EMILIO SALVA ALLOZA -- RAMON LLABRES ROSSELLO, ARQUITECTOS Paseo Mallorca, 16, Pral. 2- A, Palma de Mallorca Tel. Fax.-971.

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1 PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE REFORMA Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS (ASCENSOR) PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE CONSELL EMPLAZAMIENTO: AYUNTAMIENTO DE CONSELL ( Plaza Mayor, 3) ARQUITECTOS: Emilio Salvá Alloza y Ramón Llabrés Rosselló. 1/151

2 PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE REFORMA Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS (ASCENSOR) EMPLAZAMIENTO: AYUNTAMIENTO DE CONSELL ( Plaza Mayor, 3) ARQUITECTOS: Emilio Salvá Alloza y Ramón Llabrés Rosselló INDICE I. Memoria 2. Memoria Constructiva. 2.1 Sustentación del edificio. 2.2 Sistema estructural. 2.3 Sistema envolvente. 2.4 Sistema de compartimentación. 2.5 Sistemas de acabados. 2.6 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones. 2.7 Equipamiento. 3. Cumplimiento del CTE y de otros Reglamentos y disposiciones. 3.1 Cumplimiento del CTE y reglamentos relacionados. 3.2 Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones. II. Anejos a la memoria. - Cálculo de la estructura.. - Protección contra incendio. - Instalaciones del edificio. - Instrucciones y uso de mantenimiento. - Plan de control de calidad. - Eficiencia energética. III. Anejos al proyecto. - Estudio de impacto ambiental. - Estudio de seguridad y salud. - Estudio geotécnico. IV. Planos. 1. Estado actual. 2. Plantas Baja y Planta Piso 1º. 3. Plantas Planta Piso 2º, Cubiertas y Sección. V. Pliegos de condiciones. VI. Mediciones. VII. Presupuesto. 2/151

3 I. MEMORIA 1. Memoria descriptiva. 1.1 Agentes. Promotor: Ayuntamiento de Consell, con CIF P I, representado por su Alcalde ILMO. Sr. Andreu Isern Pol con DNI H. Proyectista: Los Arquitectos Emilio Salvá Alloza y Ramón Llabrés Rosselló, con despacho en el Paseo Mallorca 16 Ppal 2-A, Palma de Mallorca y teléfono nº Información previa. Antecedentes: Emplazamiento: Las obras están situadas en el edificio del Ayuntamiento de Consell (Plaza Mayor, nº 3 Consell). Se adjunta plano de situación. Normativa urbanística: Memoria Urbanística Son de aplicación la adaptación de las NNSS de Consell (A.D. 26/05/07). Según las NNSS el edificio está incluido en suelo urbano y considerado como edificio a conservar destinado a equipamiento, en el que se pueden realizar obras que mantengan el carácter y el estilo de la edificación, respetando las características estéticas y de composición. La modificación afecta al cuerpo de la escalera adosado al cuerpo principal del edificio, al que se le incorpora más altura para ubicar la maquinaria del ascensor, rematando este cuerpo con cubierta inclinada de teja árabe, igual que el resto del edificio. En cumplimiento de la Ley 10/90 de 23 de Octubre de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B. publicada en el B.O.C.A.I.B. en fecha 17/11/90 y fundamentalmente de las prescripciones contenidas en su art. 6, se redacta esta Memoria Urbanística como documento específico e independiente que se adjunta a la documentación gráfica y escrita del Proyecto Técnico en base al que se solicitará la Licencia Municipal de Obras. * Finalidad El presente proyecto tiene por objeto la aportación de la información necesaria y suficiente para la instalación de un ascensor en el Ayuntamiento de Consell. * Uso Se dedicará al uso público. * Cumplimiento del artículo 73 del texto refundido de la Ley del Suelo de La obra resultante del presente proyecto se adapta en el ambiente en que está situado. * Cumplimiento del artículo 138 del texto refundido de la Ley del Suelo de La solución adoptada se adapta en lo básico en el ambiente en que se ubica, respetando las prescripciones de las NNSS de Consell. 1.3 Descripción del proyecto. Descripción general del edificio y Programa de necesidades: En cumplimiento del Decreto 20/2003 de Supresión de barreras arquitectónicas, este edificio necesita un recorrido adaptado para acceder a las diferentes plantas (pb +2) que se resuelve mediante la instalación de un ascensor en el hueco de la escalera de comunicación vertical del edificio del Ayuntamiento. En la planta baja también se habilita un aseo adaptado al uso de personas con minusvalías físicas. La caja del ascensor se compone de una estructura de acero, anclada a cada uno de los forjados existentes mediante placas de acero atornilladas a los mismos con tacos químicos. Se ha optado como opción más favorable con los deseos del promotor, por la instalación de un ascensor panorámico, sin cuarto de máquinas, ubicado en el hueco de la escalera, que se dispondrá acristalado, para ocupar el menor espacio posible, no modificar la escalera existente, no suprimir otras dependencias municipales, y optimizar al máximo la accesibilidad al resto de plantas del edificio. La cubierta existente de la escalera deberá rehacerse, para ubicar la maquinaria y para mantener el espacio de seguridad superior libre en la última planta. También se procederá al apeo de la cercha afectada por el desembarco del ascensor en la última planta. Se deberá ejecutar el correspondiente foso del ascensor así como la sustitución del embaldosado en las zonas afectadas por dichas obras. Toda la estructura de acero irá recubierta de una subestructura de acero inoxidable formada por chapas plegadas que conformarán los junquillos para albergar el vidrio. Este será laminado de seguridad, con los cantos pulidos para evitar que sufra bruscamente los cambios de temperatura. Además se deberá suprimir la barandilla existente y sustituirla por un nuevo pasamanos de acuerdo con la intervención. Las puertas de acceso a la cabina del ascensor también se realizarán de vidrio laminado de seguridad siguiendo la misma estética de acabado del conjunto del ascensor en vidrio laminado de seguridad y acero inoxidable. Se procederá a desviar las instalaciones existentes en las zonas afectadas. 3/151

4 En la planta Baja, además de adaptar la zona de los aseos al Decreto 20/2003 de Supresión de barreras arquitectónicas, deberá retirarse y reubicarse el sarcófago y el reloj existente, situados en la zona afectada por el desembarco del futuro ascensor. Plan de obra: Las obras se realizarán en un plazo de seis meses. Replanteo. Se llevará a término en base a las referencias existentes del estado actual de la edificación. Uso principal u otros usos: Equipamiento Municipal. Superficies construidas afectadas por la reforma: Planta Baja (ascensor)... 14,83 m 2 Planta baja (aseos) 10,56 m 2 Planta 1º Piso... 4,00 m 2 Planta 2º Piso... 4,00 m Total Sup. Construida Afectada... 33,39 m 2 Accesos y evacuación: Se accede al edificio por la puerta principal del Ayuntamiento y por el acceso lateral (C/Districte de Canarossa) adaptado al Decreto 20/2003 de Supresión de barreras arquitectónicas. 1.1 Nivel de cumplimiento del CTE y las prestaciones del edificio. Indicar el nivel de cumplimiento del CTE: Al solicitarse licencia con posterioridad al 29/03//2007, el CTE se aplica íntegramente (parte I y parte II). Prestaciones del edificio: Son las preexistentes del edificio, entre el promotor y el proyectista no hay acordadas prestaciones que superen los umbrales establecidos en el CTE. LIMITACIONES DE USO El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos existentes. La dedicación de algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc. 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA 2.0 Previsiones técnicas del edificio. 2.1 Sustentación del edifico (parte I). Sistema estructural Se trata de la ubicación de un ascensor en edificio existente, Dadas las características del terreno, la cimentación del ascensor se realizará mediante losa armada. La estructura portante del ascensor se resuelve mediante losa en la cubierta apoyada a los muros de carga existentes, asimismo se dispondrá de una estructura de pilares y riostras metálicos de montaje y de soporte del cerramiento de la caja del ascensor. Los aspectos básicos que se han tenido en cuenta a la hora de adoptar el sistema estructural son principalmente la resistencia mecánica y estabilidad, la seguridad, la durabilidad, la economía, la facilidad constructiva, la modulación y las posibilidades de mercado. Sistema envolvente CUBIERTA La cubierta del ascensor y escalera se resuelve a base de teja árabe sobre base de cubierta formada por tabiques conejeros con tablero de bovedillas planas de hormigón armadas, con aislante térmico sobre la losa armada, se utiliza este sistema de cubierta inclinada por ser el más adecuado en el edificio sobre el que se actúa, así como la obtención de un sistema que garantiza la recogida de aguas pluviales y una correcta impermeabilización. SUELOS EN CONTACTO CON EL TERRENO El suelo en contacto con el terreno se resuelve con solera de hormigón de 20cm, sobre cama de arena y encachado de piedra sobre el terreno natural. Entre el hormigón y la arena se interpone una lámina de polietileno de alta densidad para impermeabilización. Los parámetros técnicos condicionantes a la hora de la elección del sistema del suelo en contacto con el terreno han sido la obtención de un sistema que garantizase una correcta impermeabilización. Sistema de acabados Los acabados se han escogido siguiendo criterios de confort y durabilidad. Para los pavimentos, en la zona de aseos de la planta baja se ha escogido un gres porcelánico, antideslizante en los locales húmedos. Los revestimientos verticales se resuelven con pintura plástica lisa antimoho en todas las estancias, excepto en los locales húmedos en los que se dispondrá un alicatado cerámico. 4/151

5 Sistema de acondicionamiento ambiental Los materiales y los sistemas elegidos garantizan unas condiciones de higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcanzan condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio haciendo que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Sistema de servicios El edificio en donde se tiene que intervenir consta de los siguientes servicios: Abastecimiento de agua Evacuación de agua Suministro eléctrico Telefonía Telecomunicaciones Recogida de basura Otros 3. CUMPLIMIENTO DEL CTE Y DE OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES. 3.1 CUMPLIMIENTO DEL CTE Y REGLAMENTOS RELACIONADOS. - Nivel de cumplimiento del CTE: Al solicitarse la licencia con posterioridad al 29/03/2007, el CTE se aplica íntegramente (parte I y parte II). - Seguridad Estructural DB SE: DB SE-AE Acciones en la edificación. Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) DB SE-C Cimientos. Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) DB SE-A Acero. Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) DB SE-F Fábrica. Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) DB SE-M Madera. No es de aplicación en el presente proyecto (No hay maderas estructurales) EHE Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) EFHE No es de aplicación en el presente proyecto NCSR 02 Es de aplicación en el presente proyecto (Ver Anejos Mem. de Cálculo) - Seguridad en caso de incendio DB SI: No es de aplicación ya que al tratarse de la instalación de un ascensor y la redistribución de los aseos de la planta baja, para adaptarlos al cumplimiento de la supresión de barreras arquitectónicas, dichas intervenciones propuestas en el edificio, no modifican el uso, la ocupación, ni los sectores existentes, además de que no se altera el recorrido de evacuación. - Seguridad de utilización DB SU: Es de aplicación en el presente proyecto Ver ficha. - Salubridad DB HS: HS1 Protección frente a la humedad. No es de aplicación en el presente proyecto HS2 Recogida y evacuación de residuos. No es de aplicación en el presente proyecto HS3 Calidad del aire interior. No es de aplicación en el presente proyecto HS4 Suministro de agua. No es de aplicación en el presente proyecto HS5 Evacuación de aguas. No es de aplicación en el presente proyecto - Protección frente al ruido DB HR: Este DB no es de aplicación (entrada en vigor a partir del ) - Ahorro de energía DB HE: HE1 Limitación de demanda energética. No es de aplicación en el presente proyecto. HE2 Instalaciones térmicas en los edificios. Exigencia desarrollada actualmente por el RITE (RD 1751/98). En el presente Proyecto únicamente se ha previsto la instalación de agua caliente sanitaria y la potencia del motor del ascensor, con una potencia total inferior a 70 Kw, por lo que no se necesita proyecto específico para su desarrollo. HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. No es de aplicación. HE4 Contribución solar mínima de ACS. No es de aplicación en el presente proyecto. HE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica. No es de aplicación. 5/151

6 SU JUSTIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES DEL EDIFICIO EN RELACIÓN CON EL REQUISITO BÁSICO DE SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN SU 1 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAIDAS SU 1.1 Resbaladicidad de los suelos X SU 1.2 Discontinuidades en los pavimentos X SU 1.3 Desniveles X SU 1.4 Escaleras y rampas X SU 1.5 Limpieza de los acristalamientos exteriores X SU 2 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O DE ATRAPAMIENTO SU 2.1 Impacto X SU 2.2 Atrapamiento X SU 3 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTO EN RECINTOS SU 3.1 Aprisionamiento X SU 4 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA SU 4.1 Alumbrado normal en zonas de circulación X SU 4.2 Alumbrado de emergencia X SU 5 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN SU 5.2 Condiciones de los graderíos para espectadores de pie X SU 6 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTO SU 6.1 Piscinas X SU 6.2 Pozos y depósitos X SU 7 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO SU 7.2 Características constructivas X SU 7.3 Protección de recorridos peatonales X SU 7.4 Señalización X SU 8 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO SU 8 Procedimiento de verificación y tipo de instalación exigido X Cálculo de la Eficiencia requerida y el Nivel de protección correspondiente N G = A e = C 1 = N e = Eficiencia requerida: C 2 = C 3 = C 4 = C 5 = N a = Nivel de protección: 1 Esta exigencia no es aplicable al proyecto, debido a las características del edificio. 2 Las soluciones adoptadas en el proyecto respecto a esta exigencia se ajustan a lo establecido en el DB SU. 3 Las prestaciones del edificio respecto a esta exigencia mejoran los niveles establecidos en el DB SU. 4 Se aporta documentación justificativa de la mejora de las prestaciones del edificio en relación con esta exigencia. 5 Las soluciones adoptadas en el proyecto respecto a esta exigencia son alternativas a lo establecido en el DB SU. 6 Se aporta documentación justificativa de las prestaciones proporcionadas por las soluciones alternativas adoptadas. 6/151

7 3.2 CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES. En el presente proyecto no se han podido verificar el cumplimento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales. * Gestión de Residuos MAC Insular. Ver fichas adjuntas * Control de Calidad: En Illes Balears es vigente el Decreto 59/1994 de 13 de mayo, de la Conselleria d Obres, Habitatge i Transport, referente a al Control de Calidad en la Edificación. Dicho Decreto se superpone parcialmente con las exigencias del CTE y a la espera de la modificación o concreción de la Administración competente, se justifica en la memoria del proyecto el cumplimiento del referido Decreto y el Plan de Control de Calidad que se presenta, hace referencia a los materiales no relacionados en el Decreto 59/1994 pero si requeridos obligatoriamente en los DBs. Dichos controles se hallan incluidos a continuación del anejo Calculo de Estructura A estos efectos se ha previsto la dotación de una cantidad estimada concreta, para realizar los análisis, controles y pruebas que se detallan en el anexo correspondientes y que posteriormente se señalen en el Programa de Control que deberá redactar el Arquitecto Técnico de la obra, antes del inicio de los trabajos. También se deberán efectuar todas las pruebas y controles que, en su momento, puedan considerar necesarias, los Técnicos que compongan la Dirección Facultativa de la obra. * Cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas complementarias En el presente Proyecto únicamente se ha previsto la instalación de agua caliente sanitaria y la potencia del motor del ascensor, con una potencia total inferior a 70 Kw, por lo que no se necesita proyecto específico para su desarrollo. La instalación cumplirá las determinaciones del Reglamento Electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas complementarias (itc) bt01 a bt51. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, del ministerio de ciencia y tecnología Boe Normas sobre acometidas eléctricas Real decreto 7/1982, de 15 de octubre de * Seguridad e Higiene en el Trabajo: Como documento anexo a este Proyecto, el Promotor de la obra, deberá facilitar un Estudio de Seguridad y Salud, bien sea completo, bien sea básico, para cumplimentar lo previsto en el R/D 1627/97 de 24 de Octubre, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en obras de construcción. Por el tipo de tipo de obra de proyectista único, no procede la designación de Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto. Sin embargo, al ser previsible la participación de varias empresas en la ejecución de los trabajos, el Promotor deberá nombrar un Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución, que antes del inicio de las obras, deberá aprobar el preceptivo Plan de Seguridad aportado por los empresarios. * Cumplimiento del Reglamento de la ley de Infraestructuras Comunes de Telecomunicación: No es de aplicación * Cumplimiento del R.I.T.E. INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS No es de aplicación, ya que en el presente Proyecto únicamente se ha previsto la instalación de agua caliente sanitaria y la potencia del motor del ascensor, con una potencia total inferior a 70 Kw, por lo que no se necesita proyecto específico para su desarrollo. * Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas: Dicho edificio cumplirá con los requisitos establecidos en el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de barreras arquitectónicas del Govern Balear (Decreto 20/2003 de 28 de Febrero). *Cumplimentacion Decreto 145/97 Y Modificaciones 20/2007 Condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad en edificios; viviendas o locales, de obra nueva, de ampliación o cambio de uso. Cumple el decreto ya que no establece condiciones de superficies mínimas en locales excepto los aseos, que cumplen. 7/151

8 * Normativas a tener en cuenta: En cuanto a los aspectos funcionales y técnicos, tanto en el Proyecto como en la Ejecución de los diferentes trabajos de las obras, se deben tener en cuenta todas las prescripciones de las siguientes normativas: GENERAL LOE LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN L 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado BOE Entrada en vigor Observaciones: La acreditación ante Notario y Registrador de la constitución de las garantías a que se refiere el art de la LOE queda recogida en la Instrucción de 11 de septiembre de 2000, del Ministerio de Justicia. BOE La L 53/2002, de 30 de diciembre, de acompañamiento de los presupuestos del 2003, modifica la disposición adicional segunda de la LOE. BOE (en vigor desde el ) CTE CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda BOE Entrada en vigor Modificación RD 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda BOE Entrada en vigor Correcciones de errores Corrección de errores del RD 1371/2007 BOE Corrección de errores y erratas del RD 314/2006 BOE Observaciones Los DB s SI, SU y HE son de cumplimiento obligatorio a partir de ; HE, SE, SE-AE, SE-C, SE-A, SE-F, SE-M y HS, a partir de y HR a partir de NORMATIVAS ESPECÍFICAS DE TITULARIDAD PRIVADA En el presente proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales E ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN E.01 ACCIONES CTE DB SE-AE Seguridad estructural. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de NCSR 02 NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN RD 997/2002, de 27 de septiembre, del Ministerio de Fomento BOE Cumplimiento obligatorio a partir de Observaciones: Durante el periodo comprendido entre y , la norma anterior (NCSE-94) y la nueva (NCSR-02) han coexistido, por lo que en este periodo se podía considerar cualquiera de las dos. E.02 ESTRUCTURA EHE INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL RD 2661/1998, de 11 de diciembre, del Ministerio de Fomento BOE Entrada en vigor Modificación: RD 996/1999 BOE Entrada en vigor Observaciones: El presente RD deroga la Instrucción para el proyecto y ejecución de obras de hormigón en masa y armado (EH-91) y la Instrucción para el proyecto y la ejecución de obras de hormigón pretensado (EP-93). EFHE INSTRUCCIÓN PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS RD 642/2002, de 5 de julio, del Ministerio de Fomento BOE Entrada en vigor Corrección de errores: BOE CTE DB SE-A Seguridad estructural. ACERO RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de CTE DB SE-F Seguridad estructural. FÁBRICA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de CTE DB SE-M Seguridad estructural. MADERA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS RD 1630/1980, de 18 de julio, de la Presidencia del Gobierno BOE /151

9 Corrección de errores: BOE Actualización de las fichas de autorización de uso de sistemas de forjados BOE E.03 CIMENTACIÓN CTE DB SE-C Seguridad estructural. CIMIENTOS RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de C SISTEMA CONSTRUCTIVO Y ACONDICIONAMIENTO C.01 ENVOLVENTES CTE DB HS 1 Salubridad. PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de RC 03 INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS RD 1797/2003, de 26 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia BOE Entrada en vigor Corrección de errores: BOE YESOS Y ESCAYOLAS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PREFABRICADOS DE YESOS Y ESCAYOLAS RD 1312/1986, de 25 de abril, del Ministerio de Industria y Energía BOE Corrección de errores: BOE RCA 92 INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE REHABILITACIÓN DE SUELOS O 18 de diciembre de 1992, del Ministerio de Obras Públicas y Transporte BOE C.02 AISLAMIENTOS (Impermeabilización y termoacústicos) CTE DB HE 1 AHORRO DE ENERGÍA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de NBE CA 88 CONDICIONES ACÚSTICAS EN LOS EDIFICIOS O 29 de septiembre de 1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo BOE Entrada en vigor Observaciones: Aclaración y correcciones de los anexos a la NBE CA-82, pasando a denominarse NBE CA-88 I INSTALACIONES I.01 TELECOMUNICACIONES INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES RD 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del Estado BOE Entrada en vigor Observaciones: Deroga la L 49/1966 sobre antenas colectivas REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS RD 401/2003, de 4 de abril, Ministerio de Ciencia y Tecnología BOE Entrada en vigor Observaciones: Deroga el RD 279/1999 DESARROLLO DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES, APROBADO POR EL REAL DECRETO 401/2003, DE 4 DE ABRIL O CTE/1296/2003, de 14 de mayo, del Ministerio de Ciencia y Tecnología BOE I.02 ELECTRICIDAD REBT 02 REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN RD 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología BOE Entrada en vigor Observaciones: Este RD incluye las instrucciones técnicas complementarias (ITC) BT01 a BT51 NORMAS SOBRE ACOMETIDAS ELÉCTRICAS RD 7/1982, de 15 de octubre, del Ministerio de Ciencia y Tecnología BOE Corrección de errores: BOE , BOE y BOE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO APLICABLE EN LA TRAMITACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LA COMUNITAT AUTÒNOMA DE LES ILLES BALEARS D 36/2003, de 11 de abril, de la Conselleria d Economia, Comerç i Indústria por el que se modifica el D 99/1997, de 11 de julio, de la Conselleria d Economia, Comerç i Indústria 9/151

10 BOIB REGLAMENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS AÉREAS DE ALTA TENSIÓN D 3151/1968, de 28 de noviembre, del Ministerio de Industria BOE Corrección de errores: BOE REGULACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE, DISTRIBUCIÓN, COMERCIALIZACIÓN, SUMINISTRO Y PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES DE ENERGÍA ELÉCTRICA RD 1955/2000, de 1 de diciembre, del Ministerio de Economía BOE CTE DB HE 5 Ahorro de energía. CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de I.03 FONTANERÍA CTE DB HE 4 Ahorro de energía. CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de CTE DB HS 4 Salubridad. SUMINISTRO DE AGUA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de REGLAMENTACIÓN TÉCNICO SANITARIA PARA EL ABASTECIMIENTO Y CONTROL DE CALIDAD DE LAS AGUAS POTABLES DE CONSUMO PÚBLICO RD 1138/1990, de 14 de septiembre, del Ministerio de Sanidad y Consumo BOE I.04 ILUMINACIÓN CTE DB HE 3 Ahorro de energía. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de CTE DB SU 4 Seguridad de utilización. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de I.05 COMBUSTIBLE REGLAMENTO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN Y UTILIZACIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ICG 01 A 11. D 919/2006, de 28 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio BOE Entrada en vigor Observaciones: Deroga: RD 494/1988, RD 1853/1993 y O de 29 de enero de 1986 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DEL REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN GAS COMO COMBUSTIBLE O de 7 de junio de 1988, del Ministerio de Industria y Energía BOE Modificación ITC-MIE-AG 1 y 2 BOE Publicación ITC-MIE-AG 10, 15, 16, 17 y 20 BOE INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP03 Y MI-IP04 INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO RD 1523/1999, de 1 de octubre, del Ministerio de Industria y Energía BOE Observaciones: Este RD también modifica los artículos 2, 6 y 8 del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por RD 2085/1994, de 20 de octubre I.06 PROTECCIÓN CTE DB SI 4 Seguridad en caso de incendio. DETECCIÓN, CONTROL Y EXTINCIÓN DEL INCENDIO RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS D 13/1985, de 21 de febrero, de la Conselleria de Turisme BOCAIB REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS RD 1942/1993, de 5 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía BOE Corrección de errores: BOE NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1942/1993, DE 5 DE NOVIEMBRE POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y SE REVISA EL ANEXO I Y LOS APÉNDICES DE MISMO O de 16 de abril, del Ministerio de Industria y Energía BOE /151

11 REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES RD 2267/2004, de 3 de diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio BOE Entrada en vigor Observaciones: En sentencia de 27 de octubre de 2003, (BOE ) la Sala Tercera del Tribunal Supremo declaró nulo por ser contrario a Derecho el anterior RD 786/2001, de 6 de julio, referente al Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales. CTE DB SU 8 Seguridad de utilización. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de PARARRAYOS RADIOACTIVOS RD 1428/1986, de 13 de junio, del Ministerio de Industria BOE I.07 TRANSPORTE REGLAMENTO DE APARATOS ELEVADORES Y SU MANUTENCIÓN RD 2291/1985, de 8 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía BOE INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS O de 23 de septiembre de 1987, del Ministerio de Industria y Energía BOE Corrección de errores: BOE Modificación (Orden de 12 de septiembre de 1991) BOE Corrección de errores: BOE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 1 R de 27 de abril de 1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo BOE DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE SOBRE ASCENSORES RD 1314/1997, de 1 de agosto, del Ministerio de Industria y Energía BOE Corrección de errores: BOE Aplicación obligada desde el REGLAMENTO DE APARATOS ELEVADORES O de 30 de junio de 1966, del Ministerio de Industria BOE Corrección de errores: BOE Modificaciones: BOE BOE BOE BOE BOE BOE CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXIGIBLES A LOS ASCENSORES Y NORMAS PARA EFECTUAR LAS REVISIONES GENERALES PERIÓDICAS O de 31 de marzo de 1981, del Ministerio de Industria y Energía BOE SE AUTORIZA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES SIN CUARTO DE MÁQUINAS R de 3 de abril de 1997, del Ministerio de Industria y Energía BOE Corrección de errores: BOE SE AUTORIZA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES CON MÁQUINAS EN FOSO R de 10 de septiembre de 1998, del Ministerio de Industria y Energía BOE PRESCRIPCIONES PARA EL INCREMENTO DE LA SEGURIDAD DEL PARQUE DE ASCENSORES EXISTENTES RD 57/2005, de 21 de enero, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio BOE I.08 TÉRMICAS RITE REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS RD 1027/2007, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia BOE Entrada en vigor Observaciones Deroga el RD 1751/1998 y el RD 1218/2002 I.09 EVACUACIÓN CTE DB HS 5 Salubridad. EVACUACIÓN DE AGUAS RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de /151

12 I.10 VENTILACIÓN CTE DB HS 3 Salubridad CALIDAD DEL AIRE INTERIOR RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de I.12 ACTIVIDADES ATRIBUCIONES DE COMPETENCIAS A LOS CONSELLS INSULAR EN MATERIA DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS Y PARQUES ACUÁTICOS, REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO Y DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES L 8/1995, de 30 de marzo, de la Presidència del Govern BOCAIB REGLAMENTO DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS D 18/1996, de 8 de febrero, de la Conselleria de Governació BOCAIB NOMENCLATOR DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS SUJETAS A CLASIFICACIÓN D 19/1996, de 8 de febrero, de la Conselleria de Governació BOCAIB RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS LICENCIAS INTEGRADAS DE ACTIVIDAD DE LAS ILLES BALEARS L 16/2006, de 17 de octubre, de la Presidència del Govern BOIB Entrada en vigor S SEGURIDAD S.1 ESTRUCTURAL CTE DB SE Seguridad estructural. BASES DE CÁLCULO RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de S.2 INCENDIO CTE DB SI Seguridad en caso de Incendio RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de S.3 UTILIZACIÓN CTE DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de Se SEGURIDAD Y SALUD Este capítulo no es exhaustivo. Ver Estudio Básico o Estudio de Seguridad y Salud ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO O de 9 de marzo de 1971, del Ministerio de Trabajo Sanidad y Seguridad Social BOE 16 y Corrección de errores: BOE Observaciones: El art ha sido derogado por el RD 1316/1989 de 27 de octubre (BOE ). Se han derogado los Capítulos I y III por la ley de prevención de riesgos laborables PREVENCIÓN DE RIEGOS LABORALES L 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado BOE REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DE RIEGOS LABORALES L 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado BOE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN RD 16 27/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la Presidencia BOE Observaciones: Este RD sustituye el RD 555/1986, de 21 de febrero (BOE ) INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE-AEM-2 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE LEVACIÓN Y MANUTENCIÓN, REFERENTE A GRÚAS TORRE PARA OBRAS U OTRAS APLICACICIONES RD 836/2003, de 27 de junio, del Ministerio de Ciencia y Tecnología BOE Entrada en vigor Ac ACCESIBILIDAD MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE LAS BARRERAS ARQUITECTÓNICAS L 3/1993, de 4 de mayo, del Parlament de les Illes Balears BOCAIB REGLAMENTO DE SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS D 20/2003, de 28 de febrero, de la Conselleria d Obres Públiques, Habitatge i Transport BOIB Entrada en vigor CTE DB SU 1 Seguridad de utilización. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAIDAS RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de /151

13 Ha HABITABILIDAD, USO Y MANTENIMIENTO Ha.01 HABITABILIDAD CONDICIONES DE DIMENSIONAMIENTO, DE HIGIENE Y DE INSTALACIONES PARA EL DISEÑO Y LA HABITABILIDAD DE VIVIENDAS ASÍ COMO LA EXPEDICIÓN DE CÉDULAS DE HABITABILIDAD D 145/1997, de 21 de noviembre, de la Conselleria de Foment BOCAIB Entrada en vigor Modificación D20/2007 BOIB Entrada en vigor Ha.02 USO Y MANTENIMIENTO MEDIDAS REGULADORAS DEL USO Y MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICIOS D 35/2001, de 9 de marzo, de la Conselleria de d Obres Públiques, Habitatge i Transports BOCAIB Entrada en vigor Observaciones: Deberán cumplir este decreto todos los proyectos obligados por la LOE Me MEDIO AMBIENTE, RESIDUOS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA Me.01 MEDIO AMBIENTE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL RD 1302/1986, de 28 de junio, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo BOE REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL RD 1131/1988, de 30 de septiembre, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo BOE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA CONTAMINACIÓN POR EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES D 20/1987, de 26 de marzo, de la Conselleria d Obres Públiques i Ordenació del Territori BOCAIB Me.02 RESIDUOS LEY BÁSICA DE RESIDUOS TÓXICOS Y PELIGROSOS L 20/1986, del 21 de Abril, de la Jefatura del Estado BOE RESIDUOS. NORMAS REGULADORAS DE LOS RESIDUOS L 10/1998, de 21 de abril, de la Jefatura del Estado BOE REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY BÁSICA DE RESIDUOS TÓXICOS Y PELIGROSOS RD 833/1988, de 20 de julio, del Ministerio de Medio Ambiente BOE CTE DB HS 2 Salubridad. RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS RD 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda BOE Cumplimiento obligatorio a partir de PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN RD 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la Presidencia BOE Entrada en vigor PLA DIRECTOR SECTORIAL PER A LA GESTIÓ DELS RESIDUS DE CONSTRUCCIÓ-DEMOLICIÓ, VOLUMINOSOS I PNEUMÀTICS FORA D ÚS DE L ILLA DE MALLORCA Pleno del 29 de julio de Consell de Mallorca BOIB Entrada en vigor PLA DIRECTOR SECTORIAL PER A LA GESTIÓ DELS RESIDUS NO PERILLOSOS DE MENORCA Pleno del 26 de junio de Consell de Menorca BOIB Me.03 EFICIENCIA ENERGÉTICA PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN RD 47/2007, de 19 de enero, del Ministerio de la Presidencia BOE Observaciones: Es de aplicación obligatoria para solicitudes de licencia a partir del Co CONTROL DE CALIDAD CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN, USO Y MANTENIMIENTO D 59/1994, de 13 de mayo, de la Conselleria d Obres Públiques i Ordenació del Territori BOCAIB Modificación de los artículos 4 y 7 BOCAIB O de para el desarrollo del D 59/1994 en lo referente al control de forjados unidireccionales y cubiertas BOCAIB O de para el desarrollo del D 59/1994 en lo referente al control de las fábricas de elementos resistentes BOCAIB /151

14 ENSAYOS Y PRUEBAS DE CONTROL. MATERIAL: HORMIGON ARMADO NORMATIVA APLICACION: INSTRUCCION DE HORMIGON ESTRUCTURAL EHE-98. INSTRUCCION PARA LA RECEPCION DE CEMENTOS RC-03. DETERMINACIONES PREVIAS. Clase de exposición: IIa en cimentación. IV en aljibes. I en el resto de La estructura. Control de ejecución: Normal HORMIGON Tipos: Ver planos estructura Docilidad: Consistencia: Plástica Compactación: vibrado mecánico Resistencia: A 7 días 18 N/mm 2 A 28 días 25 N/mm 2 Componentes: Cemento: CEM Arido: Machacados Agua: Según artº 27 Aditivos: Consultar con la D.T. Contenido mínimo de cemento: 300 kg/m 3 Relación máxima A/C: 0.55 NIVEL DE CONTROL DE CALIDAD: Estadístico. ARMADURAS Tipo de armaduras: Barras Corrugadas B 500 s Mallas acero electrosoldadas. B 500 T Características: Límite elástico: 500 N/mm2 NIVEL DE CONTROL DE CALIDAD: Normal. Coeficiente de seguridad sobre el material: 1.15 Acero certificado AENOR OTROS Coeficientes de seguridad sobre las acciones: Acciones permanentes: 1.5 Acciones de valor no constante: 1.6 Recubrimiento nominal: Recubrimiento mínimo +10 mm = Ver planos estructuras. 14/151

15 MATERIAL: PLACA MACIZA DE HORMIGON ARMADO NORMATIVA APLICACION: INSTRUCCION, PROYECTO Y EJECUCION DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGON ARMADO 0 PRETENSADO EFHE. INSTRUCCION PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCION DE OBRAS DE HORMIGON PRETENSADO EP-93. REAL DECRETO 1630/1980, DE 18 DE JULIO, SOBRE FABRICACION Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS. DEFINICION DEL MATERIAL VIGUETAS Tipo: placa PIEZAS ENTREVIGADO Material: -- ESPECIFICACIONES DIMENSIONALES Distancia intereses: -- cm Canto total: 16 cm MATERIALES COMPONENTES Hormigón: según EHE-98 Acero: según EHE-98 CONTROL DE FABRICACION : Viguetas Piezas entrevigado CONTROL DE RECEPCION: Código identificación Fecha fabricación Certificados de garantía Verificación geométrica Compatibilidad componentes CONTROL FORJADO: Si hay más de m 2 ensayo a pie de obra Hasta m 2 si tienen Sello de Calidad NORMAS El proyecto cumplirá con la siguiente normativa en lo referente a Control de Calidad: -R.D. 2661/1998, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la instrucción para el proyecto y las obras de hormigón en masa y armado (EHE-98) (BOE no 11, de 13 de enero de 1998) -R.D., por el que se aprueba la Instrucción para el proyecto y la ejecución de obras de forjados unidireccionales de hormigón armado o pretensado. (EFHE) - R.D. 823/93, de 28 de Mayo, por el que se aprueba la Instrucción para la recepción de cementos (RC-03) (BOE no 148, de 22 de Junio de 1993). -R.D /1980, de 18 de Julio, sobre la fabricación y empleo de elementos resistentes para pisos y cubiertas (BOE no 190, de 8 de Agosto de 1.980) - Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 27 de Julio de 1.988, por la que se aprueba el Pliego general de condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción (RL-88) (BOE no 1 85, de 3 de Agosto de 1.988) (por aplicación de la NBE-CA) 15/151

16 1 RESIDUOS PROCEDENTES DE DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN (Versión Ene06) "PLA DIRECTOR SECTORIAL PER A LA GESTIÓ DELS RESIDUS DE CONSTRUCCIÓ-DEMOLICIÓ, VOLUMINOSOS I PNEUMÀTICS FORA D ÚS" BOIB /11/2002 PROYECTO: REFORMA Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITEC. (ASCENSOR) Nº LICENCIA: EMPLAZAMIENTO: PLAZA MAJOR, 3 MUNICIPIO: CONSELL CIF: P I TEL: ARQUITECTO: RAMON LLABRES ROSSELLO Y EMILIO SALVA ALLOZA A Evaluación del volumen y características de los residuos que se originan Residuos procedentes de demolición Superficie total demolida 0.00 m2 SUPERFICIE DE LA ZONA A DEMOLER SEGÚN TIPOLOGÍA Viviendas de obra de fábrica Industrial de obra de fábrica Viviendas de hormigón armado Viviendas de hormigón armado 0.00 m m m m2 RESIDUOS Obra de fábrica Hormigón Pétreos Metales Maderas Vidrios Plásticos TOTAL I. VOLUMEN (m3/m2) I. PESO (Tn/m2) VOLUMEN (m3) PESO (Tn) Bituminosos Otros COMENTARIOS:... Residuos procedentes de construcción Superficie total construida/reformada m2 SUPERFICIE CONSTRUIDA / REFORMADA SEGÚN TIPOLOGÍA Viviendas Industria Viviendas (1) (2) Locales (1) (2) (1) (2) (1) (2) 0.00 m m m m m m m m2 RESIDUOS Obra de fábrica Hormigón Pétreos Embalajes Otros TOTAL (1) OBRA NUEVA Y/O AMPLIACIÓN (2) REFORMA I. VOLUMEN (m3/m2) I. PESO (Tn/m2) VOLUMEN (m3) PESO (Tn) COMENTARIOS: Las características de esta construcción difieren de las del modelo de referencia Cantidad total de residuos generados en la obra 0.89 Tn B Medidas previstas de separación en origen o reciclaje "in situ" durante la ejecución de la obra Medidas de reciclaje "in situ" durante la ejecución de la obra: SÍ NO... Se prevé la separación y almacenamiento diferenciado de residuos peligrosos?... SÍ NO (aplicación obligatoria en todas las ocasiones) Se prevé la separación en obra de residuos inertes?... SÍ NO (cerámicos, restos de hormigón, tierras y similares) Se prevé la separación del resto de residuos?... SÍ NO (restos metálicos, restos de madera, plásticos y similares no peligrosos) 0.00 Tn COMENTARIOS:... C Valoración económica del coste de una gestión adecuada de los residuos generados Cantidad de residuos a gestionar en instalaciones autorizadas Total 0.89 Tn Valoración económica del coste de gestión Tarifa /Tn * Tarifa para Densidad 0,5-1,2 t/m3 Fecha y firma FIANZA 125% x Total x Tarifa = 16/

17 II. ANEJOS A LA MEMORIA - Cálculo de la estructura. - Instalaciones del edificio. - Eficiencia energética (RD 47/2007), de obligado cumplimiento a partir del Supresión barreras arquitectónicas. 17/151

18 MEMORIA DE CALCULO Justificación de la solución adoptada Estructura La estructura portante del ascensor se resuelve mediante losa en la cubierta apoyada a los muros de carga existentes que conforman la caja de escalera, asimismo se dispondrá de una estructura de pilares y riostras metálicos de montaje y de soporte del cerramiento de la caja del ascensor. La cimentación del ascensor se realizará mediante losa armada. Método de cálculo Hormigón armado Para la obtención de las solicitaciones se ha considerado los principios de la Mecánica Racional y las teorías clásicas de la Resistencia de Materiales y Elasticidad. El método de cálculo aplicado es de los Estados Límites, en el que se pretende limitar que el efecto de las acciones exteriores ponderadas por unos coeficientes, sea inferior a la respuesta de la estructura, minorando las resistencias de los materiales. En los estados límites últimos se comprueban los correspondientes a: equilibrio, agotamiento o rotura, adherencia, anclaje y fatiga (si procede). En los estados límites de utilización, se comprueba: deformaciones (flechas), y vibraciones (si procede). Definidos los estados de carga según su origen, se procede a calcular las combinaciones posibles con los coeficientes de mayoración y minoración correspondientes de acuerdo a los coeficientes de seguridad definidos en el art. 12º de la norma EHE y las combinaciones de hipótesis básicas definidas en el art 4º del CTE DB-SE Situaciones no sísmicas γ G +γ Ψ Q + γ Ψ Q Situaciones sísmicas Gj kj Q1 p1 k1 Qi ai ki j 1 i >1 γ G +γ A + γ Ψ Q Gj kj A E Qi ai ki j 1 i 1 La obtención de los esfuerzos en las diferentes hipótesis simples del entramado estructural, se harán de acuerdo a un cálculo lineal de primer orden, es decir admitiendo proporcionalidad entre esfuerzos y deformaciones, el principio de superposición de acciones, y un comportamiento lineal y geométrico de los materiales y la estructura. Para la obtención de las solicitaciones determinantes en el dimensionado de los elementos de los forjados (vigas, viguetas, losas, nervios) se obtendrán los diagramas envolventes para cada esfuerzo. Para el dimensionado de los soportes se comprueban para todas las combinaciones definidas. Acero laminado Se dimensiona los elementos metálicos de acuerdo a la norma CTE SE-A (Seguridad estructural), determinándose coeficientes de aprovechamiento y deformaciones, así como la estabilidad, de acuerdo a los principios de la Mecánica Racional y la Resistencia de Materiales. Se realiza un cálculo lineal de primer orden, admitiéndose localmente plastificaciones de acuerdo a lo indicado en la norma. La estructura se supone sometida a las acciones exteriores, ponderándose para la obtención de los coeficientes de aprovechamiento y comprobación de secciones, y sin mayorar para las comprobaciones de deformaciones, de acuerdo con los límites de agotamiento de tensiones y límites de flecha establecidos. Para el cálculo de los elementos comprimidos se tiene en cuenta el pandeo por compresión, y para los flectados el pandeo lateral, de acuerdo a las indicaciones de la norma. Muros de fábrica de ladrillo y bloque de hormigón de árido, denso y ligero Para el cálculo y comprobación de tensiones de las fábricas de ladrillo se tendrá en cuenta lo indicado en la norma CTE SE-F, y el Eurocódigo-6 en los bloques de hormigón. El cálculo de solicitaciones se hará de acuerdo a los principios de la Mecánica Racional y la Resistencia de Materiales. Se efectúan las comprobaciones de estabilidad del conjunto de las paredes portantes frente a acciones horizontales, así como el dimensionado de las cimentaciones de acuerdo con las cargas excéntricas que le solicitan. Cálculos por Ordenador Para la obtención de las solicitaciones y dimensionado de los elementos estructurales, se ha dispuesto de programas informáticos de ordenador. 18/151

19 Características de los materiales a utilizar Los materiales a utilizar así como las características definitorias de los mismos, niveles de control previstos, así como los coeficientes de seguridad, se indican en el siguiente cuadro: Hormigón armado Hormigones Elementos de Hormigón Armado Toda la obra Cimentació n Soportes (Comprimidos) Forjados (Flectados) Aljibes Resistencia Característica a los 28 días: f ck (N/mm 2 ) Tipo de cemento (RC-03) CEM II/A-V 42.5 R Cantidad mínima de cemento (kp/m 3 ) 275 Tamaño máximo del árido (mm) 25/15 Tipo de ambiente (agresividad) IIa Consistencia del hormigón Blanda Asiento Cono de Abrams (cm) 6 a 9 Sistema de compactación Vibrado Nivel de Control Previsto Estadístico Coeficiente de Minoración 1.5 Resistencia de cálculo del hormigón: f cd (N/mm 2 ) Acero en barras Designación Toda la obra B-500-S Límite Elástico (N/mm 2 ) 500 Cimentación Comprimidos Flectados Otros Nivel de Control Previsto Normal Coeficiente de Minoración 1.15 Resistencia de cálculo del acero (barras): f yd (N/mm 2 ) Acero en Mallazos Designación Toda la obra B-500-T Límite Elástico (kp/cm 2 ) 500 Ejecución Toda la obra Cimentación Comprimidos Flectados Otros Cimentación Comprimidos Flectados Otros A. Nivel de Control previsto Normal B. Coeficiente de Mayoración de las acciones desfavorables Permanentes/Variables 1.5/1.6 19/151

20 Aceros laminados Acero en Perfiles Clase y Designación Toda la obra S-275-JR Límite Elástico (N/mm 2 ) 275 Acero en Clase y Designación S-275-JR Chapas Límite Elástico (N/mm 2 ) 275 Aceros conformados Toda la obra Acero en Perfiles Clase y Designación S-275-JR Límite Elástico (N/mm 2 ) 275 Acero en Clase y Designación S-275-JR Placas y Paneles Límite Elástico (N/mm 2 ) 275 Uniones entre elementos Toda la obra Comprimidos Flectados Traccionados Comprimidos Flectados Traccionados Comprimidos Flectados Traccionados Placas anclaje Placas anclaje Placas anclaje Sistema y Designación fu= Soldaduras 420N/mm2 Tornillos Ordinarios A-4t Tornillos Calibrados A-4t Tornillo de Alta Resist. A-10t Roblones -- Pernos o Tornillos de Anclaje B-400-S Ensayos a realizar Hormigón Armado. De acuerdo a los niveles de control previstos, se realizaran los ensayos pertinentes de los materiales, acero y hormigón según se indica en la norma Cap. XV, art. 82 y siguientes. Aceros estructurales. Se harán los ensayos pertinentes de acuerdo a lo indicado en el cap. 12 del CTE SE-A Asientos admisibles y límites de deformación Asientos admisibles de la cimentación. De acuerdo a la norma CTE SE-C, artículo 2.4.3, y en función del tipo de terreno, tipo y características del edificio, se considera aceptable un asiento máximo admisible de 30 mm Límites de deformación de la estructura. Según lo expuesto en el artículo de la norma CTE SE, se han verificado en la estructura las flechas de los distintos elementos. Se ha verificado tanto el desplome local como el total de acuerdo con lo expuesto en de la citada norma. Hormigón armado. Para el cálculo de las flechas en los elementos flectados, vigas y forjados, se tendrán en cuenta tanto las deformaciones instantáneas como las diferidas, calculándose las inercias equivalentes de acuerdo a lo indicado en la norma. Para el cálculo de las flechas se ha tenido en cuenta tanto el proceso constructivo, como las condiciones ambientales, edad de puesta en carga, de acuerdo a unas condiciones habituales de la práctica constructiva en la edificación convencional. Por tanto, a partir de estos supuestos se estiman los coeficientes de fluencia pertinentes para la determinación de la flecha activa, suma de las flechas instantáneas más las diferidas producidas con posterioridad a la construcción de las tabiquerías. En los elementos de hormigón armado se establecen los siguientes límites: 20/151

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