FORMALIZACION DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y PUBLICACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2010 Articulo 24º.- Luego de la exposición y sustento de los proyectos declarados factibles por el equipo técnico, los agentes participantes procederán a realizar la aprobación respectiva del presupuesto participativo para el año fiscal Articulo 25ª.- Los resultados finales del presupuesto participativo para el año fiscal 2011 serán aprobados por el Consejo de Coordinación Local y Distrital. Articulo 26º.- Los resultados del presupuesto participativo para el año fiscal 2011, aprobado por el Consejo de Coordinación Local Distrital, serán dados a conocer a la opinión publica mediante los diversos medios de comunicación que aseguren el conocimiento mayoritario de los resultados del proceso participativo. TITULO VIII TALLER DE RENDICION DE CUENTAS Articulo 27º.- La rendición de cuentas constituye el acto mediante el cual la Municipalidad Distrital de Punchana, representada por el Alcalde, informa a la comunidad acerca del cumplimiento de los acuerdos tomados en el proceso del presupuesto participativo del año anterior. La rendición de cuentas se ejecuta al comienzo del proceso participativo. TITULO IX DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 28º.- Funciones del Comité de Vigilancia y Control, el Comité de Vigilancia y Control del presupuesto participativo tiene las siguientes funciones: a.- Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del proceso del Presupuesto Participativo y el cumplimiento de los acuerdos concertados en Presupuesto Participativo b.- Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de apertura PIA de la Municipalidad Distrital de Punchana.

11 c.- Vigilar que la Municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras de los proyectos aprobados en el presupuesto participativo. d.- Verificar que los recursos municipales sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. e.- Informar de manera semestral y anual al Consejo de Coordinación Local Distrital de los resultados de las funciones ejecutadas. f.- Que, se cumplan las rendiciones de cuentas establecidas. TITULO X DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Los plazos del desarrollo de las diferentes fases y actividades del proceso del presupuesto participativo se encuentran establecidos en el cronograma que forma parte del presente Reglamento. SEGUNDA.- En el desarrollo del proceso del presupuesto participativo, se priorizaran las propuestas de proyectos que favorezcan el desarrollo de las zonas mas deprimidas del Distrito de Punchana. TERCERA.- En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en al Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, el D.S. Nº EF, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 28056, Instructivo Nº EF/76.01, R.D. Nº EF/ CUARTA.- El desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo 2011 se regirá al cronograma adjunto que formara parte del presente reglamento.

12 ANEXO Nº 02 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACTIVIDAD CRONOGRAMA RESPONSABLES 1.- Preparación y Convocatoria y elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital con el asistencia técnica de la ONPE- IQUITOS 2.- Instalación y Juramentación de los 04 representantes de la Sociedad Civil al CCLD 3.- Conformación del Equipo Técnico 4.- Aprobación de Ordenanza, que da inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Publicación de Ordenanza Municipal 6.- Convocatoria, registro y acreditación de agentes participantes 7.- Rendición de Cuentas Año Fiscal al 30 de 04/ al 28 de 05/ al 28 de 05/ /05/2010 EQUIPO TECNICO GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ESTADISTICA EQUIPO TECNICO GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ESTADISTICA GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ESTADISTICA 28/05/2010 Concejo Municipal 31/05/2010 Del 28/05/2010 al 10/06/ /06/2010 Oficina de Protocolo e Imagen Institucional EQUIPO TECNICO GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ESTADISTICA Alcalde, Gerencia de PPE- y demás funcionarios de la Municipalidad 7.- Taller de Capacitación a Agentes Participantes, Equipos técnico distrital y Actores, para la implementación de la ruta del 11/06/2010 EQUIPO TECNICO Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y Rendición de Cuentas 8.- Taller de Identificación de problemas y Priorizacion de Proyectos 12/06/2010 EQUIPO TECNICO 9.- Evaluación Técnica de Proyectos Priorizados y Formalización de Acuerdos 12/06/2010 EQUIPO TECNICO y CCLD-MDP 10.- Elección del Comité de Vigilancia 12/06/2010 EQUIPO TECNICO y CCLD-MDP 11.- Publicación y remisión de Acuerdos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2011 al MEF 25/06/2010 GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ESTADISTICA

13 REGLAMENTO DE AUDIENCIA PUBLICA RENDICIÓN DE CUENTAS EJERCICIO FISCAL 2009 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA TITULO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Base Legal. Para efectos de la presente norma se ha tomado como referencia la siguiente Base Legal: a) Constitución Política del Perú: Articulo 31º.- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum iniciativa legislativa; moción o renovación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por la Ley Orgánica de Municipalidades. Es de derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. Lay ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación. Articulo 199º.- Los Gobiernos regionales y locales son fiscalizadores de sus propios órganos de fiscalización y por los organismos que tengan la atribución por mandato constitucional o legal, y están sujetos a control y supervisión de la Contraloría General de la Republica, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; b) Ley Nº Ley de Bases de la Descentralización Los Gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión publica. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas. c) Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades Artículo 9º del Titulo Preliminar, El Sistema de Planificación tiene como principio la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas. d) Ley Nº Ley Marco del Presupuesto Participativo Articulo 11º; los titulares del pliego de los gobiernos regionales y locales, están obligados a rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación del presupuesto participativo, así como del presupuesto total de la entidad. e) Ley Nº Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto f) Ley Nº Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

14 g) Ley Nº Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamentación h) Ley Nº Ley de Derechos de Participación y Control de Ciudadana, y; i) Demás normas Inherentes y Conexas. Artículo 2º.- Finalidad. La Audiencia Publica constituye un espacio de participación ciudadana en la gestión de la Municipalidad Distrital de Punchana, mediante ella, la autoridades y funcionarios informan a la ciudadanía sobre avances, dificultades, propuestas y perspectivas de la gestión municipal, respecto a la ejecución presupuestal y el uso de los recursos públicos, para promover la participación ciudadana en la gestión y control social de las actividades, acciones y trabajos realizados por la gestión municipal. Artículo 3º.- Principios. La Audiencia Publica se rige por los siguientes principios: Transparencia, participación, igualdad de información, moralidad, pluralidad, imparcialidad y debido proceso. Artículo 4º.- Vigencia. El presente Reglamento para la Audiencia Publica de Rendición de Cuentas Ejercicio Fiscal 2009, de la Municipalidad Distrital de Punchana, se llevara a cabo el día 11 de Junio del 2010 a horas 9.30 a.m. Artículo 5º.- Alcances. Se encuentran sujetos al presente Reglamento todas las Gerencias, Unidades, Oficinas de la Municipalidad Distrital de Punchana que tiene directa responsabilidad con las actividades y proyectos de inversión que forma parte de la Rendición de Cuentas. Artículo 6º.- Objetivos. a) Planificar, organizar y ejecutar la rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de Punchana de acuerdo con la normatividad aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas y las recomendaciones de la Defensoria del Pueblo. b) Brindar información pública, relevante y actualizada sobre la gestión municipal, sus logros, dificultades, propuestas y perspectivas a los integrantes del CCLD MDP y a los representantes de organizaciones sociales, civiles, religiosas y empresariales, como parte de la participación y vigilancia ciudadana en la manera creativa de una democracia participativa que genera compromisos y responsabilidades compartidas. c) Reforzar la relación entre el gobierno local y la sociedad civil organizada del Distrito de Punchana, introduciendo formalmente una nueva manera de comprender y ejercer la ciudadanía, en el marco creativo de una democracia. d) Facilitar la intervención de los ciudadanos del Distrito de Punchana en el desarrollo de la Auditoria Publica y promover la Participación Vecinal. e) Con el presente Reglamento se garantizara el adecuado orden para las intervenciones, participaciones, replicas y otros durante el desarrollo de la Audiencia Pública. Artículo 7º.- Contenido de la Rendición de Cuentas. De acuerdo con las recomendaciones de la Defensoria del pueblo, la Rendición de Cuentas tiene el siguiente contenido:

15 a) Disposiciones municipales (Ordenanzas, Acuerdos, Decretos y Resoluciones). b) Balance de la Ejecución del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Punchana. c) Información presupuestal, financiamiento y deudas. d) Ejecución del Presupuesto Participativo 2009: Inversiones, Gastos Corrientes. e) Balance de Ejecución de las Obras f) Adquisición de bienes y servicios importantes (montos y características técnicas). Artículo 8º.- Participantes. Por razones de pluralidad y representatividad, se considera la participación de las siguientes autoridades y representantes: Miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital. Alcalde Municipal del Centro Poblado Representantes de Organizaciones Sociales (Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares, APAFA, AA.HH., etc.) Representantes de los Gremios Empresariales Representantes de los Medios de Comunicación Representantes de las iglesias con presencia en el distrito Representantes de las Instituciones Publicas Se considera además las participaciones de ciudadanía que no representan a instituciones. TITULO II ORGANIZACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 9º.- Actividades Preliminares. Para la mejor realización de la Rendición de Cuentas es necesario organizar el trabajo siempre de acuerdo con el siguiente detalle: a) Elaboración del Plan de Trabajo (Actividades, Cronograma y responsable) Oficinas responsables: Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística. b) Conformación del Equipo Técnico. c) Reuniones de Coordinación Interna entre todas las unidades orgánicas. Artículo 10º.- Taller Interno para Revisión de Informe Preliminar: Con la participación de todos los Jefes de las Gerencias y demás Unidades Orgánicas. Artículo 11º.- Elaboración de Resumen Ejecutivo: Se trata de un resumido sobre la Gestión de la Municipalidad, el cual debe distribuirse entre los asistentes a la Audiencia Publica de Rendición de Cuentas. El documento es elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística, en base a la información recibida de las demás Gerencias y Unidades Orgánicas y oficinas involucradas.

16 TITULO III DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA Artículo 12º.- Convocatoria: La Convocatoria lo realizara el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Punchana, debiendo indicar el día, la hora, el lugar, objetivo y la agenda; y dicha convocatoria se hará por escrito a las autoridades y miembros del CCLD, con una anticipación de por lo menos de 10 días, en tanto que la convocatoria a los representantes de las organizaciones sociales deben hacerse por lo medios de comunicación masiva así como la metodología de su desarrollo y su participación, con una anticipación que en el primer caso. Artículo 13º.- Inscripciones: La inscripción queda abierta hasta antes que se de por iniciado en forma libre o abierto a titulo individual o como representante de una organización civil en la instalaciones de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estadística de la Municipalidad Distrital de Punchana o en las instalaciones del Recreo Turístico Familiar Don Pepe donde se realizara el presente evento. Artículo 14º.- Programa de la Audiencia: La audiencia pública tendrá el siguiente programa: Apertura de la Audiencia Pública Saludo de Bienvenida del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Punchana Presentación del Informe General, que recae esta responsabilidad en forma directa e indelegable en el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Punchana. Participación de las organizaciones que desean participar, en forma ordenada procederán a levantar el brazo darán su nombre y de ser el caso, manifestando a que organización representa y se concederá el tiempo pre establecido para su intervención según el Art. 16 del presente reglamento. Respuestas a las preguntas; que se procederá según el Art. 16 del presente reglamento. Acuerdos y Conclusiones Firma del Acta por los asistentes Clausura de la Audiencia Publica de la Rendición de Cuentas Ejercicio Fiscal 2009 Artículo 15º.- Moderador: La Audiencia Pública esta a cargo de un moderador, que será encargado de moderar el acto, garantizando la intervención de todos los participantes y asegurando el respecto de los principios consagrados y al tiempo establecido en el presente reglamento, quien será elegido entre los participantes. Artículo 16º.- Tiempo de Participación: La participación de los representantes de cada organización o persona natural serán 03 minutos por primera vez y una segunda participación de 02 minutos no habiendo replicas adicionales; cuando la pregunta es especializada podrá ser respondida por el funcionario o regidor competente que el Alcalde designe.

17 Si en caso el participante utiliza palabras ofensivas, el moderador exhortara para mantener la calma y la ponderación. De persistir las alternativas al orden, se solicitara la intervención de la fuerza pública para el retiro de la sala a la (s) persona(s) que comentan actos de indisciplina. Del mismo modo no se admitirá el ingreso actual al local a personas que se encuentran el estado etílico o bajo el consumo de drogas y/o estupefacientes. Artículo 17º.- Hora y Lugar: La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se desarrollara el 11 de Junio del 2010 a horas 9.30 hora exacta en las instalaciones del Recreo Turístico Familiar Don Pepe ubicado en calle 23 de Julio Lt. 43 con Av. Circunvalación Distrito de Punchana. TITULO IV DISPOSICIONES FINALES. PRIMERA.-Tratándose de una Audiencia Publica, pueden inscribirse cualquier ciudadano interesado en la rendición de cuentas, con el compromiso de guardar el orden respectivo. SEGUNDA.-En la eventualidad de producirse casos de violencia verbal y/o física que pongan en riesgo el normal desarrollo de la Audiencia Publica, el Moderador pedirá a los ciudadanos del orden Policía Nacional del Perú y/o efectivos del cuerpo del Serenazgo; el retiro inmediato de las personas que motivan el problema.

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