Sanciones disciplinarias aplicables al Personal Docente
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- Samuel Ramos Montes
- hace 6 años
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1 Procedimientos y Sanciones disciplinarias aplicables al Personal Docente
2 Procedimiento disciplinario aplicable al Personal Docente 1).- Los Consejos de Núcleo inician los expedientes disciplinarios, de oficio o a solicitud del Consejo Universitario.
3 Instrucción del expediente y designación de Comisión 2).- Una vez que el Consejo de Núcleo reciba la solicitud del Consejo Universitario, o cuando tenga indicios serios de que algún miembro ordinario del Personal Docente o de Investigación haya incurrido en forma grave en alguna de las causales del Art. 72 del Reglamento, dentro del lapso de 8 meses acordará la instrucción del expediente para la comprobación de la falta. En el mismo acto se designará, dentro o fuera de su seno, una comisión formada por miembros de la comunidad docente y de investigación para instruir el expediente, además de un representante de la Asociación de profesores que corresponda.
4 Universidad de Oriente ACTA DE INSTALACION DE LA COMISION INSTRUCTORA Hoy, xx de xxxxx de 2016 siendo las xxx de la tarde (X: 00 p.m.), presentes en la sede del Decanato del Núcleo de xxxxx de la Universidad de Oriente, previa convocatoria, los ciudadanos: Profa. XXXXXXX, titular de la cédula de identidad Nº V-xxxx, Prof. XXXXXX, titular de la cédula de identidad Nº V-xxxxxx, Prof. xxxxx, titular de la cédula de identidad N V-xxxxxx, en representación de la Asociación de Profesores del Núcleo de XXXXXX de la Universidad de Oriente (APUDOXX), y la Dra. Nelly Mata, titular de la cédula de identidad Nº V , asesor jurídico; con el objeto de proceder a la instalación formal de la Comisión instructora designada por el Consejo Universitario de la Universidad de Oriente en reunión ordinaria celebrada en XXXXXXXXXX los días XX y XX de XXXX de 2016, según CU N XXXX del XX de XXXXX de 2016, para realizar las actuaciones pertinentes, en el procedimiento disciplinario que habrá de iniciarse contra el Prof. XXXXXXXX, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-XXXXXX, Docente adscrito al Departamento de XXXXXX del Núcleo de XXXXXXXXXX de la Universidad de Oriente. En ese sentido, y a los fines de cumplir con el mandato del Consejo Universitario, queda formalmente instalada la Comisión instructora de la siguiente manera: Prof. XXXXXXXX, Coordinadora; Profe. XXXXXX, miembro principal; Profe. XXXXX, representante de la Asociación de Profesores del Núcleo de XXXXXXX de la Universidad de Oriente (APUDOXX), y la Dra. Nelly Mata, asesor jurídico. Continúese los tramites subsiguientes. Es todo. Se leyó y conformes firman. Profa. XXXXXX Coordinadora Dra. Nelly Mata Asesor Legal Prof. XXXXX Prof. XXXX Representante de ApudoXX
5 Universidad de Oriente ACTA DE PROCEDER Hoy, XX de XXX de 2016 siendo las XXX de la tarde (XXX p.m.), presentes en la sede del Decanato del Núcleo de XXXXXX de la Universidad de Oriente, la Comisión instructora designada según CU N XXXX del XX de XXXX de 2016 emanado del Consejo Universitario de la Universidad de Oriente, en reunión ordinaria celebrada en XXXXXX los días XX y XX de XXX de 2016, y conformada por los ciudadanos: Prof. XXXXXX, en su condición de Coordinadora, Prof. XXXXXX, miembro principal, Prof. xxxx, representante de la Asociación de Profesores del Núcleo de XXXXXXX de la Universidad de Oriente (ApudoXX), y la Dra. Nelly Mata, asesor jurídico. De conformidad con los artículos 74 y 75 del Reglamento de Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Oriente, se procede a dar inicio a la instrucción y sustanciación del Expediente Disciplinario al Profesor XXXXXXX, venezolano, mayor de edad, domiciliado en XXXX (colocar la dirección que aparece registrada en su expediente personal), titular de la cédula de identidad Nº V-XXXXX; en virtud de incurrir presuntamente en causales de destitución previstas en el artículo 72 del Reglamento de Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Oriente, específicamente en sus literales: f) Por dejar de ejercer sus funciones sin motivos justificados y h) Por reiterado y comprobado incumplimiento en los deberes a su cargo, ello, al no reincorporarse a sus labores habituales como Docente adscrito al Departamento de XXXX del Núcleo de XXXXXX de la Universidad de Oriente, una vez culminado el periodo de permiso comprendido desde la fecha XXXXXXX al XXXXXXX, otorgado por el Consejo Universitario conforme a CU N XXXX de fecha XX de XXX de 2014, y concedido a los fines de realizar el proceso de estudios doctorales en la Universidad XXXXXX; todo lo cual se desprende del acta conclusiva de fecha XX de XXXXXX de 2015, suscrita por los miembros de la Comisión designada por el Consejo de Coordinación de la Unidad de Estudios Básicos, de acuerdo a las instrucciones emanadas del Consejo de Núcleo de XXXX, en sesión extraordinaria realizada el XX de XXXX de 2015, Acta N XXXXX; comisión ésta encargada de realizar los trámites internos a fin de esclarecer la situación administrativa del precitado docente XXXXXX. En consecuencia, cítese al docente a objeto de imponerlo del presente expediente disciplinario, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 76 del mencionado Reglamento. De igual manera, se ordena recabar toda la documentación que sea necesaria y tomar declaraciones a todas aquellas personas que puedan tener conocimiento sobre el asunto materia de la investigación. Investíguese, recábese información, líbrese boleta de citación. Profa. XXXXX Coordinadora Prof. XXXXX Dra. Nelly Mata Asesor Legal Prof. XXXXX Representante de ApudoXX
6 Citación al docente investigado 3).- Dentro de los tres (3) días siguientes a su designación, la comisión encargada de la averiguación citará al miembro del personal docente y de investigación, a objeto de imponerle del expediente a que haya sido sometido. La citación será personal o en su defecto, mediante las formas establecidas en el C.P.C.
7 Universidad de Oriente De conformidad con las previsiones del artículo 76 del Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Oriente, cítese al docente investigado, ciudadano XXXXXXX, titular de la cédula de identidad Nº V-XXXXXXXX, a objeto de que comparezca ante la Consultoría Jurídica del Núcleo de XXXXXX de la Universidad de Oriente, el día XXX, a las XX a.m., y se le imponga del contenido del presente expediente disciplinario. Notifíquese igualmente al representante de APUDOXX. Se autoriza al ciudadano XXXX, titular de la cédula de identidad N V-xxxx, para que gestione la citación y notificación ordenadas. Ciudad XX, XXXX de Profa. XXXXXXX Coordinadora Prof.XXXXX (LA FECHA DEL AUTO DEBE ESTAR DENTRO DE LOS TRES DIAS SIGUIENTES A LA INSTALACION FORMAL DE LA COMISION)
8 Universidad de Oriente Ciudad, XXXX Ciudadano: Prof. XXXXXX C.I. V-XXXXXX De conformidad con las previsiones de los artículos 75 y 76 del Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Oriente, se le notifica que debe comparecer ante la sede de la Consultoría Jurídica del Núcleo de XXXX de la Universidad de Oriente, ubicada en XXXXX, del Edificio del Decanato, el día XXX, a las XX a.m., a fin de que la Comisión instructora designada según CU-N XXXX de fecha XX, emanado del Consejo Universitario de la Universidad de Oriente, le imponga del contenido del Expediente Disciplinario aperturado en su contra. Prof. XXXXXX Coordinadora El Citado: Nombre (s): Apellido: Lugar: Fecha: Hora: Firma:
9 Universidad de Oriente Ciudad, XXXX Ciudadano: Prof. XXX Representante de APUDOXX Sirva la presente comunicación para hacer de su conocimiento que esta Comisión instructora, acordó citar al ciudadano XXXXXX, titular de la cédula de identidad Nº V-XXXXXX, en su condición de docente investigado, para que comparezca ante la Consultoría Jurídica del Núcleo de XXXXXXX de la Universidad de Oriente, el día XXX, a las XX a.m., a fin de imponerlo del contenido del expediente disciplinario aperturado en su contra. Participación que se hace a los fines consiguientes. Prof. XXXXXXX Coordinadora
10 Escrito de descargo y lapso probatorio 4).- Una vez que el investigado sea impuesto del contenido del expediente disciplinario, se le otorgará un plazo de treinta (30) días hábiles para que pueda emitir por escrito su declaración y para que promueva y evacúe las pruebas de descargo. Dentro de ese mismo lapso, la comisión promoverá y evacuará las pruebas de los hechos que hayan determinado la formalización del expediente.
11 Remisión de recaudos e informe al Consejo de Núcleo 5).- Transcurrido el lapso probatorio, la Comisión instructora del expediente, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes remitirá los recaudos junto con su informe al Consejo de Núcleo.
12 Recepción y revisión del expediente 6).- El Consejo de Núcleo en la sesión siguiente a la recepción del expediente, lo revisará y si considera que son necesarios nuevos recaudos, lo devolverá a la comisión instructora para que realice lo procedente dentro del lapso que al efecto se le señale.
13 Remisión del expediente al Consejo Universitario 7).- Una vez concluido el expediente, el Consejo de Núcleo lo remitirá de inmediato al Consejo Universitario para la decisión.
14 Decisión del Consejo Universitario 8).- Si el Consejo Universitario considera que son necesarios nuevos recaudos, deberá el Consejo de Núcleo procurárselos en el lapso que señale y, en todo caso, el Consejo Universitario decidirá dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la recepción del último recaudo.
15 Recursos De la decisión emitida por el Consejo Universitario, se le notificará debidamente al docente, indicando los recursos y lapsos que tiene para impugnar ante los órganos jurisdiccionales, en caso de considerar lesionados sus derechos e intereses.
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