Boletín Oficial. Provincia de Huesca. Sumario ADMINISTRACIÓN LOCAL OTROS ANUNCIOS. Número 93 Viernes, 19 de Mayo de 2017

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1 Boletín Oficial Provincia de Huesca Número 93 Viernes, 19 de Mayo de 2017 Sumario ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA INICIATIVAS LOCALES TESORERÍA - GESTION DE TRIBUTOS LOCALES TESORERÍA - GESTION DE TRIBUTOS LOCALES 4745 AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE HUESCA - DESARROLLO AYUNTAMIENTO DE ABIZANDA AYUNTAMIENTO DE ANGÜÉS AYUNTAMIENTO DE CANAL DE BERDÚN AYUNTAMIENTO DE FRAGA AYUNTAMIENTO DE FRAGA AYUNTAMIENTO DE ILCHE AYUNTAMIENTO DE JACA AYUNTAMIENTO DE JACA AYUNTAMIENTO DE LASPUÑA AYUNTAMIENTO DE MONZÓN - SECRETARIA GENERAL AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO AYUNTAMIENTO DE TOLVA 4763 COMARCAS COMARCA DEL CINCA MEDIO COMARCA DEL CINCA MEDIO 4780 ENTIDADES LOCALES MENORES ENTIDAD LOCAL MENOR DE ESPÉS 4781 OTROS ANUNCIOS COMUNIDAD DE REGANTES COMUNIDAD DE REGANTES ACEQUIA DE ONTIÑENA 4783 DEPÓSITO LEGAL: HU-1/1958 CSV005F5C96HCBVBOBOP

2 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA INICIATIVAS LOCALES ANUNCIO 2157 Extracto del Decreto número 858, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Huesca por la que se convocan subvenciones para adquisición de material informático diverso por los ayuntamientos BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca ( Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de la provincia de Huesca de menos de habitantes que no estén incursos en ninguna de las causas establecidas en el art de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones. Los datos de población se referirán a los del último censo de población publicado por el Instituto Aragonés de Estadística.Los solicitantes deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras. Segundo. Objeto La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para la adquisición de material informático de diversos tipos por los ayuntamientos de la provincia de Huesca destinado a uso propio en los servicios administrativos de las instalaciones municipales. A estos efectos se subvencionará, exclusivamente, la adquisición por los Ayuntamientos del siguiente equipamiento informático: Ordenadores personales, ordenadores portátiles, equipos de impresión, equipos multifunción (impresora, scanner, fotocopiadora) scanner, sais (sistemas de alimentación ininterrumpida) y discos duros externos. Tercero. Bases reguladoras Ordenanza General de las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca y el Instituto de Estudios Altoaragoneses. Cuarto. Cuantía El montante económico total será el previsto en la aplicación presupuestaria Equipamiento material informático T.C. a Ayuntamientos del presupuesto de 2017 dotada con ,00. La subvención a un Ayuntamiento no excederá de Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial correspondiente. Las solicitudes se dirigirán al presidente de la Diputación y se presentarán en los lugares y 4741 CSVK08H5W932CEVANBOP

3 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca forma indicados en el art. 4.8 la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones. Sexto. Otros datos Transcurridos diez días desde la notificación de la subvención sin que el beneficiario haya comunicado nada en contrario, ésta se entenderá aceptada en los términos de la concesión por la Diputación. Huesca, 25 de abril de El Secretario General, Antonio Serrano Pascual 4742 CSVK08H5W932CEVANBOP

4 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA TESORERÍA GESTION DE TRIBUTOS LOCALES ANUNCIO 2158 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo tercero del R.D. 243/1995, de 17 de febrero por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, se procede a exponer al público durante el plazo de quince días, la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al año 2017, comprensiva de los sujetos pasivos obligados al pago, que ejercen actividades económicas en los Ayuntamientos que a continuación se relacionan y tributan por cuota municipal, así como de aquéllos que teniendo domicilio fiscal en alguno de éstos, tributan por cuota nacional. Ayuntamientos: Abiego, Abizanda, Adahuesca, Agüero, Aínsa-Sobrarbe, Aísa, Albalate de Cinca, Albalatillo, Albelda, Albero Alto, Albero Bajo, Alberuela de Tubo, Alcalá de Gurrea, Alcalá del Obispo, Alcampell, Alcolea de Cinca, Alcubierre, Alerre, Alfántega, Almudévar, Almunia de San Juan, Almuniente, Alquézar, Altorricón, Angüés, Ansó, Antillón, Aragüés del Puerto, Arén, Argavieso, Arguis, Ayerbe, Azanuy-Alíns, Azara, Azlor, Baells, Bailo, Baldellou, Ballobar, Banastás, Barbastro, Barbués, Barbuñales, Bárcabo, Belver de Cinca, Benabarre, Benasque, Beranuy, Berbegal, Bielsa, Bierge, Biescas, Binaced, Binéfar, Bisaurri, Biscarrués, Blecua-Torres, Boltaña, Bonansa, Borau, Broto, Caldearenas, Campo, Camporrells, Canal de Berdún, Candasnos, Canfranc, Capdesaso, Capella, Casbas de Huesca, Castejón del Puente, Castejón de Monegros, Castejón de Sos, Castelflorite, Castiello de Jaca, Castigaleu, Castillazuelo, Castillonroy, Colungo, Chalamera, Chía, Chimillas, Esplús, Estada, Estadilla, Estopiñán del Castillo, Fago, Fanlo, Fiscal, Fonz, Foradada del Toscar, Fraga, La Fueva, Gistaín, El Grado, Grañén, Graus, Gurrea de Gállego, Hoz de Jaca, Hoz y Costean, Huerto, Huesca, Ibieca, Igriés, Ilche, Isábena, Jaca, Jasa, Labuerda, Laluenga, Lalueza, Lanaja, Laperdiguera, Lascellas-Ponzano, Lascuarre, Laspaúles, Laspuña, Loarre, Loporzano, Loscorrales, Lupiñén-Ortilla, Monesma y Cajigar, Monflorite-Lascasas, Montanuy, Monzón, Naval, Novales, Nueno, Olvena, Ontiñena, Osso de Cinca, Palo, Panticosa, Peñalba, Las Peñas de Riglos, Peralta de Alcofea, Peralta de Calasanz, Peraltilla, Perarrúa, Pertusa, Piracés, Plan, Poleñino, Pozán de Vero, La Puebla de Castro, Puente de Montañana, Puente la Reina de Jaca, Puértolas, Pueyo de Araguás, Pueyo de Santa Cruz, Quicena, Robres, Sabiñánigo, Sahún, Salas Altas, Salas Bajas, Salillas, San Esteban de Litera, San Miguel de Cinca, Sangarrén, San Juan de Plan, Santa Cilia, Santa Cruz de la Serós, Santaliestra y San Quílez, Santa María de Dulcis, Sariñena, Secastilla, Seira, Sena, Senés de Alcubierre, Sesa, Sesué, Siétamo, Sopeira, La Sotonera, Tamarite de Litera, Tardienta, Tella-Sin, Tierz, Tolva, Torla, Torralba de Aragón, Torre la Ribera, Torrente de Cinca, Torres de Alcanadre,Torres de Barbués, Tramaced, Valfarta, Valle de Bardají, Valle de Hecho, Valle de Lierp, Velilla de Cinca, Vencillón, Viacamp y Litera, Vicién, Villanova, Villanúa, Villanueva de Sijena, Yebra de Basa, Yésero, Zaidín. La matrícula podrá ser examinada por los interesados en los Ayuntamientos respectivos y en cuanto a los sujetos pasivos que tributen por cuota provincial, en el Ayuntamiento de Huesca. Contra los actos censales podrá interponerse Recurso de Reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes, contado desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, o 4743 CSVC05K5W942CEVANBOP

5 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Reclamación Económico-Administrativa en el mismo plazo, ante el Tribunal Económico- Administrativo Regional, no pudiendo simultanearse ambos procedimientos. Huesca, 18 de mayo de La Tesorera, Constanza Sánchez Belda 4744 CSVC05K5W942CEVANBOP

6 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA TESORERÍA GESTION DE TRIBUTOS LOCALES ANUNCIO 2159 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo tercero del R.D. 243/1995, de 17 de febrero por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, se procede a exponer al público durante el plazo de quince días, la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al año 2017, comprensiva de los sujetos pasivos obligados al pago, que ejercen actividades económicas en los Ayuntamientos de población superior a habitantes que a continuación se relacionan y tributan por cuota municipal o provincial, así como de áquellos que teniendo domicilio fiscal en alguno de éstos, tributan por cuota nacional. Ayuntamientos: Barbastro, Fraga, Huesca, Jaca y Monzón. La matrícula podrá ser examinada por los interesados en los Ayuntamientos respectivos y en cuanto a los sujetos pasivos que tributen por cuota provincial, en el Ayuntamiento de Huesca. Contra los actos censales podrá interponerse Recurso de Reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes, contado desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, o Reclamación Económico-Administrativa en el mismo plazo, ante el Tribunal Económico- Administrativo Regional, no pudiendo simultanearse ambos procedimientos. Huesca, 18 de mayo de La Tesorera, Constanza Sánchez Belda 4745 CSV407M5W902CEVANBOP

7 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE HUESCA DESARROLLO ANUNCIO 2160 EXTRACTO del Decreto , de 7 de abril de 2017, por el que se aprueba la convocatoria de Ayudas del Ayuntamiento de Huesca para el año 2017 dirigidas a la creación, mejora y consolidación de empresas. BDNS (Identif.): EXTRACTO del Decreto , de 7 de abril de 2017, por el que se aprueba la convocatoria de Ayudas del Ayuntamiento de Huesca para el año 2017 dirigidas a la creación, mejora y consolidación de empresas.bdns (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( y en la página web del Ayuntamiento de Huesca ( PRIMERO. Personas beneficiarias: Personas físicas o jurídicas que radiquen y desarrollen una actividad económica o empresarial en el término municipal de Huesca y que reúnan los requisitos generales indicados en el Artículo 4 de la citada convocatoria, así como los siguientes requisitos específicos: Línea I. Ayudas a la creación de nuevas empresas. Inicio de actividad empresarial y la correspondiente apertura de un centro de trabajo o la apertura del primer centro de trabajo en el término municipal de Huesca, dentro del periodo subvencionable. Creación, como mínimo, de 1 puesto de trabajo. Realización de una inversión subvencionable dentro del periodo subvencionable, por un importe mínimo de Línea II. Ayudas a la mejora y consolidación de empresas.inicio de su actividad empresarial y la correspondiente apertura de un centro de trabajo, con anterioridad al 1 de octubre de Existencia de una plantilla compuesta por al menos 2 puestos de trabajo. Incremento o mantenimiento del nivel de empleo en relación a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud. Realización de una inversión subvencionable dentro del periodo subvencionable, por un importe mínimo de Línea III. Ayudas para la incorporación de herramientas digitales y de comercio electrónico. Inicio de su actividad empresarial y la correspondiente apertura de un centro de trabajo, con anterioridad al 1 de octubre de Incremento o mantenimiento del nivel de empleo en relación a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.realización de una inversión subvencionable dentro del periodo subvencionable, por un importe mínimo de SEGUNDO. Objeto: Establecer las condiciones que regirán la concesión de las ayudas a la creación, mejora y consolidación de empresas. Para el año 2017, se convocan las siguientes líneas de ayudas: 4746 CSVW00P5W992CEVANBOP

8 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Línea I. Ayudas a la creación de nuevas empresas. Línea II. Ayudas a la mejora y consolidación de empresas. Línea III. Ayudas para la incorporación de herramientas digitales y de comercio electrónico. Las actuaciones objeto de subvención de esta convocatoria deberán estar realizadas dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de TERCERO. Bases Reguladoras: Bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Huesca y sus Entidades dependientes, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 69, de 13 de abril de CUARTO. Cuantía: Las ayudas reguladas en la presente convocatoria se financian con cargo a la partida (06) (Desarrollo Empresarial. Transferencias de capital a empresas privadas) del Presupuesto General del Ayuntamiento de Huesca para el ejercicio 2017, cuya dotación económica se ajustará a la siguiente distribución: Línea I. Ayudas a la creación de nuevas empresas: Línea II. Ayudas a la mejora y consolidación de empresas: Línea III. Ayudas para la incorporación de herramientas digitales y de comercio electrónico: La cuantía de la subvención se determinará en función de la puntuación obtenida, de conformidad con los criterios de valoración establecidos para cada línea de ayuda objeto de esta convocatoria.la cuantía máxima de la subvención individual será del 50% de la inversión total subvencionable realizada dentro del periodo subvencionable, con el límite máximo de Para las Líneas I y II y de para la Línea III. QUINTO. Plazo presentación solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de septiembre de SEXTO. Otros datos: El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por las personas solicitantes, se pondrán a disposición en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Huesca, Huesca, 7 de abril de El Alcalde, Luis Felipe Serrate 4747 CSVW00P5W992CEVANBOP

9 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ABIZANDA ANUNCIO 2161 CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL MUNICIPIO DE ABIZANDA Según acuerdo de la Sala de Gobierno del T.S.J.A., y de conformidad con el contenido del art. 5.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se procede a efectuar la convocatoria pública para la provisión del cargo de JUEZ DE PAZ SUSTITUTO de este municipio con arreglo a las siguientes bases: Primera: Los aspirantes al citado cargo habrán de reunir los siguientes requisitos: a) Ser español. b) Mayor de edad. c) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y prohibiciones a que hace referencia el art. 14 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz Segunda: Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, suscritas por los aspirantes, se presentarán en este Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el B.O.P., debiendo detallar los siguientes extremos: - Nombre y apellidos, edad, D.N.I., estudios terminados y domicilio. - Mención expresa de que el solicitante reúne todos los requisitos legales exigibles. Tercera: La elección se efectuará mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del mismo, entre las personas que reuniendo las condiciones legales así lo soliciten. En caso de no existir interesados, el Pleno elegirá libremente, con sujeción a los mismos requisitos del procedimiento. Cuarta: El acuerdo adoptado por el Ayuntamiento será remitido al Juzgado de 1ª Instancia del Partido Judicial, tramitándose de conformidad al contenido del art. 7 y ss. del Reglamento de los Jueces de Paz. Abizanda, 18 de mayo de La Alcaldesa, Vanesa Cuello Escartín 4748 CSVO01S5W942CEVANBOP

10 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ANGÜÉS ANUNCIO 2162 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de mayo de 2017, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora del USO, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS AGRÍCOLAS Y GANADEROS DE LOS NÚCLEOS QUE COMPONEN EL Ayuntamiento de Angües. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar dese el día siguiente de la inserción de este anuncio el BOP, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerara aprobado definitivamente dicho acuerdo. Angüés, 17 de mayo de El Alcalde, Antonio Moreno Gallardo 4749 CSVG14VRWO52YENANBOP

11 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE CANAL DE BERDÚN ANUNCIO 2163 De conformidad con lo dispuesto en el artículo del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al público la Cuenta General del ejercicio 2016 por el plazo de quince días. Si en este plazo y ocho días más, los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá emitir un nuevo informe. Berdún, 18 de mayo de El Alcalde, Francis Javier Perez Franco 4750 CSV813XRWO82YENANBOP

12 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE FRAGA ANUNCIO 2164 CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA FINANCIAR ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES REALIZADAS EN EL AÑO 2017 Y LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA SU REUTILIZACIÓN PARA EL CURSO BDNS (Identif.): EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA APROBADA MEDIANTE DECRETO Nº DE FECHA 11 DE MAYO DE 2017, DEL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE FRAGA, PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( y en la página web del Ayuntamiento de Fraga ( PRIMERO. BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones de padres y madres de alumnos de los Colegios e Institutos de Fraga, siempre que no estén incursos en alguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). SEGUNDO. OBJETO El objeto de las presentes Bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Fraga a través de la Delegación de Educación, destinadas a las Asociaciones de madres y padres de alumnos de Colegios e Institutos de Fraga, dedicadas a las actividades extraescolares y para financiar la adquisición para la reutilización de libros de texto para el curso escolar. TERCERO. BASES REGULADORAS Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por concurrencia competitiva, aprobadas por el Pleno Municipal, en sesión ordinaria el 24 de noviembre de 2016, y publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Huesca nº 12 de 19 de enero de CUARTO. CUANTÍA El presupuesto máximo que se destinará a financiar actividades extraescolares será de con cargo a la aplicación presupuestaria 32/323/480 del presupuesto del ejercicio Las subvenciones para actividades extraescolares no excederán del 80% del coste total del proyecto, Amypas de colegios hasta 100 alumnos con un límite máximo de ayuda de 200 y Amypas de colegios de más de 100 alumnos con un límite máximo de ayuda de CSV0110RWO82YENANBOP

13 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca El presupuesto máximo que se destinará a la adquisición de libros de texto será de con cargo a la aplicación presupuestaria 32/323/480 del presupuesto del ejercicio Las subvenciones para adquisición de libros de texto no excederán del 80% del coste total del proyecto, con un límite máximo de ayuda de 900. QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de las solicitudes empezará a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPH de las presentes Bases, y finalizará transcurrido un mes desde el comienzo del plazo de presentación. SEXTO. OTROS DATOS. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación relacionada en la cláusula quinta de la convocatoria. Fraga, 11 de mayo de El Alcalde-Presidente, Miguel Luis Lapeña Cregenzán 4752 CSV0110RWO82YENANBOP

14 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE FRAGA ANUNCIO 2165 El Alcalde del Ayuntamiento de Fraga, por resolución de fecha 17 de mayo de 2017 resolvió: PRIMERO.- Aprobar las Bases Específicas del concurso del cartel anunciador de las fiestas del Pilar 2017, que organiza la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Fraga, que se adjuntan como Anexo I a la presente propuesta, por importe de quinientos euros (500,00 ), autorizando el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/51/338/ SEGUNDO.- Convocar concurso público para el otorgamiento del premio del concurso del Cartel Anunciador de las Fiestas del Pilar 2017, que organiza la Delegación de Promoción Cultural, Turística y Fiestas del Ayuntamiento de Fraga. TERCERO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca el anuncio de las presentes Bases y la convocatoria. CUARTO.- Dar traslado a los interesados, a Intervención, a la Delegación de Fiestas y a aquellos otros departamentos municipales que se considere de interés. ANEXO I 1. OBJETO Y FINALIDAD: El objeto de este concurso es fomentar la participación para elegir el Cartel Anunciador de las Fiestas del Pilar APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Los premios en efectivo se satisfarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2017 de la Delegación de Fiestas 51/338/ IMPORTE DEL PREMIO: El premio consistirá en quinientos euros (500,00 ). Al importe del premio se efectuará la oportuna retención de IRPF. 4. PARTICIPANTES, REQUISITOS Y FORMA DE ACREDITACIÓN: Podrán participar todas aquellas personas interesadas. Para participar se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos: 1. Los originales deberán ser inéditos, presentarse en formato 50 x 70 cm. y realizarse en cualquier tipo de técnica, incluso fotográfica, apta para su reproducción en cuatricromíaoffset (no pudiendo emplear tintas oro, plata o fluorescentes). Así mismo los carteles se presentarán sin plastificar y montados sobre base rígida. 2. Será obligatorio que en el Cartel figure la leyenda escrita en castellano FRAGA / FIESTAS DEL PILAR / DEL 10 AL 15 DE OCTUBRE DE 2017, o bien FRAGA / FESTES DEL PILAR / DEL 10 AL 15 D OCTUBRE DE En los carteles no deben aparecer ni la firma del autor ni el escudo de Fraga ni la imagen corporativa del Ayuntamiento de Fraga, debiéndose consignar el lema al dorso. Este figurará también en un sobre cerrado, en cuyo interior se depositará una nota con el nombre, apellidos, residencia y número de teléfono del autor. Tras el fallo del jurado se autorizará la firma del Cartel premiado CSVS193RWO82YENANBOP

15 El plazo de recepción de Carteles para el Concurso finalizará el viernes 14 de julio a las 14 horas. Hasta dicha fecha pueden presentarse durante los días laborales (excepto sábados) en el Departamento de Fiestas situado en el Palacio Montcada (C/ San José de Calasanz, 12) de la ciudad de Fraga de 10 a 14 horas. Sólo se admitirán recepciones en lugar y horario anteriormente citado. Los aspirantes recibirán un número de registro. 5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: La Comisión de fiestas, presidida por la Concejal de la Delegación de Promoción Cultural, Turística y Fiestas, antes de emitir su fallo, comprobará una a una todas las obras presentadas para verificar el efectivo cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases y, en consecuencia, se pronunciará sobre su admisión definitiva. El jurado valorará la expresividad, capacidad simbólica, diseño, colorido y originalidad. 6. ORGANOS COMPETENTES PARA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN: El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de los premios previstos en las presentes bases será la Delegación de Promoción Cultural, Turística y Fiestas. El órgano responsable de la resolución del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el Alcalde, previa fiscalización por la Intervención. 7. COMPOSICIÓN DEL JURADO: El jurado estará presidido por la Concejal de la Delegación de Promoción Cultural, Turística y Fiestas y formado por los miembros de la Comisión de Fiestas. El fallo del jurado será inapelable, pudiendo ser declarado desierto el concurso si a juicio del mismo no se presentase cartel alguno merecedor del premio. El jurado tendrá la potestad de resolver cualquier eventualidad que no haya sido fijada previamente en estas bases, resolviéndose a su arbitrio cualquier duda que pudiera surgir. El fallo del jurado se hará público a través de los medios de comunicación locales. 8. PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS INDICANDO LOS DIFERENTES TRÁMITES RELATIVOS A SU INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS: A la vista de la decisión del jurado, la Concejal Delegada de Promoción Cultural, Turística y Fiestas, propondrá al Alcalde del Ayuntamiento de Fraga, el otorgamiento de los premios, que los deberá resolver en un plazo no superior a los 6 meses, desde la publicación de la convocatoria. Se prescindirá del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes. La resolución se notificará en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La resolución conllevará la disposición y el reconocimiento de la obligación. 9. RECURSOS CONTRA LA RESOLUCIÓN: De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el acuerdo que resuelva la concesión de los premios, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el Alcalde-Presidente, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente CSVS193RWO82YENANBOP

16 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca 10. FORMA DE PAGO: El pago se hará, a 60 días de la resolución del otorgamiento de los premios, mediante transferencia bancaria a la cuenta que señale el interesado en solicitud dirigida a la Delegación instructora. Para ello, el premiado acompañará certificado o documento bancario donde figure la identificación del titular y número de cuenta, y la declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases y del art de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones (ANEXO A). 11. IMPUGNACION: De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases y el acuerdo por el que se aprueban, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación de las mismas en la Sección de Huesca del Boletín Oficial de Aragón. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. Participar en este Concurso supone la aceptación de todas y cada una de las bases. ANEXO A 1. DATOS DEL BENEFICIARIO Nombre y apellidos del firmante NIF Calidad en la que actúa (Premiado en el Concurso del Cartel Anunciador Pilar 2017) Domicilio DECLARA bajo su responsabilidad, que: 1. Que cumple los requisitos fijados en la convocatoria de premios. 2. Que no se encuentra en ningún supuesto de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refiere el artículo 13, apartados a), b), c), d), f) y h) de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. 4. Que se halla al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. A tales efectos, acompaña: - Certificado/ documento bancario del número de cuenta para hacer el ingreso. En Fraga, a de de 20 Firma del premiado/a y/ o representante legal y sello 4755 CSVS193RWO82YENANBOP

17 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ILCHE ANUNCIO 2166 Por Natividad Puy Sazatornil en nombre propio, domiciliada en Cl. Torreciudad núm. 15, de Barbastro (Huesca), se ha solicitado de esta Alcaldía licencia para la construcción e instalación de una explotación porcina de cebo con capacidad para plazas, a ubicar en polígono 2 parcela 218 del término municipal de Ilche. En cumplimiento con el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se procede a abrir período de información pública por un periodo de quince días naturales desde la inserción del presente Anuncio para que se presenten las observaciones que consideren pertinentes. El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en la Secretaría del Ayuntamiento. Ilche, 18 de mayo de El Alcalde, José Luis Torres Ester 4756 CSVK126RWO92YENANBOP

18 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE JACA ANUNCIO 2167 NOTIFICACIÓN COLECTIVA DEL PADRÓN MÚLTIPLE (TASAS DE BASURAS, ALCANTARILLADO, AGUA, VADO Y PASO) DEL AÑO 2017 De conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se procede a la NOTIFICACIÓN COLECTIVA, mediante la exposición al público durante un plazo de 30 días a partir del siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia, del PADRÓN MÚLTIPLE DEL AÑO 2017, comprensivo de las Tasas de basuras, alcantarillado, agua de riego de rústica (e I.V.A.), vado y paso, aprobado por Resolución de Alcaldía nº 1258, de fecha 16 de mayo de El Padrón podrá ser examinado por los interesados en la Tesorería del Ayuntamiento de Jaca (C/ Mayor, 24). Según lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra los actos administrativos constitutivos de las correspondientes liquidaciones tributarias podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Jaca, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del Padrón; este recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se haya notificado resolución expresa. Y se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; o en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que dicho recurso deba entenderse desestimado por silencio administrativo. Jaca, 17 de mayo de El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas 4757 CSVC129RWO92YENANBOP

19 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE JACA 2168 ANUNCIO DE LA APERTURA DE COBRANZA DEL PADRÓN MÚLTIPLE (TASAS DE BASURAS, ALCANTARILLADO, AGUA, VADO Y PASO) DEL AÑO 2017 De conformidad con el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes que desde el próximo día 1 de JUNIO hasta el 1 de AGOSTO DE 2017, ambos incluidos, tendrá lugar la COBRANZA ANUAL, POR RECIBO, EN PERÍODO VOLUNTARIO, DEL PADRÓN MÚLTIPLE DEL AÑO 2017, comprensivo de las Tasas de basuras, alcantarillado, agua de riego de rústica (e I.V.A.), vado y paso, aprobado por Resolución de Alcaldía nº 1258, de fecha 16 de mayo de Los recibos domiciliados en las distintas entidades bancarias serán cargados en las cuentas de los contribuyentes el día 5 de Junio de Para realizar el pago de los recibos no domiciliados, los contribuyentes recibirán en sus domicilios, a través del Servicio de Correos, un impreso correspondiente al recibo puesto al cobro. Mediante la presentación de este impreso, el contribuyente podrá formalizar el pago en cualquiera de las oficinas de la entidad de crédito colaboradora IBERCAJA, durante los días 1 de Junio a 1 de Agosto, ambos incluidos, y en el horario de apertura al público de la misma. En caso de que el contribuyente no reciba en su domicilio el impreso, podrá obtener un duplicado del mismo en cualquiera de las oficinas de dicha entidad colaboradora. La no recepción del impreso no libera del pago ni anula el recargo correspondiente. A partir del día 2 de Agosto de 2017 se inicia el período ejecutivo para aquellos contribuyentes que no hubieran satisfecho sus débitos, devengándose el recargo ejecutivo del 5%. Una vez notificada la providencia de apremio se exigirá el recargo de apremio, reducido (10%) u ordinario (20%), según proceda, más, en este segundo caso, los intereses de demora y las costas del procedimiento. Jaca, 17 de mayo de El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas 4758 CSV418BRXO92YENANBOP

20 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE LASPUÑA ANUNCIO 2169 Cuenta General ejercicio Plazo quince días y ocho más 4759 CSVW17ERXO42YENANBOP

21 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE MONZÓN SECRETARIA GENERAL ANUNCIO 2170 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION PUNTUAL DEL PGOU DE MONZON Nº 25 En relación con la Modificación nº 21 del PGOU de Monzón, MODIFICACION ZONIFICACION AMBITO CALLE JAIME I, el Pleno del Ayuntamiento de Monzón, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de mayo de 2017, adoptó el siguiente acuerdo: Primero.- Aprobar definitivamente la modificación puntual nº 25 del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón modificación zonificación ámbito de la calle Jaime I (febrero 2017), redactada por los técnicos municipales. Segundo.- Remitir el presente documento en soporte digital así como el acuerdo de aprobación definitiva al Consejo provincial de Urbanismo de Huesca con carácter previo a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. Tercero.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y las normas urbanísticas y ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. Cuarto.- Contra el presente acuerdo, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibí de la presente, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado nº 2 de lo Contencioso Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses, a contar del mismo modo anteriormente citado. Si optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. ANEXO La presente Modificación Puntual del PGOU consiste en modificar la zonificación prevista por el PGOU en las fincas que recaen a la Calle Jaime I de Monzón de la Manzana sita entre la citada vía y la Calle Pedro II, afectando a las siguientes fincas: Calle Jaime I nº 4, Finca catastral nº 10, Manzana Calle Jaime I nº 6, Finca catastral nº 11, Manzana Calle Barón de Eroles nº 36, Finca catastral nº 06, Manzana Calle Jaime I nº 8, Finca catastral nº 18, Manzana Calle Jaime I nº 10, Finca catastral nº 17, Manzana Calle Jaime I nº 12, Finca catastral nº 12, Manzana Se trata de sustituir la zonificación MAINR, Manzanas con alineación interior no rebasable, por la zonificación MAIND, Manzanas con alineación interior no definida. Así mismo se corrige el fondo inicialmente grafiado en el PGOU de 12 m. por el que con carácter general se establece en 14 m., considerando que existía un error de grafiado en la cota reflejada en planos CSVO12HRXO72YENANBOP

22 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Las condiciones de edificación aplicables a las parcelas indicadas serán las siguientes: Art. 168 Manzanas sin alineación interior. Definida (MAIND). 1. Alineaciones. Con carácter general y obligatorio, la alineación oficial exterior coincidirá con la alineación oficial de fachada, y será la existente, salvo que explícitamente se señale en Planos de Ordenación una distinta. Únicamente se permiten los porches y retranqueos, señalados explícitamente en Planos de Ordenación determinados mediante Estudio de Detalle aprobado. 2. Parcelación. a) Parcela mínima: - Superficie: 100 m2 - Longitud mínima de fachada 5 m 3. Ocupación. En planta baja: 100%. En plantas alzadas: 75% 4. Alturas. Entre alineaciones se indica en planos: B+I, B+2, B+3, B+4, B+5, B+6 (art ). Con alturas B+1 y B+2 se permiten áticos (s/. art ), si bien cuando se proyecte ático no se admiten altillos o entreplantas En manzanas con dos alturas reguladoras distintas, se indica en planos una alineación no rebasable por la edificación de mayor altura. 5. Cubiertas. La inclinación de la cubierta con el plano horizontal estará comprendida entre 0 y 25. Los elementos sobresalientes del plano de cubierta (cajas de escalera, ascensores, chimeneas, conductos de ventilación, elementos de climatización, etc.), tendrán una altura máxima de 3,5 m. La superficie de estos elementos será menor del 25% de la superficie total cubierta. Los materiales serán como los de fachada y cubierta. 6. Cerramientos. En el caso de que la edificación no ocupe todo el frente de parcela, el espacio o espacios libres, quedará limitado por un cerramiento adecuado, de altura igual a la de planta baja de la edificación, situado sobre la alineación oficial exterior. Este cerramiento deberá tratarse como fachada; en él podrá haber puertas de peatones o vehículos para el acceso al interior de la parcela. 7. Vuelos. Ancho calle? 10 m, vuelo máximo: 50 cm Ancho calle > 10 m, vuelo máximo: 80 cm Se permiten tribunas o miradores, debiendo cumplir: Vv max. = Sf+b x V /2 Vv max.: volumen volado máximo. Sf+b: superficie de fachada a cota superior a planta baja. V: vuelo máximo. 8. Usos. Son incompatibles los usos: industria ligera e industria pesada. Monzón, 18 de mayo de El Alcalde, Álvaro Burrell Bustos 4761 CSVO12HRXO72YENANBOP

23 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO ANUNCIO 2171 Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en sesión ordinaria celebrada el 16 de mayo de 2017, la modificación presupuestaria n.º 1/2017 por suplemento de crédito, se expone al público en las dependencias de Intervención Municipal de este Ayuntamiento por plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Diputación de Huesca, a fin de que durante el mismo los interesados puedan examinarlo y formular las reclamaciones que se consideren oportunas, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo. La modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, según previene la mencionada disposición legal. Sabiñánigo, 17 de mayo de El Alcalde, Jesús Lasierra Asín 4762 CSVG17KRXO72YENANBOP

24 Powered by TCPDF ( 19 Mayo 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE TOLVA ANUNCIO 2172 Solicitada por AGROPECUARIA ARDIACA MORLO S.L, con CIF nº B , licencia ambiental de actividad clasificada para la Ampliación del censo en explotación bovina de 100 a 300 terneros de cebo, con emplazamiento en Polígono 7, Parcela 38 de La Almunia de San Lorenzo, t.m. de Tolva, según el proyecto técnico redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola D. Raúl Nogueras Pueyo, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente. En cumplimiento con el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se procede a abrir período de información pública por un periodo de quince días naturales desde la inserción del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca para que se presenten las observaciones que consideren pertinentes. El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias del este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en la misma durante horario de oficina. Tolva, 18 de mayo de La Alcaldesa, María Lourdes Pena Subirá 4763 CSV817MRXO52YENANBOP

25 ADMINISTRACIÓN LOCAL COMARCAS COMARCA DEL CINCA MEDIO ANUNCIO 2173 BASES GENERALES QUE REGIRÁN LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE BOMBERO CONDUCTOR-MANTENEDOR EN LA COMARCA DEL CINCA MEDIO PARA CUBRIR PUESTOS DE TRABAJO DE CARÁCTER TEMPORAL VACANTES DE ESTA CATEGORÍA PROFESIONAL 1ª.- DENOMINACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA BOLSA DE TRABAJO Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo de la categoría profesional de BOMBERO en la Comarca del Cinca Medio para cubrir puestos de trabajo de carácter temporal vacantes de esta categoría profesional (grupo C2 nivel 18). Dicho personal estará sujeto al régimen de incompatibilidades previsto para el personal funcionario y laboral que presta sus servicios en la Comarca del Cinca Medio, de conformidad con el ordenamiento jurídico que le es de aplicación a dichos empleados públicos. Será de aplicación al referido personal el convenio colectivo en vigor de los empleados públicos laborales de la Comarca del Cinca Medio. 2ª.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES Para poder formar parte de la bolsa de trabajo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la formalización del correspondiente nombramiento: a) Ser ciudadano de la Comunidad Económica Europea. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Para ello se solicitará informe del órgano/s competente en la materia, en aquellos casos en los que se hubiera señalado en la instancia que posee discapacidad y/o incapacidad laboral en sus diferentes graduaciones. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones que desempeña el personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del Título de Bachiller, ESO o equivalente CSV016PRXO92YENANBOP

26 En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España. f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase C. g) No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones que se especifica en el Anexo I de las presentes bases, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la categoría de Bombero. Presentación en tiempo y forma de la documentación acreditativa señalada en la Base 3ª. El no cumplimiento de estos requisitos conllevará la exclusión del aspirante. 3ª.- SOLICITUDES: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Se realizará la publicación íntegra de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincial de Huesca, Tablón de Anuncios de la Comarca del Cinca Medio y en la página web de la misma. Documentación a aportar por los aspirantes: 1.- Instancia solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes deberán hacer constar el puesto concreto al que se desea optar, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, que aceptan en su totalidad y se someten a las bases que rigen la presente convocatoria, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca del Cinca Medio y se presentarán en el Registro General de la citada institución (Avd. el Pilar 47 de Monzón), en horario de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas, o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de las bases de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincial de Huesca. En caso de que se opte por presentar la instancia en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. La no presentación de la instancia en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. El modelo oficial de instancia estará a disposición de los aspirantes en la página web de la Comarca del Cinca Medio. 2.- Certificado médico que acredite estar exento de toda enfermedad orgánica, secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, y/o aquellas características somáticas que puedan provocar patología en el aspirante (ver anexo I). 3.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o documento acreditativo de la nacionalidad. 4.- Fotocopia del permiso de conducción de la clase C. 5.- Fotocopia del Título académico exigido. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse también la fotocopia de la credencial que acredite su homologación en España CSV016PRXO92YENANBOP

27 6.- Listado de los documentos acreditativos de los méritos aportados por el aspirante. 7.- Fotocopias de los documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso. El Servicio de Personal de la Comarca del Cinca Medio no realizará ninguna fotocopia a ningún aspirante. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en las solicitudes. A este respecto, el domicilio que figure en las mismas se considerará el único a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante, los errores en la consignación del mismo. 4ª.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos en la que constará los apellidos y nombre de los aspirantes, así como, en su caso, las causas de exclusión. Asimismo, se publicará en la precitada resolución el nombre de los miembros del Tribunal de Selección. En dicha resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de la Corporación (presencial y online se concederá un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de la lista precitada. Dicha subsanación deberá realizarse por escrito y presentarse en el Registro General de la Comarca del Cinca Medio por cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen las causas de exclusión o no aleguen la omisión - por no figurar en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos- justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos, la Presidencia de la Corporación dictará el correspondiente Decreto en el que resolverá las reclamaciones, en su caso, y aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, el cual se publicará en los tablones de anuncios. 5ª.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN Al Tribunal de selección le corresponde dirigir el desarrollo del proceso. Actuará con total autonomía funcional y sus miembros serán responsables de la objetividad del procedimiento selectivo, así como del cumplimiento de las bases de la convocatoria, incluidos los plazos para la realización, valoración del concurso y publicación de los resultados. El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases. Se constituirá el Tribunal de selección que llevará a cabo la formación de una bolsa de trabajo de la categoría profesional de Bombero-conductor-mantenedor de la Comarca del Cinca Medio, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases. Los miembros del Tribunal de selección deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el art 23 de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre de la Ley de régimen jurídico del sector público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 del Real Decreto 4766 CSV016PRXO92YENANBOP

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