LEGAL FLASH I ÁREA MERCANTIL
|
|
- Blanca Muñoz San Martín
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 LEGAL FLASH I ÁREA MERCANTIL 15 de octubre de 2015 REFORMA DE LA NORMATIVA DE TRANSPARENCIA ÍNDICE INTRODUCCION 2 RESUMEN DE LOS ASPECTOS ESENCIALES DE LA REFORMA 2 MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN DE PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS 3 CAMBIOS REFERIDOS A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PERIÓDICA 4 DEFINICIÓN DE ESTADO MIEMBRO DE ORIGEN 4 OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS 7
2 INTRODUCCIÓN El pasado 3 de octubre se publicó el Real Decreto 878/ ( RD 878/2015 ) que desarrolla la reforma de los sistemas de post-contratación españoles y completa la incorporación de la Directiva 2013/50/UE 2 ( Directiva 2013/50/UE ) a nuestro ordenamiento jurídico que inició la disposición final primera de la Ley 11/ ( Ley 11/2015 ). En este documento exponemos la reforma de la normativa de transparencia llevada a cabo por la Ley 11/2015 y el RD 878/2015 (la Reforma ) a través de la modificación de la Ley del Mercado de Valores 4 ( LMV ) y del Real Decreto 1362/ ( RD 1362/2007 ). No hemos descrito todos los aspectos de la Reforma sino únicamente aquéllos que consideramos más relevantes para nuestra práctica. El RD 878/2015 entrará en vigor, con carácter general, el 3 de febrero de No obstante, la Reforma será aplicable, en algunos casos, desde el 4 de octubre 2015 y, en otros, desde el 27 de noviembre de 2015 tal y como detallamos a continuación. RESUMEN DE LOS ASPECTOS ESENCIALES DE LA REFORMA La Reforma introduce modificaciones importantes al régimen de comunicación de participaciones significativas ( CPS ): (a) Amplía la definición de los instrumentos financieros susceptibles de 1 Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial. 2 Directiva 2013/50/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por la que se modifican la Directiva 2004/109/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyo valores se admiten a negociación en un mercado regulado, la Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores, y la Directiva 2007/14/CE de la Comisión por la que se establecen disposiciones de aplicación de determinadas prescripciones de la Directiva 2004/109/CE Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores. Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado de la Unión Europea. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 2/5
3 comunicación. Como novedad, se deberán notificar aquellos instrumentos financieros que tengan un efecto económico similar al de la tenencia de acciones, independientemente de si se liquidan mediante entrega física de acciones o en efectivo. (c) (d) Establece un nuevo criterio para el cálculo de los umbrales de notificación de CPS. Se tendrán que agregar los derechos de voto que correspondan a la tenencia de acciones (physical position) e instrumentos financieros (derivative position). Clarifica la regla para el cálculo de los derechos de voto atribuibles a un instrumento financiero. Si se liquida por entrega, el número de derechos de voto se calculará por referencia a la cantidad teórica total de acciones subyacentes al instrumento financiero. Si se liquida únicamente en efectivo, el número de derechos de voto se calculará multiplicando el número de acciones subyacentes por la delta del instrumento (sensibilidad del precio del instrumento al precio del valor subyacente). Introduce expresamente dos excepciones a la obligación de notificar CPS para los derechos de voto mantenidos por una entidad en una cartera de negociación y los adquiridos con fines de estabilización. Estas modificaciones al régimen de CPS entrarán en vigor el 27 de noviembre de Dentro de los 15 días siguientes a esa fecha, se deberán notificar las nuevas CPS así como los cambios a las comunicaciones previas que resulten de la aplicación del nuevo régimen. Otros aspectos relevantes de la Reforma son: (a) La ampliación del plazo para difundir el primer informe semestral de 2 a 3 meses desde la finalización del semestre del ejercicio económico correspondiente. Este nuevo plazo será aplicable a los informes que se publiquen a partir del 20 de diciembre de (c) La inclusión, a partir del 4 de octubre de 2015, del informe sobre pagos con la Administración pública como parte de la información regulada que deben facilitar algunos emisores. La modificación de algunos aspectos de la definición de España como Estado miembro de origen para simplificar su determinación y dar publicidad a esta circunstancia. Estos cambios entraron en vigor el 4 de octubre de ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 3/8
4 MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN DE PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS Conforme al régimen de CPS se deberá comunicar la adquisición o pérdida de una participación significativa, o su existencia en caso de una primera admisión a negociación, cuando se alcancen, superen o reduzcan los siguientes umbrales: 3%, 5%, 10 %, 15 %, 20 %, 25 % 30 %, 35 %, 40 %, 45 %, 50 %, 60 %, 70 %, 75 %, 80 % y 90 % de los derechos de voto de una sociedad admitida a negociación en un mercado regulado de la UE. Hasta ahora, esta obligación surgía como consecuencia de la tenencia de acciones o instrumentos financieros que conferían un derecho incondicional o la facultad discrecional de adquirir acciones ya emitidas en virtud de un acuerdo vinculante. Sin embargo, la Directiva 2013/50/UE puso de manifiesto que la innovación financiera había dado lugar a la creación de nuevos tipos de instrumentos financieros que proporcionaban a los inversores una participación económica en las empresas que no se comunicaba al mercado. En el Considerando 9, la Directiva 2013/50/UE apunta que este tipo de instrumentos financieros podrían utilizarse para adquirir en secreto acciones en las sociedades, lo que podría dar lugar a un abuso de mercado y a transmitir una imagen falsa y engañosa de la titularidad económica de empresas cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado. Por ello, y con el fin de conocer la titularidad empresarial de las compañías, la Reforma amplía la definición de los instrumentos financieros 6 susceptibles de notificación e introduce la obligación de notificar aquellos instrumentos financieros que tengan un efecto económico similar al de la tenencia de acciones. Esto es, instrumentos financieros que, sin otorgar un derecho incondicional a adquirir acciones ya emitidas, tengan un efecto económico similar al estar referenciados a dichas acciones. En este sentido, resulta irrelevante si el instrumento financiero se liquida mediante entrega física de las acciones o en efectivo. Para calcular si se cumplen los umbrales de notificación de CPS se aplicarán las siguientes reglas: (a) A diferencia de lo que ocurría hasta ahora, se agregarán los derechos de 6 Conforme al art RD 1362/2007 se consideran instrumentos financieros los valores negociables, los contratos de opciones, futuras, permutas financieras (swaps), acuerdos de tipos de interés a plazo, los contratos por diferencias y cualquier otro contrato o acuerdo de efectos económicos similares que pueda liquidarse mediante entrega física de los valores subyacentes o en efectivo así como aquellos otros que pueda determinar el Ministerio de Economía y Competitividad y, con su habilitación expresa, la CNMV. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 4/8
5 voto que correspondan a la tenencia de acciones (physical position) y de instrumentos financieros (derivative position). El número de derechos de voto atribuibles a un instrumento financiero se calculará por referencia a la cantidad teórica total de acciones subyacentes al instrumento financiero. Cuando el instrumento financiero se liquide únicamente en efectivo, el número de derechos de voto se calculará multiplicando el número de acciones subyacentes por la delta del instrumento (sensibilidad del precio del instrumento al precio del valor subyacente). Para el cálculo de los derechos de voto solo se tendrán en cuenta las posiciones largas que no se podrán compensar con las posiciones cortas relacionadas con el mismo emisor subyacente. Todos estos cálculos se realizarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) 2015/ El plazo máximo general para presentar una CPS sigue siendo de cuatro días hábiles bursátiles a contar desde la fecha en que la persona conozca o debiera haber conocido la circunstancia que obliga a notificar. Se considera que la persona debería haber tenido conocimiento de la adquisición, cesión o la posibilidad de ejercer los derechos de voto dentro de los dos días hábiles bursátiles siguientes a la transacción y, como novedad, se aclara que esta circunstancia es independiente de la fecha en que surta efecto la adquisición, cesión o posibilidad de ejercicio de los derechos de voto. La Reforma señala también que los plazos de notificación de las CPS se aplican a las operaciones sobre instrumentos financieros que tengan un efecto económico similar al de la tenencia de acciones y a la obligación de notificar las posiciones agregadas de los derechos de voto por tenencia de acciones (physical position) y de instrumentos financieros (derivative position). La Reforma amplía la excepción a la obligación de notificar CPS a dos supuestos. No será necesario notificar los derechos de voto: (a) Mantenidos por una entidad en una cartera de negociación 8 siempre que no superen el 5% de los derechos de voto y estos no sean ejercidos ni utilizados de otro modo para intervenir en la gestión del emisor. Adquiridos con fines de estabilización conforme al Reglamento (CE) 7 Reglamento Delegado (UE) 2015/761 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2014, por el que se completa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas normas técnicas de regulación sobre participaciones importantes. 8 Se entiende por cartera de negociación las posiciones en instrumentos financieros y materias primas que posea una entidad, ya sea con fines de negociación o como cobertura de posiciones mantenidas con fines de negociación. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 5/8
6 2273/2003 9, siempre que los derechos de voto no sean ejercidos ni utilizados de otro modo para intervenir en la gestión del emisor. Las modificaciones al régimen de CPS entrarán en vigor el día 27 de noviembre de Aquellos que, tras la aprobación del nuevo régimen, tengan obligación de presentar una CPS (por ejemplo, al sumar sus posiciones en acciones y derivados o al aplicar la nueva definición de instrumento financiero) tendrán un plazo de 15 días, a contar desde el 27 de noviembre, para notificar a la CNMV los derechos de voto que poseen. Dentro de esos 15 días se deberán notificar también los cambios que pudieran afectar a otras comunicaciones previas de derechos de voto (incluyendo, posiciones en carteras de negociación y en operaciones de estabilización). Hasta que la CNMV no apruebe nuevos modelos se seguirán aplicando los establecidos en la Circular 2/ CAMBIOS REFERIDOS A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PERIÓDICA ( IPP ) La Reforma ha ampliado el plazo de difusión del primer informe semestral de dos a tres meses desde la finalización del semestre del ejercicio económico correspondiente. Este nuevo plazo será aplicable a los informes que se publiquen a partir del 20 de diciembre de La Reforma también ha ampliado el plazo de mantenimiento a disposición del público del informe financiero anual y los informes semestrales de cinco a diez años. El legislador ha utilizado la opción prevista en el Directiva 2013/50/UE y se ha decantado por mantener la obligación de suministrar información trimestral y el segundo informe semestral. El legislador mantiene ambos informes porque entiende que son de sencillo cumplimiento, lo suficientemente flexibles para acomodarse a las diferentes peculiaridades de cada entidad, incluyendo los pequeños y medianos emisores. DEFINICIÓN DE ESTADO MIEMBRO DE ORIGEN Se simplifica la determinación de España como Estado miembro de origen de los emisores constituidos fuera de la UE que emitan acciones o valores de deuda cuyo valor nominal unitario sea inferior a 1000 y que estén admitidos a negociación 9 Reglamento (CE) 2273/2003 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, por el que se aplica la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las exenciones para los programas de recompra y la estabilización de instrumentos financieros. 10 Circular 2/2007, de 19 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueban los modelos de notificación de participaciones significativas, de consejeros y directivos, de operaciones del emisor sobre sus propias acciones y otros modelos. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 6/8
7 en un mercado secundario oficial. El emisor deberá manifestar inicialmente su elección, que se mantendrá vigente mientras no elija otro Estado miembro de origen debido a que los valores dejen de cotizar en un mercado secundario oficial. Con el fin de evitar que un emisor pudiera no estar supervisado, España será considerada automáticamente como Estado miembro de origen si, en los tres meses posteriores a la admisión a negociación en un mercado secundario oficial, el emisor no hubiese comunicado la elección de su Estado miembro de origen. Si los valores hubiesen sido admitidos a negociación en mercados regulados de distintos Estados miembros, España será uno de los Estados miembro de origen hasta que el emisor elija y comunique un único Estado miembro. Para garantizar que se conoce que España es el Estado miembro de origen de un emisor, este deberá comunicar esta circunstancia a la CNMV, las autoridades competentes de los Estados miembros de acogida y, cuando proceda, a la autoridad del Estado miembro donde esté domiciliado. OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS (a) (c) Con objeto de aumentar la transparencia de los pagos realizados a las administraciones públicas se incluye, a partir del 4 de octubre, como parte de la información regulada que algunos emisores deben facilitar, el informe sobre pagos al que se refiere la disposición adicional décima de la Ley de Auditoría de Cuentas 11. Se ha incorporado la definición de emisor que figura en la Directiva 2013/50/UE que incluye, entre otros, a las personas físicas. Sin embargo, se advierte que dicha definición no supone una modificación de la normativa de admisión a negociación. Una persona física no será considerada como emisor a efectos de la normativa de admisión a negociación. En relación con los emisores domiciliados fuera de la UE, se prevé la posibilidad de que la CNMV pueda eximirles de las obligaciones de información periódica siempre que la legislación del Estado donde estén domiciliados les impongan requisitos equivalentes. Como novedad, se señala expresamente que, a partir del 4 de octubre, dicha información estará sometida al control y registro de la CNMV y que estará sujeta a las normas sobre publicación, difusión e idioma previstas en el RD 1362/ Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 7/8
8 2015 CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA. Todos los derechos reservados. El presente documento es una recopilación de información jurídica elaborado por CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA cuya finalidad es estrictamente divulgativa. En consecuencia, la información y comentarios que se incluyen en el mismo no constituyen asesoramiento jurídico alguno. La información contenida en el presente documento no puede ser objeto de difusión a terceros, ya sea en su totalidad, ya sea en forma extractada, sin la previa autorización expresa de CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA. Todo ello a efectos de evitar la incorrecta o desleal utilización de la información que el mismo contiene. ASAS.COM LEGAL FLASH I ÁREA MERC ANTI L 8/8
LEGAL FLASH I ÁREA PÚBLICO
LEGAL FLASH I ÁREA PÚBLICO Septiembre de 2014 REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Más detallesCircular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES
Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión
Más detallesMODIFICACIONES EN LA NORMATIVA SOBRE FOLLETOS Y REQUISITOS DE TRANSPARENCIA DE EMISORES DE VALORES
1-2013 Enero, 2013 MODIFICACIONES EN LA NORMATIVA SOBRE FOLLETOS Y REQUISITOS DE TRANSPARENCIA DE EMISORES DE VALORES Como consecuencia de la transposición a nuestro ordenamiento de lo previsto en la Directiva
Más detallesLEGAL FLASH I SEGUROS Y PREVISIÓN SOCIAL
Marzo de 2016 DIRECTIVA (UE) 2016/97 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 20 DE ENERO DE 2016, SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 RESUMEN DE LOS ASPECTOS MÁS NOVEDOSOS DE LA DIRECTIVA
Más detallesTasas aplicables por las actividades y servicios de la CNMV
Tasas aplicables por las actividades y servicios de la Sección 1ª. Examen de verificación del cumplimiento de los requisitos para la admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales,
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
CIRCULAR 1/2014 CIRCULAR DE MIEMBROS DEL MERCADO DE VALORES LATINOAMERICANOS. La reciente aceptación de la categoría de miembro negociador no liquidador en las Bolsas de Valores españolas hace conveniente
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
CIRCULAR 9 /2010 INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EMPRESAS EN EXPANSIÓN INCORPORADAS A NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL El Reglamento del Mercado Alternativo Bursátil (en adelante, el Mercado
Más detallesNUEVO RÉGIMEN DE ABUSO DE MERCADO
NUEVO RÉGIMEN DE ABUSO DE MERCADO 14 de junio de 2016 El próximo 3 de julio será de aplicación la reforma de abuso de mercado que introduce importantes novedades para los actores del mercado español. En
Más detallesEL REGIMEN ESPECIAL DE GRUPO DE ENTIDADES EN EL IVA. Breve esquema de funcionamiento
EL REGIMEN ESPECIAL DE GRUPO DE ENTIDADES EN EL IVA Breve esquema de funcionamiento 10/10/2014 Concepto y finalidad El régimen especial (REGE) persigue una doble finalidad. a).- Evitar la existencia de
Más detallesMANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS
MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS Mar Barrero Muñoz es licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense y máster en Información Económica. Redactora del semanario
Más detallesCAPITULO 1 EL MERCADO DE PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE RENTA VARIABLE
CAPITULO 1 EL MERCADO DE PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE RENTA VARIABLE ARTICULO 1: GENERAL 1.1. El presente Reglamento regula la composición, funcionamiento, operaciones y reglas de actuación del Mercado
Más detallesCONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.
CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión
Más detallesConsultas sobre la Circular 7/2011sobre el Folleto Informativo de Tarifas
Consultas sobre la Circular 7/2011sobre el Folleto Informativo de Tarifas DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE ENTIDADES 19 de julio de 2012 El objeto de este documento es recopilar las respuestas
Más detalles(iii) El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 45.
Julián Martínez-Simancas Secretario general y del Consejo de Administración Bilbao, 28 de noviembre de 2014 A la Comisión Nacional del Mercado de Valores Asunto: Complemento al documento informativo relativo
Más detallesA LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA), de conformidad con lo establecido en la legislación del Mercado de Valores, comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE
Más detallesAdjunto se remite a las Delegaciones el documento C(2016) 7147 final/2 de
Consejo de la Unión Europea Bruselas, 3 de febrero de 2017 (OR. en) 14410/16 COR 1 EF 339 ECOFIN 1042 DELACT 233 NOTA DE TRANSMISIÓN De: Fecha de recepción: 3 de febrero de 2017 secretario general de la
Más detallesDISPOSICIONES ADICIONALES
Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.
Más detalles(iii) El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 36.
Julián Martínez-Simancas Secretario general y del Consejo de Administración Bilbao, 9 de enero de 2014 A la Comisión Nacional del Mercado de Valores Asunto: Complemento al documento informativo relativo
Más detallesLEGAL FLASH I PÚBLICO
LEGAL FLASH I PÚBLICO Octubre de 2015 LEY 28/2015, DE 30 DE JULIO, PARA LA DEFENSA DE LA CALIDAD ALIMENTARIA (BOE 31 DE JULIO) Esta Ley, que entró en vigor el día siguiente al de su publicación (1 de agosto)
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
CIRCULAR 7/2016 INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EMPRESAS EN EXPANSIÓN Y SOCIMI INCORPORADAS A NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL El Reglamento del Mercado Alternativo Bursátil (en adelante, el
Más detalles1.- A quien va dirigido (potenciales interesados):
Consulta pública de ESMA sobre el desarrollo del Reglamento de Abuso de Mercado (MAR) estructurada en dos documentos: 1) consulta sobre los proyectos de Normas Técnicas de Regulación sobre ciertos aspectos
Más detallesLEY 31/2011, DE 4 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 35/2003, DE 4 DE NOVIEMBRE, DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.
LEY 31/2011, DE 4 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 35/2003, DE 4 DE NOVIEMBRE, DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. (B.O.E. de 5 de octubre) PREÁMBULO I La Directiva 2009/65/CE del Parlamento
Más detallesLEGAL FLASH I ENERGÍA
LEGAL FLASH I ENERGÍA Junio de 2013 NUEVO SISTEMA DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LAS TOMAS DE PARTICIPACIONES ACCIONARIALES O DE ADQUISIÓN DE ACTIVOS QUE AFECTEN A LOS SECTORES ENERGÉTICO ÍNDICE LA LEY 3/2013,
Más detallesMANUAL 1 DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO. Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
MANUAL 1 DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores 1 Este Manual fue aprobado en sesión de Directorio celebrada el 26 de mayo de 2008. Adaptaciones
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO MERCANTIL
NOTA MONOGRÁFICA I GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO MERCANTIL Enero de 2013 MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE OPV/OPS, FOLLETOS Y TRANSPARENCIA INTRODUCCIÓN 2 MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE EMISIONES Y ADMISIONES 3 CAMBIOS
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL
Octubre de 2012 REAL DECRETO 1484/2012, DE 29 DE OCTUBRE, SOBRE LAS APORTACIONES ECONÓMICAS A REALIZAR POR LAS EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS QUE AFECTEN A TRABAJADORES DE CINCUENTA
Más detallesI. Disposiciones generales
42692 Sábado 20 octubre 2007 BOE núm. 252 I. Disposiciones generales MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 18305 REAL DECRETO 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de
Más detallesRESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD
RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión
Más detallesEL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS
LEGAL FLASH I GRUPO DERECHO DEL DEPORTE Noviembre 2015 EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS INTRODUCCIÓN La nueva versión del Código del Tribunal Arbitral de Deporte
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos. Comisiones y gastos repercutibles
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 130 Viernes 8 de julio de 2016 Pág. 8323 SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales AUMENTO DE CAPITAL 7151 LAR ESPAÑA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. Anuncio de aumento de capital social. En cumplimiento
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
Circular 9/2016 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LOS AUMENTOS DE CAPITAL DE ENTIDADES CUYAS ACCIONES ESTÉN INCORPORADAS A NEGOCIACIÓN AL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL La presente Circular detalla
Más detallesBOICAC Nº 29 BOE
ORDEN De 23 de diciembre de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas de asistencia sanitaria BOICAC Nº
Más detalles: BOMEH: PUBLICADO EN:
TÍTULO: Orden HAP/214/2016, de 18 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en mercados organizados, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2015,
Más detallesINFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN EN FAVOR DEL PROPIO CONSEJO DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES
Más detalles(ii) El número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital es de
Julián Martínez-Simancas Secretario del Consejo de Administración Bilbao, 1 de julio de 2016 A la Comisión Nacional del Mercado de Valores Asunto: Complemento al documento informativo relativo a la ejecución
Más detallesNorma Interna de Conducta para las Operaciones de Autocartera de CaixaBank S.A. y su Grupo de Sociedades
Norma Interna de Conducta para las Operaciones de Autocartera de CaixaBank S.A. y su Grupo de Sociedades TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMA INTERNA Y OPERACIONES CON AUTOCARTERA 3 Artículo 1. Ámbito
Más detallesLEGAL FLASH I PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
LEGAL FLASH I PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS 27 de septiembre de 2016 RELEVANCIA JURÍDICA DE LA SENTENCIA DEL TJUE SOBRE ENLACES A CONTENIDOS INFRACTORES ÍNDICE MARCO JURÍDICO 2 ANTECEDENTES
Más detallesÍndice P14- Procedimiento autorización aspectos organizativos societarios Infraestructuras mercados 20/09/2016
P14- Procedimiento autorización aspectos organizativos societarios Infraestructuras mercados Índice P14- Procedimiento autorización aspectos organizativos societarios Infraestructuras mercados 1. ÁMBITO
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Operaciones de Deuda Pública Española. Comisiones y gastos repercutibles * Los importes del presente
Más detallesLA CUENTA GENERAL DEL ESTADO
LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO 1 INDICE 16.1 ESTRUCTURA 16.2 PRODECIDIMIETNO DE ELABORACIÓN 16.3 TRAMITACIÓN 2 16.1 ESTRUCTURA La Cuenta General del Estado se encuentra regulada fundamentalmente en: la Ley
Más detallesVía Rápida Ley Instrumentos Financieros Derivados Enero 2017
www.pwc.com.uy Vía Rápida Ley 19.479 Enero 2017 En el día de la fecha 1 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 19.479 aprobada el 5 de enero de 2017, la cual establece el tratamiento tributario aplicable
Más detalles5.- Distribución de prima de emisión en especie mediante la entrega de acciones propias
5.- Distribución de prima de emisión en especie mediante la entrega de acciones propias 5.1 Distribución de prima de emisión en especie por importe de 4.069.320 euros mediante la entrega de acciones propias,
Más detallesPROMOTORA DE INFORMACIONES, S.A.
HECHO RELEVANTE Promotora de Informaciones, S.A. (PRISA) comunica la siguiente información relevante, al amparo de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores. Como continuación de
Más detallesPOLÍTICA DE INCENTIVOS
POLÍTICA DE INCENTIVOS Diciembre, 2015 Índice 1. Alcance... 3 2. Ámbito de aplicación... 4 3. Información sobre incentivos... 5 4. Revisión de la política... 6 5. Cuantía de los incentivos... 6 5.1. Cobrados
Más detallesPROGRAMA 492M DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN LOS MERCADOS Y REGULACIÓN DE SECTORES PRODUCTIVOS
PROGRAMA 492M DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN LOS MERCADOS Y REGULACIÓN DE SECTORES PRODUCTIVOS 1. DESCRIPCIÓN El funcionamiento eficiente de los mercados y la existencia de una competencia efectiva son principios
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I DERECHO TRIBUTARIO
NOTA MONOGRÁFICA I DERECHO TRIBUTARIO Abril de 2016 APLICACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO ADUANERO Y SUS DISPOSICIONES DE DESARROLLO A PARTIR DEL PRÓXIMO 1 DE MAYO DE 2016 INDICE INTRODUCCIÓN 2 RESEÑA DE ASPECTOS
Más detallesBORRADOR DEL PROYECTO DE ORDEN ECC/XXX/2015, DE xx DE xxxxx DE DESARROLLO PARA EL SEGURO DE DECESOS
BORRADOR DEL PROYECTO DE ORDEN ECC/XXX/2015, DE xx DE xxxxx DE DESARROLLO PARA EL SEGURO DE DECESOS Los Actos Delegados de Solvencia II prevén, para el cálculo de las provisiones técnicas, la incidencia
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Operaciones de Deuda Pública Española. Comisiones y gastos repercutibles
Más detallesDOCUMENTO 3 Artículo b) Los criterios generales y métodos, incluidas las herramientas de carácter
Julio 2016 DOCUMENTO 3 Artículo 158.1. b) Los criterios generales y métodos, incluidas las herramientas de carácter cuantitativo necesarias en el proceso de supervisión. El Real Decreto 1060/2015, de 20
Más detalles«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.»
«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO Y TRANSMISIÓN
Más detallesESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )
ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar
Más detalles3. PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS INVERSIONES
INDICE: 1. Introducción 2. Concepto de Inversiones Financieras Temporales 3. Principios y criterios de selección de las Inversiones 4. Gestión de las Inversiones Financieras Temporales 5. Seguimiento de
Más detallesTexto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre. Objeto.
Y APOYO A LA EMPRESA Sleg7674 2015_11_13 Tabla de correspondencias entre el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre y la Ley 24/1988,
Más detallesDECISIÓN (UE) 2016/948 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 1 de junio de 2016 sobre la ejecución del programa de compras de bonos corporativos (BCE/2016/16)
L 157/28 DECISIÓN (UE) 2016/948 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 1 de junio de 2016 sobre la ejecución del programa de compras de bonos corporativos (BCE/2016/16) EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Más detallesLEGAL FLASH I MERCADO DE VALORES
LEGAL FLASH I MERCADO DE VALORES NUEVO REGLAMENTO DE ABUSO DE MERCADO 9 de julio de 2014 El 12 de junio se publicó el Reglamento que establece una normativa común en materia de abuso de mercado en todos
Más detallesNOVEDADES DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
NOVEDADES DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 23 LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO NOVEDADES PRINCIPIOS Y RACIONALIDAD DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA La Ley de Contratos del Sector Público reestructura
Más detallesComisión Nacional del Mercado de Valores. Fernando Zunzunegui
Comisión Nacional del Mercado de Valores Fernando Zunzunegui Temas a tratar 1) Objetivos de la CNMV 2) Naturaleza y régimen 3) Funciones 4) Organización 5) Comité consultivo FZ 2 1) Objetivos de la CNMV
Más detallesREAL DECRETO-LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO
LEGAL FLASH I Febrero de 2013 REAL DECRETO-LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO MEDIDAS RELATIVAS AL SECTOR FERROVIARIO
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española. Comisiones y gastos
Más detallesLOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS. Adela Aguilar CNMV-DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO (MAYO 1999) LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
Adela Aguilar CNMV-DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO (MAYO 1999) - Tipología: Evolución del nº de entidades. - Actividades e instrumentos. - Actuación transfronteriza. - Cuándo, cómo y qué se supervisa. Autorización,
Más detallesCONDICIONES FINALES. Emisión de Bonos Simples VII/2015
CONDICIONES FINALES Emisión de Bonos Simples VII/2015 Banco de Sabadell, S.A. 250.000.000 de Euros Emitida bajo el Folleto Base de Valores No Participativos 2015, registrado en la Comisión Nacional de
Más detallesLEY 16/2009, DE 13 DE NOVIEMBRE, DE SERVICIOS DE PAGO
CIRCULAR LEY 16/2009, DE 13 DE NOVIEMBRE, DE El pasado día 4 de Diciembre de 2009 entró en vigor la Ley 16/2009, de 13 de Noviembre, de servicios de pago, por la que se incorporó a nuestro Ordenamiento
Más detallesConsejo de Administración
MEDIDAS NECESARIAS PARA EL RESGUARDO Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA COMO COMERCIAL RESERVADA CA-010/2015 27 de Enero 2015 INTRODUCCIÓN Con fecha 11 de agosto de 2014, se publicó la Ley de la
Más detallesCONDICIONES GENERALES FUTUROS SOBRE EL BONO NOCIONAL A DIEZ AÑOS (BONO 10) Grupo de Contratos de Activos Subyacentes de carácter financiero
CONDICIONES GENERALES FUTUROS SOBRE EL BONO NOCIONAL A DIEZ AÑOS (BONO 10) Grupo de Contratos de Activos Subyacentes de carácter financiero 7 de noviembre de 2012 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. ACTIVO SUBYACENTE
Más detallesBOICAC Nº 20 BOE
ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95
Más detallesMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS
Más detalles1. Objeto del informe
INFORME QUE, CON FECHA 22 DE FEBRERO DE 2006, FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD IBERDROLA, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE ACUERDO DE DELEGACIÓN A FAVOR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Más detallesCONDICIONES FINALES BONO BANKIA BANKIA, S.A de Euros
CONDICIONES FINALES BONO BANKIA 2015-1 BANKIA, S.A. 125.300.000 de Euros Emitida al amparo del Folleto Base de Valores no Participativos 2015, registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Más detallesCircular n.º 2/2011, de 4 de marzo (BOE de 5 de marzo) Entidades de crédito. Coeficiente de financiación mayorista
CIRCULAR 2/2011 Hoja 1 Marzo 2011 Circular n.º 2/2011, de 4 de marzo (BOE de 5 de marzo) Entidades de crédito Coeficiente de financiación mayorista El Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el
Más detallesNegociación de Valores en Unidades de Negociación Mayores a Uno
Negociación de Valores en Unidades de Negociación Mayores a Uno 1.- Introducción En nuestro Sistema Electrónico de Negociación - ELEX la presencia de valores con cotizaciones reducidas, incide negativamente
Más detallesDirectrices relativas a la divulgación de información sobre los bienes con cargas y sin cargas (EBA/GL/2014/03)
Directrices relativas a la divulgación de información sobre los bienes con cargas y sin cargas (EBA/GL/2014/03) La Autoridad Bancaria Europea ha desarrollado unas Directrices relativas a la divulgación
Más detallesNUEVA NORMATIVA SOBRE AVALES DEL ESTADO EN GARANTÍA DE DETERMINADAS EMISIONES DE DEUDA
NUEVA NORMATIVA SOBRE AVALES DEL ESTADO EN GARANTÍA DE DETERMINADAS EMISIONES DE DEUDA Introducción 1. Características esenciales de los avales. 2. Emisiones que podrán ser garantizadas. 3. Entidades que
Más detallesBOLSA S Y MERCA DOS ESPA ÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIA CIÓN, S.A.
CIRCULAR 15/2016 INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EMPRESAS EN EXPANSIÓN Y SOCIMI INCORPORADAS A NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL (TEXTO REFUNDIDO) El Reglamento del Mercado Alternativo Bursátil
Más detallesSistema de Gobierno Corporativo. Política de selección de Consejeros de BANKIA, S.A.
Sistema de Gobierno Corporativo Política de selección de Consejeros de BANKIA, S.A. Aprobada por el Consejo de Administración el 26 de noviembre de 2015 POLÍTICA DE SELECCIÓN DE CONSEJEROS I. INTRODUCCIÓN...
Más detallesR.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS
R.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS Real Decreto 1484/2012, de 29 de Octubre sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA NUEVA LEY DE ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO Y SUS SOCIEDADES GESTORAS (Ley 25/2005, de 24 de noviembre).
PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA NUEVA LEY DE ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO Y SUS SOCIEDADES GESTORAS (Ley 25/2005, de 24 de noviembre). El objetivo de la Ley 25/2005, de 24 de noviembre, es, según
Más detallesPROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A.
P á g i n a 1 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA Por medio del presente documento se establece el procedimiento a seguir por la Bolsa Boliviana
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
CIRCULAR 1/2016 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO APLICABLES A LA INCORPORACIÓN Y EXCLUSIÓN DE VALORES NEGOCIABLES AL MERCADO DE VALORES LATINOAMERICANOS El Reglamento del Mercado de Valores Latinoamericanos
Más detallesTARIFAS APLICABLES EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL
CIRCULAR 19/2016 TARIFAS APLICABLES EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL El Consejo de Administración de Bolsas y Mercados Españoles, Sistemas de Negociación, S.A., ha aprobado las siguientes tarifas del
Más detallesLA RETRIBUCIÓN DE LOS ADMINISTRADORES TRAS LA REFORMA FISCAL Y LA
LA RETRIBUCIÓN DE LOS ADMINISTRADORES TRAS LA REFORMA FISCAL Y LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL La nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, con efectos desde el 01-01- 2015, establece
Más detallesANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO
ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO Anexo informativo al punto [4º] del orden del día relativo al tratamiento fiscal de la
Más detalles2. Justificación de la propuesta de agrupación de las acciones en que se divida el capital social para su canje por acciones de nueva emisión.
INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE INMOBILIARIA COLONIAL, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE AGRUPACIÓN DE LAS ACCIONES EN LAS QUE SE DIVIDA EL CAPITAL SOCIAL PARA SU CANJE POR ACCIONES DE NUEVA
Más detallesComisión Nacional del Mercado de Valores Edison, MADRID. Madrid, 17 de enero de 2017
Comisión Nacional del Mercado de Valores Edison, 4 28006 MADRID Madrid, 17 de enero de 2017 Muy Sres. míos: A los efectos previstos en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores,
Más detallesGUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN. Servicio de Contratación. Gerencia Universidad de Málaga
GUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Universidad de Málaga PRESENTACIÓN El Servicio de Contratación se encarga de las actividades precisas, de gestión y asesoramiento para la contratación de obras,
Más detallesDOCUMENTO TÉCNICO REAL DECRETO 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican: PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD
Consejo General 22 de Diciembre de 2016 DOCUMENTO TÉCNICO REAL DECRETO 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican: PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD (aprobado por el Real Decreto 1514/2007) PLAN GENERAL
Más detallesINFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENAGÁS, S.A
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENAGÁS, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN DE LA FACULTAD PARA EMITIR CUALESQUIERA VALORES DE RENTA FIJA O INSTRUMENTOS DE DEUDA DE ANÁLOGA
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO BANCO DE ESPAÑA
Núm. 55 Sábado 5 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 25261 I. DISPOSICIONES GENERALES BANCO DE ESPAÑA 4124 Circular 2/2011, de 4 de marzo, a entidades de crédito, sobre coeficiente de financiación mayorista.
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos * Los
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE
INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos * Los
Más detallesTributación. «Notas sobre la aportación no dineraria especial de. Teresa Pérez Martínez
Tributación «Notas sobre la aportación no dineraria especial de participaciones y el canje de valores» Teresa Pérez Martínez En estos momentos en los que las empresas se encuentran ante diversas situaciones
Más detallesNuevas Normas de Información Financiera aplicables para 2009* pwc!
Nuevas Normas de Información Financiera aplicables para 2009* pwc! Nuevas Normas de Información Financiera aplicables para 2009* NIF B-7 Adquisiciones de negocios NIF C-8 Activos intangibles NIF B-8 Estados
Más detalles(Texto pertinente a efectos del EEE)
L 137/10 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/824 DE LA COMISIÓN de 25 de mayo de 2016 por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta al contenido y el formato de la descripción
Más detallesEMPRESAS IANSA S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO
EMPRESAS IANSA S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 2 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO Considerando: Que con fecha 15 de Enero de 2008, la Superintendencia
Más detallesCrónica normativa de banca y del mercado de valores (2.º semestre de 2014)
Crónica normativa de banca y del mercado de valores (2.º semestre de 2014) Banca y mercado de valores En la crónica de este número de AIS se incluyen además un apartado sobre el ICO y la Fundación ICO
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:
Más detallesCONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
2832 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA ORDEN de 25 de enero de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 91 Viernes 13 de mayo de 2016 Pág. 4496 SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales AUMENTO DE CAPITAL 3823 HISPANIA ACTIVOS INMOBILIARIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA COTIZADA DE INVERSIÓN INMOBILIARIA, SOCIEDAD
Más detallesReglamento europeo sobre Integridad y Transparencia del Mercado Mayorista de Energía (REMIT) (UE) 1227/2011
Reglamento europeo sobre Integridad y Transparencia del Mercado Mayorista de Energía (REMIT) (UE) 1227/2011 XVI Reunión Anual de ARIAE Cartagena de Indias (Colombia) Marina Serrano González Abogada del
Más detalles