DIRECTOR(A) ESCUELA HÉROES DE IQUIQUE COMUNA DE VICTORIA, REGION DE LA ARAUCANIA

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1 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE VICTORIA CONCURSO PÚBLICO N 10/2012 BASES CONCURSO PARA PROVEER EL CARGO DE DIRECTOR(A) DE ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL En virtud de la normativa establecida en el artículo 31 bis y siguientes del DFL Nº 1 de 1996 del Ministerio de Educación que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley , que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 453, de 26 de Noviembre de 1991, del Ministerio de Educación, modificado por el Decreto Supremo Nº 215 de 9 de junio de 2011, del Ministerio de Educación; convoca al presente Concurso Público para la provisión del cargo de: DIRECTOR(A) ESCUELA HÉROES DE IQUIQUE COMUNA DE VICTORIA, REGION DE LA ARAUCANIA 1. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO: Cargo Director(a) Establecimiento Escuela Héroes de Iquique, Comuna de Victoria RBD Horas Cronológicas 44 Hrs. Jornadas Jornada Escolar Completa Diurna Tipo de Enseñanza Educación Parvularia y Educación Básica Completa Dependiente de Jefe DEM / Alcalde Lugar de Desempeño Avda. Arturo Prat N 1520, Comuna de Victoria Región De La Araucanía Ciudad Victoria 2. PROPOSITO DEL CARGO DE DIRECTOR(A) 2.1 Misión: Al Director/a, le corresponde la dirección, administración, supervisión y coordinación de la Escuela Municipal Héroes de Iquique, Comuna de Victoria. Su función principal, es conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional, cautelando el cumplimiento de los lineamientos y orientaciones establecidos, por el Departamento de Educación Municipal y el marco jurídico vigente. 3. FUNCIONES ESTRATÉGICAS, TAREAS Y DESAFIOS DEL CARGO 3.1 FUNCIONES ESTRATÉGICAS: La función principal del (la) Director(a) del establecimiento educacional, será dirigir y liderar el proyecto educativo institucional. De acuerdo al Estatuto Docente, al Director/a le corresponderá desempeñar las siguientes funciones:

2 A. En lo pedagógico: a) Formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del establecimiento, los planes y programas de estudio y las estrategias para su implementación. b) Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico -pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del establecimiento. c) Adoptar las medidas para que los padres o apoderados reciban regularmente información sobre el funcionamiento del establecimiento y el progreso de sus hijos. B. En lo administrativo: a) Organizar y supervisar el trabajo de los docentes y de los asistentes de la educación. b) Proponer anualmente al sostenedor el término de la relación laboral de hasta un 5% de los docentes del respectivo establecimiento, siempre que hubieren resultado mal evaluados. c) Proponer el personal a contrata y de reemplazo, tanto el docente como los asistentes de la educación. d) Designar y remover a quienes ejerzan los cargos de Subdirector, Inspector General y Jefe Técnico del establecimiento educacional. e) Ser consultado en la selección de los profesores cuando vayan a ser destinados a ese establecimiento. f) Proponer al sostenedor, incrementos a las asignaciones salariales y asignaciones salariales especiales para docentes. g) Promover una adecuada convivencia en el establecimiento educacional. C. En lo financiero: a) Asignar, administrar y controlar los recursos en los casos que se le haya otorgado esa facultad por el sostenedor. Finalmente, el Director/a del establecimiento educacional deberá informar al sostenedor, al Jefe del Departamento de Educación Municipal y a la Comunidad Escolar, en diciembre de cada año, el grado de cumplimiento de las metas y los objetivos establecidos en su respectivo Convenio de Desempeño. 3.2 LAS PRINCIPALES TAREAS QUE DEBE EJECUTAR EL DIRECTOR(A) SON: Al Director/a Establecimiento Educacional Municipal, le corresponderá desempeñar las siguientes funciones específicas: a) Realizar reuniones periódicas con su equipo de trabajo con el objetivo de planificar el currículum y evaluación de los alumnos del establecimiento y coordinar las actividades programadas según el proyecto educativo del establecimiento, entre otras materias. b) Conducir reuniones de consejos escolares. c) Atender regularmente a los padres y apoderados que lo requieran. d) Supervisar en las aulas el desempeño de los docentes. e) Supervisar que la infraestructura del establecimiento esté en adecuadas condiciones.

3 f) Controlar que en todas las aulas exista un docente a cargo de la asignatura correspondiente. En el caso de haber ausencia de profesor, el director/a debe asegurar la provisión oportuna de un reemplazo. g) Informar al personal acerca de todos aquellos aspectos que se relacionen con el área académica. h) Presentar documentos e informes solicitados por el Ministerio de Educación, la Municipalidad y organismos externos. i) Facilitar la supervisión e inspección del Municipio y organismos reguladores dependientes del Ministerio de Educación. 3.3 LOS PRINCIPALES DESAFÍOS QUE CONTEMPLA EL CARGO SON: El/la directora/a del establecimiento tiene los siguientes desafíos: a) Mejorar los resultados de aprendizaje en evaluaciones de rendimiento. b) Mejorar la realización y logro del PEI del establecimiento. c) Dirigir en base a planificación estratégica. d) Vincular a la familia con la escuela. e) Fomentar un clima de buena convivencia escolar en el establecimiento. f) Instalar la administración delegada y ejecutarla positivamente. g) Lograr capacidad máximas de matrícula, con baja rotación y deserción escolar. h) Aumentar la asistencia y puntualidad de los estudiantes. i) Modernizar la gestión del personal docente y no docentes. j) Gestionar de manera adecuada los recursos que se le designen y transfieran. k) Mejorar la gestión pedagógica del establecimiento. l) Ser considerado cercano por la comunidad educativa. m) y potenciar programas de aportes de entidades privadas. n) Cumplir con las regulaciones vigentes del MINEDUC. 4. CONTEXTO Y ENTORNO DEL CARGO - ANTECEDENTES GENERALES: 4.1 Tipo de Establecimiento: Preescolar [ x ] Básica [ x ] Media CH [ ] Media TP [ ] 4.2 Ubicación: Urbano [ x ] Rural [ ] 4.3 Programas: SEP [ x ] PIE [ x ] Otros [ x ] Especificar: Enlaces, CRA 4.4 Dirección del Establecimiento: Avda. Arturo Prat N 1520, Comuna de Victoria 4.5 Población Escolar: Matrícula últimos 5 años: Año Año Año Año Año Estructura según Género: Masculino [56%] Femenino 44%] Mixto [_]

4 4.7 Índice de Vulnerabilidad Escolar (IVE): Básica: 79,9% Media: 4.8 Concentración de Alumnos Prioritarios: 261 Alumnos (82%) 4.9 Dotación Total: 27 Funcionarios (02 Directivos, 15 Profesores, 10 Asistentes de la Educación) 4.10 Evaluación Docente: De última Evaluación Docente, se evaluaron 05 Docentes Destacados --- Competentes 02 Básicos 03 Insatisfactorios --- (*) Puede encontrar información adicional en la Ficha del Establecimiento en: 5. ENTORNO DEL CARGO 5.1 Equipo de Trabajo: El equipo de trabajo del Director está integrado por: Equipo Directivo : 02 Docentes Directivos Profesores : 15 Doc. Educación Básica Otros : 10 Asistentes de Educación 5.2 Entorno Externo: El Director(a) del Establecimiento debe relacionarse con los siguientes actores externos: Universidad Arturo Prat, Sede Victoria Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Téc. Profesional Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile Fuerzas Armadas y de Orden, Gendarmería de Chile Hospital, Consultorio y Postas de Salud Oficina de Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia, OPD Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) Agrupación Empresarial y Productiva Cámara de Comercio de Victoria Organizaciones Mapuches Juntas de Vecinos y Clubes Sociales Organizaciones Adulto Mayor Organizaciones Deportivas Organizaciones Artístico Culturales Medios de Comunicación, locales y regionales 5.3 Financiamiento del Establecimiento: PRESUPUESTO ANUAL DEL ESTABLECIMIENTO Monto Anual de Subvención Escolar aprox. $ Monto Anual SEP aprox. $ Monto Anual Ley de Mantenimiento $

5 6. ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL 7. PERFIL DE SELECCIÓN 7.1 REQUISITOS LEGALES: Para ser Director(a) de Establecimiento, los candidatos deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano. b) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando proceda. c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. d) Ser Profesional de la Educación, es decir, poseer título de Profesor o Educador, concedido por Escuelas Normales, Universidades o Institutos Profesionales. Asimismo, se consideran todas las personas legalmente habilitadas para ejercer la función docente y las autorizadas para desempeñarla de acuerdo a las normas legales vigentes. e) Para incorporarse a la función Docente Directiva, los postulantes deberán contar con perfeccionamiento en áreas pertinentes a la función directiva (por ejemplo Plan de Formación de Directores de Excelencia) y cinco (5) años de experiencia docente. f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito ni condenado en virtud de la Ley , sobre Violencia Intrafamiliar. g) Asimismo, podrán incorporarse a la función Docente Directiva, quienes estén en posesión de un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional, sin que les sea exigible el requisito establecido en la letra d) precedente, del punto 7, Perfil de Selección. 7.2 REQUISITOS TÉCNICOS: a) Deseable poseer experiencia en cargos de Dirección, Coordinación y/o Jefatura. b) Contar con conocimientos en el ámbito Educacional Escolar y/o Experiencia en Gestión Educativa.

6 c) Deseable manejo de herramientas de planificación, metodologías de enseñanzaaprendizaje, normas y regulaciones vigentes en el ámbito educativo. d) Deseable contar con experiencia en aula. e) Conocimientos sobre las diversas realidades psicosociales y socioculturales de ambientes de alta vulnerabilidad y estrategias para afrontar contextos de diversidad. f) Conocimientos sobre consumo y adicción de estupefacientes. g) Conocimiento de las etapas de desarrollo y sus características. 8. COMPETENCIAS PARA EL EJERCICIO DEL CARGO 8.1 Factor Competencia: Se entiende por COMPETENCIA, a un conjunto de destrezas, habilidades, conocimientos y características conductuales, que combinados frente a una situación de trabajo, predicen un desempeño superior. A continuación se detalla en un cuadro, las competencias que debe poseer un(a) Director(a) de Establecimiento Educacional Municipal, para desempeñarse exitosamente en el cargo y el ponderador que se debe asignar a cada competencia. El ponderador, busca reflejar la importancia relativa de cada competencia en función de las características particulares del cargo y del entorno en el que se insertan. DESCRIPCION C1. Liderazgo y Gestión de Personas: Capacidad para potenciar una cultura escolar productiva en un clima organizacional de respeto, confianza, colaboración, orden y estructura, articulando sus habilidades con las del equipo, motivando para el logro de objetivos desafiantes, entregando retroalimentación y reconociendo los logros, trabajando a la par y en terreno para gestionar los cambios. Implica hacer partícipes a otros actores de la comunidad educativa en la toma de decisiones, asumir la responsabilidad por los resultados y tomar medidas difíciles, modelando conductas en los miembros de su equipo y concretizando instancias para el desarrollo de sus competencias y potencial. C2. Gestión y Logro: Capacidad para diseñar, planificar e implementar acciones administrativas y pedagógicas alineadas con las directrices estratégicas, imprimiendo en la gestión un fuerte foco en el aprendizaje y una cultura de altas expectativas. Implica evaluar de manera sistemática y rigurosa los resultados obtenidos, así como realizar un manejo eficiente y previsor de los recursos, controlando la gestión, identificando oportunidades y optimizando procesos con foco en la calidad y mejora continua. C3. Relación con Entorno y Redes: Capacidad para identificar, construir y fortalecer relaciones de cooperación y confianza con actores internos y externos a la organización, aunando voluntades para lograr los propósitos del Proyecto Educativo. Implica la habilidad de comunicarse de manera abierta, PONDERADOR 25% 20% 15%

7 clara y congruente, respetando puntos de vista diferentes, fomentando la convivencia y también la capacidad para defender posturas, negociar y resolver conflictos. C4. Visión Estratégica e Innovación: Capacidad para asumir y compartir una visión global del proyecto educativo, atendiendo a objetivos, valores y estrategias vinculadas. Implica evaluar de manera flexible y rigurosa los problemas, así como los recursos administrativos y pedagógicos con que se cuenta para brindar soluciones eficientes. Requiere anticipar escenarios y comprender la incidencia de factores externos (locales y nacionales) sobre su gestión, identificando, promoviendo e implementando soluciones creativas acordes al contexto y realidad institucional, incentivando la investigación, actualización e innovación como medios para lograr un desempeño de excelencia. C5. Manejo de Crisis y Contingencias: Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflictos, creando soluciones oportunas y acordes a los valores y objetivos del proyecto educativo. Implica la capacidad para establecer límites y promover mecanismos de colaboración en la resolución de conflictos. C6. Conocimientos Técnicos: - Contar con conocimientos en el ámbito educacional escolar y/o experiencia en gestión. - Deseable contar experiencia en aula. - Deseable poseer experiencia en cargos de dirección, coordinación y/o jefatura. - Deseable manejo de herramientas de planificación, metodologías de enseñanza-aprendizaje, normas y regulaciones vigentes en el ámbito educativo. 20% 10% 10% 8.2 Factor Probidad: a) La PROBIDAD, es la capacidad para conducirse conforme a parámetros de honradez, honestidad, integridad y rectitud de comportamiento en la gestión de lo público, e identificar conductas o situaciones que puedan atentar contra tales parámetros. Capacidad para identificar y aplicar estrategias que permitan fortalecer estándares de transparencia y probidad en su gestión y métodos de trabajo idóneos. b) Se entenderá por Probidad Administrativa, una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. (Ley , sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado).

8 9. CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO 9.1 Duración del Cargo: El nombramiento del Director(a) del establecimiento educacional tendrá una duración de cinco (5) años. (Estatuto Docente, Art. 32 bis). 9.2 Suscripción de Convenio de Desempeño (Anexo 4): Dentro del plazo máximo de treinta días contado desde su nombramiento definitivo, el Director(a) del Establecimiento Educacional, suscribirá con el Sostenedor o el Representante Legal del Departamento de Educación Municipal, un Convenio de Desempeño. Este Convenio será público y en él se incluirá las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el período y los objetivos de resultados a alcanzar por el Director(a) anualmente, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos, así como las consecuencias de su cumplimiento e incumplimiento (Estatuto Docente, Art. 33). 9.3 Renuncia Anticipada del Director(a): El Director del Departamento de Educación Municipal con aprobación del Sostenedor, podrá pedir la renuncia anticipada del Director(a), cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los estándares mínimos que éste establezca (Estatuto Docente, Art. 34). 10. RENTA La renta correspondiente al cargo de Director(a), estará compuesta por los conceptos señalados en el Decreto con Fuerza de Ley N 1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley , que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y sus posteriores modificaciones. 11. ETAPAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN 11.1 Convocatoria y Recepción de Antecedentes a) Las Bases del Concurso serán entregadas a los postulantes interesados(as), en las Oficinas del Departamento de Educación Municipal de Victoria, ubicado en calle Pisagua N 695, a contar del día Miércoles 28 de Noviembre del 2012, en días hábiles y en horario de 08:30 a 14:00 horas. b) No obstante lo anterior, los postulantes podrán acceder a las bases en página web de la Municipalidad de Victoria ( Admisibilidad de los Antecedentes Formales de los Postulantes En esta etapa se verificará si los postulantes cumplen con los requisitos, y levantará acta con la nómina total de postulantes, distinguiendo aquellos que se ajustan a los requisitos legales, de los que no lo hacen. Además, deberá indicar cualquier observación relevante relativa al concurso y podrá disponer la notificación sea por carta certificada o a través del sitio web de las postulaciones rechazadas indicando la causa de ello. La comisión de admisibilidad de la documentación, estará compuesta a lo menos por Director de Educación Municipal, el Secretario Municipal como Ministro Fe y adicionalmente puede integrar dicha comisión, el Jefe de Personal del Departamento de Educación.

9 11.3 Evaluación de la entidad Asesoría Externa Los antecedentes formales de los postulantes, que hayan superado la etapa de admisibilidad, serán entregados a la Asesoría Externa, entidad designada por la Dirección Nacional del Servicio Civil. La Asesoría Externa realizará las siguientes evaluaciones selectivas: a).- ANÁLISIS CURRICULAR: La asesoría externa efectuará el análisis curricular de los/las candidatos/as que den cumplimiento a los requisitos formales establecidos en los presentes bases con el objeto de identificar a los que se acerquen en mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral 7 de las presentes bases), principalmente en términos de su formación, conocimientos técnicos, trayectoria laboral y experiencia profesional y directiva, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 89 y 89 bis del Reglamento (Decreto 453, Ley ). La evaluación curricular que la Asesoría Externa realice será exclusivamente sobre la base de los antecedentes escritos presentados por los/las postulantes y de conformidad a los siguientes criterios de acurdo a lo señalado en el Perfil del Cargo: Experiencia y/o conocimientos en Educación General Básica. Conocimientos en normativa relativa a la institucionalidad escolar (Jornada Escolar Completa, Estatuto Docente, etc.) Años de experiencia en cargos docente directivo (Director, Subdirector, Jefe de UTP, Inspector General) de establecimientos educacionales de similar envergadura y complejidad. En consideración de los factores antes mencionados la asesoría externa calificará a los candidatos de acuerdo a como se señala a continuación: NOTA CRITERIO OPERACIONALIZACIÓN 7 a 6,5 SOBRESALIENTE Antecedentes curriculares se ajustan cabalmente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos, experiencia laboral relacionada y experiencia en cargos directivos o de jefatura requeridos para el cargo. Destacan tales antecedentes por exceder con creces a lo requerido en el perfil en todos sus aspectos. 6,4-6,0 MUY BUENO Antecedentes curriculares se ajustan mayoritariamente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral relacionada. Sus antecedentes permiten estimar que posee características en términos de conocimientos o experiencia que permitirían satisfacer con holgura lo requerido para el cargo en la mayoría de sus aspectos. 5,9-5,5 BUENO Antecedentes curriculares se ajustan al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral relacionada, destacándose algunos aspectos. 5,4-5,0 ACEPTABLE Antecedentes curriculares se ajustan estrictamente al perfil de selección en cuanto a conocimientos téc-

10 NOTA CRITERIO OPERACIONALIZACIÓN nicos y experiencia laboral relacionada. 4,9-4,0 INSATISFACTORIO Antecedentes curriculares se ajustan sólo parcialmente al perfil del cargo. Se estima que se requiere mayor experiencia laboral relacionada, y/o mayor experiencia en jefatura y/o los conocimientos técnicos no poseen el grado de especialización suficiente en relación a lo requerido para el cargo. 3,0 NO RELACIONADO Antecedentes curriculares no están relacionados con el perfil de selección. Se considerará que cumplen los requisitos exigidos en el perfil profesional aquellos candidato/as cuya calificación es igual o superior a 5,0. Si el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil de selección es igual o superior a seis (6), la asesoría externa determinará cuáles de esos candidatos será evaluado psicolaboralmente, teniendo en consideración que el reglamento establece la obligación de efectuar dicha evaluación a un número mínimo de doce/quince candidatos/as. En todo caso, dichos candidatos/as deben ser los mejores evaluados en esta etapa. Si el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil de selección es inferior a seis (6), pero igual o superior a tres/dos, la asesoría externa deberá evaluarlos psicolaboralmente. Si el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil es inferior a tres/dos, la asesoría externa deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora, para efectos de que ésta evacúe el informe pertinente sin preseleccionados. En base a dicho informe, el sostenedor deberá declarar desierto el proceso de selección, por no existir el número mínimo de candidatos para conformar nómina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. (En aquellas comunas que tengan menos de diez mil habitantes, el concurso también debe ser declarado desierto por el sostenedor si el número mínimo de candidatos a incluirse en el listado de preseleccionados es inferior a dos) De la misma forma señalada en el párrafo precedente, se procederá en el caso de que no existan candidatos/as que cumplan con los requisitos exigidos en el perfil de selección. b).- EVALUACIÓN PSICOLABORAL: La Asesoría externa practicará una evaluación Psicolaboral a los/las candidatos/as preseleccionados/as en la fase de análisis curricular, a objeto de identificar a los/as que se acercan el mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral 3 y 7 de las presentes bases), principalmente, en términos de sus competencias y atributos para desempeñarlo, exigidos en el señalado perfil, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 89 y 89 bis del Reglamento. El resultado de la Evaluación Psicolaboral practicada por la Asesoría Externa, respecto de cada uno/a de los candidatos/as deberá expresarse en una calificación de uno (1) a siete

11 (7) de conformidad al grado de idoneidad de los/as candidatos/as en relación al perfil profesional de cargo. La Asesoría Externa, elaborará un listado de preseleccionados/as que serán entrevistados/as por la Comisión Calificadora del Concurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento, el que deberá ajustarse al número mínimo y máximo señalado en dicha disposición. (En los establecimientos educacionales rurales o en aquellos que tengan una matrícula inferior a los alumnos el listado de preseleccionados debe contener un mínimo de seis y un máximo de doce candidatos, los que serán entrevistados por la Comisión Calificadora de Concursos, a menos que hubiera un número inferior de postulantes que cumpla con los requisitos exigidos. En los establecimientos educacionales de una matrícula igual o superior a alumnos el listado de preseleccionados debe contener un mínimo de seis y un máximo de quince candidatos, los que serán entrevistados por la Comisión Calificadora de Concursos, a menos que hubiera un número inferior de postulantes que cumpla con los requisitos exigidos. En aquellas comunas que tengan menos de diez mil habitantes, el número mínimo de candidatos que deberá incluirse en el listado de preseleccionados será de dos personas, en atención a que el artículo 32 bis del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, exige dicho número mínimo para conformar la nómina que debe presentar la Comisión Calificadora de Concursos al sostenedor en estos casos, si no hubiera más postulantes que cumplan con los requisitos exigidos.) Todos/las candidatos/as incluidos en el listado de preseleccionados/as deberán haber obtenido una calificación igual o superior a 5.0. Si el número de candidatos/as que obtiene la calificación anteriormente señalada es inferior a seis, pero igual o superior a tres/dos, la asesoría externa igualmente deberá confeccionar el listado de preseleccionados/as, a fin de que dichos/as candidatos/as sean entrevistados/as por la Comisión Calificadora. Si el número de candidatos/as que obtiene calificación igual o superior a 5.0 es inferior a tres/dos la asesoría externa deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora, para efectos de que ésta evacúe el informe pertinente sin preseleccionados/as. En base a dicho informe, el sostenedor declarará desierto el proceso de selección, por no existir el número mínimo de candidatos/as para conformar nómina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. (En aquellas comunas que tengan menos de diez mil habitantes, el concurso también deberá ser declarado desierto por el sostenedor si el número mínimo de candidatos a incluirse en el listado de preseleccionados es inferior a dos.) De la misma forma señalada en el párrafo precedente se procederá si no existen candidatos/as que obtengan una calificación igual o superior a 5.0.

12 La Asesoría Externa deberá elaborar un informe que incluirá, al menos, el listado de candidatos/as preseleccionados/as, la descripción del análisis curricular efectuado, los resultados de las evaluaciones psicolaborales, y en su caso, la evaluación de los factores mérito, liderazgo y de las competencias específicas señaladas en el perfil profesional, el que entregará a la Comisión Calificadora de Concurso en un plazo máximo de 40 días a contar de la fecha en que los antecedentes sean puestos a su disposición Evaluación de la Comisión Calificadora del Concurso La Comisión Calificadora del Concurso estará conformada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 bis del Decreto con Fuerza de Ley N 1, de 1996, del Ministerio de Educación. La Comisión Calificadora, deberá constituirse dentro de 5 días después de terminado el proceso de preselección y confeccionar, en un plazo máximo de 15 días contado desde la fecha en que los antecedentes son puestos a su disposición, la nómina de candidatos/as elegibles que será presentada al sostenedor. Esta Comisión, evaluará el siguiente ámbito: a).- Entrevista a los Postulantes Pre-Seleccionados: La Comisión Calificadora deberá entrevistar individualmente a cada uno de los/las candidatos/as preseleccionados/as por la Asesoría Externa, a efecto de identificar a aquéllos que se acercan en mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral 3 y 7 de las presentes bases), principalmente en términos de sus competencias y atributos para desempeñarlo, exigidos en dicho perfil. La evaluación de la Comisión Calificadora a cada uno/a de los/as candidatos/as deberá expresarse en una calificación de 1.0 a 7.0 conformidad a la ponderación asignada a cada uno de los atributos en el perfil de selección. La Comisión Calificadora, desde su constitución hasta el cierre del concurso deberá levantar acta de sus sesiones, en las que se dejará constancia de sus acuerdos. Las actas deberán contener la información necesaria para que cada participante del concurso pueda verificar el cumplimiento cabal de las presentes bases y la pertinencia, en cuanto a su relación con los requerimientos del cargo, de los antecedentes tomados en consideración, así como las pruebas aplicadas y sus pautas de respuesta. El Secretario Municipal suscribirá las actas de la Comisión en su calidad de Ministro de Fe. Nota: Estos puntajes son obtenidos del promedio de los miembros de la comisión 11.5 Selección de los Postulantes por la Comisión Calificadora del Concurso La Comisión Calificadora del Concurso, evacuará un informe fundado, el que contendrá la nómina final con los candidatos, sus respectivos currículos y los informes elaborados por la entidad Asesoría Externa. La nómina de elegibles contará con un mínimo de 3 y un máximo de 5 candidatos/as, los que serán presentados al sostenedor. (En aquellas comunas en que tengan menos de 10 mil habitantes la nómina podrá contener 2 candidatos si no hubiera más postulantes que cumplan con los requisitos exigidos.) La nómina deberá incluir a los candidatos mejores evaluados en las entrevistas con la Comisión Calificadora.

13 Si el resultado de las entrevistas determina que el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil de selección, esto es, que obtiene una calificación en esta etapa igual o superior a 5.0, es inferior a tres/dos, la Comisión Calificadora informará fundadamente al sostenedor a objeto de que declare desierto el proceso de selección por no existir el número mínimo de candidatos/as para conformar nómina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. (En aquellas comunas que tengan menos de diez mil habitantes, el concurso también deberá ser declarado desierto por el sostenedor si el número de candidatos que cumple con los requisitos es inferior a dos.) La Comisión Calificadora deberá emitir un informe que incluya la nómina, los currículos y los informes elaborados por las asesorías externas Nombramiento del Director(a) El Sostenedor en un plazo máximo de 5 días, de recibido el informe final, a que se refiere el punto 11.5 precedente, nombrará a cualquiera de los integrantes de la nómina, presentada por la Comisión Calificadora del Concurso, o declarará, previa resolución fundada, desierto el proceso de selección. El resultado de este proceso se notificará a los integrantes de la nómina de selección de conformidad a lo dispuesto en el artículo 46 de la ley Nº Firma del Convenio de Desempeño Dentro del plazo máximo de 30 días contados desde su nombramiento definitivo, el Director(a) designado(a), deberá firmar con el Sostenedor, un Convenio de Desempeño, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto con Fuerza de Ley N 1, de 1996, del Ministerio de Educación. 12. INTEGRANTES DE LA COMISION CALIFICADORA DEL CONCURSO De acuerdo con el Artículo Nº 88 del Decreto Nª 215 de 2011, las Comisiones Calificadoras de Concursos de Directores de establecimientos estará integrado por: a) El Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal o de la Corporación Municipal, según corresponda; b) Un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública, creado en la ley Nº , o un representante de este Consejo c) Un docente, elegido por sorteo, perteneciente a la misma dotación municipal que se desempeñe en otro establecimiento educacional y que pertenezca a la Red Maestros de Maestros o esté acreditado como Profesor de Excelencia Pedagógica, según lo dispuesto en la ley Nº , o haya sido evaluado como profesor de desempeño destacado en su última evaluación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Educación. El Secretario Municipal de la respectiva comuna actuará como Ministro de Fe.

14 13. FORMA EN QUE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS REQUISITOS EXIGIDOS Todo postulante deberá incorporar en su expediente sus antecedentes el Título Profesional o Habilitante en fotocopia legalizada ante Notario Público; y para acreditar los otros antecedentes curriculares, se aceptará fotocopia simple de cada documento requerido ANTECEDENTES DE POSTULACION a) Ficha de Postulación que se adjunta a estas bases. (Anexo 1). b) Currículum Vitae resumido (Anexo 2). Sin perjuicio de completar el Anexo 2, el o la Postulante debe adjuntar además su Currículum Vitae extendido c) Fotocopia de Cédula de Identidad por ambos lados. d) Certificado de Situación Militar al día, vigente 60 días a la fecha de postulación, desde la fecha de su emisión (varones). e) Declaración Jurada Simple de Salud Compatible. En caso de ganar el concurso, deberá presentar certificado de salud compatible emitido por institución pública de salud respectiva. f) Título Profesional habilitante. g) Post títulos y/o grados académicos. h) Certificado de Antecedentes original y con vigencia no superior a 30 días. i) Declaración Jurada Simple que acredite que él/la postulante no se encuentra afecto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en el artículo Nº 24 del DFL Nº 1 del Ministerio de Educación de 1996 (Anexo 3). j) Certificado(s) que acrediten experiencia laboral de al menos 5 años de funciones docentes en un establecimiento educacional. k) Perfeccionamiento pertinente al cargo, otorgado por entidades de educación superior reconocidas por el estado, Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, CPEIP, y/o cursos de otras instituciones inscritos en Registro Público Nacional de Perfeccionamiento Docente. 14. PLAZO Y FORMA DE POSTULACIÓN a) Las Bases del Concurso serán entregadas a los postulantes interesados(as), en las Oficinas del Departamento de Educación Municipal de Victoria, ubicado en calle Pisagua N 695, a contar del día Miércoles 28 de Noviembre del 2012, en días hábiles y en horario de 08:30 a 14:00 horas. b) No obstante lo anterior, los postulantes podrán acceder a las bases en página web de la Municipalidad de Victoria ( c) Los antecedentes deberán ser presentados en sobre cerrado y en forma personal, o por correo certificado, señalando expresamente el Número del Concurso y Establecimiento Educacional al cual postula, a contar del Miércoles 28 de Noviembre del 2012 y hasta el Viernes 11 de Enero del 2013, ambas fechas inclusive, en el Departamento de Educación Municipal de Victoria, ubicado en calle Pisagua N 695, de Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas. d) El postulante que remita los antecedentes por correo certificado, deberá indicar claramente la dirección del remitente. Sólo serán considerados dentro del proceso de selección, los sobres recepcionados dentro del plazo señalado en las Bases.

15 e) Para este proceso de postulación, se exige el Título Profesional o Habilitante en fotocopia legalizada ante Notario Público; y para acreditar los otros antecedentes curriculares, se aceptará fotocopia simple de cada documento requerido. f) En caso de ganar el Concurso de Director(a), deberá presentar los documentos originales. g) Los antecedentes de postulación, deberán conformar un expediente anillado, conteniendo copias foliadas en el margen superior derecho. h) Al momento de presentar los antecedentes, los postulantes recibirán un comprobante con el número de registro de ingreso, fecha y hora de recepción por cada cargo al que postulen. En el caso de que los antecedentes sean enviados por correo certificado, el comprobante le será enviado por correo certificado a la dirección remitente. i) Los(as) postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo para adoptar las medidas pertinentes. j) Por ningún motivo, se aceptarán entregas parciales de antecedentes y/o fuera del plazo establecido en las Bases del Concurso. k) El sólo hecho de presentar los documentos y antecedentes constituye, por parte del postulante, plena aceptación de estas bases. l) El expediente de postulación no será devuelto. 15. CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO: ETAPA FECHAS RESPONSABLE Publicación-Convocatoria DEM Página Web de la Municipalidad / Ministerio de Educación Inicio Recepción y Registro Antecedentes DEM Cierre Recepción y Registro Antecedentes Admisibilidad legal de candidatos DEM Proceso de Preselección Asesoría Externa Constitución Comisión calificadora Comisión Calificadora Entrevistas Comisión Calificadora Comisión Calificadora Confección de nómina de candidatos e Informe Final del Comisión Calificadora Proceso Notificación a los Postulantes Seleccionados DEM Resolución del Sostenedor Sostenedor Inicio de funciones en el Establecimiento Director(a) Seleccionado 16. TERMINO DE PROCESO DE CONCURSO a) El concurso se resolverá a más tardar el día 25 de Febrero de b) El Jefe de Personal del Departamento de Educación Municipal de Victoria, enviará a todas las dependencias de la Municipalidad, un Informe General del proceso para su publicación y difusión. c) El Director del Departamento de Educación Municipal de Victoria, a través de la Unidad de Personal, comunicará a los postulantes por carta certificada el resultado final dentro de los 30 días siguientes a su conclusión. Victoria, Noviembre de 2012

16 ANTECEDENTES DEL/A POSTULANTE: ANEXO 1 FICHA DE POSTULACIÓN Apellidos Paterno - Materno Nombres Correo Electrónico Autorizado para el presente Concurso y dirección Mail: Dirección: Teléfono Particular Teléfono Móvil Otros Teléfonos Contacto Cargo al que postula La presente postulación implica mi aceptación íntegra de las Bases y las condiciones en ella consignadas, relativas al presente Proceso de Selección. Asimismo, mi aceptación implica el conocimiento de la Propuesta de Convenio de Desempeño que se adjuntan a estas bases. Declaro, asimismo, mi disponibilidad real para desempeñarme en el cargo. Firma Fecha:

17 ANEXO 2 CURRÍCULUM VITAE RESUMIDO (Sin perjuicio de completar el presente formulario, el/la Postulante debe adjuntar además su Currículum Vitae extendido) IDENTIFICACIÓN DEL POSTULANTE: Apellidos Paterno - Materno Nombres Teléfono Particular Teléfono Celular Correo Electrónico Autorizado Dirección: IDENTIFICACIÓN DEL CARGO A QUE POSTULA: Cargo Grado Código 1. TITULOS PROFESIONAL(ES) Y/O GRADOS: *Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados Título Profesional Ingreso carrera profesional (mm,aaaa) Egreso carrera profesional (mm,aaaa) Fecha de Titulación (dd,mm,aaaa) Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres) Título Profesional Ingreso carrera profesional (mm,aaaa) Egreso carrera profesional (mm, aaaa) Fecha de Titulación (dd,mm,aaaa) Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres)

18 2.- ANTECEDENTES ACADÉMICOS: *(Indicar sólo aquellos con certificados, los demás no serán ponderados ni considerados) Post-títulos/Otros Desde (mm,aaaa) Hasta(mm, aaaa) Post-títulos/Otros Desde (mm,aaaa) Hasta(mm, aaaa) 3.- CAPACITACION: (Indicar sólo aquellos con certificados) Curso y/o Seminario Desde (dd,mm,aaaa) Hasta (dd,mm, aaaa) Horas de duración Curso y/o Seminario Desde (dd,mm,aaaa) Hasta (dd,mm, aaaa) Horas de duración 4.- ÚLTIMO CARGO DESARROLLADO O EN DESARROLLO: (Sólo cuando corresponda) Cargo Institución/Empresa Departamento, Gerencia o Área de Desempeño Desde (dd,mm,aaaa) Hasta (dd,mm, aaaa) Duración del Cargo (mm,aaaa) Funciones Principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros)

19 5.- TRAYECTORIA LABORAL: Además del anterior, indique sus últimos tres puestos de trabajo, si corresponde. Cargo Institución/Empresa Departamento, Gerencia o área de desempeño. Desde (dd,mm,aaaa) Hasta (dd,mm, aaaa) Duración del cargo (mm,aaaa) Funciones principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros) Cargo Institución/Empresa Departamento, Gerencia o área de desempeño. Desde (dd,mm,aaaa) Hasta (dd,mm, aaaa) Duración del cargo (mm,aaaa) Funciones principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros)

20 ANEXO 3 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Yo Cédula de Identidad N, Declaro bajo juramento que no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarme condenado por crimen o simple delito (Art. 24 N 5 del DFL Nº1 del Ministerio de Educación). Firma Fecha:

21 ANEXO 4 PROPUESTA DE CONVENIO DE DESEMPEÑO ESCUELA HEROES DE IQUIQUE VICTORIA OBJETIVOS: INDICADORES: META ANUAL ESTRATEGICA: MEDIOS DE VERIFICACION: 1. Mejorar los resultados de aprendizaje en las evaluaciones de rendimiento 2. Mejorar los resultados de aprendizaje de acuerdo a la institucionalidad vigente. Puntaje Promedio SIMCE, 4 Básico Puntaje Promedio SIMCE, 8 Básico Ingreso del establecimiento al SNED Clasificación SEP del establecimiento. Lenguaje Matemática Compr. del Medio Sit. Actual Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Lenguaje Matem. Hist. Cs. Nat. Sit. Actual Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Situación Actual SI Bienio Bienio Situación Actual AUTONOMA Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Resultados SIMCE anual, publicado por MINEDUC. Resultados anual SNED MINEDUC Resultados e Informes Anuales Ley SEP

22 3. Mejorar la matrícula y el porcentaje de asistencia del establecimiento. 4. Mejorar la Gestión de Recursos del establecimiento 5. Desarrollar iniciativas que aseguren mejores resultados Cumplimiento de metas institucionales establecidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento Matrícula del último año Asistencia Promedio de los Estudiantes Porcentaje de Cumplimiento Plan de Mejora SEP Porcentaje de Aprobación de los alumnos Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Situación Actual Formulado y en ejecución Evaluación Diagnóstica y reformulación, si procede Evaluación y Actualización Evaluación y Actualización Evaluación y Actualización Evaluación y Actualización Situación Actual 319 Alumnos/as Año 1: Año 2: Aumentar 3% (328) Año 3: Aumentar 4% (341) Año 4: Aumentar 5% (358) Situación Actual 94% Año 1: Año 2: Aumentar 1% Año 3: Año 4: Aumentar 2% Primer Semestre % Año 1: 95% de Cumplimiento Año 2: 98% de Cumplimiento Año 3: 100% de Cumplimiento Año 4: Situación Actual 92% Año 1: Año 2: Aumentar 2% Año 3: Indicador interno Cuenta Pública Matricula declarada a Mineduc (SIGE) Asistencia declarada a Mineduc (SIGE) Fuente Interna Fuente Interna

23 escolares para los alumnos de la escuela, mejorando los índices de eficacia escolar. 6. Mejorar la Gestión Pedagógica del establecimiento Porcentaje de Deserción Escolar Capacitación y Perfeccionamiento de los docentes Desempeño Evaluación Docentes Destacados Porcentaje de Cobertura Curricular Año 4: Aumentar 4% Situación Actual 00% Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Situación Actual Sin Información actualizada Año 1: 75% docentes capacitados en últimos 3 años Año 2: 80% docentes capacitados en últimos 3 años Año 3: 85% docentes capacitados en últimos 3 años Año 4: 90% docentes capacitados en últimos 3 años 100% docentes capacitados en últimos 3 años Situación Actual 00% Año 1: 2% Año 2: 4% Año 3: Año 4: Situación Actual Sin Información actualizada Año 1: Generar registro y plan de Año 2: acción Cumplimiento del 80% del Plan de Acción Fuente Interna CPEIP + Fuente Interna Registro de capacitaciones y docentes realizadas por los docentes Resultados Docentemás del CPEIP Registro UTP. Coordinación Técnica Comunal

24 7. Incentivar la participación de la comunidad escolar en el establecimiento educacional. 8. un clima de respeto y buena convivencia escolar en el establecimiento. Cantidad de Actividades Extraprogramáticas y de formación Reuniones de Apoderados por Cursos Convivencia Escolar: Bullying (Maltrato escolar) Año 3: Año 4: Situación Actual: Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Situación Actual: Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Situación Actual: Año 1: Año 2: Año 3: Año 4: Cumplimiento del 90% del Plan de Acción Cumplimiento del 100% del Plan de Acción 0 Talleres 4 Talleres 6 Talleres 8 Talleres 10 Talleres 12 Talleres 83% de Asistencia 88% de asistencia 92% de asistencia 95% de asistencia 0 Casos Fuente Interna y Coordinación Extraescolar Comunal Fuente Interna Fuente Interna

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