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1 Funciones de Desarrollo Económico III Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Tratados Internacionales en Materia de Medio Ambiente Auditoría de Desempeño: Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera de los recursos públicos federales aplicados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en los tratados internacionales en materia de medio ambiente, para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. Alcance Universo Seleccionado: 75,224.0 miles de pesos Muestra Auditada: 75,224.0 miles de pesos Representatividad de la Muestra: % El monto del universo seleccionado y la muestra de revisión asciende a 75,224.0 miles de pesos, erogados por la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales por concepto de las aportaciones realizadas a organismos internacionales, en el marco de los tratados. Asimismo, la auditoría comprendió la revisión de competencia de los actores, indicadores y metas de mediano plazo, eficacia, eficiencia y economía del ejercicio 2009 y tuvo como referente el periodo El presente informe incluye los resultados sobre la competencia de la SEMARNAT; el seguimiento de los tratados internacionales sobre contaminación atmosférica; contaminación marina; biodiversidad, y residuos peligrosos, a cargo de la SEMARNAT, que constituyen los cuatro hilos conductores de la política pública, y la economía de los recursos ejercidos en el seguimiento de los compromisos de los tratados. Antecedentes En el documento México: Relación de Tratados en Vigor , 1 / la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) señala que a 2009, se han firmado 1,320 instrumentos de cooperación internacional (tratados, convenios, y protocolos); de éstos, 62 (4.7%) se 1/ Secretaría de Relaciones Exteriores, México: relación de tratados en vigor , México,

2 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 refieren al tema del medio ambiente: 49 multilaterales 2/ y 13 bilaterales, 3/ los cuales, de acuerdo con el documento elaborado por la SRE, por su contenido y tema específico, se clasifican en cuatro grandes temas: contaminación atmosférica, 4/ contaminación marina, biodiversidad, 5/ y residuos peligrosos. 6 / A 2009, México ha suscrito nueve tratados en materia de contaminación atmosférica, de los cuales, ocho son multilaterales 7/ y uno es bilateral, firmado con Francia. 8 / Un acuerdo importante para atender el problema de la contaminación atmosférica es el Protocolo de Montreal, con el fin de controlar y eliminar el consumo de las sustancias que causan el agotamiento de la capa de ozono (SAOs) en el mundo. Actualmente, 196 países forman parte de este acuerdo. El efecto invernadero es la capacidad que tiene la atmósfera de retener la energía (el calor) que la superficie del planeta emite hacia el espacio después de calentarse con radiación solar. 9 / Como consecuencia, el 9 de Mayo de 1992, en la Ciudad de Nueva York, se firmó la Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático con el objetivo de lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. El 11 de diciembre de 1997, en la ciudad de Kyoto, Japón, se suscribió el Protocolo de Kyoto, acuerdo ambiental que tiene como objetivo la reducción de las emisiones de los 2/ Acuerdos que se celebran entre más de dos Estados o con organismos u organizaciones internacionales. Estos acuerdos están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales de / Acuerdos que se celebran entre dos Estados, regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de / Los tratados en esta materia se dividen a su vez en dos subtemas: la protección de la capa de ozono, y la estabilización de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera. 5/ En el artículo 3, fracción IV, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se define a la Biodiversidad como: La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. Incluye la biodiversidad en el medio marino y en el medio terrestre. 6/ En el artículo 3, fracción XXII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se define como material peligroso a los elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico infecciosas. 7/ Multilaterales: 1. Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono; 2. Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono; 3. Enmiendas al Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono del 16 de Septiembre de 1987; 4. Modificaciones al Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono del 16 de Septiembre de 1987; 5. Enmiendas del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, 1987; 6. Enmienda de Beijing que Modifica el Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, adoptada el 3 de Diciembre de 1999 por la XI Conferencia de las Partes; 7. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y 8. Protocolo de Kyoto a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. 8/ Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa sobre el Mecanismo de Desarrollo Limpio, en el Marco del artículo 12 del Protocolo de Kyoto, hecho el 11 de diciembre de / Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, El Cambio Climático según los expertos. 2

3 Funciones de Desarrollo Económico gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento de la Tierra; además, pretende disminuir considerablemente el uso de energías fósiles como el carbón y el petróleo. México ratificó este instrumento el 7 de septiembre de De acuerdo con la información proporcionada por la SRE, 10/ a 2009 México había suscrito 27 instrumentos de cooperación internacional en materia de contaminación marina, 11/ 25 multilaterales y dos bilaterales, que representan el 43.6% de los 62 tratados internacionales en materia de medio ambiente celebrados por nuestro país. Los resultados de la revisión de estos tratados se presentan en la auditoría núm Tratados Internacionales en Materia de Medio Ambiente, realizada a la Secretaría de Marina. En materia de biodiversidad, México ha suscrito 23 tratados: 13 multilaterales y 10 12/ bilaterales firmados con Estados Unidos de América, Canadá, Guatemala, Belice y Brasil. El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), firmado el 5 de junio de 1992, es el primer acuerdo mundial enfocado a la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad. México es uno de los cinco países del mundo con mayor variedad de ecosistemas, casi todos los ecosistemas terrestres conocidos se encuentran en nuestro país, y se ubica entre los que son considerados como megadiversos, que albergan entre 60 y 70% de toda la diversidad 13/ biológica del planeta. En 2008, se identificaron 108,519 especies, de las que 33.4% (36,192 especies) 14/ correspondieron a flora y 66.6% (72,327 especies) a fauna. El 3 de marzo de 1973, en la Ciudad de Washington D.C., EUA, se firmó la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES por sus siglas en inglés) que regula la exportación, reexportación, importación o introducción procedente del mar de especímenes de animales y plantas enlistados en esta convención. La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, llamada Convención de Ramsar, firmada en 1971, fomenta la cooperación internacional para la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. 15 / 10/ Mediante el oficio núm. OMR/00957/2010 del 12 de abril de 2010 y ratificada con el oficio núm. CJA del 7 de septiembre de / La participación de la SEMAR en el cumplimiento de los compromisos de estos tratados se analiza en los resultados 10 y 11 del presente informe. 12/ En el mapa Tratados Internacionales en Materia de Medio Ambiente se presenta la relación de los 23 instrumentos de cooperación multilateral en materia de diversidad biológica y ecosistemas. 13/ Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales , México, 2007, pp. 17 y / Auditoría Superior de la Federación, Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2008, Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales, México, 2010, p / La Convención emplea una definición amplia de los tipos de humedales abarcados por esta misión, incluidos pantanos y marismas, lagos y ríos, pastizales húmedos y turberas, oasis, estuarios, deltas y bajos de marea, zonas marinas próximas a las costas, manglares y arrecifes de coral, así como sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, embalses y salinas. 3

4 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 México trabaja en el reconocimiento de sus humedales, continúa ocupando el segundo lugar en el mundo de sitios registrados en la Lista Ramsar. 16/ Además, ha decretado 114 Sitios Ramsar, de los cuales el primero se inscribió en 1986 y en noviembre de 2009 se comunicaron dos. 17 / México ha suscrito tres tratados multilaterales en materia de residuos peligrosos: En 1989, el Convenio de Basilea sobre desechos peligrosos, administrado por el PNUMA y ratificado desde entonces por 121 países. El objetivo del convenio es proteger el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos derivados de la generación, el manejo, los movimientos trasfronterizos y la eliminación de los desechos peligrosos y otros desechos. En 1998, el Convenio de Rotterdam que estipula promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. El 23 de mayo de 2001, México suscribió el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), y el 10 de febrero de 2003 ratificó su compromiso, y en octubre de 2007 se concluyó la elaboración del Plan Nacional de Implementación (PNI) para el cumplimiento de las disposiciones del Convenio de Estocolmo y los compromisos de carácter global, relacionados con los COP, sustancias de gran peligro para la salud humana y el ambiente. 19 / Con el propósito de vincular los temas de los tratados con la planeación nacional de mediano plazo, se identificó que en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) , las líneas de acción de cinco objetivos se orientan hacia el cumplimiento de compromisos establecidos en los tratados en tres de los cuatro temas en materia de medio ambiente, entre los que destacan los que se refieren a la elaboración de planes y programas como el Programa Especial de Cambio Climático ; el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para la Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes en materia de emisiones a la atmósfera, y el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Rotterdam relacionado con el manejo de plaguicidas y productos químicos peligrosos, los cuales se incorporan en el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos / 16/ Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, oficio núm. OM/500/1148 del 8 de abril de / Secretaría de Relaciones Exteriores, oficio núm. OMR/00957/2010 del 12 de abril de / 1. Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, 1989; 2. Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, 1998; 3. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, / Ibíd. p. 3. 4

5 Funciones de Desarrollo Económico Resultados 1. Competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados en materia de medio ambiente En el Manual de Organización Específico de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales, autorizado en 2006, se incluyó la función de instrumentar las acciones tendientes a mantener un registro sistemático de los acuerdos internacionales en que la Secretaría sea parte, establecer estrategias para el cumplimiento de las obligaciones que de ellos se deriven a impulsar políticas que proporcionen un mejor aprovechamiento de las acciones resultantes de la aplicación de esos acuerdos, la cual no se retomó en el proyecto de actualización elaborado en 2009; por lo tanto, el manual propuesto no es congruente con la atribución establecida en el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de promover la coordinación entre las unidades administrativas y organismos descentralizados competentes de la Secretaría, para el cumplimiento de los compromisos en materia ambiental derivados de convenios y acuerdos internacionales, y dar seguimiento a los mismos. En 2009, la SEMARNAT no dispuso de procedimientos autorizados y vigentes, mediante los cuales la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales realizó el seguimiento del cumplimiento de los compromisos en materia ambiental derivados de convenios y acuerdos internacionales, y la integración de los informes que deben presentarse por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores a organismos internacionales. Véase acción(es): Eficiencia de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales en la coordinación de las acciones para el cumplimiento de los tratados internacionales en materia de medio ambiente En el Programa Anual de Trabajo 2009, la SEMARNAT incluyó las metas correspondientes a elaborar 59 documentos de posición o iniciativas, de los que se elaboraron 75, 27.1% más de la meta programada; 12 proyectos, de los que se realizaron 15, 25.0% más que los programados, y 8 informes de país, de los que se presentaron 7, lo cual equivale al 87.5% de cumplimiento. Sin embargo, no fue posible identificar el informe faltante, debido a que carece de un sistema de seguimiento y supervisión, donde se identifique el total de informes que deben entregarse en el marco de los compromisos establecidos en los tratados. La SEMARNAT elaboró el Programa Anual de Trabajo 2009 sin considerar objetivos y metas alineados con la atribución de coordinar y dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados en los que participa la SEMARNAT, debido a la gran heterogeneidad en las características y dinámicas de los múltiples tratados internacionales. 5

6 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Véase acción(es): Eficiencia de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales en el seguimiento de los compromisos establecidos en los tratados internacionales en materia de medio ambiente La Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales no dispuso de un sistema de información sobre el registro sistemático de las obligaciones que se derivan de los acuerdos de los que la Secretaría es parte, para la supervisión y la promoción de la coordinación entre las unidades administrativas y órganos descentralizados competentes para su cumplimiento. Véase acción(es): Indicadores para evaluar el Avance en Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) en materia de contaminación atmosférica En el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) , se estableció el objetivo de Coordinar la instrumentación de la Estrategia Nacional de Cambio Climático para avanzar en las medidas de adaptación y de mitigación de emisiones, el cual se vincula con los objetivos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de Estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero (GEI), para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático y del Protocolo de Kyoto a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de Establecer mecanismos para cumplir los compromisos cuantificados de limitación y reducción de GEI. Además, en 2009 la SEMARNAT estableció cinco indicadores estratégicos correspondientes al Programa Presupuestario P005 Programa Especial de Cambio Climático: Índice de acciones de mitigación y adaptación al Cambio Climático, Índice de acciones PECC, Índice de investigación y difusión, Índice de acciones y proyectos aprobados y Acciones de fomento y capacitación para la mitigación de emisión de gases de efecto invernadero, los cuales permiten evaluar los resultados obtenidos, así como el impacto en el cumplimiento del objetivo del PSMARN Coordinar la instrumentación de la Estrategia Nacional de Cambio Climático para avanzar en las medidas de adaptación y de mitigación de emisiones. 5. Avance en el Cumplimiento del Objetivo del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) en materia de contaminación atmosférica Con el análisis del Programa Especial de Cambio Climático ; la relación de los Proyectos que recibieron Carta de Aprobación en el 2009 para continuar su proceso de registro ante el Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL), y la Cuarta Comunicación Nacional ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, proporcionadas por la SEMARNAT durante los trabajos de auditoría, se constató el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa de Trabajo 2009 del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales relacionadas con las líneas de acción 6

7 Funciones de Desarrollo Económico de Coordinar la elaboración e instrumentación del Programa Especial de Cambio Climático ; Continuar con la promoción y el desarrollo de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), y Fortalecer el Programa GEI México de reporte voluntario de emisiones, establecidas en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales Avance en el Cumplimiento del Objetivo del Programa Especial de Cambio Climático La SEMARNAT no definió indicadores para evaluar el potencial de sinergia entre los principales instrumentos internacionales en materia de cambio climático y sustentabilidad ambiental del desarrollo, a efecto de dar cumplimiento a los objetivos: Revisar el marco jurídico y regulatorio vigente y proponer al Poder Legislativo Federal su adecuación, conforme a los criterios de combate al calentamiento global, así como con los compromisos internacionales adquiridos por México en materia de cambio climático, y Evaluar los obstáculos para la plena y sostenida aplicabilidad en la legislación mexicana de los compromisos que derivan de los tratados internacionales de los que México es parte, particularmente la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC). La SEMARNAT no dispuso de información para evaluar el avance logrado en la realización del diagnóstico sobre el grado de adecuación de la legislación mexicana con los instrumentos internacionales en materia de cambio climático y sustentabilidad ambiental del desarrollo, debido a que el Programa Especial de Cambio Climático se publicó en octubre de 2009, y no se estableció un plazo específico para su cumplimiento. Véase acción(es): Indicadores para evaluar el cumplimiento de los compromisos de los tratados internacionales en materia de contaminación atmosférica La SEMARNAT formuló el indicador Consumo ponderado de sustancias agotadoras de ozono estratosférico para evaluar el cumplimiento de los objetivos del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, y del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, 20/ ya que mide el consumo ponderado de seis sustancias agotadoras de la capa de ozono. 21/ El indicador reportó que en el periodo disminuyó el ritmo de crecimiento a una TMCA del 10.3%. También, formuló el indicador Cambio climático: emisión de gases de efecto invernadero, para medir los avances en el cumplimiento de los objetivos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de 20/ Las Partes protegerán la capa de ozono mediante la adopción de medidas preventivas para controlar equitativamente las emisiones mundiales totales que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas. 21/ Clorofluorocarbono, Halones, Tetracloruro de carbono, Metilcloroformo, Hidroclorofluorocarbono, y Bromuro de Metilo, usados principalmente como refrigerantes. 7

8 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Kyoto, 22/ para conocer la magnitud y las tendencias de la presión a la atmósfera asociadas con las emisiones de GEI a nivel nacional, cuyo comportamiento en el periodo , para el cual se dispuso de información, tuvo una TMCA del 2.1%. La categoría de desechos presentó un ritmo de crecimiento 6 veces mayor al global nacional, con una TMCA del 12.9%, lo que implica que, entre otras acciones, se deberán intensificar los esfuerzos para disminuir la generación de emisiones de efecto invernadero mediante el adecuado manejo de los residuos sólidos, el tratamiento de las aguas residuales y la incineración de desechos. 8. Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados multilaterales en materia de contaminación atmosférica Con la revisión de los ocho tratados multilaterales en materia de contaminación atmosférica, 88.9% de los 9 suscritos por el gobierno de México, que se presentan en este resultado (un tratado bilateral, 11.1%, suscrito entre el Gobierno de México y el de Francia, se presenta en el Resultado Núm. 9), así como de la información y documentación proporcionada por la SEMARNAT, se constató que en el periodo se realizaron acciones para su cumplimiento; sin embargo, para 2009 no se dispuso de un programa de trabajo en el que se establecieran las metas a cumplir de acuerdo con los compromisos establecidos en los tratados de la materia. Véase acción(es): Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados bilaterales en materia de contaminación atmosférica.- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa En 2009, la SEMARNAT no acreditó el cumplimiento de los compromisos establecidos en el artículo 4 del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa, respecto de la parte mexicana de contribuir con la pronta puesta en marcha de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio. Véase acción(es): Eficiencia en la aprobación de proyectos con el apoyo del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal En 2009, la SEMARNAT no incluyó en su Programa Anual de Trabajo metas relacionadas con la realización de proyectos para disminuir las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO), que se presentan al Comité Ejecutivo del Protocolo de Montreal a fin de que sean apoyados por el Fondo Multilateral, en el marco del artículo 10 del Protocolo de Montreal. Mediante el oficio Núm. UCAI/000046/2011 del 14 de enero de 2011, la SEMARNAT proporcionó a la ASF las Políticas, Procedimientos, Lineamientos y Criterios del 22/ Lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. 8

9 Funciones de Desarrollo Económico Fondo Multilateral para la Implementación del Protocolo de Montreal, vigentes en 2009, bajo las que se presentaron al Comité Ejecutivo del Protocolo de Montreal 7 proyectos para disminuir las SAO, 2 (28.5%) proyectos correspondieron al sector espumas; 2 (28.6%) fueron proyectos de demostración; 1 (14.3%) correspondió a fortalecimiento institucional; 1 (14.3%), al sector manufactura de refrigeración, y 1 (14.3%), al sector aerosoles y solventes, a los que destinó un financiamiento de 3,114.2 miles de dólares. Véase acción(es): Eficiencia en la expedición de licencias para la importación y exportación de sustancias controladas, bajo el Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que agotan la Capa de Ozono La SEMARNAT no incluyó en su Programa Anual de Trabajo 2009 metas en relación con los compromisos sobre el otorgamiento de licencias para la importación y exportación de las sustancias controladas del Protocolo de Montreal. La Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, en el marco del artículo 4B, numeral 1, de la Enmienda del Protocolo de Montreal, otorgó 38 autorizaciones de licencias para la importación y exportación de sustancias controladas por este protocolo. Con la revisión de los 38 expedientes de las licencias otorgadas por la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, se constató que se expidieron en un plazo no mayor a 8 días hábiles, con lo que se cumplió el plazo máximo de 10 días, fijado por los artículos 30 (requisitos) y 31 (procedimiento y términos) del Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos; por lo que se verificó que en 2009, se contó con un procedimiento y un sistema para llevar el control y seguimiento sobre el otorgamiento de las licencias para la importación y exportación de sustancias controladas por el Protocolo de Montreal. Véase acción(es): Eficiencia en la expedición de cartas de aprobación para los proyectos registrados bajo Mecanismo de Desarrollo de Limpio, en el marco del Protocolo de Kyoto Con la revisión de las 21 Cartas de Aprobación otorgadas por la SEMARNAT en 2009, proporcionada con el oficio núm. UCAI/001844/2010 del 11 de noviembre de 2010, se verificó que se otorgaron a 21 proyectos para continuar con el proceso de registro ante el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), lo cual cumplió en 140.0% la meta establecida en el Programa Anual de Trabajo de 2009, de emitir 15 cartas de aprobación para proyectos bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio. De acuerdo con las categorías de los proyectos de MDL, de los 21 proyectos que obtuvieron cartas de aprobación, 6 (28.5%) correspondieron a la categoría recuperación de metano de rellenos sanitarios; 5 (23.8%), a energía eólica; 3 (14.3%), a 9

10 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 manejo de residuos en granjas porcícolas; 2 (9.5%), a eficiencia energética; 2 (9.5%) a hidroeléctricos; 1 (4.8%), a emisiones fugitivas; 1 (4.8%), a manejo y disposición de residuos, y 1 (4.8%), a industrias energéticas. Por otra parte, se constató que en 2009 la SEMARNAT aplicó el procedimiento contenido en las Reglas de Funcionamiento Interno de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático del 11 de octubre de 2005, 23/ vigente en 2009, para el registro de los proyectos ante la Junta Ejecutiva del MDL. 13. Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados en materia de Contaminación Marina De los 27 tratados suscritos por México en materia de contaminación marina, la SRE señala la participación de la SEMARNAT en 26, y esta dependencia sólo participa en tres, el 11.5%, uno multilateral, el Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe y Protocolo Relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región del Gran Caribe, y dos bilaterales, el Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre la Contaminación del Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas, y el Acuerdo entre los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América que Modifica el Acuerdo de Cooperación entre los dos Gobiernos sobre la Contaminación del Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas del 24 de Julio de 1980, debido a que la Secretaría de Relaciones Exteriores no se ha coordinado con la SEMARNAT para definir el alcance de su participación en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados internacionales en los que la señala como dependencia ejecutora. Véase acción(es): Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados multilaterales en materia de Contaminación Marina La SEMARNAT participó en las reuniones de las partes que se celebraron en 2004, 2006, y 2008, para las que elaboraron los lineamientos para la participación de México. Sin embargo, no acreditó la elaboración y presentación de los informes sobre las medidas adoptadas para cumplir con las disposiciones del convenio, ni de las evaluaciones realizadas en los términos de lo dispuesto en los artículos 16, numeral 2, inciso a), y 22 del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe y Protocolo Relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región del Gran Caribe. Véase acción(es): / Diario Oficial, 11 de octubre de de

11 Funciones de Desarrollo Económico 15. Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados bilaterales en materia de Contaminación Marina La SEMARNAT no acreditó acciones de coordinación con la SEMAR para definir el alcance de su participación en el cumplimiento de las disposiciones del Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre la Contaminación del Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas, en la ejecución del Plan Conjunto de Contingencia entre México y los Estados Unidos de América sobre contaminación del medio marino por derrames de hidrocarburos u otras sustancias nocivas, ni en el desarrollo de los sistemas operativos nacionales aplicables dentro de sus respectivas áreas, que permitan detectar la existencia o la inminente posibilidad de que ocurran incidentes contaminantes. Además, no fue posible verificar la eficacia con que en 2009 la SEMARNAT se coordinó con la SEMAR para intervenir, en el ámbito de sus atribuciones, en la prevención y control de la contaminación del medio marino; así como en la preservación y restauración del equilibrio de sus ecosistemas, conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; la Ley de Aguas Nacionales; la Ley Federal del Mar; las convenciones internacionales de las que México forma parte, y las demás disposiciones aplicables. Véase acción(es): Eficiencia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados internacionales bilaterales en materia de Contaminación Marina En 2009, la SEMARNAT no dio seguimiento a las nueve actas de inspección que la SEMAR le remitió como resultado de las acciones de inspección y vigilancia que en ese año realizó para la protección del medio ambiente marino, por lo que también se determinó que no se dispone de evidencia sobre la coordinación establecida con la SEMAR, a fin de que dentro de sus respectivas atribuciones interviniera en la prevención y control de la contaminación del medio marino. Véase acción(es): Indicadores para evaluar el Avance en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) en materia de biodiversidad En el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, (PSMARN) , se estableció el objetivo de Conservar y aprovechar sustentablemente los ecosistemas, para frenar la erosión del capital natural, conservar el patrimonio nacional y generar ingresos y empleos en las zonas rurales en especial, y contribuir a la sustentabilidad ambiental del desarrollo nacional, el cual se vincula con los objetivos del Convenio de Diversidad Biológica y de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África. 11

12 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 La SEMARNAT no incorporó indicadores para evaluar los resultados obtenidos en el cumplimiento del objetivo del PSMARN de Conservar y aprovechar sustentablemente los ecosistemas, para frenar la erosión del capital natural, conservar el patrimonio nacional y generar ingresos y empleo en las zonas rurales en especial, y contribuir a la sustentabilidad ambiental del desarrollo nacional. Véase acción(es): Avance en el Cumplimiento del Objetivo del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) , en materia de Biodiversidad En el marco del objetivo del PSMARN de Conservar y aprovechar sustentablemente los ecosistemas, para frenar la erosión del capital natural, conservar el patrimonio nacional y generar ingresos y empleos en las zonas rurales en especial, y contribuir a la sustentabilidad ambiental del desarrollo nacional, la SEMARNAT estableció en el Programa de Trabajo 2009 del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales la meta Actualización del Programa Nacional de Lucha contra la Desertificación, que se cumplió al 100.0% con la formulación de la Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras, en agosto de 2009, y se alineó con la línea de acción Controlar, mitigar y prevenir la desertificación y actualizar e implementar el Programa Nacional de Lucha contra la Desertificación, fortaleciendo las capacidades mediante el Sistema Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Degradación de los Recursos Naturales (SINADES) del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales Asimismo, publicó los documentos Análisis de vacíos y omisiones en conservación de la biodiversidad marina de México: océanos, costas e islas y Análisis de vacíos y omisiones en conservación de la biodiversidad terrestre de México: espacios y especies, los cuales fueron elaborados en 2008 (vigentes en 2009), en congruencia con la línea de acción Concluir la primera fase del Análisis de vacíos y omisiones en conservación de la biodiversidad terrestre del país en Áreas Naturales Protegidas (obligación de México en el marco del Convenio de Diversidad Biológica). 19. Indicadores para evaluar el cumplimiento de los compromisos de los tratados internacionales en materia de Biodiversidad En 2009, la SEMARNAT instrumentó los indicadores Vegetación Natural Remanente, Especies en Riesgo y Superficie Protegida y Bajo Manejo Sostenible, que se refieren a temas vinculados con el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB); la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (Convención Ramsar), y la Convención sobre el Comercio Internacional 12

13 Funciones de Desarrollo Económico de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES); sin embargo, la dependencia no estableció metas para medir el avance en el cumplimiento de sus objetivos. Véase acción(es): Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados multilaterales en materia de Biodiversidad Con la revisión de los 13 tratados multilaterales en materia de biodiversidad 24 / firmados por México, así como de la información y documentación proporcionada por la SEMARNAT mediante los oficios núm. UCAI/001469/2010 del 9 de septiembre de 2010, UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre de 2010, y UCAI/001844/2010 del 11 de noviembre de 2010, se constató que en el periodo , la dependencia no participó en uno (7.7%) de los 13 tratados: Convenio Interamericano de Lucha contra la Langosta, ya que de acuerdo con la SRE, su ejecución le corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), y realizó acciones para el cumplimiento de los compromisos establecidos en 10 (76.9%) de los 13 tratados multilaterales que México ha suscrito en materia de biodiversidad. La SEMARNAT no dispuso de evidencia de haber realizado acciones en dos tratados (15.4%), el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines y Convenio Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico ; y manifestó que no tiene facultades para aplicar los acuerdos de este convenio, a pesar de que la SRE lo señala como dependencia ejecutora. Asimismo, de 2004 a 2009 se elaboraron y remitieron, a la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), los informes anuales acerca de la aplicación de las disposiciones de la convención. Adicionalmente, en el Programa Anual de Trabajo 2009 proporcionado por la SEMARNAT, mediante el oficio núm. OM/500/1148 del 8 de abril de 2010 y ratificado mediante el oficio núm. UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre de 2010, no se identificó la programación de acciones, ni metas por lograr en el marco de los compromisos establecidos en los 13 tratados multilaterales en materia de biodiversidad. Véase acción(es): Los resultados de la revisión de los 10 tratados bilaterales se presenta en el Resultado Núm

14 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública Coordinación con la SEMAR para el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados en materia de Biodiversidad La SRE estableció a la SEMARNAT y a la SEMAR como dependencias ejecutoras de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, sin que se determinaran las acciones de coordinación entre ambas dependencias, para definir el alcance de su participación en el cumplimiento de los compromisos relativos a: cada Parte (país) asegurará dentro de su territorio y en zonas marítimas sometidas a su soberanía, derechos de soberanía o jurisdicción, el cumplimiento efectivo de las medidas para la protección y conservación de la tortuga marina y de sus hábitats previstas en la Convención. Véase acción(es): Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados bilaterales en materia de Biodiversidad Con la revisión de los 10 tratados bilaterales en materia de biodiversidad firmados por México, así como, de la información y documentación proporcionada por la SEMARNAT mediante los oficios núm. UCAI/001469/2010 del 9 de septiembre de 2010, UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre de 2010 y UCAI/001844/2010 del 11 de noviembre de 2010, se verificó que en el periodo , la SEMARNAT realizó acciones para el cumplimiento de los compromisos establecidos en 3 (30.0%) de los 10 tratados bilaterales que México ha suscrito en materia de biodiversidad: 1. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre Cooperación para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza (Convenio de la Paz); 2. Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre el Establecimiento de la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza y el Banco de Desarrollo de América del Norte, y 3. Protocolo Modificatorio al Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre el establecimiento de la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza y el Banco de Desarrollo de América del Norte. La SEMARNAT no proporcionó evidencia de haber realizado acciones en siete tratados bilaterales (70.0%) en materia de biodiversidad: 1. Convención entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América para la Protección de Aves Migratorias y de Mamíferos Cinegéticos; 2. Protocolo que modifica Convención entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América para la Protección de Aves Migratorias y de Mamíferos Cinegéticos; 3. Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre Cooperación para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México; 4. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza; 5. Acuerdo de Cooperación Ambiental entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá; 6. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente y Conservación de los Recursos Naturales en la Zona 14

15 Funciones de Desarrollo Económico Fronteriza, y 7. Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa del Brasil. Adicionalmente, en el Programa Anual de Trabajo 2009 proporcionado por la SEMARNAT, mediante el oficio núm. OM/500/1148 del 8 de abril de 2010 y ratificado mediante el oficio núm. UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre de 2010, no se identificó la programación de acciones, ni metas por lograr, en el marco de los compromisos establecidos en los 10 tratados bilaterales en materia de biodiversidad. Véase acción(es): Indicadores para evaluar el Avance en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) en materia de residuos peligrosos En el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) , se estableció el objetivo de Consolidar el marco regulatorio y aplicar políticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación, hacer una gestión integral de los residuos y remediar sitios contaminados para garantizar una adecuada calidad del aire, agua y suelo, que se vincula con el objetivo del Convenio de Basilea, relativo a Proteger, mediante un estricto control, la salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos que pueden derivarse de la generación y el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos ; con el objetivo del Convenio de Rotterdam, de Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, y el objetivo del Convenio de Estocolmo, relativo a Proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos. Por otra parte, la SEMARNAT no estableció indicadores para evaluar los resultados obtenidos en el cumplimiento del objetivo del PSMARN de Consolidar el marco regulatorio y aplicar políticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación, hacer una gestión integral de los residuos y remediar sitios contaminados para garantizar una adecuada calidad del aire, agua y suelo. Véase acción(es): Avance en el Cumplimiento del Objetivo del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) , en materia de Residuos Peligrosos En el marco del objetivo del PSMARN de Consolidar el marco regulatorio y aplicar políticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación, hacer una gestión integral de los residuos y remediar sitios contaminados para garantizar una adecuada calidad del aire, agua y suelo, el 28 de diciembre de 2004, la SEMARNAT publicó el Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos (Reglamento PLAFEST), que contiene el procedimiento de notificación de exportación y respuesta de aprobación o rechazo de importación de las sustancias listadas en el Anexo III del Convenio de Rotterdam, con lo que se da 15

16 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 cumplimiento a la línea de acción Formulación y aplicación del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Rotterdam, y para la línea de acción Formulación y aplicación del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo, elaboró en 2007 el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo, que fue presentado al Secretariado del Convenio de Estocolmo el 12 de febrero de En 2009, en el marco del Convenio de Basilea, la SEMARNAT realizó 9,615 verificaciones a movimientos transfronterizos de residuos peligrosos, que se vinculan con el cumplimiento de la línea de acción Cumplir compromisos internacionales relacionados con el manejo integral y seguro de sustancias químicas. 25. Indicadores para evaluar el cumplimiento de los compromisos de los tratados internacionales en materia de Residuos Peligrosos En 2009, la SEMARNAT instrumentó el indicador Manejo de residuos peligrosos: capacidad instalada autorizada para su manejo que se vincula con el Convenio de Basilea, que tiene como objetivo Proteger, mediante un estricto control, la salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos que pueden derivarse de la generación y el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos ; pero no permite medir los avances respecto del cumplimiento de los compromisos establecidos en ese tratado internacional, ya que no se establecieron las metas correspondientes. Véase acción(es): Eficacia en el cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados multilaterales en materia de Residuos Peligrosos Con la revisión de la información y documentación proporcionada por la SEMARNAT, mediante los oficios núm. UCAI/001469/2010 del 9 de septiembre y UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre, ambos de 2010, se verificó que esta dependencia efectuó acciones, en el periodo , en el marco de los tres tratados internacionales en materia de desechos peligrosos suscritos por México: el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación; el Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, y el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. En el Programa Anual de Trabajo 2009 proporcionado por la SEMARNAT, mediante el oficio núm. OM/500/1148 del 8 de abril de 2010 y ratificado mediante el oficio núm. UCAI/001586/2010 del 28 de septiembre de 2010, se constató que no incorporó las acciones y metas a realizar para el cumplimiento de los tres tratados en materia de residuos peligrosos. Véase acción(es):

17 Funciones de Desarrollo Económico 27. Eficiencia en la verificación de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos en el marco del Convenio de Basilea La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales incluyó en su Programa Anual de Trabajo 2009 la meta correspondiente a la verificación de movimientos transfronterizos de residuos peligrosos. Asimismo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales acreditó, a la Auditoría Superior de la Federación, que para el ejercicio 2009 contó con el Procedimiento para la Inspección y Vigilancia de la Importación, Exportación y Retorno de Materiales y Residuos Peligrosos, que le permitió desempeñar las funciones encomendadas, y realizó la verificación de 9,615 movimientos transfronterizos de residuos peligrosos. 28. Aportaciones de la SEMARNAT a organismos internacionales en el cumplimiento de los tratados en materia de medio ambiente En 2009, la SEMARNAT erogó en el Programa Presupuestario R014 Cuotas y Aportaciones a Organismos Internacionales, en la partida 3826 del mismo nombre, un monto de 75,224.0 miles de pesos, 15.6% superior al presupuesto original, cantidades que corresponden con lo reportado en la Cuenta Pública. Asimismo, la SEMARNAT dispuso de la evidencia documental con la que se sustentan las aportaciones realizadas a los organismos internacionales con fundamento en lo dispuesto en los tratados. 29. Costo-Beneficio de las aportaciones a organismos internacionales en el cumplimiento de los tratados en materia de medio ambiente La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizó un análisis para evaluar el costo-beneficio del cumplimiento de los compromisos establecidos en los tratados internacionales suscritos por México en materia de contaminación atmosférica, biodiversidad, y residuos peligrosos relativos al pago de las cuotas a los organismos Internacionales, por medio del cual se determinaron beneficios directos e indirectos para nuestro país, entre los que se encuentran la ejecución de proyectos de infraestructura ambiental; la obtención de fondos para proyectos dirigidos a la prevención de la contaminación, así como créditos preferenciales para pequeñas y medianas empresas, y el derecho a voz y voto para la toma de decisiones, en las reuniones de las partes de los diferentes instrumentos internacionales en los que México participa. Acciones Recomendaciones al Desempeño Para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales actualice el Manual de Organización Específico de la Unidad Coordinadora de 17

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