CONVENIO DE SUBLICENCIA Y CERTIFICACIÓN

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1 EUREPGAP Documento Convenio de Sublicencia & Certificación (V2.3) Página 1 de 8 CONVENIO DE SUBLICENCIA Y CERTIFICACIÓN para la participación como Mercado Participante Interesado dentro de la estructura del Sistema EUREPGAP para una Adecuada Práctica de la Agricultura entre ( Entidad Certificadora ) representada por y ( Parte Contrayente ) representada por (Utilice letra de imprenta mayúscula) CONSIDERANDO QUE minoristas, productores de productos agrícolas de todo el mundo y demás partes interesadas, han desarrollado el "Sistema EUREPGAP, un amplio sistema de pautas para la adecuada práctica de la agricultura con el objetivo de asegurar una mejor protección del consumidor, y del medio ambiente, y mejorar el bienestar social y de los animales. El sistema se basa en pautas de producción que incluyen criterios de interpretación correspondientes ( Protocolos EUREPGAP ), procedimientos de inspección y certificación estándar ( Reglamento General EUREPGAP ), así como también en un sistema de convenios entre productores / organizaciones de productores / organizaciones de vendedores / operadores de sistemas certificados de garantía de calidad ( Mercados Participantes Interesados ), entidades certificadoras y EUREPGAP. El sistema de EUREPGAP consiste en Convenios de Licencia y Certificación (entre EUREPGAP y las entidades certificadoras) así como en Sublicencias y Convenios de Inspección (entre las entidades certificadoras y los Mercados Participantes Interesados). /

2 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 2 de 8 El organismo de Certificación instituirá Convenios de Sublicencia y Certificación únicamente con productores agrícolas del respectivo alcance o ámbito de productos y sus organizaciones cultivadoras u organizaciones de mercado así como con las entidades de garantía de calidad certificadas. SE ACUERDA: 1. OBJETIVO DE ESTE CONVENIO Este convenio establece los derechos y obligaciones de la Entidad Certificadora como una organización independiente para la inspección, certificación, y actividades de autorización, y de la Parte Contrayente como parte interesada y activa en el mercado dentro del sistema de EUREPGAP. 2. CONCESIÓN DE LA LICENCIA 2.1 De acuerdo con el Convenio de Licencia y Certificación con fecha del de (Anexo 1), EUREPGAP ha concedido una licencia no exclusiva y no cesible a la Entidad Certificadora para la concesión de sublicencias a Mercados Participantes Interesados dentro del sistema EUREPGAP. 2.2 Por la presente, la Entidad Certificadora concede una licencia no exclusiva y no cesible a la Parte Contrayente para el uso del la Marca Registrada EUREPGAP. La Parte Contrayente tendrá el derecho de rotular o hacer rotular, distribuir y poner a la venta sus productos bajo la Marca Registrada EUREPGAP siempre y cuando estos productos hayan sido notificados ante la Entidad Certificadora y sean producidos en completo acuerdo con las condiciones compulsivas del Protocolo de EUREPGAP respectivo ("Protocolo EUREPGAP para el alcance ) (Anexo 4 y 5) y el Reglamento General de EUREPGAP (Anexo 3) ya sea por la Parte Contrayente o por cualquier Mercado Participante Interesado que haya sido registrado ante la Entidad Certificadora por la Parte Contrayente. La disposición anterior se aplicará también a las subsidiarias 1 de la Parte Contrayente enumeradas en el Anexo La Parte Contrayente no estará autorizada para conceder sublicencias. 3. EL SISTEMA EUREPGAP 3.1 EUREPGAP será responsable por el desarrollo adicional de los Protocolos y del Reglamento General de EUREPGAP. La versión actual del Protocolo EUREPGAP correspondiente se adjuntan en los Anexos 3, 4 y EUREPGAP deberá compilar materiales de información con respecto a la "Adecuada Práctica de la Agricultura y Producción Integrada" y ponerlos a disposición de la Entidad Certificadora. La Entidad Certificadora deberá transferir esta información a la Parte Contrayente sin retraso excesivo. 1 Subsidiarias se refiere a las filiales independientes o afiliadas a la Parte Contrayente, no a cultivadores registrados.

3 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 3 de EUREPGAP deberá participar en el desarrollo de normas para la identificación y rastreo de productos en la cadena alimenticia e informará de esto, como corresponde, a la Entidad Certificadora. La Entidad Certificadora referirá esta información a la Parte Contrayente sin retraso excesivo. 3.4 EUREPGAP deberá informar a la Parte Contrayente, si se lo solicita, sobre la aplicación del sistema EUREPGAP y sobre cualquier otra cuestión adicional que la Parte Contrayente pueda presentar con respecto al sistema EUREPGAP. EUREPGAP cobrará a la parte contrayente honorarios por dicho servicio. 4. LA MARCA REGISTRADA EUREPGAP 4.1 La Parte Contrayente utilizará la Marca Registrada EUREPGAP únicamente con productos que hayan sido notificados ante la Entidad Certificadora y que hayan sido producidos en completo acuerdo con las condiciones compulsivas del Protocolo correspondiente de EUREPGAP, y la utilizará tanto para sí misma como para cualquier otro Mercado Participante Interesado que haya sido registrado con la Parte Contrayente ante la Entidad Certificadora. La disposición anterior se aplicará también a aquellas subsidiarias de la Parte Contrayente enumeradas en el Anexo 2. La Marca Registrada EUREPGAP se utilizará únicamente para productos que hayan sido producidos en un lugar registrado ante la Entidad Certificadora. 4.2 El uso de la Marca Registrada EUREPGAP, tal como lo permite este Convenio, deberá realizarse de la siguiente manera: 4.3 La Marca Registrada de EUREPGAP en letra mayúscula, en color Negro y en fuente Arial con un máximo de 10 milímetros de altura, seguido por el nombre de la Entidad Certificadora y por el número de registro otorgado por la Entidad Certificadora y comunicado a EUREPGAP. Los términos certificado o aprobado o, cualquiera de los dos en combinación con un término que señale el nivel de distribución, pueden ser añadidos en la lengua usada en el mercado respectivo. Ejemplos: - "EUREPGAP [razón social de la Entidad Certificadora] [número de registro de la Entidad Certificadora ]" - "Aprobado por EUREPGAP : número de registro: [razón social de la Entidad Certificadora] [número de registro de la Entidad Certificadora]" - "Aprobado por EUREPGAP : Reg. No.: [razón social de la Entidad Certificadora] [número de registro de la Entidad Certificadora]" - "EUREPGAP Productor Reconocido: Reg. No.: [razón social de la Entidad Certificadora] [número de registro de la Entidad Certificadora]" - "EUREPGAP Programa de Calidad Reconocido: Reg. No.: [razón social de la Entidad Certificadora] [número de registro de la Entidad Certificadora]"

4 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 4 de 8 Se puede llegar a un acuerdo con respecto al uso de otras variantes. Cualquier enmienda deberá hacerse por escrito y deberá ser aprobada por EUREPGAP para tener validez. 4.4 La Marca EUREPGAP puede ser utilizado a nivel mayorista para la comunicación comercial, pero no aparecerá en el Punto de Venta al consumidor final. 4.5 La Parte Contrayente deberá indicar, al utilizar la Marca EUREPGAP, que se trata de una marca registrada por EUREPGAP. 4.6 La Parte Contrayente no utilizará la Marca Registrada EUREPGAP como parte del nombre de su compañía ni identificará en ninguna forma a EUREPGAP como parte de su compañía. 4.7 La Parte Contrayente, al utilizar la Marca Registrada EUREPGAP, deberá aclarar a terceras partes y consumidores, por medio del uso de la rotulación apropiada, que EUREPGAP no es el productor de la mercancía en cuestión. La Parte Contrayente deberá indemnizar a EUREPGAP contra posibles reclamos por daños y perjuicios por el uso de la Marca Registrada EUREPGAP. 4.8 La Parte Contrayente no estará autorizada para perseguir infracciones contra la Marca Registrada EUREPGAP realizadas por terceros. No obstante, su derecho a participar en un proceso por una infracción, entablado por EUREPGAP, a fin de constatar los daños causados por la infracción, permanecerá inalterado. 4.9 La Parte Contrayente deberá, sin retraso excesivo, informar a la Entidad Certificadora de cualquier utilización o aplicación de una marca que pueda ser confundida con la Marca Registrada EUREPGAP La Parte Contrayente deberá informar a la Entidad Certificadora y a EUREPGAP de cualquier requerimiento judicial o reclamo por daños a terceros a causa de la utilización de la Marca Registrada EUREPGAP. EUREPGAP realizará los mayores esfuerzos para asistir a la Parte Contrayente en su defensa frente a esta demanda EUREPGAP puede atenerse directamente a las disposiciones de esta cláusula (4) (sección 328 del Código Civil Alemán). 5. PRODUCCIÓN Y CERTIFICACIONES 5.1 La Parte Contrayente deberá producir toda la cosecha de los productos o especies registrados ante la Entidad Certificadora, para el lugar o lugares de producción respectivos registrados, de acuerdo a las condiciones compulsivas del Protocolo EUREPGAP correspondiente y al Reglamento General de EUREPGAP. Para cualquier otro Mercado Participante Interesado que esté registrado con la Parte Contrayente ante la Entidad Certificadora, la Parte Contrayente deberá garantizar que existen procedimientos apropiados para la identificación y rastreo con respecto a los productos de EUREPGAP. Esto se efectuará por medio de controles de credibilidad regulares debidamente documentados, dentro del esquema de los procedimientos de auto control de la Parte Contrayente.

5 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 5 de La Parte Contrayente garantizará que dentro de su esquema de auto control puede proporcionar, de acuerdo con el Protocolo correspondiente para Frutas y Vegetales de EUREPGAP, la prueba de certificación necesaria y que, entre otras cosas, esta prueba será divulgada con el propósito de una Certificación neutral. La Parte Contrayente deberá, como parte de su inspección interna, cumplir con las secciones relevantes del Reglamento General de EUREPGAP cuya versión actual se incluye en el Anexo La Parte Contrayente deberá permitir a la entidad de inspección y certificación independiente, durante la jornada normal de trabajo, el libre acceso a sus lugares de producción, sus oficinas, sus empleados y a todos los libros y registros relacionados con EUREPGAP que tengan que ver con el cumplimiento o la aplicación del sistema de EUREPGAP. La Parte Contrayente también proporcionará a la entidad de inspección y certificación independiente toda la información relacionada con EUREPGAP. 5.4 La Parte Contrayente deberá asegurar, en lo concerniente a EUREPGAP (sección 328 del Código Civil Alemán), el mismo grado de acceso e información a entidades de certificación independientes designadas directamente por EUREPGAP. El nombramiento de la entidad independiente certificadora estará a expensas de EUREPGAP. No obstante, si la organización que realiza la inspección o certificación por parte de EUREPGAP localiza fallas, la Parte Contrayente deberá correr con los gastos creados por inspecciones suplementarias. 5.5 La Parte Contrayente conviene en que las organizaciones de inspección y certificación, ya sea actuando a favor de la Parte Contrayente o de EUREPGAP, deberán proporcionar a EUREPGAP los resultados de dicha inspección y certificación. 6. REGISTRO 6.1 La Entidad Certificadora deberá proporcionar a la Parte Contrayente un número de registro individual y permanente. Además, cualquier otro Mercado Participante Interesado que haya notificado sus productos con la Parte Contrayente ante la Entidad Certificadora, deberá obtener dicho número de registro. La Parte Contratante acuerda informar a la Entidad Certificadora sobre cualquier número de registro EUREPGAP existente o caducado que pudiera tener o haber tenido, y sobre cualquier anterior actividad de inspección o certificación EUREPGAP en su organización, incluyendo los resultados. 6.2 La Parte Contrayente conviene en que la Entidad Certificadora transfiera el número o números de registro incluyendo números paralelos o existentes, los productos notificados ante la Entidad Certificadora, el área de producción agregada, así como los resultados de las inspecciones a EUREPGAP. La Parte Contrayente deberá dar instrucciones a la Entidad Certificadora de informar a EUREPGAP sobre restricciones de las personas que deban tener acceso a la información a nivel individual de la Parte Contrayente o dispondrá, de cualquier forma, de que EUREPGAP sea informada de tales restricciones. 6.3 La Parte Contrayente conviene en que EUREPGAP deberá poner a disponibilidad de los minoristas de productos alimenticios, a solicitud de los minoristas, el número o números de registro de la Parte Contrayente y los productos EUREPGAP de la Parte Contrayente, sujetos a normas pertinentes de protección de datos; y que la Entidad Certificadora

6 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 6 de 8 pondrá a la disponibilidad de los minoristas de productos alimenticios, a solicitud de los minoristas, el número o números de registro de la Parte Contrayente, la razón social de la Parte Contrayente, los productos EUREPGAP de la Parte Contrayente, y la dirección de la Parte Contrayente, sujetos a las normas pertinentes de protección de datos. 6.4 La Parte Contrayente está de acuerdo/no está de acuerdo [por favor suprima lo que corresponda] en que EUREPGAP publique su nombre, o su marca, así como también, si fuera relevante, su dirección de Internet, en un listado accesible a los miembros del Sistema de EUREPGAP (por ejemplo, en la homepage de EUREPGAP). 7. CAMBIOS EN LA EMPRESA La Parte Contrayente deberá informar inmediatamente a la Entidad Certificadora sobre todos los cambios en su empresa que puedan afectar este Convenio, en particular la existencia, concesión o expiración de números de registro de otras Entidades Certificadoras en el esquema del Sistema de EUREPGAP, sucesiones legales, adquisición o eliminación de entidades corporativas relacionadas, así como cambios en el personal o en el departamento responsable del Sistema EUREPGAP. 8. SANCIONES En caso de una infracción, premeditada o por negligencia, contra las obligaciones del Sistema de EUREPGAP, en particular obligaciones a las que la Parte Contrayente se haya comprometido contractualmente, EUREPGAP está autorizada para poner en vigor las medidas descritas en la Lista de Sanciones dentro del Reglamento General (Anexo 3). 9. PERÍODO Y FINALIZACIÓN 9.1 Este convenio es válido por un período de año(s) a partir de la fecha de la firma del mismo, a menos que sea cancelado prematuramente de acuerdo con las cláusulas 9.2. ó 9.4 descritas a continuación. Este Convenio se prolongará automáticamente por un año si ninguna de las dos partes finaliza el Convenio notificando a la otra parte por escrito con tres meses de anterioridad a la fecha de vencimiento de este contrato. Cualquiera de las partes deberá notificar de la cancelación de este Convenio por medio de correo certificado. 9.2 El derecho a cancelar este Convenio en circunstancias extraordinarias y por razones materiales permanece inalterado. Se consideran razones materiales, en particular, infracciones, premeditadas o por negligencia, contra este Convenio, cometidas por una de las partes que no fueran remediadas a pesar de una notificación formal de terminar la infracción dentro de un período razonable de tiempo. En el caso de la Entidad Certificadora, se considera una razón material, en particular, que una corte de justicia dictamine que la Parte Contrayente ha infringido por negligencia una ley nacional alimentaria relevante, o una ley alimentaria Europea, cualquiera de las cuales pudiera conducir a sanciones penales, o de cualquier otra ley que sea relevante para el cumplimiento de este Convenio, o para el estado legal de la Marca Registrada EUREPGAP.

7 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 7 de Al finalizar este Convenio la Parte Contrayente pierde el derecho de usar la Marca Registrada EUREPGAP con efecto inmediato. 9.4 Este Convenio finaliza automáticamente sin previa notificación si - la Marca Registrada EUREPGAP es cancelada y/o - se cancela el Convenio de Licencia y Certificación entre la Entidad Certificadora y EUREPGAP. 9.5 Si se da el caso descrito en 9.4 segundo apartado, la Entidad Certificadora está obligada a dar a la Parte Contratante toda la información y emprender todas las acciones ndecesarias para facilitar la transferencia del acuerdo de Sublicencia con la Parte Contratante con una nueva Entidad Certificadora. 10. PARTES Y ALTERACIONES / ENMIENDAS A ESTE CONVENIO 10.1 Los Suplementos y Anexos incluidos aquí forman parte de este Convenio. La Entidad Certificadora deberá informar a la Parte Contrayente sin retraso excesivo sobre cualquier alteración / enmienda a los Anexos. Estas alteraciones / enmiendas formarán parte de este Convenio si la Parte Contrayente no objeta dicha alteración / enmienda dentro de un plazo de dos semanas a partir de la fecha en que fue informada. En caso de existir una objeción, las dos partes tendrán derecho a cancelar este Convenio dentro de un plazo de dos semanas a partir de la fecha del recibo de la objeción por la Entidad Certificadora La Parte Contrayente deberá, sin retraso excesivo, realizar las alteraciones / enmiendas que formen parte del Convenio e informar a la Entidad Certificadora en la debida forma...., ,... Lugar Fecha (Parte Contrayente) (Entidad Certificadora) Sello de la Compañía

8 EUREPGAP Documento Convenio de sublicencia & certificación (V2.3) Página 8 de 8 Anexos 1. Convenio de Licencia y Certificación FoodPLUS GmbH / en su versión más reciente (se podrá ver en la oficina central de la Entidad Certificadora) 2. Subsidiarias de la Parte Contrayente en su versión más reciente 3. Reglamento General de EUREPGAP en su versión más reciente 4. Puntos de Control y Criterios de Cumplimiento EUREPGAP en su versión más reciente. 5. Guía Nacional de aplicación e interpretación, para el alcance correspondiente, en su versión más reciente.

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