REGLAMENTO DEL PROGRAMA UNIVERSIDAD EMPRESA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN
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- Alfredo Cuenca Rojo
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1 REGLAMENTO DEL PROGRAMA UNIVERSIDAD EMPRESA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN CAPITULO I. Objetivos. Artículo 1.El Programa Universidad-Empresa de la Universidad Nacional de General San Martín tiene los siguientes objetivos: 1.1 Contribuir al desarrollo del medio socio productivo local, regional y nacional a través del aporte científico y tecnológico que pueda brindarle la comunidad universitaria. 1.2 Difundir las capacidades de los grupos de investigación y desarrollo de la universidad, potenciar la transferencia de sus conocimientos al medio. 1.3 Detectar la demanda tecnológica de la sociedad para impulsar las acciones necesarias para darle la respuesta adecuada. 1.4 Fomentar la cultura del emprendedor tecnológico entre los estudiantes, los docentes y los graduados, y promover la creación de empresas competitivas de base tecnológica. 1.5 Procurar nuevas fuentes de recursos para la Universidad. CAPITTULO II. Funciones. Artículo 2. El Programa Universidad-Empresa de la UNSAM tendrá las siguientes funciones: 2.1 Establecer el diálogo con los diversos actores socio económicos con vistas a detectar problemas internos o necesidades técnicas que puedan requerir soluciones nacidas de la investigación orientada y/o aplicada. 2.2 Gestionar la contratación de servicios de consultaría o transferencia, siendo el nexo vinculante entre los grupos de investigación y desarrollo y los terceros demandantes. 2.3 Entender en la asistencia jurídica, contable y administrativa para la contratación y seguimiento de la vinculación universidad empresa. 2.4 Gestionar el financiamiento interno y externo, en especial para proyectos de investigación y desarrollo tecnológico. 2.5 Colaborar en el diseño de proyectos y programas de investigación y desarrollo. 2.6 Intervenir en todos los foros del quehacer tecnológico donde la UNSAM deba participar. 2.7 Generar una red de oferentes tecnológicos integrada por las distintas unidades académicas. 2.8 Entender en la promoción de la transferencia de resultados y tecnológica desarrolladas en la UNSAM a los organismos públicos y privados que puedan explotarlos. 2.9 Promover acuerdos de colaboración interdisciplinarios entre equipos de investigación y las empresas para el desarrollo conjunto de problemas de investigación y desarrollo Coordinar ofertas interdisciplinarias para satisfacer demandas explicitas o latentes en la estructura social y productiva Evaluar la viabilidad técnica, económica y financiera de todos los proyectos presentados y efectuar el seguimiento de su ejecución Impulsar la constitución y desarrollo de incubadoras de empresas, parques y polos tecnológicos, así como el deasarrollo de proyectos productivos ( spin off ) dentro de los integrantes de la comunidad universitaria. 1
2 CAPITULO III. Estructura del Programa Universidad-empresa Artículo 3. La estructura del Programa Universidad-empresa consta de: Coordinación Consejo Universidad-empresa Unidad Ejecutora del Programa. Unidad Jurídico Contable Unidad Gestión de Proyectos Artículo 4. La coordinación del Programa estará a cargo de la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la UNSAM. Artículo 5. El Consejo Universidad-Empresa estará presidido por el Coordinador del Programa, e integrado por los representantes designados al efecto por todas las Unidades Académicas que participen en proyectos de vinculación universidad empresa. Se reunirá periódicamente para: 5.1 Asesorar al Consejo Superior sobre los distintos aspectos vinculados al Programa. 5.2 Coordinar acciones para la buena marcha del Programa. 5.3 Actuar como el enlace natural con todos los actores de la comunidad universitaria. 5.4 Intercambiar la información disponible, en especial sobre proyectos, relaciones y programas de cooperación. 5.5 Promover la sinergia entre los investigadores y las empresas, impulsando la asociatividad dentro y fuera de la comunidad universitaria. Artículo 6. La Unidad de Vinculación Tecnológica de la UNSAM, habilitada de conformidad a la Ley , será la unidad ejecutora del Programa Universidad Empresa de la UNSAM y actuará como enlace institucional con otros centros del sistema nacional de innovación y con todo el sistema socio productivo nacional e internacional. Artículo 7. La Unidad Jurídico Contable (UJUC) del Programa brindará los servicios jurídicos, contables y financieros a todas las Unidades Académicas y ejercerá el control administrativo y financiero de los proyectos del Programa. Intervendrá con carácter previo a la firma de todo convenio o acuerdo que se enmarque en los objetivos del Programa, así como en todas las actividades, formalizadas o no como proyecto, que comprometan a la Universidad. Difundirá en la comunidad universitaria toda la información disponible relativa a su área, incluyendo los instrumentos financieros promociónales. Artículo 8. La Unidad Gestión de Proyectos del Programa (UGP) coordinará con las distintas Unidades Académicas y los comitentes los distintos servicios que brindará el Programa a saber, asistencia técnica, transferencia tecnológica, capacitación empresarial, pasantías, información de la demanda y oferta tecnológica, programa de creación de empresas, entre otros. Será su responsabilidad primaria el control de la ejecución de los proyectos que se hubieran originado por la gestión directa del Programa. CAPITULO IV. Modalidades, clasificación y formulación de Proyectos Artículo 9. Las actividades de vinculación tecnológica revestirán, las siguientes modalidades: 2
3 9.1 Asistencia técnica y servicios. ejecución de análisis, mediciones o evaluaciones rutinarias y tareas de consultoría en general para cubrir carencias del medio por el conocimiento de temas específicos, metodología de trabajo y otros. 9.2 Capacitación de recursos humanos. Comprende el dictado de cursos, seminarios, conferencias y/o jornadas de capacitación o perfeccionamiento a solicitud de terceros. 9.3 Innovación tecnológica. Actividades que surgen a partir de una oferta determinada o demandas del medio que impliquen la transmisión de conocimientos, de tecnológicas y/o de adaptaciones de carácter novedoso u original. Incluye la explotación de patentes, licencias, marcas o diseños de utilidad y derechos de autor y edición. 9.4 Creación e incubación de empresas. Promoción de nuevos emprendimientos o de nuevas empresas de base industrial y/o tecnológica a través de diversos instrumentos como las incubadoras de empresas, los parques y polos tecnológicos, los programas de spin off, entre otros. Artículo 10. Todas las actividades universitarias de vinculación tecnológica que se brinden al medio socio productivo deberán formularse bajo el formato de PROYECTO que, según sus características, responderá a alguno de los tipos siguientes: 10.1Investigación aplicada. Trabajos destinados a adquirir conocimientos para su aplicación práctica en la producción y /o comercialización Investigación tecnológica precompetitiva. Trabajos sistemáticos de profundización de los conocimientos existentes derivados de la investigación y/o la experiencia práctica, dirigidos a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos y al establecimiento de nuevos procesos,, sistemas o servicios, incluyendo la fase de const4ruccion de prototipos, planta piloto y unidades demostrativas, finalizando con la homologación de los mismos Adaptaciones y mejoras. Desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y a introducir perfeccionamientos que carecen usualmente de los rasgos de originalidad y novedad que caracterizan a los proyectos anteriores Transferencia de tecnología. Proyectos en los que, ya producido y/u homologado el desarrollo debe pasarse de la escala piloto a la escala industrial Modernización tecnológica. Proyectos que tienden a transferir conocimientos, información o servicios para resolver problemas técnicos específicos o aportar elementos para su resolución. Artículo 11. La formulación de la idea proyecto podrá provenir tanto de la demanda como de la oferta de tecnología. En el primer caso podrá originarse en los grupos de investigación y transferencia de las unidades académicas o de los distintos centros tecnológicos. En los demás partirá de la detección que haga el Programa de las necesidades del medio socio productivo, o de la demanda directa del comitente. Artículo 12. Si la idea proyecto tuviera origen en la unidad académica o en una potencial Unidad Ejecutora, el Programa las asesorará para la formulación del proyecto en todos sus aspectos técnicos, económicos, jurídicos y financieros. Artículo 13. Si la idea proyecto partiera de la demanda, la UGP requerirá de las distintas unidades académicas la información pertinente sobre los profesionales o grupos de investigación que pudieran ejecutarlo. La UGP identificara la unidad ejecutora que más se ajuste a los requerimientos del comitente, pudiendo aconsejar la intervención de otros grupos de investigación y desarrollo. 3
4 CAPITULO V. Contratos y presupuesto Artículo 14. En todos los casos la Unidad Jurídico Contable tomará intervención en la negociación jurídica de los contratos que celebre la Unidad Académica con el comitente con carácter previo a su firma. Artículo 15. Los contratos que se celebren en el marco del Programa se llevarán a cabo a través de las siguientes categorías: 15.1 Contratos normalizados. Comprende a todos aquellos cuyos modelos serán aprobados formalmente por la Universidad Contratos específicos. Serán todos aquellos que no hayan sido normalizados y por tanto no existan modelos aprobados. Artículo 16. Todos los contratos deberán presupuestarse contemplando sus costos reales directos e indirectos, el porcentaje adicional en concepto de beneficio universitario y el valor de los impuestos que correspondan. Artículo 17: Del monto total que resulte una vez presupuestado y definido el proyecto o contrato a celebrarse, se destinará un canon para constituir un Fondo destinado a proyectos que a propuesta del Señor Rector sean aprobados por el Consejo Superior, tal como se establece en el Capítulo I, artículo primero apartado 5 del presente Reglamento. Si el monto del proyecto o contrato fuera menor a la suma de quinientos mil pesos ($ ) el canon será del 10% sobre dicho monto y si fuera superior, será del 5%. CAPITULO VI. Distribución de fondos. Artículo 18. El Programa Universidad-Empresa de la UNSAM centralizará todos los pagos que se efectúen en razón de los contratos y los distribuirá. Los fondos que corresponden a costos directos, previa deducción de los montos por afectación de personal, se girarán a la Unidad Ejecutora que deberá efectuar la rendición de cuentas correspondiente en el plazo de treinta días. Los fondos ingresados como costos indirectos serán incorporados al presupuesto de cada Unidad Académica o a la Administración de la Unidad Central de la Universidad quienes los distribuirán entre los distintos programas presupuestarios. Corresponderá a las Unidades Académicas y al Honorable Consejo Superior, a propuesta del Rectorado, la reglamentación de la distribución interna de fondos y el control de la ejecución. CAPITULO VI. Glosario Artículo 19. A los fines de presente reglamento se entiende por: Unidad Ejecutora del Programa. Es la Unidad de Vinculación Tecnológica de la UNSAM. Unidades ejecutoras de proyectos. Todos aquellos grupos de trabajo pertenecientes a los distintos institutos o escuelas superiores de la UNSAM y los pertenecientes a otras instituciones del Sistema Nacional de Innovación que a través de este Programa se vinculen con el medio para el desarrollo de cualquiera de los proyectos enunciados en el artículo. Unidades Académicas. Los distintos departamentos, institutos o escuelas de la UNSAM. Representante de la Unidad Ejecutora. Toda persona física que adopta la representación de una o varias unidades ejecutoras ante el Programa Universidad-Empresa de la UNSAM. 4
5 Comitente. Persona de existencia física o ideal, del sector publico o privado, con quien se establezca la vinculación sobre la base del requerimiento de un producto o desarrollo tecnológico. Capacitación. Aquellas actividades orientadas a la formación de los empresarios y su personal, para la incorporación de nuevas tecnologías de procesos, productos o servicios, así como para la mejora de la gestión y la calidad empresarias y del sector público. También comprende la formación de los nuevos emprendedores y la asistencia para la generación de nuevas empresas y /o negocios. 5
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