Glosario del Portal Vivienda. Índice. Glosario del Portal Vivienda Letra A... 9

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2 Glosario del Portal Vivienda La vivienda es una materia muy compleja donde a veces se pueden encontrar términos de difícil comprensión. Por este motivo, el Portal Vivienda, para facilitar la comprensión de sus informaciones, ha creado un glosario que trata de explicar uno a uno, en orden alfabético, cada término de forma detallada. Índice Glosario del Portal Vivienda... 2 Letra A... 9 Acta de Constitución...9 Adecuación de habitabilidad de viviendas...9 Adecuación estructural de edificios...9 Adecuación funcional de edificios...9 Amortización...9 Amortización anticipada...10 Aranceles notariales...10 Aranceles registrales...10 Arrendador...10 Arrendamiento...10 Arrendatario...10 Autorización de venta...10 Aval...10 Aval solidario Glosario del Portal de Vivienda

3 Avalista...11 Letra B Becario de investigación...12 Bien inmueble Inmueble...12 Letra C Calificación definitiva...13 Calificación provisional...13 Cancelación...13 Cancelación anticipada...13 Capacidad de endeudamiento...13 Capital Principal...13 Carencia...13 Carga...14 Cédula de calificación definitiva...14 Certificado registral Nota Simple...14 Coeficiente Cuota de participación...14 Comisión...14 Comisión de apertura...14 Comisión por amortización anticipada...15 Comisión por cancelación...15 Comisión por cancelación anticipada...15 Comisión por novación...15 Comisión por subrogación...15 Compraventa Glosario del Portal de Vivienda

4 Comunidad de propietarios...16 Constitución de un préstamo hipotecario...16 Contrato de arrendamiento...16 Crédito hipotecario...16 Cuota de amortización...16 Cuota de participación Coeficiente...16 Letra D Deducción Desgravación...17 Derecho de retracto...17 Derecho de tanteo...17 Desgravación Deducción...17 Diferencial Margen...17 Documento público Escritura...17 Domicilio habitual y permanente...17 Letra E Entidad financiera...18 Equipamiento comunitario rotacional y primario...18 Escritura Documento público...18 Euribor...18 Letra F Fiador solidario...19 Fianza de arrendamiento...19 Fianza solidaria...19 Finca Glosario del Portal de Vivienda

5 Fondo de reserva...19 Fuente regular de ingresos...19 Letra G Garantía hipotecaria...21 Letra H Hipoteca...22 Letra I Importe del préstamo...23 Impuesto de los Bienes Inmuebles (IBI)...23 Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)...23 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)...23 Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)...24 Índice de referencia...24 Ingresos familiares...24 Inmueble Bien inmueble...24 Inquilino...24 Interés Tipo de interés...25 Interés nominal...25 Inventariar viviendas...25 IPREM...25 Letra J Juicio de equidad...27 Letra L Libro de Actas Glosario del Portal de Vivienda

6 Licencia Urbanística Municipal...28 Lista Única de solicitantes de viviendas del Plan de Vivienda Joven 05/08 28 Letra M Margen Diferencial...29 Letra N N.I.F Nota de Encargo...30 Nota Simple Certificado registral...30 Novación...30 Letra O Oferta vinculante...31 Letra P Persona física...32 Persona jurídica...32 Período de amortización...32 Período de carencia...32 Período de revisión...32 Plazo de amortización...32 Precio Máximo Legal de Venta...32 Precio Teórico Máximo...33 Prestación social pública...33 Prestamista...33 Préstamo cualificado...33 Préstamo novado Glosario del Portal de Vivienda

7 Prestatario...33 Presupuesto protegido...34 Promotor...34 Préstamo hipotecario...34 Letra Q Quórum...35 Letra R Régimen Legal de Protección Pública...36 Renta...36 Renta máxima anual...36 Responsabilidad hipotecaria...36 Letra S Seguro de cobro de renta...37 Seguro multirriesgo...37 Señal...37 Sistema de amortización...37 Sistema de cuotas variables...37 Sistema francés...37 Sociedad de tasación...37 Subrogación...37 Subsidiación de hipoteca...38 Superficie construida de una vivienda...38 Superficie útil de una vivienda...38 Letra T Glosario del Portal de Vivienda

8 T.A.E. (Tasa Anual Equivalente)...39 Tasación...39 Tipo de interés Interés...39 Título Constitutivo...39 Letra U Unidad Familiar...40 Letra V Valor tasación...41 Vivienda habitual...41 Vivienda Protección Oficial (VPO)...42 Vivienda Protección Pública (VPO)...42 Vivienda usada Glosario del Portal de Vivienda

9 Letra A Acta de Constitución Siendo las Actas los documentos donde se plasman los acuerdos de una Comunidad de Propietarios, la de constitución tiene la particularidad de ser la primera que se celebra, es la que inicia el Libro de Actas. Adecuación de habitabilidad de viviendas Realización de obras que: Proporcionen a la vivienda condiciones mínimas respecto a su superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad y, en su caso, de gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico, servicios higiénicos e instalaciones de cocina u otros servicios de carácter general. Posibiliten en la vivienda el ahorro de consumo energético o que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendios o saneamiento. Tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas para facilitar su uso por personas con minusvalías. Proporcionen una ampliación del espacio habitable de la vivienda mediante obras o a través de cerramiento de terrazas, cuando dicha ampliación sea necesaria por las reducidas dimensiones de la vivienda o se trate de adaptar la superficie de la misma al número de miembros de la unidad familiar del promotor de la actuación. Adecuación estructural de edificios Obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad, resistencia, firmeza y solidez, o destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas o mejora de la accesibilidad del edificio, como la instalación de ascensores. Adecuación funcional de edificios Obras que proporcionen al edificio condiciones suficientes de acceso, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales del agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, servicios generales y seguridad frente a accidentes y siniestros. Amortización Pago total o parcial que se realiza para la devolución del préstamo hipotecario. 9 Glosario del Portal de Vivienda

10 Amortización anticipada Devolución anticipada de una parte o la totalidad del importe del préstamo hipotecario antes de la fecha pactada. Supone que el cliente realiza un pago extra a la entidad financiera para reducir la cuantía del préstamo que falta por devolver. Normalmente está sujeta a una comisión. Aranceles notariales Escala de honorarios del Notario por el otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario. Aranceles registrales Escala de honorarios del Registrador por la inscripción de la escritura de la hipoteca de una vivienda en el Registro de la Propiedad. Arrendador Persona física o jurídica, propietario o usufructuario, que cede la vivienda para que se use por el tiempo que se pacte y a cambio del pago de la cantidad convenida o renta. Arrendamiento Cesión o aprovechamiento temporal de una vivienda a cambio del pago de una renta. Las condiciones se especifican en el contrato de arrendamiento. Arrendatario Persona física que toma o adquiere en arrendamiento la vivienda a cambio de un precio. Autorización de venta Resolución de la Conserjería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que no caduca, y en virtud de la cual la Administración permite al propietario de una vivienda protegida proceder a su transmisión. Aval Garantía de una tercera persona en un préstamo hipotecario para responder de su pago en caso de no efectuarlo la persona principalmente obligada a él. Aval solidario Es una garantía personal que presta una persona (avalista) a favor de otra persona (avalado) en virtud de la cual el avalista responde de manera solidaria de la cantidad afianzada. Dicha cantidad afianzada puede ser la totalidad del préstamo o una parte del mismo. Es frecuente que las entidades financieras exijan uno o varios avalistas en los casos en los que la cuantía del préstamo excede del 80% de la tasación de la vivienda o, cuando los ingresos del 10 Glosario del Portal de Vivienda

11 solicitante del préstamo en relación con el importe del préstamo sean inferiores a efectos de garantizar su capacidad de pago. Avalista Persona que interviene como garante en un préstamo hipotecario y que asume las responsabilidades de pago en caso de que no lo haga el prestatario. 11 Glosario del Portal de Vivienda

12 Letra B Becario de investigación Se entiende por becario de investigación a aquellos titulados universitarios que, estando en posesión del título de doctor o habiendo obtenido el reconocimiento de su suficiencia investigadora, sean beneficiarios de una beca concedida en virtud de programas de investigación inscritos en el correspondiente registro. Bien inmueble Inmueble Tierras, edificios, caminos y construcciones adheridas al suelo y todo lo que esté unido a ellos de manera fija. En relación a esta Guía, se refiere a viviendas. 12 Glosario del Portal de Vivienda

13 Letra C Calificación definitiva Calificación otorgada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a una vivienda, por la que se declara su Protección Pública y se establece su régimen legal. Calificación provisional Calificación otorgada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a un proyecto de ejecución de viviendas, con carácter provisional, previo a la terminación de las mismas, momento en que podrá solicitar y, en su caso, obtener, la Calificación Definitiva. Cancelación Extinción del préstamo hipotecario, al terminar de pagar todas las cuotas del mismo en el plazo pactado. Requiere escritura ante Notario e inscripción en el Registro. Cancelación anticipada Extinción del préstamo hipotecario, al devolver el capital pendiente de un préstamo antes de que finalice el plazo pactado. Requiere escritura ante Notario e inscripción en el Registro y lleva asociada una comisión. Capacidad de endeudamiento La cuantía del préstamo hipotecario que concede la entidad financiera depende de la capacidad económica del solicitante; más concretamente de la capacidad de endeudamiento. Éste concepto se calcula teniendo en cuenta su nivel de ingresos, la estabilidad de los mismos, otras propiedades, etc. El importe del préstamo es uno de los factores que determina las cantidades periódicas (cuotas) que tiene que desembolsar el solicitante para devolver el préstamo. Para su cálculo, las entidades realizan una serie de estudios que determinan la cantidad que el cliente puede pagar mensualmente, teniendo en cuenta que la cuota no supere un porcentaje en torno al % de sus ingresos netos mensuales. Capital Principal Importe total de la deuda pendiente, sin incluir los intereses. Carencia Periodo, generalmente al principio, de la vida de un préstamo en el que el cliente únicamente paga los intereses, sin amortizar cantidad alguna de capital. En ocasiones, tampoco se pagan intereses. 13 Glosario del Portal de Vivienda

14 Carga Gravámenes o limitaciones que afectan a la propiedad de un inmueble (hipotecas, usufructos, condiciones resolutorias). Constan en documento público y se inscriben en el Registro de la Propiedad. Cédula de calificación definitiva Certificado expedido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el que se hace constar la concesión de Calificación Definitiva de Vivienda con Protección Pública. Certificado registral Nota Simple Documento que expide y legitima el Registro de la Propiedad, en el que se expone la situación de cargas de una finca. Coeficiente Cuota de participación Importe periódico (mensual, trimestral) que paga el prestatario para devolver el préstamo. Comprende tanto los intereses como la amortización de capital. Comisión Son las cantidades que cobra la entidad financiera por la prestación de un servicio (en este caso, la concesión de un préstamo hipotecario) y que corresponden a un porcentaje sobre el importe de la operación. Las más habituales son: Comisión de apertura Comisión por amortización anticipada Comisión por cancelación Comisión por cancelación anticipada Comisión por novación Comisión por subrogación Comisión de apertura Es el porcentaje que cobra la entidad financiera en el momento de otorgar el préstamo hipotecario por el hecho de concederlo. Engloba los gastos de estudio y de tramitación del préstamo que conlleva su concesión. La comisión de apertura influye de manera notable sobre el coste real del préstamo y puede variar sustancialmente de una entidad a otra. Normalmente se establece en torno al 0 2 % del importe total del préstamo. 14 Glosario del Portal de Vivienda

15 Comisión por amortización anticipada Es la comisión que cobra la entidad financiera por pagar anticipadamente cantidades del préstamo hipotecario. Esta situación se produce cuando el solicitante del préstamo puede permitirse un mayor desembolso de dinero y le interesa disminuir la deuda que tiene con la entidad, con el objetivo de reducir la cuota a pagar en el futuro, reducir el plazo de amortización para devolver el préstamo o ambas cosas. Esta comisión sólo se aplica cuando el cliente realiza este pago extra para reducir la cuantía del préstamo que falta por devolver (capital); no se aplica por realizar el pago de las cuotas periódicas, sino por pagos extraordinarios denominados amortizaciones anticipadas. Para el caso de préstamos a interés variable, la comisión por amortización anticipada está limitada, por Ley, al 1% de la cantidad amortizada. Para los préstamos a interés fijo puede ser más elevada. Comisión por cancelación Por cancelación se entiende el pago de la cantidad que cubre la totalidad del importe que faltaba por devolver, quedando el préstamo de este modo cancelado. Puede producirse al realizar el pago de la última cuota o al realizar una amortización anticipada que cubra el importe sin devolver. Comisión por cancelación anticipada Importe que se paga al devolver la totalidad del capital pendiente del préstamo hipotecario antes de la fecha pactada. Comisión por novación La novación se produce cuando se renegocian las condiciones de una hipoteca sin cambiar de Entidad. Sólo se puede modificar el tipo de interés y el plazo de amortización; éste último sólo si también se modifica el tipo de interés. Comisión por subrogación Esta comisión se aplica por dos conceptos diferentes: Cuando el solicitante de un préstamo hipotecario vende la vivienda hipotecada antes de que finalice el pago del préstamo hipotecario y el nuevo comprador le sustituye en los pagos de las cuotas periódicas (la hipoteca se subroga al nuevo comprador). También es el caso cuando el comprador se subroga al préstamo del promotor. Cuando un cliente, que tiene un préstamo hipotecario con una entidad financiera (entidad inicial), traspasa el préstamo a otra entidad (entidad final). La comisión se calcula sobre el importe que falta por devolver, es decir, por el capital pendiente de amortizar y puede variar de forma significativa de una entidad a otra. 15 Glosario del Portal de Vivienda

16 Compraventa Contrato por el que uno de los contratantes se obliga a entregar una vivienda y el otro a pagar por él un precio cierto, en dinero o equivalente. Comunidad de propietarios Es la encargada de la administración, conservación, adecuación y utilización de los elementos comunes (patios, muros, escaleras, porterías, ascensores, canalizaciones. Las Comunidades de propietarios están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal y por la voluntad de los propietarios expresada en los estatutos y en las normas de régimen interno. Constitución de un préstamo hipotecario Inscripción de la escritura del préstamo hipotecario en el Registro de la Propiedad. Contrato de arrendamiento Vínculo jurídico por el que una persona (arrendador) cede a otra (arrendatario) el goce o uso de una vivienda por tiempo determinado y precio cierto. Es un contrato bilateral, consensual, oneroso, porque el arrendatario a cambio del uso o goce de la cosa recibida se obliga a pagar una renta al arrendador, y de duración temporalmente limitada. En el contrato arrendaticio las partes pueden optar por la forma oral o escrita y se rige por lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Crédito hipotecario Contrato por el que una entidad financiera pone a disposición del cliente de una línea de financiación de la que puede disponer cantidades en cuenta según sus necesidades y en la que pueden realizarse abonos y cargos con los instrumentos y procedimientos habituales (tarjetas de crédito o débito, talones, transferencias, etc.). Cuota de amortización Es el importe que se tiene que pagar periódicamente a la entidad financiera que ha concedido el préstamo hipotecario. La cuota incluye tanto el pago de los intereses como del capital (importe prestado) y puede ser trimestral, semestral o anual, aunque lo más habitual es que sea mensual. Asimismo, la cuota puede ser fija o constante, sin variación en su importe durante toda la vida del préstamo o variable, como por ejemplo una cuota creciente. Cuota de participación Coeficiente Importe periódico (mensual, trimestral) que paga el prestatario para devolver el préstamo. Comprende tanto los intereses como la amortización de capital. 16 Glosario del Portal de Vivienda

17 Letra D Deducción Desgravación En la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cantidades que se descuentan de la cuota a pagar. Derecho de retracto Derecho que puede ejercer la Administración sobre viviendas protegidas, en virtud del cual tiene preferencia en adquirir la vivienda cuando se haya transmitido en segundas o posteriores transmisiones onerosas. Derecho de tanteo Derecho que puede ejercer la Administración sobre viviendas protegidas, en virtud del cual tiene preferencia en adquirir la vivienda cuando se pretenda transmitir en segundas o posteriores transmisiones onerosas. Desgravación Deducción En la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cantidades que se descuentan de la cuota a pagar. Diferencial Margen En los préstamos hipotecarios de interés variable, porcentaje que se suma al valor del índice de referencia para obtener el tipo de interés a aplicar. Documento público Escritura Documento privado autorizado por un Notario para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Domicilio habitual y permanente Se trata de una condición que deben cumplir los ocupantes de Vivienda Protegida en la Comunidad de Madrid. El Reglamento de Viviendas con Protección Pública (Decreto 11/2005, de 27 de enero) establece que las viviendas protegidas deben destinarse a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales (adquirentes o inquilinos), sin que en ningún caso puedan dedicarse a segunda residencia o cualquier otro uso. Para que una vivienda sea considerada como domicilio habitual y permanente ésta no puede permanecer desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo que se obtenga una autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. 17 Glosario del Portal de Vivienda

18 Letra E Entidad financiera Banco, Caja de Ahorros o cualquier otra entidad que actúe en el mercado financiero. Equipamiento comunitario rotacional y primario Instalaciones y edificios destinados a usos públicos (con independencia de la titularidad de los mismos), redes públicas y otros usos comunitarios (docente, cultural, recreativo, religioso, deportivo, etc.). Escritura Documento público Documento privado autorizado por un Notario para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Euribor Es un índice que se utiliza como principal referencia para fijar el tipo de interés de los préstamos hipotecarios concedidos por las entidades de crédito. Se publica para varias fechas de vencimiento, pero el que se utiliza como índice de referencia oficial es el Euribor a 1 año. Así, cuando se contrata una hipoteca a tipo variable, el tipo de interés viene determinado por una parte fija que se establece por la entidad que oferta la hipoteca (margen) y el índice de referencia (en nuestro caso el Euribor). 18 Glosario del Portal de Vivienda

19 Letra F Fiador solidario Persona física o jurídica que se compromete a responder de las obligaciones económicas asumidas por un tercero. Se dice que es solidario porque el acreedor puede optar por dirigir su reclamación contra cualquiera de los dos o contra todos simultáneamente. En la Bolsa de Vivienda Joven ofrece la garantía de un bien inmueble (vivienda, garaje, local). Fianza de arrendamiento Importe que se entrega por anticipado con objeto de servir de garantía ante cualquier posible incumplimiento del contrato por parte del arrendatario, y que es equivalente a una mensualidad y ha de realizarse en metálico. Se devuelve al finalizar el periodo de alquiler, si el inquilino devuelve la vivienda en el mismo estado en el que se la arrendaron. El periodo de devolución es un mes desde la finalización del contrato. El depósito de fianzas de arrendamiento es obligatorio para el arrendador y debe realizarse en el IVIMA o en la red de oficinas de vivienda de la Comunidad de Madrid. Fianza solidaria Instrumento de garantía frente a terceros, en virtud del cual una persona física o jurídica responde, con su patrimonio presente o futuro (principio de responsabilidad universal), de los posibles incumplimientos económicos derivados de una relación contractual de la persona que avala. Es un negocio bilateral que se formaliza por escrito, que tiene una fecha de inicio y de fin o puede, en su caso, prorrogarse. Puede ser gratuita u onerosa. Finca Propiedad inmueble, rústica o urbana, susceptible de ser inscrita en el Registro de la Propiedad. Fondo de reserva Fondo que se crea en las Comunidades de Propietarios para atender a las obras de conservación y reparación de la finca. Está formado con el 5% del presupuesto ordinario anual. Las cantidades que se gasten del fondo para atender a sus fines deben ser repuestas al comienzo del siguiente ejercicio presupuestario. Fuente regular de ingresos Se entiende que disponen de una fuente regular de ingresos aquellos trabajadores por cuenta propia, trabajadores por cuenta ajena, becarios de investigación y perceptores de una prestación social pública de carácter periódico (contributiva o asistencial) que puedan acreditar una de estas opciones: Una vida laboral de, al menos, 6 meses de antigüedad inmediatamente anteriores al momento de presentación de la solicitud. 19 Glosario del Portal de Vivienda

20 Una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, 6 meses contados desde el día de presentación de la solicitud. 20 Glosario del Portal de Vivienda

21 Letra G Garantía hipotecaria Bien inmueble (vivienda) que asegura la devolución de un préstamo hipotecario. 21 Glosario del Portal de Vivienda

22 Letra H Hipoteca Bien inmueble (vivienda) que sirve de garantía del pago de un préstamo hipotecario. Debe ser recogida en escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad. 22 Glosario del Portal de Vivienda

23 Letra I Importe del préstamo Es la cantidad de dinero que la Entidad financiera presta al cliente. Suele oscilar entre el % del valor de tasación del bien hipotecado, aunque en condiciones especiales se puede llegar a negociar hasta el 100% o incluso más. El importe de la hipoteca solicitado junto con el tipo de interés y el plazo de amortización determinarán la cuota o pago periódico. Las Entidades financieras consideran que las cuotas mensuales no deben superar el 35 ó 40 % de los ingresos netos de la persona que solicita el préstamo. Impuesto de los Bienes Inmuebles (IBI) Tributo municipal que grava la propiedad de un bien inmueble o la titularidad de un derecho real. Se cobra anualmente y se calcula en función del valor catastral del valor inmueble. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) Tributo que grava la formalización de documentos notariales, en concreto, la escritura de constitución de la hipoteca. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) Tributo que grava las transmisiones onerosas (en las que existe el pago de un precio por un bien) por actos inter vivos de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas. Por ejemplo, la compra de una vivienda o de un vehículo. En la página Web de la Comunidad de Madrid se pueden valorar viviendas libres (sin Protección Pública) de la Comunidad de Madrid siempre que sean: a) Pisos, con o sin garaje, que no tengan depreciación por sus características particulares (por ejemplo, por carecer de ascensor o tener el garaje en un sótano segundo). b) Viviendas unifamiliares que cumplan que: La superficie construida sea superior a 100 m2 e inferior a 350 m2. La superficie de la parcela sea inferior a m2. La parcela no se pueda segregar. La finca no comparta dotaciones o instalaciones comunes con otras fincas. Se puede obtener la valoración de viviendas libres en canal presencial: 23 Glosario del Portal de Vivienda

24 Dirección General de Tributos, C/ Zurbano, nº 51 (lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas). Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid, Avenida Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 9:00 a 20:00, y sábados, de 9:00 a 13:00). Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) Impuesto indirecto que recae y grava en la forma y condiciones previstas en la Ley y que, en nuestro ámbito de aplicación, comprende la compraventa de vivienda nueva (primera transmisión). Se calcula aplicando un porcentaje variable sobre el precio de la Escritura, en función de si se trata de vivienda libre (7%) o protegida (4%). Este porcentaje incluye el valor de trasteros, garajes y otros anexos, a no ser que éstos se escrituren de forma separada a la vivienda, en cuyo caso se aplica el 16%. No tendrán la consideración de anexos a viviendas los locales de negocio, aplicándose a éstos el tipo impositivo general del 16%. Índice de referencia Valor del mercado hipotecario que se utiliza para las revisiones del tipo de interés de los préstamos hipotecarios a interés variable. Los más utilizados son Euribor, Indicador CECA de los tipos de activo, Índice de bancos, Índice de cajas y Tipo medio del conjunto de las entidades de crédito. Ingresos familiares Indicador utilizado para determinar el derecho a la obtención de las Ayudas previstas en las diversas actuaciones protegidas contempladas en el Plan de Vivienda 2005/2008 de la Comunidad de Madrid. La Base Imponible máxima de la unidad familiar (entendiéndose por tal la definida en las normas reguladoras del IRPF) se fija atendiendo a dos criterios: El número de miembros de la unidad familiar, y la condición de discapacidad de alguno de ellos. Un valor que compara los ingresos familiares con el IPREM. Este valor, en forma de coeficiente, se establece y puede diferir para cada tipo de Vivienda con Protección. Para ampliar esta información, puede consultar la Calculadora de Base Imponible Máxima en el Portal Vivienda de la Comunidad de Madrid: Inmueble Bien inmueble Tierras, edificios, caminos y construcciones adheridas al suelo y todo lo que esté unido a ellos de manera fija. En relación a esta Guía, se refiere a viviendas. Inquilino Arrendatario. 24 Glosario del Portal de Vivienda

25 Interés Tipo de interés Porcentaje que se aplica al capital pendiente de devolver de un préstamo hipotecario para calcular los intereses a pagar por parte del prestatario. Interés nominal También llamado interés ordinario o interés remuneratorio, determina las cantidades periódicas (cuotas) que hay que pagar por recibir el dinero prestado de una entidad financiera, es decir, es el precio de ese dinero. Puede ser fijo o variable, y se expresa mediante un tanto por ciento anual. Interés fijo es aquél que permanece constante durante toda la vida del préstamo hipotecario, por lo que la cuota periódica a pagar nunca cambia. De esta forma, es posible conocer desde el principio lo que va a pagar cada mes durante todo el plazo de amortización, aunque varíe el precio del dinero en el mercado. Interés variable es aquél que varía o puede variar a lo largo de la vida del préstamo en función de las diversas oscilaciones que sufra el precio del dinero en el mercado. Actualmente, se trata del tipo de interés más contratado en el mercado hipotecario y se determina estableciendo en la escritura del préstamo un índice de referencia oficial al que se suma un margen (o diferencial) constante. De esta forma, si el índice de referencia baja, las cuotas periódicas disminuyen en proporción y, si sube, éstas aumentan en función de él. Interés mixto es una combinación de los dos tipos anteriores. Durante un período inicial el interés permanece fijo y durante el resto del plazo de amortización el interés es variable. Inventariar viviendas Realizar un listado de todos los bienes (muebles, electrodomésticos, enseres, etc.) que hay en una vivienda en el momento de cederla en arrendamiento. Su finalidad es garantizar al propietario su restitución, conservación y mantenimiento. IPREM El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es un Indicador establecido anualmente por la Administración General del Estado que sirve de referencia en materia de Vivienda con Protección Pública, aplicando una corrección que tiene en cuenta la situación concreta de la unidad familiar. El valor, una vez corregido, se compara con la renta de la unidad familiar. Para calcular los ingresos familiares correspondientes al período impositivo vigente en la actualidad (ejercicio fiscal del año 2008) se utiliza el valor correspondiente a 2008, establecido en 7.236,60 euros. 25 Glosario del Portal de Vivienda

26 Para calcular los ingresos familiares correspondientes al período impositivo del ejercicio fiscal del año 2009 se utiliza el valor correspondiente a 2009, establecido en 7.381,33 euros. Para calcular los ingresos familiares correspondientes al período impositivo del ejercicio fiscal del año 2010 se utiliza el valor correspondiente a 2010, establecido en 7.455,14 euros. 26 Glosario del Portal de Vivienda

27 Letra J Juicio de equidad Modalidad de juicio tramitado ante Juzgado de Primera Instancia competente (que no necesita abogado ni procurador) a instancias de cualquier Propietario, que se inicia con petición por escrito. Sólo es posible su utilización cuando la ley lo prevé expresamente. 27 Glosario del Portal de Vivienda

28 Letra L Libro de Actas Documento esencial en una Comunidad de Propietarios que comienza con el Acta de Constitución y donde quedan escritas las posteriores Actas que se celebran tanto de Juntas Ordinarias como Extraordinarias. Licencia Urbanística Municipal Permiso otorgado por el Ayuntamiento necesario para la ejecución material de la obra. Para obtener la licencia hay que dirigirse al Ayuntamiento correspondiente y rellenar un escrito de solicitud. Dicho impreso se presentará en el propio Registro General del Ayuntamiento (o registro con ventanilla única) El tipo de licencia dependerá de la obra que se realice, pudiendo así ser ésta obra mayor u obra menor. Para poder obtener una licencia de obras es necesario haber abonado previamente la correspondiente tasa por servicios urbanísticos, cuya cuantía establecen las ordenanzas fiscales de cada municipio. Por otro lado, se debe abonar el Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras, cuyo importe también depende de cada Ayuntamiento. Lista Única de solicitantes de viviendas del Plan de Vivienda Joven 05/08 Lista que pretende evitar esfuerzos a los solicitantes de vivienda, ya que con una sola inscripción y si el solicitante lo autoriza, se puede coordinar la demanda cediendo los datos a Promotores Públicos y Privados para procurar que sea atendida en las diversas promociones que soliciten la calificación de Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento a Jóvenes con Opción de Compra, en el territorio de la Comunidad de Madrid. 28 Glosario del Portal de Vivienda

29 Letra M Margen Diferencial En los préstamos hipotecarios de interés variable, porcentaje que se suma al valor del índice de referencia para obtener el tipo de interés a aplicar. 29 Glosario del Portal de Vivienda

30 Letra N N.I.F. Es el código alfanumérico que utiliza la Agencia Tributaria para identificar a las personas físicas y jurídicas. Nota de Encargo Documento donde se detallan las características y datos económicos de la vivienda así como los datos identificativos del propietario (o propietarios), a efectos de que se pueda dar de alta la vivienda en la Bolsa Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid. Nota Simple Certificado registral Documento que expide y legitima el Registro de la Propiedad, en el que se expone la situación de cargas de una finca. Novación Modificación de las condiciones de un préstamo hipotecario tras un nuevo acuerdo entre la entidad financiera y el cliente. 30 Glosario del Portal de Vivienda

31 Letra O Oferta vinculante Documento que las entidades de crédito tienen obligación de entregar al cliente, y que debe recoger todas las condiciones financieras del préstamo hipotecario. La validez de esta oferta no puede ser inferior a diez días hábiles a partir de su fecha de entrega. 31 Glosario del Portal de Vivienda

32 Letra P Persona física Las personas físicas son los seres humanos. Por lo tanto tiene los derechos que la constitución y las demás normas le otorgan. Persona jurídica Según lo establecido en el artículo 35 del código civil las personas jurídicas son entidades de derecho. Por lo tanto se entiende como persona jurídica: Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la Ley. Siempre que hayan sido constituidas correctamente. Las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados. Período de amortización Plazo de tiempo fijado para la completa devolución del préstamo y sus intereses. Período de carencia Es el periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital, por lo que las cuotas resultantes a pagar durante este periodo son inferiores a las que se pagaría normalmente. Sin embargo, al no amortizar capital, el importe a devolver no se reduce. En algunos préstamos hipotecarios se habla de carencia total para el período del préstamo en que no se pagan ni intereses ni capital; generalmente se asocia a alguna circunstancia excepcional como una situación de desempleo del cliente. Período de revisión En los préstamos hipotecarios a interés variable, periodicidad con que se realiza el cálculo del tipo de interés a aplicar al préstamo. Plazo de amortización Es el tiempo que se establece para que el solicitante devuelva la totalidad del préstamo (capital más intereses). Cuanto mayor es el plazo de amortización menor es la cuota mensual a pagar a la entidad financiera, pero también implica pagar una cantidad superior de intereses. Precio Máximo Legal de Venta Precio máximo por metro cuadrado de superficie útil de vivienda para cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid, que se establece mediante Orden de la Consejería de 32 Glosario del Portal de Vivienda

33 Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Fija el valor límite máximo del precio de venta, que nunca podrá ser superado, de viviendas protegidas. Esta limitación debe constar obligatoriamente en la escritura de compraventa o adjudicación de la vivienda y se establece de manera separada para la vivienda y para el garaje y el trastero. Precio Teórico Máximo Valor de referencia que sirve para fijar la renta máxima anual inicial de las viviendas rehabilitadas destinadas a arrendamiento. Se determina aplicando el precio máximo correspondiente a las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento a una superficie útil que no podrá exceder de 90 m2, así como, en el caso de que existiera garaje y trastero, a unas superficies útiles máximas de 25 m2 y 8 m2, respectivamente. Prestación social pública Se refiere a las ayudas económicas otorgadas por cualquiera de las Administraciones Públicas para cubrir las necesidades de los ciudadanos en situaciones especiales, como el desempleo, los accidentes laborales, incapacidades permanentes, invalidez, etc. Prestamista Entidad financiera que concede el préstamo hipotecario. Préstamo cualificado Préstamo concedido por Entidades de crédito que hayan suscrito el convenio correspondiente con el Ministerio de Vivienda en función a lo dispuesto en el Plan Estatal de Vivienda. Se trata de préstamos con características ventajosas a favor de los prestatarios, que se conceden a aquellas personas que reúnan los requisitos legalmente establecidos. Préstamo novado La novación se produce cuando se renegocian las condiciones de una hipoteca sin cambiar de Entidad. Sólo se puede modificar el tipo de interés y el plazo, éste último sólo si también se modifica el tipo de interés. Esta operación está exenta de impuestos y el cálculo de los honorarios notariales y registrales están bonificados. Prestatario Persona que recibe el importe del préstamo hipotecario. 33 Glosario del Portal de Vivienda

34 Presupuesto protegido Coste real de las actuaciones de rehabilitación determinado por el precio total del contrato de ejecución de obra, los honorarios de los profesionales intervinientes, informes técnicos, excavaciones arqueológicas, indemnizaciones, realojos y los tributos satisfechos por razón de las actuaciones, con los límites máximos establecidos en la presente norma. Promotor Persona física o jurídica que decide, programa e impulsa la construcción o rehabilitación de viviendas y transmite su titularidad o las adjudica o cede mediante cualquier título. Préstamo hipotecario Cantidad de dinero que concede, generalmente, una entidad financiera con la garantía hipotecaria de un bien inmueble. 34 Glosario del Portal de Vivienda

35 Letra Q Quórum Número de Propietarios necesario para constituir válidamente una Junta. 35 Glosario del Portal de Vivienda

36 Letra R Régimen Legal de Protección Pública Situación especial de protección conferida por la Administración, bajo el que se rige una Vivienda con Protección Pública en lo relativo a sus condiciones de uso, conservación, aprovechamiento y precio máximo. En contraprestación se conceden las ayudas y subvenciones que se determinen para cada caso, siempre que el comprador reúna las características exigidas. Este régimen legal podrá extinguirse por Descalificación. Renta Contraprestación que el arrendador recibe del arrendatario a cambio del uso y disfrute de la vivienda. Ha de ser una cantidad fija y en proporción al tiempo de uso de la cosa. En vivienda libre la renta va a ser la libremente pactada por las partes. Renta máxima anual Renta máxima del primer año que se fija para las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento. Asciende al 7% del Precio Máximo de Venta de estas viviendas (si el régimen de protección pública es de 10 años; y al 4% si el régimen es de 25 años), establecido por metro cuadrado de superficie útil para cada una de las localidades del territorio de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Responsabilidad hipotecaria Es la suma de todos los conceptos que son garantizados mediante la hipoteca (capital prestado, intereses ordinarios, intereses de demora, costas judiciales, gastos, etc.). Sobre esta cantidad es sobre la que se calculan los gastos de formalización y cancelación de una hipoteca, además de los gastos de Notario, del Registro de la Propiedad y los impuestos. 36 Glosario del Portal de Vivienda

37 Letra S Seguro de cobro de renta Póliza de seguros que garantiza al arrendador el cobro de la renta durante el periodo de vigencia del seguro, frente a posibles impagos por parte del inquilino. Seguro multirriesgo Póliza de seguro que garantiza el pago al asegurado de una indemnización por los daños que se produzcan en la vivienda alquilada consecuencia del evento o suceso cuyo riesgo es objeto de cobertura o aseguramiento. Señal Cantidad o parte de precio que se adelanta como garantía de reserva para el solicitante de una vivienda en alquiler. Sistema de amortización Método de cálculo para determinar las cuotas de amortización a pagar periódicamente para devolver el préstamo. El sistema utilizado en la mayoría de los préstamos que se firman en nuestro país se denomina sistema francés. Sistema de cuotas variables Es un sistema de amortización en el que la cuota a pagar varía a lo largo de la vida del préstamo hipotecario. Este sistema puede ser con cuotas decrecientes, por el que se amortiza siempre la misma cantidad de capital, pero se van reduciendo paulatinamente los intereses a pagar y, por tanto disminuye la cuota total, o crecientes, en los que la cuota a pagar aumenta progresivamente. Sistema francés Es un sistema de amortización en el cual la cuota se mantiene constante a lo largo del tiempo. Aunque la cuota que abona el prestatario es siempre la misma, la cantidad que se paga por capital es creciente, mientras que la cantidad que corresponde a los intereses es decreciente. De esta forma, se pagan más intereses y menos capital al principio del préstamo y menos intereses y más capital al final del mismo. Sociedad de tasación Sociedad autorizada legalmente para la valoración de bienes inmuebles. Subrogación Modificación de las condiciones de un contrato para sustituir a una de las partes por otra persona (física o jurídica). Puede ser el cambio de la entidad financiera que presta el dinero 37 Glosario del Portal de Vivienda

38 para la mejora de las condiciones financieras o de la persona que recibe el préstamo y la obligación de devolverlo al adquirir una vivienda ya hipotecada. Subsidiación de hipoteca La subsidiación consiste en el abono a la Entidad de crédito prestamista, con cargo a los presupuestos del Ministerio de Vivienda, de un porcentaje de las cuotas de amortización del préstamo cualificado. A efectos prácticos, el adquiriente de la vivienda se ve beneficiado de un descuento en la cuota que tiene que pagar al banco por el préstamo. Superficie construida de una vivienda Resultado de sumar: La superficie limitada por la cara exterior de los cerramientos exteriores y los ejes de los cerramientos medianeros, excluyendo los huecos mayores de un metro cuadrado y las superficies cuya altura libre sea inferior a 1,50 metros. La mitad de la superficie construida de los espacios exteriores de propiedad privada de la vivienda (como balcones, terrazas y tendederos), hasta un límite del 10 por 100 de la superficie anterior. La parte proporcional de la superficie cerrada de los elementos de acceso, comunicación, servicios e instalaciones. Todas las superficies se miden en proyección horizontal. Superficie útil de una vivienda Resultado de la suma de: La superficie del suelo de vivienda, cerrada por el perímetro definido por la cara interior de sus cerramientos con el exterior o con otras viviendas y locales o zonas de cualquier uso. La mitad de la superficie útil de los espacios exteriores de propiedad privada de la vivienda (como balcones, terrazas y tendederos), hasta un límite del 10 por 100 de la superficie interior de la vivienda. De esta superficie queda excluida la superficie ocupada en planta por las divisiones interiores de la vivienda, fijas o móviles, por los elementos estructurales verticales y por las canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a un decímetro cuadrado, así como la superficie de suelo con una altura libre inferior a 1,50 metros. 38 Glosario del Portal de Vivienda

39 Letra T T.A.E. (Tasa Anual Equivalente) Resultado de una fórmula matemática que indica el coste real anual de un préstamo hipotecario. Tiene en cuenta no sólo el tipo de interés inicial, sino también sus posibles revisiones, la frecuencia de los pagos (mensuales, trimestrales, etc.), el plazo de amortización y las comisiones ligadas a la operación. Se expresa en forma de tanto por ciento anual. Tasación Valor de un inmueble certificado por sociedades autorizadas legalmente. Tipo de interés Interés Porcentaje que se aplica al capital pendiente de devolver de un préstamo hipotecario para calcular los intereses a pagar por parte del prestatario. Título Constitutivo Documento, de carácter público o privado, a través del cual se establece la división individual de cada piso o local de un inmueble y se acuerda la disposición comunitaria sobre sus elementos y servicios comunes de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal. Este título debe contar con el acuerdo unánime de todos los Propietarios del inmueble. 39 Glosario del Portal de Vivienda

40 Letra U Unidad Familiar A efectos de acceso a la vivienda y a las ayudas previstas en los planes de vivienda, se entiende por unidad familiar lo establecido por las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En ellas se define como: 1. La integrada por los cónyuges no separados legalmente, hijos menores de edad no emancipados e hijos mayores de edad incapacitados judicialmente. 2. En los casos de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y los hijos menores de edad no emancipados y mayores de edad incapacitados judicialmente que convivan con uno u otro. A efectos de ingresos, las referencias a la unidad familiar se hacen extensivas a las personas que no estén integradas en una unidad familiar, así como a las parejas de hecho reconocidas legalmente. Debe tenerse en cuenta que nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de cada año, salvo en el caso de fallecimiento durante el año de algún miembro de la unidad familiar, en cuyo caso, los restantes miembros podrán optar por la tributación conjunta, incluyendo las rentas del fallecido. Para hacernos una idea, sirvan los siguientes ejemplos: Para un/a joven de 19 años con novia/o, sin formalizar legalmente su relación, su unidad familiar está compuesta por 1 persona, aunque viva en casa de sus padres. Para una madre soltera, con varios hijos con edades comprendidas entre los 21, 17 y 15 años, su unidad familiar está compuesta por 3 personas. Para un padre separado, que conviva con un hijo/a de 4 años, su unidad familiar está compuesta por 2 personas. 40 Glosario del Portal de Vivienda

41 Letra V Valor tasación Es el valor de un inmueble certificado por sociedades autorizadas legalmente. Cada entidad financiera suele tener su propia Sociedad Tasadora o establece acuerdos con alguna en concreto (normalmente la tasación realizada con una entidad financiera no es válida para solicitar préstamo ante otra). El resultado de la tasación es el que tomará la Entidad financiera para calcular el importe máximo de préstamo hipotecario al que se puede optar. Vivienda habitual Se trata de una condición que deben cumplir los contribuyentes para que tengan acceso a la deducción por la adquisición de vivienda habitual, según la Agencia Tributaria. Para la Agencia Tributaria (Ley 35/2006, de 28 de noviembre) se considera vivienda habitual del contribuyente la que cumpla los siguientes requisitos: Que vaya a constituir su residencia habitual durante al menos 3 años. No obstante, la vivienda mantiene carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio (matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, cambio de empleo, etc.). Que la ocupe en un plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras. La vivienda tampoco pierde el carácter de habitual en los siguientes supuestos: En caso de fallecimiento del contribuyente o cuando concurran otras circunstancias que necesariamente impidan la ocupación de la vivienda. Si, por razón de cargo o empleo, el contribuyente disfrute de vivienda habitual y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización. Cuando sean de aplicación las excepciones anteriores, la deducción por adquisición de vivienda se practicará hasta el momento en que se den las circunstancias que exijan el cambio de vivienda o impidan su ocupación. En caso de existir pluralidad de viviendas, se entenderá como habitual aquélla en la que el contribuyente resida durante más de 183 días al año. 41 Glosario del Portal de Vivienda

42 Vivienda Protección Oficial (VPO) Viviendas calificadas al amparo del Real Decreto-Ley 31/78, de 31 de octubre, y del Real Decreto 3148/78, de 10 de noviembre, siendo su plazo de protección de 30 años desde la fecha de Calificación Definitiva. Vivienda Protección Pública (VPO) Viviendas calificadas al amparo de la Ley 6/97, y Decretos autonómicos de desarrollo, siendo su plazo de protección pública de 20 o 25 años desde la fecha de Calificación Definitiva, en función de la obtención de un préstamo cualificado o no, respectivamente. Viviendas calificadas al amparo del Decreto 11/05, su plazo de protección será de 7, 20 o 25 años desde la fecha de Calificación Definitiva, según se trate de vivienda destinada a arrendamiento con opción de compra, destinada a venta o uso propio, o destinada a arrendamiento, respectivamente, o bien, en los dos últimos supuestos, si se hubiese obtenido préstamo cualificado, el plazo de protección será el mismo que el plazo inicial de amortización de dicho préstamo a contar desde la fecha de Calificación Definitiva. Vivienda usada Por viviendas usadas se entienden las siguientes: Viviendas libres adquiridas en segunda o posterior transmisión. Viviendas sujetas a regímenes de protección pública, adquiridas en segunda o posterior transmisión, y viviendas protegidas que se hubieran destinado con anterioridad a arrendamiento. Viviendas libres de nueva construcción, adquiridas cuando haya transcurrido un plazo de 1 año como mínimo entre la expedición de la licencia de primera ocupación, el certificado final de obra o la cédula de habitabilidad, según proceda, y la fecha del contrato de opción de compra o de compraventa. Viviendas rurales usadas, en las condiciones que determinen las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. 42 Glosario del Portal de Vivienda

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