Control Patrimonial. La Codificación, registro y reportes. Cornelio Rico Curso Contabilidad Gubernamental

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1 Control Patrimonial La Codificación, registro y reportes Cornelio Rico Arvizu

2 Implementación Estructuras Catálogo de Cuentas Plan de Cuentas Lista de Cuentas Clasificadores Ingreso CRI CE CFF Clasificadores Egreso COG-CTG-CE CA-Ramo/UR CP-CFG CFF Catálogo de Bienes Muebles Inmuebles Registro Auxiliar Obra Procesos Manual de Instructivo de Cuenta Guía Contabilizadora MCI Estimado Modificado Devengado-Recaudado MCE Aprobado Modificado Comprometido Devengado-Ejercido Pagado Reglas de Valoración Capitalización Altas y bajas Depreciación Informes Contables ESF, EA, ECSF EVHP, EAA, EADOP, EFE Notas Presupuestales EAIP CRI/CE/CFF Presupuestales EAEPE COG/CTG/CE CA CP/CFG CFF Inventarios Muebles Inmuebles AAH Almacenes

3 LGCG Artículo 41.- Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática. CRI Clas.de Ingreso Lista de Cuentas CB Catálogo de Bienes Clas.de Egreso COG

4 Catálogo de Bienes CB-COG CBM Bien COG G SG C SC Consecutivo Denominación C Co Pg Pe Denominación Silla Mesa Escritorio Cesto Sillón reclinable Computadora Impresora Servidor Ultrasonido Automóvil Camión Tractor

5 Implementación de Bienes COG CB Consecutivo Presupuesto de Egresos Bienes Relación COG 5000 Bienes Muebles 5100 Mobiliario 5110 Muebles 5111 Sillas CB Muebles B. Muebles Mobiliario Muebles Sillas 00000x Silla x COG 5000 Bienes Muebles 5100 Mobiliario 5150 Eq. de Cómputo 5151 Computadoras CB Muebles B. Muebles Mobiliario Eq. Cómputo Computadoras 00000x Computadora x

6 Catálogo de Bienes CBM Bien Conversión Depreciación Vida útil Denominación CBM COG Cuenta Acumulada Gasto Años % anual Silla Mesa Escritorio Cesto Sillón reclinable Computadora Impresora Servidor Ultrasonido Automóvil Camión Tractor

7 Matrices COG MODIFICADO DEVENGADO ,000 10,000 INVENTARIOS PRESUPUESTO CUENTA NOMBRE PARCIAL IMPORTE Computadora 10, Dep , Dep , Dep. Acum. -5,000 Neto 5,000 CONTABILIDAD

8 Catálogo de Bienes CBI-COG CBI Bien COG G SG C SC Consecutivo Denominación C Co Pg Pe Denominación Terreno urbano Oficina Mercado Estacionamiento Estadio Museo Cancha Albergue Hospital Biblioteca Asilo Cereso

9 Implementación de Bienes COG CB Consecutivo Presupuesto de Egresos Bienes Relación COG 5000 Bienes Muebles 5800 Inmuebles 5810 Terrenos 5811 Terreno Urbano CB Inmuebles Terreno Urbano Urbano Urbano 00000x Terreno x COG 5000 Bienes Muebles 5800 Inmuebles 5830 Edificios 5831 Oficinas CB Inmuebles Edificios Institucional Servicios Oficinas 00000x Oficina x

10 Catálogo de Bienes CBI Bien Conversión Depreciación Vida útil Denominación CBI COG Cuenta Acumulada Gasto Años % anual Terreno urbano Oficina Mercado Estacionamiento Estadio Museo Cancha Albergue Hospital Biblioteca Asilo Cereso

11 Curso Matrices Inmueble Mueble Biológico Intangibles Obra Auxiliar CB 5151 COG PC 1263 DA 5515 D 5721 CB 5721 COG PC 1264 DA 5516 D CB 6221 COG PC DA ---- D X CB COG PC DA D CB COG PC AA A CB COG PC DA D

12 Implementación Estructuras Catálogo de Cuentas Plan de Cuentas Lista de Cuentas Clasificadores Ingreso CRI CE CFF Clasificadores Egreso COG-CTG-CE CA-Ramo/UR CP-CFG CFF Catálogo de Bienes Muebles Inmuebles Registro Auxiliar Obra Procesos Manual de Instructivo de Cuenta Guía Contabilizadora MCI Estimado Modificado Devengado-Recaudado MCE Aprobado Modificado Comprometido Devengado-Ejercido Pagado Reglas de Valoración Capitalización Altas y bajas Depreciación Informes Contables ESF, EA, ECSF EVHP, EAA, EADOP, EFE Notas Presupuestales EAIP CRI/CE/CFF Presupuestales EAEPE COG/CTG/CE CA CP/CFG CFF Inventarios Muebles Inmuebles AAH Almacenes

13 Guía contabilizadora MCE Cuentas de Orden del Gasto 1. Presupuesto Aprobado 822 Por Ejercer 821 Aprobado 2. Ampliación al presupuesto 822 Por Ejercer 823 Modificaciones (Amp) 3. Reducción al presupuesto 823 Modificaciones (Red) 822 Por Ejercer 4. Compromisos 824 Comprometido 822 Por Ejercer 5. Se devenga el compromiso 825 Devengado 824 Comprometido 6. Se autoriza el pago 826 Ejercido 825 Devengado 7. Se Paga 827 Pagado 826 Ejercido MCE Aprobado Modificaciones Comprometido Devengado Ejercido Pagado

14 Momentos Contables El gasto comprometido es el momento contable que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. El gasto devengado es el momento contable que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas. Objeto Comprometido Devengado Bienes Inmuebles Obra pública y servicios relacionados con las mismas Al formalizarse el contrato o pedido por autoridad competente. Al formalizarse el contrato de promesa de compra venta o su equivalente. Al formalizarse el contrato por autoridad competente. En la fecha en que se reciben de conformidad los bienes. Cuando se traslade la propiedad del bien. En la fecha de aceptación de las estimaciones de avance de obra (contrato de obra a precios unitarios), o en la fecha de recepción de conformidad de la obra (contrato a precio alzado).

15 Patrimonial La contabilidad patrimonial es la encargada de definir la hacienda pública / patrimonio del ente público; que a diferencia de la contabilidad presupuestal que registra la erogación o el ingreso que se han aprobado en el presupuesto, de esta última se derivan situaciones que patrimonialmente debe reconocer, por lo que sus resultados, aunque tienen la misma base, son diferentes Terrenos 1233 Edificios 123 Inmuebles 1234 Infraestructura 12 Activo No Circulante 124 Muebles 125 Intangibles 126 Depreciación 1235 Construcciones 1236 Construcciones 1241 Mobiliario 1244 Eq. De Transporte 1248 Biológicos 1251 Software 1254 Licencias

16 Bienes Inventariables LGCG, Artículo 23.- Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles siguientes: II. Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes muebles al servicio de los entes públicos, y Asimismo, en la cuenta pública incluirán la relación de los bienes que componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que apruebe el consejo. Artículo 24.- Los registros contables de los bienes a que se refiere el artículo anterior se realizarán en cuentas específicas del activo. Artículo 25.- Los entes públicos elaborarán un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos. Bienes COG CB PC Inmuebles Muebles Intangibles Capítulo 5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles CBI CBM AAH 1.2 Activo no Circulante Inmuebles Muebles Intangibles

17 Bienes Inventariables DOF 13dic11, Reglas Específicas 8. Monto de capitalización de los bienes muebles e intangibles. Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea menor a 35 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal podrán registrarse contablemente como un gasto y serán sujetos a los controles correspondientes. Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 35 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal se registrarán contablemente como un aumento en el activo no circulante y se deberán identificar en el control administrativo para efectos de conciliación contable. Excepto en el caso de intangibles, cuya licencia tenga vigencia menor a un año, caso en el cual se le dará el tratamiento de gasto del período. CBM COG PC 5000 inventariable 1240 y 1250 inventariable ESF Muebles e Intangibles 35 SM DF COG 2113 inventariable PC inventariable ER EA

18 Bienes Inventariables Caso 1: Compra de impresora con valor neto de 5, Norma Código Descripción CBM Impresora 1 COG 5151 Bienes informáticos PC Bienes informáticos Devengado Activo 5, Proveedores 5, Depreciación Gasto (Dep.) 1, Dep. Acum 1,500 3,500 Caso 2: Compra de impresora con valor neto de 1, Norma Código Descripción CBM Impresora 2 COG 2113 Eq. Menores inventariables PC Eq. Menores inventariables Devengado Gasto 1, Proveedores 1,000

19 Bienes Inventariables Relación de Bienes Código Descripción Valor en Libros Impresora 1 3, Impresora Impresora 3 xxx.xx

20 Ejercicio Egresos Ingresos Nombre Debe Haber Nombre Debe Haber Nombre Debe Haber

21 Estados Financieros Concepto C Aprobado Mod. Presupuesto Modificado Comprometido Devengado Ejercido Pagado Subejercicio Cargos Cargos Cargos Cargos Saldo C Total Balanza Código SI Cargo Abono SF Bancos Almacén Anticipos Eq. de Comp. Dep. Acum. Proveedores RE 2013 Gasto (-35sm) Gasto (almacen) Gasto (Dep) Gasto (Perd) Total

22 Estados Financieros Relación de Bienes Código Descripción V. L. Conciliación Presupuesto- 1 Egresos Presupuestarios 2 Menos Eg. Presupuestales no Contables Mobiliario Otros (almacén) 3 Mas Gastos Contables no Presupuestales Depreciación Otros (almacén) 4 Gasto Contable

23 Valuación DOF 27dic10, Reglas Generales V. VALOR INICIAL Y POSTERIOR DEL ACTIVO, PASIVO Y HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO El siguiente apartado está relacionado con los Postulados Básicos de (PBCG). En particular el postulado de Valuación que menciona lo siguiente: Todos los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados en términos monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más objetivo registrándose en moneda nacional. ACTIVO b) Reconocimiento posterior Se considera que el reconocimiento posterior de los activos, debe ser de acuerdo a las mejores prácticas nacionales e internacionales que tienden al reconocimiento del valor razonable, sin embargo, por diversas razones no siempre es aplicable (costos, tiempo, tipos de activos, etc.) a continuación se presentan elementos de valuación por grupos de activos. NO CIRCULANTE Activos varios: dentro del no circulante se han mencionado los activos varios, que se refieren a las mismas clases de activos que se han mencionado en corto plazo, pero que su realizaciónseharáenun plazo mayor a un año, por lo que los valores de referencia son los mismos mencionados anteriormente. Inmuebles y muebles: en su reconocimiento inicial estos activos deben valuarse a su costo de adquisición, valor razonable o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación. En momentos posteriores su valor será el mismo valor original menos la depreciación acumulada y/o las pérdidas por deterioro acumuladas.

24 Ejercicio 4

25 Ejercicio Egresos Ingresos Nombre Debe Haber Nombre Debe Haber Nombre Debe Haber

26 Información Financiera Estado Analítico del Activo La finalidad del Estado Analítico del Activo es suministrar información de losmovimientosdelos activos controlados por el ente público durante un período determinado para que los distintos usuarios tomen decisiones económicas fundamentadas Estado Analítico del Activo Concepto SI C A SF Variación a) NOTAS DE DESGLOSE I)NOTAS AL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 8. Se informará de manera agrupada por cuenta, los rubros de Bienes Muebles e Inmuebles, el monto de la depreciación del ejercicio y la acumulada, el método de depreciación, tasas aplicadas y los criterios de aplicación de los mismos. Asimismo, se informará de las características significativas del estado en que se encuentren los activos. 9.Se informará de manera agrupada por cuenta, los rubros de activos intangibles y diferidos, su monto y naturaleza, amortización del ejercicio, amortización acumulada, tasa y método aplicados c) NOTAS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 8. Reporte Analítico del Activo Debe mostrar la siguiente información: a) Vida útil o porcentajes de depreciación, deterioro o amortización utilizados en los diferentes tipos de activos. b) Cambios en el porcentaje de depreciación o valor residual de los activos. c) Importe de los gastos capitalizados en el ejercicio, tanto financieros como de investigación y desarrollo. d) Riesgos por tipo de cambio o tipo de interés de las inversiones financieras. e) Valor activado en el ejercicio de los bienes construidos por la entidad. f) Otras circunstancias de carácter significativo que afecten el activo, tales como bienes en garantía, señalados en embargos, litigios, títulos de inversiones entregados en garantías, baja significativa del valor de inversiones financieras, etc. g) Desmantelamiento de Activos, procedimientos, implicaciones, efectos contables. h) Administración de activos; planeación con el objetivo de que el ente los utilice de manera más efectiva.

27 Información Financiera Libro de inventarios de bienes muebles e inmuebles En este libro registrarán la relación o lista de bienes muebles e inmuebles comprendidas en el activo por subcuenta, la cual debe mostrar la descripción de los mismos, códigos de identificación y sus montos por grupos y clasificaciones específicas. Se deberá llevar un analítico auxiliar de este libro al mayor nivel de desagregación, del catálogo de bienes armonizados con el Clasificador por Objeto de Gasto en su capítulo 5000 y la Lista de Cuentas a quinto nivel. Libro de inventarios de bienes muebles e inmuebles Inventario Descripción Cantidad Costo Unitario Unidad de Medida Monto Relación de bienes que componen su patrimonio Para la estructura de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público y su presentación, los entes públicos obligados deberán observar como mínimo el modelo de formato siguiente: Relación de bienes que componen su patrimonio Código Descripción del Bien Valor en Libros

28 Información Financiera DOF 16may13 Generación en tiempo real de estados financieros Entidades Federativas:30 de Junio de 2014 Municipios: 30 de Junio de 2015 DOF 08ago13 Generación en tiempo real de estados financieros Entidades Federativas:30 de Junio de 2014 (programática) Municipios: 30 de Junio de 2015 (programática)

29 Estados Financieros y Transparencia Artículo 51.- La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de launiónylas legislaturas locales, según sea el caso. Artículo 27.- Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro contable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un valor inferior al catastral que le corresponda. Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público. Artículo 23.- Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles siguientes: I. a III.... Asimismo, en la cuenta pública incluirán la relación de los bienes que componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que apruebe el consejo.

30 Transparencia y Difusión Cornelio Rico Arvizu

31 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Sustento Con fecha 12 de noviembre de 2012 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de (LGCG), para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno; esta reforma legal se desprende de una "iniciativa preferente". Una de las modificaciones de la Ley fue en su artículo 5 que textualmente indica "la interpretación privilegiará los principios constitucionales relativos a la transparencia y máxima publicidad de la información financiera.", así mismo se inserta un nuevo Título Quinto denominado "De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera"

32 Comité Consultivo Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Con fundamento en el artículo 13 de la Ley, ahora el Comité Consultivo del CONAC evaluará la calidad de la información financiera que difundan los entes públicos en Internet y, en su caso, podrá emitir recomendaciones al ente público correspondiente Información Financiera (Art. 46) -Contable (Frac. I) -Presupuestal (Frac. II) -Programática (Frac. III) -Complementaria (Frac. IV) -Inventarios art. 23 Comité Consultivo Con fundamento en el artículo 59 indica de anualmente y podrá proponer al CONAC, por conducto del secretario técnico, la emisión o modificación de las normas y los formatos que permitan mejorar y uniformar la presentación de dicha información.

33 Comité Consultivo Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Las recomendaciones y propuestas del comité consultivo, así como las respuestas que reciba sobre las mismas por parte de los entes, se difundirán en la página de Internet del CONAC, mismo que procurará que la información se presente de la forma más accesible y comprensible para el público en general como principal usuario. El CONAC recibirá y procesará los formatos, las propuestas, la estructura y contenido de la información correspondiente, y establecerá la metodología para la evaluación y los mecanismos para el seguimiento de las recomendaciones emitidas por el Comité Consultivo del CONAC. Art. 59 LGCG. Comité Consultivo

34 Periodo de Publicación Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Con fundamento en el artículo 58, la información que deba incluirse en Internet en términos de Ley deberá publicarse por lo menos trimestralmente, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada, y deberá difundirse en dicho medio dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del período que corresponda; así mismo se atenderá al tipo de ente público. Deberá permanecer disponible en Internet los últimos seis ejercicios fiscales. Art. 58 LGCG.

35 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Coordinación Institucional Con fundamento en el artículo 57, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, establecerán, en su respectiva página de Internet, los enlaces electrónicos de cada uno de los entes que conforman cada orden de gobierno,. Como se indica enlaces electrónico, entonces cada ente público sujeto deberá tener su página de internet con la información obligada, y el enlace electrónico se lo debe proporcionar a secretaría de finanzas. Importante es aclarar que el ente público está obligado a verificar que su página de internet incluya la información de Ley y se encuentre bajo actualización mínimo de manera trimestral.

36 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Fechas Límite A más tardar el 31dic2013 para poderes, autónomos y paraestatales; A más tardar el 31dic2014 para municipios A más tardar el 31dic2015 municipios con ciertas características. Información Por periodo de publicación se observa tres casos: Trimestral Semestral Anual Plazo determinado Por tipo de información a publicar se observa seis casos: Contable Presupuestal Programática Inventarios Iniciativas y proyectos Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos Ejercicio Presupuestario

37 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Información Contable Estado de Situación Financiera Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado de Resultados/Actividades (Manual) Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado de Variación en la Hacienda Pública Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado de Cambios en la Situación Financiera Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado de Flujos de Efectivo (Manual) Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Informe de Pasivos Contingentes Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Notas de Desglose Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Notas de Memoria Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Notas de Gestión Administrativa Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado Analítico del Activo Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado Analítico de la Deuda y Otros pasivos Trimestral LGCG, Art. 51 y 58

38 Información Financiera Información Fed. Edo. Mpio. Información Contable (46, fracción I) a) Estado de Situación Financiera X X X Estado de Resultados/Actividades (Manual) X X X b) Estado de Variación en la Hacienda Pública X X X c) Estado de Cambios en la Situación Financiera X X X Estado de Flujos de Efectivo (Manual) X X X d) Informe de Pasivos Contingentes X X NA e) Notas de Desglose /Memoria/ Gestión Administrativa X X X f) Estado Analítico del Activo X X X g) Estado Analítico de la Deuda y Otros pasivos X X NA Información Presupuestal (46, fracción II) a) EAIP (CE/CFF/CRI) X X X b) EAEPE (CA/CE-COG/CFG-CP) X X X c) Endeudamiento Neto X X NA d) Intereses de la deuda X X NA e) Flujo de Fondos X X NA Información programática (46, fracción III) a) Gasto por categoría programática X X NA b) Programas y proyectos de inversión X X NA c) Indicadores de resultados X X NA

39 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Información Presupuestal Estado Analítico del Ingreso, (Económica) Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ingreso, (Fuente) Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ingreso, (Concepto) Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 (Administrativa) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 (Económica y por Objeto) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 (Funcional-Programática) Endeudamiento Neto Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Intereses de la Deuda Trimestral LGCG, Art. 51 y 58

40 Estados Financieros Presupuestales de Ingresos Balanza de Comprobación PC Cuenta C A SF Estimado Por Ejecutar Modificaciones Devengado Recaudado Rubros de los Ingresos Ingresos Estimado (1) Ampliaciones y Reducciones (2) Ingresos Modificado (3= 1 +2) Ingresos Devengado (4) Ingresos Recaudado (5) Diferencia Excedentes (5-1) EAIP Ley Manual 01 CE: Económica 01 CFF: Fuente 01 CRI: Concepto 01 CRI (económica) 01 Fuente (SC y SP)

41 Estados Financieros Presupuestales de Egresos Balanza de Comprobación PC Cuenta C A SF Aprobado Por Ejercer Modificaciones Comprometido Devengado Ejercido Pagado Ejercicio del Presupuesto Egresos Aprobado (Reducciones) Ampliaciones/ Egresos Egresos Modificado Devengado Pagado Egreso Subejercicio 1 2 3= = EAEPE Ley Manual 01 CA: Administrativa 01 CE-COG: Económico y Objeto 01 CFG-CP: Funcional-Programática 01 COG (Concepto) 01 CTG (Tipo) 01 CA (Central 2 y ente 1) 01 CFG (Función) Endeudamiento Neto Intereses de la Deuda

42 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Información Programática Gasto por Categoría Programática Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Programas y Proyectos de Inversión Trimestral LGCG, Art. 51 y 58 Indicadores de Resultados Trimestral LGCG, Art. 51 y 58

43 Estados Financieros Programáticos EAEPE Ley Manual 01 GCP: Programas 01 PK: Inversión 01 Indicadores 01 GCP (Tipología) Ejercicio del Presupuesto Aprobado Egresos (Reducciones) Ampliaciones/ Egresos Modificado Egresos Devengado Egreso Pagado Subejercicio 1 2 3= =

44 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Inventarios Catalogo de Bienes Muebles Semestral LGCG, Art. 23 Catalogo de Bienes Inmuebles Semestral LGCG, Art. 23

45 Relación de Bienes Relación de Bienes Muebles Código Descripción Valor en Libros Relación de Bienes Inmuebles Código Descripción Valor en Libros

46 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Iniciativas y Proyectos Iniciativa de Ingresos Anual LGCG, Art. 63 Información Adicional a la Iniciativa de Ingresos Anual LGCG, Art. 61 Proyecto de Presupuesto de Egresos Anual LGCG, Art. 63 Información Adicional al Proyecto de Presupuesto de Egresos Anual LGCG, Art. 61 LI y PE Presupuesto Ciudadano Anual LGCG, Art. 62 Ley de Ingresos Anual LGCG, Art. 65 Presupuesto de Egresos Anual LGCG, Art. 65 Dictámenes, Acuerdos y Actas Anual LGCG, Art. 65 Calendario de Ingresos Anual LGCG, Art. 66 Calendario de Egresos Anual LGCG, Art. 66

47 Información Anual Iniciativa Adicional Dictamen Ley Ing. Calendario Proyecto Adicional Dictamen Pres. Eg. Calendario Ciudadano

48 Transparencia y Difusión de la Armonización Contable Información Periodo Sustento Ejercicio Presupuestario Ayudas y Subsidios Trimestral LGCG, Art. 67 Programas con Recursos Federales Trimestral LGCG, Art. 68 Cuentas Bancarias Productivas Federales Anual LGCG, Art. 69 Aportación Federal para Educación Trimestral LGCG, Art. 73 Aportación Federal para Salud Trimestral LGCG, Art. 74 Aportación Infraestructura Social Trimestral LGCG, Art. 75 Aportación Fortalecimiento Municipios Trimestral LGCG, Art. 76 Aportación Federal para Seguridad Pública Trimestral LGCG, Art. 77 Obligaciones con Fondos Federales Trimestral LGCG, Art. 78 Ejercicio y Destino de Gasto Federalizado Trimestral LGCG, Art. 81 Evaluación de Recursos Federales Trimestral LGCG, Art. 79

49 LGCG Título Sexto Sanciones Artículo 86.- Se impondrá una pena de dos a siete años de prisión, ymultademil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien causando un daño a la hacienda pública o al patrimonio del ente público correspondiente, incurra en las conductas previstas en las fracciones II y IV del artículo 85 de esta Ley. Artículo 85.- Se sancionará administrativamente..supuestos: I. Cuando omitan realizar los registros de la contabilidad de los entes públicos, así como la difusión de la información financiera en los términos a que se refiere la presente Ley; II. Cuando de manera dolosa: b) Incumplan con la obligación de difundir la información financiera en los términos a que se refiere la presente Ley;

50 Estructura de la Cuenta Pública Armonización de la cuenta pública, Integración y consolidación Cornelio Rico Arvizu

51 Cuenta Pública Estructura Cuenta Pública: Para efectos del presente acuerdo se precisa que la Cuenta Pública contemplada en los artículos 52, 53 y 55 de la LGCG, se presenta en forma anual y corresponde al período de meses comprendidos de enero a diciembre del año respectivo, sin que lo anterior limite la presentación de resultados e información financiera con la periodicidad que establezcan los ordenamientos jurídicos de los órdenes de gobierno correspondientes. las cuentas públicas del Gobierno Federal, de las Entidades Federativas y de los Ayuntamientos de los Municipios deberán ser publicadas para consulta de la población en general y deberán estar disponibles en sus respectivas páginas de internet, desde el momento en que son presentadas para su fiscalización. la Cuenta Pública del Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, adecuarán su marco jurídico y deberán atender a lo dispuesto en el presente documento a más tardar en la Cuenta Pública correspondiente al 2014 y la de los Ayuntamientos de los Municipios para la Cuenta Pública correspondiente al 2015.

52 Cuenta Pública Estructura Cuenta Publica Entidad Federativa Tomos Poder Ejecutivo Poder Legislativo Poder Judicial Autónomos Paraestatal Adicional Contenido Información contable, presupuestal, programática y anexos Información contable, presupuestal, programática y anexos Información contable, presupuestal, programática y anexos Información contable, presupuestal, programática y anexos Información contable, presupuestal, programática y anexos Resultados Generales (Art. 53) Información financiera contable consolidada Integración: Secretaría de Finanzas o su equivalente

53 Tomo Paraestatal Estado Control Presupuestario Clasificación Administrativa Entidades Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros Instituciones Públicas de la Seguridad Social Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria Fideicomisos Empresariales No Financieros con Participación Estatal Mayoritaria Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria

54 Cuenta Pública Estructura Cuenta Publica Tomos Contenido Ayuntamiento Información contable, presupuestal y anexos Municipio SSG SSB Información contable, presupuestal y anexos Información contable, presupuestal y anexos Paraestatal Información contable, presupuestal y anexos Integración: Tesorería o Secretaría de Finanzas

55 Tomo Paraestatal Municipio Control Presupuestario Clasificación Administrativa Entidades Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria Fideicomisos Empresariales No Financieros con Participación Estatal Mayoritaria Entidades Paramunicipales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria

56 Cuenta Pública Consolidación 7) CONSOLIDACION DE LA INFORMACION FINANCIERA Los estados financieros de los entes públicos deberán presentar de manera consolidada la situación financiera, los resultados de operación, el flujo de efectivo o los cambios en la situación financiera y las variaciones a la Hacienda Pública, como si se tratara de un solo ente público. ESF----EA----EFE---ECSF---EVHP Explicación del postulado básico a) Para los entes públicos la consolidación se lleva a cabo sumando aritméticamente la información patrimonial que se genera de la contabilidad del ente público, en los sistemas de registro que conforman el SCG, considerando los efectos de eliminación de aquellas operaciones que dupliquen su efecto. b) Corresponde a la instancia normativa a nivel federal, entidades federativas o municipal, respectivamente, determinar la consolidación de las cuentas, así como de la información de los entes públicos y órganos sujetos a ésta, de acuerdo con los lineamientos que dicte el CONAC.

57 Metodología Consolidación Central Integración Eliminación Consolidación Int. EF 1 02 PL 02 ASE Int. EF 2 03 PJ 03 FA PE Transferencias y Aportaciones ESF EA ECSF EFE EVHP Int. EF 3 A1 Auto1 A2 Auto2 A3 Auto3 A4 Auto4 A5 Auto5 CxC y CxP

58 Metodología Integración Paraestatal Integración Eliminación Integración Int. EF 1 No empresariales Int. EF 2 Seguridad Social Int. EF 3 Empresariales PE Ninguna ESF EA ECSF EFE EVHP

59 Metodología Integración y Consolidación Integración Eliminación Consolidación PL PJ Auto ESF EA ECSF EFE EVHP Integrados PE ESF EA ECSF EFE EVHP Consolidados OPD1 OPD2 OPD3 ESF EA ECSF EFE EVHP Integrados

60 Metodología Integración Paramunicipal Integración Eliminación Integración Int. EF 1 No empresariales Int. EF 2 Empresariales Int. EF 3 Fideicomisos Municipio Ninguna ESF EA ECSF EFE EVHP

61 Cuenta Pública Consolidación Central Estado de Actividades Autonomos/OPD Estado de Actividades Integrado/Consolidado Estado de Actividades Concepto Act. Concepto Act. Concepto Int. Elim. Cons. Ingresos 100 Ingresos 30 Ingresos Gestion Gestion Gestion Imp, Der, Prod. 100 Imp, Der, Prod. 10 Imp, Der, Prod Participaciones Participaciones Participaciones Transferencias Transferencias 20 Transferencias Gastos 100 Gastos 30 Gastos Funcionamiento Funcionamiento Funcionamiento Nomina, cons. 70 Nomina, cons. 25 Nomina, cons Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias 20 Transferencias Transferencias Otros Otros Otros Depreciación 10 Depreciación 5 Depreciación 15 15

62 Cuenta Pública Consolidación Central Estado de Situación Financiera Autonomos/OPD Estado de Situación Financiera Integrado/Consolidado Estado de Situación Financiera Concepto Act. Concepto Act. Concepto Int. Elim. Cons. Activo 1,000 Activo 500 Activo 1, ,410 Circulante Circulante Circulante Bancos 200 Bancos 190 Bancos CxC CxC 10 CxC No circulante No circulante No circulante Bienes 720 Bienes 300 Bienes 1,020 1,020 Aportaciones 80 Aportaciones Aportaciones Pasivo 500 Pasivo 250 Pasivo Corto Plazo Corto Plazo Corto Plazo CxP 10 CxP 250 CxP Largo Plazo Largo Plazo Largo Plazo Deuda 490 Deuda Deuda Patrimonio 500 Patrimonio 250 Patrimonio Generado Generado Generado Inicial 500 Inicial 170 Inicial Aportaciones Aportaciones 80 Aportaciones Contribuido Contribuido Contribuido Ahorro Ahorro Ahorro

63 Ejercicio Central Autónomo1 OPD1 Cuenta Debe Haber Cuenta Debe Haber Cuenta Debe Haber

64 Curso Cuenta Pública Edo. Cuenta Pública Cuenta Pública Mpio.

65 Cuenta Pública IF Contable IF Presupuestal IF Programática Anexos IF IF Integración (5 EF) Información por ente IF Contable IF Presupuestal IF Programática Anexos OPD Integración (5 EF) Información por ente IF Contable IF Presupuestal IF Programática Anexos OPD OPD Resultados Generales Postura Fiscal Consolidación (5 EF) Integración/Eliminación

66 Cuenta Pública IF Contable IF Presupuestal IF Programática Anexos OPD Integración (5 EF) Información por ente IF Contable IF Presupuestal IF Programática Anexos OPD OPD Resultados Generales Postura Fiscal Consolidación (5 EF) Integración/Eliminación

67 Información Financiera adicional Artículo 23.- Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles siguientes: Asimismo, en la cuenta pública incluirán la relación de los bienes que componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que apruebe el consejo. Relación de Bienes Cuenta Pública de Código Descripción del bien Valor en libros Artículo 69.- Para la presentación de la información financiera y la cuenta pública, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán la relación de las cuentas bancarias productivas específicas, en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier concepto, durante el ejercicio fiscal correspondiente. Relación de cuentas bancarias Periodo Fondo, Programa o Convenios Datos de la Cuenta Bancaria Institución Bancaria Número de Cuenta

68 Contacto Gracias! Aprende, reafirma y trasmite C.P. Cornelio Rico Arvizu Correo: Web: armonizamos.org.mx

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