EL PROGRAMA DE ESCUELAS TALLER CASAS DE OFICIOS Y TALLERES DE EMPLEO... Para Entidades Promotoras

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EL PROGRAMA DE ESCUELAS TALLER CASAS DE OFICIOS Y TALLERES DE EMPLEO... Para Entidades Promotoras"

Transcripción

1

2 EL PROGRAMA DE ESCUELAS TALLER CASAS DE OFICIOS Y TALLERES DE EMPLEO... Para Entidades Promotoras 1

3 UNIDAD DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SALAMANCA 4 Área de Promoción y Diseño de Proyectos Excelentísima Diputación Provincial de Salamanca Avda. Carlos I, Salamanca Telf.: FAX: upd@lasalina.es 2 39

4 APELLIDOS Y NOMBRE DEL ALUMNO FORMADO DENOMINACIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO DNI PERSONALIDAD ACTIVIDAD PRINCIPAL ESPECIALIDAD APRENDIDA FECHA INICIO ACTIVIDAD OCUPACION EN LA QUE SE COLOCA (*) FECHA TIPO PERIODO COLOCACIÓN CONTRATO DURACIÓN CTO. EMPRESA DIRECCIÓN TEL Y FAX APELLIDOS Y NOMBRE DEL ALUMNO EMPRENDEDOR DNI ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LA EMPRESA ESPECIALIDAD APRENDIDA PROGRAMA DE ESCUELAS TALLER /CASAS DE OFICIOS Y TALLERES DE EMPLEO CUESTIONARIO DE INSERCIÓN LABORAL DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: 1.- FECHA DE FINALIZACIÓN DEL PROYECTO: DÍA/ MES/ AÑO/ 2.- CUESTIONARIO 6 M CUESTIONARIO 12M 3.- NÚMERO ALUMNOS-TRABAJADORES / TRABAJADORES -PARTICIPANTES APROBADOS EN RESOLUCIÓN 4.- Nº ALUMNOS-TRABAJADORES / TRABAJADORES PARTICIPANTES QUE HAN INTERVENIDO EN EL PROYECTO: HOMBRES 0 MUJERES 0 TOTAL 0 INTRODUCCIÓN Nº EXPEDIENTE: DENOMINACIÓN: ESCUELA TALLER CASA DE OFICIOS TALLER DE EMPLEO ENTIDAD PROMOTORA LOCALIDAD PROVINCIA 8.- COLOCACIONES PRODUCIDAS UNA VEZ FINALIZADO EL PROYECTO: ESPECIALIDAD APRENDIDA OTRA ESPECIALIDAD TOTAL H M H M H M T 8.1 DURANTE EL 1er SEMESTRE POSTERIOR A LA FINALIZACION DURANTE EL 2º SEMESTRE POSTERIOR A LA FINALIZACION TOTAL LA RELACIÓN DE ALUMNOS TRABAJADORES O DE TRABAJADORES PARTICIPANTES COLOCADOS CON LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE, SE DETALLAN EN EL ANEXO I LAS ENTIDADES DE PRODUCCIÓN DE BIENES O SERVICIOS CREADAS POR LOS ALUMNOS TRABAJADORES O TRABAJADORES PARTICIPANTES, SE RELACIONAN EN EL ANEXO II. En a de de FIRMA Y SELLO 5.- BAJAS PRODUCIDAD DURANTE EL DESARROLLO DEL PROYECTO CAUSA DE LA BAJA 1ª FASE 2ª FASE 3ª FASE 4ª FASE TOTAL H M T H M T H M T H M T H M T INADAPTACIÓN AL PROGRAMA COLOCACION OTRAS CAUSAS TOTAL NÚMERO TOTAL DE ALUMNOS/PARTICIPANTES FORMADOS. TOTAL ALUMNOS O PARTICIPANTES - BAJAS DISTINTAS A LA COLOCACIÓN COLOCACIONES PRODUCIDAS DURANTE EL DESARROLLO DEL PROYECTO: ESPECIALIDAD APRENDIDA OTRA ESPECIALIDAD TOTAL H M H M H M T ª FASE ª FASE ª FASE ª FASE TOTAL ANEXO I. RELACIÓN DE CONTRATACIONES HABIDAS POR ALUMNO FORMADO (*) PERIODO EN QUE SE PRODUCE LA COLOCACIÓN Durante el funcionamiento del proyecto F. En el 1er semestre desde la finalización 1. En el segundo semestre FINALIDAD DEL PROGRAMA. 2. ENTIDADES PROMOTORAS. 3. SOLICITUD. a. DOCUMENTACIÓN b. PLAZOS c. LUGAR 4. CRITERIOS DE APROBACIÓN. 5. INTEGRACIÓN DEL PROYECTO JUNTO AL RESTO DE PLANES DE FOMENTO DEL EMPLEO. 6. SUBVENCIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN. IMPLICACIÓN NECESARIA DE LA ENTIDAD PROMOTORA. 7. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS: CONTROL Y SEGUIMIENTO. 8. LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA. 9. IMPARTICIÓN DE LA TOTALIDAD DEL PROGRAMA FORMATIVO. 10. EJECUCIÓN DE OBJETIVOS PREVISTOS EN EL PROYECTO APROBADO. 11. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. 12. EL EQUIPO DE TRABAJO: COMPOSICIÓN, SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN. 13. DIVULGACIÓN Y PUBLICIDAD DEL PROGRAMA. Fdo.: Instrucciones de cumplimentación 1.- El presente cuestionario de inserción laboral se cumplimentará transcurridos los seis meses desde la finalización de cada proyecto o expediente, completándose a los doce meses la parte correspondiente al segundo periodo, debiendo cumplimentarse los apartados 8.2, 8.3, 9 y 10 dado que los anteriores permanecen igual 2.- Se indicará en el apartado 2 si corresponde a la primera o segunda aplicación. 3.- El nº de participantes que han intervenido en el proyecto (apartado 4), corresponde al total de altas que se han que se han producido en cualquier momento del funcionamiento del proyecto. 4.- El número total de alumnos o participantes formados ( apartado 6) es el resultado de descontar del total de participantes las bajas por inadaptación al programa y las producidas por otras causas. 5.- Las colocaciones producidas durante el desarrollo del proyecto recogidas en el punto 7 deben coincidir los totales con los del total del punto 5.2.Se considerará colocación en la especialidad aprendida si esta tiene con la ocupación objeto de contrato. 6.- Las colocaciones producidas en 1 er semestre siguiente a la finalización, se reflejarán en el apartado 8.1 con el mismo criterio que las del punto Las colocaciones que se producen en el segundo semestre, se reflejarán en el apartado 8.2, sumándose con las del apdo 8. 1, y constando el resultado en el apdo ANEXO II. RELACIÓN DE ENTIDADES DE PRODUCCIÓN DE BIENES O SERVICIOS CREADAS POR PARTICIPANTES PROCEDENTES DE ESCUELAS TALLER, CASAS DE OFICIOS O TALLERES DE EMPLEO. 38 ANEXOS 3

5 INTRODUCCIÓN ORIGEN El programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios, se inicia en España en el año 1985 y posteriormente en 1999 se une a los anteriores el programa de Talleres de Empleo. Tanto uno como otro, fijan su objetivo en la lucha contra el desempleo y la formación para la inserción, tanto por cuenta ajena, como mediante la creación de proyectos empresariales o de economía social 7.- Las colocaciones que se producen en el segundo semestre, se reflejarán en el apartado 8.2, sumándose con las del apartado 8. 1, y constando el resultado en el apartado 8.3. En la página siguiente se puede ver a modo de ejemplo el CUESTIONARIO DE INSERCIÓN LABORAL DIFERENCIAS ENTRE PROGRAMAS BENEFICIARIOS ESCUELAS TALLER Desempleados menores de 25 años CASAS DE OFICIOS Desempleados menores de 25 años TALLERES DE EMPLEO Desempleados mayores de 25 años DURACIÓN 2 años 1 año Mínimo 6 meses Máximo 1 año SALARIO 1º Semestre: 6,01 /día 75% DEL S.M.I. 1º Semestre: 9,00 /día 75% DEL S.M.I. 150% DEL S.M.I. 1.- FINALIDAD DEL PROGRAMA El Art. 2 de la ORDEN EYE/749/2004 de la Consejería de Economía y Empleo define el programa de Escuelas Taller Casas de Oficios como "programa mixto que combina acciones de formación y empleo dirigido a mejorar la ocupabilidad de jóvenes desempleados menores de veinticinco años, (de veinticinco años o más en el caso de los Talleres de Empleo), CON LA FINALIDAD DE FACILITAR SU POSTERIOR INTEGRACIÓN EN EL MERCADO DE TRABAJO". De ahí que el OBJETIVO no sea otro que conseguir que estos colectivos de desempleados accedan al Mercado Laboral bien a través de trabajos por cuenta ajena o mediante fórmulas de trabajo por cuenta propia (autónomos, miembros de cooperativas de Trabajo Asociado, S.A.L., S.L.L. etc). La medición última del éxito del programa se traduce en el número de INSERCIONES en el MERCADO DE TRABAJO. De hecho, es algo que se evalúa a través de los CUESTIONARIOS DE INSERCIÓN, que se realizan a los 6 y 12 meses desde la 4 37

6 INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL CUESTIONARIO DE INSERCIÓN LABORAL Como ya hemos mencionado el OBJETIVO de este programa es la inserción laboral de los participantes. Como medida de control y evaluación las entidades promotoras deberán dar cuenta de las mismas ante las Gerencias Provinciales cumplimentando los cuestionarios de inserción según el artículo 40.2 de la ORDEN EYE/749/2004 Control de los resultados del proyecto, para lo que la entidad promotora, a los seis y doce meses desde su finalización, remitirá debidamente cubierto el cuestionario de inserción laboral, además de estar obligada a proporcionar cualquier otra información que se considere pertinente con tal finalidad Ya que estos cuestionarios, son los instrumentos de los que se extraen los resultados del programa y a partir de ellos se realizan anualmente las estadísticas de inserción, conviene que los datos que se obtienen de ellos sean homogéneos en todos los proyectos, y se tengan claros conceptos tales como inserción, colocación y contratación (La inserción en el mercado de trabajo, desde el proyecto se realiza 1 vez. Un participante se puede colocar en una o varias empresas y firmar más de un contrato) Según en propio Cuestionario de Inserción las instrucciones de cumplimentación 1.- El presente cuestionario de inserción laboral se cumplimentará transcurridos los seis meses desde la finalización de cada proyecto o expediente. A los 12 meses se cumplimentarán exclusivamente los apartados 8.2, 8.3, 9 y Se indicará en el apartado 2 si corresponde a la primera o segunda aplicación. 3.- El nº de participantes que han intervenido en el proyecto (apartado 4), corresponde al total de altas que se han que se han producido en cualquier momento del funcionamiento del proyecto. 4.- El número total de alumnos o participantes formados ( apartado 6) es el resultado de descontar del total de participantes las bajas por inadaptación al programa y las producidas por otras causas. 5.- Las colocaciones producidas durante el desarrollo del proyecto recogidas en el punto 7 deben coincidir los totales con los del total del punto 5.2.Se considerará colocación en la especialidad aprendida si esta tiene con la ocupación objeto de contrato 6.- Las colocaciones producidas en primer semestre siguiente a la finalización, se reflejarán en el apartado 8.1 con el mismo criterio que las del punto finalización del proyecto (y que se tiene presente para la concesión de futuros proyectos) 1 Para conseguir ello será necesario desplegar sobre los alumnos un PROCESO FORMATIVO INTEGRAL que abarque: - Cualificación PROFESIONAL. - Formación BÁSICA complementaría, en su caso - Formación en SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. - Formación "EMPRESARIAL" propia del futuro trabajador por cuenta propia-ajena. - Alfabetización INFORMÁTICA. Acceso de los alumnos a las nuevas tecnologías. - SENSIBILIZACIÓN AMBIENTAL y buenas prácticas medioambientales. Se tratará de conseguir la adquisición de los conocimientos y destrezas necesarios para el desempeño correcto de la ocupación, así como tratar de motivar a los alumnos para que alcancen el rigor, hábitos y responsabilidades propios del trabajador por cuenta ajena. Al mismo tiempo se debería fomentar a los participantes para que en el futuro vieran su compromiso laboral como emprendedores o miembros de cooperativas de trabajo asociado o Sociedad Laboral. 2.- ENTIDADES PROMOTORAS. Se entiende por Entidad Promotora de un proyecto de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo a todo organismo público o privado sin ánimo de lucro, que deseando colaborar con el ECYL, sea competente para poder ejecutar la obra o servicio proyectada e impartir la formación adecuada. Que además tenga capacidad técnica suficiente para realizarla y que disponga de la infraestructura necesaria para poder soportar la carga de gestión que el desarrollo de un proyecto de esta envergadura demanda: formalizar contratos, organizar el pago de los salarios, justificar gastos, aportar los medios materiales y humanos no subvencionados por la Junta de Castilla y León. 1 Ver en Anexo I : INSTRUCCIONES para la cumplimentación de los Cuestionarios de Inserción 5

7 Es necesaria la colaboración de estos organismos para poder desarrollar los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo. Las Entidades que pueden promover estos proyectos son las siguientes: Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. Entidades Locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales. Consorcios Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades sin ánimo de lucro. 3.- SOLICITUDES El procedimiento para poder constituir una Escuela Taller, Casa de Oficios o un Taller de Empleo se inicia ante la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de la provincia correspondiente a la ubicación donde se pretende desarrollar el proyecto presentando la siguiente documentación: SOLICITUD MEMORIA CERTIFICACIONES Y ACUERDOS ANEXOS SOLICITUD Existe un modelo oficial de solicitud en el que se debe hacer constar el importe de la subvención que se solicita con cargo al Servicio Público de Empleo de la Junta de Castilla y León. 6 35

8 13.- PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DEL PROGRAMA. La Resolución de 3 de mayo de 2002 de la Dirección General de Empleo y Formación, sobre publicidad del Programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo establece que dado que estos programas están cofinanciados por el Fondo Social Europeo, y al objeto de mantener la imagen corporativa de dicho programa, se deben tener en cuenta los siguiente 1. LOGOTIPO: a) Del Programa de ETCOTE, su representación gráfica y características serán las indicadas en el Anexo I de la citada Resolución. b) El del ECYL (Empleo de Castilla y León) c) El Escudo de Castilla y León según la normativa aplicable. d) Del Fondo Social Europeo color azul reflex C y amarillo 123 del mismo tamaño que el de la Comunidad Autónoma. Se debe utilizar en todas las manifestaciones del programa. 2. ESCRITOS, ANUNCIOS Y PUBLICACIONES: Debe incluirse en ellos el logotipo del Programa, así como el escudo de la Junta de Castilla y León, el del Organismo Autónomo de Empleo de Castilla y León. y el logotipo del Fondo Social Europeo. 3. VALLAS ANUNCIADORAS: Se colocarán durante el desarrollo del Proyecto reuniendo las características y modelo previstos en el anexo 2 de la Resolución de 3 de mayo de PLACAS CONMEMORATIVAS: Se colocarán en todas aquellas realizaciones de carácter permanente. (En piedra, bronce o material similar, según se especifica en el Anexo 3 de la Resolución) MEMORIA La Entidad Promotora debe aportar una memoria 2 en la que consten los datos identificativos y de personalidad jurídica de quien solicita la aprobación del proyecto y los datos identificativos del futuro proyecto, fechas previstas de inicio y final, duración total. Esta memoria consta de cuatro partes bien diferenciadas: Plan de actuación previsto, con la descripción detallada de los trabajos que se pretenden realizar, acompañado, de un proyecto básico firmado por el técnico competente y/o de una memoria valorada de las actuaciones a realizar. Proyecto formativo estructurado en itinerarios formativos modulares por ocupaciones correspondiéndose con las unidades de obra o servicios a realizar y adecuándose, cuando sea posible, a lo establecido en los Reales Decretos sobre certificados de profesionalidad Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto, periodificado por fases, en el que deben incluirse todos los costes, la subvención que se solicita a la Junta de Castilla y León y la parte no financiada por ésta, sino por la Entidad Promotora y/o las entidades colaboradoras. Informe sobre las estrategias de desarrollo y perspectivas de empleo de los beneficiarios del proyecto CERTIFICACIONES Y ACUERDOS La que acredite la personalidad jurídica de la entidad solicitante, teniendo en cuenta que: 1. Si es un órgano de la Administración General del Estado, un ente público de ésta o de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, un organismo autónomo estatal, autonómico o local, una mancomunidad o un consorcio, deberá aportarse, según proceda, norma o acuerdo de creación o estatutos publicados en el Boletín Oficial correspondiente, pudiendo sustituirse por una certificación expedida a tal efecto Si es una fundación, asociación u otra entidad sin ánimo de lucro, se aportarán escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente que acrediten su condición de entidad sin ánimo de lucro. 2 La Unidad de Promoción y Desarrollo Salamanca 4 pone a disposición de las Entidades Promotoras la Guía de elaboración de Proyectos 3 No será necesario acreditar la personalidad jurídica de la entidad solicitante en caso de que ésta sea una corporación local 7

9 Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Solicitante. La que acredite la personalidad y el apoderamiento suficiente de quien actúa en nombre y representación de la entidad solicitante. Esta circunstancia se hará constar mediante copia de la norma o acuerdo de nombramiento publicada en el correspondiente Boletín Oficial o mediante certificación expedida al efecto. Las entidades locales y sus organismos autónomos, deberán aportar certificación expedida por el Secretario, en la que se recoja el acuerdo de aprobación del proyecto de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo y de solicitud de subvención a la Gerencia del Servicio Público de Empleo, adoptado por el órgano competente. Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las circunstancias del art.13, apdos. 2y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones La que acredite la titularidad jurídica del objeto de actuación y su disponibilidad para realizar las obras o la prestación de los servicios previstos en el proyecto. En el caso de titularidad privada del bien objeto de actuación, documento de cesión para su uso público por un período de tiempo no inferior a veinticinco años. En la selección del director, personal docente y de apoyo, el grupo de trabajo mixto establecerá el procedimiento selectivo, pudiendo utilizar oferta de empleo tramitada por la oficina de empleo, convocatoria pública o ambas. El Grupo Mixto determinará - El perfil, las características y los requisitos que deben cumplir los candidatos, entre los que figurará: o Estar preferentemente desempleado, o Tendrán prioridad aquellas personas que desempeñasen una ocupación semejante en una Escuela Taller, Casa de Oficios, Taller de Empleo o Unidad de Promoción y Desarrollo. - Elaborar las convocatorias. - Establecer los baremos y, en su caso, las pruebas que puedan aplicarse. - Preparar las ofertas de empleo que se tramitarán en la oficina de empleo, si procediese. - Difundir las convocatorias a través de los medios de comunicación que se determinen, en su caso. La Entidad Promotora procederá a contratar al personal directivo, docente y de apoyo seleccionado según las actas del grupo de trabajo mixto utilizando la modalidad contractual más acorde con las circunstancias del trabajador y del proyecto. Las autorizaciones administrativas que sean exigibles atendiendo a la naturaleza jurídica y al régimen de protección de los objetos sobre los que se pretende actuar con ocasión del desarrollo de la Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo. De no ser necesarias, se aportará certificación en tal sentido. Declaración en la que se recoja el conjunto de todas las ayudas o subvenciones que tenga solicitadas o concedidas para la misma finalidad por las distintas administraciones públicas competentes Los contratos no pueden extenderse más allá de la duración del programa. 2. Como quiera que el contrato que se formaliza a los ALUMNOS TRABAJADORES y a los TRABAJADORES PARTICIPANTES es el de para la FORMACIÓN deberá prestarse especial atención en los procesos de selección, y deberán comprobar siempre que los candidatos reúnan los requisitos para formalizar este tipo de contrato. 3. Todo el personal integrante del Programa: Director, docentes, personal de apoyo, alumnos trabajadores y trabajadores participantes que no sean seleccionados por el grupo mixto de Selección, NO SERÁN OBJETO DE SUBVENCIÓN POR PARTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN. 33

10 c) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación Para la contratación de los alumnos trabajadores, se incorporarán a la Escuela Taller o Casa de Oficios al inicio de la primera etapa de formación y, a su finalización la entidad promotora contratará mediante un contrato de formación a aquellos que la finalicen con aprovechamiento. Para la selección de los trabajadores participantes, que se realizará entre las relaciones de desempleados enviadas por las Oficinas de Empleo deberán contener en lo posible tres candidatos por puesto. El grupo de trabajo mixto determinará el perfil de los candidatos, los baremos y pruebas que puedan aplicarse, en su caso, y los requisitos mínimos que deben cumplir b) Tener veinticinco o más años. c) Estar desempleados, d) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación. Además, teniendo en consideración la adaptabilidad a la oferta de los puestos a desempeñar, se considerarán como criterios preferentes de selección: 3.4- PLAZOS LUGAR DE PRESENTACIÓN Para la presentación de Proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, se establecerán los plazos que así se indiquen en las correspondientes resoluciones anuales del Servicio Público de Empleo por la que se apruebe la convocatoria de subvenciones para el año que corresponda.. Las instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que deseen colaborar con el Servicio Público de Empleo en la puesta en funcionamiento de una Escuelas Taller, Casas de Oficios o Taller de Empleo, podrán presentar ante la Gerencia Provincial del ECYL de su provincia la documentación de solicitud y aprobación del proyecto. En la Gerencia Provincial se revisa el expediente, se solicita la subsanación de los errores, si los hubiera y se envía, completo a los Servicios Centrales del Servicio Publico de Empleo de la Junta de Castilla y León. No haber participado anteriormente en otro Taller de Empleo, Escuela Taller o Casa de Oficios. Tener especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. Existencia de responsabilidades familiares. Nivel de protección por desempleo de los posibles beneficiarios, teniendo preferencia aquellos desempleados con menor nivel de protección, siendo prioritarios los no perceptores de subsidio por desempleo. Cualquier otro colectivo de desempleados que se considere prioritario en el Plan Nacional para el Empleo. Los trabajadores participantes, serán contratados desde el comienzo del Taller de Empleo por la Entidad promotora en la modalidad de formación, percibiendo las retribuciones que les correspondan de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable. La contratación será a tiempo completo y la duración máxima del contrato no podrá superar la duración del Taller de Empleo CRITERIOS DE APROBACIÓN En la valoración de los proyectos, se tendrán en consideración, entre otros, los siguientes criterios: Número de desempleados del tramo de edad correspondiente según la tipología del proyecto, existente en el ámbito territorial en el que se desarrolle el proyecto. Perspectivas de empleo del colectivo participante. Adaptabilidad del proyecto para la participación de colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. 9

11 Carácter innovador del proyecto. 3. Apoyar, desde el punto de vista administrativo, las tareas del equipo docente y director. Calidad del proyecto, atendiendo a las actuaciones que se van a realizar y su adecuación para la cualificación y adquisición de experiencia profesional de los participantes y de los beneficios sociales que se prevea generar. Calidad del plan formativo y adecuación entre las especialidades propuestas y las ocupaciones más ofertadas en el mercado de trabajo. Valoración de la entidad promotora, capacidad técnica y de gestión suficientes y esfuerzo inversor. Resultados cualitativos y cuantitativos de anteriores proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo promovidos por la entidad solicitante y, en concreto: a) Inserción de los participantes en el mercado laboral. b) Formación y experiencia profesional adquirida. c) Resultado socio-económico derivado de la realización de proyectos 4. Atender y recibir llamadas y a las personas, tanto del Proyecto, como de fuera, que lleguen al centro. 5. Organizar, archivar y controlar la documentación administrativa del Proyecto. 6. Colaborar en la gestión administrativa del personal y participantes de la ET/CO/TE, a indicación del director. 7. Velar por el cumplimiento de los plazos en la tramitación de documentación oficial. SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN El proceso de selección y contratación de todo el personal integrante del Programa se lleva a cabo de acuerdo con lo señalado en el CAPÍTULO III de la Orden EYE/749/2004 de 10 de mayo. 5. INTEGRACIÓN DEL PROYECTO JUNTO AL RESTO DE PLANES DE FOMENTO DEL EMPLEO El éxito final del Proyecto pasa por la concepción del mismo como parte de un conjunto de actuaciones que la propia Entidad plantea estratégicamente para potenciar su desarrollo económico. Aún cuando, ya en sí mismo, se contempla un proceso formativo completo que debe facilitar la inserción de desempleados en el Mercado de Trabajo, es necesario potenciar los efectos y asegurar su resultado mediante la conexión al resto de planes, programas y actividades de fomento del empleo que la entidad promotora tenga en marcha. 10 Finalizados los procesos de selección, el grupo de trabajo mixto preparará la relación de los seleccionados como alumnos trabajadores en el caso de Escuela Taller o Casa de Oficios, trabajadores participantes en el caso de Talleres de Empleo, así como personal directivo, docente y de apoyo, extendiendo acta, por duplicado ejemplar, de todo lo actuado y le remitirá un ejemplar a la entidad promotora para su cumplimiento y otro a la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo En todos los casos la selección irá precedida de la tramitación de oferta de actividad para los alumnos trabajadores en primera fase y oferta de empleo en el resto. Para la selección de los alumnos trabajadores, el grupo de trabajo mixto determinará el perfil de los candidatos, los baremos y pruebas que puedan aplicarse, en su caso, y los requisitos mínimos que deben cumplir a) Ser menores de veinticinco años y que preferentemente no hayan participado en otra Escuela Taller o Casa de Oficios. b) Estar desempleados, 31

12 Las funciones principales del técnico de inserción serían: 1. Orientación, asesoramiento, información profesional y formación empresarial de los participantes en el proyecto. 2. Implantación del Plan de dinamización de la inserción laboral, 3. Desarrollo de sesiones grupales para motivar iniciativas de autoempleo. 4. Conocimiento del mercado de trabajo de la zona, promoción de los alumnos participantes en el proyecto e intermediación laboral en su caso. 5. Elaboración de documentos de análisis de la obra o servicio ejecutada así como de la adquisición de competencias profesionales por parte de los trabajadores, en colaboración de los monitores. 6. Seguimiento, junto a los monitores y el director, de la calidad percibida por los usuarios y responsables en las empresas en las que se presten los servicios 7. Realización de un estudio de prospección del mercado de trabajo que identifique los puestos vacantes susceptibles de ser ocupados por los demandantes en búsqueda de empleo. Así, es importante el apoyo externo de Técnicos que mejoren los niveles de asesoramiento e información de los alumnos o las actividades formativas complementarias de profesores y alumnos. Igualmente destaca, la previsión oportuna de apoyo necesario a la finalización del proyecto, asegurando la continuidad del mismo y la implantación de los proyectos emergentes (cesión de instalaciones, locales, asesoramiento, etc...). El proyecto debe servir para la activación económica del Municipio o Comarca, aportando al Mercado de Trabajo nuevos profesionales cualificados o contribuyendo con la aparición de nuevas empresas. Todo ello requiere dedicar y aunar el máximo de esfuerzos posibles, e integrar el proyecto con otras acciones que contribuyan al mayor éxito. Entre las posibles conexiones podemos destacar: - Unidad de Promoción y Desarrollo. - Agentes de Empleo y Desarrollo Local. - Programas de Formación Ocupacional. - Otros Programas de la Junta de Castilla y León, Diputación o Municipales. 6.- SUBVENCIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN. IMPLICACIÓN NECESARIA DE LA ENTIDAD PROMOTORA. ADMINISTRATIVO/ AUXILIAR ADMINISTRATIVO Las peculiaridades burocráticas, de elaboración de nóminas, elaboración de documentos e informes administrativos, envío y recepción de datos, atención al público, etc., hacen necesaria la incorporación de una persona encargada de la ejecución de todo ello. Entre sus funciones generales encontramos las siguientes: 1. Elaborar listados, formularios, tablas, etc., necesarias para llevar a cabo el control administrativo del funcionamiento del Proyecto. 2. Cumplimentar los formularios oficiales de tramitación administrativa en tiempo y forma correctos y según las indicaciones del director. 30 El programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, se financiará con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León a través de las ayudas y subvenciones que conceda el Servicio Público de Empleo, así como de las entidades promotoras y de otras entidades colaboradoras En el caso de las ayudas y subvenciones del Servicio Público de Empleo para cada Escuela Taller, Casa de Oficios y Taller de Empleo, que se determinará en la resolución concesoria de la subvención, se destinará exclusivamente a sufragar los siguientes costes: a) Los de formación profesional ocupacional y educación complementaria durante todas las etapas del proyecto. 11

13 b) Las becas de los alumnos durante la 1.ª etapa formativa en el caso de las Escuelas Taller y Casas de Oficios. c) Los salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller y Casas de Oficios o de los trabajadores participantes del Taller de Empleo, según corresponda. Secundaria Obligatoria) y colaborar, con el monitor de cada taller, en la formación y capacitación para la superación de las pruebas de Formación Profesional. 6. Impartir los contenidos utilizando y alternando técnicas, estrategias, recursos y materiales didácticos y evaluando de forma continuada y sistemática para facilitar el aprendizaje. a) Los costes DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL Y EDUCACIÓN COMPLEMENTARIA durante todas las etapas del proyecto, pueden desglosarse en dos MÓDULOS: 7. Tutorizar, supervisar y acompañar de forma individualizada el proceso de aprendizaje de los participantes. - Mediante el MÓDULO A, se compensarán los costes salariales del director, personal docente y de apoyo que hayan sido seleccionados y contratados para la Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, incluidos los originados por las cuotas a cargo del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional. No se subvencionarán, en ningún caso, las indemnizaciones por fallecimiento o de acción social previstas en los convenios de las entidades promotoras, y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato. COORDINADOR/ A DE OBRAS Algunos proyectos muy especializados en construcción requieren de la figura del Coordinador de Obras. Se responsabiliza de la debida ejecución de los proyectos técnicos de obra, y del plan de Seguridad y Salud de la ETCOTE Como funciones podemos destacar: 1. Realizar los proyectos de obras, si existiera alguna actuación nueva, no prevista originalmente. 2. Encargado de la realización del Plan de Seguridad y Salud y de la Evaluación Inicial de Riesgos de la ETCOTE 3. Impartir contenidos teóricos técnicos de la especialidad que el docente no pueda ofrecer a los participantes. - Mediante el MÓDULO B, se compensarán los demás gastos enumerados a continuación: o Medios y materiales didácticos y de consumo para la formación. o Amortización de instalaciones y equipos. Para su cálculo se utilizarán las tablas de coeficientes anuales de amortización oficialmente establecidas. o Viajes para la formación de los alumnos. o Material de oficina. o Alquiler de equipos de oficina Asesorar técnicamente a los docentes y a la dirección del proyecto. 5. Buscar soluciones técnicas a problemas puntuales. TÉCNICO DE INSERCIÓN Teniendo presente que el objetivo del Programa de ET/CO/TE es la inserción en el mercado laboral de participantes en el mismo, el técnico de inserción se configura como el apoyo fundamental para lograrlo. 29

14 4. Capacitar al alumnado para el desarrollo de una ocupación a través de la adquisición de competencias profesionales lo más cercanas posible a los requerimientos del mercado de trabajo. (Certificados de Profesionalidad) 5. Utilización de los medios didácticos apropiados para las metodologías adoptadas. 6. Formar en prevención de riesgos en su materia. 7. Propuesta de actuaciones externas que completen y amplíen la formación y experiencia de los alumnos (visas a empresas y centros, ferias, exposiciones, PROFESOR/ A DE EDUCACIÓN BÁSICA Y COMPENSATORIA o Alquiler de equipos y maquinaria necesarios para la formación de los participantes. o Gastos generales. o Otros gastos de funcionamiento que sean necesarios para el desarrollo del proyecto formativo. o Durante la primera etapa formativa de la Escuela Taller o Casa de Oficios, y en los casos en que, durante la etapa de contratación, se imparta formación fuera del horario establecido en el contrato de trabajo, se compensará el coste del seguro de accidentes de los alumnos o participantes, así como, en su caso, el importe de la póliza de responsabilidad civil para hacer frente a los riesgos que para los bienes y las personas puedan derivarse de la actuación profesional del personal de la Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo. La figura del profesor de educación básica y compensatoria en la ET/CO/TE responde a la necesidad de proporcionar una formación básica y complementaria a los alumnos que no han alcanzado los objetivos de la ESO, de tal forma que se hallen en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria en el período en el que se desarrolla la ET/CO/TE. las funciones del profesor de compensatoria, serán: 1. Diseñar el proceso de enseñanza-aprendizaje aplicando as técnicas de programación didáctica. 2. Vincular la acción formativa con el resto de las actividades de formación llevadas a cabo por la ET/CO/TE, coordinándose con el resto de profesionales de la formación para garantizar la consonancia y coherencia del programa de formación diseñado. 3. Diseño y aplicación de las metodologías más adecuadas a cada materia para motivar al alumnado e incentivar el aprendizaje. 4. Crear las óptimas condiciones de aprendizaje, enfatizando los aspectos más importantes a desarrollar. 5. Favorecer la adquisición de contenidos de enseñanza elemental y capacitar para la superación de las pruebas de acceso al título de Graduado en Educación 28 b) Las becas de los alumnos durante la 1.ª etapa formativa en el caso de las Escuelas Taller y Casas de Oficios. La subvención estimada correspondiente a las becas de los alumnos en la primera fase de la Escuela Taller o Casa de Oficios será el resultado de multiplicar 9,00 euros por 125,número de días lectivos estimados como correspondientes en la primera fase, y por el número de alumnos participantes previstos en el proyecto. El pago de dichas becas se efectuará por la Entidad promotora, que recibirá al inicio de esta fase el anticipo para hacer frente a dicho pago. Los alumnos no percibirán las becas correspondientes a los días lectivos que, sin causa justificada, no hayan asistido a la Escuela Taller o Casa de Oficios. c) Los salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller y Casas de Oficios o de los trabajadores participantes del Taller de Empleo, según corresponda. En las Escuelas Taller y Casas de Oficios, se subvencionarán los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores previstos en el artículo 10.1 de la Orden EYE/749/2004 DE 10 de mayo, y cuyo importe en los contratos para la formación ascenderá al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional 13

15 anualmente establecido. Asimismo, se subvencionarán la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondientes a la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional establecidas para dichos contratos en su normativa específica. En los Talleres de Empleo, se subvencionarán los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los trabajadores participantes previstos en el artículo 10.2 de la Orden, EYE/749/2004 de 10 de mayo y cuyo importe en los contratos para la formación ascenderá a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional anualmente establecido. Asimismo, se subvencionarán la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondiente a la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional establecidas para dichos contratos en su normativa específica. NO SERAN SUSCEPTIBLES DE FINANCIARSE CON CARGO A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN: Los gastos de inversión, tales como la adquisición de inmuebles, instalaciones, maquinarias y equipos. Los alquileres de edificios, locales, naves, aulas y su acondicionamiento, siempre que no sean resultado de la práctica profesional de los participantes. Los gastos financieros generados por avales, anticipos bancarios o análogos. Las indemnizaciones por fallecimiento o de acción social previstas en los convenios de las entidades promotoras y/o convenios laborales aplicables. Las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato 4 2. Dirección y coordinación de los recursos humanos (personal docente y de apoyo, alumnos/ as trabajadores de las ET/CO y de los participantes de los TE.) 3. Gestión de los recursos materiales (maquinaria, herramientas, utillaje, material de consumo, etc.) necesarios y adecuados a la realización de la obra o servicio, así como los que se precisen para la formación. 4. Gestión presupuestaria, y justificación de los gastos en tiempo y forma. 5. Fomento, divulgación, difusión e integración social del proyecto en el entorno, (visitas a empresas y centros de trabajo, promoción de visitas de expertos y empresarios a la Escuela, participación en actividades de significación social en el entorno, ferias, exposiciones, etc.). para conseguir la inserción laboral de los alumnos a la finalización de los proyectos. 6. Coordinación de la actuación con la entidad promotora y con la Sección de ET/CO/TE del Servicio Público de Empleo proporcionando a éste la información y acciones necesarias para el seguimiento de las actuaciones y la evaluación cuantitativa y cualitativa de los resultados de las mismas. 7. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad, el uso de prendas de protección personal y aplicar un plan de prevención global. DOCENTE Dado que la formación de los participantes ayudará a conseguir mejores posibilidades de acceso al mundo laboral y siendo este el objetivo del Programa, los docentes de los módulos formativos juega un importantísimo papel en el desarrollo de los proyectos: los monitores, son los encargados de conducir al alumnado a tal fin. Como funciones podemos destacar: 1. Elaboración de los programas formativos, cuidando la conjunción entre los aspectos teóricos y prácticos de la formación y la experiencia práctica en obra. 2. Tutorizar, supervisar y acompañar de forma individualizada el proceso de aprendizaje de los participantes. 4 Siendo la Incapacidad Temporal de los trabajadores una causa de suspensión del contrato de trabajo y no teniendo las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social la consideración de salario (Art.26 del Estatuto de los Trabajadores), las cantidades abonadas a un trabajador participantes e situación de incapacidad temporal no son salario y por tanto no son subvencionables Impartir los contenidos utilizando y alternando técnicas, estrategias, recursos y materiales didácticos y evaluando de forma continuada y sistemática para facilitar el aprendizaje. 27

16 - Usar adecuadamente las máquinas, equipos, etc., y medios con los que desarrollen su actividad. - Utilizar correctamente los equipos de protección. - Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. - Informar de inmediato de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad y la salud. - Contribuir al cumplimiento de las obligaciones que puedan establecer las autoridades competentes. - Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo. FORMA DE JUSTIFICACIÓN Las subvenciones transferidas a las entidades se justificarán fase a fase, de modo que lo no gastado en una fase será descontado para la subvención siguiente. Además, en el caso de los GASTOS de FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL Y EDUCACIÓN COMPLEMENTARIA deben justificarse por separado los correspondientes a los Módulos A y B. No es posible transferir cuantías de un módulo a otro EL EQUIPO DE TRABAJO: COMPOSICIÓN SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN. COMPOSICIÓN Sea el proyecto del tipo que sea, la composición típica del equipo de trabajo contará con un Director, varios Docentes (monitores de cada taller), y el Personal Técnico adecuado a las necesidades previstas (profesor de apoyo, administrativo, coordinador de obras, técnico de prevención de riesgos laborales, técnico de inserción socio-laboral, coordinador de estudios...). Esto generalmente puede depender de la subvención concedida y de la disposición de la Entidad Promotora que los contrata y participa en la definición de puestos de trabajo 5 DIRECTOR/ A Será la persona encargada de canalizar y ejecutar las indicaciones e intenciones de la entidad promotora aprobadas en el proyecto de ET/CO/TE. Gestiona los recursos humanos y materiales, para conseguir los objetivos de la ET/CO/TE. Sus funciones serán: 1. Elaboración, organización y seguimiento del plan llevando a cabo la coordinación entre la obra o servicio y el programa formativo. 5 López Domínguez Víctor M.. Jimeno Cascón Jose Ramón : Guía Práctica para el Formador de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo Ed. Diputación de Salamanca Cuando las Entidades promotoras sean organismos públicos, se considerarán documentos justificativos de los pagos efectuados las certificaciones expedidas al efecto por los órganos competentes en las que consten detallados los pagos correspondientes a cada una de las partidas subvencionadas, según Anexo II. Igualmente se deberá aportar relación de justificantes de gastos y pagos realizados con cargo al módulo B, según Anexo III. En cualquier caso, los documentos justificativos individualizados deberán quedar disponibles para las actuaciones de comprobación y control establecidos en el artículo 38.5 letra e) de la Orden EYE/749/2004 de 10 de mayo. Si las Entidades Promotoras son asociaciones, fundaciones y entidades sin fines de lucro, presentarán documentos justificativos individualizados de los pagos efectuados y relacionados según el Anexo III. Las facturas incluidas en los GASTOS de FUNCIONAMIENTO deben reunir todas las formalidades legales y estar incluidas correctamente en cada fase. (Según R.D. 1004/96 DE 2003, que regula el reglamento de necesidades de facturación).además deberán acompañar la correspondiente DILIGENCIA ACREDITATIVA de gastos subvencionado por la Junta de Castilla y León en el programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo. - Nº factura. - Identificación del emisor (nombre CIF o NIF...) - Identificación de la entidad promotora y de la ETCOTE (nombre y NIF). - Fecha. - Cantidad, conceptos, precios unitario e importe total. 15

17 - Tipo de IVA. - Forma de pago (Recibí en caso de efectivo o cheque, o documentos justificativos del pago en otros). En el caso de ALQUILERES, además de la Factura se acompañará el correspondiente CONTRATO La justificación de las horas realizadas deberá efectuarse mediante una relación de los participantes en el período que se justifica, con expresión de sus fechas de alta y baja, junto con las copias de los contratos de trabajo, prórrogas y partes de alta y/o baja, según proceda. Para la justificación de los costes salariales de los participantes, se efectuarán en función de los contratos efectivamente formalizados y por la duración correspondiente en cada fase, para lo que será necesario aportar la documentación indicada en el párrafo anterior. La justificación del pago de las becas a los alumnos de las Escuelas Taller y Casas de Oficios, se realizará al término de la primera fase, mediante documentación acreditativa de las asistencias de los alumnos y de las faltas debidamente justificadas, así como de la justificación de los pagos efectivamente realizados. La posible amortización debe ajustarse a las tablas anuales de coeficientes de amortización de la Agencia Tributaria. O.M. ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE de 20 de Mayo). Las entidades promotoras deben completar la financiación del Servicio Público de Empleo, en cuanto a los materiales necesarios para el desarrollo del proyecto, así como aquellos otros necesarios que aún no teniendo vinculación directa con el proceso formativo, sirvan para atender las partidas que no cubre suficientemente la subvención del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. La no aportación de estos elementos necesarios supone no cumplir con los compromisos adquiridos en la aprobación del Proyecto y en su puesta en marcha, perjudicando el normal desarrollo de objetivos y proceso formativo de alumnos lo que dará lugar, en su caso, a la adopción de medidas oportunas, en defensa de los fines del Programa. 16 REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva del consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre maquinas. B.O.E. núm 297 de 11 de diciembre De un modo resumido, recogemos los derechos y obligaciones de los trabajadores que imponen, paralelamente, obligaciones de estricto cumplimiento a las Entidades Promotoras. A) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES: - Derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene en el trabajo. - Derecho a la información, consulta y participación, a través de los representantes colectivos o unitarios de los trabajadores, con independencia que la empresa deberá informar directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo y a las medidas de prevención y protección frente a tales riesgos. - Derecho a que se les facilite los equipos de protección individual. - Derecho a recibir la formación teórica y práctica adecuada en materia preventiva. - Derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud, sin que pueda sufrir perjuicio alguno por ello. - Derecho a protección específica de determinados trabajadores. - Derecho a la protección de la maternidad, que incluye un derecho laboral de permiso retribuido para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación del parto que deban realizarse dentro de la jornada laboral. - Derecho de protección especial de los menores. - Derecho a la protección específica de los trabajadores temporales B) OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES: El Estatuto de los Trabajadores determina que el trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Ha de entenderse que quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. En particular, los trabajadores están obligados a: 25

18 3. Reviste especial gravedad la ejecución de cualquier trabajo de interés no público dentro de las actividades de las Escuelas Taller / Casas de Oficios o la cesión de alumnos-trabajadores a cualquier tipo de empresa PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. La prevención de los riesgos laborales se configura como una actuación a desarrollar en el seno de la empresa. Ello requiere un análisis previo de las condiciones de los puestos de trabajo para identificar y evitar los riesgos y evaluar aquellos que puedan evitarse. La Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, da cumplimiento al mandato del Art de la Constitución Española. Dicha Ley es desarrollada por el Reglamento de Servicios de Prevención, aprobado por R.D. 39/1997, de 18 de Enero. A través de ello se diseña el cuerpo básico de garantías y responsabilidades precisas para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. REFERENCIAS LEGISLATIVAS: LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. (Corrección de errores BOE 228 de 22 de septiembre de 2000) REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores 24 CANTIDADES NO JUSTIFICADAS AL FINALIZAR EL PROYECTO. LIQUIDACIÓN DEL EXPEDIENTE. Dentro del mes siguiente a la finalización del proyecto, la entidad promotora remitirá a la Gerencia Provincial en los modelos que al efecto se establezcan por el Servicio Público de Empleo, la siguiente documentación: Justificación de los gastos realizados con cargo a la subvención correspondiente a la última fase. Relación de los pagos efectuados y, sus correspondientes justificantes (si procede). Acta de liquidación con certificación de haber sido contabilizados los ingresos y gastos correspondientes y destinados a la finalidad para la que fue concedida la subvención y cuadro resumen de justificación de costes de todas las fases del proyecto. (Este Acta lleva incluida una DILIGENCIA DE DISCONFORMIDAD en la cual se indica que transcurridos tres meses desde que finalizó en el proyecto y no habiéndose alcanzado la conformidad, la Gerencia Provincial da traslado del anexo, iniciando el correspondiente procedimiento de reintegro. En la misma se especifican las causas de disconformidad ) Justificante, en su caso del ingreso en la cuenta del Servicio Público de Empleo, de las cantidades no gastadas. Una vez verificada la justificación presentada, y en el caso de acuerdo, la Gerencia Provincial dará su conformidad a los documentos antes señalados, al mismo tiempo que procede al abono de la liquidación de la subvención si procede. En el caso de existir saldo positivo a favor del Servicio Público de Empleo, la Gerencia Provincial enviará a la Entidad Promotora junto con un ejemplar del Acta de Liquidación, una Carta de Pago por la cantidad a devolver y que deberá ser ingresada en el número de cuenta bancaria que se indica, en el plazo de un mes. De no haber sido ingresado en el plazo indicado, la Gerencia Provincial iniciará el procedimiento establecido para el reintegro de las cantidades no justificadas. 17

19 7.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS. SEGUIMIENTO Y CONTROL Las Gerencias Provinciales son los órganos encargados de realizar las tareas de supervisión, coordinación, asistencia técnica, seguimiento y control de los proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo, y Talleres de Empleo, así como de las subvenciones concedidas Es conveniente destacar las principales obligaciones que las entidades adquieren al recibir subvenciones públicas, recogidas en el Art. 38 de la Orden EYE 749/2004 de 10 de mayo y cuyo incumplimiento total o parcial originará, a la vista de la naturaleza y causas del incumplimiento y teniendo en cuenta su incidencia en la formación y cualificación profesional de los participantes, el reintegro total o parcial de las cantidades que se recibiesen junto con los intereses de demora, en las condiciones y de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en sus normas de desarrollo LOS BENEFICIARIOS DE ESTAS SUBVENCIONES ESTÁN OBLIGADOS A: a) Realizar la actividad para la que se conceda la subvención. b) Acondicionar y dotar las instalaciones de forma que reúnan las condiciones mínimas de seguridad que permitan el normal desarrollo de las actividades formativas desde el inicio de la actividad del proyecto. c) Formar a los participantes en los aspectos teóricos y prácticos de las actividades profesionales u oficios objeto del programa, así como contratarles durante la etapa de formación en alternancia señalada en el artículo 10. d) Acreditar ante el Servicio Público de Empleo la realización de la actividad y el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención, aportando la documentación que les sea requerida con el fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de dicha concesión. e) Someterse a las actuaciones de comprobación efectuadas por el Servicio Público de Empleo, a las de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, a las previstas en la Ley 2/2002,de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León y a las que puedan corresponder, en su caso, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas de la Unión Europea EJECUCIÓN DE OBJETIVOS PREVISTOS EN EL PROYECTO APROBADO. Toda la actividad de una Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, debe ceñirse a los contenidos y actuaciones recogidos en la memoria del Proyecto aprobado. Cualquier modificación que implique un cambio de titularidad de la entidad promotora, de objeto de actuación o de especialidades del proyecto formativo será considerada como esencial y deberá ser solicitada siguiendo el procedimiento realizado para la solicitud original. Las Gerencias Provinciales remitirán las solicitudes, cuando el informe técnico sea favorable, a la Gerencia del Servicio Público de Empleo para que por parte de ésta se dictamine sobre la procedencia de la modificación pretendida. Su autorización le corresponderá al Gerente Provincial por delegación del Gerente del Servicio Público de Empleo. Estos cambios deberán responder a causas excepcionales debidamente justificadas que así lo exijan. Las solicitudes de modificaciones no esenciales no precisarán del dictamen de procedencia de la Gerencia del Servicio Público de Empleo. De la resolución que se dicte, se remitirá copia al Servicio de Programas de Formación e Inserción Profesional. Presenta todo esto especial interés en aquellos Proyectos en los que existen distintas dificultades para conseguir los permisos y autorizaciones definitivas, repercutiendo negativamente en el desarrollo del Programa. En estos casos debe anticiparse la solución de las dificultades o proponer oportunamente otras alternativas de manera que el proceso formativo del alumno no quede afectado por la inadecuada previsión. 1. Las actuaciones fuera de Proyecto pueden dar lugar a importantes descuentos de las subvenciones así como a responsabilidades de otro tipo. 2. Cuiden especialmente que los alumnos y participantes del Programa NO SE DEDIQUEN a labores de peonaje o para suplir cualquier tipo de trabajo propio de la entidad promotora. 23

20 9.- IMPARTICIÓN DE LA TOTALIDAD DEL PROGRAMA FORMATIVO. En lo relativo a la Formación Profesional Ocupacional teórico-práctica, el Plan Formativo debe adecuarse en la medida de lo posible y en función del oficio o puesto a desempeñar, a los contenidos mínimos establecidos en los REALES DECRETOS REGULADORES DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD (R.D. 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad) Debe establecerse la necesaria correspondencia entre el Plan Formativo de cada especialidad y las distintas unidades de obra y servicios, desarrollándose coherentemente los itinerarios formativos. Teniendo en cuenta que la formación abarca, en todas las fases, a la totalidad de la jornada, en sus vertientes teórica, teórica-práctica o en alternancia, y que, es en función del nº de horas, como se determina la subvención para los costes de formación profesional ocupacional y educación complementaria. Así pues deben cumplirse la totalidad de horas aprobadas en la memoria-proyecto. En otro caso, se podría producir una disminución proporcional de la subvención, sobre la parte de jornada no realizada. La realización de menor jornada dará lugar a la reducción proporcional de las subvenciones concedidas, ya que estas se fijan por HORA/ALUMNO. La Entidad Promotora adquiere la obligación de formar de manera completa a los alumnos participantes en todos aquellos conocimientos necesarios para el desempeño adecuado del puesto de trabajo, en los aspectos teóricos, prácticos y en alternancia con el trabajo. f) Comunicar al Servicio Público de Empleo la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público nacional o internacional, en el momento de presentar la solicitud y con carácter previo a los pagos. g) Identificar convenientemente a los efectos de difusión pública, las actividades y las obras y servicios que se realicen, teniendo en cuenta que las actividades de publicidad y divulgación del proyecto se adecuarán a la normativa correspondiente. h) Satisfacer, a su vencimiento, las obligaciones económicas que se deriven del funcionamiento del proyecto subvencionado, especialmente las becas y las de carácter salarial, con independencia de que se percibiese con anterioridad la subvención concedida. i) Cumplir las demás que se deriven de la normativa aplicable a las subvenciones previstas en esta Orden. El personal integrante del Programa depende, a todos los efectos, de la Entidad Promotora del Proyecto, la cual debe velar por el estricto cumplimiento del mismo, en especial: - Cumplimiento jornada de trabajo. (TOTAL HORAS PREVISTAS Y APROBADAS). - Cumplimiento Calendario Laboral. - VACACIONES reglamentarias. - Permisos, Licencias. Para ello, debe producirse una supervisión continua del conjunto de actividades del Programa, planificación, organización, desarrollo..., existiendo constante comunicación con todo el personal interviniente y adoptando, en su caso, oportunas medidas correctoras. Las actividades de Planificación, organización y constante evaluación permiten controlar el desarrollo del Programa y mejorar los resultados, evitando efectos negativos derivados de la improvisación o de descontrol, garantizando el cumplimiento de objetivos. 1. La falta de este rigor necesario puede conllevar importantes repercusiones en relación a las subvenciones del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD

Más detalles

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud?

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud? IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Presentación solicitud de cobro Cuando?. Una vez realizada la inversión/gasto o finalizado el periodo de vigencia del proyecto, en el plazo de justificación

Más detalles

CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL

CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL Madrid, a 14 de enero de 2015 Introducción La Fundación Inocente, Inocente,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 225 Jueves 17 de septiembre de 2009 Sec. I. Pág. 77569 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 14719 Real Decreto 1374/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con: LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de

Más detalles

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO BASES CONVOCATORIAS 2010 PARA ENTIDADES SOCIALES FOMENTO DEL VOLUNTARIADO El voluntariado social constituye una expresión de la solidaridad ciudadana con las personas de nuestra sociedad que sufren necesidades.

Más detalles

TALLERES DE EMPLEO NUEVOS EMPRENDEDORES II 30 alumnos y alumnas trabajadores

TALLERES DE EMPLEO NUEVOS EMPRENDEDORES II 30 alumnos y alumnas trabajadores Nuevo programa de formación y empleo de Talleres de Empleo. Fecha prevista de inicio: 1 de mayo de 2014 TALLERES DE EMPLEO NUEVOS EMPRENDEDORES II 30 alumnos y alumnas trabajadores El programa Talleres

Más detalles

FORMACIÓN Y EMPLEO. En Extremadura, la oferta de esta modalidad de formación se recoge en varios programas, que describimos a continuación:

FORMACIÓN Y EMPLEO. En Extremadura, la oferta de esta modalidad de formación se recoge en varios programas, que describimos a continuación: FORMACIÓN Y EMPLEO Cada día cobran más importancia los programas de formación que combinan prácticas en empresas con la impartición de contenidos teóricos en centros educativos. En Extremadura, la oferta

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

CONTRATO PROGRAMA F110387AA

CONTRATO PROGRAMA F110387AA a s e n d i s CONTRATO PROGRAMA F110387AA MANUAL DE INSTRUCCIONES LAS NORMAS CONTENIDAS EN ESTE DOCUMENTO SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA TODAS LAS ENTIDADES ASOCIADAS 1 ACTUACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE

Más detalles

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Tiene por objeto la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un nivel de cualificación

Más detalles

Y por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS

Y por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA ENTIDAD PROMOTORA CAMPO NOMBRE ENTIDAD PROMOTORA, A LOS EFECTOS DE LA CONVOCATORIA 2010 DE INFRAESTRUCTURAS CIENTIFICO- TECNOLÓGICAS,

Más detalles

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la

Más detalles

CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS ASISTENCIALES RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL

CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS ASISTENCIALES RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS ASISTENCIALES RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL Madrid, a 14 de enero de 2015 Introducción La Fundación Inocente, Inocente, es

Más detalles

Bases de la convocatoria VIII CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS SOCIALES

Bases de la convocatoria VIII CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS SOCIALES Bases de la convocatoria VIII CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS SOCIALES Quién puede presentar proyectos Puede presentar su proyecto solidario, cualquier empleado o grupo de empleados que: Pertenezca

Más detalles

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones: INSTRUCCIONES de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente para el desarrollo del Programa de Formación en centros de trabajo durante el curso 2007-2008 La Orden de la Consejería

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO

Más detalles

FORMACIÓN NO REGLADA.

FORMACIÓN NO REGLADA. FORMACIÓN NO REGLADA. La Formación no reglada incluye cursos y programas complementarios de la educación reglada destinados principalmente a la capacitación profesional y a posibilitar la inserción laboral

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.

Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación. Formación Formación Profesional Dual y el aprendizaje_ Ventajas para la empresa y el trabajador Esta modalidad contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y

Más detalles

ACUERDO. Primero.- Objeto.

ACUERDO. Primero.- Objeto. ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2003, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE 28 DE ENERO DE 2003, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS EXPEDIENTES

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,

Más detalles

CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS

CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS 2 / 2001 TP Asunto: CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS Area de aplicación: Centros Penitenciarios Descriptores: Inserción laboral de los reclusos 1.-

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 155 Jueves 30 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 69436 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 11215 Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2012 ANEXO III

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2012 ANEXO III CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2012 ANEXO III Instrucción sobre justificación del gasto de los proyectos subvencionados a organizaciones

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación La disposición final segunda del Real Decreto 488/1998

Más detalles

SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES LA ACREDITACIÓN DE LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES LA ACREDITACIÓN DE LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón tiene entre sus objetivos la función de establecer, en colaboración

Más detalles

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece

Más detalles

-ANEXO I- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN DE DURACIÓN DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN CASTILLA-LA MANCHA

-ANEXO I- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN DE DURACIÓN DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN CASTILLA-LA MANCHA Nº Procedimiento UNIÓN EUROPEA 030535 Código SIACI SK2V -ANEXO I- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN DE DURACIÓN DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN CASTILLA-LA MANCHA DATOS DE LA PERSONA

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS

SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS a. SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO Su finalidad es financiar parcialmente proyectos promovidos por personas desempleadas (inscritas

Más detalles

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE OBRAS SOLICITUD SUBVENCIONADAS INSTANCIA INDIVIDUAL GENERAL Espacio reservado para el Registro de entrada ÁREAS DE REHABILITACIÓN: Página 1 de 2 A CUMPLIMENTAR POR EL PERSONAL

Más detalles

CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 114 INTRODUCCIÓN La Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional recoge entre sus novedades la creación de Centros Integrados de Formación

Más detalles

En consecuencia, resuelvo:

En consecuencia, resuelvo: Resolución de 9 de junio de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se programan y ofertan cursos de preparación de las pruebas de acceso a las enseñanzas de formación profesional

Más detalles

Programaili. Convocatoria de ayudas a Pymes. Iniciación a Licitaciones Internacionales 2007-2013 JD210109. JD210109 Convocatoria de ayuda a Pymes 1

Programaili. Convocatoria de ayudas a Pymes. Iniciación a Licitaciones Internacionales 2007-2013 JD210109. JD210109 Convocatoria de ayuda a Pymes 1 Programaili Iniciación a Licitaciones Internacionales 2007-2013 Convocatoria de ayudas a Pymes JD210109 JD210109 Convocatoria de ayuda a Pymes 1 Convocatoria de ayudas a Pymes de la provincia de Cáceres

Más detalles

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN HOMOGENEIZACIÓN DE CRITERIOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE LAS AGENCIAS DE COLOCACIÓN QUE REALICEN ACTIVIDADES DE INTERMEDIACIÓN LABORAL REGULADAS EN EL REAL DECRETO 1796/2010, DE 30 DE DICIEMBRE. Servicio Público

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL EN PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, CURSO 2013/2014

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL EN PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, CURSO 2013/2014 CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL EN PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, CURSO 2013/2014 La Universidad de Sevilla, a través de la, abre un año más la Convocatoria de Ayudas

Más detalles

Anexo 2. Instrucciones de justificación para los proyectos de la Cátedra Real Madrid-UEM

Anexo 2. Instrucciones de justificación para los proyectos de la Cátedra Real Madrid-UEM Anexo 2. Instrucciones de justificación para los proyectos de la Cátedra Real Madrid-UEM 0. CUESTIONES BÁSICAS Cuándo tendrá que justificar el proyecto la institución beneficiaria? Dos justificaciones:

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES ILMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA PROVINCIA DE CÁCERES ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art.1.- La presente Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar

Más detalles

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013

CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013 CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013 1. Objeto de la convocatoria FUNDACIÓN MAPFRE, de acuerdo con su objetivo de contribuir al desarrollo y

Más detalles

Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013

Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 La Diputación de Pontevedra ha previsto poner en marcha un

Más detalles

Guía para entender la formación bonificada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE)

Guía para entender la formación bonificada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) Guía para entender la formación bonificada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) 1. Qué es la Formación Bonificada? La formación ayuda a las empresas a incrementar su competitividad

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES> FORMACIÓN SUBVENCIONADA>

PREGUNTAS FRECUENTES> FORMACIÓN SUBVENCIONADA> PREGUNTAS FRECUENTES> FORMACIÓN SUBVENCIONADA> PLANES DE FORMACIÓN 2014 1. Aplicación 2. Plazos de ejecución del plan de formación. 3. Comunicaciones al Servicio Público de Empleo Estatal. 4. Ejecución

Más detalles

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013)

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013) PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ADAPTACIONES EN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE CASTILLA Y LEÓN PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO

Más detalles

Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible.

Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible. Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible. 1. CONTEXTO La Cámara de Comercio de España, junto con la Cámara de Comercio de Alicante,

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL

Más detalles

BASES IX PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE NUEVA CREACION DENTRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE PINOSO 2013.-

BASES IX PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE NUEVA CREACION DENTRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE PINOSO 2013.- BASES IX PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE NUEVA CREACION DENTRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE PINOSO 2013.- OBJETO Y FINALIDAD: La Concejalía de Empleo y Desarrollo Local a través de la Agencia de Desarrollo

Más detalles

COMPENSACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRENDEDORES QUE CREEN EMPLEO O PRORROGUEN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS YA EXISTENTES.

COMPENSACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRENDEDORES QUE CREEN EMPLEO O PRORROGUEN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS YA EXISTENTES. COMPENSACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRENDEDORES QUE CREEN EMPLEO O PRORROGUEN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS YA EXISTENTES. 1 Hoy os comentamos la subvención publicada en el BOCM el día 13 de

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS 1. Financiación 2. Empresas

Más detalles

ESTRATEGIA DE EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO JÓVEN 2013/2016

ESTRATEGIA DE EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO JÓVEN 2013/2016 ESTRATEGIA DE EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO JÓVEN 2013/2016 PLAN DE ACTUACIÓN CONFEDERACIÓN COMARCAL DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES DE LORCA 1. Introducción La Confederación Comarcal de Organizaciones Empresariales

Más detalles

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Autor: autoindustria.com Índice 0. Introducción 1. Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 1.1. Planificación

Más detalles

REUNIDOS. El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia,

REUNIDOS. El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia, CONVENIO CON ASOCIACIÓN AUTISMO PALENCIA PARA LA COFINACIACIÓN DE UN SERVICIO ESPECIALIZADO DE DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y ATENCIÓN A LAS FAMILIAS. AÑO 2015 DE UNA PARTE Y DE OTRA REUNIDOS Palencia, a de

Más detalles

FORMACIÓN DE DEMANDA. Sistema de Bonificación

FORMACIÓN DE DEMANDA. Sistema de Bonificación FORMACIÓN DE DEMANDA Sistema de Bonificación Qué es la formación de demanda? 1 Son las acciones de formación que las empresas planifican y gestionan para sus trabajadores. 2 Utilizan para su financiación

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo

Más detalles

MODELO NORMALIZADO DE CUENTA JUSTIFICATIVA PARA AYUDAS OTORGADAS CON CARGO AL PROGRAMA INNOEMPRESA PROYECTOS PRESENTADOS POR PYME

MODELO NORMALIZADO DE CUENTA JUSTIFICATIVA PARA AYUDAS OTORGADAS CON CARGO AL PROGRAMA INNOEMPRESA PROYECTOS PRESENTADOS POR PYME MODELO NORMALIZADO DE CUENTA JUSTIFICATIVA PARA AYUDAS OTORGADAS CON CARGO AL PROGRAMA INNOEMPRESA PROYECTOS PRESENTADOS POR PYME GASTOS SUBVENCIONADOS Inversiones materiales o inmateriales. Las inversiones

Más detalles

Medidas de creación de empleo, fomento del emprendimiento y economía social

Medidas de creación de empleo, fomento del emprendimiento y economía social Medidas de creación de empleo, fomento del emprendimiento y economía social Con el Decreto-ley 8/2013, de 28 de mayo, se ponen en marcha herramientas para los jóvenes, los emprendedores y la economía social.

Más detalles

Tomás Sala Franco Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Director de Formación Abdón Pedrajas Abogados y Asesores Tributarios

Tomás Sala Franco Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Director de Formación Abdón Pedrajas Abogados y Asesores Tributarios LA INSERCIÓN SOCIOLABORAL PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO (Comentario de urgencia al R.D. 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa correspondiente (BOE nº 297, de 10/12/2008)

Más detalles

ACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO A LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DE MURCIA EL COBIJO Cañada Hermosa

ACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO A LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DE MURCIA EL COBIJO Cañada Hermosa IDENT: VOL. Nº: www.elcobijo.net protectora@elcobijo.net C.I.F: G-30148472 Paraje de los carotas, 173, Cañada Hermosa, 30837, Murcia. Cajamar 3058 0327 17 2720013313 ACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO

Más detalles

Bases de la convocatoria Zinc Shower 2015

Bases de la convocatoria Zinc Shower 2015 Bases de la convocatoria Zinc Shower 2015 INTRODUCCIÓN: El contexto económico actual requiere más que nunca fomentar y apoyar el emprendimiento en nuestra sociedad, con iniciativas que faciliten que las

Más detalles

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA.

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO OPC 086-2011 BOGOTÁ D.C., DICIEMBRE

Más detalles

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención: CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento

Más detalles

NÚMERO 170 Miércoles, 3 de septiembre de 2014

NÚMERO 170 Miércoles, 3 de septiembre de 2014 26784 ORDEN de 27 de agosto de 2014 por la que se aprueba la convocatoria de becas al alumnado participante en la etapa de prácticas profesionales no laborales del Programa de Formación Profesional Dual

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE

ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE CAPÍTULO VIII Formación Profesional Sección 1ª El sistema de formación profesional Artículo 80. Objetivos en materia de formación profesional En el ámbito de las enseñanzas de formación profesional, esta

Más detalles

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio

Más detalles

Equipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar

Más detalles

GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO

GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO GABINETE TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL SECTOR MARÍTIMO GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO Con la financiación de Acción IT-0132/2012 1 CAPITULOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 77 Martes 30 de marzo de 2010 Sec. I. Pág. 29765 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 5211 Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas

Más detalles

Coordinación de actividades empresariales

Coordinación de actividades empresariales Coordinación de actividades empresariales Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social 2013 Sumario 1. Introducción 3 Qué es? Objetivo Tipos de empresarios 2. Supuestos de concurrencia

Más detalles

Formación para el empleo

Formación para el empleo Formación para el empleo Certificados de Profesionalidad Unidad de Promoción y Desarrollo 1 QUÉ ES UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD? Los certificados de profesionalidad regulados por el Real Decreto 34/2008,

Más detalles

D 15/02. Dictamen sobre el Plan de Formación Profesional de Castilla y León. Fecha de aprobación: Pleno 31/10/02

D 15/02. Dictamen sobre el Plan de Formación Profesional de Castilla y León. Fecha de aprobación: Pleno 31/10/02 D 15/02 Dictamen sobre el Plan de Formación Profesional de Castilla y León Fecha de aprobación: Pleno 31/10/02 1 Dictamen 15/02 sobre el Plan de Formación Profesional en Castilla y León Se solicitó dictamen

Más detalles

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA.

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA. CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA. El Centro de Yoga Sivananda mantendrá, a través de este enlace, la información actualizada de los trámites que la Administración Española lleve a cabo,

Más detalles

Incentivos a la contratación de personas con discapacidad intelectual

Incentivos a la contratación de personas con discapacidad intelectual Incentivos a la contratación de personas con discapacidad intelectual Tipos de contrato Incentivos Otras características CONTRATO INDEFINIDO Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo

Más detalles

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL Índice 1. Objeto 2. Alcance 3. Referencias/Normativa 4. Definiciones 5. Desarrollo de los procesos 6. Seguimiento y Medición 7. Archivo 8. Responsabilidades 9. Flujograma ANEXOS: No proceden Edición Fecha

Más detalles

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente: ANEXO Nº 3: PROTOCOLO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE DEFENSA EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. ANEXO Nº 3 1 PROTOCOLO DE COORDINACIÓN

Más detalles

Técnico en Gestión Administrativa (Temario Adaptado a Pruebas Libres de F.P. Grado Medio)

Técnico en Gestión Administrativa (Temario Adaptado a Pruebas Libres de F.P. Grado Medio) 1 2 Introducción Debido a la creciente necesidad de incorporación laboral en el ámbito administrativo, se ha desarrollado el presente curso preparatorio, que pretende desarrollar unos conocimientos teórico

Más detalles

Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento

Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento 4 de octubre de 2012 Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento El proyecto del programa CONSOLIDER INGENIO 2010 convoca acciones de apoyo para el desarrollo de proyectos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. martes 15 de mayo de 2012 SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A.

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. martes 15 de mayo de 2012 SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A. ANUNCIOS Anuncios particulares SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A. 2155 ANUNCIO de modificación de la Convocatoria para la homologación de proveedores

Más detalles

Enfoque de la subcontratación en PRL

Enfoque de la subcontratación en PRL Enfoque de la subcontratación en PRL La subcontratación o descentralización de la actividad produc tiva es una práctica común en el ámbito empresarial La coordinación de actividades empresariales es uno

Más detalles

PRACTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS PARA JOVENES DESEMPLEADOS

PRACTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS PARA JOVENES DESEMPLEADOS PRACTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS PARA JOVENES DESEMPLEADOS En el contexto de la situación actual de crisis económica, se encuentran con una especial dificultad de inserción en el mercado laboral aquellas

Más detalles

PRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESION DE LAS AYUDAS

PRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESION DE LAS AYUDAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN MATERIA DE JUVENTUD DURANTE EL AÑO 2014 En el marco del Convenio por el que se canaliza

Más detalles

Punto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007.

Punto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007. A instancias del Sr. Presidente de la Comisión Informativa del Área de Medio Ambiente y Articulación Territorial, le doy traslado del dictamen emitido en el punto 14 del Orden del Día, en la sesión de

Más detalles

LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011)

LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) Artículo primero. Modificación de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO

APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GRUPO DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN SUBGRUPO DE OBRAS SIN PROYECTO APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO 1.- INTRODUCCIÓN En la reunión celebrada

Más detalles

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación Ref: 49/133432.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS EN PROGRAMAS AUTORIZADOS

Más detalles

LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL

LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL BASES CONVOCATORIAS 2010 PARA ENTIDADES SOCIALES LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL La lucha contra la pobreza y la exclusión social es uno de los retos de la sociedad contemporánea. Con esta

Más detalles

GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN PREVENTIVA SERVICIOS DE PREVENCIÓN Índice Introducción

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria

Más detalles

FORMACIÓN DE DEMANDA

FORMACIÓN DE DEMANDA Para cualquier información o consulta relacionada con la formación bonificada para empresas, mandar un email a: esther@centrogesfor.com ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE DEMANDA.

Más detalles