Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos. Dra. Mildred Chaparro Decana de Asuntos Académicos

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1 Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos

2 Certificación Certificación del antiguo CES (Consejo de Educación Superior) de abril de 1993 Normas y Guías para la Consideración, Estudio y Trámite de Propuestas para Establecer Programas Académicos Nuevos y para la Revisión de Programas Académicos Vigentes en la Universidad de Puerto Rico

3 Propuesta de revisión y actualización de la La Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos en la UPR es una enmienda a la Certificación para la consideración de la Junta Universitaria.

4 Actualización Atemperar los contenidos y procesos relacionados a la creación de programas nuevos a los cambios en estándares, requisitos de Ley, contenidos, enfoques, formas de estructurar los currículos y modalidades de enseñanza aprendizaje que se han producido en la educación superior desde la institucionalización de la Certificación

5 La Certificación propuesta Integra las disposiciones vigentes en la reglamentación y normativa universitaria y los requerimientos de las entidades de licencia y acreditación institucional y profesional. Incorpora sugerencias y recomendaciones de la JU, la Junta de Decanos de AA, y de otros grupos representativos de la comunidad académica Atenderá las recomendaciones de los SA de las unidades según sean refrendadas por la JU

6 Instancias de consideración Departamento(s), Facultad(es), Colegio(s) o Escuela(s) requiere el endoso de todas las unidades académicas en las cuales se ubicaría el nuevo programa. Senado Académico consideración con énfasis en los aspectos programáticos y su coordinación con la planificación académica de la unidad institucional. Emitirá certificación.

7 Instancias de consideración Junta Administrativa consideración con énfasis en el impacto fiscal del nuevo programa y la identificación de los recursos necesarios. Emitirá certificación. Si es endosada favorablemente en el SA y la JA, los proponentes incorporarán las sugerencias, recomendaciones y acuerdos al documento.

8 Instancias de consideración El Rector someterá la propuesta (con las certificaciones) a la Secretaría de la JU, de aquí la referirán al Comité Permanente de Asuntos Académicos de la JU y a la VPAA (4 meses). El Comité y la VPAA pueden solicitar información adicional y entrevistar a los proponentes.

9 Instancias de consideración La VPAA preparará un informe con su análisis, sugerencias y recomendaciones sobre la propuesta. Éste incorporará : las evaluaciones de la Oficina Central de Presupuesto las de expertos en la disciplina información de datos institucionales y de la planificación

10 Instancias de consideración Si la VPAA sugiere cambios sustanciales o significativos a la propuesta, se referirán al Comité de AA para la evaluación y trámite. El Comité solicitará al Sec. Ejecutivo que remita al Decano de AA, P/C del Rector, las enmiendas propuestas, y éste le informará al SA y a los proponentes.

11 Instancias de consideración El Com. Permanente de AA considerará la propuesta y el informe de la VP, con énfasis en la afinidad a la planificación integrada del Sistema. Traerá su recomendación a la consideración del pleno de la JU.

12 Instancias de consideración La JU considerará las recomendaciones y recomendará o no la aprobación de la propuesta a la JS. Junta de Síndicos La VPAA constatará que los proponentes incorporaron al documento las recomendaciones de la JU y recomendará al Presidente que presente la propuesta a la JS.

13 Instancias de consideración El Presidente remite la propuesta a la JS, con sus recomendaciones, las de la JU y las de la VPAA. El Rector notificará al SA y a la JA sobre las determinaciones de la JS.

14 Instancias de consideración Consejo de Educación Superior y agencias acreditadoras La VPAA tramitará la Solicitud de Enmienda a la Licencia de Renovación al CES y velará por el cumplimiento con cualquier requerimiento de entidades de acreditación institucional y profesional que apliquen.

15 Instancias de consideración El programa nuevo podrá comenzar una vez el CES autorice la Enmienda a la Licencia de Renovación y la VPAA codifique el programa y los cursos nuevos.

16 Programa académico nuevo Definición: Un conjunto de asignaturas, materias u ofrecimientos educativos, organizado por disciplinas o interdisciplinario que da derecho a quien lo completa satisfactoriamente a recibir de la institución un reconocimiento académico oficial Dicho programa debe estar autorizado por la Junta de Síndicos y por el Consejo de Educación Superior

17 I. Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos Página de Título: Con la siguiente información: Propuesta para el establecimiento de un programa de (título del programa que incluya concentración o especialidad) en (nombre del departamento, facultad, colegio o escuela, según aplique) de (nombre de la unidad institucional) de la Universidad de Puerto Rico o Universidad de Puerto Rico en (nombre de la unidad institucional).

18 (Cont.) Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos En esta página se incluirá además: Las fechas en que las diversas instancias dentro de la unidad institucional recomendaron el programa y los números de las certificaciones del Senado Académico y la Junta Administrativa. Se incluirá como anejo copia de las certificaciones y de carta firmada por el Decano(a) de Asuntos Académicos en la que endose la propuesta.

19 Por qué programas nuevos y revisión de los existentes? La Universidad de Puerto Rico está obligada a asegurarse que sus programas de estudio: sean coherentes y pertinentes exhiban el contenido, rigor y profundidad adecuados a su nivel respondan a los cambios y avances en las disciplinas y las tecnologías promuevan el desarrollo personal, social, intelectual y la literacia de información de los estudiantes

20 (Cont.) Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos Nota Las propuestas y los prontuarios se someterán en papel y en formato electrónico. Aquellas propuestas para la creación de programas de postgrado o únicos en Puerto Rico, se someterán en inglés.

21 (Cont.) Guía para la redacción de propuestas para el establecimiento de programas académicos nuevos Tabla de Contenido: Se incluirá una tabla de contenido con las secciones principales de la propuesta y la lista de apéndices. Si se hace uso extenso de figuras o tablas, es recomendable que se incluya además, un índice de las mismas.

22 II. Introducción A. Título del Programa y Grado(s) a otorgarse: Se especificará el título del programa académico que se propone establecer y el grado o grados a conferirse tal como deberán aparecer en el registro oficial de programas académicos, en el diploma y certificaciones que se expidan a los estudiantes. En caso de que el grado a conferir sea un certificado, se debe indicar el nivel académico, por ejemplo, post grado asociado, post bachillerato (o graduado), post maestría, o post doctorado.

23 II. Introducción (Cont.) A. Título del Programa y Grado(s) a otorgarse: Diferencia entre los términos programa académico y grado a conferirse: Título del programa académico: Nombre del conjunto de ofrecimientos u opciones curriculares conducentes a uno o más grados académicos Grado a conferirse: Título que se otorga en la colación de grados, el que se anota en el expediente académico y el que aparece en las certificaciones que emite el Registrador una vez el estudiante cumple satisfactoriamente con todos los requisitos de una de las opciones curriculares dentro de un programa académico

24 II. Introducción (Cont.) Es fundamental que se explique si el programa incluirá la oferta de más de una concentración o especialidad, e indicar el nombre de cada uno de los grados a otorgarse. Cada concentración o especialidad del programa corresponderá a un grado diferente. El Reglamento para el Otorgamiento de Licencia a Instituciones de Educación Superior en Puerto Rico del Consejo de Educación Superior, según enmendado en septiembre de 2002, establece que las concentraciones aplican a los programas subgraduados y las especialidades a los programas graduados.

25 Las definiciones según dicho Reglamento son: Concentración: subconjunto de cursos, materias u ofrecimientos educativos dentro de un programa, organizado de tal forma que confiere el derecho a quien lo completa satisfactoriamente a recibir de la institución que lo, ofrece un reconocimiento académico oficial producto del estudio formal a nivel subgraduado. Especialidad: subconjunto de cursos, materias u ofrecimientos educativos dentro de un programa, organizado de tal forma que confiere el derecho a quien lo completa satisfactoriamente a recibir de la institución que lo ofrece un reconocimiento académico oficial producto del estudio formal a nivel graduado.

26 II. Introducción (Cont.) B. Duración del programa: En esta sección se indicará el tiempo que le tomará completar el programa de estudios a un estudiante que cumpla con los requisitos de admisión y graduación establecidos, siguiendo la secuencia curricular propuesta y que esté estudiando a tiempo completo. Se debe indicar si el programa tiene la opción de estudio a tiempo parcial. Debe también indicarse el tiempo máximo para completar el grado y para la caducidad de cursos, y su relación con las políticas vigentes en la unidad y en el sistema en esos renglones.

27 II. Introducción (Cont.) C. Breve descripción del programa: Se explicará en forma breve en qué consiste el programa, lo que se propone lograr, sus alcances y proyecciones de desarrollo. Se especificará además, si el programa sería susceptible a acreditación profesional. De ser ese el caso, se identificará la agencia acreditadoras que confieren la acreditación y un resumen de los estándares y requerimientos para obtenerla. Se informará si los egresados deberán aprobar exámenes de reválida o ser autorizados por alguna Junta Examinadora para practicar la profesión y se incluirá un resumen de los requerimientos a ambos efectos.

28 II. Introducción (Cont.) D.Fecha de comienzo del programa: Se indicará el año y semestre académico en el cual se contempla comenzar a ofrecer el programa. Ningún programa puede comenzar a ofrecerse hasta tanto la Junta de Síndicos lo apruebe y se complete la acción correspondiente ante el Consejo de Educación Superior (CES). En caso de la creación de programas en disciplinas que no se ofrecen en la unidad, así como la creación de programas doctorales, el Consejo de Educación Superior requiere que la institución obtenga su autorización antes de comenzar a ofrecerse.

29 III. Justificación del Programa Razones de tipo académico para el establecimiento del programa y necesidad del mismo: En esta sección se expondrá cómo el nuevo programa responde a necesidades y oportunidades identificadas utilizando diferentes mecanismos e.g., como resultado de investigación institucional, política pública, leyes estatales o federales, por recomendaciones de alguna agencia acreditadora, adelantos en la disciplina, oportunidades de empleo, estudios de necesidad y viabilidad, y otros.

30 IV. Relación del programa con la planificación institucional y con otros programas A. Relación del programa con el Plan del Sistema UPR y de la unidad institucional donde va a ofrecerse. Se demostrará cómo el programa propuesto atiende prioridades, asuntos críticos y metas estratégicas en los documentos vigentes para la planificación a nivel del departamento, de la unidad y del sistema.

31 Relación del programa con la planificación institucional y con otros programas (Cont.) B. Relación del programa con otros que se ofrecen: Se presentará una relación de todos los programas relacionados al propuesto en la misma unidad, el sistema UPR y otras universidades reconocidas en el país, acompañada de un análisis sobre cómo el programa propuesto coexistirá con éstos en los siguientes niveles:

32 Relación del programa con otros que se ofrecen (cont.): En la misma unidad: Cómo el programa propuesto se integra y se complementa a la totalidad de la oferta académica y a los programas en áreas relacionadas existentes en la unidad institucional. En otras unidades del sistema UPR: De existir programas relacionados al propuesto en otras unidades, se presentarán los mismos argumentos anteriores en el contexto del sistema y las razones por las cuales el nuevo programa es necesario. Con otras instituciones de educación superior en Puerto Rico: Se analizará la oferta en otras instituciones en PR que ofrecen programas en la disciplina y se explicarán y justificarán las diferencias y similitudes entre éstos y el programa propuesto.

33 V. Diseño Curricular del Programa En esta sección se expondrán la filosofía, misión, metas, objetivos, y perfil del egresado para cada concentración o especialidad del programa propuesto. Si el nuevo programa incluye grados en diferentes niveles por ejemplo: maestría y doctorado; se incluirá el perfil del egresado, así como las metas y objetivos de cada nivel. Además, deberá establecerse la relación y coherencia entre los niveles.

34 V. Diseño Curricular del Programa (cont.) A. Filosofía: Describir los fundamentos filosóficos que sirvieron de guía para el diseño curricular propuesto. B. Misión: La misión del programa deberá estar en armonía con la misión del departamento, facultad o escuela, la institución y el sistema universitario. También, deberá contener los propósitos que persigue lograr el programa. C. Metas: Se enumerarán las metas que el programa pretende lograr a través de sus diversas actividades.

35 V. Diseño Curricular del Programa (cont.) D. Objetivos: Se incluirán los objetivos del programa. Cuando aplique, se incluirán los objetivos particulares de cada nivel, de cada concentración y/o especialidad. E. Perfil del Egresado: Es el concepto de lo que se espera haber desarrollado en el egresado del programa al completar sus estudios en términos de conocimientos, destrezas y actitudes. Debe existir congruencia entre el programa académico y el perfil del egresado. Cuando aplique, se presentarán separadamente el perfil del egresado de cada nivel y de cada concentración y/o especialidad

36 VI. Componentes del Currículo A. Distribución de los cursos: En esta sección se presentará la distribución de los cursos. La distribución debe adaptarse al nivel del grado propuesto. Por ejemplo, para nivel de postgrado aplican solamente algunos de los componentes. Ejemplo de los componentes en que se pueden distribuir son: Cursos de Educación General (si aplica) Cursos Medulares Cursos de la Concentración o Especialidad Cursos Electivos Cursos Integradores ( capstone )

37 IV. Componentes del Currículo (cont.) Es importante revisar la Certificación Núm. 106 ( ), del Consejo de Educación Superior, que establece doce créditos de electivas en los programas de bachillerato. Si se incluyen cursos de selección flexible dentro de algún componente, se incluirá en la tabla una anotación sobre el total de cursos y créditos de selección flexible contemplados en el componente y la lista de cursos recomendados se presentará separadamente.

38 IV. Componentes del Currículo (cont.) Se presentará además, un resumen del total de créditos en cada uno de los componentes y el por ciento con relación al total de créditos en el currículo. El currículo debe ser balanceado en términos del área de estudio y de las expectativas de los estudiantes. Justifique la adecuación de la cantidad de créditos requeridos para el grado.

39 IV. Componentes del Currículo (cont.) B. Cursos que componen el Currículo: En esta sección deberá presentarse la descripción de todos los cursos en el programa propuesto, clasificados por componentes. No es necesario someter las descripciones de los cursos electivos. El contenido de los cursos deberá demostrar consonancia con el nivel y profundidad que se persigue en la concentración o especialidad.

40 IV. Componentes del Currículo (cont.) Pueden incorporarse al currículo cursos en oferta en la unidad institucional o en otras unidades del sistema. En todos los casos, es importante verificar que el curso se incluye con las mismas especificaciones que obran en el Archivo Maestro de Cursos (AMC) de la UPR (codificación, numeración, créditos, horas contacto y descripción y otros). Se procederá a crear cursos nuevos sólo luego de verificar que no existen cursos que atiendan los contenidos necesarios en el Archivo Maestro de Cursos. La Certificación Núm. 130, , de la Junta de Síndicos, es la que rige estos procesos.

41 IV. Componentes del Currículo (cont.) C. Secuencia Curricular: En esta sección se presentará la organización de los cursos y créditos por término académico en el periodo de tiempo definido para completar el grado realizando estudios a tiempo completo. La secuencia curricular exhibirá una estructura que promueva el desarrollo ordenado y progresivo de los conocimientos, destrezas, valores y actitudes descritos en el perfil del egresado.

42 IV. Componentes del Currículo (cont.) D. Relación del perfil del egresado con el currículo propuesto: En el proceso de diseño curricular, específicamente, al tomar decisiones sobre los cursos a ofrecerse, es esencial demostrar la congruencia entre el currículo y el perfil del egresado o las competencias a desarrollarse en los estudiantes, mediante la consideración y análisis del aporte de cada curso al logro de las mismas.

43 IV. Componentes del Currículo (cont.) Se debe demostrar en forma tabulada o gráfica, cómo las características en el perfil o competencias del egresado se van logrando a lo largo del currículo, desde el enunciado de la filosofía, la misión, las metas y los objetivos educativos. Para cada área del perfil o para cada competencia, indique el curso o cursos que contribuyen a su desarrollo.

44 IV. Componentes del Currículo (cont.) Acreditación De tratarse de un programa susceptible a acreditación profesional y/o cuyos egresados deberán ser licenciados por Juntas Examinadoras, se demostrará cómo el currículo cumple con los requerimientos y estándares correspondientes.

45 IV. Componentes del Currículo (cont.) E. Prontuario de los cursos El prontuario es un requisito indispensable para la creación de un curso y la autorización para ofrecer un curso existente en el Archivo Maestro Central. Se deberá incluir como anejo a la propuesta los prontuarios de todos los cursos que componen el currículo propuesto. Éstos deben presentarse en secuencia ascendente por componente curricular.

46 IV. Componentes del Currículo (cont.) E. Prontuario de los cursos Los prontuarios deberán prepararse de conformidad con el Manual de Instrucciones y Procedimientos para el Registro y Codificación Uniforme de Cursos en la Universidad de Puerto Rico (Certificación 130 ( ) de la Junta de Síndicos) y/o cualquier disposición vigente a esos efectos.

47 Prontuario de los cursos (cont). Los elementos básicos de un prontuario son los siguientes: Encabezamiento Título del curso Codificación sugerida Número de horas crédito Prerequisitos, corequisitos y otros requerimientos Descripción del curso Objetivos del curso

48 Los elementos básicos de un prontuario (cont.) Bosquejo de contenido y distribución del tiempo Estrategias instruccionales Recursos mínimos disponibles o requeridos Estrategias de evaluación Sistema de Calificación Texto(s) y Bibliografía (impresos o electrónicos) actualizadas (deben predominar referencias de no más de cinco años) Provisión Ley 51 y acomodo razonable

49 IV. Componentes del Currículo (cont.) F. Estrategias de enseñanza aprendizaje para lograr los objetivos educativos del programa En esta sección se incluirá un resumen de las actividades, medios y técnicas que se utilizarán para promover el aprendizaje esperado y el logro de los objetivos. La selección de estrategias debe obedecer el propósito de dirigir e influir el aprendizaje y ser congruentes con la filosofía, misión, metas y objetivos, y el contenido curricular.

50 IV. Componentes del Currículo (cont.) G. Técnicas para la evaluación del aprovechamiento del estudiante: En esta sección se incluirá un resumen de las técnicas que se utilizarán para recoger información que ayude a medir la adquisición de conocimientos y competencias y a la determinación del nivel de logro de los objetivos del programa. Estas medidas se deben enmarcar en la filosofía, que resume en el contexto del programa, la visión del ser humano, del conocimiento, cómo se aprende, los objetivos y el perfil del egresado.

51 IV. Componentes del Currículo (cont.) G. Técnicas para la evaluación del aprovechamiento del estudiante: Es importante evidenciar que se utilizarán diversas técnicas de evaluación, balanceadas de suerte que se provea al estudiantado diferentes formas y oportunidades de demostrar su aprovechamiento académico, de acuerdo a la disciplina, a sus estilos de aprendizaje y a la forma y manera en que se expusieron los contenidos y se modelaron las destrezas.

52 IV. Componentes del Currículo (cont.) G. Técnicas para la evaluación del aprovechamiento del estudiante: Todo programa académico deberá desarrollar un Plan de Avalúo del Aprendizaje que permita conocer si los estudiantes han desarrollado las competencias identificadas en el perfil del egresado. El avalúo sistemático del aprendizaje de los estudiantes es esencial para asegurar la calidad del programa y proveer la información necesaria para mejorarlo.

53 IV. Componentes del Currículo (cont.) Entre las estrategias de evaluación que se sugieren están las siguientes: pruebas escritas pruebas prácticas o de laboratorio informes orales y escritos proyectos de investigación monografías ensayos tesinas/tesis exámenes comprensivos portafolios cuadernos de reflexión listas de cotejo observaciones tareas de ejecución entrevistas

54 VII. Requisitos de Admisión y Matrícula De tratarse de un programa subgraduado, en esta sección se describirán los requisitos de admisión para estudiantes recién graduados de Escuela Superior por concentración, si aplica, en armonía con las normas de admisión vigentes. Se incluirá un estimado del IGS mínimo de admisión.

55 VIII. Requisitos Académicos para otorgar el grado Se especificará el total de horas créditos, así como los índices académicos mínimos (general, de graduación, de concentración o especialidad) requeridos para cumplir satisfactoriamente con los requisitos de cada grado incluido en el programa propuesto. Se demostrará que la cantidad de créditos requeridos para el grado pueden completarse en el tiempo esperado.

56 IX. Facultad En esta sección se desglosará la facultad en términos de sus cualificaciones para dictar cursos, dirigir y/o contribuir en actividades críticas, curriculares, co curriculares, y/o extra curriculares, si alguna. Estos deberán poseer: la preparación y experiencia profesional necesarias para dictar cursos, dirigir y coordinar actividades requeridas por el programa en sus respectivas áreas de especialidad.

57 IX. Facultad (cont.) Deberán poseer además, un grado académico superior al nivel que enseñarán. De tratarse de un programa susceptible a acreditación profesional y/o cuyos egresados deberán ser licenciados por Juntas Examinadoras, se demostrará cómo la facultad cumple con los requerimientos y estándares correspondientes. El programa debe tener el apoyo de profesores visitantes o conferenciantes internacionales, así como un programa de divulgación y conferencias.

58 X. Experiencia y credenciales de los administrativos académicos Se identificarán los administradores académicos que estarán a cargo del programa propuesto y se definirán sus responsabilidades y el título del cargo que ocuparán. Se explicará cómo su experiencia profesional y preparación académica son adecuadas para la implantación y desarrollo del programa. Se definirá la carga académica y administrativa que se les asignará.

59 XI. Recursos bibliográficos Los recursos bibliográficos en papel así como de base electrónica permiten el logro de los objetivos y propósitos del programa académico y proveen parte de la infraestructura para la investigación de profesores y estudiantes. Deberá demostrarse que la colección necesaria para dar apoyo al programa propuesto está actualizada y/o presentarse un plan de desarrollo de la colección. Se incluirá la relación de los principales libros, revistas, películas y otros materiales educativos disponibles para comenzar el programa propuesto así como el acceso electrónico a referencias.

60 XII. Instalaciones, laboratorios, centros de información y equipos auxiliares a la docencia Las instalaciones deben reunir las condiciones necesarias para la operación del programa en todas sus dimensiones: docente, de investigación y de servicio a los estudiantes.

61 XII. Instalaciones, laboratorios, centros de información y equipos auxiliares a la docencia (cont.) Deberá especificarse en esta sección: Número y calidad (tamaño, iluminación, ventilación, mobiliario, equipo y acceso a personas con impedimentos) de los: salones de clases; oficinas de servicios al estudiante y la facultad; oficinas de los profesores y los administradores; bibliotecas y centros de estudio; centros y/o salas de cómputos; áreas de investigación y/o labor creativa; otras instalaciones necesarias para las actividades del programa

62 XIII. Servicios al estudiante Los servicios que se ofrecerán a los estudiantes deben ser suficientes para apoyar al logro de los objetivos del programa. Entre los servicios, deberán describirse los siguientes: asistencia económica, servicios médicos, servicios bibliográficos, asesoría académica, consejería vocacional y personal, y actividades sociales y culturales. Se proveerá para el horario en que estén disponibles los servicios corresponda al horario en que se ofrezcan los cursos.

63 XIV. Catálogo y divulgación La información que se publique sobre el programa a través de anuncios y otras expresiones de divulgación general debe ser veraz y libre de información engañosa. Los catálogos, boletines y ofertas de cursos publicados oficialmente por la institución son documentos cuyo contenido es considerado legalmente un contrato, con todas las consecuencias que esto pueda conllevar.

64 XIV. Catálogo y divulgación Si se hace alguna promoción del programa mientras está en proceso de aprobación por el CES, ésta debe tener un llamado(*) que lea: *Sometido al CES. Esto permite promocionar un programa académico propuesto (si ya ha sido sometido al CES) de forma legal.

65 XV. Presupuesto Un presupuesto destinado a un nuevo programa académico debe iniciarse con el análisis de matrícula proyectada y el número total de créditos a ofrecerse para la obtención del grado. Sobre la matrícula, deberán identificarse las fuentes diversas de estudiantes potenciales: nuevo ingreso, reclasificaciones, traslados, transferencias y readmisiones.

66 XV. Presupuesto Identificar la procedencia de los fondos para cumplir con los gastos proyectados y si cuenta con recursos externos. Presentar un presupuesto detallado que incluya: Costos recurrentes y no recurrentes Ingresos proyectados y esperados Certificación de disponibilidad de fondos

67 XVI. Plan de evaluación del programa La evaluación es el proceso de estudio y análisis de un programa académico para determinar si es efectivo en el logro de sus objetivos; en el éxito de los estudiantes; si responde a las necesidades del país; y si la metodología que se utiliza y los cursos que se ofrecen están actualizados. La EVALUACIÓN de un programa puede tener los siguientes resultados: la confirmación de la eficacia del programa, revisiones leves, modificaciones fundamentales o la eliminación del mismo.

68 XVII. Plan de desarrollo del programa Se presentará un plan de desarrollo del programa calendarizado a cinco años. Este término corresponde a la vigencia de la licencia que otorga el Consejo de Educación Superior (CES). El plan debe cubrir, entre otros asuntos, objetivos dirigidos al avalúo del aprendizaje y a los informes anuales sobre la implantación del programa, requeridos por la Junta de Síndicos.

69 XVIII. Información adicional Debe incluir cualquier otra información que estime importante para evaluar la propuesta.

70 Informes a la VPAA El rector rendirá a la VPAA, un informe de progreso al cumplirse un año del comienzo del programa. De ahí en adelante se rendirá un informe cada dos años hasta la fecha en que se gradúe la primera clase.

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