ORIGINAL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENT ANTES INFORME. JlDE NOVIEMBRE DE 2014
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- José María Cárdenas Castellanos
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1 ORIGINAL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 4 ta. Sesi6n Ordinaria CAMARA DE REPRESENT ANTES P. de la C INFORME JlDE NOVIEMBRE DE 2014 A LA CAMARA DE REPRESENT ANTES DE PUERTO RICO: La Comisi6n de Seguridad Publica y para el Desarrollo de Iniciativas contra el Crimen y Corrupci6n (Comisi6n) de la Camara de Representantes del Estado Libre Asociado Puerto Rico, RECOMIENDA la aprobaci6n del P. de la C con las enmiendas contenidas en el entirillado electr6nico que acompafia este informe. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto de la Camara 1691 propone enmendar el Artfculo 6 de la Ley Num. 53de10 de junio de 1996, segun enmendada, conocida como "Ley de la Polida de Puerto Rico" para adicionar un nuevo inciso (h) a fin de facultar al Superintendente de la Policia de Puerto Rico a establecer nuevos parametros de condici6n fisica para los oficiales de la Policia de Puerto Rico; establecer un programa de incentivos que fomente la condici6n fisica necesaria para que los policias de Puerto Rico puedan desempeftar mejor sus labores y para otros fines. ANALISIS DE LA MEDIDA Segun la Exposici6n de Motivos, a la Policia de Puerto Rico se le impuso como deber la protecci6n de las personas y la propiedad, mantener y conservar el orden publico, observar y procurar la mas absoluta defensa de los derechos civiles del ciudadano, asi como prevenir, descubrir, investigar y perseguir el delito en una lucha continua para salvaguardar el bienestar de los ciudadanos de Puerto Rico. Su misi6n es garantizar una sociedad segura presentando siempre un rostro humano pero firme.
2 Para ello, se le exige contar con hombres y mujeres dispuestos a servirle al Pueblo con determinaci6n, eficacia y profesionalismo. En esa direcci6n, la Policia de Puerto Rico ha desarrollado una serie de programas educativos donde los aspirantes a Policfas adquieran la preparaci6n academica y de campo necesaria para el desempefio de sus funciones. Del mismo modo, se han establecido programas internos de educaci6n continuada para que sus miembros se mantengan al dfa en aquellas areas relacionadas a su gesti6n. No obstante, una vez terminan su preparaci6n basica en materia de condici6n fisica, no se le brinda el mismo trato que a la educaci6n academica. En su proceso de estudio del proyecto que nos ocupa, la Comisi6n, celebr6 vistas publicas el 8 de abril de 2014 al a misma compareci6 el Departamento de Justicia (DJ), la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y el Departamento de Salud. Ademas, se solicitaron y se recibieron memoriales explicativos de la Policia de Puerto Rico (PPR). Policia de Puerto Rico El 30 de octubre de 2014, la Policia de Puerto Rico, representando por el Superintendente, Honorable Coronel Jose L. Caldero Lopez, expres6 mediante el memorial que entiende los meritos de la medida y recomend6 la incorporaci6n de enmiendas. El Superintendente reconoce que la uniformada es el componente mas visible del sistema de seguridad del Estado y como tal su imagen influye en la percepci6n positiva que se tiene sobre ella. Asimismo, puntualiza que como maxima figura de la agenda, detenta la facultad de establecer requisitos para la evaluaci6n ffsica o mental de los candidatos a la uniformada, desde la etapa de reclutamiento hasta el readiestramiento de los miembros activos del cuerpo. Incluso, tiene la discreci6n de ordenar examenes medicos a miembros de la fuerza cuando tenga base para creer que se encuentran ffsica o mentalmente incapacitados. Expresa que los requerimientos relativos a la condici6n fisica de los miembros de la uniformada deben tener caracter prospectivo y sujetos a un periodo de transici6n de un afio. Concluye sefialando que establecer un programa de acondicionamiento ffsico que incluya un examen ffsico mandatorio anual conlleva un impacto fiscal y en consecuencia, se debe extenderse una correlativa partida de fondos. Oficina de Gerencia y Presupuesto de Puerto Rico La Oficina de Gerencia y Presupuesto de Puerto Rico por su entonces Director Sr. Carlos D. Rivas Quinones, present6 su memorial explicativo con fecha de 7 de abril de En el mismo, aborda el asunto desde su perspectiva tecnica gerencial. Su argumentaci6n gira sobre el posible impacto fiscal que puedan tener los incentivos a los cuales los uniformados pudieran tener acceso en caso que demuestren una condici6n ffsica sobresaliente. 2
3 Sefiala que la conces10n de licencias por vacaciones como incentivo, son beneficios marginales de caracter extraordinario que representan un costo para el Estado. Explican que el prop6sito de un incentivo de esta naturaleza debe adelantar el interes publico, y a su juicio su concesi6n por el estado de la condici6n fisica del oficial de la policia no lo justifica. La OGP concluye indicando que la pieza legislativa debe contar con los comentarios de la Policia de Puerto Rico. Departamento de Justicia Mediante memorial explicativo, presentado el 4 de abril de 2014, el Departamento de Justicia bajo la firma de su Secretario Cesar R. Miranda Rodriguez, expuso su posici6n en cuanto a la exigencia estatutaria de examenes de la condici6n fisica de los miembros uniformados de la Policia. En primer orden, el DJ indica que el acuerdo firmado entre el Secretario de Justicia de los Estados Unidos de America y el Gobernador de Puerto Rico1, requiere que la Policia de Puerto Rico adopte las mejores practicas de reclutamiento, adiestramiento y profesionalizaci6n de sus agentes. Estas practicas de gerencia inciden en areas como el reclutamiento y entrenamiento. A su vez el Reglamento Num , establece que los miembros de la uniformada deben realizar evaluaciones medicas ya en su ingreso, reingreso, ascenso, traslado o incluso descensos. No obstante, el Secretario de Justicia reconoce queen todas las instancias donde el Reglamento Num relaciona la evaluaci6n o examen de condici6n fisica de los uniformados depende de las circunstancias del sujeto o del criterio discrecional del Superintendente. El DJ asegura queen la actualidad se esta trabajando sobre un borrador para enmendar el Reglamento Num. 4216, a los fines de atemperarlo a las exigencias del acuerdo firmado con el Secretario de Justicia de los Estados Unidos de America. En esa direcci6n sugiere incluir el caracter obligatorio de un examen fisico anual y asi no dejar esta exigencia a la discreci6n del Superintendente. Departamento de Salud El 8 de abril de 2014, la Secretaria de Salud, Dra. Ana C. Rius Armendariz, en representaci6n del Departamento de Salud (DS) destac6 la importancia de la medida al establecer un examen fisico mandatorio anual, ya que fomenta estilos de vida saludables y promueve la buena condici6n fisica en la Policia. Ademas, sugiere varios elementos que deben 1 United States of America v. Commonwealth of Puerto Rico and the Puerto Rico Police Department, No. 3:12-cv Reglamento de Personal de la Polida de Puerto Rico. Num de 11 de mayo de
4 . ' ser incluidos para maximizar el esfuerzo de la iniciativa legislativa. Como por ejemplo, se recomienda el cernimiento clinico individualizado, plan de tratamiento y seguimiento individualizado por periodo no menor de un afio, apoyo multidisciplinario, educaci6n en salud, etc. En cuanto a la propuesta concreta de los "incentivos y penalidades", el DS sugiere que el enfoque se dirija a incentivar estilos de vida que mejoren la condici6n fisica y no punitiva. Entiende que la fase punitiva solo debe ser una opci6n cuando los miembros de la uniformada no superen los objetivos del plan de tratamiento individualizado. IMPACTO FISCAL En atenci6n a la inquietud del Superintendente de la Policia sobre el impacto fiscal que esto representa, entendemos que el mismo seria minimo. En lo relativo al examen fisico mandatorio anual, la agencia tiene presupuestada parte de esta contingencia por virtud del deber que les impone la Ley y el Reglamento Num En especifico, el Articulo 12.2 (5) (a) 6, del Reglamento 4216, supra., requiere a los candidatos de nuevo ingreso, reingreso y ascenso en la Policia de Puerto Rico, a someterse a un examen fisico hecho por el medico de la Policia de Puerto Rico. El examen fisico que se practica hoy dia es parte integral de un examen medico para determinar la aptitud fisica del candidato, el cual comprende incluso evaluaci6n de pruebas de laboratorio requeridas por la Division de Servicios Medicos de la Policia de Puerto Rico. Como consecuencia de la aprobaci6n de esta medida, mediante enmienda prospectiva al Reglamento Num. 4216, el Superintendente podra establecer el orden o prelaci6n en que se va a llevar a cabo el examen fisico anual de los policias ante el medico de la agenda. Gerencialmente, el Superintendente incorporara el examen fisico mandatorio anual dentro de la fase operacional actual sin que esto represente mayor erogaci6n de fondos. Lo relacionado al programa de acondicionamiento fisico que exigia la medida, fue eliminado. No obstante, para que los oficiales de la policia sean exitosos y consistentes con el resultado sobresaliente del examen fisico mandatorio anual, sera responsabilidad de cada uno de ellos incorporar a su estilo de vida, practicas que beneficien su salud. Sin embargo, el Superintendente con la colaboraci6n de la Junta de Evaluaci6n Medica de la Policia de Puerto Rico, definiran los parametros de evaluaci6n y orientara a los policias sabre estilos de vida saludable. La participaci6n en el programa se llevara a cabo de forma escalonada y a partir de los 6 meses de la aprobaci6n de esta Ley. Los incentivos que podra autorizar el Superintendente se limitaran a los autorizados por la agenda ya ascensos de rango, de manera que nose impacte el presupuesto de la agencia concediendo dias libres. 4
5 . ' Segun expuesto por el DJ, actualmente se trabaja con un borrador de reglamento que contempla los examenes medicos anuales. Ello, en aras de cumplir con el acuerdo entre Secretario de Justicia de los Estados Unidos de America y el Gobierno de Puerto Rico. Esta medida es una de avanzada y contribuye a proceso de profesionalizar a la uniformada, pero no supera el evento discrecional estatutario. Somos del criterio que la medida representa un impacto fiscal mfnimo. Los beneficios que brindara esta iniciativa, el interes publico protegido, el impacto en la salud de los uniformados y la seguridad del Pais, superan cualquier inquietud de impacto econ6mico. CONCLUSION Y RECOMENDACION Esta Comisi6n, luego de evaluar la informaci6n relativa a esta pieza legislativa, incluyendo los comentarios expuestos, expresa su apoyo a la misma. La actividad fisica debe ser parte indispensable de la gesti6n de trabajo que llevan a cabo los Polidas. Por ello, es necesario que los Agentes del Orden Publico se sometan a un examen medico anual que determine si se encuentra apto para ejercer sus funciones cabalmente. La pieza legislativa ante nuestra consideraci6n impacta positivamente a la Polida de Puerto Rico en lo concerniente a la forma en que la agenda debe maximizar la capacidad de los miembros de la uniformada para proveer un mejor servicio a la comunidad con relaci6n a seguridad publica. Esta iniciativa legislativa estima que la condici6n fisica e incluso emocional de los miembros de la uniformada es imprescindible para eficientizar los recursos de seguridad de Estado, contando con el personal apto desde una perspectiva holistica. Por lo antes expuesto, la Comisi6n de Seguridad Publica y para el Desarrollo de Iniciativas contra el Crimen y Corrupci6n de la Camara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, RECOMIENDA la aprobaci6n del P. de la C con enmiendas. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO L.BAiz~2 JOS PR IDENTE Co ISION DE SEGURIDAD PUBLICA Y PARA EL DESARROLLO DE INICIA TIV AS CONTRA EL CRIMEN Y CORRUPCION DE LA CAMARA DE REPRESENT ANTES 5
6 ENTIRILLADO ELECTRONICO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 3ra. Sesi6n Ordinaria CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C DE FEBRERO DE 2014 Presentado por el representante Baez Rivera Referido a la Comisi6n de Seguridad Publica y Para el Desarrollo de Iniciativas Contra el Crimen y la Corrupci6n LEY Para enmendar el Artfculo 6 de la Ley Num. 53 de 10 de junio de 1996, seglin enmendada, conocida como "Ley de la Policia de Puerto Rico", para adicionar un nuevo inciso (h) a fin de facultar al Superintendente de la Policia de Puerto Rico a establecer nuevos parametros de condici6n fisica para los oficiales de la Policia de Puerto Rico; requerir un examen medico anual; establecer un programa de incentivos que fomente la condici6n fisica necesaria para que los Policias de Puerto Rico puedan mtjor desempefiar mejor sus labores y para otros fines. EXPOSICION DE MOTIVOS La Policia de Puerto Rico es la agenda del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que tiene la obligaci6n primaria de mantener la Ley y el orden en todo el territorio nacional. Especificamente, se le impuso como obligaci6n a este cuerpo la protecci6n de las personas y la propiedad, mantener y conservar el orden publico, observar y procurar la mas absoluta protecci6n defensa de los derechos civiles del ciudadano, asi como prevenir, descubrir, investigar y perseguir el delito en una lucha continua para proteger salvaguardar el bienestar de los ciudadanos de Puerto Rico. Su misi6n es garantizar una sociedad segura presentando siempre un rostro humano pero inflexible firme. Asi las cosas, para lograr este objetivo, la Policia requiere contar con hombres y mujeres dispuestos a servirle al Pueblo de puerto Puerto Rico con determinaci6n, eficacia y profesionalismo. Por tal raz6n, a los candidatos a ser miembros de este
7 2 Cuerpo se les exige, entre otras cosas, que esten en condici6n fisica optima de cualificar durante su entrenamiento. Ahora bien, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha desarrollado una serie de programas educativos para que aquellas personas que aspiren a convertirse en los aspirantes a Polidas logren adquirir la preparaci6n academica necesaria para el desempefio de sus funciones. Del mismo modo, la propia agenda ha desarrollado establecido programas internos de educaci6n continuada para que sus miembros se mantengan al dia en aquellas areas relacionadas a su gesti6n. No obstante, en materia de condici6n fisica, no se le brinda el mismo trato que a la formaci6n academica o de cam po. Es un hecho indubitado que la actividad fisica en esa agenda de Gobierno del Estadio Libre Asociado de Puerto Rico es parte indispensable de la gesti6n de trabajo que llevan a cabo los Polidas. Por ello es necesario que los Agentes del Orden Publico cumplan con alcanzar un grado de eficiencia fisica para poder ejercer sus funciones en la calle. Sin embargo, la realidad es que una vez una persona un cadete juramenta como miembro de la Policia, mas alla del curso basico, no existe ningun programa o incentivo que fomente mantener la condici6n fisica imperativa para el desempefio de los rigores que conlleva mantener la ley y el orden. Estar en condici6n fisica redundaria en mejor servicio a la ciudadania, asi como en mayor seguridad para los propios miembros de este Cuerpo cuando hacen frente a momentos dificiles ya criminales. De la misma forma, redundara en ahorros a corto, mediano y largo plazo. A mejor condici6n fisica, menores son los costos presentes y futuros de cuidado medico. Por tal raz6n, esta Asamblea Legislativa estima pertinente que, para que los agentes del orden publico esten capacitados o capacitadas para intervenir en los diversos escenarios y cumplan con exito su obligaci6n come miembro de tan l\onrosa agencia, la Polida de Puerto Rico tiene que contar con un programa de acondicionamiento fisico que incluya debe exigir a sus miembros un examen fisico mandatorio anual come parte del mismo. DECRETASE POR LAASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: 1 l\rticulo Secci6n 1.-Se adiciona el inciso (h) al Articulo 6 de la Ley Num. 53 de 10 2 de junio de 1996, segun enmendada, para que se lea como sigue: 3 "Articulo 6.-Superintendente; facultades especiales.-
8 3 1 (a) (h) El Superintendente tendra la facultad de exigirle a los miembros del Cuerpo, que mantengan aquella condici6n fisica adecuada para cumplir con la misi6n de la Policia de Puerto Rico. Para ello estahlecerti progrnmge de GEcondicionGEmiento fisico que incluira un ordenara un examen fisico mandatorio anual:_ como parte del mismo. Tudo Ademas, todo agente de la Policia de Puerto Rico tendrti que debera cumplir con este requisito de condici6n fisica adecuada para ~ continuar formando parte de la Policia de Puerto Rico." l\rticulo Secci6n 2.-Dentro de los 120 dias siguientes a la aprobaci6n de esta Ley, el Superintendente enmendara el Reglamento 4216, conocido como el "Reglamento de Personal de la Policia", segtin enmendado, para implementar el programa de acondicionamiento examen ffsico mandatorio anual antes mencionado. El examen ffsico mandatorio anual se realizara a partir de los ciento ochenta (180) dias de aprobada esta ley. Articulo Secci6n 3.-El Superintendente, en colaboraci6n con la [unta de Evaluacion Medica de la Policia de Puerto Rico, mediante reglamento, reglamentara, definira y determinara cuales cuales son los parametros de evaluaci6n y calificaci6n del pregrama de acondicionamiento fisico, cuyo fundamento sera determinar la condici6n fisica de cada miembro de la policia. Se estableceran tres posibles resultados de dicho programa: 21 Sobresaliente, l\probado y Reprobado relacionados a la condici6n ffsica que deberan tener los 22 miembros de la Policia de Puerto Rico.
9 ~10 ~~A Ademas, el programa contendra ademas una serie de incentives y penalidades encaminados a fomentar la condi-ci6n fisica de todos los miembros de la Polida seg-un definidos en la propia Ley de la Policia de Puerto Rico. Articulo Secci6n 4.-El programa examen f(sico mandatorio incluira una prueba de condici6n fisica que sera administrada a cada miembro de la Polida anualmente. La prueba de condici6n fisica administrada sera la misma Prueba de Acondicionamiento Fisico ofrecida a los cadetes de la Policia como parte de los requisitos de ingreso enumerados en la Secci6n 12.2 del Reglamento de Personal de la Policia, segun enmendado. A.rticulo Secci6n 5.- El superintendente reglamentara la concesi6n de incentivos encaminados a fomentar la condici6n fisica de todos las miembros de la Policia segun definidos en la propia Ley de la Policia de Puerto Rico. El programa de ineentivos premiara Se incentivara a los oficiales que demuestren condici6n fisica sobresaliente y aprueben la prueba de acondicionamiento fisico aprueben con una evaluaci6n sobresaliente. Se faculta al Superintendente de la Polida a determinar cuales seran los incentivos para oficiales que demuestren condici6n fisica sobresaliente; entre ellos podrian incluir beneficios tales come un dia de licencia per vacaciones, adicional con,forme a los que por Icy se le conceden a un funcionario de esta agencia. Artfculo Secci6n 6.- El programa de incentives no Nose premiara ni sancionara a aquellos oficiales que pasen la prueba de acondicionamiento fisico sin lograr una calificaci6n sobresaliente.
10 5 1 Articulo Secci6n 7.-Todo miembro de la Policia de Puerto Rico que repruebe se le 2 concedera la oportunidad de volver a tomar la prueba. El Superintendente de la Policia 3 determinara cuales cuales seran las sanciones apropiadas para los oficiales que no 4 aprueben la prueba de acondicionamiento fisico por segunda ocasi6n, entre las cuales :. 5 Entre las sanciones estara la separaci6n permanente del puesto de agente del orden 6 publico. Ahora bien, sera requisito para ascenso cualificar la prueba de fil11 4t/ acondicionamiento fisico con el minimo requerido por Reglamento. l\rticulo Secci6n 8.-Se faculta a la Policia de Puerto Rico a adoptar la reglamentaci6n necesaria para cumplir con los prop6sitos de esta Ley, sujeto a la Ley Num. 170 de 12 de agosto de 1988, seglin enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". A estos fines, podran enmendarse los reglamentos ya existentes al amparo de la Ley Num. 53, de 10 de junio de 1996, segun enmendada, conocida como "Ley de la Policia de Puerto Rico de 1996". Articulo Secci6n 9.-Vigencia. Esta Ley comenzara a regir inmediatamente despues de su aprobaci6n.
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