Organización de las Naciones Unidas. para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo. 154ª reunión
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- Javier Domínguez Carrasco
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1 Organización de las Naciones Unidas ex para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo 154ª reunión 154 EX/18 PARIS, 12 de marzo de 1998 Original: Inglés Punto 4.4 del orden del día provisional INFORME DE LA CUARTA REUNION EXTRAORDINARIA DEL COMITE MIXTO OIT/UNESCO DE EXPERTOS SOBRE LA APLICACION DE LA RECOMENDACION RELATIVA A LA SITUACION DEL PERSONAL DOCENTE (CEART) RESUMEN De conformidad con la Decisión 146 EX/5.2.4 y la Resolución 28 C/1.8, el Director General somete a la consideración del Comité de Convenciones y Recomendaciones del Consejo Ejecutivo el informe elaborado por el Comité Mixto OIT/UNESCO de Expertos sobre la aplicación de la Recomendación relativa a la situación del personal docente (CEART/SP/1997/13) en su cuarta reunión extraordinaria (París, de septiembre de 1997). Las conclusiones de esta reunión y su informe se resumen en el presente documento. El informe completo está disponible, previa solicitud, en español, francés e inglés. Decisión propuesta: párrafo 19.
2 154EX/18 Propósito de la cuarta reunión extraordinaria 1. El Comité Mixto OIT/UNESCO de Expertos sobre la aplicación de la Recomendación relativa a la situación del personal docente (CEART) celebró su cuarta reunión extraordinaria en la Sede de la UNESCO en París, del 15 al 18 de septiembre de Su orden del día abarcaba los siguientes puntos: - examen de los informes sobre las tendencias nacionales y regionales en materia de educación y personal docente preparados para la 45ª Conferencia Internacional de Educación de la UNESCO (Ginebra, 1996) y la Reunión paritaria sobre las repercusiones del ajuste estructural en el personal de la educación de la OIT (Ginebra, 1996), y de las conclusiones de ambas reuniones; - examen de estudios y seminarios sobre temas concretos como la formación de docentes, el empleo y las oportunidades profesionales, la participación en la adopción de decisiones, las consultas y negociaciones entre los docentes y las autoridades educativas, el estrés y el agotamiento en la profesión docente y la situación de las mujeres docentes; - examen de la información facilitada por organizaciones internacionales de personal docente y estudio de las alegaciones de incumplimiento de lo dispuesto en la Recomendación, presentadas por organizaciones nacionales e internacionales de personal docente; - indicadores relativos al personal docente en relación con la metodología aplicada por el CEART en el cumplimiento de su mandato; - medidas adoptadas para promover la Recomendación OIT/UNESCO; - evolución de la preparación de una Recomendación sobre la situación del personal docente de enseñanza superior; - examen de un estudio relativo a un sistema internacional de información mejorado sobre la situación del personal docente, en el que se exponen las tendencias actuales del acopio de indicadores sobre el profesorado y recomendaciones para los métodos de acopio futuros habida cuenta de la necesidad del Comité Mixto de disponer de datos estadísticos pertinentes sobre el personal docente. 3. La abundante información de que disponía el CEART incluía documentos de referencia elaborados por las Secretarías de la OIT y la UNESCO, informes preparados para las importantes reuniones de la OIT y la UNESCO antes mencionadas, y otras fuentes especificadas en su mandato y métodos de trabajo. Sobre estas bases, el CEART analizó los adelantos logrados en la aplicación de la Recomendación OIT/UNESCO y sus repercusiones en la situación del personal docente, el acceso a la educación y la calidad de ésta en esferas esenciales, y recomendó actividades para el futuro. 4. El informe de la reunión consta de una introducción y secciones relativas a un análisis del empleo, las posibilidades de evolución profesional y retención del personal docente, la participación, consulta y negociación colectiva en la profesión docente, la formación del personal docente, la situación de las mujeres docentes en la enseñanza y la formación técnicas,
3 154 EX/18 - pág. 2 las medidas destinadas a favorecer la difusión y aplicación de la Recomendación OIT/UNESCO, información facilitada por organizaciones internacionales de personal docente, alegaciones remitidas por organizaciones de personal docente sobre el incumplimiento de la Recomendación y los futuros procedimientos de examen de las alegaciones, las novedades vinculadas al proyecto de Recomendación relativa a la situación del personal docente de enseñanza superior, y propuestas de acción futura. Tres anexos contienen el análisis detallado, las conclusiones y recomendaciones del CEART sobre las alegaciones recibidas de organizaciones de personal docente, la lista de los numerosos documentos utilizados para los trabajos del Comité Mixto y el orden del día propuesto para su próxima reunión. Empleo, participación e igualdad (párrafos ; 64-65) 5. Tras examinar las tendencias de la financiación y el suministro de educación en relación con las normas relativas a la situación del personal docente establecidas en la Recomendación OIT/UNESCO, el CEART concluyó que años de racionalización económica, ajuste estructural y cambios tecnológicos y la modificación de las expectativas de la sociedad han seguido teniendo efectos negativos en la moral de los docentes. Se consideró que otros factores dimanaban en parte de esos cambios, entre ellos una remuneración inadecuada, un deterioro de la situación respecto de otras profesiones y un aumento del estrés vinculado a la violencia y la inseguridad en las escuelas. Esos factores han tenido graves consecuencias para el ingreso en la profesión y la permanencia en ella de individuos calificados como profesores. Los gobiernos, las comunidades, los docentes y diversos actores comparten la responsabilidad de un menoscabo del profesionalismo y el prestigio de la enseñanza y la educación. Entre las consecuencias figuran un envejecimiento y una feminización crecientes de la profesión docente, aun cuando las mujeres sigan estando insuficientemente representadas en ciertas disciplinas y en los puestos de responsabilidad. A su vez, las situaciones antes mencionadas han hecho centrarse la atención internacional en las normas establecidas en la Recomendación OIT/UNESCO, como lo demuestran las reiteradas referencias que a ellas se ha hecho en reuniones de alto nivel y sus conclusiones. En el informe del CEART se propone una estrategia para remediar la situación, mediante una serie de mejoras en la educación, la capacitación, el empleo, las condiciones de trabajo y el compromiso del personal docente sobre la base de un grado de profesionalización más elevado. Por ejemplo, el CEART propone estructurar la formación inicial como un instrumento de la política de contratación, el profesionalismo y el perfeccionamiento. Se reafirma la validez permanente de los principios de la Recomendación OIT/UNESCO en la búsqueda de soluciones a los problemas individualizados. 6. El CEART examinó asimismo el nivel de participación del personal docente en la adopción de decisiones en la educación mediante las consultas y negociaciones. Se comprobó que, pese a indicios positivos de que la comunidad educativa reconocía la necesidad de una mayor participación de los docentes en las decisiones en materia de política y reforma, con frecuencia ese reconocimiento aún no se extendía a la función explícita de las organizaciones del profesorado, y no llegaba a traducirse en medidas concretas para promover la aplicación de los principios recogidos en la Recomendación OIT/UNESCO. Se instó tanto a la OIT como a la UNESCO a buscar e individualizar sistemas eficaces de consulta y negociación en los que participen las organizaciones de personal docente y las funciones específicas que han cumplido los docentes en la reforma de la educación.
4 154EX/18 - pág En el informe del CEART se examina la situación de la mujer en el profesorado en general y en la enseñanza y formación técnicas. Se comprueba que la igualdad entre los sexos en la enseñanza sigue estando inhibida por factores como una distribución desequilibrada de las responsabilidades familiares, los prejuicios culturales y sociales, criterios y procedimientos de promoción que benefician al hombre, y una escasa representación de las mujeres en los puestos de responsabilidad en la administración y los sindicatos. En consecuencia, a pesar de la constante feminización numérica de la enseñanza, las mujeres están insuficientemente representadas en muchos campos de enseñanza técnicos y científicos, como profesoras en la enseñanza superior y en los cargos directivos en numerosos niveles de la educación. Se propone hacer hincapié en la elaboración de estrategias y políticas que favorezcan el cambio mediante seminarios nacionales en los que participen gobiernos, empleadores, trabajadores y organizaciones no gubernamentales. Formación del personal docente (párrafos 46-63) 8. El examen de los datos pertinentes por el CEART confirmó que la escasez de docentes en muchas partes del mundo ha dado lugar a que ingresen en la profesión personas poco calificadas e incluso carentes de formación. Sobre la base de su documentación de referencia, comprendido el informe de la 45ª Conferencia Internacional de Educación, el CEART destacó la necesidad de mejorar la articulación entre la formación anterior al servicio y durante el mismo, e individualizó nuevos ámbitos prioritarios para la capacitación, en particular en materia de educación para la paz y la tolerancia y de tecnologías de la información y la comunicación. Con respecto a la formación durante el servicio se señala en el informe del CEART que, según los datos disponibles, la mayor parte de la formación no es ni sistemática ni eficaz, ni cuenta con un apoyo adecuado del personal docente; la reacción de los educadores a esta formación puede deberse a sus condiciones de trabajo y a su situación, que se consideran sumamente desalentadoras. En el informe se recomienda que las autoridades competentes realicen un esfuerzo resuelto para garantizar que ninguna persona pueda iniciarse en la profesión docente sin un nivel mínimo de formación académica y pedagógica aceptable, de conformidad con las disposiciones 13 y 14 de la Recomendación OIT/UNESCO; que se recuerden estas disposiciones a los Estados Miembros de la UNESCO y de la OIT y que se inste a los Estados Miembros a adoptar medidas urgentes, como la formación de emergencia y programas intensivos, para que no queden docentes sin formación en sus sistemas. Otras estrategias propuestas incluyen la organización, por la UNESCO y la OIT, de seminarios regionales u otros mecanismos para estudiar la aplicación de la Sección V de la Recomendación OIT/UNESCO ( Preparación para la profesión docente ) a la luz de las nuevas circunstancias de la educación y la formación. Alegaciones remitidas por organizaciones de personal docente (párrafos 70-82) 9. Desde su última reunión el CEART tomó nota de nueve comunicaciones de organizaciones de personal docente relacionadas con la aplicación de la Recomendación. Seis de ellas se consideraron admisibles total o parcialmente de acuerdo con los procedimientos pertinentes aprobados por el órgano rector de la OIT y el Consejo Ejecutivo de la UNESCO. Además, se reexaminaron tres casos con respecto a los cuales el CEART había solicitado nuevos elementos de información desde que fueran examinados por primera vez, en la última reunión, en El examen por el CEART de los nueve casos, sus observaciones, conclusiones y recomendaciones relativas a cada caso figuran en el Anexo 2 de su informe.
5 154 EX/18 - pág Asimismo, el CEART recomienda mejorar el método de trabajo aplicado en el tratamiento de esas comunicaciones, en aras de un proceso más efectivo y de una respuesta más oportuna a los gobiernos y a las organizaciones de personal docente, habida cuenta de que el Comité Mixto sólo se reúne una vez cada tres años. En el caso de que el proyecto definitivo de un informe sobre una alegación que se haya recibido después de que finalizara la reunión anterior se prepare con más de un año de antelación a la fecha prevista para la próxima reunión plenaria del CEART, se propone autorizar al grupo de trabajo sobre las alegaciones, compuesto por tres miembros designados por el Comité en pleno, a que someta el informe a la consideración del Consejo de Administración de la OIT y al Consejo Ejecutivo de la UNESCO, siempre que haya sido aprobado por el CEART utilizando las modalidades de consulta más rápidas y apropiadas. Recomendación de la UNESCO relativa a la situación del personal docente de la enseñanza superior (párrafo 83) 11. El CEART fue informado de los avances producidos desde 1994 respecto a la elaboración del nuevo instrumento propuesto. El CEART acogió con beneplácito la propuesta, presentada por el Consejo de Administración de la OIT, de que se amplíe el mandato del CEART para incluir la función de supervisión del nuevo instrumento, de ser éste adoptado, previa aprobación de la ampliación por los organismos competentes de la OIT y la UNESCO. El Comité Mixto observó que sería fundamental asignar los recursos apropiados para facilitar la supervisión, comprendidos el acopio y la publicación de indicadores estadísticos adecuados. 12. El informe del CEART enumera ámbitos en los que la UNESCO y la OIT han llevado a cabo actividades considerables desde 1994 a fin de promover el conocimiento de las disposiciones de la OIT de la Recomendación OIT/UNESCO. Entre éstas, se encuentran las medidas adoptadas con miras a revisar las observaciones de 1984 sobre la Recomendación; la producción y distribución, en cooperación con órganos regionales, de versiones oficiales de la Recomendación en hindi, portugués y ruso; la organización de seminarios regionales conjuntos OIT/UNESCO sobre la situación del personal docente, con determinadas orientaciones prácticas encaminadas a promover y aplicar las disposiciones de la Recomendación en los contextos nacionales; el éxito de la propuesta de creación de un Día Mundial del Docente. Propuestas de acción futura (párrafos 84-88) 13. En sus propuestas de acción futura, el CEART tomó nota de que las limitaciones de los recursos podrían imponer restricciones al carácter y número de las iniciativas llevadas a cabo para supervisar y fomentar el conocimiento de la Recomendación, así como para asistir a los Estados Miembros en la aplicación de la misma. Por consiguiente, recomendó un cierto número de medidas altamente prioritarias para promover estos objetivos, como, por ejemplo: - finalizar una publicación actualizada con comentarios sobre la Recomendación; - crear un espacio en la Web de Internet para facilitar información;
6 154EX/18 - pág. 5 - proseguir la estrategia de asociación adoptada en 1994, que hace hincapié en la integración de los aspectos relevantes de la Recomendación en todas las actividades de la OIT y la UNESCO relacionadas con la educación y la formación; - preparar un informe temático y sustancial sobre la situación del personal docente, que se centre, en primer lugar, en procedimientos y estructuras con perspectivas de futuro que fomenten la participación de los docentes y sus organizaciones en la reforma educativa; - cuando sea posible, extender la labor realizada en los ámbitos de la educación permanente y la mejora de la competencia del profesorado, así como en lo relativo a las tensiones y el cansancio excesivo en la profesión docente. Con miras a respaldar su función supervisora de la eficacia de la Recomendación OIT/UNESCO, el CEART recomienda que la OIT y la UNESCO inicien la primera fase de un proyecto internacional a largo plazo sobre los indicadores relativos a los profesión docente, a partir de las conclusiones y recomendaciones del Estudio internacional de viabilidad presentado en su reunión de En su concepción y aplicación, el proyecto debería asociar a gobiernos, organizaciones de personal docente y a otras partes interesadas a nivel nacional, y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales. Comentarios del Director General sobre el informe del CEART 14. El Director General toma nota con satisfacción del buen uso que el CEART ha sabido hacer de los materiales de investigación elaborados por la UNESCO y la OIT que se enumeran en el Anexo I, al suministrar información pertinente sobre la aplicación de la Recomendación OIT/UNESCO. Coincide con el CEART en que dicho material era mucho más abundante y definitivo del que el Comité Mixto habría podido disponer si éste hubiese intentado acopiar datos de forma independiente (véase el párrafo 9 del informe del Comité Mixto). 15. El Director General toma nota de la Recomendación del CEART referente a un proyecto para producir mejores indicadores relativos a la profesión docente y tiene la intención de pedir al Instituto Internacional de Estadísticas de la UNESCO cuya creación se ha propuesto que incluya la Recomendación del CEART en su plan de trabajo. 16. El Director General hace suya la propuesta del CEART de modificar nuevamente sus métodos de trabajo para mejorar la eficacia de los procedimientos futuros de examen de las alegaciones, como queda dicho en los párrafos del Informe del Comité Mixto. 17. En lo que respecta a la Recomendación relativa a la situación del personal docente de la enseñanza superior, adoptada por la Conferencia General de la UNESCO en su 29ª reunión (1997), el Director General toma nota de la sugerencia de la OIT, acogida con beneplácito por el CEART, de que se amplíe el mandato actual del CEART a fin de incluir una función de supervisión del instrumento, y, asimismo, toma nota de las observaciones del Comité Mixto según las cuales sería fundamental contar con los recursos adecuados para esta nueva tarea y se deberían establecer mediante un protocolo indicadores estadísticos adecuados en relación con la misma. El Director General tiene la intención de autorizar a la Secretaría de la UNESCO a que examine, en cooperación con la Secretaría de la OIT, las repercusiones que tiene esta nueva función para el CEART y de presentar recomendaciones, en una reunión ulterior del Consejo Ejecutivo, sobre cómo podría ponerse en práctica. El Director General
7 154 EX/18 - pág. 6 llama además la atención sobre el hecho de que la próxima Conferencia mundial sobre la enseñanza superior, que tendrá lugar entre el 5 y el 9 de octubre de 1998 en París, tratará, entre otros temas, diversas opciones para aplicar la nueva Recomendación. El Director General remitirá asimismo al Instituto Internacional de Estadísticas de la UNESCO cuya creación se ha propuesto la recomendación del CEART de elaborar un protocolo sobre el acopio y la publicación de indicadores estadísticos adecuados relativos al personal docente de la enseñanza superior. 18. El Director General está de acuerdo, en principio, con las diversas observaciones analíticas, recomendaciones y propuestas, que aparecen en el informe, en favor de iniciativas más dinámicas para promover la situación de los docentes. Hace suyas las propuestas de acción futura expuestas en el informe, algunas de las cuales ya han sido tenidas en cuenta en el Proyecto de Programa y Presupuesto de la UNESCO para (29 C/5). 19. Tras haber deliberado, el Consejo Ejecutivo podría adoptar una decisión redactada en los siguientes términos: El Consejo Ejecutivo, 1. Recordando su Decisión 146 EX/5.2.4 y la Resolución 28 C/1.8, 2. Habiendo examinado, habida cuenta del documento 154 EX/18, el informe presentado por el Comité Mixto OIT/UNESCO de Expertos sobre la Aplicación de la Recomendación relativa a la situación del Personal Docente (CEART) en su cuarta reunión especial (CEART/SP/1997/13), 3. Hace suyas las observaciones del Director General sobre el informe del CEART y, por la presente decisión, autoriza al Director General a crear, en consulta con el Director General de la OIT, un programa ampliado de cooperación con la OIT sobre la situación del personal docente y a apoyar en el programa y presupuesto de Educación del presente bienio y del bienio siguiente ( ) algunas de las propuestas de acción futura presentadas por el CEART (que figuran en los párrafos 84 a 88 de su informe); 4. Toma nota de la propuesta del Consejo de Administración de la OIT de que el actual mandato del CEART se amplíe a fin de comprender una función de supervisión de la Recomendación relativa a la situación del personal docente de la enseñanza superior, y autoriza al Director General a estudiar, en consulta con el Director General de la OIT, las repercusiones de esta nueva función del CEART y a presentar recomendaciones, en una próxima reunión del Consejo Ejecutivo, sobre cómo debería aplicarse esta nueva función; 5. Decide modificar, sujeto a la correspondiente aprobación de la OIT, los métodos de trabajo del CEART para dar una respuesta a las alegaciones, como se propone en el párrafo 81 del informe del Comité; 6. Encomia con reconocimiento las valiosas propuestas y la función excepcional del CEART en la promoción de actividades que fomenten un mejor conocimiento y una mejor aplicación de la Recomendación relativa a la situación del personal docente, e invita al Director General a que ayude al CEART a llevar a cabo su
8 154EX/18 - pág. 7 actual ciclo de trabajo, cuyo próximo informe, previsto para el año 2000, será presentado al Consejo Ejecutivo por el Presidente del CEART; 7. Invita al Director General a señalar el informe del CEART, junto con las observaciones del Consejo Ejecutivo, a la atención de los Estados Miembros y de sus Comisiones Nacionales, las organizaciones internacionales de docentes y otras organizaciones internacionales competentes que mantienen relaciones con la UNESCO, y a alentarlos a que continúen e intensifiquen sus esfuerzos para aplicar todas las disposiciones de la Recomendación OIT/UNESCO, especialmente teniendo en cuenta las propuestas del Comité Mixto sobre una estrategia para mejorar la situación del personal docente.
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