Cierre de Proyectos Convocatoria 2016

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1 PROGRAMA DE ESTÍMULOS A LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN. Taller de Cierre Preventivo Técnico y Financiero 2016 Cierre de Proyectos Convocatoria

2 PUNTOS A TRATAR 1. Normatividad Prevista para Cierre 2. Informes Técnicos A. Proceso de Informes Técnicos 3. Informes Financieros A. Puntos Financieros Generales a Considerar B. Rubros Financiables C. Temas a Considerar en los Rubros D. Proceso de Informes Financieros I. Normatividad Prevista II. Plataforma Informática de Cierre. 4. Cambios Permisibles 5. Proceso de Reintegros 6. Cargas Financieras 7. Amonestaciones Acumulables 2

3 1.- NORMATIVIDAD PREVISTA PARA CIERRE POR QUÉ LOS SUJETOS DE APOYO DEBEN PRESENTAR INFORME FINAL AL CIERRE DEL EJERCICIO FISCAL 2016 TANTO TÉCNICO COMO FINANCIERO? Los Sujetos de Apoyo deben presentar los informes Técnico y Financiero final de acuerdo a lo previsto en el inciso H de la Cláusula Quinta y a la Cláusula Sexta del Convenio de Asignación de Recursos (CAR) suscrito entre el Sujeto de Apoyo y el CONACYT, donde se indica lo siguiente: QUINTA. OBLIGACIONES DEL SUJETO DE APOYO h). El SUJETO DE APOYO deberá rendir los informes a que hace referencia la Cláusula Sexta de este Convenio.... 3

4 SEXTA. INFORMES 1.- NORMATIVIDAD PREVISTA PARA CIERRE El SUJETO DE APOYO deberá presentar, a través del Sistema Electrónico del CONACYT en un término no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la conclusión de la vigencia del Convenio, los siguientes documentos: 1. Informe de impactos y beneficios obtenidos en el desarrollo del PROYECTO. 2. Informe Técnico, conforme al formato que el CONACYT le proporcione en la plataforma electrónica. 3. Informe de Actividades de la IES/CI vinculadas (uno por cada vinculación). 4. Concentrado de gastos y reporte financiero. 5. Dictamen financiero de un despacho contable acreditado ante la Secretaría de la Función Pública sobre el reporte del 100% de los gastos erogados en el PROYECTO durante el ejercicio fiscal Ficha con la información básica de los objetivos del PROYECTO y sus resultados en términos de lo previsto en el artículo 15 de la LCyT, que podrá ser integrado en el Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (SIICYT). 4

5 1.- NORMATIVIDAD PREVISTA PARA CIERRE QUÉ SUCEDE SÍ LOS SUJETOS DE APOYO NO PRESENTAN LOS DOCUMENTOS DESCRITOS EN LA CLÁUSULA SEXTA? Al no presentar alguno los documentos requeridos en la Cláusula Sexta del Convenio de Asignación de Recursos, los Sujetos de Apoyo se encuentran en incumplimiento y se sujetan al esquema de sanciones establecido por CONACYT y de ser el caso podrá ser turnado a la Unidad de Asuntos Jurídicos en el CONACYT, para la recuperación del recurso pudiendo ser hasta el reintegro del 100% del recurso otorgado, aún cuando el recurso se haya aplicado para la realización del proyecto. 5

6 2.- INFORMES TÉCNICOS DOCUMENTOS REQUERIDOS: Conforme al numeral 12.1 INFORMES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL CIERRE, el Informe Técnico está conformado por: a) El informe de impactos y beneficios obtenidos en el desarrollo del proyecto b) Informe Técnico c) Informe de Actividades de la IES/CI vinculadas (uno por cada vinculación) d) Ficha con la información básica de los objetivos de proyecto y sus resultados en términos de lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que podrá ser integrado en el Sistema Integrado de Información sobre Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (SIICYT), misma que se considerará información pública del proyecto en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), conforme al modelo que el CONACYT pondrá a disposición de los Sujetos de Apoyo. (Ficha Pública). Ningún Informe Técnico puede aceptarse como completo si falta alguna de los 4 elementos que lo conforman, de ser el caso que sea enviado en tiempo y falte un documento éste será requerido y considerado como fuera de tiempo. 6

7 2.- INFORMES TÉCNICOS A.- PROCESO DE INFORMES TÉCNICOS 1. El Informe Técnico se captura dentro de la plataforma electrónica del PEI y se hace a través de la cuenta del Responsable Técnico. 2. El Sujeto de Apoyo deberá completar lo que se pregunta en las secciones del Informe Técnico (existe información precargada que no podrá ser modificada) respetando el límite de caracteres establecido. 3. No se pueden dejar respuestas en blanco. 4. Se puede anexar lo que el Sujeto de Apoyo considere necesario, respetando el límite de 2 MB así como el formato exclusivo PDF. 7

8 2.- INFORMES TÉCNICOS El Informe Técnico recupera de la propuesta original las siguientes secciones: 1. NIVEL DE DESARROLLO DE LA TECNOLOGÍA (TRL) 2. Actividades 3. Entregables 4. Grupo de Trabajo (incluye las modificaciones realizadas durante el periodo establecido para ello). 5. Presupuesto (incluye las modificaciones realizadas durante el periodo establecido para ello) 6. Actividades de la Institución Vinculada 7. Entregables de la Institución Vinculada 8

9 3.- INFORMES FINANCIEROS Orientación a empresas para la correcta aplicación y comprobación del gasto 9

10 3.- INFORMES FINANCIEROS A.- PUNTOS FINANCIEROS GENERALES A CONSIDERAR 1. La interpretación de los conceptos, rubros y partidas de gasto elegibles para el proyecto, deben considerarse en sentido estricto de acuerdo a lo establecido en la Convocatoria, Términos de Referencia de la Convocatoria 2016, Convenio de Asignación de Recursos y Guía del Ejercicio del Gasto. 2. Un proyecto en la modalidad PROINNOVA, en caso de no realizar una o ambas vinculaciones, deberá reintegrar el 100% del apoyo otorgado. 3. Serán elegibles todos aquellos gastos necesarios para la buena ejecución de la propuesta, que sean efectivamente realizados (pagados y comprobados) durante el ejercicio fiscal 2016, cuyos bienes o servicios asociados sean recibidos por la empresa, en su carácter de Sujeto de Apoyo durante el mismo ejercicio fiscal Todo integrante que participe en el desarrollo del proyecto debe estar correctamente registrado en la propuesta como parte del Grupo de Trabajo de la plataforma electrónica de CONACYT, independientemente de la forma y rubro en que se realizará y comprobará el gasto. 10

11 A.- PUNTOS FINANCIEROS A CONSIDERAR 5. Se considerarán elegibles aquellas facturas que cumplan con todos los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como lo previsto en el Artículo 40, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, cuyos conceptos describan el bien y/o servicio adquirido y NO una descripción general, alusiva al rubro, número y nombre del proyecto, que se encuentren correctamente clasificados de acuerdo a la naturaleza de cada rubro, fechados y pagados en su totalidad invariablemente en el ejercicio fiscal Independientemente de que el proyecto al final del ejercicio Fiscal sea evaluado técnicamente exitoso y los gastos realizados se asocien con el proyecto, si no se ejercen de conformidad con los Términos de Referencia 2016 y la Guía del Ejercicio del Gasto 2016 (que a partir de esta Convocatoria forma parte integral de la normatividad) los gastos comprobados no se reconocerán como gasto elegible, lo que implica un reintegro de recursos y de ser al caso, la sanción correspondiente. 7. El hecho de que una propuesta haya sido aceptada, no implica que la clasificación y aplicación posterior del gasto descrita en ella se encuentre por ese hecho autorizado. Conforme al Convenio de Asignación de Recursos, se aprueba un monto para cada rubro (Anexo 1) y será total responsabilidad del Sujeto de Apoyo la aplicación correcta de las erogaciones, comprobación, registro y el ingreso adecuado de la información en los reportes correspondientes, en apego a la normatividad vigente. 11

12 A.- PUNTOS FINANCIEROS A CONSIDERAR FECHAS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA: Solicitud de Cambio de Institución Vinculada: Fecha límite 30 de Septiembre del Solicitud de Cambio de Responsable Administrativo y Responsable Técnico: Fecha límite 9 de Diciembre del Solicitud de Cambio de Grupo de Trabajo: Fecha límite 9 de Diciembre del Solicitud de Cambio de Domicilio: Fecha límite 9 de Diciembre del Solicitud de Cambios Adecuaciones Presupuestales: Fecha límite 9 de Diciembre del Envío del Informe Final Técnico y Financiero en el sistema electrónico de CONACYT: Fecha límite 15 de Enero Reintegro de Recursos NO Ejercidos: Fecha límite 15 de Enero

13 B.- RUBROS FINANCIABLES GASTOS FINANCIABLES Gasto Corriente Erogación que no tiene como contrapartida la creación de un activo, sino que constituye un acto de consumo. Gasto de Inversión Se refiere a la compra de bienes de consumo duradero. Gasto de Vinculación Recursos financieros que recibirá el CI y/o IES vinculados, por su colaboración en el proyecto, conforme a lo señalado en la propuesta y el convenio de colaboración respectivo, tendiente a la generación de un producto o prestación de un servicio. 13

14 B.- RUBROS FINANCIABLES GASTO CORRIENTE 1. SUELDOS Y SALARIOS 2. INVESTIGADORES ASOCIADOS 3. ESTUDIANTES ASOCIADOS 4. SERVICIOS EXTERNOS ESPECIALIZADOS NACIONALES 5. SERVICIOS EXTERNOS ESPECIALIZADOS EXTRANJEROS 6. DISEÑO Y PROTOTIPO DE PRUEBA 7. ESTUDIOS COMPARATIVOS 14

15 B.- RUBROS FINANCIABLES 8. PASAJES 9. VIÁTICOS 10. REGISTRO DE PATENTES 11. ESCALAMIENTO Y PLANTA PILOTO 12. GASTO DE AUDITORIA DEL INFORME FINANCIERO 13. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN 14. PUBLICACIONES, EDICIONES E IMPRESIONES 15. OTROS QUÉ SÍ Y QUÉ NO SE CONSIDERA ELEGIBLE EN ESTOS RUBROS? 15

16 SUELDOS Y SALARIOS Gasto corriente Pago exclusivo al Grupo de Trabajo empleado por la empresa y que vaya a participar en las actividades de IDTI del proyecto a tiempo total o parcial, conforme a lo señalado en la propuesta. Todo miembro del equipo de trabajo debe tener un CVU que refleje información relevante sobre su formación y experiencia profesional, indicar las actividades que realizará y el pago que recibirá por dichas actividades. 16

17 SUELDOS Y SALARIOS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El personal que participa en el desarrollo del proyecto esté incluido en el Grupo de Trabajo, (nombre y apellido) este contratado directamente por la empresa o a través de Salarios Asimilados, y se encuentre correctamente registrado en la propuesta: 2. El documento probatorio sea un recibo de nómina o recibo de honorarios asimilados. 3. El importe comprobado sea sobre el sueldo bruto (antes de deducciones, sin prestaciones, retenciones o adicionales) y coincida con el monto señalado en la propuesta y/o la adecuación correspondiente, (monto de la percepción mensual señalado en la plataforma de CONACYT por la cantidad de meses de participación registrados). Considerar lo previsto en la normatividad: Todo miembro del Grupo de Trabajo debe ser dado de alta en la Plataforma de Captura de Solicitudes en el apartado denominado Grupo de Trabajo, donde además se indicarán las actividades que realizará, el tiempo que dedicará al cumplimiento de las mismas y el pago que recibirá por dichas actividades. Será considerado un integrante del Grupo de Trabajo toda persona que realice actividades de carácter técnico relevantes para la solicitud. Para demostrar que la formación académica y experiencia profesional es acorde con las actividades que realizará, cada participante deberá contar con CVU dado de alta ante CONACYT. Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA 17

18 INVESTIGADORES ASOCIADOS Gasto corriente Apoyo para investigadores, expertos y tecnólogos incorporados al desarrollo del proyecto como investigadores asociados, en sus niveles de especialización, maestría o doctorado. Todo miembro del Grupo de trabajo debe tener un CVU que refleje información relevante sobre su formación y experiencia profesional, indicar las actividades que realizará y el pago que recibirá por dichas actividades. 18

19 INVESTIGADORES ASOCIADOS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El Investigador que participa en el desarrollo del proyecto esté incluido en el Grupo de Trabajo (nombre y apellido), y se encuentre correctamente registrado en la propuesta: xxx 2. El documento probatorio sea un recibo de honorarios o factura emitida por el Investigador 3. El importe comprobado sea sobre el Subtotal con IVA (sin retenciones) y coincida con el monto señalado en la propuesta y/o la adecuación correspondiente, (monto de la percepción mensual señalado en la plataforma de CONACYT por la cantidad de meses de participación registrados). Considerar lo previsto en la normatividad: Todo miembro del Grupo de Trabajo debe ser dado de alta en la Plataforma de Captura de Solicitudes en el apartado denominado Grupo de Trabajo, donde además se indicarán las actividades que realizará, el tiempo que dedicará al cumplimiento de las mismas y el pago que recibirá por dichas actividades. los miembros del Grupo de Trabajo y los Investigadores asociados pueden hacer uso de las partidas de Pasajes y Viáticos. Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA 19

20 ESTUDIANTES ASOCIADOS Gasto corriente Pago a estudiantes de maestría o doctorado que participen en las actividades del proyecto durante la duración de éste, aplicando los conocimientos de su especialidad. Todo miembro del Grupo de trabajo debe tener un CVU que refleje información relevante sobre su formación y experiencia profesional, indicar las actividades que realizará y el pago que recibirá por dichas actividades. 20

21 ESTUDIANTES ASOCIADOS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El Estudiante que participa en el desarrollo del proyecto este incluido en el Grupo de Trabajo (nombre y apellido), y se encuentre correctamente registrado en la propuesta: xxx xxx 2. Sea un Estudiante de maestría o doctorado 3. El documento probatorio sea un recibo de honorarios o factura emitida por el Estudiante o un recibo simple emitido por la empresa. 4. El importe comprobado sea sobre el Subtotal con IVA (sin retenciones) para el caso de los recibos de honorarios, para el caso de facturas se debe considerar el monto total considerando IVA y coincidir con el monto señalado en la propuesta y/o la adecuación correspondiente, (monto de la percepción mensual señalado en la plataforma de CONACYT por la cantidad de meses de participación registrados). Considerar lo previsto en la normatividad Todo miembro del Grupo de Trabajo debe ser dado de alta en la Plataforma de Captura de Solicitudes en el apartado denominado Grupo de Trabajo, donde además se indicarán las actividades que realizará, el tiempo que dedicará al cumplimiento de las mismas y el pago que recibirá por dichas actividades. los miembros del Grupo de Trabajo los estudiantes asociados pueden hacer uso de las partidas de Pasajes y Viáticos. Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA 21

22 N a c i o n a l e s SERVICIOS EXTERNOS ESPECIALIZADOS A TERCEROS Gasto corriente E x t r a n j e r o s Pago por los gastos efectuados en la contratación de aquellos servicios externos de naturaleza relacionada con IDTI proporcionados por personas físicas o morales especializadas que no puedan ser desarrollados por el Sujeto de Apoyo, que deban llevarse a cabo para atender necesidades propias del proyecto y hayan sido previstas en la propuesta. El servicio se refiere a una actividad puntual y concreta directamente vinculada al protocolo o metodología presentada en la propuesta y el documento probatorio deberá contar con los requisitos legales y fiscales exigibles para este tipo de comprobaciones (Convenio, Contrato por objeto determinado o similar aplicable; factura, recibo de honorarios). Debe incluirse el pago del personal registrado en el Grupo de Trabajo y del cual, el pago se efectuará por outsourcing. Pago de los gastos efectuados por la contratación de aquellos servicios externos proporcionados por personas físicas o morales especializadas de origen extranjero, que no puedan ser desarrollados por el Sujeto de Apoyo, que deban llevarse a cabo para atender necesidades propias del proyecto y hayan sido previstas en la propuesta (hasta el 20% del monto total de la propuesta). El servicio se refiere a una actividad puntual y concreta directamente vinculada al protocolo o metodología presentada en la propuesta y el documento probatorio deberá contar con los requisitos legales y fiscales exigibles para este tipo de comprobaciones (Convenio, Contrato por objeto determinado o similar aplicable; factura, recibo de honorarios). Debe incluirse el pago del personal registrado en el Grupo de Trabajo y del cual, el pago se efectuará por outsourcing 22

23 CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR S.E. NACIONALES/ EXTRANJEROS 1. El servicio sea recibido y pagado durante el ejercicio fiscal El gasto es elegible siempre y cuando 2. Exista un contrato de prestación de servicios específico para el proyecto que describa el número y/o nombre del proyecto, actividades y entregables a realizar, fechas de entrega y forma de entrega. 3.- Se aplique el recurso para el pago del Grupo de Trabajo registrado y pagado a través de outsourcing y/o empresa filial, siempre y cuando el personal realice actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (IDTI), sea congruente entre la adscripción, partida presupuestal del pago del participante y la incorporación (ADSCRIPCION - INDEPENDIENTES Y INCORPORACION DEL PARTICIPANTE A LA EMPRESA - NO SE INCOPORA DIRECTAMENTE A LA EMPRESA) Considerar lo previsto en la normatividad Todo miembro del Grupo de Trabajo debe ser dado de alta en la Plataforma de Captura de Solicitudes en el apartado denominado Grupo de Trabajo, donde además se indicarán las actividades que realizará, el tiempo que dedicará al cumplimiento de las mismas y el pago que recibirá por dichas actividades. Será considerado un integrante del Grupo de Trabajo toda persona que realice actividades de carácter técnico relevantes para la solicitud. Para demostrar que la formación académica y experiencia profesional es acorde con las actividades que realizará, cada participante deberá contar con CVU dado de alta ante CONACYT. Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA Los pasajes y viáticos del personal contratado por outsourcing deberán ser contemplados dentro de gasto del servicio proporcionado por el proveedor y facturados en forma independiente a las actividades del grupo de trabajo. Inciso e GUIA DEL EJERCICIO DEL GASTO 23

24 DISEÑO Y PROTOTIPOS DE PRUEBA Gasto corriente Erogaciones necesarias para la construcción de prototipos de prueba y modelos demostrativos que confirmen la validez del diseño, la metodología y la calidad de la innovación. 24

25 DISEÑO Y PROTOTIPOS DE PRUEBA CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para la compra del materiales indispensables únicamente para la construcción del prototipo o modelo demostrativo y que éstos se hayan recibidos e implementados durante el ejercicio fiscal Se aplique el recurso para servicios relativos al desarrollo del prototipo cuánto estos no puedan ser realizado por el Sujeto de Apoyo con la condicionante que se presente un contrato de prestación de servicio específico del proyecto en el que se describan las actividades y entregables a desarrollar. El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para compra de equipos, realizar el mantenimiento a equipos o para la compra de refacciones. 2. Se aplique el recurso por la compra de herramientas y material de uso común como pinzas, mangueras, tornillos, seguetas, desarmadores, martillos, taquetes, taladros, sierras, silicón, cable, cinta de aislar, llaves, clavos, tuercas, rondanas, cuerdas, overoles, uniformes, cascos, goggles, batas, cubre bocas, vendas, tubo de PVC o cualquier otra herramienta y material similar. 3. Se aplique el recurso por la compra de materia prima para la realización de pruebas del prototipo. 25

26 ESTUDIOS COMPARATIVOS TECNOLÓGICOS Gasto corriente Pago de estudios tecnológicos especializados, que incluye búsquedas de patentes, estudios de estado del arte de la técnica, mapas tecnológicos, prospectivas tecnológicas, inteligencias competitivas, vigilancias tecnológicas, certificaciones técnicas y demás necesarias para determinar el grado de la innovación que fundamenta el proyecto. 26

27 ESTUDIOS COMPARATIVOS TECNOLÓGICOS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1.- Cumpla con la condicionante de ser un estudio tecnológico especializado 2.- El comprobante del gasto corresponda a una persona moral o física mexicana. 3. Se aplique el recurso para la búsquedas de patentes nacionales. 4. Exista un contrato de prestación de servicios específico para el proyecto en el que se indique el número y/o nombre del proyecto y en el que se describan claramente las actividades y entregables que se realizarán. El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para estudios de publicidad, comercialización, de mercado o benchmarking y en general para cualquier servicio que tenga como entregable un estudio NO RELACIONADO DIRECTAMENTE CON LOS OBJETIVOS TÉCNICOS Y ENTREGABLES DEL PROYECTO. 2. Se aplique el recurso para el registro de la patente. 3. Se aplique el recurso y se haya descrito en la propuesta búsqueda de patente y corresponda a una 27 diversa.

28 PASAJES Gasto corriente Pago de los gastos de pasajes y transportación de los integrantes del Grupo de Trabajo registrado por la empresa, siempre que se efectúen en cumplimiento de actividades directamente relacionadas con el objeto de la propuesta. Salvo circunstancias excepcionales y debidamente justificadas, los viajes necesarios deben ser indicados desde un inicio especificando en la medida de lo posible lugares de destino y fechas. 28

29 PASAJES CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se hayan descrito en la propuesta inicial los destinos, fechas y la justificación de los viajes a realizar. 2. Se aplique el recurso únicamente para los integrantes del Grupo de Trabajo que pertenecen a la nómina del Sujeto de Apoyo, a los Estudiantes e Investigadores Asociados, y que se encuentren correctamente registrados en la plataforma de CONACYT. 3. No se aplique el recurso para el pago de cargos adicionales por los servicios proporcionados, el pago de TUA, comisión por uso de aeropuerto, cargos por emisión de boletos o cualquier otro cargo adicional al costo del pasaje o bien 4. Se aplique el recurso en pasajes para realizar actividades técnicas directamente relacionadas el desarrollo del proyecto y que se desarrollen fuera del lugar de adscripción habitual del desarrollo del proyecto y se soporte el comprobante del gasto con el pase de abordar (aéreo y/o terrestre) de la(s) persona(s) comisionada(s). 5.- La comprobación de Peajes (casetas) sean pagados en forma directa en las casetas, y no pagados con TAG / IAVE, asimismo cuando la gasolina NO sea pagada a través de vales de gasolina, monedero electrónico o similares. 29

30 PASAJES El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para personal que es contratado por outsourcing o empresa filial. 2. Las facturas de casetas y combustible se comprueben con facturas de consumos acumulados. 3. Los viajes realizados se ejecutan para actividades NO técnicas ni vinculadas con el desarrollo del proyecto. 4. Se aplique el recurso para el pago de estacionamientos. Considerar lo previsto en la normatividad Adicionalmente, sólo los miembros del Grupo de Trabajo con relación laboral directa con la empresa, los Estudiantes asociados y los Investigadores asociados pueden hacer uso de las partidas de Pasajes y Viáticos (véase inciso 5.2. Rubros financiables ). Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA 30

31 VIÁTICOS Gasto corriente Pago de los gastos por hospedaje y alimentación exclusivo para los integrantes del Grupo de Trabajo registrado por la empresa y para la realización de actividades directamente relacionadas con el proyecto, conforme a lo especificado en la propuesta. 31

32 VIÁTICOS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso únicamente para los integrantes del Grupo de Trabajo que pertenecen a la nómina del Sujeto de Apoyo, a los Estudiantes e Investigadores Asociados, que se encuentren correctamente registrados en la plataforma de CONACYT. 2. Los hospedajes se realicen en habitación sencilla. 3. Las facturas por hospedajes posteriores a la fecha de ministración contengan el nombre del comisionado que utilizó el servicio. 4. Se aplique el recurso para realizar actividades técnicas directamente relacionadas el desarrollo del proyecto y que se desarrollen fuera del lugar de adscripción habitual del desarrollo del proyecto. 5. Los gastos por conceptos de alimentos se comprueben por día por un monto máximo de $1, (Un mil pesos 00/100 MN) IVA incluido. 6. Los gastos coincidan con los periodos de traslado descritos en la propuesta. 7.- Este comprobado con facturas de los prestadores de servicios (hoteles, restaurantes) y no por medio de facturas de agencias. 32

33 VIÁTICOS El gasto NO es elegible cuando 1. Los comprobantes no coinciden con los periodos de traslados. 2. Se aplique el recurso para personal del grupo de trabajo que pertenece al outsourcing o empresa filial. 3. Los gastos no se relacionan con traslados relacionadas con actividades técnicas para el desarrollo del proyecto 4.- Se considere como parte del gasto por hospedaje cualquier cargo o impuesto que no sea el I.V.A (por ejemplo: servicios de lavandería o como el impuesto del ISH) Considerar que: Adicionalmente, sólo los miembros del Grupo de Trabajo con relación laboral directa con la empresa, los Estudiantes asociados y los Investigadores asociados pueden hacer uso de las partidas de Pasajes y Viáticos (véase inciso 5.2. Rubros financiables ). Punto 3.3 GRUPO DE TRABAJO, TÉRMINOS DE REFERENCIA 33

34 REGISTRO DE PATENTES Y PROPIEDAD INTELECTUAL Gasto corriente Se refieren a todos aquellos gastos indispensables para proteger los resultados del proyecto destinados al pago de derechos ante las instancias correspondientes, la contratación de especialistas en la elaboración de patentes, gestiones, trámites, gastos legales y todos aquellos gastos asociados al proceso para asegurar la protección de la propiedad industrial o intelectual. 34

35 REGISTRO DE PATENTES Y PROPIEDAD INTELECTUAL CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El recurso se utilice únicamente para gastos relacionados específicamente para los registros y estos sean nacionales, asimismo se encuentren directamente relacionados al proyecto. 2. Se cuente con evidencia que ampare el trámite ante las instancias correspondientes (pago de los derechos y solicitud, en el ejercicio fiscal 2016). El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para estudios previos al registro de la patente o estudios cualquiera que sea su naturaleza. 2. Se aplique el recurso para mantenimiento de los derechos de Propiedad Intelectual o patentes ajenas al proyecto. 3. Se aplique el recurso para el pago del registro de la patente fuera del ejercicio fiscal

36 ESCALAMIENTO Y PLANTA PILOTO Gasto corriente Erogaciones relacionadas con materiales, instrumentos, o desarrollo de los mismos, necesarios para elevar los resultados de una metodología a nivel intermedio entre la escala de laboratorio y la implementación a nivel de una planta industrial o línea de producción. Puede incluir los gastos para su operación, tales como gastos energéticos, consumibles, lubricantes, etc. 36

37 CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR ESCALAMIENTO Y PLANTA PILOTO El gasto es elegible siempre y cuando 1. El documento probatorio sea una factura y/o recibo de honorarios fechados en el ejercicio fiscal 2016 que cuente con los requisitos fiscales vigentes. 2. En los recursos relacionados con gastos de operación, exista un medidor exclusivo en el que pueda identificarse que el consumo fue aplicado para el proyecto. 3. Se aplique el recurso para la compra de materiales, instrumentos o desarrollo de los mismos que no eleven o modifiquen la producción habitual de la empresa. El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para la compra de refacciones o servicios de mantenimiento. 2. Se aplique el recurso para la compra de herramientas y material de uso común como pinzas, mangueras, tornillos, seguetas, desarmadores, martillos, taquetes, taladros, sierras, silicón, cable, cinta de aislar, llaves, clavos, tuercas, rondanas, cuerdas, overoles, uniformes, cascos, goggles, batas, cubre bocas, vendas, tubo de PVC o cualquier otras herramientas y material similar. 3. Se aplique el recurso para la compra de equipos. 4. Se aplique el recurso para la construcción, edificación, renta o compra de inmuebles y/o predios o instalaciones convencionales. 37

38 GASTO DE AUDITORÍA DEL INFORME FINANCIERO Gasto corriente Pago al despacho auditor encargado de realizar el Dictamen Financiero. GUÍA DEL EJERCICIO DEL GASTO

39 CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR GASTO DE AUDITORÍA DEL INFORME FINANCIERO El gasto es elegible siempre y cuando 1. El Despacho Auditor esté acreditado y vigente ante la Secretaria de la Función Pública (SFP) durante el ejercicio fiscal 2016 y se cuente con un contrato de prestación de servicios específico para el proyecto que cumpla con los requisitos requeridos por CONACYT. 2. Se aplique el recurso únicamente para el proceso de elaboración del dictamen financiero del proyecto. El gasto NO es elegible cuando 1. El documento probatorio sea emitido fuera del ejercicio fiscal El documento probatorio y el pago incluya otro servicio que no sea el dictamen financiero. 3. El pago se realice fuera del ejercicio fiscal

40 ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Gasto corriente Erogaciones relacionadas con la presentación de los resultados parciales del proyecto en Congresos, Talleres y/o Seminarios especializados. Hasta un 2% del costo total del proyecto. Los Pasajes y Viáticos deben ser cargados a la partida indicada y deben realizarse en el año fiscal en que se realiza el proyecto. 40

41 ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para que el Sujeto de Apoyo participe como exponente en seminarios, congresos o talleres donde exponga los resultados parciales del proyecto en donde el proponente debe dar crédito considerando una leyenda indicando Proyecto apoyado por el Programa de Estímulos a la Investigación, de Desarrollo o de Innovación Tecnológica del CONACYT. 2. El Sujeto de Apoyo presente un informe de las actividades realizadas en el evento que justifiquen el gasto o evidencia fotográfica. 3. Se aplique el recurso para la renta de un stand en la expo, congreso o seminario. El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para eventos organizados por el propio Sujeto de Apoyo. 2. Se aplique el recurso para pago de banquetes o degustaciones correspondientes del evento organizado. 3. Se aplique el recurso para pago de copias o cualquier tipo de impresiones o materiales impresos, electrónicos o digitales. 4. Se aplique el recurso para eventos que no se lleven a cabo durante el ejercicio fiscal

42 PUBLICACIONES, EDICIONES E IMPRESIONES Gasto corriente Partida destinada para la divulgación y/o la difusión de los resultados del proyecto en medios impresos y/o electrónicos. Hasta un 2% del costo total del proyecto. No incluye campañas publicitarias. 42

43 PUBLICACIONES, EDICIONES E IMPRESIONES CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para la divulgación y/o la difusión de los resultados parciales o finales del proyecto en medios impresos como periódico, revista o folleto, en medios electrónicos como boletines, revistas electrónicas, blogs científicos, videos, presentaciones electrónicas o medios similares, y que sean publicados durante el ejercicio fiscal 2016 y contengan la leyenda Proyecto apoyado por el Programa de Estímulos a la Investigación, de Desarrollo o de Innovación Tecnológica del CONACYT. 2. El Sujeto de Apoyo presente la evidencia física o electrónica como soporte de la factura del gasto. El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para gastos de publicidad o comercialización referentes a la empresa por ejemplo: en lonas, rotulaciones de autos, tarjetas de presentación, volantes de publicidad o de promoción de productos y espectaculares. 2. Se aplique el recurso para el gasto en servicio de copias o renta de equipo para fotocopiado. 3. Se aplique el recurso para el gasto en la compra de tóner, hojas y papelería en general. 4. Se aplique el recurso para publicaciones, impresiones o ediciones que no correspondan a los resultados 43 del proyecto.

44 OTROS Gasto corriente Gastos no considerados anteriormente que se encuentran directamente relacionados con las actividades de IDTI descritas en la Propuesta y para los cuales no existe una partida o concepto de gasto especifico y que no sean considerados gastos no elegibles. Pueden incluirse licencias de software especializado necesarios para la realización del proyecto. 44

45 OTROS CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para capacitaciones especializadas al grupo de trabajo, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo de proyecto y que hayan sido descritas previamente en la propuesta. 2. Se aplique el recurso para la compra de software especializado que tenga relación con el desarrollo de proyecto y haya sido descrito previamente en la propuesta. 3. Se aplique el recurso para la compra de licencias de Programas informáticos especializados indispensables que tengan relación con el desarrollo de proyecto y hayan sido descritos previamente en la propuesta. 4. Se aplique el recurso para la compra de material de uso común para el laboratorio como: matraz, probetas, termómetros, pipetas, mecheros o material similar., material prima y/o reactivos necesarios para el desarrollo de las pruebas del proyecto. 45

46 OTROS El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para gastos elegibles que corresponden a otro rubro. 2. Se aplique el recurso para gastos por papelería, consumibles, artículos de limpieza, muebles de oficina, herramientas y material de uso común como pinzas, mangueras, tornillos, seguetas, desarmadores, martillos, taquetes, taladros, sierras, silicón, cable, cinta de aislar, llaves, clavos, tuercas, rondanas, cuerdas, overoles, uniformes, cascos, goggles, batas, cubre bocas, vendas, tubos de PVC o cualquier otra herramienta y material similar. 3. Se aplique el recurso para gastos por mantenimiento y/o refacciones. 46

47 GASTO DE INVERSIÓN Rubros Financiables 1. EQUIPO DE CÓMPUTO 2. PLANTAS PILOTO EXPERIMENTALES 3. EQUIPO DE LABORATORIO 47

48 EQUIPO DE CÓMPUTO Gasto de Inversión Computadoras de escritorio, laptops, periféricos necesarios y en general activos físicos relacionados con tecnologías de la información y comunicación requeridos para los propósitos específicos del proyecto. 48

49 EQUIPO DE CÓMPUTO CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El documento probatorio sea una factura fechada en el ejercicio fiscal 2016 que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el Artículo 40 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación como la marca, modelo, número de serie, entre otros. 2. Se aplique el recurso para la compra de servidores. 3. Se aplique el recurso para la compra de equipos de telefonía móvil y tabletas electrónicas, siempre y cuando éstos sean indispensables, se encuentren directamente relacionados con el desarrollo del proyecto y hayan sido descritos desde inicio en la propuesta. 4. Se aplique el recurso para la compra de equipos armados, y el proveedor describa en la factura las características del equipo y el no. de serie de las partes que conforma el equipo. 49

50 EQUIPO DE CÓMPUTO El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para la compra de los siguientes equipos periféricos: ratones (mouse), bola de guía, bocinas, puertos USB, ventiladores, adaptadores, proyectores, cámaras fotográficas, teclados, modem, convertidores, webcams, equipos de sonido, micrófonos, grabadoras/lectores de CD/DVD, discos duros, scanner, monitores, impresoras, tarjetas madre, memorias USB, teléfonos de oficina, fax, conmutadores o periféricos similares. 2. Se aplique el recurso para la renta de servidores y/o hosting web o consumibles (cartuchos, tóner, hojas, CD, DVD, etc.) 3. Se aplique el recurso para la compra cualquier de software o cualquier tipo de licencias de Programas informáticos. 4. Se aplica el recurso para mantenimiento y/o refacciones de equipos. 50

51 PLANTAS PILOTO EXPERIMENTALES Gasto de Inversión Compra, instalación y/o implementación del equipo especializado que formará parte de las plantas piloto de la empresa, previstos en la propuesta y requeridos para el diseño, ejecución y pruebas del proyecto. Puede incluir los gastos para su construcción, acondicionamiento y puesta a punto. 51

52 PLANTAS PILOTO EXPERIMENTALES CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para la compra de equipo especializado que esté directamente relacionado con las actividades de IDTI del Proyecto. 2. Se aplique el recurso para servicios relativos al rubro que no puedan ser desarrollados por el Sujeto de Apoyo y presenten un contrato de prestación de servicios específico, en el que pueda identificarse el número y/o nombre del proyecto y se describan claramente las actividades y entregables que se realizarán. 3. Se aplique el recurso para instalaciones especializadas u obra civil, siempre y cuando éstas puedan acreditarse y sean adecuaciones o adaptaciones en escala menor indispensables para el funcionamiento de la infraestructura asociada al proyecto. 1. Se aplique el recurso para mantenimiento y/o refacciones de equipos. El gasto NO es elegible cuando 2. Se aplique el recurso para compra de herramientas y material de uso común como pinzas, mangueras, tornillos, seguetas, desarmadores, martillos, taquetes, taladros, sierras, silicón, cable, cinta de aislar, llaves, clavos, tuercas, rondanas, cuerdas, overoles, uniformes, cascos, goggles, batas, cubre bocas, vendas, tubo de PVC o cualquier otras herramientas y material similar 52

53 EQUIPO DE LABORATORIO Gasto de Inversión Compra, instalación y/o implementación del equipo especializado que formará parte de los laboratorios o centros de investigación de la empresa, previstos en la propuesta y requeridos para el diseño, ejecución y pruebas del proyecto 53

54 EQUIPO DE LABORATORIO CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. Se aplique el recurso para la compra de equipo especializado que esté directamente relacionado con las actividades de IDTI del Proyecto y que haya sido descrito en la propuesta. 2. El documento probatorio sea una factura fechada en el ejercicio fiscal 2016, que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el Artículo 40 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación como la marca, modelo, número de serie, entre otros. 3. Se aplique el recurso para la compra de mobiliario de uso especializado para el laboratorio como gabinetes, vitrinas, repisas, campanas de extracción y/o flujo, mesas estructurales, brazos de extracción, mesas anti vibratorias, mesas tubulares o mobiliario similar, siempre y cuando cumplan con características específicas para el desarrollo del proyecto. 4. Se aplique el recurso para servicios especializados de instalación del equipo adquirido. 5. Se aplique el recurso para la compra de material indispensable para el acondicionamiento del espacio físico en donde se instalará el equipo especializado como: vigas, estructuras metálicas o materiales similares. 54

55 EQUIPO DE LABORATORIO El gasto NO es elegible cuando 1. Se aplique el recurso para la compra de instrumental como: probetas, pipetas, mecheros, plaquetas, embudos, soportes, mortero, agitadores, tubos de ensayo, cápsula de Petri, o cualquier otro similar. 2. Se aplique el recurso para la compra de equipo cómputo, mesas, sillas, fregaderos, o cualquier otro similar NO ESPECIALIZADO. 3. Se aplique el recurso para mantenimiento y/o refacciones. 4. Se aplique el recurso para la compra de papelería, consumibles, artículos de limpieza, muebles de oficina, herramientas y material de uso común como pinzas, mangueras, tornillos, seguetas, desarmadores, martillos, taquetes, taladros, sierras, silicón, cable, cinta de aislar, llaves, clavos, tuercas, rondanas, cuerdas, overoles, uniformes, cascos, goggles, batas, cubre bocas, vendas, tubo de PVC o cualquier otras herramientas y material similar. 55

56 GASTO DE VINCULACIÓN Recursos económicos destinados a Instituciones de Educación Superior Públicas o Privadas y/o Centros de Investigación Públicos mexicanos, inscritos en el RENIECYT por su colaboración en el proyecto, que hayan sido señaladas en la Plataforma de captura de Solicitudes (sección Instituciones participantes y Presupuesto, y cuyo Representante Legal haya dado visto bueno a la Declaración de Intención de Vinculación ), por los montos y en las condiciones que ahí se hayan especificado y para las que se haya presentado el Convenio de Colaboración respectivo con calendarización de pagos, mismo que deberá ser comprobado con factura(s) o recibos oficiales emitido(s) por la IES. Los pagos no podrán ser en especie. 56

57 GASTO DE VINCULACIÓN CONDICIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR El gasto es elegible siempre y cuando 1. El documento probatorio sea un recibo o factura del ejercicio fiscal 2016 con validez fiscal. 2. El servicio sea pagado con cheque, depósito o transferencia. 3. Exista un Convenio específico de Colaboración. 4. Se hayan respetado los montos destinados a cada institución descritos en el Anexo 4 del Convenio de Asignación de Recursos o en su caso con la última Adecuación Presupuestal y Convenio modificatorio. Considerar lo previsto en la normatividad Sólo en casos excepcionales y plenamente justificados e informados con anterioridad al Secretario Ejecutivo del Programa podrán considerarse gastos elegibles en la proporción de las actividades efectivamente realizadas.página 7, Pregunta 8 Guía del Ejercicio del Gasto. 57

58 GASTO DE VINCULACIÓN El gasto NO es elegible cuando 1. El pago total o parcial se realice en especie. 2. Se aplique el recurso para el pago a una Institución vinculada diferente a la señalada en el Anexo 4 o con la de la última Adecuación aprobada. 3. El comprobante sea emitido fuera del ejercicio fiscal El comprobante corresponda a una Institución Extranjera. 5.- La Institución Vinculada no culmine los trabajos comprometidos, aún cuando recurso ya le haya sido pagado. 58

59 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN LOS RUBROS QUÉ SUCEDE SI LOS RESPONSABLES (ADMINISTRATIVO Y LEGAL) PARTICIPARON Y RELIZARON ACTIVIDADES TÉCNICAS SUSTANTIVAS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO? Supuesto 1: Responsable Legal y Administrativo (Personas diferentes) Supuesto 2: Responsable Legal-Administrativo (Misma persona) 59

60 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS QUÉ DICE LA NORMATIVIDAD? Responsable Legal y Administrativo De acuerdo a la normatividad únicamente se pueden acreditar los gastos del Responsable Técnico, quien participa en el proyecto y realiza actividades sustantivas para el mismo. Respecto al Responsable Administrativo y Representante Legal NO se reconocen gastos de acuerdo a lo descrito en los Términos de Referencia de la Convocatoria Responsable Administrativo: Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el CONACYT para la ejecución de las etapas del proyecto. Representante Legal: Persona física de la instancia proponente acreditada ante el RENIECYT, con el poder legal para contraer compromisos a su nombre y firmar el Convenio de Asignación de Recursos correspondiente. No realizan actividades de carácter técnico Considerar lo previsto en la normatividad Las propuestas deberán indicar un Responsable Técnico, un Responsable Administrativo y un Responsable Legal. El primero será responsable de la ejecución de la propuesta, del cumplimiento de sus objetivos y metas, de la generación de los productos entregables y de la elaboración del informe final con los resultados e impactos alcanzados. El segundo tendrá la responsabilidad del control contable y administrativo, así como de la correcta aplicación y comprobación de los recursos canalizados por el CONACYT. Por último, el Responsable Legal es la persona física acreditada ante RENIECYT con las facultades para contraer los compromisos a nombre de la empresa, así como proporcionar la información referente a la misma para iniciar el proceso de presentación de solicitudes. 3.2 RESPONSABLES, TERMINOS 60 DE REFERENCIA

61 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS CRITERIO PREVISTO EN LA GUÍA DEL EJERCICIO DEL GASTO: Supuesto 1: Responsable Legal y Administrativo (Personas diferentes) Sin embargo, sólo en casos particulares en los que se acredite mediante documentación académica que el Responsable Administrativo o Representante Legal cuentan con la formación y capacitación y documenten que realizaron actividades técnicas sustantivas para el desarrollo del proyecto podrá acreditarse hasta un 75% de los gastos efectuados, lo anterior al ser también los responsables de desempeñar sus actividades como Administrativo o Legal. 61

62 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS Supuesto 2: Responsable Legal-Administrativo (Misma persona) En los casos particulares en los que el Responsable Legal y Administrativo es la Misma persona y acredite mediante documentación académica que cuenta con la formación y capacitación y además se documente que realizaron actividades técnicas sustantivas para el desarrollo del proyecto podrá acreditar hasta un 50% de los gastos efectuados, lo anterior al ser también los responsables de desempeñar sus actividades como Administrativo o Legal. 62

63 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS CRITERIO APLICADO: Responsable Legal y Administrativo SOPORTE: Página 24, pregunta 8, Guía del Ejercicio del gasto Sólo en casos particulares, podrá reconocerse el porcentaje del gasto de acuerdo a la siguiente tabla, siempre y cuando se acredite mediante documentación académica que cuentan con la formación y capacitación y se demuestre que realizaron actividades técnicas sustantivas para el desarrollo del proyecto. Se reconocerá sólo sí la remuneración por las actividades desempeñadas se realiza a través de los rubros Sueldos y Salarios o Servicios Externos Especializados a Terceros Nacionales y las actividades hayan sido manifestadas en la propuesta inicial y descritas en el Informe Técnico final. 63

64 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS Comprobación de Equipos adquiridos Una de las principales observaciones que han generado reintegro de recursos en las ultimas convocatorias han sido la comprobación por la adquisición de equipos en los rubros de Equipo de Computo y Laboratorio al incumplir con lo previsto en la normatividad siguiente: TÉRMINOS DE REFERENCIA, 5.2. RUBROS FINANCIABLES. En general, serán elegibles todos aquellos gastos necesarios para la buena ejecución de la propuesta, que sean efectivamente realizados durante el ejercicio fiscal 2016 y cuyos bienes o servicios asociados sean recibidos por la empresa, en su carácter de Sujeto de Apoyo durante el mismo ejercicio fiscal Para efectos de comprobación de gastos, se considerarán aquellas facturas que cumplan con todos los requisitos fiscales y, que hayan sido emitidas y pagadas en su totalidad, en el año fiscal Artículo 29.. I. Contar con un certificado de firma electrónica avanzada vigente. II. Tramitar ante el Servicio de Administración Tributaria el certificado para el uso de los sellos digitales III. Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 29-A de este Código. IV. Remitir al Servicio de Administración Tributaria, antes de su expedición, el comprobante fiscal digital por Internet respectivo a través de los mecanismos digitales que para tal efecto determine dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, con el objeto de que éste proceda a: a) Validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29-A de este Código. b) Asignar el folio del comprobante fiscal digital. c) Incorporar el sello digital del Servicio de Administración Tributaria. 64

65 C.- TEMAS A CONSIDERAR EN RUBROS Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos: I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales. II. El número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria, referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de este Código, así como el sello digital del contribuyente que lo expide. III. El lugar y fecha de expedición. IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. VI. El valor unitario consignado en número. VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente: VII. Tratándose de mercancías de importación: IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general. Reglamento del Código Fiscal de la Federación Comprobación de Equipos adquiridos Artículo 40.- Para los efectos del artículo 29-A, fracción V del Código, los bienes o las mercancías de que se trate, deberán describirse detalladamente considerando sus características esenciales como marca, modelo, número de serie, especificaciones técnicas o comerciales, entre otras, a fin de distinguirlas de otras similares. 65

66 D.- PROCESO DE INFORMES FINANCIEROS 1 Concentrado de Gastos 2.- Dictamen Financiero GUÍA DEL EJERCICIO DEL GASTO

67 I.- NORMATIVIDAD PREVISTA INFORMES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL CIERRE Para el cierre de los proyectos, el Sujeto de Apoyo está obligado a presentar, a través del módulo de Cierre de la Plataforma electrónica del Programa, en un periodo máximo de 15 (quince) días naturales posteriores al cierre del ejercicio fiscal, los siguientes documentos, de acuerdo a lo establecido en los Convenios de Asignación de Recursos que para cada proyecto se celebren: SEXTA. INFORMES El Sujeto DE APOYO deberá presentar, a través del Sistema Electrónico del CONACYT en un término no mayor a 15 quince) días naturales, contados a partir de la conclusión de la vigencia del Convenio, los siguientes documentos: d) Concentrado de Gastos y Reporte Financiero e) Dictamen financiero de un despacho contable acreditado ante la Secretaría de la Función Pública sobre el reporte del 100% de los gastos erogados en el proyecto durante el ejercicio fiscal

68 II. PLATAFORMA ELECTRÓNICA DE CONACYT Antecedentes A partir de la Convocatoria 2015 el CONACYT, desarrolló una plataforma electrónica exclusiva para operar el Programa Estímulos a la Innovación (PEI) y dejó de operar en el sistema electrónico People Soft. Esta nueva plataforma se creó para atender las necesidades particulares del PEI de una manera más amigable. Actualidad: Para la Convocatoria 2016, se continuará operando en la misma plataforma, misma a la que se le están realizando mejoras para una mejor operación e ingreso de información, en beneficio del Sujeto de Apoyo y del personal CONACYT que opera la plataforma. 68

69 4.- CAMBIOS PERMISIBLES CAMBIOS DE CONCEPTOS INCLUIDOS EN LA PROPUESTA Los cambios permisibles a la propuesta original son: a) Adecuaciones presupuestales limitadas. b) Cambio de integrantes del Grupo de Trabajo. c) Cambio de institución vinculada. d) Cambio de responsable técnico o administrativo del proyecto e) Cambio de domicilio de realización del proyecto LAS MODIFICACIONES SÓLO PODRÁN SER AUTORIZADAS SIEMPRE Y CUANDO NO IMPLIQUEN CAMBIOS DE LOS COMPROMISOS, COSTO Y ENTREGABLES A LOS CUALES EL SUJETO DE APOYO SE OBLIGÓ EN EL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS. 69

70 4.- CAMBIOS PERMISIBLES QUÉ DICE LA NORMATIVIDAD? ADECUACIONES PRESUPUESTALES Los Sujetos de Apoyo podrán realizar adecuaciones presupuestales en rubros al interior de cada uno de los tipos de gastos identificados en el inciso 5.2 de los presentes Términos de Referencia (Gasto Corriente, Gasto de Inversión y Gasto de Vinculación); es decir, sólo podrán realizar modificaciones entre partidas que corresponden a Gasto de Vinculación, o sólo entre partidas que corresponden a Gasto de Inversión o sólo entre partidas que corresponden a Gasto Corriente. Queda exceptuados los rubros de Investigadores Asociados y Estudiantes asociados, los cuales no podrán ser reducidos bajo ninguna circunstancia. Todo cambio de partida deberá ser realizado en el módulo de Adecuaciones de la Plataforma electrónica del Programa y reportado en los Informes Financieros correspondientes. En caso de cambio en el rubro de Gasto de Vinculación, la IES/CI debe expresar su conformidad en el módulo de Adecuaciones de la Plataforma electrónica del Programa respecto a la reducción de su asignación inicial de recursos reportada en la propuesta. 70

71 4.- CAMBIOS PERMISIBLES Es responsabilidad del Sujeto de Apoyo alcanzar los objetivos y entregables del proyecto de acuerdo a lo estipulado en el CAR, a pesar de las posibles modificaciones en la composición del presupuesto. La justificación de las adecuaciones presupuestales debe realizarse en estricto apego a lo estipulado en el numeral 5.2. RUBROS FINANCIABLES de los presentes Términos de Referencia, en el entendido que durante el proceso de cierre financiero será revisado el adecuado uso de los recursos del Programa. Para mayor referencia deberá consultar el MANUAL PARA CAMBIOS Y ADECUACIONES REPRESENTANTE LEGAL EMPRESA de la Convocatoria 2016 Mismo que se encuentra publicado en la siguiente ruta de acceso: - FONDOS Y APOYOS - PROGRAMA ESTIMULOS A LA INNOVACIÓN - CONVOCATORIA MANUAL PARA CAMBIOS Y ADECUACIONES REPRESENTANTE LEGAL EMPRESA 71

72 5.- PROCESO DE REINTEGROS QUÉ DICE LA NORMATIVIDAD? Términos de Referencia 13. DERECHOS Y OBLIGACIONES, séptimo párrafo El Sujeto de Apoyo sólo podrá ser beneficiado en los porcentajes de apoyo del gasto realmente ejercido, por lo que en caso de que el gasto del proyecto realizado en el ejercicio fiscal de 2016 sea menor al presupuestado en la propuesta, el Sujeto de Apoyo tendrá que reintegrar al CONACYT el remanente (es decir, la diferencia entre el apoyo con base en el gasto presupuestado y el apoyo con base en el gasto ejercido). 72

73 5.- PROCESO DE REINTEGROS Convenio de Asignación de Recursos Cláusula Quinta. Obligaciones del Sujeto DE APOYO, incido d) y e) d). El SUJETO DE APOYO se obliga a efectuar la devolución del total o el remanente de los recursos que le fueron canalizados, los intereses generados y de ser el caso, la carga financiera que se determine por el CONACYT, en aquellos casos que como resultado de la verificación de los informes presentados y/o de visitas de supervisión y/o evaluaciones y/o revisiones del PROYECTO,durante el desarrollo del PROYECTO o posteriores a la emisión del Finiquito (Cierre de Apoyo) 73

74 5.- PROCESO DE REINTEGROS e) El Sujeto de Apoyo deberá comprobar la totalidad de los recursos ministrados por el CONACYT, así como de los recursos comprometidos. En caso de que el recurso ministrado no sea ejercido en su totalidad al PROYECTO, deberá informar al CONACYT el importe de los recursos no ejercidos y solicitar el procedimiento para la devolución de los mismos; así como los intereses generados a más tardar el 5 de enero de 2017 con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente. En caso contrario, deberá cubrir la carga financiera que determine el CONACYT, y de darse éste supuesto, se someterá ante las instancias correspondientes para que se determine lo conducente. 74

75 5.- PROCESO DE REINTEGROS PROCESO DE REINTEGROS Consideraciones importantes: 1. El Sujeto de Apoyo debe identificar el tipo de solicitud de reintegro que requiere: Existen 3 tipos de Reintegros: Subejercicio: Reintegro que se origina por recursos no ejercidos en su totalidad Determinado en la Revisión: Reintegro que se origina por los rechazos realizados por el Despacho Auditor o Personal de la Dirección de Innovación u Órganos Fiscalizadores. Rendimientos: Reintegro que se origina de los intereses generados en la cuenta bancaria donde se ministró el apoyo. 2. El Sujeto de Apoyo debe considerar que sólo las siguientes instituciones bancarias tiene convenio con TESOFE y en caso de que el banco donde ministraron los recursos no sea ninguna de éstas, deberá solicitar la línea de captura para pago en ventanilla a través de un cheque: BANJERCITO, BANAMEX, BANCOMER, INTERACCIONES, AFIRMA, BMULTIVA, SANTANDER, HSBC, BANCO BAJÍO, SCOTIABANK y BANORTE. 75

76 5.- PROCESO DE REINTEGROS Consideraciones importantes: 3. En caso de una cancelación de una solicitud de línea de captura, el Sujeto de Apoyo debe cancelarla y enviar una nueva solicitud de línea de captura para poder realizar su trámite. 4. Una cancelación de línea de captura no significa que el Sujeto de Apoyo gane tiempo, al contrario le consume tiempo, y en caso de no realizar el pago en los plazos establecidos por TESOFE, los días de desfase son un factor para el cálculo de Cargas Financieras, además de que retrasa el cierre de su proyecto. 5. No se realizan confirmaciones por cada correo de solicitud recibido, debido a la gran cantidad de correos recibido, por lo que el Sujeto de Apoyo debe confirmar vía telefónica que ya se cuente con el registro de su solicitud, 1 día después de haber enviado su correo. 76

77 5.- PROCESO DE REINTEGROS Consideraciones importantes 6.- Los Sujetos de Apoyo NO deben esperar a que el Despacho finalice la revisión financiera para solicitar la línea de captura; ya que previo a la captura de la información financiera en plataforma, se debe tener un control adecuado de los gastos y facturas que les permita identificar los montos no ejercidos en los diferentes rubros. 7.- Los Sujetos de Apoyo deben realizar la SOLICITUD de línea de captura a más tardar el 5 de enero 2017 a fin de que se realice el PAGO de la línea de captura a más tardar el día 15 de enero Los Sujetos de Apoyo que soliciten línea de captura posterior al día 5 de enero 2017, corren el riesgo de que no se les proporcione la línea de captura para su pago en tiempo; lo anterior debido a las cargas de trabajo del Área encargada de proporcionarlas, ya que en esas fechas el Área encargada de la emisión, no sólo atiende al PEI, también proporciona líneas de captura para todos los programas, fondos y apoyos de las diferentes Áreas del CONACYT. 9.- En caso de que se haya realizado la solicitud posterior al periodo establecido y no se cuente con la línea de captura, de ser el caso, deberán esperar que TESOFE finalice su cierre fiscal y emita la línea de captura; por lo anterior es total responsabilidad del Sujeto de Apoyo la realización del pago en tiempo y forma. 77

78 5.- PROCESO DE REINTEGROS PROCESO PARA EL REINTEGRO Solicitud de Línea de Captura 1.- Una vez que se tiene conocimiento de la existencia de un reintegro ya sea por Recursos no ejercidos (subejercicios), Rendimientos (Intereses) o bien por Recursos no acreditados al proyecto se deberá solicitar una Línea de Captura. Para solicitarla deberá enviar al correo electrónico reintegros2016.conacyt@gmail.com* indicando en el asunto del correo Línea de Captura Proyecto No. ****** y en el cuerpo del correo indicar los siguientes datos: 1. Nombre de la Empresa: 2. No. de Proyecto: 3. Monto a reintegrar: 4. Forma de pago: Internet (Banca electrónica) o Ventanilla : 5. Tipo de Reintegro: Subejercicio, Determinado en la Revisión o Rendimiento 6. Institución bancaria: * Este correo esta destinado para uso exclusivo de esta convocatoria y para éste proceso 78

79 5.- PROCESO DE REINTEGROS PROCESO PARA EL REINTEGRO Solicitud de Línea de Captura 2.- En el momento que la Dirección cuente con la línea de captura realizará el envío vía correo electrónico para que procedan al pago inmediato de la misma. 3.- Un vez efectuado el depósito, invariablemente deberán enviar a la brevedad copia visible del comprobante de pago en formato PDF, al mismo correo electrónico reintegros2016.conacyt@gmail.com, indicando en el asunto el siguiente texto: COMPROBANTE PROYECTO No. ****** para proceder a su registro y de igual manera deberá confirmar vía telefónica que se cuente con el registro del pago. De no contar con el comprobante de pago, se retrasa el proceso de cierre de los proyectos, con las repercusiones que esto implica. NOTA: Cada Línea de Captura cuenta con una vigencia de 15 días, sin embargo por recomendación de la TESOFE una vez recibida la línea de captura, ésta debe pagarse a MÁS tardar dos días hábiles posteriores a su recepción. 79

80 6.- CARGAS FINANCIERAS QUÉ DICE LA NORMATIVIDAD? e) El Sujeto de Apoyo deberá comprobar la totalidad de los recursos ministrados por el CONACYT, así como de los recursos comprometidos. En caso de que el recurso ministrado no sea ejercido en su totalidad al PROYECTO, deberá informar al CONACYT el importe de los recursos no ejercidos y solicitar el procedimiento para la devolución de los mismos; así como los intereses generados a más tardar el 5 de enero de 2017 con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente. En caso contrario, deberá cubrir la carga financiera que determine el CONACYT, y de darse éste supuesto, se someterá ante las instancias correspondientes para que se determine lo conducente. Convenio de Asignación de Recursos, Cláusula Quinta. Qué son las Cargas Financieras? Las cargas financieras es el interés que debe cubrir el Sujeto de Apoyo por haber realizado el reintegro posterior a los primeros quince días del ejercicio fiscal 2017 El monto sobre el cual aplican las cargas financieras, es sobre el monto del reintegro originado por subejercicios (reintegro que se origina por recursos no ejercidos en su totalidad), mismo que debe ser solicitado a más tardar el 5 de enero de 2017 y pagado antes del 15 de enero En caso de solicitar la línea de captura por el importe total del reintegro, una vez finalizada la revisión del Despacho, y éste incluya el monto por subejercicios, el cálculo de las Cargas Financieras será sobre el importe total pagado. Las cargas financieras contemplan como primer día de incumplimiento el 16 de enero y hasta la fecha de pago, y dos de los factores base para su cálculo son: Número de días de desfase y el monto pagado. 80

81 7.- AMONESTACIONES ACUMULABLES Antecedentes: A partir de la Convocatoria 2014, el Comité Técnico Intersecretarial de Innovación estableció un método de sanciones basado en la acumulación de puntos. Actualidad: QUÉ DICE LA NORMATIVIDAD? AMONESTACIONES ACUMULABLES, TÉRMINOS DE REFERENCIA El Comité Técnico Intersecretarial de Innovación estableció un método de sanciones a partir de la Convocatoria 2014, basado en la acumulación de puntos negativos por cada circunstancia que implique un incumplimiento por parte de las empresas en la entrega y contenido de alguno de sus informes y documentación necesaria para el cierre de apoyo. ACUERDO 16-CTII-Ord S, 28 DE JUNIO DE 2016 los miembros del Comité Técnico Intersecretarial de Innovación actualizan el Sistema de Sanciones por Puntaje, e instruyen al Secretario Ejecutivo a utilizarlo durante el Cierre de la Convocatoria

82 7.- AMONESTACIONES ACUMULABLES El sistema de puntos se asignará bajo los siguientes criterios: Diferenciando entre la observación derivada de un reintegro (subejercicios por gastos menores a los presupuestados o recursos no ejercidos) y la derivada del ejercicio inadecuado del recurso (aplicados o comprobados a gastos no elegibles) 82

83 7.- AMONESTACIONES ACUMULABLES Las sanciones correspondientes a los puntos acumulados son las siguientes: CÓMO REPERCUTEN LOS PUNTOS OBTENIDOS? La vigencia de los puntos en caso de una amonestación acumulable se extiende hasta la siguiente Convocatoria del Programa en que el Sujeto de Apoyo vuelva a ser seleccionado para Apoyo. 83

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