JORNADA INFORMATIVA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO. Resolución de Dudas.
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- Isabel Rey Navarro
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1 JORNADA INFORMATIVA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO. Resolución de Dudas. ARTÍCULO 5 LEY 16/2013 REGLAMENTO aprobado por REAL DECRETO 1042/2013 Orden HAP/685/2014. Modelo Consultas Vinculantes de la D.G.T. 44 Preguntas frecuentes publicadas en la web de AEAT
2 QUÉ ES? Se trata de un IMPUESTO INDIRECTO en fase única. Se grava el consumo de gases fluorados de efecto invernadero en la medida que se haya producido previamente una emisión de gases a la atmósfera (Consulta Vinculante V ). Su objetivo, al margen del recaudatorio, es evitar la emisión de gases a la atmósfera. No estamos ante limitación del uso o el comercio, sin perjuicio de la necesidad de cumplir normativa sectorial para poder operar en el mercado.
3 CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES? Solo aplicable en territorio Español. Su utilización fuera del territorio no dará lugar al pago del Impuesto (la exportaciones y entregas de intracomunitarias están no sujetas, por el contrario la importaciones y compras intracomunitarias de GFEI si están sujetas. No están sujetas la importaciones o adquisiciones intracomunitarias de equipos o aparatos nuevos que contenga estos gases) Esta exento todo aquello que no suponga emitir el gas a la atmosfera como por ejemplo, la reventa de gas, la venta del gas para instalarlo en equipos nuevos. En el caso de retirada de gas que ha soportado el impuesto se compensará o devolverá el impuesto pagado siempre que se recicle o destruya el mismo.
4 Cuándo Quién Cómo- A quién DEVENGO Momento en el que nace la obligación de un Tributo. El impuesto se devengará en el momento de la puesta de los productos objeto del impuesto a disposición de los adquirientes o autoconsumo y el mismo no entregue el CAF. Es decir Fecha de la Factura o del autoconsumo CONTRIBUYENTES. Obligados a obtener CAF, presentar el 587, llevar un libro de existencias y presentar una declaración anual. Fabricantes, importadores, empresarios y adquirientes intracomunitarios y los empresarios revendedores que realicen ventas o entregas de gases Fluorados dentro del ámbito objetivo del Impuesto y que estén dados de alta en el registro territorial. REPERCUSIÓN Los contribuyentes deberán repercutir el importe del impuesto sobre los adquirientes de los productos, quedando estos obligados a soportarlo. La repercusión del impuesto se efectuará en la factura, separadamente del resto de conceptos comprendidos en ella. Cuando se trate de operaciones no sujetas o exentas, se hará mención en el documento, con indicación del artículo y tipo de exención CONSUMIDOR FINAL Empresa que compra el gas y no tiene tarjeta CAF, como es el caso de los talleres o instaladores no inscritos, no está obligado a cumplir con ningún requisito, excepto el de repercutir en el precio a su cliente el impuesto soportado y hacer constar en factura la cantidad expresad en kilos, el epígrafe del gas y el importe del impuesto soportado.
5 QUIÉN ES REVENDEDOR? DEFINICIÓN DE REVENDEDORES. 1.- Las personas o entidades que adquieran los gases fluorados para ser entregados a otra persona o entidad, para su posterior comercialización o a un consumidor final, incluidas las que los utilicen o envíen fuera del ámbito territorial del impuesto. Obligado a CAF. 2.- Empresas Instaladoras con certificado > de 3 Kg. siempre que hayan obtenido el CAF (opcional). NO SE CONSIDERA REVENDEDOR EL EMPRESARIO QUE: Cuando su adquisición tenga por objeto la utilización o el uso de los gases en la fabricación, carga, recarga, reparación o mantenimiento de productos, equipos o aparatos para ser objeto de venta o entrega salvo que se trate de equipos o aparatos nuevos cuya operación está exenta (letra d) del número 1 del apartado siete del artículo 5 de la Ley 16/2013).
6 Quién es el Consumidor final? Empresa automantenedora (certificada por R.D.795/2010) ó cliente final Soportan el impuesto. Empresas instaladoras con certificado para manipulación de carga <3kg (R.D.795/2010) salvo primer adquiriente en territorio nacional o principalmente operaciones exentas (aparatos nuevos). Soportan y repercuten el impuesto en el Precio. Empresas instaladoras con certificado para manipulación de > 3 Kg si no se inscriben (Certificados según el R.D. 795/2010) salvo primer adquiriente en territorio nacional o principalmente operaciones exentas (aparatos nuevos). Soportan y repercuten el impuesto en el Precio. Talleres mecánicos de automóviles, Concesionarios (Deben tener Certificado por el R.D.795/2010 para manipulación en vehículos de confort térmicos) Soportan y repercuten el impuesto en el Precio. Cualquier Empresa Distribuidora que no se inscriba, salvo primer adquiriente en territorio nacional. Soportan y repercuten el impuesto en el Precio.
7 FACTURA CONTRIBUYETE CON IMPUESTO DE INSTALACIÓN DE EQUIPO Y RECARGA DE GAS. Concepto Precio unidad Cantidad Total Refrigerante R- 134 Epígrafe Impuesto sobre gases fluorados Ley 16/2013. Art. 5. apartado 11.1, 33% S/26 euros/kg) 8,5 Importe Base imponible % IVA Imp. IVA Total factura 18,5 21 3,9 22,48 Obligaciones en las Facturas: Número de CAF del emisor de la factura, aconsejable también en su caso el receptor. Cantidad en kilos del Producto. Epígrafe del producto y tipo de producto. Importe del Impuesto. En caso de exención el motivo de la misma. El impuesto forma parte de la Base Imponible del IVA.
8 FACTURA DE UN CONTRIBUYETE CON EXENCIÓN REVENTA. Concepto Precio unidad Cantidad Total Refrigerante R- 134 Epígrafe Exento del Impuesto sobre gas fluorado Ley 16/2013 Art. 11. R.D. 1042/2013. exención para quienes destinen los GFEI a su revena en el ámbito territorial del impuesto y que hace referencia a la letra a) del número 1 del apartado 7 del articulo 5 de la Ley 16/2013 Importe 10 Total Base imponible % IVA Imp. IVA factura ,1 12,1
9 FACTURA DE INCORPORACIÓN DE GAS EN EQUIPOS NUEVOS Ejemplo. FACTURA DE INCORPORACIÓN DE GAS EN EQUIPOS NUEVOS Concepto Precio unidad Cantidad Total Refrigerante R- 134 Epígrafe Exento del Impuesto sobre gas fluorado Artículo 16. R.D. 1042/2013. Exención de la primera venta o entrega de gases fluorados de efecto invernadero, importado o adquirido en equipos o aparatos nuevos que hace referencia a la letra f) del número 1 del apartado siete del artículo 5 de la Ley 16/2013. Importe 10 Base imponible % IVA Imp. IVA Total factura ,1 12,1
10 FACTURA EMITIDA POR EL CONSUMIDOR FINAL CON IMPUESTO DE INSTALACIÓN DE EQUIPO Y RECARGA DE GAS.
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12 EXENCIONES (revendedores, ventas exteriores, uso como materia prima, incorporación a aparatos nuevos) Ventas/Entregas. Solo estarán exentas cuando el adquirente presente el CAF. Para recibir el Gas exento se necesita: 1. Inscribirse en el registro 2. Tarjeta nº CAF 3. Comunicación escrita del destino de los gases fluorados al proveedor. En caso de no tener CAF y se destina a una finalidad exenta: Se deberá solicitar la devolución por el consumidor final Sin justificación de exención (aunque tenga CAF). Se entenderá, salvo prueba de lo contrario, que han sido ventas o entregas sujetas al impuesto. Deberá Auto-Repercutir. En el momento que los destine a su consumo aquellas empresas que hubieran adquirido gases fluorados con derecho a exención y su uso fuera distinto al que ampara dicha exención.
13 EXISTENCIAS Existencias de gas a 31 de diciembre de 2013 y que se vendan en el Cómo se facturan? Si el vendedor no tiene CAF, es por tanto Consumidor Final (talleres de reparación, automantendores, instaladores de menos de 3 kilos o de más que no lo hayan solicitado). No repercuten el impuesto vía precio ni se hace constar en factura. Si el vendedor tiene CAF, es por tanto Contribuyente (instalador de más de 3 kilos que se ha inscrito en el Registro) y lo vende a un cliente debe repercutir el impuesto. Si el vendedor tiene CAF y lo utiliza para automantenimento. No deben auto-repecutirse el impuesto ya que la fecha de devengo es el 2013.
14 EQUIPOS Y APARATOS NUEVOS Equipos, aparatos e instalaciones que son puestos en servicio por primera vez, dentro del ámbito territorial. Equipos y aparatos de segunda mano importados tendrán esta consideración. Cómo se acredita?. Conforme a la legislación sectorial (Certificado de Instalación, factura, contrato, nota de pedido.). En caso de modificación o ampliaciones de una instalación existente Debe pagar impuesto la cantidad de gas cargado para tal fin o estará exento como carga de nueva instalación?. Consulta Vinculante V Para ser considerada como nueva, legislación sectorial debe considerarlo así.
15 OPERACIONES PECULIARES (I) Subcontratación. Operaciones entre instaladores con CAF exenta, sujeta la primera operación en que el receptor del servicio no tenga CAF. Instalador que retira gas para limpieza. Consideración de gestor de Residuos con todas las obligaciones que suponen aunque no lo es a efectos de normativa sectorial. Gas recuperado por instalador y que no se entrega al gestor de Residuos ya que se reutiliza para el mismo clientes. No estará sujeto al impuesto, el instalador es el responsable y garante y deberá justificarlo en el libro de existencias y en las inspecciones posteriores que hubiesen. Consulta Vinculante V Sustituciones de gases en maquinaria por otro menos contaminante. Solo paga por aquella parte que suponga recarga y no sustitución, siempre que el gas retirado se recicle. Consulta Vinculante V
16 OPERACIONES PECULIARES (II) Tratamiento de las Perdidas. Están sujetas como autoconsumo y deben declararse en el trimestre que se produzcan. Sin embargo del DGT en consulta vinculante que se admiten las que no superan una tolerancia de peso del +/- 1%, solo aceptará mayores si el límite de error se encuentra dentro de la tolerancia permitida Recargas dentro del plazo de garantía. El hecho de que la instalación esté en garantía es irrelevante a efectos del Impuesto sobre GFEI. Si en una instalación se produjese una fuga que precisase de una recarga de gas y la misma estuviese cubierta por una garantía, tal recarga estaría sujeta al Impuesto sobre GFEI y no podría acogerse a ningún supuesto de exención. En este supuesto habría que estar a los términos de la garantía para saber quien tiene que hacerse cargo de la recarga: Si le corresponde al instalador, la recarga se calificaría como un autoconsumo (artículo 5.Seis.1.b) de la Ley 16/2013). Si le corresponde al propietario de la instalación, la recarga se calificaría como una primera venta o entrega (artículo 5.Seis.1.a) de la Ley 16/2013) y debemos repercutir el impuesto. En ambos casos la operación estaría sujeta al IGFEI y formaría parte de la Base Imponile.
17 TIPOS IMPOSITIVOS
18 CÓDIGOS DE GESTIÓN
19 Deducciones Deducción por entrega de gases fluorados para su destrucción, reciclado o regeneración: Sólo podrán deducirse en las autoliquidaciones a cada uno de los periodos de liquidación (cuatrimestralmente) los Contribuyentes que: a) Acrediten haber entregado gases fluorados a gestor de residuos autorizado, mediante certificado y documento de control y seguimiento firmados por el gestor de residuos, conforme a lo establecido en la normativa sectorial o mediante cualquier otro medio de prueba admisible en derecho. b) Aporten copia u original de la factura en la que conste el importe del impuesto previamente pagado. El plazo para ejercitar el derecho a deducción del contribuyente será de 4 años a partir de la entrega al gestor, sin plazo para su solicitud.
20 Devoluciones Consumidores finales que hayan soportado el impuesto y hubiesen tenido derecho a las exenciones previstas en la ley con mismas condiciones a) y b) anteriores. Podrán solicitar la devolución del impuesto previamente pagado directamente a la Administración Tributaria a partir de la finalización de cada cuatrimestre en el que se haya realizado la operación que ha dado derecho a la exención. Sólo se tendrá derecho a devolución cuando se demuestre que se ha pagado el impuesto previamente y no ha sido objeto de deducción previa.
21 Normativa de gestión Inscripción en el registro QUIÉN REQUISITOS PARA OBTENCIÓN DEL CAF Fabricantes Importadores Adquirientes instracomun. Mayoristas Almacenistas Revendedores Gestores de residuos Beneficiarios de: Exenciones Tipos reducidos CAF: Código de Actividad de Fluorados Un CAF para cada actividad y centro. En la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Provincia donde esté situado el centro. Escrito de Solicitud de Nº CAF donde conste: Datos fiscales del contribuyente y NIF, Dirección del centro para el que se pide el CAF, Actividad, datos de la persona o representante autorizado de la Empresa. Aportar: Memoria actividad Modelo 036 donde salga el epígrafe de la actividad (IAE) Contrato de alquiler o escritura de propiedad del local. Si está afectado por el RD 795/2010 adjuntar certificado, si no la autorización que corresponda para su actividad. Hoja modelo del control de existencias (puede ser EXCEL) Tarjeta Fiscal de la empresa DNI y poderes de la persona que firma
22 Normativa de gestión Los contribuyentes que deban llevar un registro de existencias, (Todos los inscritos y con tarjeta CAF) debieron entregar a las Oficinas Gestoras antes del 31 de Marzo de 2014 un inventario de las existencias a 01de Enero de 2014, donde conste, epígrafe y kilos por cada tipo de gas. FREMM Puso a disposición de sus asociados de un modelo. Empresa asociada a Incluir logo de la empresa Concepto Identificación botella Fecha Cod. Factura Epígrafe Compras/VenExistencias(kg.) Origen Destino Calificación (S, E, NS) Existencias a 1 de enero Compra Venta Compra Venta Compra Compra Venta Ajuste existencias a 30 de abril de
23 Normativa de gestión Modelo 587 Los contribuyentes deberán presentar cuatrimestralmente autoliquidación del impuesto en el modelo 587. Orden HAP/685/2014. Quién esta obligado?. Todos los que tiene CAF, incluso aunque resulte cuota cero. Plazos: 1 al 20 de mes de mayo. 1 al 20 de septiembre y 1 al 20 del mes de enero. Si se domicilia el pago serán los días 15. Forma: Internet.
24 Normativa de gestión Modelo 587
25 Normativa de gestión Modelo 587
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27 Normativa de gestión Modelo 587
28 Normativa de gestión Declaración Anual Los contribuyentes deben presentar Declaración recapitulativa del operaciones. Se presentará durante los 30 días del mes de enero y está pendiente de que se publique el modelo.
29 Muchas Gracias por su atención
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