LAS NUEVAS CLÁUSULAS DEL INSTITUTO DE ASEGURADORES DE LONDRES PARA MERCANCÍAS. ICC CARGO 2009

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LAS NUEVAS CLÁUSULAS DEL INSTITUTO DE ASEGURADORES DE LONDRES PARA MERCANCÍAS. ICC CARGO 2009"

Transcripción

1 LAS NUEVAS CLÁUSULAS DEL INSTITUTO DE ASEGURADORES DE LONDRES PARA MERCANCÍAS. ICC CARGO 2009 Aun cuando las cláusulas ICC CARGO de 1982 han representado durante un largo periodo de tiempo un excelente instrumento para el aseguramiento internacional de las mercancías dentro del campo de los seguros marítimos de mercancías, la experiencia demostró que a través de la práctica de las decisiones jurisprudenciales y de las exigencias de los mercados, era conveniente modificarlas y actualizarlas. A partir de febrero de 2006, el Joint Cargo Comité, tras manejar un cuestionario para obtener opiniones al respecto y puntos de vista de las partes interesadas, se dedicó a la tarea de revisar y mejorar los textos de las cláusulas A, B y C de 1982, contando para ello con la experiencia recogida a través de casi 25 años, no sólo en el mercado y en la jurisdicción inglesa, sino también en otros países. El JCC estableció un Grupo de Trabajo para llevar a cabo la revisión, terminando ésta en junio del año 2008 y apareciendo de esa forma una nueva versión de las cláusulas A, B y C para el transporte de mercancías, que entraron en vigor el 01/01/2009. Estas nuevas cláusulas de 01/01/2009, son: Número de las cláusulas Nombre Número anterior a 2009 CL382 Cargo Clauses (A) CL 252 CL383 Cargo Clauses (B) CL 253 CL384 Cargo Clauses (C) CL 254 CL385 Cargo Clauses War CL 255 CL386 Cargo Clauses Strike CL 256 CL387 Cargo Clauses (Air) CL 259 CL388 Cargo Clauses War (Air) CL 258 CL389 Cargo Clauses Strike (Air) CL 260 Diferencias de las nuevas cláusulas del 01/01/2009 en relación con las del 01/01/1982 La cobertura que ofrece el juego de cláusulas A de 2009 (al igual que las de 1982) se basa en la filosofía todo riesgo (salvo los excluidos en sus cláusulas 4, 5, 6 y 7), mientras que la que otorgan las cláusulas B es contra riesgos nominados, con las exclusiones previstas también en sus cláusulas 4, 5, 6, y 7, es decir, que esta última ofrece una cobertura mas restringida que la primera. En relación con las cláusulas B, los riesgos nominados que se cubren son, básicamente, los siguientes: las pérdidas de o daños a la cosa asegurada razonablemente atribuibles a incendio o explosión; encalladura, varamiento, hundimiento o vuelta de campana; vuelco o descarrilamiento del medio transportador terrestre; colisión o contacto del buque, embarcaciones o medio de transporte con cualquier objeto externo que no sea agua; descarga en puerto de arribada forzosa; terremoto, erupción volcánica y rayo; sacrificio en avería gruesa; echazón o barrido por 1

2 las olas; entrada de agua de mar, lago o río en la bodega del medio de transporte, contenedor o lugar de almacenaje y pérdida total de cualquier bulto perdido por la borda o caído durante la carga o descarga del buque. Los restantes artículos son similares a los de las A con las particularidades propias de una cobertura contra todo riesgo y otra de riesgos nominados. Por su parte, las cláusulas C ofrecen a los asegurados una cobertura sobre la base también de riesgos nominados pero más restringida que las cláusulas B sobre las que presentan cuatro diferencias básicas: las cláusulas C no cubren el riesgo de terremoto, erupción volcánica o rayo; tampoco los daños o pérdidas derivadas del barrido por las olas; ni por la entrada de agua al buque, embarcación menor, contenedor o lugar de almacenaje; ni la pérdida total de bulto entero caído durante las operaciones de carga y descarga del buque o embarcación. Las restantes cláusulas del juego C son prácticamente iguales a las del B. Por tanto nos centraremos en el análisis de los cambios que presentan las cláusulas A, ya que gran parte de los mismos, con las diferencias propias de una cobertura contra todo riesgo y otras dos de riesgos nominados, van a ser también aplicables en buena medida a las cláusulas B y C. Las diferencias más significativas del juego de cláusulas ICC A del 01/01/09 respecto del de 01/01/82, son las siguientes: 1. Los títulos que antes aparecían al costado derecho de cada cláusula, han sido eliminados y ahora, dichos títulos encabezan, subrayados, cada uno de sus artículos. 2. Se han producido cambios de tipo literario y formal reemplazándose algunos términos o palabras que en idioma inglés podrían ofrecer dudas en otras jurisdicciones en cuanto a su exacto significado jurídico. Se han realizado las siguientes sustituciones: aseguradores insurer en lugar de underwriters, contrato de transporte contract of carriage por contrato de fletamento contract de affreightment, empleados employees por servants, atribuibles attributable to en lugar de causado caused, contrato de seguro contract of insurance en lugar de simplemente seguro insurance. También se ha unificado en la versión inglesa el uso de los términos good y subject-matter insured que se utilizaban en forma indistinta, refiriéndose siempre a la cosa asegurada, utilizándose ahora siempre este último término. 3. Hay algunos cambios de lenguaje en otros artículos en los que se ha modificado en parte su redacción original en inglés, pero manteniendo el sentido de la cobertura que originariamente se otorgaba (caso del artículo 2, Both to Blame Collision Clause ) en donde, si bien con algunas palabras distintas, se está diciendo lo mismo, aunque con mayor precisión. 4. Los cambios de mayor relevancia se encuentran dentro de las Exclusiones, Artículo 4, apartado 4.3., referido al caso de daños o gastos causados por insuficiencia o embalaje o preparación de la cosa asegurada, ya que ahora se ha agregado y precisado para soportar los accidentes ordinarios del tránsito, cuando tal embalaje o preparación es llevado a cabo por el asegurado o sus empleados o antes de la vigencia de éste seguro. (A los fines de estas cláusulas, embalaje será considerado como incluyendo en un contenedor y empleados no incluirá contratistas independientes). 2

3 5. En el apartado 4.5. de este Artículo 4 de Exclusiones, se mantienen excluidos los daños, pérdidas o gastos causados por demora aun cuando la misma provenga de un riesgo cubierto. En el texto anterior del 01/01/82 se hablaba de causados inmediatamente (proximately) por demora, término éste que ahora ha sido eliminado. 6. Otro cambio, también relevante, lo presenta el mismo Artículo 4, en el apartado 4.6., referido a los daños, pérdidas o gastos sufridos por la cosa asegurada debido al incumplimiento financiero de los transportadores, sean éstos fletadores, propietarios, administradores u operadores del buque. Y aquí aparecen dos nuevos agregados: i) la exclusión se aplica cuando al tiempo de cargar las cosas aseguradas a bordo del buque, el asegurado tiene conocimiento, o en el curso ordinario del negocio debió tenerlo, de que tal insolvencia o incumplimiento financiero podía impedir la normal prosecución del viaje; ii) esta exclusión no se aplicará donde el contrato de seguro ha sido transferido a la parte que reclama bajo el mismo, quien ha comprado o convenido comprar la cosa asegurada de buena fe bajo un contrato obligatorio. 7. En el apartado 4.7. de este Artículo 4, se tratan los llamados riesgos de guerra y se comienza precisando que están excluidos de la cobertura del seguro los daños y perdidas que sean directa o indirectamente causados o que resulten de cualquier arma (se eliminó de guerra) y se agregó artefacto (device) empleando energía nuclear o atómica u otra reacción o fuerza radioactiva. 8. El Artículo 5 ha sufrido algunos cambios: i) en el apartado se ha eliminado de la innavegabilidad o la falta de aptitud del medio de transporte, contenedor o liftvan como exclusión de cobertura y también en dicho apartado, en su última parte, la palabra servant y entonces, ahora la exclusión funciona solamente cuando el asegurado ha tenido conocimiento privy de la innavegabilidad o falta de aptitud del buque o embarcación para el transporte seguro de los bienes asegurados; ii) como apartado se ha incorporado ahora una previsión estableciendo también como exclusión de cobertura los casos de falta de aptitud del contenedor o medio de transporte para el seguro transporte de los efectos asegurados cuando la carga en ellos es llevada a cabo antes de la vigencia de este seguro o por el asegurado o sus empleados y ellos conocían ( privy ) tal falta de aptitud al tiempo de la carga. 9. En el apartado 5.2. del Artículo 5 en cuestión, se establece que la exclusión prevista en no se aplicará donde el contrato de seguro ha sido transferido a la parte que reclama bajo el mismo, quien ha comprado o convenido comprar la cosa asegurada de buena fe bajo un contrato obligatorio; esta normativa guarda relación con lo que dispone el Artículo 4.6., última parte, es decir, se pretende proteger los derechos de un comprador de buena fe bajo un contrato que le es obligatorio. Obsérvese que lo dispuesto por éste apartado 5.2. es sólo aplicable al supuesto previsto en el apartado Finalmente en el apartado 5.3. del Artículo 5, se establece que los aseguradores renuncian a invocar cualquier incumplimiento de las garantías implícitas de la navegabilidad del buque y de la aptitud del buque para transportar la carga asegurada a destino, habiéndose eliminado el párrafo que figuraba en las Cláusulas del en cuanto preveía a menos que el asegurado o sus dependientes conocían tal innavegabilidad o falta de aptitud. 3

4 11. En el Artículo 7, apartado 7.3., se prevé que en ningún caso el seguro cubrirá pérdidas, daños o gastos causados por cualquier acto de terrorismo, es decir, un acto de cualquier persona actuando en nombre de, o en conexión con cualquier organización que lleva a cabo actividades dirigidas a derrocar o influenciar, por fuerza o violencia, a cualquier gobierno esté o no legalmente constituido. 12. El Artículo 8 (denominado ahora Duración) contiene varios cambios respecto a la anterior Transit Clause del 1/01/82 y comenzando ahora por el apartado 8.1. nos encontramos con que allí se dispone lo siguiente: sujeto a la cláusula 11 que sigue, este seguro entra en vigor desde el momento en que la cosa asegurada es movida por primera vez en el depósito o lugar de almacenamiento (en el lugar mencionado en el contrato de seguro) con el propósito de su inmediata carga en el vehículo transportador o en otro medio de transporte para el comienzo del tránsito, continúa durante el curso ordinario del mismo y termina, bien: cuando se complete la descarga del vehículo porteador u otro medio de transporte en el almacén final o lugar de almacenamiento en el destino indicado en el contrato de seguro, o cuando se complete la descarga del vehículo porteador u otro medio de transporte en cualquier otro almacén o lugar de almacenamiento, ya sea antes de o en el punto de destino designado en el contrato de seguro, que el Asegurado o sus empleados elijan, que no sea del tránsito ordinario o para la consignación o distribución de las mercancías, o cuando el Asegurado o sus empleados elijan utilizar algún vehículo u otro medio de transporte o algún contenedor para almacenaje distinto a los del transporte ordinario en curso, o A la expiración de un período de 60 días después de haber sido completada la descarga de las mercancías aseguradas en esta Póliza, al costado del buque transoceánico en el puerto final de descarga, lo que primero ocurra. 13. El apartado 8.2. del ya mencionado Artículo 8 prevé que si después de ser descargadas de a bordo del buque de ultramar en el puerto final de descarga, pero con anterioridad a la terminación de este seguro, la cosa asegurada debe enviarse a un destino distinto del cual está asegurada, este seguro, mientras permanezca sujeto a terminación como se prevé en las Cláusulas a , no se extenderá mas allá del tiempo en que la cosa asegurada sea movida por primera vez para el propósito del comienzo del tránsito a tal otro destino. 14. A continuación el apartado 8.3. de este Artículo 8, establece que este seguro permanecerá en vigor (sujeto a terminación como se prevé en las Cláusulas a precedentemente y a lo que establece la Cláusula 9 a continuación) durante la demora fuera del control del asegurado, cualquier desviación, descarga forzosa, reembarque o transbordo y durante cualquier variación de la aventura proveniente del ejercicio de un derecho concedido a los transportadores bajo el contrato de transporte 15. La antigua Change of Voyage Clause del 01/01/82, ha sufrido cambios que ahora están reflejados en dos apartados del Artículo 10: i) cuando después del inicio de la vigencia de este seguro, el destino es cambiado por el asegurado, éste debe notificar sin demora a los aseguradores por primas y términos a ser convenidas y si una pérdida ocurriese antes de que tal convenio sea acordado, la cobertura puede ser proporcionada, pero sólo si la misma hubiese estado disponible a una razonable prima comercial de mercado y en términos 4

5 también razonables de mercado; ii) cuando la cosa asegurada comienza el tránsito contemplado por éste seguro (de acuerdo con la Cláusula 8.1.), pero, sin conocimiento del asegurado o sus empleados el buque se dirige a otra destinación, este seguro sin embargo será considerado como que a tenido vigencia al comienzo de tal tránsito. 16. Se ha definido ahora, en el Artículo 15, la figura del asegurado y se lee entonces que el seguro cubre al asegurado, lo que incluye a quien reclama la indemnización por sí o en representación de quien se celebró el contrato o como un cesionario del mismo; la cláusula, en su segunda parte, aclara que el seguro no se extiende en beneficio del transportador o del depositario. 17. Al final de las cláusulas se ha colocado la siguiente Nota: En el caso de que se requiera una extensión de la cobertura en los términos de la cláusula 9, o se notifique un cambio de destino bajo los términos de la cláusula 10 existe la obligación de efectuar la notificación inmediata a los Aseguradores y el derecho a tal cobertura depende de que se haya dado cumplimiento a esta obligación. 5

Stranger & Lewin Corredores de Seguros San Pío X 2460, Of. 703. Providencia, Santiago / Fono: 233 6656-233 8946 - Fax: 421 1087

Stranger & Lewin Corredores de Seguros San Pío X 2460, Of. 703. Providencia, Santiago / Fono: 233 6656-233 8946 - Fax: 421 1087 CLAUSULA CHILENA PARA HUELGA. MERCADERIAS AVION, ADICIONAL A LA POLIZA CHILENA PARA MERCANCIAS (AVION). EXCLUYENDO LOS ENVIOS HECHOS POR CORREO, CODIGO POL 1 92 035; Y A LA POLIZA CHILENA PARA MERCANCIAS

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE TRANSPORTE CONDICIONES GENERALES. Índice

PÓLIZA DE SEGURO DE TRANSPORTE CONDICIONES GENERALES. Índice PÓLIZA DE SEGURO DE TRANSPORTE CONDICIONES GENERALES Condiciones vigentes para pólizas emitidas a partir de 01/01/2013 Índice Condiciones generales comunes para todas las coberturas... 3 Cláusula 1. Definiciones...

Más detalles

CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA MERCANCIAS (A). ( PARA USO SOLAMENTE CON LA POLIZA DE SEGURO MARITIMO PARA EXPORTACIONES)

CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA MERCANCIAS (A). ( PARA USO SOLAMENTE CON LA POLIZA DE SEGURO MARITIMO PARA EXPORTACIONES) CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA MERCANCIAS (A). ( PARA USO SOLAMENTE CON LA POLIZA DE SEGURO MARITIMO PARA EXPORTACIONES) Póliza No.: xxxxxxxx Asegurado: xxxxxxxx Vigencia de esta cláusula: xxxxxxxx Queda

Más detalles

Cláusula de Guerra. 3.2. Derrame o filtraciones normales, merma, pérdidas normales de peso, volumen, uso o desgaste normal de los bienes asegurados.

Cláusula de Guerra. 3.2. Derrame o filtraciones normales, merma, pérdidas normales de peso, volumen, uso o desgaste normal de los bienes asegurados. Cláusula de Guerra Cláusula de Guerra Sección Primera: de la Cobertura Artículo No. 1 Riesgos Cubiertos Este seguro cubre, con excepción de lo previsto en los artículos Nos. 3 y 4 que más adelante se indican,

Más detalles

EL SEGURO DE LA CARGA

EL SEGURO DE LA CARGA 1 EL SEGURO DE LA CARGA En el comercio internacional los envíos se aseguran casi sin excepcióncontra daños o pérdidas en tránsito, mediante algún tipo de seguro de la carga. Dependiendo del Incoterm escogido

Más detalles

SEGURO MARÍTIMO Lo que usted debe saber... Herrera DKP Peritos y Ajustadores de Seguros

SEGURO MARÍTIMO Lo que usted debe saber... Herrera DKP Peritos y Ajustadores de Seguros SEGURO MARÍTIMO Lo que usted debe saber... Herrera DKP Peritos y Ajustadores de Seguros Introducción El traslado de mercancías implica una serie de peligros. El seguro marítimo constituye un escudo que

Más detalles

Gestión de Riesgos Logísticos y de Transporte. John P. Stenning de Lavalle jstenning@gmail.com Mie. 23 de abril de 2014 Promperú (Lima)

Gestión de Riesgos Logísticos y de Transporte. John P. Stenning de Lavalle jstenning@gmail.com Mie. 23 de abril de 2014 Promperú (Lima) Gestión de Riesgos Logísticos y de Transporte John P. Stenning de Lavalle jstenning@gmail.com Mie. 23 de abril de 2014 Promperú (Lima) Introducción General..- Principal reto para el exportador: mantener

Más detalles

JORNADA SOBRE EL SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANC- ÍAS POR CARRETERA

JORNADA SOBRE EL SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANC- ÍAS POR CARRETERA JORNADA SOBRE EL SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANC- ÍAS POR CARRETERA LA DURACIÓN REAL DE LA COBERTURA DEL CONTRATO DE SEGURO: CARGA, DESCARGA, ALMACENAJE, ETC Alberto Emparanza Sobejano Catedrático de Derecho

Más detalles

SEGURO DE TRANSPORTE

SEGURO DE TRANSPORTE SEGURO DE TRANSPORTE Caracas, 26 de junio de 2007 CLASIFICACION DEL SEGURO DE TRANSPORTE Marítimo: Oceánico Cabotaje Fluvial o lacustre Aéreo Terrestre o férreo TERMINOS DE VENTA F.A.S. Free Along Side

Más detalles

INCOTERMS 2010. Entrada en vigor 1 de Enero del 2011.

INCOTERMS 2010. Entrada en vigor 1 de Enero del 2011. INCOTERMS 2010 Entrada en vigor 1 de Enero del 2011. 1 GENERALIDADES Desde los inicios de la ICC se constituyó un grupo de trabajo con la misión de simplificar y uniformizar en todo el mundo los términos

Más detalles

CONDICIONES DE COBERTURA TERRESTRE PARA CAMION REFRIGERADO

CONDICIONES DE COBERTURA TERRESTRE PARA CAMION REFRIGERADO CONDICIONES DE COBERTURA TERRESTRE PARA CAMION REFRIGERADO Vía Terrestre: Cubriéndose las pérdidas y/o daños a consecuencia de accidentes y/o choque y/o vuelco del vehículo transportador y de incendio.

Más detalles

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION

Más detalles

La Cobertura de Maquinaria en las Pólizas de Casco del Instituto

La Cobertura de Maquinaria en las Pólizas de Casco del Instituto Febrero, 2015 La Cobertura de Maquinaria en las Pólizas de Casco del Instituto Alejandro García Mijares, V JORNADAS DE SEGURO MARITIMO Y PORTUARIO 2 Índice / Agenda Estructura Matriz. Estructura Adicional.

Más detalles

CHUBB DE COLOMBIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. NIT 860.034.520-5 TRANSPORTE ESPECÍFICO IMPORTACION EXPORTACION CLAUSULADO ICC

CHUBB DE COLOMBIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. NIT 860.034.520-5 TRANSPORTE ESPECÍFICO IMPORTACION EXPORTACION CLAUSULADO ICC 1. Riesgos Cubiertos CHUBB DE COLOMBIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. NIT 860.034.520-5 TRANSPORTE ESPECÍFICO IMPORTACION EXPORTACION CLAUSULADO ICC CLAUSULADO A (TODO RIESGO) Este seguro cubre todos los riesgos

Más detalles

CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES

CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES Cláusula 1 - RIESGO CUBIERTO. El Asegurador indemnizará al Asegurado los daños materiales sufridos como consecuencia de un accidente

Más detalles

PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PARA GENERADOR DE CARGA INDICE

PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PARA GENERADOR DE CARGA INDICE PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PARA GENERADOR DE CARGA INDICE SECCIÓN PRIMERA... 3 CLAUSULADO A - TODO RIESGO PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍA... 3 CLAUSULADO B - RIESGOS NOMBRADOS

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios 2TIPOS DE SEGUROS 2.3 Seguros de prestación de servicios Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos

Más detalles

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO domicilio legal, administración central o sede principal de negocios en el territorio de la Parte UE o en el territorio de una República de la Parte CA, respectivamente; en caso de que la persona jurídica

Más detalles

Seguros de Transportes Internacional

Seguros de Transportes Internacional Seguros de Transportes Internacional La finalidad del seguro es amparar los bienes transportados contra los riesgos que puedan afectarles durante su desplazamiento de un lugar a otro y en el transcurso

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

SEGURO DE TRANSPORTE. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

SEGURO DE TRANSPORTE. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC SEGURO DE TRANSPORTE Definición: Es un contrato mediante el cual la Compañía de Seguros se compromete a indemnizar al ASEGURADO por aquellas perdidas, gastos o daños sufridos por su mercadería en el caso

Más detalles

3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y

3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y 3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y CÓMO ASEGURAR? 3.4 Cómo se contrata un seguro? Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas.

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Nro. contratada

Más detalles

SEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA 1 CLAUSULADO (C) (RIESGOS NOMBRADOS RESTRINGIDOS)

SEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA 1 CLAUSULADO (C) (RIESGOS NOMBRADOS RESTRINGIDOS) SEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA 1 CLAUSULADO (C) (RIESGOS NOMBRADOS RESTRINGIDOS) ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A., QUE EN ADELANTE

Más detalles

Acuerdo de prestación de servicios ofrecidos por la compañía vía online:

Acuerdo de prestación de servicios ofrecidos por la compañía vía online: CONTRATO: Contrato prestación de servicios. Acuerdo de prestación de servicios ofrecidos por la compañía vía online: 1. En el acuerdo se utilizan las siguientes nociones y definiciones: 1.1. El acuerdo:

Más detalles

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte (((NOMBRE DE LA VENDEDOR))), empresa constituida bajo las leyes

Más detalles

CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual Ginebra CRNR/DC/94 Rev. ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de abril de 1997 CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS

Más detalles

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor 22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor

Más detalles

Allianz Transporte. Automático de Mercancía Forma ICC

Allianz Transporte. Automático de Mercancía Forma ICC Allianz Transporte Automático de Mercancía Forma ICC Estas son las condiciones de su Contrato de Seguro. Es muy importante que las lea atentamente y verifique que sus expectativas de seguro están plenamente

Más detalles

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB Fonoweb se compromete a respetar su privacidad y la confidencialidad de su información personal, los datos de las comunicaciones y el contenido de las comunicaciones

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

Incoterms International Commerce Terms

Incoterms International Commerce Terms Incoterms International Commerce Terms Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas

Más detalles

SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE

SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS POLIZA No.: ASEGURADO: VIGENCIA DE ESTA CLAUSULA: SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE Sujeto a los términos, condiciones y limitaciones

Más detalles

CLAUSULAS DEL INSTITUTO PARA ALIMENTOS CONGELADOS (A) (Excluyendo carne congelada)

CLAUSULAS DEL INSTITUTO PARA ALIMENTOS CONGELADOS (A) (Excluyendo carne congelada) CLAUSULAS DEL INSTITUTO PARA ALIMENTOS CONGELADOS (A) (Excluyendo carne congelada) RIESGOS CUBIERTOS 1 Este seguro cubre, con las excepciones previstas en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 siguientes: 1.1. todos

Más detalles

RSA Seguros Chile S.A.

RSA Seguros Chile S.A. ANEXO DE PROPUESTA POLIZA CASCO MARITIMO RSA Seguros Chile S.A. Este anexo forma parte integrante de la propuesta de seguros firmada y aceptada por el asegurado en la fecha indicada en ella. Las exclusiones

Más detalles

PROPUESTA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA AGENTES DE SEGUROS

PROPUESTA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA AGENTES DE SEGUROS PROPUESTA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA AGENTES DE SEGUROS ESTE DOCUMENTO SOLO CONSTITUYE UNA SOLICITUD DE SEGURO Y, POR TANTO, NO REPRESENTA GARANTÍA ALGUNA DE QUE LA MISMA SERÁ

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

HECHOS. 23 de julio de 2009

HECHOS. 23 de julio de 2009 Informe sobre la incidencia de los Presupuestos Generales del Estado en el régimen de aportaciones a los Planes de Pensiones de Empleo de la Función Pública 23 de julio de 2009 El presente informe tiene

Más detalles

TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR

TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 1- LOS EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 2- LOS EFECTOS COMERCIALES EN CARTERA 3- EL DESCUENTO DE EFECTOS 4- LOS EFECTOS COMERCIALES EN GESTIÓN DE COBRO 5- LOS EFECTOS COMERCIALES

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

ASOCIACIÓN MUNDIAL DE JÓVENES JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO CAPÍTULO VENEZOLANO SUBCAPÍTULO ZULIA RESEÑA MENSUAL JULIO DE 2012 Nº 38

ASOCIACIÓN MUNDIAL DE JÓVENES JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO CAPÍTULO VENEZOLANO SUBCAPÍTULO ZULIA RESEÑA MENSUAL JULIO DE 2012 Nº 38 ASOCIACIÓN MUNDIAL DE JÓVENES JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO CAPÍTULO VENEZOLANO SUBCAPÍTULO ZULIA RESEÑA MENSUAL JULIO DE 2012 Nº 38 Introducción Nociones Básicas del Derecho Marítimo y su Tratamiento

Más detalles

NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS

NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-I-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIB-188-1-NOV23-2001, del 23 de noviembre de 2001

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

GENERACIÓN DE TRANSFERENCIAS

GENERACIÓN DE TRANSFERENCIAS GENERACIÓN DE TRANSFERENCIAS 1 INFORMACIÓN BÁSICA La aplicación de generación de ficheros de transferencias permite generar fácilmente órdenes para que la Caja efectúe transferencias, creando una base

Más detalles

31 de Mayo de 2.013 SEMINARIO SEGUROS DE EMBARCACIONES Y TRANSPORTE

31 de Mayo de 2.013 SEMINARIO SEGUROS DE EMBARCACIONES Y TRANSPORTE 31 de Mayo de 2.013 SEMINARIO SEGUROS DE EMBARCACIONES Y TRANSPORTE Cláusulas y Condicionados Vs. Uso de la Embarcación Reinaldo Tovar Gerente de Embarcaciones y Transporte 31 de Mayo de 2.013 Provincial

Más detalles

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2 18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los

Más detalles

EL TEMA ES. Talleres de reparación de vehículos automóviles REVISTA KONTSUMOBIDE 2012 Nº 16

EL TEMA ES. Talleres de reparación de vehículos automóviles REVISTA KONTSUMOBIDE 2012 Nº 16 EL TEMA ES Talleres de reparación de vehículos automóviles Nº 16 En la actualidad es tan común un coche en las familias, que resulta difícil encontrar a quien no haya tenido que llevar su automóvil a un

Más detalles

Convenio de uso del MasAdmin ERP Web entre Cliente y Proveedor

Convenio de uso del MasAdmin ERP Web entre Cliente y Proveedor Convenio de uso del MasAdmin ERP Web entre Cliente y Proveedor Tampico, Tamaulipas, a Este Convenio con el Cliente: gobierna los términos de uso de los servicios ofrecidos por GRUPO RIVFER ("El Proveedor").

Más detalles

ANEXO CAPITULO I. Disposiciones generales. Artículo 1 Objeto del seguro

ANEXO CAPITULO I. Disposiciones generales. Artículo 1 Objeto del seguro ANEXO CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 1 Objeto del seguro 1. El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria tiene por objeto la cobertura, en el ámbito y dentro de los límites

Más detalles

CONDICIONES DE ENTREGA DE LA MERCANCÍA: ICOTERMS 2000

CONDICIONES DE ENTREGA DE LA MERCANCÍA: ICOTERMS 2000 TEMA 7 CONDICIONES DE ENTREGA DE LA MERCANCÍA: ICOTERMS 2000 1 Negocios y Dirección 1. Objetivo El objeto de los incoterms es el de establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación

Más detalles

SEGUROS DE CASCO Y MAQUINARIA DE BUQUES LAS POLIZAS ARGENTINAS por Jorge M. Radovich Jorge M. Radovich Senior Partner del Estudio Radovich & Porcelli Maritime Law, de Buenos Aires, Argentina Miembro del

Más detalles

ARREGLO DE MADRID RELATIVO A LA REPRESIÓN DE LAS INDICACIONES DE PROCEDENCIA FALSAS O ENGAÑOSAS EN LOS PRODUCTOS

ARREGLO DE MADRID RELATIVO A LA REPRESIÓN DE LAS INDICACIONES DE PROCEDENCIA FALSAS O ENGAÑOSAS EN LOS PRODUCTOS TRATADOS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL ARREGLO DE MADRID RELATIVO A LA REPRESIÓN DE LAS INDICACIONES DE PROCEDENCIA FALSAS O ENGAÑOSAS EN LOS PRODUCTOS Firma: 6 de Noviembre, 1925 Normativa Dominicana: Resolución

Más detalles

AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León.

AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León. AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León. AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. En palabras de la Nota Técnica de Prevención

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA. 13 de marzo de 2015

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA. 13 de marzo de 2015 CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA 13 de marzo de 2015 SUMARIO 1. Introducción. 2. Objeto. 3. Ámbito de aplicación. 4. Medidas

Más detalles

COMO PRESENTAR UNA RECLAMACION POR SUS BENEFICIOS DE JUBILACION

COMO PRESENTAR UNA RECLAMACION POR SUS BENEFICIOS DE JUBILACION ` COMO PRESENTAR UNA RECLAMACION POR SUS BENEFICIOS DE JUBILACION ` ` Esta publicación ha sido desarrollada por el Departamento del Trabajo de EE.UU., Administracion de Seguridad de Beneficios del Empleado,

Más detalles

Todo Riesgo construcción y montaje

Todo Riesgo construcción y montaje Todo Riesgo construcción y montaje Cobertura que surge, como una extensión del ramo Incendio o Seguro Técnico, según la política de cada aseguradora. En este caso, está diseñada específicamente para actividades

Más detalles

+++++++ Nuevo término: ++++++ Sustituye a: DAT Delivered at Terminal DEQ Delivered Ex Quay

+++++++ Nuevo término: ++++++ Sustituye a: DAT Delivered at Terminal DEQ Delivered Ex Quay INCOTERMS 2010 Conjunto de reglas que definen los términos comerciales pactados en las transacciones comerciales, evitando ambigüedades derivadas de posibles interpretaciones particulares. La palabra INCOTERMS

Más detalles

GENERACIÓN DE ANTICIPOS DE CRÉDITO

GENERACIÓN DE ANTICIPOS DE CRÉDITO GENERACIÓN DE ANTICIPOS DE CRÉDITO 1 INFORMACIÓN BÁSICA La aplicación de generación de ficheros de anticipos de crédito permite generar fácilmente órdenes para que la Caja anticipe el cobro de créditos

Más detalles

tallerescfr (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)

tallerescfr (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido) tallerescfr (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido) Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única diferencia de que la empresa debe encargarse

Más detalles

Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales

Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales AVISO N. O 5/2014 Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales Modificaciones del Reglamento Común 1. En su trigésimo cuarto período de sesiones (15º extraordinario),

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

LOS NUEVOS INCOTERMS 2010. AAA IPEC Fundación Valenciaport Valencia, 25 de noviembre de 2010 Francisco Martínez Boluda

LOS NUEVOS INCOTERMS 2010. AAA IPEC Fundación Valenciaport Valencia, 25 de noviembre de 2010 Francisco Martínez Boluda LOS NUEVOS INCOTERMS 2010 AAA IPEC Fundación Valenciaport Valencia, 25 de noviembre de 2010 Francisco Martínez Boluda I. INCOTERMS I. INCOTERMS CONTRATO INCOTERMS DE COMPRAVENTA RIESGO PROPIEDAD PAGO OTRAS

Más detalles

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI SCT/23/4 ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de febrero de 2010 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES

Más detalles

1.1 QUÉ ES EL INVENTARIO DE OPERACIONES ESTADÍSTICAS?

1.1 QUÉ ES EL INVENTARIO DE OPERACIONES ESTADÍSTICAS? Presentación Madrid, agosto de 2015 El documento describe la navegación por esta aplicación en la que el Instituto Nacional de Estadística ofrece toda la información disponible sobre: - El Inventario de

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL "MUSEO PROVINCIAL DE PONTEVEDRA". 1 PLIEGO DE CLÁUSULAS

Más detalles

UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO

UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO UNIDAD I Tema 4 3.4.Pólizas de seguro 3.4.1.-Seguros pagados por anticipado. 3.4.2.-Gastos de Seguro POLIZA DE SEGURO El estudio detallado de las cuentas que conforman

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.

ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda

Más detalles

PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS GENERADORES DE CARGA CLAUSULADO A. TODO RIESGO.

PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS GENERADORES DE CARGA CLAUSULADO A. TODO RIESGO. PÓLIZA AUTOMÁTICA DE SEGURO PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS GENERADORES DE CARGA CONDICIONES GENERALES CLAUSULADO A. TODO RIESGO. QBE SEGUROS S.A., CON BASE Y EN CONSIDERACIÓN A LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el supuesto en que un banco del exterior otorgue una fianza o garantía que respalde a bancos locales para que estos emitan una carta fianza que

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPEN DIENTE (Entra en vigor para las auditorías de estados financieros por periodos que

Más detalles

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ De acuerdo con la normativa vigente desde el 30 de diciembre del año 2002, fecha en la cual

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

EX WORKS En Fábrica INCOTERMS

EX WORKS En Fábrica INCOTERMS INCOTERMS Los INCOTERMS son aquellos términos utilizados en un contrato de compraventa internacional, que definen cuál de las dos partes (vendedor o comprador) tiene la obligación de asegurar la mercancía,

Más detalles

Introducción a la Firma Electrónica en MIDAS

Introducción a la Firma Electrónica en MIDAS Introducción a la Firma Electrónica en MIDAS Firma Digital Introducción. El Módulo para la Integración de Documentos y Acceso a los Sistemas(MIDAS) emplea la firma digital como método de aseguramiento

Más detalles

Industria de la limpieza por contrato. Guía para los trabajadores. 13 14 41 www.longservice.nsw.gov.au

Industria de la limpieza por contrato. Guía para los trabajadores. 13 14 41 www.longservice.nsw.gov.au Industria de la limpieza por contrato Guía para los trabajadores 13 14 41 www.longservice.nsw.gov.au LICENCIA POR SERVICIO PROLONGADO EN LA INDUSTRIA DE LA LIMPIEZA POR CONTRATO En Nueva Gales del Sur,

Más detalles

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE MARÍTIMO

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE MARÍTIMO CONOCIMIENTO DE EMBARQUE MARÍTIMO Inglés: Marine/Ocean Bill of Lading (BL) Francés: Connaissement Maritime / Lettre d embarquement maritime Definición: El Conocimiento de Embarque Marítimo o su correspondiente

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

Responsabilidad Civil Ampliada para agencias de viaje

Responsabilidad Civil Ampliada para agencias de viaje Aon Taeds/Aon Affinity Responsabilidad Civil Ampliada para agencias de viaje RC Directa por accidentes de circulación terrestre, marítima, aérea y ferroviaria 14-01-2012 Responsabilidades de los organizadores

Más detalles

DECISION 393. VISTOS: El Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 331 de la Comisión y la Propuesta 288 de la Junta;

DECISION 393. VISTOS: El Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 331 de la Comisión y la Propuesta 288 de la Junta; Septuagesimonoveno Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 09 de julio de 1996 Lima - Perú DECISION 393 Modificación de la Decisión 331 "Transporte Multimodal" LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

Más detalles

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias Nota Informativa Madrid, 16 de marzo de 2009 La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias El nuevo producto, denominado Renta Vitalicia Remunerada permitirá participar

Más detalles

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES Los Estados Miembros del Consejo de Europa, signatarios del presente Protocolo. Resueltos

Más detalles

Jornada informativa Nueva ISO 9001:2008

Jornada informativa Nueva ISO 9001:2008 Jornada informativa Nueva www.agedum.com www.promalagaqualifica.es 1.1 Generalidades 1.2 Aplicación Nuevo en Modificado en No aparece en a) necesita demostrar su capacidad para proporcionar regularmente

Más detalles

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS REUNIDOS De una parte, D. [NOMBRE APELLIDOS] con NIF [NUMERO Y LETRA] como representante legal de DATAPRIUS S.L. con

Más detalles

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas La presente guía es indicativa y busca que el cliente tenga en cuenta los aspectos más importantes de la Póliza de Seguro Protección

Más detalles

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto

Más detalles

PROTOCOLO DE BRUSELAS, DE 23 DE FEBRERO DE 1968. (REGLAS DE LA HAYA-VISBY)

PROTOCOLO DE BRUSELAS, DE 23 DE FEBRERO DE 1968. (REGLAS DE LA HAYA-VISBY) PROTOCOLO DE BRUSELAS, DE 23 DE FEBRERO DE 1968. (REGLAS DE LA HAYA-VISBY) PROTOCOLO POR EL QUE SE MODIFICA LA CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA UNIFICACION DE CIERTAS REGLAS EN MATERIA DE CONOCIMIENTO,

Más detalles

JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A.

JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A. JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A. 1. PREGUNTA: Numeral 2.2.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 117 del Código de Comercio

Más detalles

Circular nº 3 Servicio Transportes Febrero 2011 INCOTERMS 2010

Circular nº 3 Servicio Transportes Febrero 2011 INCOTERMS 2010 Circular nº 3 Servicio Transportes Febrero 2011 INCOTERMS 2010 La globalización proporciona a las empresas un acceso a un mayor número de mercados. Cada vez con mayor frecuencia las mercancías se venden

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

LOS INCOTERMS. Los INCOTERMS más utilizados son: CIF (Cosí, Insurance and Freigth, coste, seguro y flete). FOB (Free on Board, franco a bordo).

LOS INCOTERMS. Los INCOTERMS más utilizados son: CIF (Cosí, Insurance and Freigth, coste, seguro y flete). FOB (Free on Board, franco a bordo). LOS INCOTERMS La Cámara de Comercio Internacional desarrolló normas para la interpretación de los términos comerciales más utilizados en las transacciones internacionales. Los INCOTERMS regulan la distribución

Más detalles

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PRESUPUESTO EN CONTRATOS Y CONVENIOS

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PRESUPUESTO EN CONTRATOS Y CONVENIOS GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PRESUPUESTO EN CONTRATOS Y CONVENIOS OBJETIVO DE LA GUÍA CONSIDERACIONES GENERALES CONCEPTOS DE GASTO Gastos de ejecución Gastos generales de la UMH Impuestos PARA RECORDAR

Más detalles

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en

Más detalles

FAQ PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL

FAQ PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL FAQ PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL Qué diferencias existen entre una patente, un modelo de utilidad y un diseño industrial? Las Patentes y Modelos de Utilidad son Títulos otorgados por el Estado al

Más detalles