LEY DE CONCURSOS MERCANTILES Y LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LEY DE CONCURSOS MERCANTILES Y LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS"

Transcripción

1 LEY DE CONCURSOS MERCANTILES Y LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS Tipo: ARTICULO Autor: Lic. Antonio Franck Cabrera Socio de Franck, Galicia, Duclaud y Robles S.C. afranck@fgdr.com.mx...

2 I. LA LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS La LQSP se expidió en 1943 con el propósito de buscar la rehabilitación de las empresas que, debido a sus problemas económicos y financieros, incurriesen en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones líquidas y exigibles. En caso de no lograrse este objetivo, a la empresa se le declaraba en quiebra y se procedía a su enajenación. La LQSP regulaba dos figuras: la quiebra y la suspensión de pagos. La primera podía ser solicitada por el deudor, cualquiera de sus acreedores o el Ministerio Público o podía ser declarada de oficio por un juez. En contraste, la suspensión de pagos otorgaba un beneficio al comerciante para prevenir su posible quiebra y, por lo tanto, sólo podía ser solicitada por el deudor. Los principales actores que participaban en el procedimiento concursal eran el juez, el síndico, la intervención y la junta de acreedores. El juez era el rector del procedimiento y contaba con amplios poderes, ya que en repetidas ocasiones durante el procedimiento se requería de su aprobación. El nombramiento del síndico recaía en la Cámara de la Industria o Comercio a la que pertenecía el deudor y, en su defecto, en una institución nacional de crédito quien designa a un delegado. Cuando ello no sucedía, el Juez nombraba directamente a un síndico provisional. El síndico era responsable de la administración de la empresa del quebrado y de la buena conservación de los bienes de la masa. En la suspensión de pagos el deudor retenía la administración de sus bienes y el síndico sólo ejercía la función de vigilancia. La intervención estaba encargada de representar los intereses de los acreedores. Su participación era relativamente limitada, ya que su función principal era la de vigilar la actuación del síndico. La junta de acreedores tenía cuatro funciones principales: (i) el reconocimiento de créditos, (ii) la aprobación de un convenio, (iii) dirigir la intervención y (iv) examinar la actuación del síndico. Al declarase la suspensión de pagos o la quiebra, todas las obligaciones del deudor se daban por vencidas, dejaban de causar intereses y se suspendía su pago. Acto seguido a su designación, el síndico debía proceder a levantar un inventario, iniciar el reconocimiento de créditos, elaborar un dictamen sobre la situación financiera del deudor y evaluar las posibilidades de reestructuración de los pasivos del deudor. El siguiente paso era convocar a una junta de acreedores para el reconocimiento de créditos, en la que el juez debía abrir el debate contradictorio para cada crédito. Una vez concluido el reconocimiento de créditos, se convocaba a junta de acreedores para la aprobación de un convenio con base en una mayoría calificada, el juez podía aprobarlo para que se procediera a su ejecución. Con la ejecución del convenio se extinguía el procedimiento. En la suspensión de pagos, el incumplimiento del convenio daba lugar a la declaración de quiebra. Si el deudor ya se encontraba en este estado jurídico, por haberlo solicitado así el propio deudor, el juez debía ordenar la realización del activo del comerciante y disponer la forma en que ello se llevaría a cabo. PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA LQSP La LQSP contemplaba dos procedimientos (suspensión de pagos y quiebra) pero establecía mecanismos poco adecuados para determinar si el comerciante debía ser declarado en un estado legal o en el otro. En principio, podría decirse que la quiebra debía entenderse como un

3 procedimiento apropiado para aquellos comerciantes que se encontraban en una situación de insolvencia y que la suspensión de pagos debeía ser útil para atender los problemas de comerciantes que atravesaban por una situación de iliquidez. Sin embargo, en la práctica, eso era imposible. Las características del procedimiento de suspensión de pagos daban un excesivo poder de negociación al deudor: (i) mantenía la administración de una empresa, (ii) era el único que podía proponer un convenio, (iii) se suspendía la causación de intereses, (iv) el juez y el síndico carecían de los conocimientos necesarios en materia de administración, finanzas y contabilidad, y (v) las diferencias entre acreedores propiciaban una falta de coordinación entre ellos. El excesivo poder de negociación de los deudores, se prestaba a abusos por parte de éstos. Lo anterior, aumentaba los costos de mantener en operación empresas que, en principio, debían ser liquidadas. Peor aún, podían declararse en suspensión de pagos comerciantes que tenían capacidad de pago y que aprovechaban los beneficios de esa figura para incumplir en sus obligaciones. La participación de los acreedores era limitada. Por ejemplo: (i) sólo el juez podía convocar a juntas de acreedores, (ii) los acreedores no participaban en el nombramiento del síndico, (iii) los mecanismos para la aprobación de un convenio eran arbitrarios y complejos, y (iv) el juez decidía sobre la mejor forma de enajenación de los activos del comerciante. La ley ignoraba diferencias importantes entre los acreedores. Por ejemplo: los mecanismos de aprobación del Convenio no distinguían entre clases de acreedores. La aprobación de un convenio o cualquier decisión sobre el futuro de la empresa, se supeditaba a que existiera una sentencia firme sobre el reconocimiento de créditos. Esto, creaba incentivos para que algunas de la partes retardaran injustificadamente el proceso. La ley es excesivamente formal y otorga demasiada discrecionalidad a los jueces en aspectos de orden administrativo y financiero del procedimiento. Los jueces intervenían en aspectos administrativos y financieros del proceso en los que no estaban obligados a ser expertos. Además, considerando las extraordinarias cargas de trabajo a que se someten los jueces, se impedía la transparencia y predecibilidad del proceso, lo que atentaba contra la certidumbre jurídica de las partes. Falta de supervisión adecuada de los síndicos. Los síndicos con frecuencia carecían de los conocimientos necesarios en materia administrativa, financiera y contable y no estaban sujetos a ningún mecanismo formal de acreditación o supervisión de sus funciones. Lo anterior obraba en detrimento de la credibilidad del procedimiento. II. CRITERIOS GENERALES DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES (LCM) Los criterios más importantes que orientaron el desarrollo de la LCM fueron los siguientes: 1. Maximizar el valor social de la empresa; 2. Inducir el flujo de información relevante que permita a los interesados participar constructivamente;

4 3. Respetar en lo posible las relaciones contractuales preexistentes; 4. Alinear los incentivos para facilitar un arreglo voluntario entre los deudores y acreedores; 5. Propiciar las soluciones extrajudiciales; 6. Apoyar a los jueces en aspectos técnicos y administrativos del procedimiento, para que puedan enfocar sus esfuerzos a las tareas jurisdiccionales, y 7. Simplificar los trámites judiciales y procedimientos administrativos para hacerlos más transparentes y expeditos, reduciendo oportunidades e incentivos para litigios frívolos. III. DESCRIPCIÓN DE LA LEY En esta sección se presentan los aspectos más importantes de la LCM, que permitirían eliminar los principales problemas que, bajo la legislación anterior, propicianban abusos y alargan innecesariamente los procesos. Un solo proceso, el concurso mercantil, con dos etapas: conciliación y quiebra. Cuando una empresa cae en los supuestos de esta Ley, se abre un periodo de conciliación con el objeto de que el deudor y los acreedores puedan alcanzar un convenio que evite la quiebra de la empresa. Cuando no sea posible alcanzar un convenio, o bien éste se incumpla, se procede a la segunda etapa, en la que un especialista realiza la enajenación de la empresa en las condiciones en que se logre el máximo valor posible, mediante un procedimiento transparente. Con el producto de la venta se pagan las obligaciones del deudor. Plazo terminante para el periodo de conciliación. Durante la etapa de conciliación se suspenden todas las ejecuciones y los pagos de créditos. Sin embargo, para evitar abusos e incentivar los arreglos entre las partes, el plazo tiene una duración estrictamente limitada (185 días con la posibilidad de una prórroga por 90 días más que, en condiciones excepcionales, podrá extenderse por una plazo máximo de 90 días), al cabo de la cual automáticamente se procederá a la etapa de quiebra. Dentro de la conciliación, se suspenden todos los procedimientos de ejecución de los créditos garantizados y fiscales. La suspensión de los procedimientos de ejecución tiene el propósito de evitar que la ejecución desordenada de las garantías y otros derechos de acreedores pongan en riesgo la preservación de valor que ofrece el concurso, haciendo viable la celebración de un convenio entre el comerciante y sus acreedores, y al mismo tiempo reconocerles la jerarquía que estos últimos tienen en el procedimiento concursal. El único procedimiento de ejecución que no puede suspenderse es el de los créditos laborales consignados en la fracción XXIII del apartado A del artículo 123 constitucional. Flexibilidad en las soluciones posibles. Se designa a un especialista, el conciliador, con el mandato de procurar, con la mayor flexibilidad posible, un arreglo voluntario entre el deudor y sus acreedores. La Ley no restringe las posibilidades de solución en el convenio, siempre que se respeten los derechos de las minorías disidentes. Los acreedores no requerirán congregarse físicamente a votar el convenio ni cualquier otro aspecto en que deban participar. La autoridad fiscal cancelará las multas, recargos y otros accesorios que se hubieren causado de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación. Se establece que la autoridad fiscal cancelará las multas, recargos y otros accesorios que se hubieren

5 causado a partir de la sentencia de declaración de concurso mercantil, con el fin de facilitar un convenio entre el comerciante y sus acreedores. Adicionalmente, se faculta al comerciante y al conciliador a negociar con las autoridades fiscales condonaciones y autorizaciones, con el propósito de que pueda ofrecer a sus demás acreedores un convenio más atractivo. Por otra parte, se decidió que para efectos del pago de los créditos fiscales en caso de que no hubiere convenio, la autoridad fiscal podrá incluir, en la determinación del monto de sus créditos, a dichos accesorios. Las reformas a los artículos 144, 146 y 146- B del Código Fiscal de la Federación publicadas el 31 de diciembre de 1999 reflejan dichas consideraciones. El conciliador o, en su caso, el síndico pueden sustituir las garantías embargadas por la autoridad laboral mediante una fianza. Con el propósito de que las resoluciones de la autoridad laboral puedan adecuarse a la materia concursal y evitar que dichas resoluciones afecten solamente a algunos acreedores (especialmente a los garantizados) se incluyó dentro de la Ley la figura de la fianza para permitir la sustitución de garantías en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Se elimina del concurso la figura de la junta de acreedores, que en la práctica ha resultado sumamente ineficiente y ha dificultado la coordinación de los intereses de los acreedores. Proceso paralelo de reconocimiento de créditos. Se propone un proceso ágil de verificación de créditos que se inicia paralelamente (en vez de ser secuencial como en la LQSP) con el periodo de conciliación. Con ello se elimina cualquier incentivo para demorar el proceso que surge bajo la ley anterior, pues con el procedimiento propuesto será en el mejor interés de todos los participantes concluir rápidamente el reconocimiento para poder suscribir el convenio. Actualización del valor de las obligaciones. Con la sentencia que declara el estado de concurso, todos los créditos se dan por vencidos y se suspende su pago. Sin embargo, los créditos garantizados continuarán causando los intereses ordinarios originalmente acordados (hasta donde alcance la garantía). Por su parte, los créditos comunes se convertirán a su equivalente en UDIs a la fecha de la sentencia para evitar su minusvalía. Con esto, se propicia la equidad y justicia en el trato a los acreedores y se reduce un incentivo de los deudores a recurrir al concurso abusivamente con el propósito de depreciar sus obligaciones. Administración de la empresa. Como regla general durante la etapa de conciliación, el deudor gozará del beneficio de mantener la administración de su empresa, pero podrá ser removido en casos expresamente previstos en ley o cuando se proceda a la etapa de quiebra. En este último caso, los acreedores tendrán el derecho de intervenir en la designación del síndico. Medidas cautelares. Al momento de dar curso a la demanda, el Juez podrá solicitar la opinión de un especialista sobre la conveniencia de dictar medidas cautelares para la protección de la empresa y de los intereses de los acreedores. En estas medidas se incluyen la posibilidad de separar al deudor de la administración, la prohibición al deudor para realizar operaciones de enajenación o gravamen de los activos sociales, el embargo de determinados bienes, y la orden de arraigar al deudor. Adicionalmente, se incluyó la posibilidad de que el juez de oficio o bien, a solicitud del propio comerciante, pueda dictar las providencias precautorias que considere necesarias para la protección de la viabilidad de la empresa. Los derechos de los trabajadores se amplían a los salarios devengados de los últimos dos años. Con el fin de brindar mayor protección a los trabajadores, se amplía a dos años, el mandato establecido en fracción XXIII del apartado A del artículo 123 constitucional. Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles. Se creó un órgano del Consejo

6 de la Judicatura Federal para dar apoyo administrativo a los procesos concursales. El Instituto está encargado de acreditar, nombrar y supervisar a los especialistas (visitadores, conciliadores y síndicos) quienes son los responsables de determinar si la empresa entró en una situación de incumplimiento generalizado de pagos, proponer medidas cautelares, facilitar la suscripción del convenio y, en su caso, administrar y enajenar a la empresa.

CAPITULO 4. 4.1 Principales diferencias que propone la Ley de Concursos Mercantiles. en comparación con la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos.

CAPITULO 4. 4.1 Principales diferencias que propone la Ley de Concursos Mercantiles. en comparación con la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos. CAPITULO 4 4.1 Principales diferencias que propone la Ley de Concursos Mercantiles en comparación con la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público señala que con

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS

UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS Una de las novedades más significativas que introduce la Ley 14/2013 de apoyo al emprendedor en el

Más detalles

La insolvencia (I) Juan Bataller Grau Abogado Catedrático Derecho mercantil

La insolvencia (I) Juan Bataller Grau Abogado Catedrático Derecho mercantil La insolvencia (I) Juan Bataller Grau Abogado Catedrático Derecho mercantil El concurso de acreedores El Art. 1911 CC establece la responsabilidad patrimonial universal, pero puede ocurrir que el patrimonio

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

POSICIONAMIENTO DE LA SCT SOBRE EL SEGUIMIENTO AL CONCURSO MERCANTIL DE MEXICANA DE AVIACIÓN

POSICIONAMIENTO DE LA SCT SOBRE EL SEGUIMIENTO AL CONCURSO MERCANTIL DE MEXICANA DE AVIACIÓN FECHA: 29/02 /2012 POSICIONAMIENTO DE LA SCT SOBRE EL SEGUIMIENTO AL CONCURSO MERCANTIL DE MEXICANA DE AVIACIÓN Buenas tardes a todos ustedes. Quisiera dividir mi participación en tres partes: En la primera

Más detalles

C O M I S I Ó N D E P U N T O S C O N S T I T U C I O N AL E S

C O M I S I Ó N D E P U N T O S C O N S T I T U C I O N AL E S COINCIDENCIAS Y DIFERENCIAS ENTRE LAS INICIATIVAS EN MATERIA DE DEUDA COINCIDENCIA 1. Incorporar un principio constitucional en el capítulo económico sobre estabilidad de las finanzas públicas y del sistema

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el que se expiden las normas generales para la desincorporación por fusión, de empresas de participación estatal mayoritaria.

Más detalles

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC).

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC). Cumpliendo lo ordenado en el artículo 94 de la Ley Concursal (LC), la Administración Concursal elaborará una Lista de Acreedores, referida a la fecha de solicitud del concurso, que comprenderá una relación

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE 1 LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE, CON

Más detalles

EL SEGURO DE CAUCIÓN ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. (Breve Semblanza)

EL SEGURO DE CAUCIÓN ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. (Breve Semblanza) EL SEGURO DE CAUCIÓN ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS (Breve Semblanza) INTRODUCCIÓN El Seguro de Caución no ha sido un ramo practicado en México, lo que hace que se desconozca

Más detalles

REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL EN COLOMBIA EL PROCESO DE REORGANIZACION Ley 1116 de 2006

REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL EN COLOMBIA EL PROCESO DE REORGANIZACION Ley 1116 de 2006 REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL EN COLOMBIA EL PROCESO DE REORGANIZACION Ley 1116 de 2006 COMO SORTEAR LA ANTESALA DE LA QUIEBRA ASCONSULTORES Jose M. Castellanos E. Noviembre 20 de 2010 Finalidad del

Más detalles

2. El accionista no deberá tener derecho para exigir el pago de dividendos anticipadamente. 3. Deberá haberse estipulado previamente en los estatutos

2. El accionista no deberá tener derecho para exigir el pago de dividendos anticipadamente. 3. Deberá haberse estipulado previamente en los estatutos (164) ANEXO 1-R CONDICIONES PARA CONSIDERAR A LOS TÍTULOS REPRESENTATIVOS DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES Y A LOS INSTRUMENTOS DE CAPITAL COMO PARTE DEL CAPITAL BÁSICO NO FUNDAMENTAL Las Instituciones

Más detalles

FICHAS DE LEGISLACIÓN

FICHAS DE LEGISLACIÓN FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 17/2014, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y ÍNDICE I.

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES Dirección de Crédito Finanzas y MARZO 2010 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. OBJETIVO... 3 3. FUNDAMENTO LEGAL.... 3 4. DEFINICIONES....

Más detalles

TITULO I. Disposiciones generales

TITULO I. Disposiciones generales ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL LEY 24.156 Disposiciones generales. Sistemas presupuestario, de crédito público, de tesorería, de contabilidad gubernamental

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 24988 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 4130 ORDEN de 16 de septiembre de 2014, por la que se regula el régimen de gestión presupuestaria, contable y de control de

Más detalles

INDICE I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVOS 3 III MARCO JURÍDICO 4 IV ÁMBITO DE APLICACIÓN 5 V VIGENCIA 6 VI DISPOSICIONES GENERALES 7

INDICE I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVOS 3 III MARCO JURÍDICO 4 IV ÁMBITO DE APLICACIÓN 5 V VIGENCIA 6 VI DISPOSICIONES GENERALES 7 INDICE I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVOS 3 III MARCO JURÍDICO 4 IV ÁMBITO DE APLICACIÓN 5 V VIGENCIA 6 VI DISPOSICIONES GENERALES 7 VII GLOSARIO DE TÉRMINOS 8 VIII NORMAS GENERALES 9 IX BASES GENERALES 10

Más detalles

Membre de European Lawyers Group. Circular nº 52/2014

Membre de European Lawyers Group. Circular nº 52/2014 1 LA DEUDA EMPRESARIAL EN LA NUEVA LEY 17/2014, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL 2 La deuda empresarial

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio

Más detalles

La contabilidad en las empresas en concurso y la auditoría de sus cuentas

La contabilidad en las empresas en concurso y la auditoría de sus cuentas La contabilidad en las empresas en concurso y la auditoría de sus cuentas Antes de empezar a hablar de los efectos en la contabilidad de las empresas en concurso, es preciso unas breves pinceladas acerca

Más detalles

Efectos del trámite de Insolvencia sobre otros Procesos en Curso

Efectos del trámite de Insolvencia sobre otros Procesos en Curso Efectos del trámite de Insolvencia sobre otros Procesos en Curso Juan José Rodríguez Espitia Bogotá, 10 de Noviembre de 2010 Índice 1. Introducción 2. Naturaleza del mecanismo 3. Efectos Procesales del

Más detalles

Derecho Civil y Mercantil

Derecho Civil y Mercantil Derecho Civil y Mercantil DIRECCIÓN ESTRATÉGICA 1 Lectura No. 11 Nombre: Quiebra y suspensión de pagos Contextualización Cuando las deudas de una empresa son más grandes que su capital, inversión y patrimonio,

Más detalles

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante.

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. Presentamos a continuación las últimas noticias de Derecho Comercial que consideramos de su interés: Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. La Ley 1564 de 2012, mediante el cual se

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

Coordinación de actividades empresariales

Coordinación de actividades empresariales Coordinación de actividades empresariales Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social 2013 Sumario 1. Introducción 3 Qué es? Objetivo Tipos de empresarios 2. Supuestos de concurrencia

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes 15 de enero de 1991.

Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes 15 de enero de 1991. REGLAMENTO DEL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA EL COBRO DE FIANZAS OTORGADAS A FAVOR DE LA FEDERACION, DEL DISTRITO FEDERAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS, DISTINTAS

Más detalles

APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO

APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GRUPO DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN SUBGRUPO DE OBRAS SIN PROYECTO APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO 1.- INTRODUCCIÓN En la reunión celebrada

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

INSTRUCCIÓN DE PUERTO DE MARÍN

INSTRUCCIÓN DE PUERTO DE MARÍN INSTRUCCIONES DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MARÍN Y RÍA DE PONTEVEDRA AL OBJETO DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE

Más detalles

EJERCICIO RESUELTO Nº 1: Cuestiones concurso CUESTIONES CONCURSO

EJERCICIO RESUELTO Nº 1: Cuestiones concurso CUESTIONES CONCURSO DE RECURSOS HUMANOS () APARTADO 6: DIAPOSITIVA Nº: 4 EL CONCURSO EN LOS ASPECTOS LABORALES EJERCICIO RESUELTO Nº 1: Cuestiones concurso CUESTIONES CONCURSO 1. Qué sucede con los litigios pendientes y reclamaciones

Más detalles

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades: Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen

Más detalles

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la

Más detalles

NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS

NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS COMISIÓN DE MOROSIDAD ASSET: DICIEMBRE 2013 PONENTE: GONZALO QUIROGA SARDI NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS I. NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY DE AYUDA AL EMPRENDEDOR: NUEVO

Más detalles

3. EL CONCURSO MERCANTIL.

3. EL CONCURSO MERCANTIL. 3. EL CONCURSO MERCANTIL. Es otra figura vinculada al derecho mercantil que se basa en el principio que sostiene que el deudor, ya sea persona física o moral, responde de sus deudas con todo su patrimonio.

Más detalles

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Cámara de Comercio de Montería Calle 28 Nº 4-61 PBX (4) 781 9292 Fax (4) 782 4158 www.ccmonteria.org.co Montería - Colombia ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO La Cámara de Comercio de

Más detalles

PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código

PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código CAPITULO 7 PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código Fiscal de la Federación, porque si este ordenamiento

Más detalles

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que

Más detalles

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO 1 MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL RD-LEY 4/2014, DE 7 DE MARZO 2 MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. PROGRAMAS DEL INFONAVIT PARA TRABAJADORES CON CRÉDITO HABITACIONAL PARA ENFRENTAR LA ACTUAL CRISIS. Sumario. 1).- Introducción. 2).- Programas

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS OBJETIVO Que los contratos de Obra Pública y Servicios

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS

México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS Marco Operativo para Empresas Líderes y Organismos Operadores México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS REGLAS GENERALES DE OPERACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LAS EMPRESAS LÍDERES, ORGANISMOS OPERADORES

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen

Más detalles

Programa de Facilidades Administrativas a Patrones Deudores del INFONAVIT 2006

Programa de Facilidades Administrativas a Patrones Deudores del INFONAVIT 2006 Programa de Facilidades Administrativas a Patrones Deudores del INFONAVIT 2006 C.P. Miguel Safa Navarro Seguridad Social El INFONAVIT dio a conocer a través de su página de Internet un programa por medio

Más detalles

Presenta: Dip. Carlos Humberto Aceves y del Olmo (PRI)

Presenta: Dip. Carlos Humberto Aceves y del Olmo (PRI) Proyectos Legislativos Instancia: Cámara de Diputados Fecha: 28 de abril, 2015. Tipo de Proyecto: INICIATIVA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO

Más detalles

Argentina: Cuestiones Legales. Netting of OTC Financial Contracts in Latin America and the Caribbean Maria del Carmen Urquiza Gabriela Rosenberg

Argentina: Cuestiones Legales. Netting of OTC Financial Contracts in Latin America and the Caribbean Maria del Carmen Urquiza Gabriela Rosenberg Argentina: Cuestiones Legales Netting of OTC Financial Contracts in Latin America and the Caribbean Maria del Carmen Urquiza Gabriela Rosenberg Contratos de Juego y Apuesta Art. 2055 del C.Civ: Prohíbese

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ORDENANZA Nº 102 2010/MLV. La Victoria, 24 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO:

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ORDENANZA Nº 102 2010/MLV. La Victoria, 24 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: ORDENANZA Nº 102 2010/MLV La Victoria, 24 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 004 2010 CPRDE CPPPAL/MDLV

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 2.10.2001 COM(2001) 535 final 2000/0328 (COD) Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LA IMPLANTACIÓN DEL DOMINIO

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora

REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora

Más detalles

GLOSARIO DE TÉRMINOS

GLOSARIO DE TÉRMINOS GLOSARIO DE TÉRMINOS A Alcance de la auditoría. El marco o límite de la auditoría y las materias, temas, segmentos o actividades que son objeto de la misma. Auditores externos. Profesionales facultados

Más detalles

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero CAPÍTULO I Delimitación del contrato Artículo 5131-1. Concepto. El contrato de arrendamiento financiero es aquel por el que una parte, el arrendador

Más detalles

DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA

DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA 1. CUESTION OBJETO DE LA PRESENTE CONSULTA Se somete

Más detalles

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración

Más detalles

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. Gerencia Selecta Ltda. (En adelante Gerencia Selecta), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de

Más detalles

SITUACIÓN DE LA EMPRESA

SITUACIÓN DE LA EMPRESA SITUACIÓN DE LA EMPRESA En proceso de reestructuración/refinanciación Plan de reestrucración creible: Costes (tener SAP no implica que el sistema de costes este bien!) Análisis de rentabilidad (producto,

Más detalles

La ley de protección de datos personales Impactos legales. Lorenzo Villegas Carrasquilla lvc@lorenzovillegas.com

La ley de protección de datos personales Impactos legales. Lorenzo Villegas Carrasquilla lvc@lorenzovillegas.com La ley de protección de datos personales Impactos legales Lorenzo Villegas Carrasquilla lvc@lorenzovillegas.com OBJETO DE LA LEY Desarrollar el derecho al habeas data y demás derechos del artículo 15 de

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política

Más detalles

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI ÍNDICE RESOLUCIÓN 35/52 DE LA ASAMBLEA GENERAL 3 REGLAMENTO DE CONCILIACIÓN DE LA

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

NORMAS SOBRE LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DE RETENCION DE PRIMAS Y DE ADECUACION DE INVERSIONES

NORMAS SOBRE LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DE RETENCION DE PRIMAS Y DE ADECUACION DE INVERSIONES NORMAS SOBRE LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DE RETENCION DE PRIMAS Y DE ADECUACION DE INVERSIONES Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-1-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIBOIF-199-2-ABR10-2002

Más detalles

y Ord en a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01

y Ord en a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01 Liberta y Ord en a a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01 Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable

Más detalles

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE Aplicación por primera vez de las NIIF Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Colombia) Resumen La importancia de la NIIF 1 radica en el establecimiento de un conjunto

Más detalles

CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN

CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN Página 1 de 5 CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN 1. OBJETIVO Y ALCANCE DEL PRESENTE CAPÍTULO El objetivo del presente capítulo es describir y hacer referencia a los procedimientos,

Más detalles

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO Artículo 1- El Ayuntamiento de Vila-real, de acuerdo con lo establecido en el artículo

Más detalles

gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa

gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa 45 46 Entendiendo la gestión económica como los procedimientos establecidos para la ejecución de los presupuestos

Más detalles

Aeropuerto de Cuernavaca S. A. de C. V. Funciones Específicas de la Entidad y sus Unidades Administrativas

Aeropuerto de Cuernavaca S. A. de C. V. Funciones Específicas de la Entidad y sus Unidades Administrativas Funciones Específicas de la Entidad y sus Unidades Administrativas Funciones Específicas del Aeropuerto: Proporcionar a los usuarios servicios aeroportuarios en condiciones de seguridad, eficiencia y equidad,

Más detalles

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 4 de noviembre de 2009, modificada en Junta de Escuela de

Más detalles

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Ernst & Young Abogados 6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL La nueva Ley concursal regula en el Capítulo IV del Título IV cuál es la publicidad adecuada que debe darse

Más detalles

HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO

HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO COSTAS PROCESALES Son los gastos en que debe incurrir cada una de las partes involucradas en un juicio. Dentro de las mismas se incluyen los gastos inherentes al proceso:

Más detalles

LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO

LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO Qué es la extinción del

Más detalles

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO... 01 OBJETIVOS Y ALCANCE... 03 1. Objetivos de la auto-evaluación. 03 2. Alcance 03 RESULTADOS...

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA ARTÍCULO 60º. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA. La Asamblea General ejercerá las siguientes funciones: 1. Establecer las políticas y directrices generales de la cooperativa

Más detalles

Importancia del Préstamo de Valores para el Sistema Financiero Mexicano

Importancia del Préstamo de Valores para el Sistema Financiero Mexicano Importancia del Préstamo de Valores para el Sistema Financiero Mexicano Lorenza Martínez Trigueros Julio, 2014 Introducción El préstamo de valores implica un intercambio temporal de títulos, comúnmente

Más detalles

Carta de fecha 18 de marzo de 2010 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante Permanente del Iraq ante las Naciones Unidas

Carta de fecha 18 de marzo de 2010 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante Permanente del Iraq ante las Naciones Unidas Naciones Unidas S/2010/308 Consejo de Seguridad Distr. general 10 de junio de 2010 Español Original: inglés Carta de fecha 18 de marzo de 2010 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES.

ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03/05/2001)

Más detalles

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta se denominará ASOFOV (Asociación de Usuarios de la Fundación Oftalmologica

Más detalles

El arbitraje, según IURE Abogados, se perfila como la opción más eficiente para la recuperación de las cantidades invertidas en preferentes.

El arbitraje, según IURE Abogados, se perfila como la opción más eficiente para la recuperación de las cantidades invertidas en preferentes. IURE ABOGADOS ASESORA A LOS INVERSORES DE PARTICIPACIONES PREFERENTES La reclamación judicial de los créditos de los inversores de preferentes será posible, pese a la prohibición expresa del RD Ley de

Más detalles

Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile

Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile Propuesta Progresista para un Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile Resumen La acreditación de las carreras e instituciones de la educación universitaria busca constituir una señal

Más detalles

Índice. Prólogo... 7. Capítulo 1. Introducción... 9. Capítulo 2. Aspectos básicos del concurso... 23. Capítulo 3. Solicitud... 29

Índice. Prólogo... 7. Capítulo 1. Introducción... 9. Capítulo 2. Aspectos básicos del concurso... 23. Capítulo 3. Solicitud... 29 Índice PÁGINA Prólogo... 7 Capítulo 1. Introducción... 9 1. Soluciones jurídicas vs soluciones financieras... 9 1.1. Medidas de tipo económico-financiero... 11 2. Necesidades de cambio en la normativa

Más detalles

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014.

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. 2014, Año de Octavio Paz Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2014 CIRCULAR 17/2014 México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO,

Más detalles

Q/A Registro de Garantías Mobiliarias Ley 1676 de 2013

Q/A Registro de Garantías Mobiliarias Ley 1676 de 2013 Q/A Registro de Garantías Mobiliarias Ley 1676 de 2013 En qué consiste el Servicio de Garantías Mobiliarias? Es una iniciativa del Gobierno Nacional encaminada a aumentar los niveles de inclusión financiera

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN DECRETO SUPREMO Nº 006-2008-TR 12/09/2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: El artículo

Más detalles

Entendemos que la actualización no es estrictamente necesaria si bien en algunos temas podría ser conveniente.

Entendemos que la actualización no es estrictamente necesaria si bien en algunos temas podría ser conveniente. 1. Consideraciones generales Entendemos que la actualización no es estrictamente necesaria si bien en algunos temas podría ser conveniente. La competencia en España en los últimos años es mayor, no solo

Más detalles

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS POR CAJA CHICA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y ÓRGANOS DE DESCONCENTRACIÓN MÁXIMA APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA

Más detalles

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

Más detalles

MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS

MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS Propósito de este documento En este documento se describe la situación actual en materia de comercio electrónico y servicios financieros,

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a de dos mil dos. REUNIDOS De una parte, D. Luís

Más detalles

OBSERVACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

OBSERVACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. OBSERVACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. En negrita.- Propuesta de Modificación. Mediante tachado.- Propuestas de supresión. OBSERVACIONES PRIMERA.- A LA EXPOSICION

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Nota relativa a cuestiones relevantes para el desarrollo del procedimiento de gestión de los Fondos de Ordenación y de Impulso Económico, aplicables a las entidades locales 1 ÍNDICE I. Introducción 3 II.

Más detalles

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia MARCO JURIDICO Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Marco Jurídico 1.- Código de la Niñez y la Adolescencia (título IV). 2.- Reglamento al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (3 de

Más detalles

REGLAMENTO FINANCIERO

REGLAMENTO FINANCIERO Universidad Adventista de Chile REGLAMENTO FINANCIERO Del estudiante de pregrado CAD22122011-354 TABLA DE CONTENIDO TÍTULO I: INTRODUCCIÓN 2 TÍTULO II: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE DE PREGRADO..

Más detalles